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Expte. Nº 90-29.946/2021 – 10/06/21 – Declarando Patrimonio Histórico y Cultural las sentencias, expedientes y materiales fílmicos de las audiencias de los procesos judiciales de Memoria, Verdad y Justicia – Ley 1111

Del señor Senador JOSE ANTONIO IBARRA, declarando Patrimonio Histórico y Cultural las sentencias, expedientes y materiales fílmicos de las audiencias de los procesos judiciales de Memoria, Verdad y Justicia. (Expte. Nº 90-29.946/2021, a la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas).

Ley 1111, el fecha 09/03/2023.

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA

SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1°.- Decláranse Patrimonio Histórico y Cultural de la Provincia de Salta a las sentencias, expedientes y materiales fílmicos de las audiencias de los procesos judiciales de Memoria, Verdad y Justicia.

ARTÍCULO 2°.- Considéranse, a los efectos de la presente Ley,  como procesos judiciales de Memoria, Verdad y Justicia, a los juicios que se tramitaron en los Tribunales Federales de Salta, para el juzgamiento de delitos de Lesa Humanidad por violaciones a los Derechos Humanos, cometidos en el marco del terrorismo de Estado en la provincia durante la última dictadura cívico-militar ocurrida entre los años 1976 y 1983.

La nómina de sentencias y expedientes en que fueron dictadas será recopilada y ordenada por la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Salta, la que deberá incorporar toda otra sentencia, expediente y material fílmico de los procesos judiciales que se tramiten.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.