Expte. N° 91-50.207/2024 – 13/11/25 – Reconocimiento a la trayectoria de salteñas y salteños destacados
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se instituye el día 8 de febrero de cada año como fecha para realizar reconocimiento a la trayectoria de salteñas y salteños destacados, en el ámbito de la Legislatura Provincial. (Expte. N° 91-50.207/2024, a la Comisión Especial de Homenaje).
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN
CON FUERZA DE
LEY
Articulo 1°.- Institúyase el día 8 de febrero de cada año como fecha para realizar reconocimiento a la trayectoria de salteñas y salteños destacados, en el ámbito de la Legislatura Provincial.
Art. 2°.- El objetivo de la presente Ley es reconocer y destacar la trayectoria o labor sobresaliente de salteñas y salteños que, desde los campos de la salud, educación, ciencia, tecnología e innovación, cultura, arte, deporte, seguridad pública y emergencias, actividad productiva o social, contribuyan al desarrollo de la Provincia y a la defensa de los derechos establecidos en la Constitución Provincial.
Art. 3°.- Los requisitos para recibir el reconocimiento son los siguientes:
a) Ser ciudadano nacido en la provincia de Salta o acreditar residencia no menor a quince (15) años en la misma.
b) No haber sido condenado por delitos que afecten su idoneidad.
c) Acreditar trayectoria en las materias enunciadas en el artículo anterior o aquellas que consideren las Legisladoras y Legisladores provinciales.
Art. 4°.- Las Cámaras Legislativas, por si o en conjunto, seleccionan a los candidatos a recibir el reconocimiento mediante un procedimiento de selección equitativo y transparente.
Art. 5°.- Con antelación suficiente se invita a la persona seleccionada y se anuncia públicamente la ceremonia en la que se lleve a cabo el reconocimiento de sus logros y contribuciones.
Art. 6°.- Invítase a instituciones educativas, organizaciones profesionales y otros actores relevantes de la sociedad salteña a participar activamente en la promoción y difusión del “Día del Reconocimiento a la Trayectoria”.
Art. 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados de la provincia de Sesion del día veintiocho del mes de octubre del año dos mil veinticinco.
