Expte. Nº 90-29.215/2020 – 27/08/20 – Pedido de Informe – Resolución Nº 157/20
Del señor Senador SERGIO OMAR RAMOS, que de conformidad a lo preceptuado por el art. 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el art. 149 del Reglamento Interno de este Cuerpo, al Sr. Ministro de Economía, a la Dirección General de Rentas y/o los organismos que correspondan, informe en el plazo de diez (10) días respecto a los beneficios contemplados por la Ley 8.195, lo siguiente: a). Requisitos y procedimientos determinados por la reglamentación de la presente Ley, para acceder a la exención del pago Impuesto a las Actividades Económicas y del Impuesto de Sellos, hasta la finalización del ejercicio fiscal 2020. b) Alcance de dichos beneficios con respecto a los agentes de retención y percepción, como ser Edesa S.A., Banco Macro S.A. y otras entidades bancarias. c) Como afectó a las declaraciones juradas de los meses de Julio y Agosto del corriente año desde la fecha de entrada en vigencia de la referida ley, y a las que se efectuaron entre la aprobación de la misma y su reglamentación. d) Condiciones y parámetros para que un establecimiento gastronómico sea considerado realizador de actividades turísticas. (Expte. Nº 90-29.215/2020, Corresponde tratamiento inmediato).
Resolución Nº 157/2020
Aprobado el 27/08/2020