Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2011

07/07/2011

7 de Julio de 2011

10ª Reunión – 10ª Sesión Ordinaria

 

Presidencia del señor Senador MANUEL HÉCTOR LUQUE

Secretario Legislativo: Dr. LUIS GUILLERMO LOPEZ MIRAU

Secretario Administrativo: Lic. JULIO EDUARDO FERNÁNDEZ MUIÑOS

Secretario Institucional: Dr. CARLOS DANIEL PORCELO

 

SENADORES PRESENTES

AGUILERA, Ernesto Juan

BARBOZA, Onofre Arnaldo

CABANA, Silvia Guadalupe

D’ANDREA, Luis Francisco

DIAZ, Pablo Raúl

GARCÍA, Raúl Bartolomé

LUNDA, Leonardo

LUQUE, Manuel Héctor

MAITA, Juan Francisco

MAMANI, Héctor Edgar

MOREYRA, Juan Martín

PARRA RUIZ DE LOS LLANOS, Néstor Eduardo

RODRIGUEZ, Jorge Luis

RUBERTO SAENZ, Gustavo Adolfo

SALVA, Telmo

SEGURA GIMENEZ, Federico Miguel

SORIANO, Bernardo Emeterio

VARGAS, Claudia Silvina

 

SENADORES AUSENTES CON AVISO:

 JORGE, Alfredo

LAPAD, Mashur

PEDROZA, Alberto Froilán

PONNA, Catalina Elsa

SOTO, Jorge Pablo

 

SUMARIO

Pág.

  1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………….
  2. Versión Taquigráfica…………………………………………………………………………………………………..
  3. Ratificación de Resoluciones de Presidencia…………………………………………………………….
  4. Asuntos Entrados:

                I. Comunicaciones del Poder Ejecutivo:

  1. Expte. Nº 90-19.814/11. Pliego solicitando acuerdo para la designación de Asesor de Incapaces del Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán………………………………………………………………………………………
  2. Expte. Nº 90-19.815/11. Pliego solicitando acuerdo para la designación de Asesor de Incapaces del Distrito Judicial del Sur – Metán.
  3. Expte. Nº 90-19.862/11. Proyecto de ley modificando los artículos 19, 22 y 24 del Anexo de la Ley Nº 6.841 – principios sobre Plan de Salud Provincial………………………………………………………………………………

               II. Comunicaciones de la Cámara de Diputados………………………….

               III. Comunicaciones Oficiales………………………………………………………..

               IV. Comunicaciones de Municipios……………………………………………..  

               V. Comunicación Particular………………………………………………………….

              VI. Dictámenes de Comisiones…………………………………………………….

              VII. Proyectos de Ley:

  1. Expte. Nº 90-19.813/11. De los señores Senadores Manuel Héctor Luque, Luis Francisco D’Andrea y Néstor Eduardo Parra: creación del Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos y Ejercicio Profesional de la Instrumentación Quirúrgica………………………………………………..
  2. Expte. Nº 90-19.846/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: creación del Fondo Permanente para el Equipamiento, Capacitación y Financiamiento Operativo de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Salta……………………………………………………………
  3. Expte. Nº 90-19.852/11. Del señor Senador Federico Miguel Segura: declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación la Sección H del inmueble Matrícula Nº 13.417 del departamento General Güemes
  4. Expte. Nº 90-19.853/11. Del señor Senador Federico Miguel Segura: declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación la Sección B, Fracción N del inmueble Matrícula Nº 6.877 del departamento General Güemes………………………………………………………………………………
  5. Expte. Nº 90-19.856/11. De los señores Senadores Gustavo Ruberto Sáenz, Pablo Raúl Díaz y Jorge Luis Rodríguez: creación del sistema de tipificación y normalización de prestaciones y servicios gerontológicos y geriátricos de la Provincia………………………..
  6. Expte. Nº 90-19.857/11. Del señor Senador Gustavo Ruberto Sáenz: declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación diversos inmuebles del departamento Capital para ser adjudicados en venta a sus actuales ocupantes……………………………………………………………………………
  7. Expte. Nº 90-19.863/11. Del señor Senador Gustavo Ruberto Sáenz: prevención, control, sanción y erradicación de la violencia laboral
  8. Expte. Nº 90-19.873/11. De los señores Senadores Raúl Bartolomé García y Ernesto Juan Aguilera: regulación del ejercicio de la actividad profesional vinculada a las ciencias criminalística y criminología, en el ámbito de la provincia de Salta……………………………………………
  9. Expte. Nº 90-19.875/11. Del señor Senador Jorge Luis Rodríguez: promoción y fomento de cultivos andinos…………………………..

             VIII. Proyectos de Resolución:

  1. Expte. Nº 90-19.821/11. Del señor Senador Raúl Bartolomé García: invitar al señor Presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos, a concurrir a la Presidencia de la Cámara para informar sobre el aumento aplicado a las tarifas de los servicios de agua, luz y cloacas………………………………………………………………………………
  2. Expte. Nº 90-19.822/11. Del señor Senador Raúl Bartolomé García: pedido de informe a la señora Secretaria de Prensa y Difusión, sobre la publicidad oficial en los distintos medios nacionales y provinciales, desde el 1 de enero al 30 de junio de 2011……………………….
  3. Expte. Nº 90-19.823/11: Del señor Senador Ernesto Juan Aguilera: pedido de informe al señor Ministro de Salud Pública sobre el estado edilicio y condiciones precarias en que viene funcionando el centro sanitario de la localidad de La Candelaria…………………………
  4. Expte. Nº 90-19.827/11. Del señor Senador Mashur Lapad: declarar de Interés de esta Cámara las Bodas de Plata de la Escuela Primaria Nº 4.312 “Virgen del Milagro” del paraje La Esperanza, municipio de Rivadavia Banda Sur…………………………………………………………
  5. Expte. Nº 90-19.839/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: pedido de informe al señor Ministro de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos sobre la actuación de la Policía en el barrio San Francisco Solano de la ciudad de Salta…………………………….
  6. Expte. Nº 90-19.840/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: pedido de informe al señor Ministro de Desarrollo Económico sobre la nómina de beneficiarios de los fondos restantes que se han gestionado mediante el Decreto Nº 927 – Convenio Nº 1/10 de fecha 2 de marzo de 2010………………………………………………………………
  7. Expte. Nº 90-19.847/11. Del señor Senador Jorge Luis Rodríguez: declarar de Interés de la Cámara las actividades a realizarse en Campo Quijano, en el marco de los festejos en Conmemoración del 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia………….
  8. Expte. Nº 90-19.848/11. Del señor Senador Jorge Luis Rodríguez: declarar de Interés de la Cámara la Fiesta y Feria de la Papa Andina, a realizarse en el paraje El Alfarcito, departamento Rosario de Lerma.
  9. Expte. Nº 90-19.858/11. De los señores Senadores Gustavo Ruberto Sáenz, Pablo Raúl Díaz, Raúl Bartolomé García y Claudia Silvina Vargas: declarar de Interés de la Cámara las “XXIV Jornadas Nacionales de los Ministerios Públicos”……………………………
  10. Expte. Nº 90-19.868/11. Del señor Senador Bernardo Emeterio Soriano: solicitar a los señores Diputados y Senadores Nacionales de las provincias de Salta y Catamarca que coordinen acciones a los efectos de lograr una pronta solución al problema limítrofe que engloba a dichas provincias………………………………………………
  11. Expte. Nº 90-19.872/11. De los señores Senadores Manuel Héctor Luque, Silvia Guadalupe Cabana, Luis Francisco D’Andrea y Juan Martín Moreyra: declarar de Interés del Senado el “XXXI Congreso Argentino de Neurología Infantil……………………………………….
  12. Expte. Nº 90-19.874/11. Del señor Senador Onofre Arnaldo Barboza: solicitar al Ente Regulador de Servicios de Gas informe sobre los motivos por los cuales la empresa CONTA S.R.L. paralizó las obras de conexión de red externa de gas del departamento Anta……
  13. Expte. Nº 90-19.876/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: requerir al señor Ministro de Salud Pública informe sobre los programas y acciones que se han diseñado y aplicado en torno a generar prevención de suicidios y la prevención y tratamiento de las adicciones………………………………………………………………………….

               IX. Proyectos de Declaración:

  1. Expte. Nº 90-19.812/11. De los señores Senadores Manuel Héctor Luque, Luis Francisco D’ Andrea y Néstor Eduardo Parra: viendo con agrado que los Legisladores Nacionales gestionen ante la Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica que los fármacos AINES sean adquiridos exclusivamente bajo receta médica…………………………………………………………………………….
  2. Expte. Nº 90-19.816/11. Del señor Senador Luis Francisco D’Andrea: viendo con agrado la ejecución de la segunda etapa del tendido de red cloacal sobre el sector sur de la localidad de El Carril, departamento Chicoana…………………………………………………
  3. Expte. Nº 90-19.817/11. Del señor Senador Luis Francisco D’Andrea: viendo con agrado la construcción de un edificio para la Escuela Especial Nº 7.058, de la localidad de Chicoana.
  4. Expte. Nº 90-19.818/11. Del señor Senador Luis Francisco D’Andrea: viendo con agrado la provisión de agua potable para los parajes Las Barrancas y San Antonio del municipio de El Carril, departamento Chicoana………………………………………………………………………..
  5. Expte. Nº 90-19.819/11. Del señor Senador Bernardo Emeterio Soriano: viendo con agrado la instalación de un destacamento de la Policía en la localidad de Santa Rosa de los Pastos Grandes, departamento Los Andes………………………………………………..
  6. Expte. Nº 90-19.820/11. Del señor Senador Bernardo Emeterio Soriano: viendo con agrado la construcción de un playón deportivo en el Colegio Secundario Nº 5.025 de la localidad de San Antonio de los Cobres………………………………………………………………….
  7. Expte. Nº 90-19.824/11. Del señor Senador Mashur Lapad: viendo con agrado la instalación de un destacamento policial en la localidad de La Puntana, en el municipio de Santa Victoria Este
  8. Expte. Nº 90-19.825/11. Del señor Senador Mashur Lapad: viendo con agrado el relevamiento, ordenamiento, mensura y titularización dominial del lotes fiscales urbanos habitados de manera real y permanente en localidades de los municipios de Rivadavia Banda Sur, Rivadavia Banda Norte y Santa Victoria Este del departamento de Rivadavia…………………………………………………………………
  9. Expte. Nº 90-19.826/11. Del señor Senador Mashur Lapad: viendo con agrado se garantice y solucione a la brevedad posible el desabastecimiento emergente de combustibles…………..
  10. Expte. Nº 90-19.828/11. Del señor Senador Jorge Luis Rodríguez: viendo con agrado la creación de una Sub-Comisaría para el barrio San Jorge de la ciudad de Rosario de Lerma……………….
  11. Expte. Nº 90-19.829/11. Del señor Senador Jorge Luis Rodríguez: viendo con agrado la construcción de alcantarilla y canal de desagüe a la altura del paraje Megui en la ruta provincial Nº 23 que une a la ciudad de Rosario de Lerma con Cerrillos.
  12. Expte. Nº 90-19.830/11. Del señor Senador Jorge Luis Rodríguez: viendo con agrado se arbitren las medidas necesarias a los fines que se provea de forrajes, vacunas, antibióticos para ganado caprino, ovino y vacuno de los pequeños productores ganaderos de los parajes de la Quebrada del Toro, departamento Rosario de Lerma………………………………………………………………………….
  13. Expte. Nº 90-19.831/11. Del señor Senador Telmo Salva: viendo con agrado la construcción del edificio para el Colegio Secundario de La Poma…………………………………………………………………..
  14. Expte. Nº 90-19.832/11. Del señor Senador Telmo Salva: viendo con agrado se construya el sistema de colección y tratamiento cloacal en el pueblo de La Poma……………………………….
  15. Expte. Nº 90-19.833/11. Del señor Senador Telmo Salva: viendo con agrado la colocación de adoquines en las calles del pueblo de La Poma…………………………………………………………………
  16. Expte. Nº 90-19.834/11. Del señor Senador Néstor Eduardo Parra: viendo con agrado la provisión de equipos radio transmisores de VHF a los parajes de Vaquería, Los Sauces, Las Juntas, Las Animas, Bodeguita, y Santa Bárbara, del departamento Guachipas……………………………………………
  17. Expte. Nº 90-19.835/11. Del señor Senador Néstor Eduardo Parra: viendo con agrado la construcción de viviendas en el departamento Guachipas……………………………………………
  18. Expte. Nº 90-19.836/11. Del señor Senador Néstor Eduardo Parra: viendo con agrado la provisión de cocinas solares a las familias que habitan las serranías del departamento Guachipas.
  19. Expte. Nº 90-19.837/11. Del señor Senador Néstor Eduardo Parra: viendo con agrado que el Instituto Provincial de Salud de Salta instale un Anexo de la Farmacia en la localidad de Guachipas………………………………………………………………..
  20. Expte. Nº 90-19.838/11. Del señor Senador Néstor Eduardo Parra: viendo con agrado la captación y conducción de las aguas destinadas a escuelas de los parajes Los Sauces, Vaquería, Acosta, Sauce Redondo y Santa Bárbara, del departamento Guachipas………………………………………………………………….
  21. Expte. Nº 90-19.841/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado se incrementen los montos que se asignan mediante el mecanismo de Becas Universitarias y Terciarias a los estudiantes de la Provincia……………….
  22. Expte. Nº 90-19.842/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado la construcción de unidades deportivas para los parajes de Yacochuya, Las Conchas, San Luis y Tolombón, en el departamento Cafayate…………………
  23. Expte. Nº 90-19.843/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado la ampliación del ala pediátrica del Hospital Nuestra Señora del Rosario de la ciudad de Cafayate.
  24. Expte. Nº 90-19.844/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado la realización de la obra de la planta depuradora de líquidos cloacales en la ciudad de Cafayate.
  25. Expte. Nº 90-19.845/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado la instrumentación de un programa extracurricular en los distintos establecimientos educativos de la Provincia promoviendo la disciplina de Teatro…..
  26. Expte. Nº 90-19.849/11. Del señor Senador Jorge Luis Rodríguez: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés la Fiesta y Feria de la Papa Andina, a realizarse en el paraje El Alfarcito……………………………………………………
  27. Expte. Nº 90-19.850/11. Del señor Senador Jorge Luis Rodríguez: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial declare de Interés las actividades a realizarse en el municipio de Campo Quijano, en el marco de los festejos en Conmemoración del 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia……………………………………………………….
  28. Expte. Nº 90-19.851/11. Del señor Senador Federico Miguel Segura: viendo con agrado el cercado perimetral en la Escuela Nº 4.615 “Tte. Diego Barcelo” del paraje Ojo de Agua, municipio de General Güemes………………………………………………………..
  29. Expte. Nº 90-19.854/11. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: viendo con agrado subsidiar el costo de pasaje a estudiantes universitarios de Rosario de la Frontera que concurren al Anexo de la Universidad Nacional de Salta en la ciudad de Metán.
  30. Expte. Nº 90-19.855/11. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: viendo con agrado la provisión de los elementos necesarios para que pueda desarrollar normalmente las tareas educativas el Colegio Secundario Rural Nº 5.189 de la localidad de San Felipe, departamento Rosario de la Frontera…………………………
  31. Expte. Nº 90-19.861/11. Del señor Senador Néstor Eduardo Parra: viendo con agrado se garantice la distribución y abastecimiento de combustible, nafta, gasoil y gas, en forma normal en todo el territorio de la Provincia………………………………………………
  32. Expte. Nº 90-19.870/11. Del señor Senador Leonardo Lunda: viendo con agrado la instalación de una antena de telefonía celular en la localidad de Isla de Cañas, departamento Iruya.
  33. Expte. Nº 90-19.871/11. De los señores Senadores Manuel Héctor Luque, Silvia Guadalupe Cabana, Luis Francisco D’Andrea y Juan Martín Moreyra: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el XXXI Congreso Argentino de Neurología Infantil………………………………………………………
  34. Expte. Nº 90-19.877/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado la construcción de un centro informático para el acceso a las nuevas tecnologías en la ciudad de Cafayate………………………………………………………………..
  35. Expte. Nº 90-19.878/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado se implemente un programa mediante el cual se constituyan centros de atención para personas en situación de calle………………………………………………………..
  36. Expte. Nº 90-19.879/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado la construcción de un matadero municipal para la ciudad de Cafayate………………………..
  37. Expte. Nº 90-19.880/11 De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado no se autorice el pedido de incremento de la tarifa del transporte público de pasajeros…………..
  38. Expte. Nº 90-19.881/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado se instrumente en el marco de la enseñanza terciaria el dictado de la carrera de Periodismo Deportivo…………………………………………………………………….
  39. Expte. Nº 90-19.882/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado un Plan Integral de Pavimentación de las distintas calles de la ciudad de Cafayate……….
  40. Expte. Nº 90-19.883/11. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado la obra de ampliación de la primer ala de la Escuela Normal de Cafayate…………………………..
  41. Expte. Nº 90-19.884/11. Del señor Senador Mashur Lapad: viendo con agrado la construcción de un puente sobre el río Teuco, en la ruta provincial Nº 41, paraje La Paloma del municipio de Rivadavia Banda Sur………………………….
  42. Expte. Nº 90-19.885/11. Del señor Senador Mashur Lapad: viendo con agrado el funcionamiento de una Delegación del Instituto Provincial de Salud de Salta en la localidad de Coronel Juan Solá, municipio de Rivadavia Banda Norte…….
  43. Expte. Nº 90-19.886/11. Del señor Senador Jorge Luis Rodríguez: viendo con agrado la provisión de una camioneta a APS del Hospital Joaquín Corbalán, de Rosario de Lerma

