Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2007

14/06/2007

14 de Junio de 2007

9ª Reunión – 9ª Sesión Ordinaria

Presidencia de los Senadores MASHUR LAPAD y CARLOS DANIEL PORCELO

Secretario Legislativo Dr. GUILLERMO ALBERTO CATALANO

Secretario Administrativo Lic. JULIO EDUARDO FERNÁNDEZ MUIÑOS

 

SENADORES PRESENTES:

BRIZUELA, Mario Alberto

CONTINO, Jorge Fernando

D’ANDREA, Luis Francisco

DIAZ, Pablo Raúl

ESPER, Abdo Omar

FIGUEROA, Eduardo Favio

GARCÍA, Raúl Bartolomé

GONZÁLEZ, Carlos

GUOTAS, Sara Gabriela

JORGE, Alfredo

LAPAD, Mashur

LIVERATO, Pedro

MATTOS, José Fernando

MOREYRA, Juan Martín

PORCELO, Carlos Daniel

QUIPILDOR, Omar Gerardo

TACACHO, Jorge Enrique

VALLE, José Luis

VARGAS, Benigno

YARADE, Rodolfo Fernando

ZENTENO, Sergio Ramón

SENADORES AUSENTES CON AVISO:

SALVA, Telmo

VARGAS, Claudia Silvina

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………………….

2. Versión Taquigráfica………………………………………………………………………………………………………….

3. Consideración de Resoluciones de Presidencia………………………………………………………………………

4. Asuntos Entrados:

I. Comunicación de Presidencia……………………………………………………………..

II. Comunicaciones de la Cámara de Diputados…………………………………………

III. Comunicaciones Oficiales…………………………………………………………………

IV. Dictámenes de Comisiones………………………………………………………………

V. Proyectos de Ley:

1. Expte. Nº 90-17.051/07. Del señor Senador José Luis Valle: organizando la Justicia de Paz Lega y Letrada de la provincia de Salta………………………………

2. Expte. Nº 90-17.055/07. Del señor Senador Carlos Daniel Porcelo: otorgando en comodato a favor de la Fundación Pueblo Solidario de Rosario de la Frontera el inmueble Matrícula Nº 934 del departamento del mismo nombre……..

3. Expte. Nº 90-17.057/07. De los señores Senadores Carlos Daniel Porcelo José Fernando Mattos: Ley de Salud Mental…………………………………………

VI. Proyectos de Resolución:

1. Expte. Nº 90-17.053/07. Del señor Senador Alfredo Jorge: declarando de Interés de la Cámara el III Campeonato Abierto de Ajedrez – Ciudad de Cerrillos – Memorial M.I. Lafuente………………………………………………………………

2. Expte. Nº 90-17.056/07. Del señor Senador Raúl García: invitando al señor Secretario de Prensa y Difusión a la Presidencia de la Cámara, a fin de que informe sobre los gastos de publicidad oficial. Se aprueba………………

VII. Proyectos de Declaración:

1. Expte. Nº 90-17.052/07. Del señor Senador Benigno Vargas: viendo con agrado la instalación de un cajero automático en la localidad de Santa Victoria Oeste

2. Expte. Nº 90-17.054/07. Del señor Senador Omar Gerardo Quipildor: viendo con agrado la instalación de un cajero automático en el municipio de Guachipas  

3. Expte. Nº 90-17.058/07. Del señor Senador José Luis Valle: viendo con agrado la evaluación edilicia de la Escuela de Educación Técnica Nº 5.102 Filial 1 de Campo Santo………………………………………………………………………….

4. Expte. Nº 90-17.059/07. Del señor Senador José Luis Valle: viendo con agrado el enripiado y abovedado del camino provincial Nº 8 que une General Güemes con El Algarrobal…………………………………………………………………………..

5. Expte. Nº 90-17.060/07. Del señor José Luis Valle: viendo con agrado la reparación de los baños de la Escuela Nº 4.668 de la localidad de El Saladillo……

6. Expte. Nº 90-17.061/07. Del señor Senador Telmo Salva: viendo con agrado la construcción de un puesto sanitario en el paraje Esquina de Guardia….

5. Licencias…………………………………………………………………………………………………………………………

6. Homenajes………………………………………………………………………………………………………………………

7. Asuntos entrados durante la sesión

IV. Dictámenes de Comisiones………………………………………………………………

VI. Proyectos de Resolución

3. Expte. Nº 90-17.063/07. Del señor Senador Mario Alberto Brizuela: declarando de Interés los Cursos Talleres Un Salteño para la Patria “El General Martín Miguel Juan de Mata Güemes” y La Mujer en la Lucha por la Independencia…..

8. Expte. Nº 90-17.053/07. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Alfredo Jorge, declarando de Interés de la Cámara el III Campeonato Abierto de Ajedrez – Ciudad de Cerrillos – Memorial M.I. Luis Lafuente. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………………………….

9. Expte. Nº 90-17.045/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente, en el proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, declarando de Interés el Plenario Ambiental Interprovincial, Tercera Jornada de Trabajo. Se aprueba………………………………

10. Expte. Nº 90-17.059/07. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado el enripiado y abovedado del camino provincial Nº 8 que une General Güemes con El Algarrobal. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………………………….

11. Expte. Nº 90-17.052/07. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Benigno Vargas, viendo con agrado la instalación de un cajero automático en la localidad de Santa Victoria Oeste. Se aprueba.      

12. Expte. Nº 90-17.006/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, en el proyecto de declaración del señor Senador Abdo Omar Esper, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, instrumente los mecanismos necesarios, a fin de implementar el “Proyecto de Educación Sanitaria”, para la Unidad Carcelaria Nº 5, de la ciudad de Tartagal, departamento General San Martín. Se aprueba.     

13. Expte. Nº 90-17.008/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Abdo Omar Esper, viendo con agrado que los señores Legisladores Nacionales realicen las gestiones necesarias ante la Dirección Nacional de Vialidad para iniciar la obra: “Malla Nº 434 – Repavimentación de la Ruta Nacional Nº 34, en el tramo Empalme Ruta Nacional Nº 50 hasta el límite con Bolivia. Se aprueba………………………………………………………………………………….

14. Expte Nº 90-16.972/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el proyecto de ley de la Corte de Justicia contenido en la Acordada Nº 9.759/07, estableciendo la creación de Juzgados de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia en los Distritos Judiciales del Norte -Circunscripciones Tartagal y Orán- y del Sur. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados.     

15. Expte. Nº 90-17.030/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente, en el proyecto de declaración de los señores Senadores Abdo Omar Esper, Carlos Daniel Porcelo, Carlos González, Raúl García, Pablo Raúl Díaz y José Luis Valle, viendo con agrado que los señores Legisladores Nacionales insistan en el Congreso Nacional, se dé tratamiento parlamentario del Marco Regulatorio del Gas Licuado de Petróleo (GLP). Se aprueba…………………………………………………….

16. Expte. Nº 90-17.041/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración de los señores Senadores Raúl García y Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado la construcción de tres aulas y un salón de usos múltiples en la Escuela Nº 5.003 “José Manuel Estrada” de la ciudad de San José de Metán. Se aprueba……………………………………………………………………………

17. Expte. Nº 90-17.042/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración de los señores Senadores Raúl García y Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado la construcción de aulas en la Escuela Nº 4.084 “Juana Manuela Gorriti” de la ciudad de San José de Metán. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………………………….

18. Expte. Nº 90-17.063/07. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Mario Alberto Brizuela, organizando los Cursos Talleres: Un Salteño para la Patria “El General Martín Miguel Juan de Mata Güemes” y La Mujer en la Lucha por la Independencia. Se aprueba……………………………………………………………

19. Expte. Nº 90-17.004/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley de los señores Senadores Abdo Omar Esper, Mashur Lapad y Carlos González, modificando la Ley Nº 6.475 de Régimen de Reconocimiento al Mérito Artístico. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados…………………………………………………………………………

20. Expte. Nº 91-16.528/06. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, incorporando el segundo y tercer párrafo en el artículo 18 y el inc. j) al artículo 23 del Decreto Ley Nº 15/75 que regula el funcionamiento de la Caja de Seguridad Social para Abogados y Procuradores de la Provincia. Se sanciona y vuelve nuevamente en revisión a la Cámara de Diputados……………………………………………………………………………………………………….

21. Expte. Nº 91-18.338/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble identificado con Matrícula Nº 706 del departamento San Carlos. Se sanciona y vuelve nuevamente en revisión a la Cámara de Diputados…………………………………………………………………………………..

22. Expte. Nº 90-17.011/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de resolución de los señores Senadores Rodolfo Fernando Yarade, Alfredo Jorge y Abdo Omar Esper, declarando de interés el I Encuentro Regional de Empresarios PyMES-Seminario Compromiso con la Calidad-Propuesta. Se aprueba………………………………………………….

23. Expte. Nº 90-17.002/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Eduardo Favio Figueroa, viendo con agrado la ampliación de la red cloacal y red de agua corriente en el pueblo de San Carlos. Se aprueba…………………………………

24. Expte. Nº 90-16.940/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, en el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado la reparación de la cisterna que provee de agua potable al paraje El Rodeo, departamento La Poma. Se aprueba…………………..

25. Expte. Nº 90-16.984/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, en el proyecto de declaración del señor Senador Raúl García, viendo con agrado la provisión de un ecógrafo para el hospital San Francisco Solano del municipio de El Galpón. Se aprueba…………………………..

26. Expte. Nº 90-16.987/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, en el proyecto de declaración de la señora Senadora Sara Gabriela Guotas, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los Ministerios de Salud Pública y de Educación, tome las medidas necesarias para evitar la pediculosis y su contagio. Se aprueba……………………………………………….

27. Expte. Nº 90-16.999/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente, en el proyecto de declaración del señor Senador Pedro Liverato, viendo con agrado la limpieza del vaso y recuperación del área perilacustre del embalse dique Las Lomitas. Se aprueba……………..

28. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………………

29. Apéndice:

                      – Sanciones de la Cámara…………………………………………………………………………………..

– En la ciudad de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete, siendo horas 20:06’:

Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de veinte señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento Los Andes, don Mario Alberto Brizuela, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Anta, don Jorge Fernando Contino, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Mario Alberto Brizuela y Jorge Fernando Contino proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día siete de junio del año dos mil siete. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día siete de junio del año dos mil siete.

3

CONSIDERACIÓN DE RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración las Resoluciones de Presidencia.

Por Secretaría se dará lectura.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resolución de Presidencia Nº 154/07.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

4

ASUNTOS ENTRADOS

I

Comunicación de Presidencia

            En virtud de lo establecido en el artículo 27 inc. 10) del Reglamento de la Cámara, ha sido girado a la Comisión de Educación y Cultura el proyecto de ley en revisión, estableciendo que en el marco del Decreto Nº 106/1918, el Poder Ejecutivo Provincial honra la memoria de Carmen Puch de Güemes, dignísima esposa y compañera del General Martín Miguel de Güemes, Héroe de la Nación Argentina, guardando la urna cineraria de sus restos mortales en el Panteón de las Glorias del Norte. (Expte Nº 91-18.542/07)

II

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

Proyecto de ley en revisión, estableciendo la obligatoriedad de la existencia de un libro de quejas, sugerencias y reclamos en todas las dependencias del sector público de la provincia de Salta y en todos los locales privados que cuenten con servicio de atención al cliente o de posventa. (Expte. Nº 91-17.280/06)

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Proyecto de ley en revisión, creando el Archivo Provincial de la Memoria. (Exptes. Nros. 91-17.628/06 y 91-17.959/06)

– A la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas.

            El Presidente de la Cámara de Diputados informa que en sesión del día 5 de junio del corriente año, se ha dado sanción definitiva a los siguientes proyectos de ley:

Expte. Nº 90-16.462/05: creando un cargo de Asesor de Incapaces para el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal, y un cargo de Agente Fiscal Nº 3, el que actuará en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán.

Expte. Nº 90-16.178/05: estableciendo que los Secretarios y Prosecretarios que se desempeñen en el Poder Judicial, adquieren desde su ingreso la calidad de funcionarios judiciales y se encuentran amparados por los derechos de estabilidad en el nivel alcanzado y capacitación permanente, con idénticas incompatibilidades e inhabilidades que los magistrados.

– A sus antecedentes.

III

Comunicaciones Oficiales

            La Secretaría General de la Gobernación remite copia de los siguientes Decretos:

Nº 1.547/07, que promulga la Ley Nº 7.447, adhiriendo la Provincia al Régimen para la Recuperación de la Ganadería Caprina.

Nº 1.582/07, que promulga la Ley Nº 7.448, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 11.707 de San Ramón de la Nueva Orán, con destino a espacio verde y de recreación.

– A sus antecedentes.

Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara:

            Del señor Secretario General de la Gobernación Dr. Raúl Romeo Medina, como ampliación del informe remitido oportunamente, en respuesta a la Resolución Nº 2/07, sobre publicidad oficial en los distintos medios nacionales y provinciales. (Expte. Nº 90-16.934/07).

– Habiéndose remitido copia a los autores del proyecto y a los Bloques Políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

IV

Dictámenes de Comisiones

De Obras Públicas e Industria:

            En el proyecto de declaración del señor Senador Abdo Omar Esper, viendo con agrado que la Dirección Nacional de Vialidad, informe a la brevedad posible sobre el estado y situación del compromiso de las autoridades nacionales para ingresar al “Sistema Crema” a la Ruta Nacional Nº 34, desde el río Bermejo hasta la frontera con Bolivia. (Expte. Nº 90-17.008/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Abdo Omar Esper, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas, proceda a pavimentar el camino de acceso al Santuario de la Virgen de la Peña y a la construcción de una ciclovía paralela desde la Ruta Nacional Nº 34, en el departamento General San Martín. (Expte. Nº 90-17.009/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos correspondientes, autorice la construcción de un espacio físico en la Ruta Nacional Nº 40, para el destacamento policial de la localidad de Tolombón, departamento Cafayate. (Expte. Nº 90-17.012/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que los señores Diputados y Senadores Nacionales por la Provincia gestionen ante el Poder Ejecutivo Nacional, la urgente construcción de una rotonda en la intersección de las Rutas Nacional Nº 34 y Provincial Nº 11, en la ciudad de General Güemes. (Expte. Nº 90-17.017/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Justicia, Acuerdos y Designaciones:

            En el proyecto de ley de la Corte de Justicia, contenido en la Acordada Nº 9.759/07, estableciendo la creación de Juzgados de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia en los Distritos Judiciales del Norte (Circunscripción Tartagal y Orán) y del Sur. (Expte. Nº 90-16.972/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Salud Pública y Seguridad Social:

            En el proyecto de declaración del señor Senador Eduardo Favio Figueroa, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los Ministerios de Hacienda y Obras Públicas y de Salud Pública, gestione la provisión de una ambulancia destinada al puesto de salud de la localidad de Amblayo, departamento San Carlos. (Expte. Nº 90-17.005/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Abdo Omar Esper, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, instrumente los mecanismos necesarios, a fin de implementar el “Proyecto de Educación Sanitaria” para la Unidad Carcelaria Nº 5 de la ciudad de Tartagal, departamento General San Martín. (Expte. Nº 90-17.006/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de resolución del señor Senador Abdo Omar Esper, declarando de Interés del Senado el “Proyecto de Educación Sanitaria” para la Unidad Carcelaria Nº 5 de la ciudad de Tartagal, departamento General San Martín. (Expte. Nº 90-17.007/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de resolución de los señores Senadores Carlos Daniel Porcelo y Raúl García, declarando de Interés del Senado el “Proyecto de Educación Sanitaria” para la Unidad Carcelaria Nº 2 “Justo José de Urquiza” del municipio de Metán, departamento del mismo nombre. (Expte. Nº 90-17.048/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración de los señores Senadores Carlos Daniel Porcelo y Raúl García, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial instrumente los mecanismos necesarios, a fin de implementar el “Proyecto de Educación Sanitaria” para la Unidad Carcelaria Nº 2 “Justo José de Urquiza” del municipio de Metán, departamento del mismo nombre. (Expte. Nº 90-17.049/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

