Cámara de Senadores
Proyectos del orden del día 2019

Expte. Nº 91-40.546/19 – Sanción Definitiva

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

 LEY

Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación al Club Social y Deportivo Los Álamos, Personería Jurídica N° 252/99, el inmueble identificado con Matrícula N° 7.055 de la localidad San José de los Cerrillos, departamento Cerrillos, con cargo de destinarlo exclusivamente al emplazamiento de la Sede Social y Deportiva de la mencionada institución.

Art. 2º.- El inmueble se escriturará a favor del Club Social y Deportivo Los Álamos, a través de la Escribanía de Gobierno y la formalización de la escritura quedará exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

Art. 3º.- El donatario no podrá enajenar, ni entregar en locación o comodato el inmueble objeto de la presente. A tal fin, la respectiva escritura traslativa de dominio del inmueble deberá incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad.

Art. 4º.- El donatario deberá realizar actividades sociales en beneficio de la población de escasos recursos. El Poder Ejecutivo, a través de las áreas correspondientes, realizará el seguimiento y control del cargo establecido en este artículo. Las actividades sociales que deben brindar el donatario consisten en:

  1. Recepcionar delegaciones que visiten la localidad Cerrillos.
  2. Posibilitar el uso de sus instalaciones a establecimientos educativos y a asociaciones civiles, deportivas, y culturales, que carezcan de infraestructura propia.

Art. 5º.- En caso de disolución de la entidad beneficiaria o de incumplimiento del cargo dispuesto en la presente Ley, la donación quedará revocada, restituyéndose la titularidad del dominio a la provincia de Salta, con todas las mejoras incorporadas y sin derecho a indemnización alguna.

Art. 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente

Art. 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

SALA DE LA COMISIÓN, 15 de mayo de 2.019.-