     5. Licencias……………………………………………………………………………………………………………………..

     6. Asuntos ingresados a último momento:

                 III. Comunicaciones Oficiales………………………………………………………..

  1. Homenajes………………………………………………………………………………………………………………….
  2. Asuntos Entrados durante la Sesión

                VIII. Proyectos de Resolución

  1. Expte. Nº 90-19.891/11. De los señores Senadores Claudia Silvina Vargas, Bernardo Emeterio Soriano y Ernesto Juan Aguilera: pedido de informe al señor Secretario de Energía sobre la situación actual del pozo de exploración o producción de hidrocarburos “Martínez del Tineo”……………………………………………………………………………..
  2. Expte. Nº 90-19.892/11 Del señor Senador Héctor Mamaní: declarar de Interés de esta Cámara el Primer Torneo Internacional de Fútbol Sub 17, a realizarse en el departamento San Carlos y zona de influencia………………………………………………………………………..

                IX. Proyectos de Declaración:

 44. Expte. Nº 90-19.890/11 De los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea, Jorge Luis Rodríguez, Onofre Arnaldo Barboza, Pablo Raúl Díaz, Néstor Eduardo Parra, Manuel Héctor Luque y Ernesto Juan Aguilera: viendo con agrado que los Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, gestionan la correcta aplicación de la alícuota general del tabaco en el derecho a la exportación……………

45. Expte. Nº 90-19.893/11 Del señor Senador Héctor Edgar Mamaní: viendo con agrado la refacción del salón de uso múltiple y la construcción de una cocina para la Escuela Nº 4.362 “Domingo Faustino Sarmiento”, del municipio de Animaná, departamento San Carlos……………………………………………………………………………….

9. Expte. Nº 90-19.821/11. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Raúl Bartolomé García, invitando al señor Presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos a concurrir a la Presidencia de la Cámara de Senadores para informar sobre el aumento aplicado a las tarifas de servicios de agua, luz y cloacas. Se aprueba con modificaciones……

10. Expte. Nº 90-19.822/11. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Raúl Bartolomé García, solicitando a la señora Secretaria de Prensa y Difusión informe sobre la publicidad oficial en los distintos medios nacionales y provinciales, desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2011. Pasa a Comisión………………………………………………………………………

11. Expte. Nº 90-19.823/11. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Ernesto Juan Aguilera, solicitando al señor Ministro de Salud Pública informe sobre el estado edilicio y las condiciones precarias en que viene funcionando el centro sanitario de la localidad de La Candelaria. Se aprueba…………………………………………………………………………………………….

12. Expte. Nº 90-19.839/11. Consideración del proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, requiriendo al señor Ministro de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos informe sobre la actuación de la Policía en el barrio San Francisco Solano de la ciudad de Salta. Se rechaza……………………………………………………………………………………… .

13. Expte. Nº 90-19.840/11. Consideración del proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, requiriendo al señor Ministro de Desarrollo Económico informe sobre la nómina de beneficiarios de los fondos restantes que se han gestionado mediante el Decreto Nº 927 – Convenio 1/10. Se aprueba………………………………………………………………………………

14. Expte. Nº 90-19.874/11. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Onofre Arnaldo Barboza, solicitando al Ente Regulador del Servicio de Gas informe sobre los motivos por los cuales la empresa CONTA SRL paralizó las obras de conexión de red de gas en el departamento Anta. Se aprueba………………………………………………………………………………..

15. Expte. Nº 90-19.876/11. Consideración del proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, requiriendo al señor Ministro de Salud Pública informe sobre los programas y acciones que se han diseñado y aplicado en torno a generar prevención de suicidios y a la prevención y tratamiento de las adicciones en la provincia de Salta desde 2009 a la fecha. Se aprueba………………………………………………………………………………………………

16. Expte. Nº 90-19.891/11. Consideración del proyecto de resolución de los señores Senadores Claudia Silvina Vargas, Bernardo Emeterio Soriano y Ernesto Juan Aguilera, requiriendo al señor Secretario de Energía informe sobre la situación actual del pozo de exploración o producción de Hidrocarburos “Martínez del Tineo”. Se aprueba……………………………….

17. Consideración de mociones de tratamiento sobre tablas………………………………………….

18. Expte. Nº 91-26.420/11. Consideración del proyecto de ley en revisión declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 77 del departamento General Güemes, teniendo en cuenta el Decreto Nº 2.763/11 por el cual se lo observa parcialmente. Se aprueba y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación………………………………………………………….

19. Expte. Nº 90-19.847/11. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, declarando de Interés las actividades a realizarse en Campo Quijano, en el marco de los festejos en Conmemoración del 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia. Se aprueba…

20. Expte. Nº 90-19.848/11. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, declarando de Interés de la Cámara la Fiesta y Feria de la Papa Andina, a realizarse en el paraje El Alfarcito, departamento Rosario de Lerma. Se aprueba…….

21. Exptes. Nros. 90-19.826/11 y 90-19861/11. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, el Poder Ejecutivo Nacional y los señores Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, arbitren y gestionen las medidas necesarias a los fines que se solucione el desabastecimiento de combustibles. Se acumula con el proyecto del señor Senador Néstor Eduardo Parra expediente Nº 90-19861/11 y se aprueba…………………………………………………………………………………….

22. Expte. Nº 90-19.849/11. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial la Fiesta y Feria de la Papa Andina a realizarse en el paraje El Alfarcito, departamento Rosario de Lerma. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………….

23. Expte. Nº 90-19.850/11. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial las actividades a realizarse en el municipio de Campo Quijano, en el marco de los festejos en Conmemoración del 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia. Se aprueba…………………………………………………

24. Expte. Nº 90-19.879/11. Consideración del proyecto de declaración de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, viendo con agrado la construcción de un matadero municipal para la ciudad de Cafayate. Se aprueba……………………………………………………………………………….

25. Expte. Nº 90-19.883/11. Consideración del proyecto de declaración de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, viendo con agrado la asignación de recursos necesarios para que se produzca la obra de ampliación de la primer ala de la Escuela Normal de Cafayate. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………………………………………..

26. Expte. Nº 90-19.880/11. Consideración del proyecto de declaración de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, viendo con agrado no se autorice el pedido de incremento de la tarifa del transporte público de pasajeros. Se aprueba……………………………………………………….

27. Expte. Nº 90-19.890/11. Consideración del proyecto de declaración de los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea, Jorge Luis Rodríguez, Onofre Arnaldo Barboza, Pablo Raúl Díaz, Néstor Eduardo Parra, Manuel Héctor Luque y Ernesto Juan Aguilera, viendo con agrado que los Legisladores Nacionales de la provincia de Salta gestionen ante los organismos nacionales competentes la aplicación correcta de la alícuota que grava al tabaco en el derecho de exportación. Se aprueba……………………………………………………………………………………………

28. Expte. Nº 90-19.892/11. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Héctor Edgar Mamaní, declarando de Interés de esta Cámara el Primer Torneo Internacional de Fútbol Sub 17, a realizarse en el departamento San Carlos y zona de influencia. Se aprueba

29. Moción de Reconsideración de los Exptes. Nros. 90-19.827/11 y 90-19.879/11……….

30. Expte. Nº 90-19.827/11. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Mashur Lapad, declarando de Interés de la Cámara las Bodas de Plata de la Escuela Primaria Nº 4.312 “Virgen del Milagro”·del paraje La Esperanza, municipio de Rivadavia Banda Sur. Se aprueba.

31. Expte. Nº 90-19.879/11. Reconsideración del proyecto de declaración de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, viendo con agrado la construcción de un matadero municipal para la ciudad de Cafayate. Se aprueba con las modificaciones………………………………………….

32. Expte. Nº 90-19.702/11. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley del señor Senador Pablo Raúl Díaz, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación las fracciones de los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 382 y 456 del departamento Cachi. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados……………………………………………

33. Expte. Nº 90-19.583/11. Consideración del dictamen de la Comisión de Educación y Cultura, en el proyecto de ley de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, modificando el artículo 3° de la Ley 6.475 – Reconocimiento al Mérito Artístico. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados………………………………………………………………………………………………..

34. Expte. Nº 90-19.756/11. Consideración del dictamen de la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado la provisión de una camioneta doble cabina al destacamento policial de la localidad de La Silleta, departamento Rosario de Lerma. Se aprueba….

35. Consideración de proyectos de declaración:

….. 35.1. Exptes. Nros. 90-19.756/11 y 90-19.744/11 (acumulados). Se aprueba……………

….. 35.2. Expte. N° 90-19.746/11. Se aprueba…………………………………………………………………

….. 35.3. Expte. N° 90-19.755/11. Se aprueba…………………………………………………………………

  1. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………..
  2. Apéndice:

                      – Sanciones de la Cámara…………………………………………………………………………..

– En la ciudad de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once, siendo horas 18:54’:

Sr. Presidente (Luque).- Con la presencia de diecisiete señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Luque).- Invito a la señora Senadora por el departamento Santa Victoria, doña Silvia Guadalupe Cabana, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Chicoana, don Luis Francisco D’Andrea, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores senadores Silvia Guadalupe Cabana y Luis Francisco D’Andrea proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día veintitrés de junio del año dos mil once. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día veintitrés de junio del año dos mil once.

3

RATIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resolución de Presidencia Nº 97/11.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Movimiento de Personal, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 1 a 9, 16 a 19, 21, 23 a 34, 43, 45 a 48, 51, 53, 58, 71, 77, 79, 90, 91, 93, 103, 105, 108, 111, 113, 128 a 131, 134 a 136, 142, 145, 151, 153, 190, 192, 196, 198, 200, 203, 204, 232, 233, 236, 238, 240, 250, 251, 252, 262 y 276/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Movimiento de Personal, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 3 a 6, 11 a 13, 15, 17 a 19, 22, 23, 26, 27, 29, 32, 34, 35, 38, 39, 42, 43, 47, 49, 51, 68, 69, 71 a 73/11.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Transferencia, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 28, 61, 70 y 75/11.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Cortesía, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 63 a 67, 74, 76 y 77/11

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 62, 115, 263, 277, 283/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Cortesía, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 39, 40, 72, 75, 78, 120, 121, 124, 139, 156 a 161, 164, 169, 175, 179, 181, 185, 187, 189, 195, 201, 215, 216, 218, 220 a 225, 229, 230, 242, 243, 244, 248, 253, 259, 264 a 267, 271, 273, 275, 278, 280 a 282/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Viáticos, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros.: 44, 69, 73, 80, 119, 123, 176, 183, 184, 219, 239 y 261/10

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Transferencia, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 83, 138, 166 a 168, 180, 182, 188, 217, 226, 227, 231, 234, 237, 241, 246, 247, 258 y 279.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Descentralización de Gastos, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 35, 54, 162, 163, 214, 257, y 269/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 61, 170, 171, 208 y 209/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

4

ASUNTOS ENTRADOS

I

Comunicaciones del Poder Ejecutivo

1. Expte. Nº 90-19.814/11

Pliego solicitando acuerdo para la designación del Dr. Cristian Adrián Babicz, D.N.I. N° 26.232.547, en el cargo de Asesor de Incapaces del Distrito Judicial del Norte – Circunscripción Orán.

– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

2. Expte. Nº 90-19.815/11

Pliego solicitando acuerdo para la designación de la Dra. Karina Patricia Singh, D.N.I. N° 22.180.813, en el cargo de Asesor de Incapaces del Distrito Judicial del Sur – Metán.

– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

3. Expte. Nº 90-19.862/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Modifícanse los artículos 19, 22 y 24 del Anexo de la Ley 6.841 -Principios sobre el Plan de Salud Provincial-, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

“Art. 19.- El hospital público de autogestión será dirigido y administrado por personas físicas reconocidamente expertas en la administración hospitalaria, designados por el Gobernador de la Provincia a partir de una terna que elevará el personal del hospital.

Art. 22.- Los ingresos que perciba el hospital público de autogestión por el cobro de sus prestaciones serán administrados directamente por el mismo, debiendo establecer el Ministro de Salud Pública el porcentaje a distribuir entre:

  1. El fondo de redistribución solidaria, asignado por el Ministerio, con destino al desarrollo de acciones de atención de salud en áreas prioritarias.
  2. El fondo para inversiones, funcionamiento y mantenimiento del hospital, administrado por las autoridades del establecimiento.
  3. El fondo para distribución mensual entre todo el personal del hospital sin excepciones, de acuerdo con las pautas y el porcentaje que el Ministerio de Salud Pública determine en base a criterios de productividad y eficiencia del establecimiento, los cuales deberán ser informados a la Legislatura y al Poder Ejecutivo de acuerdo a la reglamentación que se dicte al efecto.

Los fondos previstos por el presente artículo se encuentran sujetos a la fiscalización de los organismos públicos de control.

Art. 24.- El régimen de empleo del personal del hospital público de autogestión, sin excepción, se regula exclusivamente por las normas del Derecho Público”.

             Art. 2º.- Incorpórase como artículo 22 bis del Anexo de la Ley 6.841 -Principios sobre el Plan de Salud Provincial-, el siguiente:

“Art. 22 bis.- Los efectores de autogestión deberán programar las contrataciones y realizar compras consolidadas a través del sistema que tenga implementado el Poder Ejecutivo.

Resulta aplicable a los Hospitales Públicos de Autogestión el Sistema de Contrataciones de la Provincia y su reglamentación. Sin perjuicio de ello, en el caso de ejecutarse procedimientos con encuadre en los artículos 12 ó 13 de la Ley 6.838, o norma que los reemplace, dichos hospitales, bajo exclusiva responsabilidad del funcionario autorizante, deberán remitir mensualmente a la Sindicatura General de la Provincia y a la Unidad Central de Contrataciones, un informe en donde conste la cantidad de contrataciones que se realizaron, la justificación de la elección del procedimiento y del proveedor, cantidad y descripción de insumos contratados, oferentes cotizantes y oferentes adjudicados, como así también los montos y modalidad de pago de las mismas, acompañando la documentación que acredite la compra”.

