Cámara de Senadores
Proyectos de Ley Aprobados

Expte. Nº 90-32.023/2023 – 06/07/23 – Adherir la provincia de Salta a la Ley 27.713 – Ap. – C. D. en rev. – Ley Nº 8.428 – Resolución Nº 220/24

Del señor Senador MANUEL OSCAR PAILLER, por el cual se adhiere la provincia de Salta a la Ley 27.713 – Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas. (Expte. Nº 90-32.023/2023, a la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social).

Aprobado, el 27/07/2023

Cámara de Diputados en revisión.

Ley Nº 8.428

Decreto de Promulgación Nº 244, de fecha 08/05/2024

Publicado en B. O. Nº 21.708, de fecha 13/05/2024.

 

 

PROYECTO DE LEY

 EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Adhiérase la provincia de Salta, en todos sus términos, a la Ley Nacional 27.713, que tiene por objeto “garantizar que todas las personas con cardiopatías congénitas tengan el derecho a todas las instancias de detección y tratamiento correspondientes en cada etapa vital. Asimismo, que todas las mujeres embarazadas y/o personas gestantes tengan el derecho a un control prenatal que incluya la detección precoz de cardiopatías congénitas, garantizando, si correspondiera, el traslado intrauterino”.

Art. 2º.- El Ministerio de Salud Pública de la Provincia, será la  Autoridad de Aplicación de la presente Ley, que a través de las áreas específicas que designe a tal efecto, tome a su cargo la elaboración de programas, convenios y acciones destinadas al cumplimiento efectivo de la Ley Nacional 27.713 en todo el territorio Provincial.

Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.