Expte. Nº 90-34.198/2026 – 09/04/26 – Intervención de la Municipalidad de La Merced
Del señor Senador ROQUE RAMON CORNEJO SARAVIA, intervéngase el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de La Merced, con encuadre en el artículo 179, inciso 2) de la Constitución Provincial por el lapso de treinta (30) días. (Expte. Nº 90-34.198/2026).
Proyecto de Ley
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
INTERVENCIÓN DEL MUNICIPIO LA MERCED DE LA PROVINCIA DE SALTA.
Art. 1: Intervéngase el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de La Merced, con encuadre en el artículo 179, inciso 2) de la Constitución Provincial por el lapso de treinta (30) días.
Art. 2: El Ejecutivo Provincial convocará a elecciones dentro del plazo de treinta (30) días a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
Art. 3: El Intendente en ejercicio cesará en sus funciones a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.
Art. 4: Facúltese al Poder Ejecutivo Provincial a designar al comisionado interventor por el tiempo correspondiente hasta que resultare electo el nuevo intendente.
Art. 5: La fecha de realización de los comicios municipales no podrá exceder del lapso de treinta (30) días de del llamado a elecciones.
Art. 6: La Asunción del nuevo intendente se producirá 7 días después de la finalización del acto eleccionario.
Art. 7: La presente Ley tiene vigencia desde el día de su promulgación.
Art. 8: Comuniquese al Poder Ejecutivo.