            Art. 3º.- De forma.

Dr. Juan Manuel Urtubey

          Gobernador

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

II

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

            Proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado como Matrícula Nº 77 de la localidad de General Güemes, departamento del mismo nombre, con destino al funcionamiento de un establecimiento Educativo Público de Nivel Inicial. (Teniendo en cuenta el Decreto Nº 2.763/11 por el que se observó parcialmente el mencionado proyecto). (Expte. Nº 91-26.420/11)

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Segura.- Señor Presidente: solicito se reserve en Secretaría para el tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Así se hará, señor Senador.

            Proyecto de ley en revisión, disponiendo la traducción de la Constitución de la Nación y de la provincia de Salta a las diferentes lenguas de los pueblos indígenas que habitan en el suelo provincial. (Expte. Nº 91-26.497/11)

– A la Comisión Educación y Cultura.

            Proyecto de ley en revisión, estableciendo el fomento de la Actividad Deportiva y Vida Sana como política de Estado. (Expte. Nº 91-26.755/11)

– A la Comisión de Turismo y Deportes.

III

Comunicaciones Oficiales

            La Secretaría General de la Gobernación remite copia del Decreto Nº 2.763/11, mediante el cual se observa parcialmente el proyecto de ley que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 77 de la localidad de General Güemes. (Ref. Expte Nº 91-26.420/11)

– A sus antecedentes.

            El Ministerio de Finanzas y Obras Públicas remite copia autenticada de los Decretos Nros. 1980, 1892, 2184, 2217, 2223, 2225, 2227, 2231, 2233, 2235, 2241, 2243, 2245, 2247, 2251, 2335, 2340, 2405, 2481, 2506, 2574, 2576, 2605, 2630, 2632 y 2650/11.

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

Informes recibidos en cumplimiento de Resoluciones de Cámara:

            El señor Ministro de Desarrollo Económico C.P.N. Julio César Loutaif, remite respuesta en relación a la Resolución de Cámara Nº 27/11, referida a los proyectos presentados y aprobados para la utilización y/o explotación por parte de los pobladores respecto de los terrenos en la localidad de Tolombón. (Cde. Expte. Nº 90-19.635/11)

– Habiéndose remitido copia a la autora del proyecto y a los Bloques Políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

            Del señor Ministro de Finanzas y Obras Públicas C.P.N. Carlos Parodi, en respuesta a la Resolución de Cámara 26/11, sobre las medidas tomadas y/o a tomar respecto de los cortes en la Cuesta del Obispo (ruta provincial Nº 33), atento a la llegada del período en que se inhabilita por las tormentas de nieve. (Cde. Expte. Nº 90-19.618/11)

– Habiéndose remitido copia al autor del proyecto y a los Bloques Políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

IV

Comunicaciones de Municipios

            El señor Presidente del Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Antonio de los Cobres, remite Declaración Nº 001/11.

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

            El señor Intendente de la Municipalidad de Aguaray remite nota de propuesta e invitación para que el día 10 de agosto del presente año se efectúe en esa ciudad una Sesión de esta Cámara de Senadores a modo de adhesión a los actos programados en oportunidad de la celebración del Centenario Fundacional de Aguaray.

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

            El señor Presidente del Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Enrique Mosconi, remite Resolución Nº 49/11.

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

            El señor Presidente del Concejo Deliberante de Colonia Santa Rosa, remite Resolución Nº 36/11.

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

V

Comunicación Particular

            El señor Félix Enrique Barroso, solicita intervención de esta Cámara para tratar el intento de atropello y despojo patrimonial que se pretende llevar adelante con la instalación del Juzgado Civil, Comercial y de Familia en la ciudad de Joaquín V. González.

– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

VI

Dictámenes de Comisiones

De Economía Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto

            En el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos específicos, solicite en carácter de urgente al Banco Macro S.A. la instalación de un cajero automático en el municipio de La Poma. (Expte. Nº 90-19.764/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, destine los medios necesarios para proveer de una camioneta doble cabina 4 x 4 al Cuerpo de Rescate y Acción Solidaria de Rosario de Lerma. (Expte. Nº 90-19.776/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional

            Proyecto de ley en revisión, estableciendo que la comercialización de motocicletas, ciclomotores y otros vehículos de similares características, debe realizarse entregando al comprador, antes de ser libradas a la circulación y cualquiera fuere la modalidad de pago que se haya pactado, dos cascos reglamentarios de seguridad como parte integrante de la unidad vendida. (Expte. Nº 91-26.172/10)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 75.429 del departamento Capital, con destino a la radicación de un centro deportivo y recreativo. (Expte. Nº 91-23.515/10)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de ley nuevamente en revisión, excluyendo de la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación dispuesta por Ley 7.581, una superficie del inmueble Matrícula N° 3.512, de la localidad Vaqueros, departamento La Caldera. (Expte. Nº 90-19.460/10)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 5.671 de la localidad de Tartagal, con destino a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes. (Expte. Nº 91-24.703/10)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación, los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 103.322, 41.748 y 41.749 del departamento Capital, con destino a la adjudicación en venta a grupos familiares. (Expte. Nº 91-26.713/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado que Poder Ejecutivo Provincial arbitre las medidas necesarias a los fines que al Destacamento Policial de la localidad de La Silleta se le otorgue la categoría de Sub-Comisaria, incrementando sus recursos humanos, dotándolo de equipamiento informático y otro móvil policial. (Expte. Nº 90-19.774/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            Proyectos de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre las medidas necesarias, a los fines que se disponga la creación de un Destacamento Policial en la localidad de Misión La Paz en el municipio de Santa Victoria Este, departamento de Rivadavia. (Exptes. Nº 90-19.807/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre las medidas necesarias a los fines que al Destacamento Policial de la localidad de Victoria del municipio de Santa Victoria Este se le otorgue la categoría de Sub-Comisaria, incrementando sus recursos humanos, dotándolo además de equipamiento informático y otro móvil policial. (Expte. Nº 90-19.804/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que las Autoridades del ANSeS Nación y Salta, arbitren las medidas necesarias para la instalación de Terminales de Autogestión Electrónica en las localidades de Victoria, Rivadavia y La Unión. (Expte. Nº 90-19.806/11)

-Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Obras Públicas e Industria:

En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre las medidas necesarias a los fines que se ejecuten las obras de construcción de plantas de tratamiento de líquidos cloacales y red cloacal en las localidades de Rivadavia, La Unión, Coronel Juan Solá – Morillo y Victoria, del departamento Rivadavia. (Expte. Nº 90-19.736/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los señores Legisladores Nacionales por la Provincia gestionen la habilitación del servicio de telefonía pública y que se instale el equipamiento correspondiente para dotar el servicio de telefonía domiciliaria y celular en la localidad de Alto La Sierra, del municipio de Santa Victoria Este, departamento Rivadavia. (Expte. Nº 90-19.737/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado se ejecute la obra de perforación de un pozo profundo de agua, con la construcción de un tanque elevado de almacenamiento y red de distribución domiciliaria en la comunidad aborigen de Misión Cañaveral en el municipio de Santa Victoria Este, departamento Rivadavia. (Expte. Nº 90-19.738/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Alfredo Jorge, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios necesarios para la refacción y construcción de tres aulas y tinglado de usos múltiples en la Escuela Nº 4547 “Emilio Espelta” del paraje Las Palmas, departamento Cerrillos. (Expte. Nº 90-19.739/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Federico Miguel Segura, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios necesarios para realizar la obra de renovación de la cañería en el Hospital Dr. Joaquín Castellanos del municipio de General Güemes. (Expte. Nº 90-19.742/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Federico Miguel Segura, viendo con agrado la construcción de un salón de usos múltiples en la Escuela Nº 4.678, donde también funciona el Colegio Secundario Rural Nº 5.195, ubicada en el municipio de General Güemes. (Expte. Nº 90-19.743/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Leonardo Lunda, viendo con agrado la realización del estudio, proyecto y posterior ejecución de una represa en la localidad de Colanzulí, para proveer de agua a las poblaciones de Abra Laite, Río Grande, Campo Carreras y Pueblo Viejo. (Expte. Nº 90-19.745/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado el estudio técnico y obra de construcción de una ciclo vía en la ruta provincial Nº 36, en la ciudad de Rosario de Lerma y en la jurisdicción de Campo Quijano. (Expte. Nº 90-19.747/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado se ejecuten las obras de construcción de plantas de tratamiento de líquidos cloacales y red cloacal en las localidades de Campo Quijano y La Silleta, departamento Rosario de Lerma. (Expte. Nº 90-19.748/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, viendo con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas disponga la construcción de la terminal de ómnibus en Cafayate. (Expte. Nº 90-19.749/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Manuel Héctor Luque, viendo con agrado la reparación, abovedado y enripiado de la ruta provincial secundaria Nº 16, en el tramo comprendido entre el empalme de la ruta provincial Nº 25 hasta la Estación Agropecuaria El Carancho, en el departamento Rosario de la Frontera. (Expte. Nº 90-19.754/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado el tendido de la red desde la localidad de Palermo Oeste, en el departamento Cachi, hasta la localidad de Potreros, en el departamento La Poma. (Expte. Nº 90-19.761/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado se realice el estudio necesario para ejecutar la obra de construcción de una nueva cisterna y red de agua potable para el pueblo de La Poma. (Expte. Nº 90-19.762/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado la construcción de defensas en las quebradas de El Candado, Buey-Belén y El Mollar. (Expte. Nº 90-19.763/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Onofre Arnaldo Barboza, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial instrumente las medidas necesarias para que se proceda a la refacción de la Escuela Nº 4.498 “Pedro B. Palacios”, perteneciente al municipio de Joaquín V. González, departamento Anta. (Expte. Nº 90-19.767/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Onofre Arnaldo Barboza, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, arbitre las medidas necesarias para que se construya un puesto sanitario en el barrio El Alto, del municipio de Joaquín V. González, departamento Anta. (Expte. Nº 90-19.769/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre las medidas necesarias para el equipamiento de los pozos de agua perforados en comunidades aborígenes del municipio de Santa Victoria Este, departamento de Rivadavia. (Expte. Nº 90-19.770/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre las medidas necesarias a los fines que por vía provincial o nacional se realicen los planes de viviendas destinadas a familias de las diversas etnias aborígenes de los municipios de Rivadavia Banda Norte, Rivadavia Banda Sur y Santa Victoria Este, departamento Rivadavia (Expte. Nº 90-19.771/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado se ejecute la obra de reparación, mantenimiento, señalización y ensanchamiento de calzada del camino comprendido en el tramo de la ruta nacional 34, Balbuena-Planta de Plus Petrol hasta la localidad de Alto La Sierra del municipio de Santa Victoria Este, departamento Rivadavia. (Expte. Nº 90-19.772/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado que Poder Ejecutivo Provincial arbitre las medidas necesarias a los fines que se realice un estudio técnico y la ejecución de la obra para evitar el desborde de las aguas pluviales del Canal Secundario Nº 3 del Dique las Lomitas, en el departamento Rosario de Lerma. (Expte. Nº 90-19.773/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial destine los fondos a fin de construir paradores o refugios en distintos tramos de la ruta nacional Nº 51, en el tramo comprendido entre La Merced Chica y el ingreso a Campo Quijano. (Expte. Nº 90-19.775/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración de la señora Senadora Catalina Elsa Ponna, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios necesarios para la refacción de los sanitarios y terminación del anfiteatro de la Escuela de Comercio Nº 5002 “Alejandro Aguado” de la ciudad de Tartagal, departamento General San Martín. (Expte. Nº 90-19.779/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Educación y Cultura:

            En el proyecto de resolución de la señora Senadora Catalina Elsa Ponna, declarando de Interés del Senado la celebración del Centésimo aniversario de la fundación de la localidad de Aguaray, departamento General San Martín. (Expte. Nº 90-19.780/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Héctor Edgar Mamaní, declarando de Interés de esta Cámara la celebración del Centenario de la Comunidad Educativa N° 4.354 “Jorge Newbery” del municipo de Angastaco, departamento San Carlos. (Expte. Nº 90-19.782/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración de la señora Senadora Catalina Elsa Ponna, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial declare, el día 16 de agosto del corriente año, Capital por un día a la localidad de Aguaray, departamento General San Martín, con motivo de cumplirse los 100 años de su fundación. (Expte. Nº 90-19.781/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Manuel Héctor Luque, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial efectúe un relevamiento general, del personal y el estado en que se encuentran los edificios educacionales del departamento Rosario de la Frontera. (Expte. Nº 90-19.794/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente:

            En el proyecto de declaración del señor Senador Onofre Arnaldo Barboza, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial realice un relevamiento de las canteras de áridos del río Juramento, entre los trayectos de Balbuena, El Ceibalito, Coronel Olleros, El Algarrobal, Joaquín V. González y Laguna Blanca. (Expte. Nº 90-19.768/11)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de ley nuevamente en revisión, adhesión de la provincia de Salta a la Ley Nacional 26.093 que establece el Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentable de Biocombustibles. (Exptes. Nros. 90-18.082/08, 90-18.317/09 y 91-26.792/11 – acumulados).

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Turismo y Deportes:

            En el proyecto de ley de los señores Senadores Leonardo Lunda, Guadalupe Silvia Cabana, Claudia Silvina Vargas, Federico Miguel Segura, Bernardo Emeterio Soriano, Néstor Parra, Gustavo Adolfo Ruberto Saenz, Alberto Froilán Pedroza y Jorge Luis Rodríguez, modificando la Ley N° 6710 “Ley del Deporte”. (Exptes. Nros. 90-19.030/10 y 90-18.716/10 – acumulados).

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

VII

Proyectos de Ley

1

Expte. Nº 90-19.813/11

            El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

COLEGIO DE INSTRUMENTADORES QUIRÚRGICOS DE LA PROVINICA DE SALTA Y EJERCICIO PROFESIONAL DE LA INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA

De las finalidades y propósitos

  1. Asegurar y atender el correcto y regular ejercicio de la profesión, así como su eficaz desempeño en resguardo de la salud pública, estableciendo los medios necesarios para estos fines.
  2. Promover ante los poderes públicos la sanción de leyes, reglamentos, etc., relacionados con el ejercicio profesional, como así también al mejoramiento científico cultural, moral y económico de los licenciados instrumentadores y/o Técnicos Instrumentadores Quirúrgicos.
  3. Contribuir con las autoridades al estudio y solución de problemas relacionados con el ejercicio de la profesión.

EJERCICIO PROFESIONAL DE LA INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA

TÍTULO I

Disposiciones Generales

            Artículo 1º.- El ejercicio profesional de la Instrumentación Quirúrgica en todo el territorio de la provincia de Salta, quedará sujeto a las disposiciones de la presente Ley, su reglamentación y Estatuto del Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos que en su consecuencia se dicte.

            Art. 2º.- Se considera ejercicio de la instrumentación quirúrgica al arte, la ciencia y la disciplina del área de la salud ejercida por licenciados y/o técnicos superiores en instrumentación quirúrgica que tiene como misión: asistir, controlar, supervisar y evaluar en lo que atañe en su área específica el proceso de atención al paciente desde su ingreso al quirófano hasta su egreso de la sala de recuperación post anestésica.

            Asume la responsabilidad laboral de una manera ética y profesional e integra activamente el equipo técnico y profesional que realiza su tarea en el centro quirúrgico de nivel 1 (bajo riesgo), nivel 2 (mediano riesgo) y nivel 3 (alto riesgo).

