Cámara de Senadores
Pedidos de InformeProyectos de Resolución Aprobados

Expte. Nº 90-32.710/2024 – 30/05/24 – Pedido de Informe – Resolución Nº 78/24

De los señores Senadores DANI RAUL NOLASCO, WALTER  RAUL WAYAR, MANUEL OSCAR PAILLER y HECTOR MIGUEL CALABRO, de conformidad al art. 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera a la Señora Secretaria de Minería y Energía y al Señor Secretario de Trabajo, informen en el plazo de diez (10) días, los controles e inspecciones que se vienen realizando por la actividad minera que se desarrolla en la provincia en razón de sus respectivas competencias, en particular:

1) Inspecciones y controles realizados en lo que se refiere a la salud de los trabajadores y a sus condiciones de trabajo,

2) Grado de cumplimiento a la normativa de higiene y seguridad en los establecimientos o lugares de trabajo,

3) Registro o estadísticas de siniestros laborales, causales y gravedad de los mismos;

4) Relevamientos de domicilio de trabajadores contratados.

(Expte. Nº 90-32.710/2024, Corresponde Tratamiento Inmediato).

Resolución Nº 78/24

Aprobado el 30/05/2024.

 

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E

Artículo 1º.- De conformidad a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera a la señora Secretaria de Minería y Energía y al señor Secretario de Trabajo informen, en el plazo de diez (10) días, los controles e inspecciones que se vienen realizando por la actividad minera que se desarrolla en la Provincia en razón de sus respectivas competencias, en particular:
1) Inspecciones y controles realizados en lo que se refiere a la salud de los trabajadores y a sus condiciones de trabajo.
2) Grado de cumplimiento a la normativa de higiene y seguridad en los establecimientos o lugares de trabajo.
3) Registro o estadísticas de siniestros laborales, causales y gravedad de los mismos.
4) Relevamientos de domicilio de trabajadores contratados.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.