V

Proyectos de Ley

1

Expte. Nº 90-17.051/07

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Organícese la Justicia de Paz Lega y Letrada de la provincia de Salta, a cuyo fin de crean ocho (8) Juzgados de Paz Letrada con asiento: dos (2) en la ciudad de Salta; uno (1) en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán; uno (1) en la ciudad de Tartagal; uno(1) en la ciudad de Rosario de la Frontera; uno (1) en la ciudad de San José de Metán; uno (1) en la ciudad de Cafayate; uno (1) en la ciudad de General Güemes; y Juzgados de Paz Legos en los siguientes municipios: Joaquín V. González; Las Lajitas; Apolinario Saravia; El Quebrachal; General Pizarro (Dpto. Anta) – Cachi; Payogasta (Dpto. Cachi) – Villa San Lorenzo (Dpto. Capital) – Cerrillos; La Merced (Dpto. Cerrillos) – Chicoana; El Carril (Dpto. Chicoana) – El Bordo; Campo Santo (Dpto. General Güemes) – Embarcación; General Mosconi; Prof. Salvador Mazza; Aguaray; Vespucio (Dpto. General San Martín) – Guachipas (Dpto. Guachipas) – Iruya; Isla de Cañas (Dpto. Iruya) – La Caldera; Vaqueros (Dpto. La Caldera) – La Candelaria; El Tala; El Jardín (Dpto. La Candelaria) – La Poma (Dpto. La Poma) – La Viña; Coronel Moldes (Dpto. La Viña) – San Antonio de los Cobres; Tolar Grande (Dpto. Los Andes) – El Galpón; Río Piedras (Dpto. Metán) – Molinos; Seclantás (Dpto. Molinos) – Pichanal; Hipólito Irigoyen; Colonia Santa Rosa; Urundel (Dpto. Orán) – Rivadavia; Coronel Juan Solá; Santa Victoria Este (Dpto. Rivadavia) – El Potrero (Dpto. Rosario de la Frontera) – Rosario de Lerma; Campo Quijano (Dpto. Rosario de Lerma) – San Carlos; Animaná; Angastaco (Dpto. San Carlos) – Santa Victoria; Nazareno; Los Toldos (Dpto. Santa Victoria).

            Art. 2º.- Jurisdicción: Los Jueces de Paz Legos o Letrados tendrán jurisdicción en el territorio del departamento en que fueron designados quedando facultada la Corte de Justicia para establecer la jurisdicción de cada uno de los Jueces de Paz Letrados a designar en la ciudad de Salta. Una ley determinará sus jurisdicciones definitivas sobre la base del artículo 162 de la Constitución Provincial.

            Art. 3º.- Salvo las localidades donde funcione más de un Juzgado de Paz, en las restantes contarán con un Juez Suplente. Los Juzgados de Paz estarán a cargo del Juez Titular que será reemplazado en caso de impedimento, licencia u otro motivo debidamente certificado por el Juez Suplente respectivo.

            Art. 4º.- Estarán integrados los Juzgados Letrados con: un (1) Juez y un (1) Secretario. Los Juzgados de Paz Legos con: un (1) Juez y un (1) Secretario. Además contarán con el personal auxiliar y de servicio que la ley de presupuesto establezca.

            Salvo las localidades donde funcione más de un Juzgado éstos contarán con un Juez Suplente.

            Art. 5º.- Competencia: Será de competencia de los Jueces de Paz, sin perjuicio de lo que establezcan otras leyes posteriores las siguientes:

a) Jueces de Paz Letrados conocerán en:

1) Asuntos civiles y comerciales en que el valor de lo reclamado en el petitorio de la demanda exceda la competencia de los jueces de paz departamentales y no sea superior a veinte mil pesos ($20.000), con excepción de los que se refieran al derecho de familia, juicios universales, interdictos y acciones posesorias.

A los fines de determinar el monto se considerará únicamente el objeto  principal de la demanda con exclusión de los  accesorios. Si con posterioridad y hasta trabada la litis, resultare que el valor de lo cuestionado excede la competencia del tribunal, surgirá la del Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial en turno a la fecha del cargo del primer escrito;

2) En los procesos de desalojos de inmuebles urbanos o rurales estén o no vinculadas las partes por un contrato de locación, haya o no contrato escrito y cualquiera sea el monto del alquiler, con excepción de los juicios de desalojo por restitución de la vivienda concedida al trabajador en virtud o como accesorio de un contrato de trabajo;

3) En las demandas por rescisión, incumplimiento, consignación, cobro de alquileres contra el inquilino o su fiador y demás cuestiones vinculadas al contrato de locación, cualquiera sea su monto;

4) En los recursos contra las resoluciones de los Jueces de Paz Departamentales.

Toda demanda deberá interponerse ante Juez competente y siempre que de la exposición de los hechos resultare no ser de la competencia del Juez ante quien se deduce, deberá dicho Juez inhibirse de oficio. A pedido del interesado podrán remitirse las actuaciones al Juez declarado competente. (Artículo 4º, incisos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 5.233).

b) Jueces de Paz Legos Civil y Comercial:

  1. En las cuestiones de menor cuantía, con el límite de un monto que no supere los cinco salarios mínimos vital y móvil;
  2. En los desalojos y cobros de alquiler con el límite dispuesto en el inciso precedente:
  3. Actuar como amigables componedores y como organismo de conciliación siempre que no haya intervención de menores o incapaces, sin límite de montos, debiendo en tal caso extenderse el acta de compromiso correspondiente;
  4. Tramitar lo requerido por la Justicia ordinaria y por los Jueces de Paz Letrados;
  5. Autentificación de firmas y fotocopias;
  6. Tramitación y aprobación de informaciones sumarias;
    1. Colaborar en el desempeño de las funciones de Defensores Oficiales y velar por el cumplimiento de los derechos de menores e incapaces.
      1. Jueces de Paz Letrados: deben ser ciudadanos argentinos, abogados, con un ejercicio mínimo de cinco (5) años en la profesión o ante la Justicia Ordinaria, mayores de edad, con residencia no inferir a cuatro (4) años en el lugar que deberán ejercer el cargo;
      2. Jueces de Paz Legos: idénticos requisitos, salvo que no será exigible el título de abogado.
  7. Comunicar al Juez directamente de las novedades que ocurran con el personal del Juzgado, debiendo dar cuenta del cumplimiento del horario y tareas asignadas;
  8. También será de su exclusiva obligación: llevar un libro destinado a anotar autos para sentencia, fallados y apelados; uno para horario del personal; uno de entrada y salida de juicios y actuaciones del Juzgado con índice; uno de archivo de expedientes; y un libro de actas;
  9. Organizar los expedientes de la manera señalada en el inciso 8) del artículo 5º y custodiarlos cuidando que se mantengan en buen estado;
  10. Recibir toda clase de escritos o documentos y poner el cargo con designación de día y hora, dando recibo a los que solicitaren;
  11. Levantar acta de cuanta medida personal sea ordenada por el Juez, estando a su exclusivo cargo notificar a las partes en los días designados por ley de notificación personal de las resoluciones dictadas;
  12. Asistirá al Juez en todas las actuaciones que éste realice, siendo de su incumbencia la materialidad y formalidad del acto;
  13. Informar al Juez de los expedientes que se tramitan, del vencimiento de los términos y de las circunstancias que incidan en la formación del trámite y de las que hagan al mantenimiento de la igualdad de las partes en cuanto al procedimiento;
  14. Exigir recibo de todos los expedientes que entregare, en los casos autorizados por la ley, no pudiendo dispensar de esta formalidad a los jueces y funcionarios, y cuidando de que la entrega de los mismos se efectúo a las partes; abogados o procuradores, o aquélla a quienes la ley permita;
  15. Dar informes acerca de las causas que se tramitan en el Juzgado, a las partes y a aquéllos que tengan interés legítimo;
  16.  Dar posesión del cargo con las formalidades de ley, a los funcionarios designados por el Juez en las distintas actuaciones;
  17.  Practicar las planillas de costas en los juicios tramitados en el Juzgado, antes de pasar a archivo;
  18.  Dar el pase a archivo de los expedientes tramitados en el Juzgado y que estuvieren terminados, previo examen de que procesal e impositivamente estén en condiciones de hacerlo;
  19.  Están bajo su guarda y cuidado todos los efectos del Juzgado, que constaran en inventario, y de cuya copia se elevará a la Corte de Justicia, como así también de las novedades que ocurran con las modificaciones del inventario;
  20.  Es de su resorte, que cada acto que se realice en el Juzgado, posesión o recepción del juzgado, posesión de otros cargos, juramentos, etc., conste bajo acta en el libro destinado al efecto y de cuyas copias se elevarán;
  21.  Foliar y rubricar todas las fojas de los expedientes.
    1. A ser tratado en todo momento con la diligencia, respeto y dignidad propios de su condición de persona.
    2. A no ser calificado como enfermo mental ni ser objeto de diagnósticos o tratamientos en esa condición, por razones ajenas a su estado de salud mental.
    3. A ser informado sobre su diagnóstico y el tratamiento  más adecuado y menos riesgoso, y de prestar y revocar su consentimiento para ejecutarlo.
    4. A no ser objeto de pruebas clínicas ni de tratamientos experimentales sin su consentimiento informado.
    5. A que sus antecedentes personales, fichas e historias clínicas se mantengan en reserva, y a tener acceso a tal información.
    6. A recibir o rechazar auxilio espiritual o religioso y de libertad de conciencia y religión.
    7.  A recibir educación y capacitación adecuadas a su estado, a trabajar y a recibir la remuneración correspondiente, a desarrollar responsablemente su vida sexual;  todo en la medida que su estado de salud se lo permita.
    8. A no ser discriminado en el goce y ejercicio de sus derechos en atención al estado de su salud.
    9. A que se reconozca y respete la personalidad civil y a que su incapacidad para ejercer derechos sea determinada por un Tribunal a través de los procedimientos establecidos por la Ley al efecto.
    10. A que en caso de ser inculpado por algún delito u otra infracción criminal, su responsabilidad o inimputabilidad se determine por el Tribunal de Justicia competente, según las reglas del debido proceso, en un procedimiento que considere el estado de su salud con la intervención de profesionales expertos en calidad de peritos.
    11. A tener acceso a un recurso eficaz ante un tribunal y mediante un procedimiento simple y expedito fijado por la ley para reclamar de toda acción u omisión que desconozca o lesione sus derechos.
    12.  Que el propósito no sea otro que el tratamiento de la persona que padeciera sufrimientos en o por su salud mental.
    13. Que las circunstancias del caso no permitan el uso de otra alternativa menos restrictiva de la libertad.
    14. Que el establecimiento donde tenga lugar la internación disponga y brinde un programa de tratamiento adecuado.
    15. Que esté orientada a la recuperación de la salud del internado y a su egreso en el tiempo más breve posible.
    16. Que sea solicitada o dispuesta por las personas previstas en el artículo 5º de esta Ley y en las condiciones fijadas en cada caso.
    17. Por orden judicial.
    18. A pedido del propio interesado o su representante legal.
    19. Por disposición de la autoridad policial en los supuestos y con los recaudos establecidos en el segundo párrafo del Art. 482 del Código Civil.
    20. En casos de urgencia, a pedido de las personas habilitadas según los incisos 1) al 4) del Art. 144 del Código Civil.
    21. Los profesionales de la salud podrán proponer la internación en los establecimientos de salud mental, como parte del tratamiento y cuando fuere considerado imprescindible, bajo los recaudos establecidos en esta Ley. En tal caso deberá contarse con otro dictamen profesional que indique la internación necesaria en los términos de la presente Ley. La internación quedará sujeta a la resolución que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de iniciada adopte la Dirección del establecimiento.
    22. El peticionante suscribirá una solicitud de internación ante el Director o responsable jerárquico del establecimiento, presentando con ella un dictamen médico que identifique al posible internado, efectúe su diagnóstico y dé opinión fundada sobre la necesidad de internación.
    23. La internación quedará sujeta a la resolución que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de iniciada adopte la Dirección del establecimiento.
    24. Admitida la internación el Director o responsable del establecimiento deberá:
      1. Efectuar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas su propio dictamen médico o convalidar el de otro facultativo del mismo establecimiento.
      2. Comunicar dentro de idéntico término a la Asesoría General de Incapaces del Ministerio Público la internación efectuada cuando se trate de alguna de las circunstancias previstas en los Art. 141, 152 bis, Inc.1) y 2) ó 482, párrafos 2º y 3º del Código Civil, o en el caso de constar que la misma persona ya había sido internada con anterioridad. Con tal comunicación acompañará copia de los dictámenes producidos.
      3. En cualquier otro caso si la internación superara los veinte (20) días deberá formularse igual comunicación.
      4. Si el internado estuviera sujeto a tutela o curatela, su representante deberá comunicar al Juez de la causa la internación efectuada dentro de las veinticuatro (24) horas de producida.
      5. Las personas facultadas deberán pedir la internación por escrito firmada ante el Director del establecimiento o quien lo reemplace, quien accederá o rechazará fundamentalmente.
      6. Producida la internación, el solicitante deberá comunicarla a la Asesoría General de Incapaces del Ministerio Público dentro de las veinticuatro (24) horas.
      7. El Director o responsable jerárquico del establecimiento procederá en estos casos de igual modo al establecido en el Art. 7º. De no mediar orden judicial en contrario y aunque no hubieren vencido los plazos establecidos en el artículo citado, dispondrá por su sola autoridad que la internación cese tan pronto desparezcan las causas que la justificaron, notificando de ello al interesado o a su representante legal y a la Defensoría de Menores e Incapaces.
  22. Las solicitudes de internación y egreso. Deberá contener los datos personales del peticionante.
  23. Las órdenes judiciales y las disposiciones de la autoridad policial.
  24. Copias de las comunicaciones y notificaciones a que se refiere esta Ley, con las constancias de su recepción por los destinatarios y las solicitudes de tratamiento.
  25. Visitar los establecimientos de internación de las personas que se encuentran bajo su representación, toda vez que sea necesario y al menos cada seis (6) meses, verificando la evolución de su salud, el régimen de atención, las condiciones de alojamiento, el cuidado personal y la atención médica que reciben, informando al Juez interviniente.
  26. Promover según corresponda, el proceso de declaración de incapacidad por demencia o la información sumaria prevista por la Ley, así como la rehabilitación de incapaces.
  27. Controlar el régimen de las actuaciones en que interviene, requiriendo las medidas conducentes al mejor tratamiento y cuidado de los internados, así como la administración y custodia de sus bienes y tan pronto sea pertinente, solicitar el cese de las internaciones.

c) Además de las facultades concedidas, los Jueces de Paz Legos y Letrados, deberán:

1) Concurrir diariamente a su oficina, firmar el despacho, conceder o presidir audiencias y habilitar día y hora cuando las circunstancias lo requieran;

2) Formar un libro con los originales de las sentencias dictadas durante cada año, debidamente foliados y rubricados e inicializados;

3) Los Jueces de Paz deberán conceder los recursos de apelación en la forma y modo que se establezcan;

4) Velar por el orden, disciplina y respeto en el Juzgado del personal a su cargo, de los litigantes partes y asistentes o comparecientes a las audiencias, pudiendo con ese fin aplicar multas hasta de doscientos pesos, debiendo dar conocimiento a la Corte de Justicia;

5) Tomar exposiciones o levantar actas de todo cuanto se le solicitare o pudiere convenir al interés de quien lo pidiere, o hiciere al derecho de las personas o tuvieren o constituyeren pruebas que corrieren el peligro de ser destruidas; formando con las actuaciones, cada año, un libro debidamente foliado y rubricado e inicializado por el nombre de los intervinientes o interesados;

6) Dar por escrito los informes que los Jueces de Primera Instancia les pidieran, acompañando copia fiel de lo actuado cuando se tratase de una demanda;

7) Dar pronta cuenta al Fiscal de Estado, toda vez que algún vecino, nacional o extranjero, falleciese intestado y no tenga parientes conocidos, al defensor de menores cuando no tuviere tutores legítimos los hijos menores del fallecido;

8) Formar expediente en cada juicio con la demanda para iniciación, agregando los documentos, pruebas y demás actuaciones que se produzcan, las diligencias parciales, y demás diligencias. Formar igualmente expedientes con cualquier otra actuación de distinta especie, que realice el Juzgado. Todos estarán registrados, ordenados, clasificados, caratulados y separados de los terminados y perimidos, que pasarán al archivo, previo registro correspondiente;

9) Dar celeridad y cumplimiento a los trámites encomendados por la Justicia Laboral.

