Expte. Nº 90-31.113/2022 – 30/06/22 – Pedido de Informe – Resolución Nº 171/22
Del Señor Senador JORGE MARIO EMILIANO DURAND, que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo Nº 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al Ente Regulador de Servicios Públicos, para que en un plazo de 10 días informe lo referente al servicio de provisión de energía solar en parajes y/o localidades sin acceso al sistema interconectado Nacional de energía eléctrica (SADI). En particular, se requiere informe desde el año 2020 a la fecha sobre los siguientes puntos:
a).- Indicación de la/las empresas prestatarias del servicio.-
b).- Condiciones de licitación.-
c).- Características del servicio prestado.-
d).- Condiciones que deben ser reunidas para acceder al mismo en calidad de usuario.-
e).- Costo de la provisión del servicio y las variables tenidas en cuenta para su determinación en los últimos dos años, debiendo asimismo informar cómo y quién asume el mismo, régimen de exenciones y subvenciones.-
f).- Costo actual del servicio para los usuarios.-
g).- Indicación de evolución de costos del servicio para los usuarios desde el año 2020 a la fecha.-
h).- Medios de pago habilitados.-
i).- Mecanismos de control dispuestos por parte de la Ente Regulador de Servicios Públicos sobre las empresas prestatarias del servicio y si existen sanciones impuestas sobre estas últimas desde el año 2020 a la fecha.-
(Expte. Nº 90-31.113/2022).
Resolución Nº 171/22
Aprobado el 30/06/2022