            Se considera prácticas de la instrumentación quirúrgica las que se mencionan en los siguientes incisos, que tienen carácter de enunciativos:

  1. La aplicación de las tecnologías a las que los habilitan los correspondientes títulos, mediante la aplicación de normas con relación al paciente, con relación al acto quirúrgico, en relación a la organización y funcionamiento del centro quirúrgico;
  2. La gestión, administración, docencia e investigación, auditoría y asesoramiento en las áreas de su incumbencia;
  3. La presencia e integración de los tribunales o jurados en los concursos para el ingreso y cobertura de los cargos técnicos;
  4. La integración y participación en los organismos que regulen y controlen el ejercicio de los instrumentadores quirúrgicos.

            Art. 3º.- La habilitación en el ejercicio de la profesión, control y el gobierno de la matrícula respectiva, se practicará por medio del Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos de la provincia de Salta.

            Esta entidad deberá comunicar a la dependencia competente del Ministerio de Salud Pública el otorgamiento de la matrícula, suspensión o cese.

TÍTULO II

Del ejercicio de la profesión

            Art. 4º.- La profesión solo podrá ser ejercida por las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Poseer título habilitante de instrumentador quirúrgico, licenciado en instrumentación quirúrgica o técnico en instrumentación quirúrgica emitido por autoridad competente, sea universidad pública o privada, establecimientos terciarios o título habitante que en el futuro se cree, emitida o convalidada por autoridad competente según las normas que rijan en la materia;
  2. Poseer matrícula otorgada por el colegio de Instrumentadores Quirúrgicos. Cuando el título fuera otorgado por universidades extranjeras, deberá revalidarse ante el Colegio de Instrumentadores, conforme lo determine la reglamentación vigente en la materia.

            Art. 5º.- Prohibición. Queda prohibido a toda persona que no esté comprendida en la presente Ley, participar en las actividades o realizar las acciones propias y específicas de instrumentación quirúrgica. Quienes actuaren fuera de cada uno de los niveles considerados en el presente serán pasibles de las sanciones que correspondieren por la aplicación de las normas administrativas y/o las disposiciones del código civil y penal.

            Art. 6º- Responsabilidades. No podrán ejercer la profesión las personas inhábiles profesionalmente así como tampoco los excluidos de la matrícula del Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos.

            Art. 7º.- Los responsables de la dirección, administración o conducción de los efectores de salud que contrataren para realizar las funciones o incumbencias propias de los instrumentadores quirúrgicos a personas que no reúnan los requisitos exigidos por la presente Ley o directa o indirectamente las obligaren a realizar tareas fuera de los límites de cada uno de los niveles antes mencionados, se harán pasibles de las sanciones que correspondieren por la aplicación de las normas administrativas y/o disposiciones del código civil y penal.

            Art. 8º.- Los servicios profesionales del Instrumentador Quirúrgico brindados por representación o instituciones públicas o privadas, serán ejercidos con la ineludible dirección inmediata del profesional que haya cumplido todas las condiciones establecidas en la presente Ley.

            Art. 9º.- Ninguna autoridad o repartición pública efectuará nombramiento de personas para el ejercicio de instrumentación quirúrgica sin que se acredite fehacientemente el cumplimiento de los requisitos exigidos.

            Art. 10.- Sin perjuicio a otras normas generales o específicas, establecidas en la presente Ley, el uso del título estará sometido a los siguientes recaudos:

  1. Solo será permitido en las personas de existencia visible que lo posean y que se hayan matriculado de acuerdo a las exigencias de la presente Ley;
  2. En las sociedades profesionales o cualquier clase de agrupación correspondiente que individualmente cada uno de los integrantes posean título profesional habilitante.

            Art. 11.- Se considerará uso del título toda actuación que permita inferir la idea del ejercicio de la profesión del Instrumentador Quirúrgico.

            Art. 12.- Los licenciados y/o técnicos que provengan de países en los cuales haya convenio y que se encuentren en tránsito por la Provincia, contratados por instituciones públicas o privadas, estarán habilitados para el ejercicio de la profesión para tales fines, previa inscripción transitoria en el Colegio de Instrumentadores y cumplimiento de las normas vigentes.

TÍTULO III

De los Derechos y Obligaciones

            Art. 13.- Los licenciados y/o técnicos a que se refiere esta Ley podrán:

  1. Ejercer la profesión o actividad quirúrgica de conformidad con lo establecido en la presente Ley y su reglamentación;
  2. Asumir responsabilidades acordes en la incumbencia de su profesión en las condiciones que determine la presente Ley y su reglamentación;
  3. Negarse a realizar o colaborar en la ejecución de prácticas que entren en conflicto con sus convicciones religiosas, morales o éticas, siempre que de ello no resulte un daño en las personas que quieren esa práctica;
  4. Contar con todos los recursos o plantas físicas que reúnan las condiciones y medio ambiente de trabajo de acuerdo con las leyes, reglamentaciones y otras normas vigentes en la materia. Además del equipamiento y material de bioseguridad que promuevan la salud laboral y la prevención de enfermedades laborales;
  5. Participar en las distintas organizaciones a nivel local, nacional e internacional de la profesión;
  6. Participar en la formulación, diseño, habilitación, categorización, acreditación, control e implementación de las políticas, planes y programas de atención de la salud inherentes a su profesión;
  7. Integrar los organismos que regulen y controlen el ejercicio de la instrumentación quirúrgica en toda la provincia de Salta, en todos sus niveles;
  8. Participar en organismos de regulación, habilitación, categorización, acreditación y control de los establecimientos dedicados a la atención de la salud y la evaluación de la calidad de aplicación de las tecnologías sanitarias en todos los subsectores del sistema de salud.

            Art. 14.- Los licenciados y/o técnicos a que se refiere esta Ley están obligados a:

  1. Velar y respetar en todas sus acciones por la dignidad de las personas sin discriminación de ninguna naturaleza;
  2. Velar y respetar en las personas el derecho de la vida, sus creencias y valores;
  3. Prestar la colaboración que sea requerida por las autoridades sanitarias en el ámbito de su incumbencia en caso de epidemia, desastres y otras emergencias;
  4. Ejercer las actividades que le son propias, dentro de los límites de sus incumbencias, determinadas por esta Ley y su reglamentación y no delegar en personas no habilitadas, facultades, funciones o atribuciones exclusivas de su función o actividad laboral;
  5. Mantener válidas sus competencias mediante la actualización permanente, conforme lo determine la presente Ley y su reglamentación;
  6. Mantener el secreto y la confidencia de la información de acuerdo con las normas legales vigentes que rigen en la materia.

TÍTULO IV

Del Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos

            Art. 15.- Créase el Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos de la provincia de Salta con carácter de persona jurídica de derecho público, con asiento en la ciudad de Salta.

            El mismo podrá actuar pública o privadamente para cumplir los objetivos de interés general, que se especifican en la presente Ley, siendo su jurisdicción todo el territorio de la provincia de Salta.

            Art. 16.- La organización y funcionamiento del Colegio se rige por la presente Ley, su reglamentación, estatuto, reglamentos internos y códigos de ética profesional que en su consecuencia se dicte.

            Art. 17.- Serán autoridades del Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos de la provincia de Salta:

  1. La Asamblea de Colegiados;
  2. La Comisión Directiva;
  3. Los Revisores de Cuentas;
  4. El Tribunal de Ética y Disciplina.

            Art. 18.- La Asamblea es la autoridad máxima del Colegio y estará integrada por la totalidad de los licenciados o técnicos inscriptos en la matrícula y sus decisiones tomadas de conformidad con ésta, serán obligatorias para todos los colegiados.

            Art. 19.- Las Asambleas serán Ordinarias y Extraordinarias.

            La Asamblea Ordinaria se reunirá cada año en la fecha que establezca el reglamento interno, para tratar los asuntos de competencia del Colegio y de la profesión en general. La Asamblea Extraordinaria será convocada por la Comisión Directiva o cuando lo solicitaren por lo menos el veinte por ciento (20%) debiendo mencionarse los asuntos a considerar.

            Art. 20.- La Asamblea deliberará con la presencia de más de un tercio de los profesionales inscriptos en la matrícula que se encuentren en el padrón respectivo confeccionado al efecto. Transcurrida una hora fijada para la iniciación se celebrará con los miembros presentes y sus decisiones serán válidas u obligatorias para todos los colegiados. Las decisiones se tomarán por simple mayoría. En caso de empate el Presidente decidirá mediante el ejercicio de su facultad de doble voto.

            Las citaciones se efectuarán con quince (15) días de anticipación, mediante la publicación del Orden del Día, fecha y hora en el Boletín Oficial y en un diario de la Provincia.

            El Presidente y el Secretario de la Asamblea serán elegidos directamente por los socios en la Asamblea. La Comisión Directiva confeccionará el padrón de profesionales en condiciones de participar con voz y voto en la Asamblea, no debiéndose incluir a los colegiados que adeuden cuotas ordinarias o extraordinarias o cualquier otro pago al Colegio hasta el mes inmediato anterior a la fecha de la realización de la Asamblea.

            Art. 21.- El gobierno, administración, representación social y legal del Colegio será por la Comisión Directiva, que estará integrada por: un (1) Presidente; un (1) Vicepresidente; un (1) Secretario General; un (1) Secretario de Actas; un (1) Tesorero; cuatro (4) Vocales Titulares y cuatro (4) Vocales Suplentes.

            La duración de los mandatos de todos los integrantes será de dos (2) años, pudiendo ser reelectos.

            Art. 22.- Se requerirá un mínimo de cinco (5) años en el ejercicio para los cargos de Presidente y Vicepresidente.

            Son atribuciones y derechos del Comité Ejecutivo:

  1. Representar al Colegio;
  2. Asegurar el correcto y regular ejercicio profesional y su eficaz desempeño en resguardo de salud pública. Todo ello de la observación de las más puras normas éticas, elevando al Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional las transgresiones o incumplimientos para su dictamen o sanción;
  3. Ejecutar las sanciones dispuestas por el Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional;
  4. Organizar y llevar el registro de matrícula de los profesionales;
  5. Establecer tasas y derechos de inscripción, etc. que puedan derivarse del registro laboral profesional;
  6. Gestionar ante poderes públicos el régimen laboral y sus modificaciones en el futuro;
  7. Designar las comisiones y subcomisiones que estime necesarias, las que podrán no estar constituidas por miembros de los órganos directivos;
  8. Organizar los legajos con los antecedentes profesionales de cada matriculado y producir informes sobre dichos antecedentes a solicitud del interesado o de la autoridad competente;
  9. Recaudar y administrar los fondos del Colegio, fijar dentro del presupuesto las respectivas partidas de gastos, sueldos del personal administrativo, viáticos, emolumentos y toda otra inversión necesaria al desarrollo económico de la institución;
  10. Disponer el nombramiento y remoción de empleados y fijar sus sueldos, viáticos o emolumentos;
  11. Colaborar con los poderes públicos en toda gestión vinculada al ejercicio del arte de la instrumentación y especialmente para combatir el ejercicio ilegal de la profesión.

            Art. 23.- Los miembros de la Comisión Directiva recibirán un viático o emolumento como retribución a su trabajo.

            Art. 24.- El Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional tiene por funciones instruir los sumarios correspondientes, dictar resolución sobre cualquier transgresión a las leyes, decretos y todas las disposiciones sobre el ejercicio profesional y del Código de Ética.

            Art. 25.- No podrán ser electores ni electos aquellos colegiados que adeuden sus cuotas societarias o que se encuentren con causal de inhabilitación para el ejercicio de la profesión.

            Art. 26.- Son requisitos para ser miembros del Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional:

  1. Encontrarse inscripto en la matrícula profesional;
  2. No haber sido sancionado disciplinariamente;
  3. No haber tenido suspensión en la matrícula;
  4. Tener las cuotas societarias al día.

            Art. 27.- Serán función del revisor de cuentas (titular o suplente):

  1. Examinar los libros de contabilidad y documentos del Colegio de Instrumentadores, como mínimo una vez en forma mensual;
  2. Asistir a las sesiones de la Asamblea en el carácter que reviste;
  3. Fiscalizar la administración, controlando el estado de la caja y comprobando la existencia de todos los valores;
  4. Dictaminar sobre la Memoria y Balance General, Inventario y Cuentas de Ganancias y Pérdidas presentadas por la Comisión Directiva.

            Art. 28.- El patrimonio del Colegio estará integrado por:

  1. El aporte de inscripción de la matrícula;
  2. La cuota social de los miembros, cuyo monto será fijado por la Comisión Directiva;
  3. Las donaciones, legados, subvenciones, etc.;
  4. Intereses y los frutos civiles de sus bienes y créditos;
  5. Otros recursos que establecerá la Comisión Directiva.

            Art. 29.- La falta de pago de las cuotas importará apercibimiento o suspensión de la matrícula profesional, lo que de inmediato será comunicado a las autoridades pertinentes.

De la Junta Electoral

            Art. 30.- La Comisión Directiva se encargará de convocar a elecciones de cargos, según lo establecido en esta Ley y Reglamentos. Las elecciones de realizarán treinta (30) días antes de la finalización de cada período y serán convocados sesenta (60) días antes de la finalización de cada mandato.

            Art. 31.- La Junta Electoral estará compuesta por dos miembros titulares y dos suplentes. El Reglamento interno establecerá el procedimiento electoral, fecha de iniciación y cese de los respectivos mandatos.

            Art. 32.- La Junta Electoral elaborará el padrón de electores y nómina de miembros elegibles para cada órgano y establecerá las normas que regirán el proceso desde la convocatoria hasta la proclamación de los electos.

            Art. 33.- La elección de autoridades se realizará por lista completa y previamente oficializada ante la autoridad electoral, la que deberá presentarse con la firma de sus integrantes.

            Art. 34.- En caso de empate en una elección se convocará a los electores a una segunda vuelta.

TÍTULO V

Régimen disciplinario

            Art. 35.- El Ejercicio.

            El poder disciplinario sobre los matriculados es ejercido por el Tribunal de Ética y Disciplina sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa que pueda imputarse a los matriculados.

            Art. 36.- Medidas disciplinarias. Se establecen las siguientes:

  1. Llamado de atención;
  2. Apercibimiento;
  3. Suspensión de la matrícula;
  4. Cancelación de la matrícula.

            Art. 37.- Graduación.

            Las medidas disciplinarias establecidas en el artículo anterior deberán aplicarse graduándolas en proporción a la gravedad de la falta o incumplimiento en que hubiere incurrido el matriculado.

Disposiciones Transitorias:

  • El personal que a la entrada en vigencia de la presente Ley cumpla funciones y actividades propias del título habilitante como técnico contratado o designado en el sistema de salud, sin poseer el título de conformidad a lo establecido en la presente, continúan en ese ejercicio con sujeción de las siguientes disposiciones:
    1. Inscribirse en un registro especial elaborado por el Colegio de Instrumentadores (Tribunales de Ética) y aprobar una evaluación teórico práctica sobre las competencias e incumbencias de la función o actividad que desempeñan dentro de los ciento veinte (120) días de entrada en vigencia de la presente Ley. El personal que se encuentre en las condiciones previstas en el párrafo anterior está sujeto al siguiente régimen:
      1. Iniciar el ciclo lectivo inmediatamente para obtener el título habilitante indicado, dentro de un plazo improrrogable de tres (3) años para la carrera de Técnico Superior de Instrumentación Quirúrgica y de cinco (5) años para la carrera de Licenciado en Instrumentación Quirúrgica;
      2. Cumplir todas las obligaciones y acatar el régimen disciplinario de la presente.
      3. Estar sometido a la supervisión y control del Tribunal de Ética.

