Expte. Nº 90-27.127/18 – 02/08/18 – Pedido de Informe – Resolución Nº 165/18
Del señor Senador SERGIO OMAR RAMOS, que de conformidad al Art. 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, requerir al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros, y por su intermedio al Sr. Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV), informe en el plazo de quince (15) días, lo siguiente: a.- Cantidad de procedimientos de desadjudicación de viviendas en curso.-b.- Duración promedio de los procedimientos de desadjudicación de viviendas.-c.- Mecanismos y procedimientos habilitados para la formulación de denuncias de irregularidades habitacionales que habilitan el procedimiento de desadjudicación. Cantidad de denuncias recepcionadas en el año 2017 y en el año en curso.- d.-Supuestos en los que el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) puede iniciar de oficio el procedimiento de desadjudicación.-e.- Resoluciones dictadas por el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) relativas a los requisitos que deben cumplimentar los adjudicatarios de viviendas; indicando especialmente: (i) Cual es el plazo obligatorio que una familia debe ocupar una vivienda, refiriendo en este caso los parámetros adoptados para instituir tal plazo; (ii) A partir del momento de la entrega de llaves y documentación pertinente, ¿Cuál es el plazo dispuesto para que sea ocupada la vivienda?. (Expte. Nº 90-27.127/18, Corresponde tratamiento inmediato).
Resolución Nº 165/18
Aprobado el 02/08/2018