            Art. 6º.- Procedimiento: El procedimiento ante los Jueces de Paz será verbal y actuado sin perjuicio del derecho de las partes a presentar sus peticiones por escrito.

            Art. 7º.- La representación de las partes ante los Juzgados de Paz podrá ejercerse mediante carta poder autenticándose la firma por Secretario de Juzgado de Paz o Jefe de Destacamento Policial más cercano al domicilio de los mismos, previa justificación de identidad del otorgante.

            Art. 8º.- En los juicios ordinarios, incluso en el desalojo, el Juez señalará en todos los casos una audiencia de conciliación después de interpuesta la demanda. Si fracasara, en el mismo acto se deberá contestar la demanda y ofrecer las pruebas que tuvieran ambas partes. Si no compareciera la parte actora, se la tendrá por desistida del juicio. En caso de incomparecencia de la demandada se la tendrá por rebelde y podrá dictarse sentencia o en su caso abrir la causa a prueba. El período de prueba no podrá exceder de diez (10) días. De todo escrito de demanda, contestación u ofrecimiento de prueba se agregará una copia para su entrega a la contraparte.

            Art. 9º.- En los juicios ejecutivos el Juez citará a audiencia de conciliación y/o para que el demandado comparezca a reconocer la firma y oponer excepciones. El Juez podrá disponer libramiento de embargo antes del reconocimiento de la firma. En caso de que ésta fuese desconocida el embargado podrá obtener el alzamiento otorgando fianza.

            Art. 10.- Cerrada toda discusión, el Juez tendrá diez (10) días para dictar sentencia. En caso de no hacerlo, las partes podrán concurrir ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial en turno en protesta. No se exigirá para estos casos más formalidades procesales que las que garanticen la seriedad y claridad debida. La elección de una vía significa la denuncia de la otra. El Juez resuelve de conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 de la Constitución Provincial.

            Art. 11.- Las resoluciones emitidas por los Jueces de Paz podrán ser apeladas ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial en turno. El recurso de apelación podrá ser interpuesto mediante simple anotación en el expediente firmado por el recurrente. El término dentro del cual se deberá interponer el recurso será de tres (3) días, debiendo fundarse por el interesado dentro del plazo de cinco (5) días de su concesión por ante el mismo juzgado. Serán inapelables los juicios cuyos montos no excedieren el veinte por ciento (20%) de los  importes que semestralmente fije la Corte de Justicia.

Art. 12.- Requisitos: Los requisitos para ser Jueces de Paz son los siguientes:

Art. 13.- Remoción: Los Jueces de Paz son removidos por las causales de delito común, mala conducta, retardo de justicia, mal desempeño o falta de cumplimiento de los deberes a su cargo (Art. 153 de la Constitución Provincial).

            Art. 14.- La Corte de Justicia reglamentará el procedimiento de remoción conforme al artículo 163 de la Constitución Provincial.

            Art. 15.- Los Jueces de Paz son elegidos de conformidad a lo dispuesto en el artículo 163 de la Constitución Provincial.

            Art. 16.- Funcionamiento: Los Jueces de Paz titulares y los suplentes, residirán en el lugar asiento del juzgado, no pudiendo ausentarse sin licencia de la Corte de Justicia. Percibirán la remuneración que les fije la Ley de Presupuesto. Los suplentes tendrán esa retribución únicamente cuando estén en funciones.

            Art. 17.- Recusaciones: Los Jueces de Paz podrán ser recusados sin causa por el actor al entablar la demanda y por el demandado antes o al tiempo de contestarla. De este derecho no podrá hacerse uso sino una vez en cada caso.

            Art. 18.- Fuera de este caso, los Jueces de Paz sólo podrán ser recusados por justa causa legal.

            Art. 19.- El conocimiento del asunto en caso de recusación, excusación legal, corresponderá al Juez de igual categoría de la localidad o un Juez vecino más cercano de igual categoría. En defecto de lo señalado, el Superior Tribunal procederá a la desinsaculación entre los de igual categoría.

            Art. 20.- Los Secretarios deberán reunir las mismas condiciones exigidas para los Jueces de Paz Legos, con excepción de la edad que se reduce a veintiún años como mínimo.

            Art. 21.- No podrán ser secretarios, los parientes del Juez a cargo, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

            Art. 22.- Serán funciones:

Art. 23.- En los casos en que fuere necesaria la actuación de un Secretario Ad Hoc el Juez de Paz podrá designar, en tal carácter, un empleado de la administración provincial o municipal, que preste servicios en el lugar del asiento del Juzgado. Esta designación tendrá carácter de carga pública debiendo el designado reunir los requisitos de los artículos 20, 21 y 22.

      Art. 24.- Quedan derogadas todas las disposiciones sobre la materia, anterior a la presente y aquellas otras que se opongan.

      Art. 25.- De forma.

José Luis Valle

Fundamentos

Señor Presidente:

            Nuestra Constitución Provincial en sus artículos 162 y 163 ordena el funcionamiento de la Justicia de Paz y manda legislar en la materia. Estamos en deuda, pues desde la promulgación de la nueva Constitución Provincial sólo se dieron normas complementarias a las existentes o acordadas, emitidas por la Corte de Justicia para cubrir vacíos legales, pero no la norma de fondo que manda la ley primera.

            Estamos en deuda también con quienes con esfuerzo contribuyen a la labor de la justicia en todos los rincones de la Provincia.

            Pero la deuda mayor radica en la falta de coordinación y funcionamiento por vacíos legales de instituciones como la Justicia de Paz, que está llamada a ser la gran contribución para descomprimir y oxigenar la labor de la justicia que a la fecha absorbe la totalidad de los conflictos sin posibilidad alguna de revertir el cuadro por más empeño y dedicación que tienen los jueces, oficiales de justicia y empleados.

            Saldar parte de la deuda, estimo es poner en marcha, como manda la Constitución y reclama el sentido común, la justicia de paz de la provincia de Salta.

José Luis Valle

– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

2

Expte Nº 90-17.055/07

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Otórgase en comodato por el término de veinticinco (25) años a favor de la Fundación Pueblo Solidario de la localidad de Rosario de la Frontera, Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 100 del Ministerio de Gobierno y Justicia de la provincia de Salta, el inmueble identificado con la Matrícula Nº 934, Sección H, Manzana 31 A, Parcela 2, del departamento Rosario de la Frontera “18”, con cargo de destinarlo exclusivamente a la promoción y actividades del sector vulnerable conforme a su Estatuto y objetivos.

            Art. 2º.- Fíjase el término de dos (2) años, a partir de la publicación de la presente, para que el comodatario realice las refacciones de las instalaciones necesarias según la Ley Nº 24.314 de Accesibilidad de Personas con Movilidad Reducida.

            Art. 3º.- La formalización del comodato se efectuará a través de Escribanía de Gobierno, a favor del beneficiario mencionado en el artículo 1º y queda exenta de todo honorario, tasa o contribución. El beneficiario asume a su costo el pago de los impuestos y tasas, como así también el pago de los servicios públicos, que genere en más, el inmueble.

            Art. 4º.- El inmueble adjudicado será destinado exclusivamente al uso de la entidad beneficiaria y, en caso de disolución de la misma o incumplimiento de los cargos dispuestos en la presente, el comodato quedará sin efecto, restituyéndose el inmueble a la provincia de Salta, con todas las mejoras incorporadas y sin derecho a indemnización alguna.

            Art. 5º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Carlos Daniel Porcelo

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

3

Expte. Nº 90-17.057/07

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

LEY DE SALUD MENTAL

CAPITULO I

Disposiciones Generales

            Artículo 1º.- Las personas que padecen sufrimientos mentales, enfermedades mentales, alcohólicos crónicos o toxicómanos gozan de iguales derechos que los demás habitantes de la Nación.

            Su situación sólo genera deberes correlativos que competen a su familia, la comunidad y el Estado, en orden a la ejecución de todas las medidas necesarias para la remoción de cuanto les obstaculice en la procuración de su plenitud personal.

            Art. 2º.- Toda persona que padezca alguna de las circunstancias descriptas en el primer párrafo del artículo anterior, tiene derecho a recibir tratamiento médico-psicológico.

            Dicho tratamiento sólo  puede ser prescripto y conducido por profesionales de la salud y reconocerá como fin la curación, la recuperación y la rehabilitación del paciente en el período más breve posible.

            Entre las alternativas terapéuticas conducentes, se privilegiarán las que menos restrinjan la libertad del paciente y menos lo alejen de su núcleo familiar y comunitario.

            Tales personas tienen, además, los siguientes derechos:

            Art. 3º.- Toda disposición -incluida las resoluciones judiciales- que disponga la internación de tales personas en establecimientos públicos o privados es una medida excepcional, esencialmente transitoria y revocable en cualquier momento, que sólo puede justificarse en una real necesidad terapéutica debidamente fundada, quedando excluidos la mera estabilización, claustración, reclusión o extrañamiento.

            La internación deberá tender siempre a lograr la externación de la persona y su tratamiento ambulatorio.

            En el caso de que cualquier internación supere el término de cuarenta y cinco (45) días corridos, y resultare necesaria su continuidad, deberá justificarse la misma mediante un informe que deberá confeccionar la Dirección del establecimiento, y será elevada al Juez y al Asesor de Menores e Incapaces intervinientes, en el que se indicarán las razones que justifiquen la prolongación de la misma, como así también los motivos que impidan la aplicación de una terapéutica alternativa o intermedia.

            Art. 4º.- Se establecen los siguientes recaudos para ser permitida la internación:

CAPÍTULO II

Procedimiento para Internación

            Art. 5º.- La internación de personas en establecimientos públicos o privados de salud mental o de tratamiento para afectados de enfermedades mentales, alcohólicos crónicos o toxicómanos sólo se admitirá:

            Art. 6º.- Las internaciones dispuestas por la autoridad judicial deberán ser instrumentadas por escrito. La solicitud de tratamiento deberá ser confeccionada y suscripta por el profesional pertinente en el momento del ingreso. El Director o responsable jerárquico del establecimiento informará por escrito al Juez sobre la situación del internado a cabo de los primeros siete días y posteriormente, respecto a su evolución, con una periodicidad no mayor de treinta (30) días.

            Art. 7º.- La internación a pedido del propio interesado o de su representante legal deberá ajustarse a las siguientes disposiciones:

            Art. 8º.- Sólo excepcionalmente la autoridad policial podrá promover la internación, satisfaciendo en tal caso todos los recaudos establecidos por la Ley y acompañando copia de las actuaciones producidas, debiendo continuar prestando colaboración a los efectos de la identificación de la persona y sus familiares para el oportuno aviso a éstos. Al producirse el ingreso, el profesional que corresponda confeccionará y suscribirá la solicitud de tratamiento pertinente. El Director o responsable del establecimiento informará sobre la situación del internado por escrito a la autoridad judicial y a la Asesoría General de Incapaces del Ministerio Público, dentro de las veinticuatro (24) horas posteriores al ingreso, con copia de las actuaciones policiales, dictamen profesional producido y tratamiento aconsejado.

            El plazo mencionado podrá extenderse hasta cuarenta y ocho (48) horas en casos en que no hubiera equipo terapéutico en la localidad donde se encontrara alojado, dentro del mismo, el orden de aplicación propondrá el equipo de salud responsable de su tratamiento.

            De no mediar orden judicial disponiendo mantener la internación dentro de los siguientes siete (7) días, el Director reiterará la comunicación y si dentro de los tres (3) días siguientes no recibiera notificación alguna al respecto, dispondrá el inmediato cese de la internación, poniendo en conocimiento de ello al internado y/o su representante legal y a la autoridad judicial.

            Art. 9º.- En los casos de urgencia a que se refiere el inc. d) del Art. 5º se observarán las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO III

Procedimiento durante la  Internación

Art. 10.-  La Dirección del establecimiento confeccionará una historia clínica de cada internado, en la que constará con la mayor precisión posible, sus datos personales y los de su representante ante la institución, el motivo de la consulta o internación, los exámenes verificados, el diagnóstico y el pronóstico, la indicación del índice de agresividad que se le atribuya, técnicas a emplear, tiempo de internación previsto, el régimen aconsejable para su protección y asistencia, las evaluaciones periódicas del tratamiento, interconsultas, visitas, salidas y traslados, las fechas de internación y posibilidades de egreso.

A la historia clínica se agregarán:

Al producirse el egreso deberá dejarse constancia de su fecha, motivo y propuesta terapéutica si fuera necesario.

Art. 11.- Los establecimientos de internación de salud mental deberán brindar tratamiento en condiciones que resguarden la integridad psíquica y física de las personas, su dignidad personal y afecten en la medida absolutamente indispensable su libertad, conforme las disposiciones de la presente Ley. Están prohibidos todas las medidas, procedimientos o métodos de castigo físico o psíquico.

Durante la internación, deberán garantizarse los aspectos vinculados a espacio físico, recursos humanos y terapéuticos en general que para cada caso correspondan.

Art. 12.- Ante la necesidad de que la internación del enfermo mental continúe en otro establecimiento de salud mental acorde a su patología, el Director o responsable jerárquico del establecimiento donde se encuentra internado el paciente solicitará la autorización para efectivizar el traslado al Juez competente, el que deberá expedirse en el término de setenta y dos (72) horas de recepcionada la comunicación, resolución que será comunicada al Asesor de Incapaces interviniente. Transcurrido dicho término, no mediando oposición judicial, podrá efectivizarse el traslado. Una vez efectivizado el mismo, los directores o responsables de los establecimientos deberán informar el egreso e ingreso, respectivamente, al Juez competente dentro de las setenta y dos (72) horas de efectivizado.

Art. 13.- El Director o responsable jerárquico del establecimiento deberá permitir y facilitar las visitas y comunicación del internado con personas ajenas al mismo.

Siempre podrá ser visitado por su representante legal o por el Defensor especial previsto en el Art. 482 del C.C., las que no podrán ser impedidas.

Art. 14.- El Director del establecimiento podrá aconsejar y disponer, con los recaudos que considere debidos, los paseos o salidas terapéuticas que se estimen necesarios para el tratamiento.

