Expte. Nº 90-29.320/2020 – 08/10/20 – Objeto garantizar impedir que las personas que tengan condenas firmes por un Tribunal Superior, puedan ser precandidatos/as en elecciones primarias, candidatos/as en elecciones generales
Del señor Senador MANUEL OSCAR PAILLER, por el cual tiene por objeto garantizar impedir que las personas que tengan condenas firmes por un Tribunal Superior, puedan ser precandidatos/as en elecciones primarias, candidatos/as en elecciones generales a cargos públicos electivos provinciales y municipales, o a ser designados para ejercer cargos partidarios. (Expte. Nº 90-29.320/2020, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Ley de Ficha Limpia
ARTICULO 1: La presente Ley tiene por Objeto impedir que las personas que tengan condenas firmes por un Tribunal Superior, puedan ser precandidatos/as en elecciones primarias, candidatos/as en elecciones generales a cargos públicos electivos provinciales y municipales o ser designados para ejercer cargos partidarios.
ARTICULO 2°: Incorporar como nuevo inciso del articulo 44° de la Ley Provincial N° 6.042: “Ley Orgánica de Partidos Políticos Provinciales y Agrupaciones Municipales el siguiente texto:
e) Las personas condenadas con sentencia firme por los delitos de corrupción, contra la vida, la integridad sexual, violencia de género, el estado civil, fraude en perjuicio de la administración pública y delitos contra la libertad, tipificados en el Código Penal de la Nación. –
ARTICULO 3°: La referida prohibición deberá mantenerse vigente hasta la revocación de la condena o el paso de ocho años a partir de la conclusión de la sentencia condenatoria.
ARTICULO 4°: De Forma.