Expte. 91-36.596/16 – Orden del Día Nº 14
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir, en carácter de donación, a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta, CUIT Nº30-51768409-7, el inmueble de propiedad de la provincia de Salta que se identifica con la Matrícula Nº 115.813, del departamento Capital, con el cargo de destinarlo exclusivamente a actividades sociales y deportivas.
Art. 2º.- El inmueble donado será destinado exclusivamente al uso de la entidad beneficiaria. En caso de disolución de la misma o incumplimiento del cargo, la donación quedará sin efecto, restituyéndose el dominio a la provincia de Salta, con todas las mejoras incorporadas, sin derecho a indemnización alguna.
Art. 3º.- La formalización de la donación se efectuará a través de Escribanía de Gobierno, sin costo para la beneficiaria, debiéndose dejar establecido en la respectiva escritura la prohibición de enajenar y/o ceder el inmueble donado.
Las escrituras de dominio de los inmuebles respectivos deberán incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad.
Art. 4º.- El donatario deberá realizar actividades sociales en beneficio de la población de escasos recursos. El Poder Ejecutivo, a través de las áreas correspondientes, realizará el seguimiento y control del cargo establecido en este artículo.
Las actividades sociales que puede brindar el donatario, consisten en:
- Otorgamiento de becas de estudio para estudiantes universitarios de carreras afines, determinadas por la Asamblea de la entidad.
- Recepcionar delegaciones estudiantiles del interior provincial que visiten la ciudad de Salta.
- Apadrinar establecimientos educativos de parajes del interior de la provincia de Salta.
- Prestar Asesoramiento Profesional Gratuito a Centros Vecinales y Organizaciones No Gubernamentales.
Art. 5º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SALA DE LA COMISIÓN, 18 de julio de 2.018.-