Disciplina del Colegio de Instrumentadores

            Para la realización de los estudios respectivos tiene derecho al uso de licencias y franquicias horarias con un régimen similar al que por razones de estudio o para rendir exámenes prevé la ley, salvo que otras normas estatutarias o convencionales aplicables a cada ámbito fuesen favorables.

            Se respetan las remuneraciones aún cuando la autoridad del Tribunal de Ética del Colegio les limite o modifique sus funciones en resguardo de la salud de la población.

            El personal que a la entrada en vigencia de la presente cumpla funciones o actividades propias del título habitante como profesionales técnicos contratados o designados en el sistema de salud sin poseer título habitante y que no se haya inscripto o no haya aprobado la evaluación en el término previsto en la disposición transitoria apartado a), cesa en sus funciones y actividades propias del título habilitante y será reubicado en otras tareas.

            La Comisión Directiva garantiza el cumplimiento de la formación profesional prevista en el inciso a) de la cláusula precedente y verificará su cumplimiento en el sector público, privado y de la seguridad social. La Comisión Directiva y el Tribunal de Ética establecen los mecanismos de auditoría y evaluación sistemática del grado de cumplimiento progresivo del artículo precedente.

            La Comisión Directiva garantiza con el Tribunal de Ética la habilitación de plazas suficientes en los sistemas educativos habilitados a fin de posibilitar la formación profesional prevista en la cláusula primera inciso a), a todas las personas incluidas en dicha condición, procurando que las actividades educativas se realicen en los mismos lugares de trabajo.

            La Comisión Directiva priorizará a nivel de grado el ejercicio de funciones jerárquicas de dirección, asesoramiento, docencia e investigación. Asimismo corresponde a este nivel presidir e integrar los tribunales que entiendan en los concursos para el ingreso y cobertura de cargos hasta que se regularice el título de grado en las tecnicaturas no universitarias.

Manuel Héctor Luque – Luis Francisco D’Andrea – Néstor Eduardo Parra

 – A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

2

Expte. Nº 90-19.846/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Créase el Fondo Permanente para el Equipamiento, Capacitación y Financiamiento Operativo de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Salta.

            Art. 2º.- El Fondo tendrá por objeto disponer un porcentaje anual del Presupuesto Provincial el que será destinado de acuerdo a las pautas que establezca el directorio de administración del Fondo y considerando las demandas que planteen los cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Salta.

            Art. 3º.- La administración del Fondo estará a cargo de un directorio integrado por representantes del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos de la Provincia, de la Cámara de Diputados, de la Cámara de Senadores y de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios.

            Art. 4º.- Disponer la constitución de un registro de los cuerpos de Bomberos Voluntarios existentes en toda la Provincia de Salta en el cual consten detalles de sus autoridades, equipamientos con los que cuentan y zona de influencia.

            Art. 5º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente proyecto de ley busca empezar a generar las condiciones necesarias para dar respuestas a un sector de la Provincia que de manera constante formula peticiones y gestiona recursos para llevar adelante una sustantiva tarea de índole social y que muchas veces esos planteos no son considerados.

            La tarea que desarrollan los bomberos voluntarios en varios puntos de nuestra Provincia es llevada a cabo prácticamente a pulmón y depende del compromiso comunitario de quienes forman parte de los diferentes cuerpos.

            Sin duda es una labor admirable la que día a día protagonizan los bomberos voluntarios y en diversas oportunidades ese esfuerzo no es del todo reconocido.

            Trabajan en condiciones no muy apropiadas porque no cuentan con los recursos ni con los equipamientos que se precisan para este tipo de labor.

            Con aportes propios, donaciones y pedidos que se gestionan durante años sacan adelante las más trágicas situaciones poniendo en evidencia la vulnerabilidad a la que se exponen.

            De vez en cuando vemos cómo el Estado obtiene recursos y se adquiere de manera aislada un camión cisterna para tal o cual cuerpo de bomberos y mientras un cuerpo resulta beneficiado otro se resigna y observa cómo se posterga la posibilidad de avance.

            Frente a esta realidad es que debemos generar instrumentos que nos permitan destrabar esta situación y de manera paulatina reconocer el noble desempeño de muchos ciudadanos que trabajan en los cuerpos de Bomberos Voluntarios.

            Recientemente y como antecedente inmediato la Provincia de Buenos Aires ha sancionado una norma similar a la que hoy estamos poniendo a consideración de los señores legisladores. Ellos han realizado el mismo diagnóstico y han tomado cartas en el asunto.

            Por estas razones es que solicito a mis pares la aprobación de este proyecto de ley.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

3

 Expte. Nº 90-19.852/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación la Sección H del inmueble identificado con la Matrícula Nº 13.417, del departamento General Güemes, delimitado por: la continuación de la calle Pedro Mesple al Norte, calle Avellaneda al Sur, calle Los Sauces al Oeste y calle de inicio o comienzo del Barrio 1º de Mayo (sin nombre) al Este, destinando dos hectáreas para ampliación del cementerio Cristo Rey y el resto para loteo de acceso a familias de escasos recursos y construcción de viviendas por parte del I.P.V.

            La fracción mencionada es la que tiene forma, tamaño y ubicación detallada en el plano o croquis que como anexo se acompaña y forma parte del presente proyecto de ley.

            Art. 2º.- Ordénese a la Dirección General de Inmuebles a efectuar, por sí o por terceros, la mensura, desmembramiento y parcelación de la fracción del inmueble detallado en el artículo 1º, una vez efectivizada la toma por parte de la Provincia.

            Art. 3º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 4º.- De forma.

Federico Miguel Segura

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente proyecto de ley de expropiación del inmueble Matrícula Nº 13.417, Sección H, del departamento General Güemes, se fundamenta en el incremento demográfico, el déficit habitacional y el elevado porcentaje de familias que carecen de vivienda única y otras que, además, viven en situación de hacinamiento, por cuanto residen en un mismo inmueble distintas generaciones, pertenecientes a una sola familia propietaria, encontrándose en estos motivos las causas de la utilidad pública invocada, junto a la necesidad de garantizar el acceso a una necesidad básica como es la vivienda, el derecho a la intimidad de cada familia y la dignidad de las personas; por lo que es deber del Estado, a través de sus representantes, ponderar y verificar los extremos de procedencia de la expropiación planteada, gestionando la adquisición del inmueble de sus legítimos propietarios, conforme a derecho, y otorgar la posibilidad de adquirir la vivienda única conforme a los requisitos del I.P.V.

            Debe tenerse en cuenta que un porcentaje de este inmueble debe ser destinado a loteo a fin de poder ser adquirido por familias de menores ingresos económicos y un porcentaje menor, equivalente a dos hectáreas, debe ser destinado a la ampliación del cementerio “Cristo Rey” que se encuentra sobrepasado en su capacidad.

Federico Miguel Segura

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Expte. Nº 90-19.853/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación la Sección B, Fracción N del inmueble identificado con la Matrícula Nº 6.877, con una superficie de 18.196,92 m2 y el inmueble contiguo identificado con Sección B, Fracción M, Matrícula 6876 con una superficie de 19.872 m2 ambos en el municipio de El Bordo, departamento General Güemes, que serán destinados para loteo a través de la Subsecretaría de Tierra y Hábitat a fin de beneficiar el acceso a familias de escasos recursos y construcción de viviendas por parte del I.P.V.

            La fracción mencionada es la que tiene forma, tamaño y ubicación detallado en el plano o croquis que como anexo se acompaña junto a la Cédula Parcelaria e imagen satelital que forma parte del presente proyecto de ley.

            Art. 2º.- Ordénese a la Dirección General de Inmuebles a efectuar, por sí o por terceros, la mensura desmembramiento y parcelación de la fracción del inmueble detallado en el artículo 1º, una vez efectivizada la toma por parte de la Provincia.

            Art. 3º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 4º.- De forma.

Federico Miguel Segura

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente proyecto de ley de expropiación de los inmuebles Matrículas Nros. 6.877 y 6.876 del municipio de El Bordo, departamento General Güemes, se fundamenta en el incremento demográfico, el déficit habitacional y el elevado porcentaje de familias que en El Bordo carecen de vivienda única y otras que además viven en situación de hacinamiento, por cuanto residen en un mismo inmueble distintas generaciones, pertenecientes a una sola familia propietaria, encontrándose en estos motivos las causas de la utilidad pública invocada, junto a la necesidad de garantizar el acceso a una necesidad básica como es la vivienda, el derecho a la intimidad de cada familia y la dignidad de las personas; por lo que es deber del Estado, a través de sus representantes ponderar y verificar los extremos de procedencia de la expropiación planteada, gestionando la adquisición del inmueble de sus legítimos propietarios, conforme a derecho, y otorgar la posibilidad de adquirir la vivienda única conforme a los requisitos del I.P.V.

            Debe tenerse en cuenta que un porcentaje de este inmueble debe ser destinado a loteo bajo supervisión de la Subsecretaría de Tierra y Hábitat a fin de poder ser adquiridos por familias de menores ingresos económicos.

Federico Miguel Segura

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

5

Expte. Nº 90-19.856/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Créase el sistema de tipificación y normalización de prestaciones y servicios gerontológicos y geriátricos de la provincia de Salta, los cuales se regirán por las disposiciones de la presente Ley y su reglamentación.

            Art. 2º.- Entiéndase por Instituciones y/o Servicios Gerontológicos de residencia permanente o no permanente a aquéllos que, salvo la prestación de atención médica integral, tienen como objetivo brindar todos o algunos de los siguientes servicios: alojamiento; alimentación; asistencia médica de primer nivel; recreación; laborterapia u otros servicios relacionados en forma exclusiva a necesidades e intereses de los adultos mayores autoválidos.

            A los mismos fines, se entiende por Instituciones y/o Servicios Geriátricos, los que además de los servicios enunciados estén destinados a la atención biopsíquica de los Adultos Mayores que padezcan enfermedades que requieran de atención médica y de enfermería permanente o no permanente.

            Art. 3º.- El presente sistema se aplicará a toda organización institucional estatal, privada, mixta o cualquier otra figura que surgiera como entidad jurídica, con o sin fines de lucro, que se incluya en los alcances del artículo 2º.

            Art. 4º.- En las Instituciones y/o Servicios Gerontológicos el organismo específico relacionado a la vejez que designe el Ministerio de Desarrollo Humano y/u organismo que lo reemplace de la Provincia, será el encargado de la habilitación, control y supervisión  de los mismos y de velar por la observancia de la presente Ley. En las Instituciones y/o Servicios Gerontológicos la misma función estará a cargo del Ministerio de Salud Pública de la Provincia.

Cada organismo competente deberá conformar un Equipo Profesional  Interdisciplinario Básico integrado por médico geriatra, trabajador social, enfermero, terapista ocupacional y nutricionista, con capacitación en la temática-problemática de la vejez, el que tendrá a su cargo el proceso de habilitación, contralor y supervisión mencionado, además de la implementación de instancias de capacitación en apoyo a las entidades estatales y civiles sin fines de lucro. Ambos equipos deberán trabajar en coordinación. Para la conformación, funcionamiento e implementación de acciones de los mismos, deberá elaborarse y aprobarse el presupuesto correspondiente.

            Art. 5º.- Los organismos mencionados en el artículo 4º, podrán delegar en los municipios de la Provincia el ejercicio de contralor y cumplimiento de la presente Ley por parte de las instituciones y/o servicios. La delegación deberá hacerse mediante convenio -renovable previa evaluación- para el cual el Municipio deberá contar con un Área de Acción Social y/o de Salud y personal capacitado, pudiendo los organismos competentes provinciales, realizar la capacitación necesaria de recursos humanos a tal fin.

            Art. 6º.- Las personas físicas o jurídicas que deseen la habilitación de Instituciones y/o Servicios comprendidos en el artículo 2º, deberán presentarse ante el organismo competente acompañando a su solicitud la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Ley y aquéllas que estén contempladas en la reglamentación correspondiente.

            Art. 7º.- La habilitación para el funcionamiento de las Instituciones y/o Servicios Gerontológicos y/o Geriátricos deberá realizarse mediante un acto administrativo expreso producido por la autoridad competente, previa actuación del Equipo Interdisciplinario Básico, en donde constarán las condiciones de habilitación, las áreas autorizadas a funcionar, servicios que prestará y toda otra característica que haga al correcto funcionamiento de las mismas. La habilitación será permanente mientras la institución acredite anualmente el cumplimiento de los requisitos establecidos para ello, siendo responsabilidad de los organismos competentes la constatación de su funcionamiento de acuerdo a la presente Ley y su reglamentación.

            Art. 8º.- Cuando las instituciones contraten servicios fuera del edificio (alimentación, lavandería y/u otros) como complemento de los que ofrecen, éstos deberán ser suministrados por empresas que se adecuen a la presente norma y posean la habilitación correspondiente.

            Art. 9º.- Cuando una misma institución posea servicios que funcionen en distintos edificios, se deberá analizar cada uno de ellos en forma separada y se hará constar en la habilitación esta situación. La acreditación también será individual.

            Art. 10.- En todos los casos los establecimientos deberán respetar las normas de edificación y construcción establecidas por el municipio de su jurisdicción o por el que constituya cabecera de departamento.

            Art. 11.- Los organismos competentes llevarán un Registro Público donde se detallen las características principales de cada una de las Instituciones y/o Servicios habilitados para quienes la inscripción será obligatoria.

            Art. 12.- Cualquier modificación en la estructura del edificio y/o áreas de funcionamiento y/o servicios que presta y/o en aspectos administrativos-legales, deberá ser comunicada en forma fehaciente al organismo responsable correspondiente dentro de los treinta (30) días de producido el hecho, reviéndose las condiciones atinentes a su habilitación.

            Art. 13.- Los organismos competentes percibirán una Tasa de Habilitación y de Acreditación de acuerdo a lo que establezca la reglamentación, exceptuándose de este requerimiento a las entidades estatales, privadas o mixtas sin fines de lucro.

            Art. 14.- Los organismos competentes abrirán una cuenta bancaria especial en la cual se depositarán los montos recaudados por Tasa de Habilitación y de Acreditación y por sanciones, los que serán destinados con exclusividad a la implementación de programas, proyectos y/o actividades específicas relacionadas a la presente Ley. Si hubiere remanente al vencimiento del ejercicio, pasará al ejercicio siguiente.

            Art. 15.- Los organismos competentes mencionados en el artículo 4º, propiciarán que la capacidad de los establecimientos gerontológicos no supere la cantidad de cuarenta (40) camas.

            Art. 16.- Se propiciará que los municipios de diferentes localidades apoyen o se responsabilicen de la generación de Servicios y/o Instituciones Gerontológicas, que respondan a un diagnóstico específico, que exprese necesidades y recursos existentes en cada lugar y en relación con la Provincia, tendiendo a la regionalización de los mismos.

            Art. 17.- Se fomentará la creación de Servicios y/o Unidades de Geriatría en los hospitales generales dependientes del Ministerio de Salud Pública de acuerdo a un diagnóstico específico que exprese necesidades y recursos existentes en cada lugar y en relación con la Provincia, tendiendo a la regionalización de los mismos.

            Art. 18.- El Ministerio de Salud Pública de la Provincia será responsable y deberá arbitrar los medios necesarios para brindar un adecuado servicio a personas mayores con problemas psiquiátricos y/o demencias que requieran atención médica permanente y que pertenezcan a sectores de escasos recursos que no puedan acceder a instituciones privadas.

            Art. 19.- Se propiciará que los órganos provinciales competentes en la temática y problemática de la vejez, en articulación con las diferentes universidades de la Provincia, brinden la posibilidad de formación de recursos humanos especializados y capacitación a personas que deseen iniciarse y a quienes ya se encuentren trabajando en la misma, para una mejor calidad de atención a los ancianos de nuestra Provincia.

