Cámara de Senadores
Proyectos de Declaración Aprobados

Expte. N° 90-33.720/2025 – 21/08/25 – Solicitud de reversión de bajas de beneficiarios de pensiones por discapacidad para residentes de la provincia de Salta – Declaración N° 149/25

De las señoras Senadoras SONIA ELIZABETH MAGNO, ALEJANDRA BEATRIZ NAVARRO, LEONOR NIEVES MINETTI y los señores Senadores ENRIQUE ANTONIO CORNEJO SARAVIA, JAVIER ALBERTO MONICO GRACIANO, HECTOR MIGUEL CALABRO, DIEGO EVARISTO CARI, HECTOR DANIEL D´AURIA, DANI RAUL NOLASCO, MANUEL OSCARP PAILLER, ESTEBAN D´ANDREA CORNEJO, GONZALO CARO DAVALOS, WALTER HERNAN CRUZ, LEOPOLDO ARSENIO SALVA, WALTER JOAQUIN ABAN, MASHUR LAPAD, GUSTAVO MARCELO CARRIZO, JUAN CRUZ CURA, y CARLOS FABIAN LOPEZ que vería con agrado que los Señores Legisladores Nacionales por la provincia de Salta realicen las gestiones necesarias ante el Poder Ejecutivo Nacional y ante la Jefatura de Gabinete de Ministros para que la Agencia Nacional de Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, detenga y revierta las bajas de beneficiarios de pensiones por discapacidad para residentes de la provincia de Salta; y asimismo se dispongan plazos y mecanismos para regularizar, acreditar y justificar cada situación particular; y asimismo, se tengan en cuenta las grandes distancias, costos de traslados y barreras de accesibilidad que constituyen obstáculos para personas con discapacidad. (Expte. N° 90-33.720/2025).

Declaración N° 149/25

Aprobado, el 21/08/2025

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que los señores Legisladores Nacionales por la provincia de Salta realicen las gestiones necesarias ante el Poder Ejecutivo Nacional y ante la Jefatura de Gabinete de Ministros para que la Agencia Nacional de Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, detenga y revierta las bajas de beneficiarios de pensiones por discapacidad para residentes de la provincia de Salta; y asimismo se dispongan plazos y mecanismos para regularizar, acreditar y justificar cada situación particular; y se tengan en cuenta las grandes distancias, costos de traslados y barreras de accesibilidad que constituyen obstáculos para personas con discapacidad.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.