En caso de tratarse de internados a disposición judicial deberá comunicarse por escrito lo dispuesto, dentro de las veinticuatro (24) horas de producidas. Podrá también disponer los traslados que fueran urgentes, comunicándose de igual forma.

Art. 15.- Los jueces deberán impulsar de oficio y con la mayor celeridad las actuaciones relacionadas con las personas comprendidas en la presente Ley, especialmente en los procesos de rehabilitación legal y en los pedidos de egreso que deberán ser resueltos con preferente despacho.

Art. 16.- Los jueces a cuya disposición se encuentren personas internadas, inspeccionarán cada vez que lo consideren conveniente y por lo menos dos (2) veces al año los establecimientos de internación en salud mental, verificando las condiciones de alojamiento, cuidado personal y atención profesional, condiciones de desarrollo de los programas de tratamiento y observancia de los derechos de los internados.

Art. 17.-  La Asesoría General de Incapaces del Ministerio Público deberá:

Art. 18.- El Director o responsable del establecimiento deberá disponer el egreso de aquellas personas internadas en los términos de la presente Ley, tan pronto su estado psíquico permita su alta definitiva o la continuación del tratamiento en forma ambulatoria.

            En caso de internaciones por disposición judicial, tan pronto el estado psíquico del internado permita su alta definitiva o la continuación del tratamiento en forma ambulatorio, deberá comunicar tal circunstancia al Juez de la causa, representante legal y/o Asesor de Menores a fin de que adopten medidas pertinentes a tal efecto. Si se tratara de la cesación de una medida de seguridad se observará lo dispuesto en el código de Procedimientos Penales.

CAPÍTULO IV

Normas Complementarias

            Art. 19.- Todos los plazos previstos en esta Ley son los máximos permitidos, y en ningún caso debe entenderse que deban aguardarse sus vencimientos. Nunca el paciente quedará sometido innecesariamente al transcurso de los mismos.

            Art. 20.- La interpretación de la presente Ley lo será siempre en el sentido más favorable al paciente, y en caso de duda, en el que más favorezca su libertad ambulatoria.

            Art. 21.- Todos los establecimientos de salud mental deberán ajustar sus recursos humanos asistenciales y su estructura física funcional a las normativas que en materia de habilitación, acreditación, inscripción y categorización establezca el Ministerio de Salud como así también contar con las certificaciones de los organismos competentes. Tales establecimientos, previo a su habilitación, deberán  explicitar su proyecto general asistencial y programas de tratamiento.

            Art. 22.-  En  todos los establecimientos hospitalarios de la Provincia -incluidos los infanto juveniles- deberán implementarse Servicios de Salud Mental, proveyendo la existencia de camas disponibles para internación.

            En los distintos centros de salud deberán establecerse consultorios para atender a la salud mental, como así también implementarse sistemas de visitas domiciliarias a fines de la localización y atención de pacientes en el área de influencia para la promoción, protección, educación, recuperación y rehabilitación de los pacientes, y en caso de que fuere necesario, su derivación a hospitales con Servicio de Salud Mental.

            Art. 23.- Las colonias de salud mental existentes en el ámbito de la provincia de Salta serán para rehabilitación y no para reclusión de las personas allí internadas. Las mismas deberán cumplir con todas las exigencias impuestas en la presente Ley. Su control y seguimiento será responsabilidad del Ministerio de Salud y la Asesoría de Incapaces, debiendo ser inspeccionadas por esta última con una periodicidad no menor a la prevista en el Art. 17 de la presente.

            Art. 24.-  El Ministerio de Salud Pública de Salta deberá alentar, propiciar y promover:

– La implementación de acciones y servicios de carácter ambulatorio.

– La creación de nuevas modalidades a fin de recurrir a la internación como última alternativa y en situaciones suficientemente justificadas, tales como:

  • Casas de medio camino.
  • Centros de capacitación laboral y talleres protegidos.
  • Implementación de un Sistema de Atención de Urgencia con equipos móviles y otro de atención domiciliaria.

            Art. 25.- De forma.

Carlos Daniel Porcelo – José Fernando Mattos

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

VI

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-17.053/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara el “III Campeonato Abierto de Ajedrez – Ciudad de Cerrillos – Memorial M.I. Luis Lafuente”, organizado por la Municipalidad de Cerrillos y la Federación Salteña de Ajedrez, a llevarse a cabo los días 15, 16 y 17 de junio de 2007, en el edificio de la Delegación Cerrillos de la Cámara del Tabaco de Salta.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Alfredo Jorge

– A la Comisión de Turismo y Deportes.

2

Expte. Nº 90-17.056/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, invitar al señor Secretario de Prensa y Difusión, a concurrir el día jueves 21 del corriente mes, a horas 10:00, a la Presidencia de la Cámara para que informe lo siguiente:

  1. Ampliación a lo remitido en respuesta a la Resolución Nº 2/07 aprobada por el Senado en sesión de fecha 12 de abril de 2006.
  2. Informe gastos de Publicidad Oficial en los distintos medios provinciales y nacionales desde el 1 de enero de 2007 a la fecha.
  3. Ampliación a lo remitido en Resolución Nº 2/07, aprobada por el Senado en sesión de fecha 12 de abril de 2007;
  4. Informe gastos de Publicidad Oficial en los distintos medios provinciales y nacionales desde el 1 de enero de 2007 a la fecha.

Art. 2º.- De forma.

Raúl García

Sr. Presidente (Lapad).- Corresponde tratamiento inmediato, de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: la Cámara ha recibido respuesta a la Resolución Nº 2 de este Cuerpo, donde solicitábamos los gastos de prensa y publicidad del ejercicio anterior y lo que va de este año, pero únicamente del Ejercicio 2006, de lo que tienen copia todos los bloques. Ayer, curiosamente, llega una ampliación de esta resolución, donde hace algunas modificaciones, que por error involuntario, dice, no se ha hecho bien la división. Me llama la atención y me causa gracia, disculpe, señor Presidente, porque sólo en tres medios se ha reducido el monto total. Para que me entiendan, por ejemplo el Diario El Tribuno, de acuerdo con la primera información, tenía trescientos noventa y tres mil pesos de gasto mensual en publicidad. Eso da un total de cuatro millones setecientos dieciséis mil pesos. Qué dice en el segundo informe, que en vez de dividir por doce, se tendría que haber dividido por diecisiete. Curiosamente, hace una deducción del monto total de dos millones cuatrocientos dieciséis mil pesos. Si uno hace la misma operación de un monto total y lo divide por doce da trescientos noventa y tres mil pesos, si ese monto lo divide por diecisiete, obviamente va a ser menor, pero ese menor no se condice con lo que remiten ahora, porque dice que de acuerdo al promedio son ciento treinta y cinco mil doscientos noventa y cuatro y no trescientos noventa y tres mil pesos. Es decir que si estos trescientos noventa y tres mil pesos lo multiplicamos por diecisiete, nos da un total de dos millones doscientos noventa y nueve mil. Aquí han desaparecido mágicamente dos millones cuatrocientos dieciséis mil pesos.

            Cartoon, no sé qué es la verdad, pero tiene gasto de prensa y publicidad, prácticamente ocurre lo mismo, se reduce mensual. ATM, no sé qué es, pero recibe cincuenta mil pesos mensuales de publicidad y aquí también hacen desaparecer mágicamente trescientos noventa y seis mil pesos. Cincuenta mil por ocho son seiscientos mil y si lo dividimos por diecisiete sería un monto obviamente menor, pero el resultado debe ser el mismo, o sea que acá hubo una reducción importante.

Estoy más convencido que nunca, señor Presidente, que necesitamos imperiosamente la presencia de este funcionario para que nos explique. En una de esas yo me olvidé de multiplicar y dividir y se me han confundido los números. Sería importante que venga con alguna documentación, con órdenes de pago, creo que es lo que se utiliza para el pago de publicidad, especialmente en lo que hace al Diario El Tribuno, ATM, Cartoon y otros medios que considere importante informarnos el señor Secretario de Prensa y Difusión.

            Solicito la aprobación de este proyecto de resolución, atento a que se pueda clarificar esta situación, a lo mejor yo no interpreto bien.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución, invitando al señor Secretario de Prensa y Difusión para el próximo jueves. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

VII

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-17.052/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado y adecuado a los preceptos de la Constitución Provincial, se instale un cajero automático en la localidad de Santa Victoria Oeste, departamento Santa Victoria.

Benigno Vargas

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

2

Expte. Nº 90-17.054/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que por intermedio del Poder Ejecutivo Provincial, el Banco Macro S.A. instale un cajero automático en el municipio de Guachipas, departamento del mismo nombre.

Omar Gerardo Quipildor

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

3

Expte. Nº 90-17.058/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Ministerio de Educación, a través de los organismos correspondientes, proceda a la urgente evaluación de las condiciones edilicias de la Escuela de Educación Técnica Nº 5.102 Filial 1 de Campo Santo, departamento General Güemes, y posterior reparación de las falencias existentes, a fin de brindar un ambiente seguro a la comunidad educativa que asiste a la misma.

José Luis Valle

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

4

Expte. Nº 90-17.059/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que la Dirección de Vialidad de la Provincia, proceda de manera urgente al enripiado y abovedado del camino provincial Nº 8, que une General Güemes con El Algarrobal.

José Luis Valle

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: para hacer reserva del proyecto a fin de solicitar tratamiento sobre tablas en su momento.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición, vamos a hacer reserva del expediente.

– Asentimiento.

5

Expte. Nº 90-17.060/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Ministerio de Educación, a través de los organismos correspondientes, proceda a la urgente reparación y puesta en marcha de los baños de la Escuela Nº 4.668 de la localidad de El Saladillo, departamento General Güemes, como así también la provisión de agua potable a los niños que asisten a la misma.

José Luis Valle

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

6

Expte. Nº 90-17.061/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos específicos, realice los trámites y gestiones necesarias para que se ejecuten los trabajos de construcción de un puesto sanitario en el paraje Esquina de Guardia, en el departamento La Poma, obra para ser incluida en el Presupuesto del Ejercicio vigente.

Telmo Salva

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El elevado número de familias residentes en el paraje Esquina de Guardia y su zona de influencia no cuenta con infraestructura de atención sanitaria a la población, los pobladores deben realizar penosas y largas caminatas en un lugar tan inhóspito como lo es la puna, para recibir atención médica.

            En virtud de las características geográficas y socio económicas de la región, se requiere contar con el espacio físico y el recurso humano. De esta manera evitaremos poner en riesgo la vida de estos pobladores.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto, que se encuadra en los objetivos de salud del gobierno provincial, en lo que hace a mejorar constantemente la calidad de vida de nuestra población.

Telmo Salva

.- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

5

LICENCIAS

Sr. Secretario (Catalano).- Los señores Senadores Telmo Salva y Claudia Silvina Vargas, solicitan autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no se hacen objeciones, las mismas serán acordadas.

– Asentimiento.

6

HOMENAJES

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento dedicado a los homenajes que los señores senadores propongan realizar.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: el próximo domingo 17 de junio se cumple un nuevo aniversario del fallecimiento del General Martín Miguel de Güemes, quien tardíamente pero ha tenido el reconocimiento de héroe nacional. Este homenaje que se va a brindar, que seguramente lo van a hacer municipios, representantes de la comunidad y demás, debe mostrar a la sociedad cuál fue la lucha del General Martín Miguel de Güemes y que su esfuerzo hoy nos da la posibilidad de luchar desde otros frentes, que no son justamente bélicos, pero sí tiene que ver con la defensa de nuestra soberanía, nuestro desarrollo, el bienestar de la gente, es decir que su lucha y su esfuerzo no fue en vano.

            Lamentablemente, en la Argentina tenemos esta tradición de honrar a nuestros héroes en la fecha de su fallecimiento y muchas veces -pasa muy particularmente cuando acontece un nuevo aniversario del fallecimiento de don Martín Miguel de Güemes- se traduce en la realización de festivales, de casi una fiesta, cuando en realidad tendría que ser una jornada de dolor, de condolencia y de reconocimiento a esa labor. La costumbre, probablemente, nos ha llevado a ese cuadro de situación, pero lo cierto es que a nosotros nos cabe, a quienes estamos en la función pública, la obligación de mostrar que por encima de la doma, del folclore, del festival, de la propaganda, debe estar la enseñanza del legado histórico de don Martín Miguel de Güemes. Hacerlo significará forjar hombres para el futuro que defiendan nuestros intereses y nuestros derechos como lo hiciera don Martín Miguel de Güemes. Ese será el mejor homenaje permanente al héroe gaucho.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Viña.

Sen. Guotas.- Señor Presidente: como única mujer Senadora presente, quiero desearles para el día domingo, que se festeja el Día del Padre, a todos los padres muchas felicidades.

Sr. Presidente (Lapad).- Desde esta Presidencia adhiero a las palabras y agradezco a la señora Senadora por La Viña.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: la señora Senadora presente me ganó de mano. Como Senador, en el último año que estoy compartiendo con ustedes, quiero aprovechar la ocasión para hacer llegar las felicitaciones a los jefes de familia que viven los tiempos que vivimos. En la mayoría de los casos no tienen el reconocimiento del verdadero héroe, ese que se pone al frente de las cosas y trata de contribuir con su esfuerzo, no solamente a que sus hijos, su familia se mantenga unida y tengan por lo menos el sustento, sino que también contribuyen a la grandeza de la provincia y de la Patria.

            Conozco a todos los que comparten este Cuerpo, senadores, empleados administrativos y de las otras áreas, quiero expresarles mis felicitaciones por el día domingo y que sigan trabajando como lo hacen, ya que son orgullo para muchos.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador  por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela: Señor Presidente: bien lo ha manifestado el Senador por el departamento General Güemes, el honor de llevar este nombre, los ciudadanos de esta parte de la Provincia deben sentir y compartir este orgullo.

            Hablar del General Güemes es remitirnos a su nacimiento, el 8 de febrero de 1785 nace en esta misma ciudad Martín Miguel Juan de Mata Güemes, son sus padres el hidalgo español don Gabriel de Güemes Montero, que fuera Tesorero de Real Hacienda en la Intendencia de Salta del Tucumán y doña María Magdalena Goyechea y de la Corte, descendiente de Francisco de Argañaraz y Murgía, fundador de la ciudad de San Salvador de Jujuy. Fallece, como bien decíamos en el homenaje, en defensa de la independencia americana, no solamente argentina. Un 17 de junio de 1821 ofrenda su vida a favor de todos los que estamos acá presentes y que disfrutamos de esta Salta y de su cultura.

            Fue un factor importante en la gesta independentista, el General Güemes hizo frente exitosamente a siete invasiones realistas. El escenario de la guerra fue toda la Provincia, primeramente en el Valle de Lerma y la Quebrada de Humahuaca. El ejército se organizó en milicias a cargo de capitanes en cada distrito. En la guerra participó toda la población, hombres y mujeres, ancianos, jóvenes, niños, cada cual dentro de sus posibilidades.

            Para hablar de Güemes tenemos mucho más, de este héroe salteño, este héroe argentino y por tal razón esta Cámara de Senadores ha organizado para el día de mañana un curso taller denominado Un salteño para la Patria “el General Martín Miguel Juan de Mata Güemes” y La Mujer en la lucha por la Independencia. Justamente hacíamos referencia a la única mujer hoy presente en el Cuerpo de Senadores y todas las que nos acompañan constantemente en esta tarea, sabemos qué papel fundamental cumplen hoy y es bueno destacar que esto no es nuevo, que lo vienen haciendo, en esta gesta histórica y dentro de la lucha por la independencia la mujer tomó un papel protagónico.