CAPÍTULO I

De las Instituciones Gerontológicas de Estadía Permanente

Planta Física

            Art. 20.- Los establecimientos dedicados a la atención de ancianos autoválidos o semi dependientes deberán realizarla en forma exclusiva y no podrán compartirla con otros usos a excepción de la vivienda del personal que intervenga directamente en la atención de los mismos. En todos los casos deberá resolverse la habitabilidad, el acceso y la libre circulación interna, de acuerdo a lo que estipula la Ley Nacional Nº 24.314, de accesibilidad de personas con movilidad reducida (modificatoria de la Ley Nº 22.431) – Decreto Reglamentario Nº 914/97.

            Art. 21.- Las habitaciones/dormitorios deberán poseer aberturas que aseguren ventilación e iluminación natural directa e iluminación artificial adecuada además de apropiadas condiciones de higiene y seguridad.

            Cada dormitorio tendrá una capacidad máxima de tres (3) camas simples -instituciones con fines de lucro- y cuatro (4) -cuando se trate de instituciones sin fines de lucro-. También podrán disponer de habitaciones con cama doble para matrimonios o parejas residentes.

            Art. 22.- Cada establecimiento deberá contar, como mínimo, con un sanitario cada seis (6) camas que pueden ser internos o contiguos a los dormitorios con acceso cubierto y cerrado, con equipamiento completo (lavamanos, inodoro, bidet y ducha) y agua fría y caliente. Piso antideslizante y asideros correspondientes.

            Art. 23. Los establecimientos deberán disponer de locales de uso común para actividades de distinta índole: comedor, sala de estar, otros, los que deberán tener características de confortabilidad, higiene y seguridad. Estos ambientes deberán estar provistos de equipamiento adecuado acorde al grupo de internos.

            Todos los ambientes deben poseer calefacción en invierno y ventilación apropiada en verano, así como ventilación e iluminación natural suficientes.

Art. 24.- Los establecimientos deberá poseer espacios verdes adecuados para el esparcimiento y realización de diferentes actividades. Se considerará factible la utilización de galerías cubiertas y cerradas (hasta dos lados) para solario y descanso con vista a espacios verdes.

Art. 25.- Los establecimientos contarán con locales de servicios y apoyo necesario (cocina, lavadero, despensa, vestuario y sanitarios del personal, otros) cuya cantidad, dimensiones y equipamiento estarán en proporción a la cantidad de internos y usuarios.

Art. 26.- Los establecimientos deberán contar con un local adecuado, destinado a consultorio interno y a la atención de enfermería de los Adultos Mayores Servicios Básicos.

Art. 27.- La atención integral del anciano interno estará basada en la prestación de servicios que contemple lo preventivo-asistencial, para lo que la institución deberá brindar:

1) Un hábitat que satisfaga las necesidades mínimas indispensables para vivir dignamente, que contemple aspectos socio-culturales relacionados a la identidad del grupo de internos y de cada uno de ellos.

2) Alimentación adecuada a la fisiología de cada uno y del grupo de internos y a sus hábitos culturales, asegurando un apropiado estado de nutrición.

3) Condiciones funcionales que brinden seguridad y fácil integración.

4) Actividades que procuren el bienestar psico-físico y social de la población de la institución de acuerdo a necesidades, intereses, aptitudes y posibilidades del interno, facilitando la convivencia y el encuentro con familiares, allegados y comunidad.

Recursos Humanos

Art. 28.- Cada establecimiento deberá contar con:

1) Un (1) personal directivo o responsable de la organización y funcionamiento de la institución, el que deberá ser profesional universitario con capacitación en la temática-problemática de la vejez.

2) Una (1) mucana como mínimo cada doce (12) internos por turno diurno.

3) Un (1) enfermero y un (1) auxiliar de enfermería o cuidador de Adulto Mayor cada cuarenta (40) internos por turno diurno.

4) Una (1) persona (nochera) en el turno noche cada cuarenta (40) internos, la que deberá ser cuidador de adultos mayores o auxiliar de enfermería.

5) Personal de cocina y lavandería de acuerdo a las necesidades de la institución.

6) Personal de mantenimiento de acuerdo a las necesidades de la institución.

7) Servicio médico para la atención de primer nivel -control y seguimiento del estado psico-físico de los internos- para lo que deben arbitrarse los medios necesarios: concurrencia a un servicio externo de atención médica y/o para recibir atención en la institución.

8) Servicio médico de urgencia, estatal o privado, que asegure la atención de la salud.

            Además como recursos humanos permanentes -para una mejor atención de los residentes- deberá contar con: nutricionista, trabajador social y personal idóneo para actividades de recreación y ocupación del tiempo libre.

En todos los casos se requerirá que el personal tenga capacitación específica en la temática-problemática de la vejez.

CAPÍTULO II

De las Instituciones Geriátricas de Estadía Permanente

Planta Física

            Art. 29.- Además de lo establecido en el Capítulo I -Planta Física- deberán tener:

  • Un consultorio de enfermería separado del consultorio interno y una estación de enfermería cada veinte (20) camas, todos equipados en forma adecuada a las necesidades de los internos.
  • Alojamiento para el personal de guardia en cantidad proporcional al número de personas afectadas al servicio con sanitario propio e interno.
  • Todas las camas deberán ser ortopédicas y se debe contar con la cantidad de sillas de ruedas necesarias para los internos incapacitados.
  • La planta física debe estar dimensionada y equipada (dormitorios, sanitarios y otros) para uso de internos en silla de ruedas.
  • Además de la luz central de las habitaciones cada cama deberá contar con luz y llamador de enfermería individual.

Servicios Básicos

Art. 30.- Además de los servicios establecidos en el Capítulo I -Servicios Básicos- deberán prestar un servicio integral de salud, interdisciplinario y acorde a la patología que padece cada uno de los internos, tendientes a su rehabilitación y/o recuperación.

            Recursos Humanos

            Art. 31.- Cada establecimiento deberá contar con:

  • Un (1) personal directivo o responsable de la organización y funcionamiento de la institución, el que deberá ser profesional universitario con capacitación en la temática-problemática de la vejez.
  • Un (1) médico geriatra.
  • Enfermeros y auxiliares de enfermería, en turnos diurno y nocturno, de acuerdo a lo establecido en las normas de organización y funcionamiento de los Servicios de Enfermería en establecimientos de atención médica de la Provincia, vigentes al momento de reglamentación de la presente Ley.
  • Una (1) mucana cada doce (12) internos o fracción mayor de tres (3).
  • Psicólogo y/o médico psiquiatra acorde a las necesidades.
  • Terapista ocupacional acorde a las necesidades.
  • Kinesiólogo acorde a las necesidades.
  • Personal de cocina y lavandería acorde a las necesidades de la institución.
  • Personal de mantenimiento acorde a las necesidades de la institución.

Además como recursos humanos permanentes, deberá contar con: nutricionista, trabajador social y personal idóneo para actividades de recreación, ocupación del tiempo libre y terapia ocupacional de acuerdo a necesidades y estado de salud de los internos.

En todos los casos se requerirá que el personal tenga capacitación específica en la temática-problemática de la vejez.

CAPÍTULO III

Del Régimen de Funcionamiento

            Art. 32.- Todas las Instituciones Gerontológicas y Geriátricas involucradas en la presente Ley deberán exigir para la institucionalización, que los Adultos Mayores cuyas facultades mentales se lo permitan, expresen su consentimiento por escrito.

            En su defecto lo hará algún integrante de su grupo familiar en el caso que lo tuviere.

            Art. 33.- Tanto las Instituciones Gerontológicas como las Geriátricas deberán llevar un Registro Institucional, el que contendrá básicamente una ficha personal e historia clínica periódicamente actualizada de cada residente; la programación correspondiente de acciones relacionadas a actividades recreativas, de ocupación del tiempo libre y/o de rehabilitación psico-física y su grado de realización; y toda otra documentación necesaria que establezca la reglamentación.

            El régimen de visitas y salidas deberá ser amplio, posibilitando la participación activa y conjunta con familiares, allegados y la comunidad.

            Art. 34.- Los directivos de las Instituciones Gerontológicas y/o Geriátricas sin fines de lucro, a través de la administración de las mismas, estarán autorizados a requerir de los internos un aporte económico mensual entre el cincuenta por ciento (50%) y el setenta por ciento (70%) de su haber previsional o no previsional. En el caso en que la obra social a la que pertenecen se haga cargo del costo del servicio, no podrá requerirse el citado aporte.

CAPÍTULO IV

Otros Servicios Gerontológicos

            Art- 35.- Son aquellos servicios que implementan instituciones estatales privadas o mixtas, destinados a la satisfacción de necesidades e intereses de los Adultos Mayores tales como:

  •  
  • Atención domiciliaria de diferentes tipos.
  • Asistencia alimentaria.
  • Recreación, Turismo, Deporte, Tiempo Libre.
  • Centros Diurnos.
  • Hogares “sustitutos”.
  • Otros creados o a crearse no enumerados en el presente artículo.

Art. 36.- Estos servicios deberán brindar a los ancianos beneficiarios de los mismos: seguridad, higiene y atención adecuada a la situación de la población que atiende además de la cumplimentación de las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes al servicio de que se trate.

Art. 37.- Su habilitación y acreditación se realizará de acuerdo a lo dispuesto en los artículos correspondientes a la parte general de la presente Ley.

CAPÍTULO V

De las Sanciones

            Art. 38.- Las infracciones e incumplimiento a la presente Ley y a sus disposiciones reglamentarias, harán pasible a los responsables de las siguientes sanciones:

  • Apercibimiento y emplazamiento para regularizar la situación que dio motivo.
  • Multa, cuyo monto se graduará de acuerdo a la gravedad y reiteración de la acción encuadrada por este artículo, siendo su falta de pago perseguible por la vía del apremio establecida en el Código Fiscal de la Provincia.
  • Clausura temporaria o permanente, total o parcial de la institución, sin exclusión de las penas que cupieren en el orden penal y de los respectivos Tribunales de Disciplina de los Colegios profesionales que pudieran intervenir.

En todos los casos de incumplimiento, cualquiera sea la sanción que corresponda, se deberá emplazar a la institución para regularizar la situación que dio motivo a dicha sanción.

CAPÍTULO VI

Disposiciones Complementarias y Transitorias

            Art. 39.- Las Instituciones y/o Servicios Gerontológicos y Geriátricos que ya se encuentren en funcionamiento a la fecha de vigencia de la presente Ley, podrán ser excepcionalmente habilitadas por el organismo competente aunque algunos de los requisitos exigibles no sean cumplidos en su totalidad, siempre y cuando esto no afecte la calidad de vida de los residentes, debiendo adecuar su estructura, organización y funcionamiento a las condiciones establecidas por la presente Ley, en los plazos que fije la reglamentación correspondiente. En el caso de las asociaciones civiles sin fines de lucro, los organismos competentes deberán arbitrar los medios necesarios para su adecuación en forma gradual.

            Art. 40.- A los efectos de la habilitación y posteriores trámites, los edificios existentes contarán con una tolerancia del diez por ciento (10%) en menos para la consideración de superficies mínimas establecidas para los locales que los componen.

            Art. 41.- A efectos de la habilitación y posteriores trámites, los establecimientos existentes que no tengan planos de instalaciones de electricidad, sanitarios y gas, podrán indicar en la planilla de locales, el número de bocas por ambiente.

            Art. 42.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un periodo máximo de sesenta (60) días, convocándose a tal fin a asociaciones científicas y civiles con trayectoria en la temática.

            Art. 43.- De forma.

Gustavo Ruberto Sáenz – Pablo Raúl Díaz – Jorge Luis Rodríguez

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto tiene como objeto principal reconocer que las personas mayores son sujetos de derecho y como tales se insertan en un contexto más amplio de análisis teórico-político referido a la atribución de derechos a ciertos grupos desfavorecidos. El desarrollo jurídico correspondiente se enmarca en un debate que tiene diferentes expresiones en los ámbitos internacional, regional y nacional.

            En la doctrina internacional, los instrumentos de derechos humanos constituyen el marco mínimo de reconocimiento y respeto de los derechos de las personas sin distinción de raza, sexo, lugar de nacimiento, condición social y edad. Estos instrumentos orientan y limitan al Estado y le imponen deberes, esto es, la obligación de crear las condiciones jurídicas, institucionales, culturales y económicas que permitan garantizar a las personas el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos en los tratados internacionales. Téngase presente a tales fines el principio consagrado en el artículo 31 de la Constitución Nacional.[1]

            Para lograrlo, es requisito que los derechos consagrados en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos sean reconocidos en la legislación interna y se instauren mecanismos para que estos sean objeto de protección legal y justiciables en el ámbito interno de los estados.[2]

            En el caso de las personas mayores, la comunidad internacional ha reconocido que la edad avanzada puede convertirse en un factor de riesgo de pérdida de derechos y de rechazado por la sociedad, a menos que sus derechos determinen con claridad las responsabilidades que les incumben en relación con la comunidad en que viven. Asimismo, se coincide en que no se trata solo de proporcionarles protección y cuidados sino también garantizarles su participación en la sociedad. Art. 35 CP.[3]

            Los tratados, pactos y convenciones que los países convienen mutuamente, a modo de contratos, crean compromisos obligatorios para los Estados que los han ratificado, a saber:

            La gran mayoría de los países del continente americano ha ratificado los siguientes acuerdos: la Convención Americana sobre los Derechos Humanos; la Convención contra la Tortura y otros; Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación en contra de la mujer; la Convención sobre los derechos del Niño; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (1996).

            El Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1996) ha sido ratificado por Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, México, Panamá, Paraguay, Perú, Suriname y Uruguay, y el Protocolo Facultativo a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (2001) por Bolivia, Belice, Brasil, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, República Bolivariana de Venezuela y Uruguay.

            La primera obligación asumida por los Estados partes es la de “respetar los derechos y libertades” reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El ejercicio de la función pública tiene límites que derivan de la calidad de atributos inherentes a la dignidad humana de los derechos humanos, que los hace superiores al poder del Estado (OEA, 1988).

            La segunda obligación de los Estados partes es la de “garantizar” el libre y pleno ejercicio de los derechos reconocidos en la Convención a toda persona sujeta a su jurisdicción. Esta obligación supone el deber de los Estados partes de organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder político, de manera que sean capaces de garantizar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos.

            Como consecuencia de esta obligación, los Estados deben prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos reconocidos por la Convención y procurar, además, el restablecimiento, si es posible, del derecho conculcado y, en su caso, la reparación de los daños producidos por la violación de los derechos humanos. (OEA, 1988).

            La obligación de respetar los derechos, esto es, de no intervenir en la esfera individual protegida por los derechos fundamentales (obligación “negativa”).

            La obligación de proteger los derechos, o de tomar medidas para prevenir y remediar la violación de los derechos por parte de terceros privados, ya sean personas o instituciones. Es el caso de las disposiciones destinadas a garantizar el acceso en igualdad de condiciones a servicios de salud de hospitales privados, entre otra, y la obligación de impulsar y hacer efectivo su ejercicio, es decir, de fomentar el pleno goce de los derechos, creando a tal fin las condiciones jurídicas, políticas, económicas, sociales y culturales que permitan el pleno desarrollo de la persona humana. Además de abstenerse de interferir en el ejercicio de los derechos individuales, el Estado debe brindar ciertas prestaciones, de manera que este ejercicio no se torne ilusorio.

            Por ende, le corresponde asegurar la concreción de los derechos con todos los medios a su alcance.

Derechos de las personas mayores en los instrumentos

de la organización de Estados Americanos (OEA)

Declaraciones y Tratados

En el marco de la OEA, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador contienen las normas de derechos humanos aplicables a la región. La Convención entró en vigencia en 1969 y el Protocolo casi 20 años más tarde. Al igual que en la Declaración Universal, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos se incluye la edad como “otra condición social”, objeto de discriminación que debe ser erradicada. El documento también comprende algunas disposiciones particulares, en el artículo 4° sobre el derecho a la vida se prohíbe su imposición a los mayores de 70 años y el artículo 23 sobre derechos políticos se refiere a la posibilidad de reglamentar el acceso a cargos públicos por razones de edad.

