La Comisión de Justicia se reunió con la Ministra Pamela Calletti
Presidida por el senador Jorge Soto, la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, invitó a la ministra de Derechos Humanos y Justicia, Pamela Calletti para analizar los proyectos de ley enviados por el Ejecutivo Provincial, en relación al fortalecimiento de la independencia del Poder Judicial de Salta.
“En esta oportunidad queríamos conocer aspectos de los dos proyectos que tenemos en la Comisión de Justicia, uno sobre modificaciones parciales al texto de la Ley orgánica del Consejo de la Magistratura y la autolimitación del Ejecutivo en el nombramiento de Jueces de la Corte, estableciendo un régimen de continuidad en el ejercicio de la Magistratura”, manifestó Soto.
La funcionaria explicó que el establecimiento de un Régimen de Continuidad en el ejercicio de la magistratura a los jueces de la Corte, ya existe en el resto de las provincias del país y que es el esquema de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Presidida por el senador Jorge Soto, la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, invitó a la ministra de Derechos Humanos y Justicia, Pamela Calletti para analizar los proyectos de ley enviados por el Ejecutivo Provincial, en relación al fortalecimiento de la independencia del Poder Judicial de Salta.
“En esta oportunidad queríamos conocer aspectos de los dos proyectos que tenemos en la Comisión de Justicia, uno sobre modificaciones parciales al texto de la Ley orgánica del Consejo de la Magistratura y la autolimitación del Ejecutivo en el nombramiento de Jueces de la Corte, estableciendo un régimen de continuidad en el ejercicio de la Magistratura”, manifestó Soto.
La funcionaria explicó que el establecimiento de un Régimen de Continuidad en el ejercicio de la magistratura a los jueces de la Corte, ya existe en el resto de las provincias del país y que es el esquema de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
“Este proyecto establece que el procedimiento incluirá la elevación de la propuesta de continuidad sobre las funciones a cumplir por el Juez o la Jueza de la Corte de Justicia, ante el vencimiento del periodo constitucional, con una antelación de 60 días para definición del Senado Provincial”, indicó. “Por este motivo, “el Poder Ejecutivo se autolimita en las atribuciones dadas en el artículo 156 de la Constitución Provincial para el nombramiento de Jueces de la Corte y se busca ante todo lograr afianzar la justicia, incrementar la independencia del poder judicial, y fortalecer las instituciones”, agregó.
Por su parte, los senadores solicitaron que se remita a la Comisión información sobre los lugares en el país donde se aplica este sistema.
En cuanto a las modificaciones de la ley 7016, Orgánica del Consejo de la Magistratura, Calletti expresó que “hoy se busca modificar esa circunstancia histórica para fortalecer el procedimiento judicial. Desde el Gobierno de la Provincia se quiere garantizar la absoluta independencia y el fortalecimiento del poder judicial a partir de la forma de selección de los jueces, para darle más transparencia a los exámenes y la posterior selección.”
Cabe recordar que se propone modificar los artículos 13º Concursos. Los concursos deberán consistir en una evaluación de los antecedentes de los postulantes a cubrir las vacantes, de las calificaciones de la prueba de oposición escrita, de las impugnaciones que se hubieran producido y de la entrevista personal con el plenario del Consejo de la Magistratura.
El artículo 17º, Prueba de oposición Escrita y Entrevista personal, agregando que la prueba de oposición será examinada por consultores técnicos, de reconocida trayectoria profesional y académica, cuya lista deberá confeccionar la presidencia anualmente, pudiéndose repetir la nómina de los integrantes por una vez. Los consultores técnicos serán quienes elaboren los temas cuyo sorteo se deberá realizar en forma pública, con todos los concursantes que se encontraren presentes, a quienes se les otorgará una clave alfanumérica. Dichos consultores técnicos en el plazo de cuatro (4) días de finalizada la evaluación elevarán sus conclusiones al plenario del Consejo de la Magistratura, cuyo presidente deberá convocar a la audiencia de revelación de la identidad de los postulantes a fin de que conozcan el resultado de la prueba de oposición. Sólo podrán presentarse a la entrevista los postulantes que hubieran obtenido en la prueba de oposición escrita un mínimo de diez (10) puntos.
Y por último el art. 18.- Valoración., que estableve que la evaluación de los antecedentes, de la prueba de oposición escrita y de la entrevista personal, se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios de calificación:
- Concepto Ético Profesional, hasta quince (15) puntos.
- Preparación Científica, hasta quince (15) puntos.
- Otros antecedentes, hasta veinte (20) puntos.
- Prueba de oposición escrita, hasta veinticinco (25) puntos.
- Entrevista personal, hasta veinticinco (25) puntos”.
Estuvieron presentes los senadores Mashur Lapad, Jorge Soto, María Laura de la Zerda, Silvina Abilés, Roberto Gramaglia, Diego Pérez y Dani Nolasco.