            Por tal motivo queremos, en nombre de todo el Cuerpo, invitar para el día de mañana, a horas 14:00, a la apertura de esta jornada taller, destinada a los supervisores de los niveles EGB, Inicial y Polimodal, a fin de nutrirse de estos conocimientos que bien nos hace falta para mantener viva la memoria y poder transmitirlo a los docentes que a ellos les toca guiar y a su vez a los alumnos de toda la Provincia.

Este es el homenaje, el reconocimiento y queríamos dejarlo marcado en esto.

7

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un dictamen y luego su tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de dos dictámenes y oportunamente el tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el expediente Nº 90-17.053/07.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el expediente Nº 90-17.045/07.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: solicito el tratamiento sobre tablas para el expediente Nº 90-17.059/07 que consta en el boletín de Asuntos Entrados.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Santa Victoria.

Sen. Vargas (B).- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el expediente Nº 90-17.052/07.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas del expediente Nº 90-17.006/07.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: en el mismo sentido, solicito tratamiento sobre tablas para el expediente Nº 90-17.008/07.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de resolución referido a los cursos talleres recientemente mencionados.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el expediente Nº 90-16.972/07.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: cuando entramos a esta etapa de la sesión ha ingresado un proyecto que tiene número de expediente, solicito su tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Lapad).- Primeramente se va a dar lectura y a votar su ingreso, luego el tratamiento sobre tablas.

            Por Secretaría se dará cuenta de los asuntos que los señores senadores solicitan su ingreso.

IV

Dictámenes de Comisiones

De Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente:

            En el proyecto de declaración de los señores Senadores Abdo Omar Esper, Raúl García, José Luis Valle, Carlos González, Pablo Raúl Díaz y Carlos Daniel Porcelo, solicitando a los señores Legisladores Nacionales, insistan en el Congreso Nacional, de manera especial, se dé tratamiento parlamentario del Marco Regulatorio del Gas Licuado de Petróleo. (Expte. Nº 90-17.030/07)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

De Obras Públicas e Industria:

            En el proyecto de declaración de los señores Senadores Raúl García y Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado que el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, inicie la construcción de tres aulas y un salón de usos múltiples en la Escuela Nº 5.003 “José Manuel Estrada” de la ciudad de San José de Metán. (Expte. Nº 90-17.041/07)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: hice reserva para pedir tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            En el proyecto de declaración de los señores Senadores Raúl García y Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado que el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, inicie la construcción de aulas en la Escuela Nº 4.084 “Juana Manuela Gorriti” de la ciudad de San José de Metán. (Expte. Nº 90-17.042/07).

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

VI
Proyectos de Resolución

3

Expte. Nº 90-17.063/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés del Senado, los Cursos Talleres: Un Salteño para la Patria “El General Martín Miguel Juan de Mata Güemes” y La Mujer en la Lucha por la Independencia”, organizado por la Cámara de Senadores, a desarrollarse en la ciudad de Salta, el día 15 de junio del corriente año en el Palacio Legislativo.

Mario Alberto Brizuela

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

8

III CAMPEONATO ABIERTO DE AJEDREZ

Expte. Nº 90-17.053/07

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la Provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de la Cámara el “III Campeonato Abierto de Ajedrez – Ciudad de Cerrillos – Memorial M.I. Luis Lafuente”, organizado por la Municipalidad de Cerrillos y la Federación Salteña de Ajedrez, a llevarse a cabo los días 15, 16 y 17 de junio de 2007, en el edificio de la Delegación Cerrillos de la Cámara del Tabaco de Salta.

            Art. 2º.- De forma.

Alfredo Jorge

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge..- Señor Presidente, señores senadores: el presente proyecto de resolución tiene por objeto declarar de Interés de esta Cámara el III Campeonato Abierto de Ajedrez de la Ciudad de Cerrillos, Memorial Maestro Internacional Luis Lafuente, organizado por la Municipalidad de Cerrillos y la Federación Salteña de Ajedrez, a llevarse a cabo los días 15, 16 y 17 de junio del corriente año, en el edificio de la Delegación de Cerrillos de la Cámara del Tabaco.

            En esta oportunidad se contará con la visita del campeón argentino de mayores, el señor Diego Flores, el ganador de la Edición 2006 de este Torneo de Ajedrez, como así también estarán presentes siete maestros internacionales y diez maestros nacionales y tendremos la visita de campeones de la hermana República de Bolivia y figuras notables de nuestra Provincia.

            El presente evento ajedrecista, en su tercera edición, pretende repetir el éxito que ha tenido durante los años 2005 y 2006, donde se destacaron figuras del ajedrez argentino con prestigio internacional.

            Con este torneo se pretende dar una mayor difusión al quehacer ajedrecista y contribuir a despertar interés en todos los integrantes de diferentes ideales que tengan deseos de presenciar y conocer este apasionante juego-ciencia, que se desarrollará en la comunidad cerrillana.

            Por ello, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

9

PLENARIO AMBIENTAL INTERPROVINCIAL TERCERA JORNADA DE TRABAJO

Expte. Nº 90-17.045/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente, ha considerado el proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, declarando de Interés de esta Cámara el Plenario Ambiental Interprovincial, Tercera Jornada de Trabajo, a realizarse en el departamento Cafayate, los días 16 y 17 de junio del corriente año, organizado por el Movimiento Ecologista Calchaquí de San Carlos y Cafayate – Salta, PRO ECO Grupo Ecologista – Tucumán, Autoconvocados de Santa María – Catamarca, Vecinos Autoconvocados Ambientalistas de Termas de Río Hondo – Santiago del Estero; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación

Sala de la Comisión, 14 de junio de 2007.

Pedro Liverato – Sara Gabriela Guotas – Juan Martín Moreyra – Benigno Vargas

Miembro Informante: Senadora Sara Gabriela Guotas.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Guotas..- Señor Presidente: este proyecto surge de la necesidad de dar una solución a la problemática que aqueja a la región del noroeste argentino. Diversos grupos ambientalistas y ecologistas vienen actuando en la defensa del medio ambiente, específicamente por la protección del campo de Andalgalá – Salar del Pimpanaco, el Campo del Arenal, la cuenca del Río Santa María del Yokavil – Valle Calchaquí y la cuenca Salí – Dulce, para dar continuidad al trabajo comprometido en Termas de Río Hondo, Santiago del Estero y Santa María, Catamarca.

            Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

10

ENRIPIADO Y ABOVEDADO DEL CAMINO PROVINCIAL Nº 8

Expte. Nº 90-17.059/07

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que la Dirección de Vialidad de la Provincia, proceda de manera urgente, al enripiado y abovedado del camino provincial Nº 8 que une General Güemes con El Algarrobal.

José Luis Valle

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: el presente proyecto procura que desde los distintos organismos encargados del tema del cuidado y atención de caminos y demás, se proceda lo más urgente posible a reparar la Ruta Provincial Nº 8, por cuanto une dos zonas importantes del departamento General Güemes. Está totalmente deteriorada y casi es imposible el tránsito. Hemos hablado con la gente de Vialidad de aquella localidad, han mandado maquinarias, pero no se terminó el trabajo, de modo tal que cuando se interrumpe el tránsito también se interrumpe la posibilidad de sacar la producción y el traslado de los vecinos de la zona.

            A más de los pedidos que hicimos ante Vialidad de la Provincia, hemos ingresado este proyecto y solicitamos su aprobación, también que se acompañe esta fundamentación para conocimiento de los encargados de resolver la cuestión.

Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).-  En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes con los fundamentos.

11
INSTALACIÓN DE CAJERO AUTOMÁTICO EN SANTA VICTORIA OESTE

Expte. Nº 90-17.052/07

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado y adecuado a los preceptos de la Constitución Provincial, que se instale un cajero automático en la localidad de Santa Victoria Oeste, departamento Santa Victoria.

Benigno Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Santa Victoria.

Sen. Vargas (B).- Señor Presidente: la localidad de Santa Victoria Oeste es cabecera del departamento Santa Victoria, los núcleos poblacionales están distribuidos en los denominados rodeos y en casi su totalidad son de alta montaña.

            El centro que convoca mayor cantidad poblacional en el departamento es Santa Victoria Oeste y hasta el presente el cajero automático más cercano a Santa Victoria y Nazareno es en la localidad de La Quiaca de la vecina provincia de Jujuy.

Para acceder a dicho servicio bancario es necesario viajar en vehículo apropiado, ya que se trata de caminos de alta montaña, por aproximadamente ocho horas entre ida y vuelta. Existen dos abras, Lizonte a 4.900 metros sobre el nivel del mar y Cerro La Fundición a 5.050 metros sobre el nivel del mar. Asimismo es de destacar que no existe servicio público de transporte de pasajeros, con todo lo que ello implica en los derechos de los ciudadanos del Departamento.

            El número de personas que ha ingresado al sistema bancario se ha incrementado notablemente a raíz de la política nacional de inclusión social, desarrollada por el Presidente de la República. En efecto, con motivo de las últimas normas previsionales se ha permitido el acceso a los beneficios de la ANSES de amplios sectores de la población que antes se encontraban marginados de la protección de seguridad social; beneficios previsionales que son percibidos vía bancaria.

            El apuntado incremento hace necesaria la instalación de un sistema que permita dar respuestas a la percepción de haberes y con ello motorizar notablemente la economía regional que actualmente se encuentra rezagada en el contexto provincial y nacional.

            El mentado cajero vendrá a cumplir una suerte de servicio público, en tanto permitirá el acceso inmediato al salario, derecho éste de raigambre constitucional y de naturaleza eminentemente alimentaria.

            En este sentido es clarificador el artículo 38 de la Carta Magna local al disponer que “la seguridad social cubre las necesidades esenciales de las personas frente a las contingencias limitativas en su vida individual o social. El Estado fiscaliza el efectivo cumplimiento de las normas relativas a la seguridad social y estimula los sistemas e instituciones creados por la comunidad con el fin de superar sus carencias”.

Como es sabido, la percepción de haberes en el ámbito provincial, como así también las asignaciones familiares, es por este medio.

            Implementar el sistema de cobro por cajero en un lugar de difícil acceso como lo es Santa Victoria Oeste constituye cuanto menos una obligación estatal, en cumplimiento de lo establecido por los artículos 1º, 3º, 4º, 8º, 9º, 10, 13, 14, 16, 17, 31, 38, 44, 71, 76, 79 y 86 de la Constitución Provincial y artículos de la Constitución Nacional.

            Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: solicito que por Secretaría se dé lectura nuevamente a la primera parte del proyecto; tengo duda respecto a quién va dirigido u orientado.

Sr. Presidente (Porcelo).- Por Secretaría se dará lectura.

Sr. Secretario (Catalano).- La Cámara de Senadores de la provincia de Salta, declara: Que vería con agrado y adecuado a los preceptos de la Constitución Provincial, que se instale un cajero automático en la localidad de Santa Victoria Oeste, departamento Santa Victoria.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: quiero entender que cuando cita la Constitución debe ser por la igualdad de los ciudadanos, de todas maneras solicito un cuarto intermedio para consensuar el proyecto, porque la intención de todos es facilitar este tipo de requerimientos, pero no sabemos a quién lo vamos a dirigir.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Pasamos a cuarto intermedio.

-Es la hora 20:57’.

-A la hora 21:00:

Sr. Presidente (Porcelo).- Continúa la sesión.

            Por Secretaría se dará lectura al proyecto de declaración con la corrección realizada.

 Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Declaración. La Cámara de Senadores de la provincia de Salta, declara: Que vería con agrado que el Banco Macro S.A. instale un cajero automático en la localidad de Santa Victoria Oeste, departamento Santa Victoria.

Sr. Presidente (Porcelo).- ¿Está de acuerdo, señor Senador?

Sen. Vargas (B).- Sí, señor Presidente. Solicito, con los fundamentos vertidos, la aprobación del presente proyecto.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

12

PROYECTO DE EDUCACIÓN SANITARIA EN LA UNIDAD CARCELARIA Nº 5 DE TARTAGAL

Expte- Nº 90-17.706/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Abdo Omar Esper, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial instrumente los mecanismos necesarios a fin de implementar el “Proyecto de Educación Sanitaria” para la Unidad Carcelaria Nº 5 de la ciudad de Tartagal, departamento General San Martín; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 6 de junio de 2007.

Carlos Daniel Porcelo – Sara Gabriela Guotas – Luis Francisco D’Andrea – Eduardo Favio Figueroa

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores senadores: el Proyecto de Educación Sanitaria fue acercado por una educadora social, la señora Roselma Ferro Podestá, y propone llevar a cabo una serie de actividades que implica desarrollar tareas de concientización con los internos de la Unidad Carcelaria de Tartagal en materia de prevención sanitaria, que contribuye a mejorar la calidad de vida de los allí detenidos.

            En términos generales, consiste en una serie de actividades tendientes a informar a los presidiarios sobre cuestiones básicas de salud, haciendo hincapié en aquellas enfermedades típicas de personas privadas de la libertad, de modo que puedan contar con herramientas necesarias para cuidar su salud física y mental durante el lapso que les toca atravesar por esa situación y también a lo largo de la vida.

            El temario incluye temas como la salud y las normas de higiene, la higiene personal, vestimenta, vacunas, los hábitos perjudiciales como el tabaquismo, cómo actúa, cuáles son los riesgos, el valor del ejemplo, las enfermedades de transmisión sexual, los accidentes, la gripe, la pediculosis, la intoxicación, la diarrea, el cólera, los efectos de mordeduras y picaduras, la tuberculosis, la enfermedad de Chagas, la peste, el alcoholismo, el dengue, drogadicción, nutrición y algunos aspectos de emergencia familiar.

            Al haber leído el proyecto, nos ha parecido realmente importante, no solamente para aquéllos que privados de la libertad puedan superar ese lapso de tiempo allí con calidad de vida, sino que, una vez que logren su libertad, les sirva como elemento durante toda la vida.

            Creemos que es importante que el Poder Ejecutivo pueda apoyar, financiar y concretar la posibilidad de un proyecto de estas características.

            Estas son las razones por las que pedimos la aprobación del proyecto.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

13

REPAVIMENTACIÓN DE LA RUTA NACIONAL 34

Expte. Nº 90-17.008/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Abdo Omar Esper, viendo con agrado que la Dirección Nacional de Vialidad informe a la brevedad posible sobre el estado y situación del compromiso de las autoridades nacionales para ingresar al “Sistema Crema” a la Ruta Nacional Nº 34, desde el río Bermejo hasta la frontera con Bolivia, con lo cual se le daría a la misma otra categoría de construcción y mantenimiento; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que los señores Legisladores Nacionales, representantes de la provincia de Salta, realicen las gestiones necesarias ante la Dirección Nacional de Vialidad y organismos competentes, para iniciar la obra: “Malla Nº 434 – Repavimentación de la Ruta Nacional Nº 34, en el tramo comprendido desde Empalme Ruta Nacional Nº 50 hasta Límite con Bolivia – provincia de Salta”, cuya licitación pública Nº 118/06 fue realizada en fecha 29 de noviembre de 2006.

Sala de Comisiones, 7 de junio de 2007.

Alfredo Jorge – Telmo Salva – Sergio Ramón Zenteno – Jorge Fernando Contino – Raúl García

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores senadores: esta decisión había surgido posterior a los hechos acaecidos en el departamento General San Martín, de público conocimiento, de las consecuencias que por falta de mantenimiento ha tenido la ruta 34, especialmente las obras de artes y otras de la ruta; lo que hizo que en diferentes exposiciones se expresara respecto del sistema, que siendo la ruta 34 nacional y panamericana no hubiera estado afectada a estas características de construcción y mantenimiento que la han denominado “crema”.