            En el protocolo de San Salvador se disponen medidas específicas dirigidas a las personas mayores tanto en el artículo 9° -en el que se indica que “toda persona tiene el derecho a la seguridad social que la proteja contra las consecuencias de la vejez”- como en el artículo 17, sobre protección a los ancianos, en el que se señala lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a la protección especial durante su ancianidad”.

            En tal cometido, los Estados partes se comprometen a adoptar de manera progresiva las medidas necesarias a fin de llevar este derecho a la práctica y en particular a: proporcionar instalaciones adecuadas, así como alimentación y atención médica especializada a las personas de edad avanzada que carezcan de ella y no se encuentren en condiciones de proporcionársela por sí mismas.

            Cabe destacar que el Protocolo de San Salvador es el único instrumento vinculante para los países de América Latina y el Caribe en el que se incluyen normas sobre los derechos básicos de las personas mayores. Sus disposiciones obligan a los Estados partes a garantizar progresivamente a las personas la protección y el disfrute de los derechos básicos (alimentación y atención médica), el derecho al trabajo y la participación en la sociedad durante la vejez. El incumplimiento de estas normas, aunque sea progresivo, debería dar origen a una base mínima de reconocimiento y ejercicio de derechos en la vejez.

Resoluciones de Organismos Internacionales

            En la Resolución CE130.R19 sobre la salud y el envejecimiento de la OPS (2002) se insta a los Estados a que “aboguen por la promoción y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas adultas mayores” (OPS, 2002) y a que, entre otras actividades: i) adopten prioridades de promoción de la salud apropiadas para las persona mayores y fijen metas con enfoque de género y estrategias de vigilancia en las áreas de salud nutricional, actividad física, lesiones no intencionales, incluidas la prevención de las caídas y la salud mental; ii) incrementen el acceso a la atención de la salud de manera apropiada, así como a los medicamentos esenciales para las personas mayores, especialmente aquéllas que carecen de recursos, y iii) promuevan iniciativas de atención comunitaria y a largo plazo, y reglamenten la prestación de asistencia a las poblaciones vulnerables. Además, se solicita al Director de la OPS que ayude a los Estados a trabajar en favor del desarrollo de entornos favorables para las personas mayores (OPS, 2002)

Instrumentos específicos de protección

de los derechos de las personas mayores

Resoluciones

            En las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas se ha alentado a los países a definir una política propia orientada a las personas mayores, basada en características, objetivos y planes nacionales, así como programas específicos dirigidos a la acción, orientados a responder a los problemas y necesidades de la población adulta mayor, y a los efectos del envejecimiento en la sociedad (Asatashvili y Borjón, 2003). Una de las primeras resoluciones dedicadas a las personas mayores data de 1973 (Naciones Unidas, 1973a; 1973b; 1977a; 1977b y 1980) y entre las más importantes se encuentra la 46/91 de 1991, los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad, cuyas disposiciones abarcan, entre otros temas, los siguientes:

            Cuidados: Consigna el derecho de las personas mayores a beneficiarse de los cuidados de su familia, a tener acceso a servicios sanitarios y a disfrutar de los derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en hogares o en instituciones donde se les brinden cuidados y tratamiento.

            Dignidad: Considera el derecho de las personas mayores a vivir con dignidad y seguridad, verse libres de explotación y malos tratos físicos o mentales, ser tratados con dignidad, independientemente de su edad, sexo, raza, procedencia étnica, discapacidad, situación económica o cualquier otra condición, y a ser valorados debidamente, con prescindencia de su contribución económica. (Naciones Unidas, 1991)

Asambleas mundiales sobre envejecimiento

            El plan de Acción Internacional de Viena sobre el Envejecimiento emanó de la Primera Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, realizada en Austria en 1982, y representó el ingreso del tema del envejecimiento individual y de la población en la agenda internacional, con especial hincapié en la situación de los países desarrollados. El Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, por su parte, es resultado de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento que tuvo lugar en España en 2002 y en la que, a diferencia de la primera, se prestó especial atención a la situación de los países en desarrollo (Naciones Unidas, 2002)

Ambos planes reflejan valores humanos generales y fundamentales y en el segundo se plantean como temas centrales la concreción de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas de edad; la garantía de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas mayores, y de los civiles y políticos, y la eliminación de todas las formas de violencia y discriminación en contra de las personas de edad (Naciones Unidas, 2002).

En el plano regional, en la Estrategia Regional de Implementación para América Latina y el Caribe del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, adoptada en la Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento, llevada a cabo del 19 al 21 de noviembre de 2003, se plantean metas, objetivos y recomendaciones para la acción en favor de las personas mayores en las tres áreas prioritarias acordadas en el Plan Madrid 2002. La estrategia es un marco de referencia regional, que debe adaptarse a las realidades nacionales con el fin de responder eficazmente a las necesidades e intereses de las personas mayores, y de propiciar la creación de condiciones que favorezcan un envejecimiento individual y colectivo con seguridad y dignidad. El desafío actual radica en la aplicación de estos acuerdos, lo que exige que los países de la región hagan suyo este instrumento y diseñen, creativamente, medidas que contribuyan a su concreción.

El envejecimiento es un derecho personalísimo y su protección es un derecho social. Es obligación del Estado garantizar a las personas mayores la protección de su vida y salud, mediante la aplicación de políticas sociales que permitan un envejecimiento saludable y en condiciones de dignidad.

Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley

Gustavo Ruberto Sáenz – Pablo Raúl Díaz – Jorge Luis Rodríguez

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

6

Expte. Nº 90-19.857/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 59.100 a 59.111, Nros. 59.379 a 59.405, Nros. 59.357 a 59.378, Nros. 59.330 a 59.332, Nros. 59.334 a 59.339, Nros. 59.341 y 59.353, Nros. 59.306, 59.307, 59.309, 59.310 y 26.830 todas correspondientes a la Sección O, pertenecientes al departamento Capital, para ser adjudicados en venta a sus actuales ocupantes los que deberán acreditar la posesión fehacientemente durante un plazo no inferior a un año.

            Art. 2º.- Una vez efectivizada la toma de posesión por parte de la Provincia, se adjudicará en venta directamente a quienes acrediten lo exigido en el artículo 1º.

            Art. 3º.- El precio se abonará en sesenta (60) cuotas iguales y consecutivas con un interés del 6% anual, debiéndose constituir hipoteca de primer grado por el saldo del precio.

            Art. 4º.- La Subsecretaría de Tierra y Hábitat verificará el cumplimiento de los requisitos de la Ley 1.338 y sus modificatorias, como asimismo los requisitos fijados en la presente Ley a ser cumplidos por los adjudicatarios.

            Art. 5º.- Los inmuebles se escriturarán a favor de los adjudicatarios, referidos en el artículo 1º, a través de Escribanía de Gobierno, estando las escrituras exentas de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 6º.- Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la presente no podrán enajenarla durante los diez (10) años posteriores a la adjudicación, siendo las mismas inembargables durante el mismo período.

            Art. 7º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Gustavo Ruberto Sáenz

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            No podemos desconocer la realidad que afecta a muchas familias que buscan que se regularicen aquellas situaciones que los afectan notablemente, provocando un desmedro en la dignidad del ser humano, por lo que es deber del Estado intervenir directamente dando soluciones a tales acontecimientos.

            La problemática habitacional de la Provincia no puede ser obviada, por lo que es indispensable involucrarse y dar una respuesta efectiva a los actores sociales que a diario exponen su necesidad habitacional, generando esto un desequilibrio en el grupo social.

            Recordemos que nuestra Carta Magna garantiza el acceso de los sectores de menores ingresos a una vivienda digna (Art. 37 Constitución de la Provincia), por lo cual desde el mismo Estado se debe dar soluciones definitivas a las situaciones de hecho que afectan a nuestros ciudadanos.

            Uno de los objetivos del presente proyecto de ley es la regularización de la situación de hecho de los habitantes ubicados en el barrio 20 de Junio de la ciudad de Salta, que buscan lograr el acceso a una vivienda digna, lugar en el cual se asienta la célula madre de la sociedad que es la familia.

            La zona a expropiarse se encuentra en su gran mayoría con ocupantes de larga data a los cuales se les debe dar una solución a esta problemática dominial.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Gustavo Ruberto Sáenz

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

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Expte. Nº 90-19.863/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1°.- La presente Ley tiene por objeto prevenir, controlar, sancionar y erradicar la violencia laboral.

            Art. 2°.- La presente Ley es de aplicación en el ámbito de toda la Administración Pública Provincial central y descentralizada, sus entidades autárquicas, empresas o sociedades del Estado, sociedades de economía mixta o con participación estatal mayoritaria, comprendiendo también al Poder Judicial y al Poder Legislativo de la Provincia, así como a toda otra entidad u organismo del Estado Provincial, independientemente de su naturaleza jurídica, denominación, ley especial que pudiera regularlo o lugar donde preste sus servicios.

Art. 3°.- Invítase a los municipios de la Provincia a adherir a la presente Ley.

Art. 4°.- A los efectos de la aplicación de esta Ley se entiende por violencia laboral a toda acción u omisión que en ocasión del vínculo laboral atente contra la dignidad, integridad física, sexual, psicológica y/o social del trabajador ejercida en el ámbito laboral por el empleador, por personal jerárquico o un tercero vinculado directamente con él, llevado a cabo mediante amenaza, intimidación, amedrentamiento, inequidad salarial, trato discriminatorio, acoso, maltrato físico, psicológico y/o social.

Se considera que la violencia laboral reviste especial gravedad cuando la víctima se encuentre en una situación de particular vulnerabilidad en razón de su edad, estado de salud, inferioridad jerárquica, u otra consideración análoga.

Art. 5°.- A estos efectos, se entiende por funcionario o empleado público a todo el personal de planta permanente conforme lo prevé la Ley 5.546 y todas aquellas personas que prestan servicio para el Estado con carácter temporario, transitorio, contratado o cualquier otra modalidad.

Art. 6°.- Se entiende por trato discriminatorio en el trabajo, a la acción persistente y reiterada de incomodar al trabajador o trabajadora, manifestada en comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que puedan atentar contra la personalidad, la dignidad o la integridad física o psíquica del individuo, o que puedan poner en peligro su empleo o degradar el clima de trabajo, en razón de su sexo, opción sexual, edad, nacionalidad, origen étnico, color de piel, religión, estado civil, capacidades diferentes, conformación física, preferencias artísticas, culturales, deportivas o situación familiar.

Art. 7°.- Será autoridad de aplicación de la presente Ley el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Salta y/o en su caso, el organismo que designe el Poder Ejecutivo Provincial.

Art. 8°.-  Ningún trabajador que haya denunciado ser víctima de violencia laboral o haya comparecido como testigo de las partes podrá por ello ser sancionado, ni despedido ni sufrir perjuicio personal alguno en su empleo.

Se presume, salvo prueba en contario, que las sanciones, el despido y/o cualquier otra alteración en las condiciones de trabajo que resulte perjudicial para la persona afectada o testigos, obedece a su denuncia o participación en el procedimiento relacionado con la violencia laboral, cuando dicha alteración ocurre dentro de los seis meses subsiguientes a su denuncia o participación.

Art. 9°.- Es responsabilidad del empleador establecer un procedimiento interno, expedito y eficaz en cumplimiento de esta Ley, garantizando la confidencialidad y discrecionalidad del mismo.

El trabajador víctima de violencia laboral gozará del beneficio de la gratuidad en los procedimientos derivados de la aplicación de esta Ley.

Cuando el trabajador establezca indicios de que ha sido víctima de violencia laboral, la carga de la prueba recaerá principalmente sobre la persona acusada de cometer la violencia laboral o su empleador.

Art. 10.- Los empleadores están obligados a poner fin a la acción violenta y a reparar el daño laboral, moral y material causado a la víctima.

Art. 11.- El funcionario o empleado público que cometiere u omitiere alguna de las acciones u omisiones previstas en el artículo 4° será pasible de una sanción de orden correctivo, que podrá implicar apercibimiento o suspensión de hasta sesenta (60) días corridos, salvo que por su magnitud y gravedad, o en razón de la jerarquía del funcionario pueda ser pasible de cesantía, exoneración o inhabilitación. Así también podrá aplicarse las sanciones previstas en el Estatuto del Empleado Público (Ley 5.546).

Art. 12.- Ningún trabajador podrá ser sancionado o despedido por sufrir o negarse a sufrir los actos de violencia de un empleador, de sus representantes, de sus superiores o terceros bajo su responsabilidad, o de toda persona directamente vinculada al empleador que, al abusar de la autoridad que le confieren sus funciones, hubiere ordenado, amenazado, apremiado o ejercido presión de cualquier naturaleza sobre dicho trabajador, con el fin de obtener favores laborales o sexuales y/o de otra índole para sí o para terceros.

Art. 13.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en el término de noventa (90) días a partir de su sanción.

Art. 14.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Gustavo Ruberto Sáenz

Fundamentos

Señor presidente, señores senadores:

            La violencia laboral es un fenómeno de vieja data y de ejecución la más de las veces silenciosa. La misma provoca la devastación del trabajador, afecta su autoestima y lo convence de su culpabilidad por las conductas u omisiones injuriantes de las que es objeto. No solo el daño se produce en el ámbito laboral sino que se extiende a su núcleo familiar, impidiendo la construcción de lazos sociales sanos, la disminución de su capacidad y creatividad laboral.

            Esta situación puede ser producida no solo por los superiores jerárquicos sino por sus pares o subalternos, que incluye una gran cantidad y variedad de conductas que se presentan a diario. Así la conducta violenta en ámbitos laborales es verificable, aunque muchas veces es ocultada, como ocurre por ejemplo con la violencia familiar.

            La violencia es una forma de abuso en el ejercicio del poder, por naturaleza arbitrario, mediante la ejecución de conductas que afecten la integridad física, psicológica, emocional, económica, política, etc. de la víctima.

            Por cierto, las víctimas de violencia laboral en el ámbito público, no encuentran un cauce apropiado para eliminarla, ni menos aún legislación que proteja a los denunciantes, testigos, y sancione a los victimarios.

            Así también dentro del aspecto abarcativo de la violencia laboral se encuadra al acoso moral, el cual se caracteriza por ser producido por numerosos pequeños ataques de apariencia inofensiva a lo largo del tiempo. Lo que causa estragos en el acoso no es cada uno de los ataques sino su conjunto. Por ello cuando hablamos de fenómenos de violencia en ámbitos laborales estamos aludiendo a una problemática que comprende fenómenos y conductas violentas recurrentes.

            La violencia laboral se presenta en diversas manifestaciones: desde la agresión física hasta la forma más sutil del acoso psicológico. Todo ello crea graves amenazas para la salud y la seguridad, la eficacia del servicio, la productividad, la igualdad de trato y el trabajo decente con la consiguiente degradación del ambiente laboral en su conjunto.

            Debemos resaltar la importancia del trabajo como derecho fundamental, tal cual surge de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948, que en el artículo 23 establece: “1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo”.

            No debemos olvidar que el trabajo decente ha sido conceptualizado como aquel trabajo productivo, libre, seguro, digno, con adecuada remuneración, protección de los derechos, en un marco de equidad, libertad sindical y diálogo social (87 Conferencia Internacional del Trabajo, 1998).

            La Organización Mundial de la Salud define a la violencia como “el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”.

            La violencia existe en los ámbitos de trabajo, no escapando a ello el empleo público. Esto genera para la víctima un daño económico, debido a esto se deben afrontar gastos en consultas, medicamentos, psicoterapia, etc.

