Expte. N° 91-50.526/2024 – 03/10/24 – Día Provincial de la Prevención de Enfermedades Venosas – Ap. en def. – Ley Nº 8.467
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se instituye el día 26 de septiembre de cada año como Día Provincial de la Prevención de Enfermedades Venosas. (Expte. N° 91-50.526/2024, a la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social).
Aprobado en definitiva, el 17/10/2024
Poder Ejecutivo para su Promulgación.
Ley Nº 8.467
Decreto de Promulgación Nº 738, de fecha 12/11/2024
Publicado en B. O. Nº 21.835, de fecha 14/11/2024.
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN
CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Institúyase el día 26 de Septiembre como Día Provincial de la Prevención de Enfermedades Venosas.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Autoridad de Aplicación, debe desarrollar acciones tendientes a prevenir, concientizar y difundir información sobre la
temática a la que refiere el artículo anterior.
Art. 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley son imputados a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.