Cámara de Senadores
Informe de sesiones 2025Partes de Prensa

23° Sesión Ordinaria – 4 de septiembre

Presidida por el Vicegobernador Antonio Marocco y con la presencia de 21 senadores, se llevó a cabo la 23° Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores.

Registro Provincial de Cannabis Medicinal Expte. N° 91-51.806/25

Se dio sanción definitiva al Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se crea el Registro Provincial de Cannabis Medicinal de la Provincia de Salta en el ámbito del Ministerio de Salud Pública. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

En el artículo 2° se establece que deberán anotarse en el Registro:

  1. Pacientes y familiares de pacientes que reunan las caracteristicas establecidas en la Ley Nacional 27.350 y sus normas reglamentarias.
  2. Productores: Empresas, personas humanas o juridicas autorizadas que produzcan cannabis, que cuenten con habilitación, permiso y/o licencia nacional y se encuentren previamente inscriptas de acuerdo a la normativa vigente, con sede social y productiva dentro del territorio de la provincia de Salta.
  3. Instituciones de la Sociedad Civil: Fundaciones y Asociaciones sin fines de lucro con personeria juridica vigente, que cumplan con los requisitos que la normativa determine, con trayectoria en la investigación y desarrollo e innovación en los beneficios de la planta de cannabis y sus derivados dentro de la provincia de Salta, bajo el marco de la Ley Nacional 27.350.
  4. Laboratorios, Universidades y Centres de Investigación publicos o privados que impulsen el estudio, desarrollo e innovación aportando al avance en las diferentes cadenas productivas de la planta de cannabis tanto para el uso medicinal, terapeutico y paliativo del dolor como de sus usos industriales.

Por otra parte, el artículo 4° establece que las instituciones a las que se refiere el inciso c) del articulo 2°  pueden dispensar cannabis en las condiciones establecidas por las normas nacionales, siempre que se encuentren correctamente registradas y hayan cumplido los requisitos exigidos por el ordenamiento vigente. Cada dispensa debera ser informada al Registro Provincial, que a su vez incluira esa informacion en el Sistema de Historia Clinica Digital (SAFESA), en el marco de Io dispuesto en la Ley 8431.

    

Modificación de la Ley de Colegio de Psicólogas y Psicólogos de Salta  Expte. N° 91-48.366/23

Se aprobó con modificaciones el Proyecto de Ley en revisión de la Cámara de Diputados, por el cual modifica la Ley 6.063 (Colegio de Psicólogas y Psicólogos de Salta). Pasa a la Cámara de diputados nuevamente en revisión.

Adhesión al “Programa Federal para el Fomento y Desarrollo de la Producción Bubalina” Expte. N° 90-33.396/25

Se aprobó el Proyecto de Ley del Senador Diego Cari, adhiriendo la Provincia de Salta a la Ley Nacional 27.076 “Programa Federal para el Fomento y Desarrollo de la Producción Bubalina” y su normativa reglamentaria. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

El artículo 15 de la Ley 27076 establece que: “Las provincias que adhieran al ‘PROGRAMA’ tendrán como requisito constituir UNA (1) Unidad Ejecutora Provincial (UEP) que será presidida por el o la representante del Poder Ejecutivo Provincial que entienda en la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y financiamiento de políticas ganaderas y tendrá como función principal la de planificar, ejecutar y supervisar el ‘PROGRAMA’ en el ámbito de su jurisdicción, asegurando la participación activa y el control social por parte de los beneficiarios o las beneficiarias, tanto en la planificación como en la ejecución de las acciones del ‘PROGRAMA’, teniendo a su cargo las siguientes funciones: a. Organizar e implementar las acciones del ‘PROGRAMA’. b. Recibir, evaluar y aprobar en primera instancia los proyectos y/o planes de trabajo presentados por los beneficiarios o las beneficiarías. c. Asesorar a los beneficiarios o a las beneficiarias acerca de todo lo relacionado con el ‘PROGRAMA’. d. Supervisar y controlar el cumplimiento de los planes de trabajo y proyectos de inversión.”

Dia de la creación del Municipio de Tartagal Expte. Nº 90-33.586/25

En el Proyecto de Ley del Señor Senador Manuel Pailler y diputado Edgard Domínguez, estableciendo como fecha oficial de la fundación del Municipio de Tartagal el día 25 de septiembre de 1924 incluyéndola en el calendario oficial provincial como “Día de la Creación del Municipio de Tartagal”. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

DECLARACIONES Y RESOLUCIONES

INTERVENCIONES EN SESIÓN