Cámara de Senadores
Proyectos en Trámite de Ley

Expte. Nº 90-33.435/2025 – 24/04/25 – Transferir en carácter de donación a favor de la Agrupación Tradicionalista Gauchos de Güemes Tartagal

Del señor Senador MANUEL OSCAR PAILLER y el señor diputado Edgar Domínguez, autorizando al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación a favor de la Agrupación Tradicionalista Gauchos de Güemes Tartagal, con Personería Jurídica N° 10.095, una fracción del inmueble identificado con la Matrícula N°5.691 del Dpto. Gral. San Martin, con el cargo de ser destinado exclusivamente al funcionamiento de su Sede. (Expte. Nº 90-33.435/2025, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).

PROYECTO DE LEY
LA CAMARA DE DIPLTADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
 

Artículo 1: Autorizase al Poder Ejeculivo Provincial a transferir en caracter de donación a favor de la Agrupación Tradicionalista Gauchos de Giiemes Tarlagal con Pcrsoneria Juridica N° 10.095. una fracción del inmueble identificado con la Matricula Nº 5.001 del Dpto. Gral. San Martín, con el cargo de ser deslindado exclusivamente al
funcionamiento de su Sede.

I.a fracción mencionada, es la que tiene forma, tamaño y ubicación detallados en el croquis que como Anexo forma parte de la presente.

Artículo 2: La formalizacion de la donación sc efectuara a traves de escribania de Gobierno. y quedara exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución para la entidad beneficiaria, debiendose dejar establecido en la respectiva escritura la prohibición de enajenar y/o ceder el inmueble donado.

Artículo 3: El inmueble referido en el artcúlo 1 sera destinado exclusivamente al funcionamiento de la Agrupaeion I Tradicionalista Gauchos de Güemes Tartagal, con Personería Jurídica Nº 10.095 y en caso de disolución del mismo o incumplimienlo del cargo dispuesto en la presente, la donación quedara revocada, restituyendose el dominio a la Provincia, con todas las mejoras incorporadas y sin derecho a indemnizacion alguna.

Artículo 4: Los gastos que demande el cumplimiento de la presenle Ley, se impulsaran a las partidas correspondienles del Presupuesto Gral de la Provincia Ejercicio vigente.

Artículo 5: De Forma.