Expte. N° 91-49.777/2024 – 13/11/25 – Declarar patrimonio cultural inmaterial de la provincia de Salta la cría del Caballo Peruano de Paso – Ap. en def. – Ley Nº 8.514
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se declara patrimonio cultural inmaterial de la provincia de Salta la cría del Caballo Peruano de Paso. (Expte. N° 91-49.777/2024, a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología).
Aprobado en definitiva, el 20/11/2025
Poder Ejecutivo para su Promulgación.
Ley Nº 8.514
Decreto de Promulgación Nº 838, de fecha 09/12/2025
Publicado B. O. Nº 22.088, de fecha 09/12/2025.
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON
FUERZA DE
LEY
Articulo 1°.- Declárase patrimonio cultural inmaterial de la provincia de Salta la cría del Caballo Peruano de Paso.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo apoyará las gestiones que se realicen tendientes a incorporar la cría del Caballo Peruano de Paso en el listado del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Argentina.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta del día once del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.
