Expte. 91-38.783/17 – Sesión 32°
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Apruébase en el marco de la Ley 7931, las obras públicas y adquisición de maquinarias y equipos, de acuerdo al Acta de la Comisión Departamental del Municipio Salta Capital, que como Anexo forma parte de la presente Ley.
Art. 2°.- La presente Ley resulta complementaria de las Leyes 7939 y 8012.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.