Expte. Nº 90-30.529/2021 – 04/11/21 – Pedido de Informe – Resolución Nº 187/21
Del Señor Senador MARTIN FELIPE ARJONA, en conformidad a lo dispuesto por el art. 116 de la constitución provincial y el art. 149 del reglamento de este cuerpo, requerir al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros y por su intermedio al Ministerio de Producción. Trabajo y Desarrollo Sustentable y ante la Secretaria de Minería y Recursos Energéticos de la Provincia de Salta, informe en el término de 5 días con la documentación respaldatoria necesaria:
a) Copia de los antecedentes y datos por el cual se dio efectivo cumplimiento del porcentaje (5) establecido mediante Capitulo III, Artículos 15 al 20 de la Ley de Promoción Minera Nº 8164, por la cual las empresas mineras deben cumplir algunos requerimiento como la: contratación de mano de obra local y proveedores locales radicados en el Departamento Los Andes,
b) Nomina de las personas y/o prestadoras de servicios con domicilio en las localidades correspondientes a los municipios de San Antonio de los Cobres, Tolar Grande y/o parajes donde las empresas mineras desarrollan sus actividades.
c) Copias de Convenio y/o contratos ocurridos entre las empresas mineras que desarrollan sus actividades en la puna salteña y las cámaras y/o proveedores locales y no locales, enfatizando periodo de duración, modalidades de contrato, tipos de servicio contratado.
d) Copia de antecedentes de participación efectiva de las comunidades originarias en el marco de las consultas y/o mesas sociales mineras e inclusión dentro de las actividades mineras desarrolladas en el Dpto. Los Andes.
e) Nomina de las empresas de proveedores inscriptos en el Registro Provincial de Proveedores locales de Empresas Mineras.
(Expte. Nº 90-30.529/2021).
Resolución Nº 186/21
Aprobado el 04/11/2021