            En esa oportunidad, el Director de Vialidad había expresado que gobiernos anteriores disminuyeron sensiblemente los presupuestos, razón por la cual una cantidad de cosas no se hicieron o se hicieron mal.

            Ha pasado tiempo suficiente, desde aquel anuncio público hasta hoy pasó aproximadamente un año y medio y en aquella zona de la Provincia lo estamos esperando con mucha esperanza, valga la redundancia. Queremos saber cuál es el estado, para ver si estos procedimientos han quedado trabados en una oficina y que este proyecto de declaración del Senado pueda llegar a la oficina de algún funcionario nacional, logre que siga sus pasos y podamos tener una ruta 34 como merecemos los que habitamos aquel lugar, considerando que es una ruta de conexión internacional.

            Este sistema “crema” implica una ruta absolutamente distinta y que no solamente creemos merecerla, sino que es un compromiso del gobierno y queremos estar informados respecto al tema.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

14

CREACIÓN DE JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE PERSONAS Y FAMILIA

Expte Nº 90-16.972/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el proyecto de ley de la Corte de Justicia contenido en la Acordada Nº 9.759/07, estableciendo la creación de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia en los Distritos Judiciales del Norte (Circunscripción Tartagal y Orán) y del Sur; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Créase un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia con jurisdicción y competencia en el Distrito Judicial del Sur, con sede en la ciudad de San José de Metán.

            Art. 2º.- Créase un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia con jurisdicción y competencia en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal, con sede en la ciudad de Tartagal.

            Art. 3º.- Créase un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia con jurisdicción y competencia en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán, con sede en la ciudad de Orán.

            Art. 4º.- La Corte de Justicia resolverá sobre los aspectos de organización interna y la asignación de expedientes derivada de la instalación de los nuevos tribunales, como así de los turnos correspondientes, el número de sus secretarios y prosecretarios y la designación del personal necesario.

            Art. 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 6º.- De forma.

Sala de la Comisión, 13 de junio de 2007.

Carlos González – Pablo Raúl Díaz – Jorge Enrique Tacacho – Carlos Daniel Porcelo – José Luis Valle

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: tal cual se diera lectura por Secretaría, la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones ha elaborado el dictamen, en este caso es favorable, con respecto al proyecto de ley para la creación de tres juzgados Civil de Familia, uno en la Circunscripción Tartagal, otro en Orán y el tercero en Metán.

            La creación de estos juzgados viene por iniciativa de la Corte de Justicia, en ejercicio de la iniciativa legislativa que le otorga la Constitución según el artículo 153, párrafo primero, inciso c), y ha sido remitido el presente proyecto de ley que tiene como objetivo estos tres nuevos juzgados Civil de Personas y Familia en el interior de la Provincia.

            Hemos podido observar cómo se plasma a través de este proyecto la inquietud planteada en las distintas circunscripciones, en los distintos tribunales, la inquietud de los abogados, de los jueces, con gran preocupación por la acumulación de expedientes, debido a cómo ha ido creciendo últimamente la judicialización de los problemas de familia.

            En oportunidad anterior, esta misma Legislatura ha aprobado la creación de dos juzgados más de Familia en el Distrito Centro y esta vez estamos tratando la creación de tres juzgados, dos en el Norte y uno en el Sur. De esta manera se vería equiparada la proporcionalidad de los juzgados tanto en el centro como en el interior de la Provincia.

            Esto viene nada más ni nada menos que a concretar una inquietud que se ha puesto de manifiesto en una reunión mantenida en el Ministerio de Gobierno, donde participaron los representantes del Ministerio Público, de la Corte de Justicia, de la Cámara de Diputados a través de su Presidente, del Presidente del Bloque Justicialista y también de los miembros de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones de este Senado, en la que se ha compartido plenamente la necesidad de ajustar la proporcionalidad de juzgados con las causas que se tienen a resolver.

            Es una muestra acabada de que, en la medida en que se lleven a cabo estas reuniones, se puede lograr darle a la gente las soluciones que plantea a través de las distintas inquietudes y en este caso viene también a reflejar lo que planteaba en su oportunidad la Corte de Justicia con el tema de la equiparación de la proporcionalidad, cuando decía, tal como fuera oportunamente sostenido por este Tribunal en la Acordada 9.701 que aprobó el Plan Estratégico Segundo para el Poder Judicial de Salta, el compromiso de favorecer un servicio de justicia eficaz, eficiente, con resguardo de los principios éticos y de los derechos humanos, que requiere de una visión que integre el fenómeno judicial con la demanda de la sociedad. Aspectos que precisamente se busca atender con esta iniciativa que ejercita con arreglo a la Constitución y, por supuesto, en este caso, el acuerdo y la coincidencia plena de cada una de las Cámaras a través de sus representantes y también con total coincidencia de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones de este Senado.

Por ello, solicito la aprobación del presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración en particular.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º.

– El artículo 6º es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

15

TRATAMIENTO PARLAMENTARIO DEL MARCO REGULATORIO DEL GLP

Expte. Nº 90-17.030/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente, ha considerado el proyecto de declaración de los señores Senadores Abdo Omar Esper, Carlos Daniel Porcelo, Carlos González, Raúl García, Pablo Raúl Díaz y José Luis Valle, viendo con agrado que los señores Legisladores Nacionales, insistan en el Congreso Nacional, de manera especial se dé tratamiento parlamentario del Marco Regulatorio del Gas Licuado de Petróleo (GLP), constituyéndolo en un servicio público regido por la legislación vigente a tales efectos, con el propósito de afianzar el comercio justo y la transparencia del mercado en defensa de los usuarios; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 14 de junio de 2007.

Pedro Liverato – Sara Gabriela Guotas – Juan Martín Moreyra – Benigno Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.– Señor Presidente, señores senadores: hay una iniciativa desde hace más de cinco años cuando integraba la Cámara de Diputados, posteriormente este mismo Cuerpo, con mayor sustento y fundamento, aprobó proyectos solicitando este aspecto que consideramos un vacío importante respecto del marco regulatorio. En el año 1992, el Congreso Nacional sancionó la Ley 24.076 que establece el marco regulatorio de la actividad del gas natural, en su artículo 87 dice que el marco regulatorio de la actividad del gas licuado de petróleo, conocido como GLP, sería motivo de otra ley, pero pasaron los años y todavía no tenemos la ley.

            Son distintos factores los que generan desequilibrio en la gente que menos tiene. Uno de ellos es la falta de ese marco regulatorio, debido a la gran cantidad de personas que en Salta y en todo el país no tienen gas natural. Frente a esta circunstancia de no comprender cuáles son las razones, porque posteriormente, recordarán ustedes, una iniciativa que surgió en un barrio de la Capital terminó con un pedido de similares características y digo esto porque a partir de ello vinieron algunas disposiciones sobre precio máximo de garrafa y gas, pero lo que realmente se necesita es un marco regulatorio que considere el gas en garrafa como un servicio público, que normatice todo un sistema de protección a quienes recurren a las garrafas para tener gas en sus hogares, que tiene que ver con la calidad, la cantidad y una serie de cosas que en algunos lugares, donde es monopólico, termina siendo peor aún la ascendencia y la determinación de quienes distribuyen este elemento a los hogares que no tienen gas natural.

            Esta es otra insistencia, creo que sería el tercer elemento que llegaría al Congreso de la Nación como pedido de la Legislatura de la provincia de Salta para que los legisladores nacionales trabajen en este aspecto, que verdaderamente es importante.

            Por diferentes factores, la República Argentina no tiene la posibilidad de entregar gas natural a todos los hogares, si bien el gobierno de la Provincia avanza con un programa muy importante como la posibilidad de la red de gas natural mejor que en el resto del país, hay muchos otros hogares que todavía no lo van a tener. Entonces, es una responsabilidad que tienen nuestros legisladores nacionales y también nuestra responsabilidad recordárselo, como en esta oportunidad estamos haciéndolo.

Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

16

CONSTRUCCIÓN DE AULAS Y SALÓN EN LA ESCUELA Nº 5.003 “DR. JOSÉ MANUEL ESTRADA”

Expte. Nº 90-17.041/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración de los señores Senadores Raúl García y Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado que el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, inicie la construcción de tres aulas y un salón de usos múltiples en la Escuela Nº 5.003 “José Manuel Estrada” de la ciudad de San José de Metán, departamento Metán; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de Comisiones, 14 de junio de 2007.

Alfredo Jorge – Jorge Fernando Contino – Sergio Ramón Zenteno – Raúl García

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

17

CONSTRUCCIÓN DE AULAS EN LA ESCUELA Nº 4.084 “JUANA MANUELA GORRITI”

Expte. Nº 90-17.042/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración de los señores Senadores Raúl García y Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado que el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, inicie la construcción de aulas en la Escuela Nº 4.084 “Juana Manuela Gorriti” de la ciudad de San José de Metán, departamento Metán; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de Comisiones, 14 de junio de 2007.

Alfredo Jorge – Jorge Fernando Contino – Sergio Ramón Zenteno – Raúl García

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

18

CURSOS TALLERES: UN SALTEÑO PARA LA PATRIA “EL GRAL. MARTÍN MIGUEL JUAN DE MATA GÜEMES” Y LA MUJER EN LA LUCHA POR LA INDEPENDENCIA

Expte. Nº 90-17.063/07

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés del Senado los Cursos Talleres: Un Salteño para la Patria “El General Martín Miguel Juan de Mata Güemes” y La Mujer en la Lucha por la Independencia, organizado por la Cámara de Senadores, a desarrollarse en la ciudad de Salta el día 15 de junio del corriente año en el Palacio Legislativo.

            Art. 2º.- De forma.

Mario Alberto Brizuela

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela.- Señor Presidente, señores senadores: voy a dar lectura, en esta fundamentación, a algo que quizás no está tan difundido, que es el Himno a Güemes: “Escuchad, hondo grito de guerra, hiende el aire vibrando cual trueno, desde Salta a Yavi en su seno que hace al gaucho patriota indignar. Y cual recio huracán que se agita, estruendoso en carrera gigante, así corre aquel pueblo arrogante, de opresores la Patria librar. Gloria eterna a los Gauchos famosos, que al triunfar en la lid sin cuartel, coronaron la Patria orgullosa, de radiante y sublime laurel”.

Esto es como para dar apertura a algo que quizás no está tan difundido, como decía, en las escuelas y que es una necesidad no solamente para los alumnos, sino para los propios docentes, el tener un conocimiento acabado de la vida del General Martín Miguel de Güemes, que fue uno de los fundadores de nuestra argentinidad, tan poco conocida, miles de páginas escritas sobre su actuación engrosan archivos y bibliotecas. Es propósito de estas jornadas quitar el polvo de alguna de ellas para mostrar quién fue y es para los argentinos este salteño ejemplar.

            Entre los objetivos de este taller se procurará enriquecer la labor educativa de los docentes y llegar a ellos a través del perfeccionamiento de sus respectivos Supervisores de Zona Núcleo de los Niveles EGB, Inicial y Polimodal, aportándoles nuevos elementos para el conocimiento de la historia en relación con el General Martín Miguel de Güemes, quien defendió la integridad territorial del ex Virreinato del Río de la Plata, estuvo al servicio de los ideales de Mayo de 1810, trascendió con su actuación militar las fronteras de nuestra Patria, defendió a todas las provincias argentinas impidiendo su desunión, fue un militar de carrera, aparte de la condición natural de caudillo, es un prócer nacional y un héroe de la independencia de Sudamérica Hispana no reconocido en su totalidad.

            De la misma manera, en esta jornada se realizará el análisis de cartas y oficios, como así también de textos de diferentes autores referidos a la vida y hechos en los que se ve involucrada la figura de este prócer salteño.

            En el curso relacionado a La Mujer en la Lucha por la Independencia, es importante destacar el papel que tuvo, prácticamente desconocido. Muchas continúan bajo el manto del olvido, esperando la flor del reconocimiento de los pueblos por los que ofrendaron sus vidas, algunas esgrimieron las armas, otras apoyaron afectivamente a sus hombres, se arriesgaron a morir fusiladas por el enemigo acusadas de espías, varias perdieron sus fortunas o les fueron confiscados sus bienes. Todas deberían ocupar un lugar en el memorial de los pueblos.

            El objetivo de este taller es valorar el papel de la mujer en la lucha por la independencia de la Sudamérica Hispana, conocer las circunstancias históricas en que se desempeñó, caracterizar su patriotismo, reconocerla como bastión de heroísmo. Entre ellas podemos nombrar los aportes que hicieron Andrea Zenarruza de Uriondo, Candelaria Pacheco de Melo de Anzoátegui, Carmen Puch de Güemes, Gertrudis Medeiros de Cornejo, Isabel Gorriti, Juana Torino, Juana Moro de López, Juana Azurduy de Padilla, María Petrona Arias, Magdalena Güemes de Tejada, Martina Silva de Gurruchaga, María Loreto Sánchez de Frías.

            Sin duda alguna este curso tiende a revalorizar y a recuperar la memoria y a posicionar tanto al General, nuestro héroe salteño, como a todas las mujeres que han contribuido con la historia de Salta, de la Patria y con la Latinoamericana.

            Para cerrar esta fundamentación quisiera verter algunos datos relacionados al currículum vitae de la señora que va a ser la disertante. María Cristina Fernández nació en Salta en el año 1961, es Académica, Correspondiente y Delegada del Instituto Güemesiano de Salta en Buenos Aires, es autora de numerosos trabajos de difusión de la cultura e historia salteña y del Boletín Güemesiano Digital, publicación mensual y gratuita destinada a difundir la gesta güemesiana que llega vía e-mail a lectores de varios países, ha dictado numerosas conferencias sobre Salta, su historia y su cultura en distintos lugares, fue discípula del doctor Luis Oscar Colmenares, prestigioso investigador que dedicó la mayor parte de su historia a estudiar al General Martín Miguel de Güemes y quien le legara sus últimas obras.

            Por tales razones y por la necesidad que constantemente manifiestan docentes sobre esto, solicito a mis pares aprobar este proyecto de resolución y por supuesto acompañar esta actividad.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: solicito un cuarto intermedio a efectos de consultarle al autor del proyecto con respecto a la organización de las jornadas.

Sr. Presidente (Lapad).- Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 21.36’.

– A la hora 21.38’:

Sr. Presidente (Lapad).- Se reanuda la sesión.

            Por sugerencia del autor del proyecto, por Secretaría se dará lectura al proyecto tal como quedaría redactado.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Resolución.

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E:

            Artículo 1º.- Organizar a través de la Comisión de Educación y Cultura, los Cursos Talleres: Un salteño para la Patria “el General Martín Miguel Juan de Mata Güemes” y La Mujer en la Lucha por la Independencia, evento a desarrollarse en la ciudad de Salta el día 15 de junio del corriente año, en el Palacio Legislativo.

            Art. 2º.- De forma.

Mario Alberto Brizuela

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

            Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Día Nº 8, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

19

MODIFICACION DE LA LEY Nº 6475

Expte. Nº 90-17.004/07

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito se obvie la lectura del dictamen.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Tiene la palabra el miembro informante.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores senadores: este proyecto tiene por objeto incorporar como beneficiarios del sistema de reconocimiento al mérito artístico, creado por la Ley Nº 6.475, a quienes son los difusores, locutores o presentadores de las creaciones, composiciones e interpretaciones de autores salteños, cuyos contenidos entrañan el espíritu de los contextos tradicionales, históricos o geográficos de nuestra Provincia.

