Plantean un “Protocolo de actuación del abogado del niño” para garantizar sus derechos
Profesionales del derecho presentaron ante la comisión de Derechos Humanos del Senado una iniciativa que propone la sanción de un Protocolo de Actuación del Abogado del Niño, como una herramienta que les permita una genuina representación legal del menor como sujeto de derecho.
La Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas del Senado recibió este miércoles a un grupo de abogados especializados en derecho infantil que plantearon la necesidad de avanzar en un protocolo de actuación del Abogado del Niño, que les permita legitimar su representación, hoy cuestionada en algunos ámbitos del Poder Judicial.
Del encuentro tomaron parte los senadores, Walter Cruz; Martín Arjona; Esteban D’Andrea y los abogados, Lorena Daza; Manuel Alonso y Fernanda Domínguez.
Los letrados plantearon que tanto la Ley Nacional N° 26.061, de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes; como la Ley Provincial N° 7.970, que marca los procedimientos de aplicación del citado Sistema, reconocen a los menores como “sujetos de derecho”, con el derecho a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta.
Indicaron que en Salta, al igual que en el resto del mundo, profesionales del derecho se capacitaron para especializarse como “abogado del niño”, con la misión de representarlos jurídicamente, compartiendo el trabajo junto a otras disciplinas como la psicología, ante una variedad de situaciones de distinta complejidad, que requieren de un abordaje que contribuya a no revictimizar a quienes, por distintas situaciones, acuden ante la justicia.
En ese marco, explicaron que a pesar de estar vigente y reglamentada la legislación, existe un vacío legal que es interpretado por cada juez, que a menudo los excluye privando a los menores de asistir a las audiencias con sus abogados, pidiendo que esa falta de legitimación sea superada con la sanción por Ley del protocolo de actuación del abogado del niño.
“Estamos ante un cambio de paradigma, donde el niño tiene el derecho a ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo, ya sea directamente o por medio de un representante y el protocolo que proponemos está basado en las guías elaborados a nivel internacional por UNICEF, en base a la Convención de los Derechos del niño”, sostuvo Daza; mientras que Alonso recordó que “el Estado es el responsable de que existan esos mecanismos para que el niño sea escuchado” y Domínguez agregó que “se desconoce el rol del abogado del niño y en especial del que padece alguna discapacidad”.
Finalmente, los profesionales aclararon que la figura del “abogado del niño”, de carácter privado, no se contrapone con la del “asesor de menores”; que desde la representación del estado asesora al juez en casos con menores involucrados, ni con la del “defensor del niño”, que es una figura creada para velar por la protección y promoción de sus derechos en general.
Desde la comisión, los legisladores plantearon llevar adelante un trabajo articulado con otros sectores o instituciones a fin de encontrar puntos de consenso que permitan avanzar en el tratamiento de una problemática de amplia complejidad, que permita garantizar cada vez mayor eficiencia en su resolución.