Expte. Nº 90-32.177/2023 – 31/08/23 – Modificase el artículo 3, de la Ley Provincial Nº 7.911
De los Señores Senadores CARLOS FERNANDO SANZ, y JORGE PABLO SOTO, modificase el artículo 3º de la Ley Provincial N° 7.911 que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 3- Créase la Comisión Bicameral de Evaluación, Financiamiento y Seguimiento del Proyecto y Construcción de la Obra para el Nuevo Edificio de la Legislatura Provincial integrada por los Presidentes de ambas Cámaras más tres (3) Senadores y tres (3) Diputados elegidos por sus pares que representen la composición de los Cuerpos.
(Expte. Nº 90-32.177/2023).
En Sesión del 31/08/2023 se gira a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional
Proyecto de Ley
LA CÁMARA DE SENADORES Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Articulo 1º Modificase el artículo 3º de la Ley Provincial N° 7.911 que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 3- Créase la Comisión Bicameral de Evaluación, Financiamiento y Seguimiento del Proyecto y Construcción de la Obra para el Nuevo Edificio de la Legislatura Provincial integrada por los Presidentes de ambas Cámaras más tres (3) Senadores y tres (3) Diputados elegidos por sus pares que representen la composición de los Cuerpos.
Compete a la Comisión Bicameral creada por la presente ley analizar por sí, y con el aporte de especialistas citados por la misma en consulta:
1) Lugar más conveniente para el emplazamiento del nuevo palacio legislativo, considerando ubicación, posibilidad de adquisición del predio y eventuales formas de financiamiento.
2) a la legislatura, para su eventual puesta en consideración del Poder Ejecutivo los minimos requerimiento del edificio a erigirse, justificando sus dimensiones, configuración y utilización de los espacios.
4) Recabar y estudiar distintas fuentes de financiamiento con organismos internacionales, nacionales, para la construcción de la obra del Nuevo Edificio de la Legislatura Provincial
5) Para el cumplimiento de los objetivos detallados en los puntos anteriores, la Comisión podrá contar con la colaboración y asesoramiento de profesionales tanto en el área de urbanismo, arquitectura y toda otra esfera de conocimiento relacionada con el cometido propuesto.
6) Mantener una fluida comunicación con las carteras de gobierno con injerencia en el tema, de cuyos resultados dará cuenta inmediata a ambas cámaras.
7) Realizar todas las gestiones conducentes a la consecución del objetivo que motiva la creación de la comisión.-“
Art. 2º.- Registrar, comunicar, archivar. –