Cámara de Senadores
Proyectos del orden del día 2019

Expte. Nº 90-28.088/19

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1º.- Modifícase el inc. e) del Artículo 2 de la Ley 5.136, el que quedara redactado de la siguiente manera: “e) ASIGNACION POR CONYUGE: Consistirá en un monto mensual  y se abonara al agente estatal por cónyuge residente en el país, siempre que no medie separación legal, y/o al agente estatal que acredite la unión convivencial debidamente inscripta en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, aunque estos trabajen en relación de dependencia en el sector público o privado.

 Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de la Comisión, 16 de octubre de 2019.