            El sistema de reconocimiento artístico fue adecuado a su régimen mediante modificaciones que se introdujeron por dos leyes, la 6.802 y la 6.912, sin embargo ninguna de éstas incorpora a los difusores públicos, locutores o presentadores de los autores, creadores, compositores e intérpretes salteños. Este vacío es el que se pretende llenar por medio del presente proyecto de ley, para todos aquéllos que con su reconocida sensibilidad hicieron de vínculo entre los creadores literarios, plásticos, artesanos, músicos e intérpretes y el pueblo que los terminó consagrando.

            El profundo y sostenido trabajo, búsqueda e investigación de algunos de estos difusores públicos, locutores o presentadores los ubica en la categoría de verdaderos artistas, acreedores también ellos del reconocimiento por su tarea.

            Es llamativo el gran número de artistas salteños con trascendencia regional y nacional, lo que no se presenta respecto de otras provincias. No es ajeno a ello la importancia que en Salta se le otorga al arte, que está profundamente enraizado en nuestras tradiciones, pero que crece proyectándose al futuro.

            Por ello, se propone agregar, entre los beneficiarios del reconocimiento al mérito artístico, a quienes son verdaderos motores de la difusión y exaltación del trabajo que a su vez realizan los creadores literarios, musicales, artesanos e intérpretes.

            Entre los requisitos que se establecen para hacerlos acreedores al beneficio se encuentran: haber cumplido cincuenta y cinco años de edad, ser nativo de la Provincia o acreditar una residencia de veinticinco años, acreditar una trayectoria de, al menos, veinte años ininterrumpidos ante la consideración del público nacional e internacional en teatros, festivales o a través de medios audiovisuales de comunicación masiva de transmisión abierta o por cable o abono, que acredite una verdadera y sostenida difusión, jerarquización y valoración de las creaciones, composiciones, obras e intérpretes salteños, con una frecuencia mínima de diez años en forma continua o alternada, ejercida fuera de nuestro territorio provincial que garanticen la permanencia en la divulgación de nuestra identidad.

            El beneficio previsto en la modificación proyectada es el equivalente a los intérpretes en el régimen actualmente vigente.

            Estas son las razones, brevemente expuestas, por las que solicitamos la aprobación del presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración en particular.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º y 3º.

– El artículo 4º es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

20

MODIFICACIÓN DEL DECRETO LEY Nº 15/75

Expte. Nº 91-16.528/06

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, modificando el Decreto Ley Nº 15/75, que regula el funcionamiento de la Caja de Seguridad Social para Abogados y Procuradores de la provincia de Salta; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación con modificaciones, quedando redactado de la siguiente forma:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

Artículo 1º.- Incorpóranse al actual texto vigente del artículo 18 del Decreto Ley Nº 15/75, como segundo y tercer párrafo del mismo, los siguientes:

“Podrán voluntariamente mantener la afiliación aquellos abogados o procuradores de la matrícula del Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia de Salta, que desempeñen temporalmente funciones o cargos que impidan el ejercicio libre de la profesión, abonando por todo el período de incompatibilidad los aportes personales que establecen el artículo 25 y el inciso j) del artículo 23.”

“La facultad que otorga el párrafo anterior no se aplica para aquellos profesionales que desempeñen con estabilidad permanente funciones o cargos no temporales que generen incompatibilidad con el ejercicio libre de la profesión”

            Art. 2º.- Incorpórase como inciso j) del artículo 23 del Decreto Ley Nº 15/75, modificado por Ley 6.449 y sus modificatorias el siguiente:

“j) el 6% de las remuneraciones que perciban por todo concepto, incluyendo el sueldo anual complementario, con excepción de las asignaciones familiares, los afiliados comprendidos en el segundo párrafo del artículo 18”

            Art. 3º.- Incorpórase al artículo 25 del Decreto Ley Nº 15/75, la categoría I para los casos comprendidos en los artículos 1º y 2º de la presente, quedando redactado de la siguiente manera:

“Art. 25.- Los aportes personales serán establecidos por el Consejo, conforme a las siguientes categorías: La categoría “A” corresponde a los afiliados hasta cumplidos los dos (2) primeros años desde el otorgamiento del título; la categoría “B” desde los dos (2) hasta los cinco (5) años; la categoría “C” desde los cinco (5) años hasta los diez (10) años; la categoría “D” desde los diez (10) hasta los quince (15) años; la categoría “E” desde los quince (15) hasta los veinte (20) años; la categoría “F” desde los veinte (20) hasta los veinticinco (25) años, la categoría “G” desde los veinticinco (25) hasta los treinta (30) años; la categoría “H” desde los treinta (30) años en adelante y la categoría “I” para los afiliados que voluntariamente decidan mantener la afiliación de conformidad a lo previsto en el segundo y tercer párrafo del artículo 18”.

            Art. 4º.- Disposiciones Transitorias. Los abogados y procuradores que con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley, se hayan encontrado en la situación descripta en el segundo párrafo del artículo 18 del Decreto Ley Nº 15/75, incorporado por la presente, podrán regularizar todos los aportes correspondientes a los períodos anteriores.

            A tal fin la Caja de Seguridad Social para Abogados y Procuradores, dispondrá de planes de financiación acordes al nivel de ingresos del profesional solicitante.

            Art. 5º.- De forma.

Sala de la Comisión, 31 de mayo de 2007.

Raúl García – Abdo Omar Esper – Alfredo Jorge – Sergio Ramón Zenteno – Rodolfo Fernando Yarade – Pablo Raúl Díaz – José Luis Valle

Miembro Informante: Senador José Luis Valle.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador miembro informante.

Sen. Valle.- Señor Presidente: en honor a la brevedad, el presente proyecto tiene que ver con la situación previsional de los abogados en relación a la Caja que los nuclea.

            Actualmente, cualquier abogado o procurador que asume un cargo temporario y que resulte incompatible con el ejercicio profesional, automáticamente queda suspendido de la afiliación a la Caja, dejando de estar obligado a hacer los aportes previsionales; cumplido el término para el que fuera designado o cesado en el cargo, sin que haya transcurrido el plazo para obtener los beneficios previsionales por el sistema que regula tal desempeño, tampoco podrá hacerlo por la Caja de Abogados y Procuradores por la falta de aportes suficientes.

            Esta situación obliga al profesional a continuar en la actividad por todo el tiempo que sea necesario para cubrir el período que se necesita para obtener el beneficio previsional, el que podría extenderse mucho más allá del plazo para la jubilación ordinaria.

Tal situación, así descripta y que es objeto del proyecto que tratamos de solucionar, es arbitraria, atenta contra los fundamentos mismos de la seguridad social y de la protección de la ancianidad, reconocida en el artículo 35 de la Constitución Provincial.

            Por ello, el presente proyecto de ley busca modificar las condiciones de afiliación a la Caja para permitir que quienes se encuentran en las condiciones antes descriptas puedan mantener su afiliación o afiliarse voluntariamente permitiéndole el acceso a una jubilación oportuna por la caja profesional a la que pertenece.

            El texto del proyecto que tratamos fue considerado por la Comisión, incorporándose la posibilidad de mantener la afiliación voluntaria, efectuando los aportes, tanto personales como en un porcentaje de sus ingresos, para sostener el sistema.

            Para ello, y a fin de dar claridad a la modificación, se agregó un artículo al proyecto original venido en revisión de la Cámara de Diputados, incorporando al artículo 25 del Decreto 15/75 la categoría especial de aportantes personales para los afiliados voluntarios.

            Quisiera también, señor Presidente, señalar que lamentablemente este proyecto tiene que ver con la ley que hemos impulsado ahora en un proyecto de derogación, por la limitación que tenemos los que ejercemos, por ejemplo, el cargo de legislador, para el ejercicio profesional.

            La verdad que no ha contribuido mucho al fin propuesto esta ley, siempre estuvimos en desacuerdo, pero en cuanto a la realidad actual, mientras esté vigente esta ley que establece las incompatibilidades, se hace necesario esta modificación a la ley previsional y por ello solicitamos la aprobación del mismo.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración en particular.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º y 4º.

– El artículo 5º es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Vuelve nuevamente en revisión a la Cámara de Diputados.

21

DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE MATRÍCULA Nº 706 DPTO. SAN CARLOS

Expte. Nº 91-16.338/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble identificado con Matrícula Nº 706, Sección A, Manzana 8, Parcela 5, ubicado en la localidad de San Carlos, departamento del mismo nombre, para ser destinado al funcionamiento del Museo Municipal; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación con modificaciones, quedando redactado de la siguiente forma:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble identificado con la Matrícula Nº 706, Sección A, Manzana 8, Parcela 5, ubicado en la localidad de San Carlos, departamento del mismo nombre, conocido como la Casa Rádich, para ser destinado al funcionamiento del Museo Municipal.

            Art. 2º.- Una vez concluida la expropiación, facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a donar el inmueble a la Municipalidad de San Carlos, con cargo de ser destinado exclusivamente al funcionamiento del Museo Municipal.

            Art. 3º.- La escritura pública traslativa de dominio a favor de la Municipalidad de San Carlos, deberá ser realizada por Escribanía de Gobierno quedando exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, deberá imputarse a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, ejercicio vigente.

            Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de la Comisión, 6 de junio de 2007.

Abdo Omar Esper – Raúl García – Pablo Raúl Díaz – Rodolfo Fernando Yarade – José Luis Valle

Miembro Informante: Senador Eduardo Favio Figueroa.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Carlos.

Sen. Figueroa.- Señor Presidente, señores senadores: el presente proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 706, Sección A, Manzana 8, Parcela 5, ubicado en la localidad de San Carlos, departamento del mismo nombre, conocido como la Casa Rádich, tiende a regularizar la situación dominial de ese inmueble, donde funciona actualmente y desde hace más de treinta años el Museo Municipal.

            Esta iniciativa, obviamente, reviste gran importancia para la población de San Carlos; permitiría, entre otras cosas, la posibilidad de que el municipio pueda realizar convenios específicos con organismos públicos y privados que benefician e incentivan la tarea de los museos de estas características.

            Sin lugar a dudas las localidades que comprenden los Valles Calchaquíes se identifican por la importante presencia de riquezas arqueológicas, culturales y regionales, especialmente en el departamento San Carlos podemos encontrar las raíces de varias culturas autóctonas. Como testimonio de ello podemos recorrer este museo y vislumbrar aspectos importantes de la vida de nuestros antepasados, su historia, sus costumbres, etc.

            Todos sabemos que los museos son pilares esenciales de la historia de cada pueblo o región, razón por la cual es necesaria la sanción definitiva del presente proyecto, que sin duda brindará beneficios no sólo a los habitantes del departamento San Carlos, sino a toda persona que sepa valorar e interpretar la historia y la riqueza humana de nuestros antiguos pobladores.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º y 4º.

– El artículo 5º es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Vuelve nuevamente en revisión a la Cámara de Diputados.

22

I ENCUENTRO REGIONAL DE EMPRESARIOS PyMES-SEMINARIO COMPROMISO CON LA CALIDAD-PROPUESTA

Expte. Nº 90-17.011/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, ha considerado el proyecto de resolución de los señores Senadores Rodolfo Fernando Yarade, Alfredo Jorge y Abdo Omar Esper, declarando de interés de esta Cámara, el “I Encuentro Regional de Empresarios PyMES-Seminario Compromiso con la Calidad-Propuesta”, organizado por la Cámara de Pequeños y Medianos Empresarios de Salta, a llevarse a cabo en Galería El Palacio, de esta ciudad Capital durante los días 20, 21 y 22 de junio del corriente año; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 6 de junio de 2007.

Rodolfo Fernando Yarade – Carlos Daniel Porcelo – Abdo Omar Esper – Raúl García

Miembro Informante: Senador Rodolfo Fernando Yarade.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor miembro informante.

Sen. Yarade.- Señor Presidente, señores senadores: como ustedes saben, siempre hemos tenido en la Comisión una actitud muy positiva a todo lo que tiene que ver con apoyar a las PyME. Es un encuentro regional que se va a realizar en nuestra Provincia, en un lugar típico de Salta Capital, en Galería El Palacio -una galería que se recicló hace muy poco- y que tiene como objetivo un compromiso con la calidad, en el caso particular de todas las pequeñas y medianas empresas, organizado por la Cámara de Pequeños y Medianos Empresarios de la provincia de Salta.

Es un encuentro que nosotros debemos apoyar y favorecer, en especial a las PyME, como motor de la economía y a la capacitación como una herramienta primordial para el desarrollo de las mismas. Por lo que, desde la Comisión vemos favorablemente este encuentro.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

23

AMPLIACIÓN DE RED CLOACAL Y DE AGUA CORRIENTE EN SAN CARLOS

Expte. Nº 90-17.002/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Eduardo Favio Figueroa, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y organismos pertinentes, instrumente los mecanismos necesarios tendientes a efectuar la ampliación de la red cloacal y de agua corriente, ubicada en la intersección de calles 20 de Febrero, Juan Calchaquí y pasaje colindante, en San Carlos; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y organismos pertinentes, instrumente los mecanismos necesarios tendientes a efectuar la ampliación de la red cloacal y red de agua corriente para dotar de esos servicios sanitarios a las viviendas ubicadas dentro del perímetro dado por calles General Güemes, Juan Calchaquí, 20 de Febrero y pasaje Barco II en el pueblo de San Carlos, Departamento homónimo.

Sala de la Comisión, 31 de mayo de 2007.

Alfredo Jorge – Telmo Salva – Sergio Ramón Zenteno – Raúl García

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Carlos.

Sen. Figueroa.- Señor Presidente, señores senadores: es imperiosa la necesidad de contar con estos servios sanitarios en la manzana A4 del ejido urbano, entre las calles General Güemes, Juan Calchaquí, 20 de Febrero y pasaje Barco II. Los propietarios están preocupados por esa situación, dado el tiempo transcurrido, ya que hasta la fecha no tienen respuesta por parte de la empresa prestataria de los servicios. Esas propiedades han incrementado su valor fiscal debido a que no son terrenos baldíos, hay viviendas construidas en un cien por ciento. Dicho valor fiscal no ha de imperar en la premura de una aprobación a lo solicitado, sino el riesgo de salud a que se expone a las familias que viven en esa zona, ya que las mismas deben solicitar agua potable a sus vecinos, trasladarla a sus viviendas y almacenarla hasta su ocupación, por lo que este líquido elemento ya no es potable.

            Del otro servicio sanitario, ni qué expresarles a los señores senadores, todos conocemos la necesidad o imaginamos el alto riesgo sanitario al que se expone la sociedad.

Ante la constante manifestación de los señores propietarios de contar con estos servicios, solicito a los señores senadores aprobar el presente proyecto; el gasto que demanda esta obra no es significativo si analizamos el grado de incidencia social al cual se aboca.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

24
REPARACIÓN DE LA CISTERNA DEL PARAJE EL RODEO

Expte. Nº 90-16.940/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial declare la Emergencia Social en la localidad de El Rodeo, departamento La Poma, por la destrucción de la cisterna a causa de las intensas precipitaciones en el presente año; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo que corresponda, arbitre los medios necesarios para la urgente reparación de la cisterna que provee de agua potable al paraje El Rodeo, departamento La Poma.

Sala de la Comisión, 24 de mayo de 2007.

Carlos Daniel Porcelo – Jorge Enrique Tacacho – Mario Alberto Brizuela – Eduardo Favio Figueroa

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

25
PROVISIÓN DE ECÓGRAFO AL HOSPITAL SAN FRANCISCO SOLANO

Expte. Nº 90-16.984/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Raúl Bartolomé García, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública de la Provincia, provea de un ecógrafo al Hospital San Francisco Solano del municipio de El Galpón, departamento Metán; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, provea de un ecógrafo al Hospital San Francisco Solano del municipio de El Galpón, departamento Metán.

