Expte. Nº 91-44.715/2021 – 21/10/21 – Donación el inmueble identificado con matrícula 15047, departamento General Güemes – Ap. en def. – Ley Nº 8.288
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación el inmueble identificado con matrícula 15047, departamento General Güemes con el cargo de ser destinado exclusivamente al emplazamiento, operación y explotación de la terminal multimodal, compuesta por la terminal ferroviaria nacional, la playa de contenedores vacíos y el puerto seco. ( Expte. N° 91-44.715/2021, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).
Aprobado en definitivo, el 10/11/2021
Poder Ejecutivo para su Promulgación.
Ley Nº 8.288
Decreto de Promulgación Nº 1071, de fecha 06/12/2021
Publicado en B. O. Nº 21.128, de fecha 09/12/2021.
DICTAMEN DE COMISIÓN
Las Comisiones de LEGISLACION, GENERAL, DEL TRABAJO Y RÉGIMEN PREVISIONAL, ha considerado el Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación el inmueble identificado catastralmente con la Matrícula N° 15.047, departamento General Güemes, de propiedad de la provincia de Salta, al Estado Nacional, con el cargo de ser destinado exclusivamente al emplazamiento, operación y explotación de la Terminal Multimodal, compuesta por la Terminal Ferroviaria Nacional, la Playa de Contenedores Vacíos y el Puerto Seco y ; por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.
Expte. N° 91-44.715/21
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación el inmueble identificado catastralmente con la Matrícula N° 15.047, departamento General Güemes, de propiedad de la provincia de Salta, al Estado Nacional, para que por intermedio del Ministerio de Transporte de la Nación, sea incorporado a la Red Ferroviaria Nacional en los términos de las Leyes Nacionales 26.352 y 27.132, y le sea asignada su administración a la empresa Belgrano Cargas y Logística S.A., con el cargo de ser destinado exclusivamente al emplazamiento, operación y explotación de la Terminal Multimodal, compuesta por la Terminal Ferroviaria Nacional, la Playa de Contenedores Vacíos y el Puerto Seco, el cual incluye depósitos fiscales, y que forma parte del “Nodo Logístico Intermodal y Puerto Seco de la ciudad de General Güemes, provincia de Salta”, de conformidad con lo establecido en el Convenio Marco de Cooperación aprobado mediante Decreto Provincial Nº 863/2020, en el Acuerdo Específico N° 1 y Enmienda al Convenio Marco de Cooperación aprobado mediante Decreto Provincial Nº 728/2021, y demás normas complementarias.
Art. 2°.- La formalización de la escritura de donación a favor del Estado Nacional, conforme la normativa nacional aplicable, se efectuará a través de Escribanía de Gobierno, y estará exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.
Art. 3°.- En caso de incumplimiento del cargo dispuesto en la presente Ley, disolución o extinción de la empresa Belgrano Cargas y Logística S.A. y, en el caso que el Estado Nacional no continúe con el cumplimiento del cargo previsto en el artículo 1° de la presente Ley, la donación quedará revocada, restituyéndose la titularidad de dominio a la provincia de Salta, con todas las mejoras, cosas muebles incorporadas con carácter perdurable, y sin derecho a indemnización alguna.
Art. 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SALA DE LA COMISIÓN, 03 de noviembre de 2.021
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación el inmueble identificado catastralmente con la Matrícula N° 15.047, departamento General Güemes, de propiedad de la provincia de Salta, para que por intermedio del Ministerio de Transporte de la Nación, sea incorporado a la Red Ferroviaria Nacional en los términos de las Leyes Nacionales N°
26.352 y N° 27.132, y le sea asignada su administración a la empresa Belgrano Cargas y Logística S.A., con el cargo de ser destinado exclusivamente al emplazamiento, operación y explotación de la Terminal Multimodal, compuesta por la Terminal Ferroviaria Nacional, la Playa de Contenedores Vacíos y el Puerto Seco, el cual incluye depósitos fiscales, y que forma parte del “Nodo Logístico
Intermodal y Puerto Seco de la ciudad de General Güemes, provincia de Salta”, de conformidad con lo establecido en el Convenio Marco de Cooperación aprobado mediante Decreto Provincial Nº 863/2020, en el Acuerdo Específico N° 1 y Enmienda al Convenio Marco de Cooperación aprobado mediante Decreto Provincial Nº 728/2021, y demás normas complementarias.
ART. 2°.- La formalización de la escritura de donación a favor del Estado Nacional, conforme la normativa nacional aplicable, se efectuará a través de Escribanía de Gobierno, y estará exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.
ART. 3°.- En caso de incumplimiento del cargo dispuesto en la presente Ley, disolución o extinción de la empresa Belgrano Cargas y Logística S.A. y, en el caso que el Estado Nacional no continúe con el cumplimiento del cargo previsto en el artículo 1° de la presente Ley, la donación quedará revocada, restituyéndose la titularidad de dominio a la provincia de Salta, con todas las mejoras,
cosas muebles incorporadas con carácter perdurable, y sin derecho a indemnización alguna.
ART. 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
ART. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.