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Expte. Nº 91-43.686/2020 – 27/05/21 – Suspender hasta el 31 de diciembre las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios – ARCHIVO

Autor: Cámara de Diputados

Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se suspenden hasta el 31 de diciembre del año 2021 las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios por planes de ahorro para adquisición de vehículos automotores y los secuestros prendarios peticionados en base al art. 39 del Régimen de Prenda con Registro del Decreto Ley 15.348/46. (Expte.  N° 91-43.686/2020, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).

Archivado, en Sesión del 07/07/2022.

DICTAMEN DE COMISIÓN 

La Comisión de LEGISLACION GENERAL, DEL TRABAJO Y REGIMEN PREVISIONAL, ha considerado el proyecto de Ley en revisión, por el cual se suspenden hasta el 31 de diciembre del año 2021 las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios por planes de ahorro para adquisición de vehículos automotores y los secuestros prendarios peticionados en base al art. 39 del Régimen de Prenda con Registro del Decreto Ley 15.348/46; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su remisión al Archivo.

Expte. N° 91-43.686/20

SALA DE LA COMISIÓN, 29 de junio de 2.022.-

 

PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY

 

Artículo 1°.- Suspéndanse hasta el 30 de junio del año 2021 las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios por planes de ahorro para adquisición de vehículos automotores y los secuestros prendarios peticionados en base al artículo 39 del Régimen de Prenda con Registro del Decreto Ley Nº 15.348/46.

Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.