Sala de la Comisión, 24 de mayo de 2007.

Carlos Daniel Porcelo – Sara Gabriela Guotas – Mario Alberto Brizuela – Jorge Enrique Tacacho – Eduardo Favio Figueroa

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

26

MEDIDAS PARA EVITAR LA PEDICULOSIS

Expte. Nº 90-16.987/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, ha considerado el proyecto de declaración de la señora Senadora Sara Gabriela Guotas, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los Ministerios de Salud Pública y de Educación, tomen las medidas necesarias para evitar la enfermedad de la pediculosis y su contagio, especialmente a los niños en edad escolar, implementando una campaña masiva de la misma; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 24 de mayo de 2007.

Carlos Daniel Porcelo – Sara Gabriela Guotas – Mario Alberto Brizuela – Jorge Enrique Tacacho – Eduardo Favio Figueroa

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

27

LIMPIEZA DEL VASO DEL EMBALSE DIQUE LAS LOMITAS

Expte. Nº 90-16.999/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Pedro Liverato, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que corresponda, realice las gestiones pertinentes para la limpieza del vaso y recuperación del área perilacustre del embalse del dique Las Lomitas; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 24 de mayo de 2007.

Telmo Salva – Sara Gabriela Guotas – Juan Martín Moreyra – Benigno Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Liverato.- Señor Presidente: el dique Las Lomitas, que representa un hermoso paisaje para el turismo, ha quedado colapsado en dos aspectos. Uno, porque es la reserva de agua más importante para el funcionamiento del consorcio de mayor producción de nuestro Valle de Lerma, el Consorcio del Río Toro. En este momento la capacidad del dique se encuentra reducida un 40%, ya que está totalmente enlamado, por el mal funcionamiento de la captación y muchas veces por el apuro de los regantes, cuando escasea el agua, en octubre o noviembre, no se hace debidamente el desarenado.

            El otro aspecto, el turístico, también lo estamos malogrando. Este dique se ha transformado, prácticamente, en un lugar de depósito de basura, de botellas vacías, se ensucia no solamente al espejo de agua, sino todo lo que es el perilago, cuando podríamos hablar de forestación y de poner arena en partes donde se podría nadar, ya que es un hermoso lugar para practicar ese deporte.

            Es sabido que Salta ha crecido tanto como población y está previsto el acueducto que va a salir de ese dique para reforzar el suministro de agua para la ciudad. De modo que vamos a tener que contar con agua limpia y un cuidado especial en lo que es ese embalse de más de cinco millones de litros. Por lo tanto, es necesario que se tomen todos los recaudos para volver a darle esa capacidad y cuidar el aspecto turístico.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

28

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Los Andes, don Mario Alberto Brizuela, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Anta, don Jorge Fernando Contino, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Mario Alberto Brizuela y Jorge Fernando Contino proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 22:12’.

Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

Cámara de Senadores

 

29

A P É N D I C E

1

Ratificación de la Resolución de Presidencia Nº 154/07

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resolución de Presidencia Nº 154/07.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

2

Invitación al Secretario de Prensa y Difusión

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de Cámara, invitar al señor Secretario de Prensa y Difusión, a concurrir el día jueves 21 del corriente mes, a horas 10:00, a la Presidencia de la Cámara, para que informe lo siguiente:

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce  días del mes de junio del año dos mil siete.

3

III Campeonato Abierto de Ajedrez

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara el “III Campeonato Abierto de Ajedrez -Ciudad de Cerrillos – Memorial M.I. Luis Lafuente”, organizado por la Municipalidad de Cerrillos y la Federación Salteña de Ajedrez, a llevarse a cabo los días 15, 16 y 17 de junio de 2007, en el edificio de la Delegación Cerrillos de la Cámara del Tabaco de Salta.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

4

Plenario Ambiental Interprovincial-Tercera Jornada de Trabajo

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el “Plenario Ambiental Interprovincial -Tercera Jornada de Trabajo”, a realizarse en el departamento Cafayate, los días 16 y 17 de junio del corriente año, organizado por el Movimiento Ecologista Calchaquí – San Carlos, Cafayate, Salta, PRO ECO Grupo Ecologista -Tucumán; Autoconvocados de Santa María – Catamarca; Vecinos Autoconvocados Ambientalistas – Termas de Río Hondo – Santiago del Estero.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

5

Enripiado y Abovedado del camino provincial Nº 8

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que la Dirección de Vialidad de la Provincia, proceda de manera urgente, al enripiado y abovedado del camino provincial Nº 8 que une General Güemes con El Algarrobal.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce  días del mes de junio del año dos mil siete.

6

Instalación cajero automático en Santa Victoria Oeste

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Banco Macro S.A. instale un cajero automático en la localidad de Santa Victoria Oeste, departamento Santa Victoria.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

7

Proyecto de Educación Sanitaria

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, instrumente los mecanismos necesarios, a fin de implementar el “Proyecto de Educación Sanitaria” para la Unidad  Carcelaria Nº 5, de la ciudad de Tartagal, departamento General San Martín.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

8

Repavimentación de la Ruta Nacional Nº 34

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que los señores Legisladores Nacionales, representantes de la Provincia, realicen las gestiones necesarias ante la Dirección Nacional de Vialidad y organismos competentes, para iniciar la obra: “Malla Nº 434 – Repavimentación de la Ruta Nacional Nº 34, en el tramo comprendido desde Empalme Ruta Nacional Nº 50 hasta límite con Bolivia – provincia de Salta”, cuya Licitación Pública Nº 118/06 fue realizada en fecha 29 de noviembre de 2006.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

9

Creación de juzgados de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Créase un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia con jurisdicción y competencia en el Distrito Judicial del Sur, con sede en la ciudad de San José de Metán.

            Art. 2º.- Créase un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia con jurisdicción y competencia en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal, con sede en la ciudad de Tartagal.

            Art. 3º.- Créase un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia con jurisdicción y competencia en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán, con sede en la ciudad de Orán.

            Art. 4º.-  La Corte de Justicia resolverá sobre los aspectos de organización interna y la asignación de expedientes derivada de la instalación de los nuevos tribunales, como así de los turnos correspondientes, el número de sus secretarios y prosecretarios y la designación del personal necesario.

            Art. 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

10

Tratamiento parlamentario del marco regulatorio del GLP

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que los señores Legisladores Nacionales por la Provincia, insistan en el Congreso  de la Nación, de manera especial, se dé tratamiento parlamentario del Marco Regulatorio del Gas Licuado de Petróleo (GLP), constituyéndolo en un servicio público, regido por la legislación vigente a tales efectos, con el propósito de afianzar el comercio justo y la transparencia del mercado en defensa de los usuarios, teniendo en cuenta que se trata de un segmento cautivo con mayor porcentaje de ubicación en las regiones más alejadas del interior del País y pertenecientes a sectores de la población de mayor vulnerabilidad social.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce  días del mes de junio del año dos mil siete.

11

Construcción de aulas y salón en la Escuela Nº 5.003 “Dr. José Manuel Estrada”

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, inicie la construcción de tres aulas y un salón de usos múltiples en la Escuela Nº 5.003 “José Manuel Estrada”, de la ciudad de San José de Metán, departamento Metán. Obra prevista en el Plan de Trabajos Públicos – Ejercicio Año 2007.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

12

Construcción de aulas en la Escuela Nº 4.084 “Juana Manuela Gorriti”

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, inicie la construcción de aulas en la Escuela Nº 4.084 “Juana Manuela Gorriti” de la ciudad de San José de Metán, departamento Metán. Obra prevista en el Plan de Trabajos Públicos – Ejercicio Año 2007.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

13

Cursos talleres “Un Salteño para la Patria “El Gral. Martín Miguel Juan de Mata Güemes” y La Mujer en la Lucha por la Independencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E:

            Artículo 1º.- Organizar a través de la Comisión de Educación y Cultura, los Cursos Talleres: Un salteño para la Patria “el General Martín Miguel Juan de Mata Güemes” y La Mujer en la Lucha por la Independencia, evento a desarrollarse en la ciudad de Salta, el día 15 de junio del corriente año en el Palacio Legislativo.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

14

Régimen de Reconocimiento al Mérito Artístico

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Agrégase un último párrafo al artículo 2º de la Ley Nº 6.475, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 6.802, quedando redactado de la siguiente forma:

“Art. 2º.- Los reconocimientos estarán destinados a beneficiar a creadores literarios, plásticos, artesanales, de la composición musical y a los intérpretes de obras de autores salteños cuyos contenidos entrañen el espíritu de los contextos tradicionales, históricos o geográficos de nuestra Provincia, de la región o del País y también el carácter de vitalicio.

Asimismo serán acreedores del beneficio los difusores públicos, locutores o presentadores de las creaciones, composiciones e intérpretes”.

            Art. 2º.- Agrégase el inciso k) al artículo 3º de la Ley Nº 6.475, modificado por el artículo 2º de la Ley Nº 6.802, quedando redactado de la siguiente forma:

“Inc. k) Para los difusores públicos, locutores o presentadores que cumplan con los incisos a) y b) de este artículo y que además acrediten poseer  una trayectoria de por lo menos veinte (20) años ininterrumpidos ante la consideración del público nacional y/o internacional en teatros, festivales o a través de medios audiovisuales de comunicación masiva de transmisión abierta o por cable o abono, que acredite una verdadera y sostenida difusión, jerarquización y valoración de las creaciones, composiciones, obras e intérpretes salteños, con una frecuencia mínima de diez (10) años, en forma continua o alternada ejercida fuera de nuestro territorio provincial que garanticen la permanencia en la divulgación de nuestra identidad”.

            Art. 3º.- Modifícase el inciso d) del artículo 5º de la Ley Nº 6.475 modificado por el artículo 4º de la Ley Nº 6.802, quedando redactado de la siguiente forma:

“Inc. d) Para los intérpretes, difusores públicos, locutores o presentadores corresponderá el equivalente al Nivel 13 del Escalafón Administrativo Provincial.”

“La obtención de dos o más premios, detallados en el artículo 4º de la presente Ley, no implica el derecho a percibir por cada una de ellos los montos establecidos en la escala de referencia y el beneficiario deberá optar por una sola categoría, cuyas remuneraciones en ningún caso serán acumulativas”.

            Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

15

Modificación del Decreto Ley Nº 15/75

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º.- Incorpóranse al actual texto vigente del artículo 18 del Decreto Ley Nº 15/75, como segundo y tercer párrafo del mismo, los siguientes:

“Podrán voluntariamente mantener la afiliación aquellos abogados o procuradores de la matrícula del Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia de Salta, que desempeñen temporalmente funciones o cargos que impidan el ejercicio libre de la profesión, abonando por todo el período de incompatibilidad los aportes personales que establecen el artículo 25 y el inciso j) del artículo 23.”

“La facultad que otorga el párrafo anterior no se aplica para aquellos profesionales que desempeñen con estabilidad permanente funciones o cargos no temporales que generen incompatibilidad con el ejercicio libre de la profesión”.

            Art. 2º.- Incorpórase como inciso j) del artículo 23 del Decreto Ley Nº 15/75, modificado por Ley 6.449 y modificatorias, el siguiente:

“j) El 6% de las remuneraciones que perciban por todo concepto, incluyendo el sueldo anual complementario, a excepción de las asignaciones familiares, los afiliados comprendidos en el segundo párrafo del artículo 18”

            Art. 3º.- Incorpórase al artículo 25 del Decreto Ley Nº 15/75, la categoría I para los casos comprendidos en los artículos 1º y 2º de la presente, quedando redactado de la siguiente manera:

“Art. 25.- Los aportes personales serán establecidos por el Consejo, conforme a las siguientes categorías: La categoría “A” corresponde a los afiliados hasta cumplidos los dos (2) primeros años desde el otorgamiento del título; la categoría “B” desde los dos (2) hasta los cinco (5) años; la categoría “C” desde los cinco (5) años hasta los diez (10) años; la categoría “D” desde los diez (10) hasta los quince (15) años; la categoría “E” desde los quince (15) hasta los veinte (20) años; la categoría “F” desde los veinte (20) hasta los veinticinco (25) años; la categoría “G” desde los veinticinco (25) hasta los treinta (30) años; la categoría “H” desde los treinta (30) años en adelante y la categoría “I” para los afiliados que voluntariamente decidan mantener la afiliación de conformidad a lo previsto en el segundo y tercer párrafo del artículo 18”.

            Art. 4º.- Disposiciones Transitorias. Los abogados o procuradores que con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley, se hayan encontrado en la situación descripta en el segundo párrafo del artículo 18 del Decreto Ley Nº 15/75, incorporado por la presente, podrán regularizar todos los aportes correspondientes a los períodos anteriores.

            A tal fin la Caja de Seguridad Social para Abogados y Procuradores, dispondrá de planes de financiación acordes al nivel de ingresos del profesional solicitante.

            Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

16

Declarar de utilidad pública el inmueble Matrícula Nº 706 Dpto. San Carlos

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble identificado con la Matrícula Nº 706, Sección A, Manzana 8, Parcela 5, ubicado en la localidad de San Carlos, departamento del mismo nombre, conocido como la Casa Rádich, para ser destinado al funcionamiento del Museo Municipal.

            Art. 2º.- Una vez concluida la expropiación, facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a donar el inmueble a la Municipalidad de San Carlos con cargo de ser destinado exclusivamente al funcionamiento del Museo Municipal.

            Art. 3º.- La escritura pública traslativa de dominio a favor de la Municipalidad de San Carlos, deberá ser realizada por Escribanía de Gobierno quedando exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, deberá imputarse a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, ejercicio vigente.

            Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

17

I Encuentro Regional de Empresarios PyMES-Seminario Compromiso con la Calidad – Propuesta

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E:

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara, el “I Encuentro Regional de Empresarios PyMES-Seminario Compromiso con la Calidad-Propuesta”, organizado por la Cámara de Pequeños y Medianos Empresarios de Salta, a llevarse a cabo en Galería El Palacio, de esta ciudad Capital, durante los días 20, 21 y 22 de junio del corriente año.

            Art. 2º.- Comunicar, Registrar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

18

Ampliación de la red cloacal y de agua corriente en San Carlos

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y organismos pertinentes, instrumente los mecanismos necesarios tendientes a efectuar la ampliación de la red cloacal y red de agua corriente para dotar de esos servicios sanitarios a las viviendas ubicadas dentro del perímetro dado por calles General Güemes, Juan Calchaquí, 20 de Febrero y pasaje Barco II en el pueblo de San Carlos, Departamento homónimo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

19

Reparación de la cisterna del paraje El Rodeo

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo que corresponda, arbitre los medios necesarios para la urgente reparación de la cisterna que provee de agua potable al paraje El Rodeo, departamento La Poma.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

20

Provisión de ecógrafo al Hospital San Francisco Solano

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, provea de un Ecógrafo al Hospital San Francisco Solano del municipio de El Galpón, departamento Metán.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

21

Medidas para evitar la pediculosis

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los Ministerios de Salud Pública y de Educación, tomen las medidas necesarias para prevenir la enfermedad de la Pediculosis y su contagio, especialmente a los niños en edad escolar, implementando una campaña masiva de la misma

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.

22

Limpieza del vaso del embalse Dique Las Lomitas

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que corresponda, realice las gestiones pertinentes para la limpieza del vaso y recuperación del área perilacustre del embalse del dique Las Lomitas.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año dos mil siete.