Expte. Nº 90-27.103/18 – Proyecto de Ley
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Autorícese al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación el Inmueble identificado con la Matricula N° 208, del Departamento La Poma, a favor de la Asociación Civil – Club Norte Calchaquí, con Personería Jurídica otorgada por Resolución Ministerial N° 017/17, con el cargo de ser destinada al funcionamiento de su sede social.
Art. 2°.- La formalización de la presente donación se efectuara a través de Escribanía de Gobierno, y quedara exento de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.
Art. 3°.- El donatario no podrá enajenar, ni entregar en locación o comodato, Ia fracción del Inmueble objeto de Ia presente. A tales fines, Ia respectiva escritura traslativa de dominio deberá incluir con fundamento en Ia presente ley, clausulas de indisponibilidad e inembargabilidad.
Art. 4.- El inmueble detallado en el art. 1 será destinado exclusivamente al funcionamiento de la sede social de la entidad beneficiaria. En caso de disolución de la misma o incumplimiento del cargo dispuesto en la presente, la donación quedará revocada, restituyéndose la titularidad de dominio a la Provincia, con todas las mejoras incorporadas y sin derecho a indemnización alguna.
Art. 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SALA DE LA COMISIÓN, 01 de agosto de 2018.-