            Repercute también en la organización de los órganos del Estado, ya que se produce un aumento de ausentismo y rotación de personal, pérdida de la efectividad, de productividad y de motivación.

            Y en general tiene efectos destructivos en la sociedad en general, pues la violencia es perpetrada por quienes representan directa o indirectamente al Estado y tienen la responsabilidad de cuidar a los cuidadanos, de mantener el orden, de preservar la estabilidad: los agentes del Estado. Ese Estado -a través de sus agentes- tiene la obligación de hacer respetar el derecho inalienable de todo empleado, de gozar de condiciones dignas de trabajo, y ello no es otra cosa que el “trabajo decente”, dentro de un marco de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana.

            La Constitución Nacional en su artículo 14 bis garantiza al trabajador “condiciones dignas y equitativas de labor”. Los tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional también amparan estos derechos humanos. El derecho de intimidad, el honor, la honra o la reputación están protegidos por los artículos 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La violación del derecho a un trato digno está amparada por los artículos 5 y 23 de la Declaración Universal, 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 5 de la Convención Panamericana de Derechos Humanos-Pacto de San José de Costa Rica. La violación del derecho a la igualdad de trato y no discriminación está previsto en los artículos 7 y 23 de la Declaración Universal, 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 16 de la Constitución Nacional desarrollado por la Ley Nacional 23.592 contra la discriminación.

            El Estado provincial actualmente tiene un gran vacío legal con respecto a esta problemática compleja a la que debe dar respuesta rápida y eficaz. Éste debe ser quien dé la primera señal, el primer ejemplo y sea modelo en la prevención, corrección y erradicación de este tipo y otro tipo de violencias.

            El bien jurídico tutelado por el presente proyecto de ley es el de la dignidad de la persona en sí misma.

            Con este proyecto de ley pretendo que la provincia de Salta se coloque entre las pocas provincias del país que regulan la lucha contra la violencia laboral y trato discriminatorio, y pretende sancionar a toda acción u omisión que afecta la integridad psíquica y física producida por personal que preste servicios al Estado de carácter permanente, transitorio, temporario, contratado y cualquier otra modalidad, a los fines de eliminar y erradicar la misma, resguardando la integridad y dignidad del trabajador.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Gustavo Ruberto Sáenz

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

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Expte. Nº 90-19.873/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

TÍTULO I

DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL

CAPÍTULO I

DEL FIN DE LA LEY

            Artículo 1º.- La presente Ley regulará el ejercicio de la actividad profesional vinculada a las ciencias criminalística y criminología, en todo el ámbito territorial de la Provincia de Salta.

CAPÍTULO II

DEL EJERCICIO PROFESIONAL

            Art. 2º.- Para ejercer las profesiones reguladas por la presente Ley en el ámbito de la Provincia de Salta, deberán cumplirse los siguientes recaudos:

  1. a) Título universitario reconocido oficialmente y con validez nacional, de Licenciado en Criminalística y/o Criminología, Perito Documentólogo, Perito Balístico, Perito Papilóscopo, Perito Accidentólogo, Perito en Inspecciones Oculares y Dactiloscopía, o cualquier otro equivalente a tales especialidades, siempre que tengan el reconocimiento y validez mencionadas;
  2. b) Título equivalente a cualquiera de los mencionados en el inciso anterior, otorgado por universidades extranjeras y que haya sido debidamente revalidado en el País conforme a la legislación vigente;
  3. c) Contar con la matrícula profesional expedida por el Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta;
  4. d) Tener plena capacidad civil; y
  5. e) No estar inhabilitado judicial o administrativamente, en forma absoluta o especialmente para ello.

            Art. 3º.- Quienes cumplan los requisitos exigidos, podrán desarrollar la actividad profesional regulada, individual o colectivamente, judicial o extrajudicialmente, en instituciones públicas o privadas y tendrán, en su caso, las incompatibilidades que determinen las leyes respectivas.

CAPÍTULO III

DE LAS INCUMBENCIAS PROFESIONALES

            Art. 4º.- Según las incumbencias del título, el profesional estará habilitado para realizar:

  1. Perito Documentólogo:

1.- Pericias caligráficas a fin de determinar autoría escritural, falsificaciones y/o adulteraciones, antigüedad, etc, de manuscritos y/o firmas.

2.- Pericias mecanográficas a fin de identificar máquina de escribir, establecer paso mecánico, tiempos de escritura, agregados, adulteraciones, etc.

3.- Pericias sobre sellos y timbres a fin de determinar autenticidad, falsificaciones y/o adulteraciones, etc.

4.- Pericias sobre lacres y precintos de seguridad, a fin de determinar si fueron objeto de maniobras dolosas, etc.

5.- Asesoramiento en todo lo relacionado a sus incumbencias profesionales, a personas jurídicas o de existencia visible, organismos públicos o privados.

  1. b) Perito Balístico:

1.- Pericias sobre armas de fuego, proyectiles, vainas servidas a los fines de su identificación, funcionamiento, aptitud para el disparo.

2.- Pericias sobre hechos producidos con armas de fuego, a fin de determinar la posición del tirador, distancia de disparo, trayectoria del proyectil, impacto y efectos en el banco, etc.

3.- Pericias sobre prendas y otros elementos vinculados a hechos producidos con arma de fuego, a fin de efectuar distintas determinaciones.

4.- Prueba de parafina o “dermotest”, a fin de establecer si una persona disparó un arma de fuego.

5.- Asesoramiento en todo lo relacionado a sus incumbencias profesionales, a personas jurídicas o de existencia visible, organismos públicos o privados.

  1. c) Perito Papilóscopo:

1.- Pericias a fin de la identificación y establecer a la filiación humana a través de las impresiones papilares.

2.- Pericias sobre rastros y huellas papilares a fin de determinar la identidad papiloscópica.

3.- Asesoramiento en todo lo relacionado a sus incumbencias profesionales, a personas jurídicas y de existencia visible, organismos públicos o privados.

  1. d) Perito Accidentólogo:

1.- Pericias sobre accidentes de tránsito a fin de determinar, causa generadora, mecanismo de producción, velocidad del o de los vehículos protagonistas, zonas de impacto, factores condicionantes, etc.

2.- Pericias para evaluar daños y estimar tasaciones

3.- Pericias a fin de establecer condiciones de seguridad de la estructura vial, red vehicular, etc.

4.- Asesoramiento en todo lo relacionado a sus incumbencias profesionales, a personas jurídicas y de existencia visible, organismos públicos o privados.

  1. e) Perito en Inspecciones Oculares y Dactiloscopía:

1.- Identificar mediante la papiloscopía, dactiloscopía y palmatoscopía y poroscopía a personas y cadáveres, a través de las pertinentes impresiones o de los rastros y/o huellas correspondientes a los mismos y todo lo concerniente a las disciplinas dactiloscópicas y papiloscópicas.

2.- Identificar mediante e individualizar a todo tipo de seres humanos por medio de indicadores ajenos a la disciplina dactiloscópica, tales como tatuajes, fotografías, anatopometrías y demás procedimientos utilizados por las ciencias criminalísticas.

3.- Reconocer, levantar, analizar, investigar e identificar huellas humanas, animales y las producidas por cualquier cuerpo o elemento.

4.- Efectuar, en carácter de auxiliar de la justicia, la inspección ocular, obteniendo imágenes, efectuando planos, redactando el acta correspondiente, dejando debida constancia de los elementos existentes y rastros levantados.

  1. f) Licenciado en Criminología:

1.- Realización de acciones destinadas al estudio y número de individuos y grupos de conductas disvaliosas, reprobables o socialmente desviadas.

2.- Capacitación de recursos humanos en áreas de la criminalística y de la criminología.

  1. g) Licenciado en Criminalística:

1.- Identificar mediante la papiloscopía, dactiloscopía, palmatoscopía a personas y cadáveres, a través de las pertinentes impresiones o de los rastros y/o huellas correspondientes a los mismos y todo lo concerniente a las disciplinas dactiloscópicas y papiloscópicas.

2.- Identificar e individualizar a la raza humana por medio ajeno a la disciplina dactiloscópica, tales como tatuajes, fotografía, anatopometría y demás procedimientos utilizados por las ciencias criminalísticas.

3.- Reconocer, levantar, analizar, investigar e identificar huellas humanas, animales y las producidas por cualquier otro elemento.

4.- Efectuar peritaciones balísticas sobre la determinación de características de armas, cartuchos, proyectiles y vainas, sus identificaciones, determinaciones de distancias de disparo y trayectoria, todo tipo de estudio científico-técnico relacionado con las armas de fuego, cartuchos y proyectiles y vainas.

5.- Investigar y restaurar inscripciones y señales borradas, raspadas, limadas o alteradas sobre cualquier tipo de superficie o soporte.

6.- Investigar las limitaciones y/o alteraciones de todo tipo de documentos impresos por cualquier procedimiento, como ser papel moneda, documentos de identificación, títulos, valores.

7.- Planificar y realizar la inspección ocular en la escena del lugar del hecho, tendiente a su registro y localización, identificación y levantamiento de todo tipo de rastro e indicio que haga a la investigación del mismo.

8.- Determinar, investigar, identificar todo tipo de manchas, restos e indicios, biológicos (sangre, pelo, esperma, cabello, saliva), explosivos, pólvora, pintura, combustible, polvos, tierra, plástico, fibras, papeles, metales, vidrios.

9.- Localizar, levantar e identificar fracciones, las herramientas y/u otros medios utilizados para producirlas.

10.- Investigar y analizar todo tipo de siniestro o accidente humano, animal o material incluidos los producidos por cualquier medio de transporte o traslación, determinación del modo, mecánica y causas de producción, incendios, explosiones y otros estragos, sus causas y formas de producción.

11.- Efectuar los estudios químicos-legales referidos a la investigación de ilícitos, situaciones litigiosas y/o peritaciones judiciales, extrajudiciales, asesoramientos y consultorías técnicas.

12.- Planificar, desarrollar, investigar y ejecutar toda peritación, asesoramiento técnico, estudio o investigación que haga al esclarecimiento de hechos ilícitos o susceptibles a serlo, a la identificación de las personas y vínculos de medios utilizados, en materia judicial, extrajudicial o administrativa.

          Art. 5º.- La enumeración que hace el artículo anterior no es taxativa y el profesional podrá realizar todo aquello comprendido dentro de las incumbencias inherentes a su título.

CAPÍTULO V

DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES

            Art. 6º.- El monto de los honorarios que deban percibir los colegiados por su labor profesional, judicial o extrajudicial, en todo el territorio de la Provincia, se determinará con arreglo a lo pautado en la presente Ley.

            Art. 7º.- Para fijar los honorarios del profesional, se tendrá en cuenta:

  1. El monto del interés comprometido en juicio o fuera de él.
  2. La naturaleza y complejidad de las tareas realizadas.
  3. El mérito de la labor profesional apreciado por la calidad, eficiencia y extensión del trabajo.
  4. Las diligencias que realizó para cumplir su cometido, como presentación de escritos, notificaciones, compulsas, etc.

Art. 8º.- En todo proceso judicial por sumas de dinero o susceptible de apreciación pecuniaria para la fijación de los honorarios de los peritos se aplicará la siguiente escala:

  1. El diez (10%) del monto en disputa, si éste es inferior o igual a cinco (5) sueldos mínimo, vital y móvil.
  2. El ocho (8%) por ciento del monto en disputa, si éste es de seis (6) a veinticinco (25) sueldos mínimo, vital y móvil.
  3. El seis (6%) por ciento del monto en disputa, si éste es de veintiséis (26) a cincuenta (50) sueldos mínimo, vital y móvil.
  4. El cinco (5%) por ciento del monto en disputa, si éste es de cincuenta y uno (51) o más sueldos mínimo, vital y móvil.

Art. 9º.- Los honorarios determinados sobre las bases del artículo anterior, regirá si media intervención de un solo profesional en la pericia. Cuando sea más de uno los peritos, sea que éstos suscriben el informe en forma conjunta o separadamente, los honorarios de cada uno no podrán ser regulados, en ningún caso, en menos del cincuenta (50%) por ciento del importe fijado como sueldo mínimo, vital y móvil.

            Art. 10.- La designación de peritos en causas judiciales es competencia de la corte de Justicia de la Provincia, conforme lo establecen las leyes respectivas; tratándose de aspectos relacionados con la actividad regulada por la presente Ley, deberá recaer en profesionales matriculados y, en cada oportunidad, se comunicará la designación al Colegio con antelación suficiente a la fecha de sorteo, a fin de que un representante del mismo pueda asistir y presenciar el acto correspondiente.

            Art. 11.- A los fines del artículo anterior, inmediatamente después de su constitución el Colegio remitirá a la Corte de Justicia la nómina de los profesionales matriculados y habilitados para el ejercicio de la profesión, asimismo mantendrá permanentemente actualizada la misma, para lo cual comunicará formalmente y en cada oportunidad el otorgamiento de nuevas matrículas, suspensiones o inhabilitaciones que resolviere.

            Art. 12.- Si luego de posesionado en el cargo de perito, la o las partes peticionantes desistieren de la realización de la pericia o no depositaren el importe fijado en concepto de anticipo de gastos peticionado por el perito, el juez regulará los honorarios del mismo, teniendo en cuenta la labor que lleva realizada y lo estipulado en el artículo 2º, pero en este supuesto en ningún caso se regulará en menos del veinticinco (25%) por ciento de un (1) sueldo mínimo, vital y móvil.

            Art. 13.- En las designaciones de oficio, los peritos no podrán exigir a las partes el pago de honorarios o anticipo de gastos, sí podrán hacerlo, a cualquiera de ellas, cuando tal designación fue con la conformidad de ambas partes. Si una de las partes se hubiere opuesto a la prueba pericial, solo prestará obligada al pago cuando resultare condenada en costas sin perjuicio de lo dispuesto en las normas vigentes sobre la materia.

CAPÍTULO VI

DEL EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN

            Art. 14.- Por esta Ley se considera ejercicio ilegal de la profesión:

  1. Intentar o desarrollar la actividad regulada sin estar debidamente inscripto en la matrícula y habilitado por el Colegio.
  2. Evacuar consultas sin contar con título habilitante, en forma onerosa o gratuita, sobre cuestiones reservadas al profesional de la matrícula.
  3. Anunciar o hacer anunciar la prestación de la actividad regulada, sin publicar en forma clara nombre y apellido, título profesional y número de matrícula. O bien consignar informaciones inexactas, ambiguas o que de algún modo presten confusión sobre el profesional de que se trata, título o actividad ofrecida.
  4. Usar, individual o colectivamente, denominaciones que permitan inferir o atribuir la idea del ejercicio de la actividad regulada, sin contar con matrícula al efecto.

TÍTULO II

DEL COLEGIO DE PROFESIONALES DE CRIMINALÍSTICA Y CRIMINOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA

CAPÍTULO I

CREACIÓN

          Art. 15.- Créase el COLEGIO DE PROFESIONALES DE CRIMINALÍSTICA Y CRIMINOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA con sede en la Ciudad de Salta, el que desarrollará sus actividades con el carácter, derechos y obligaciones de una persona jurídica de Derecho Público no estatal, ajustando su accionar a la presente Ley y reglamentaciones que se dicten.

            Art. 16.- El Colegio tiene las siguientes funciones, atribuciones y deberes:

  1. Otorgar la matrícula habilitante para el ejercicio profesional.
  2. Ejercer el gobierno de la matrícula, llevar su registro, el legajo individual de cada colegiado y otorgar la credencial habilitante para el ejercicio de la profesión.
  3. Confeccionar la lista de profesionales y sus modificaciones, a los efectos de presentarla ante la Corte de Justicia.
  4. Velar por el cumplimiento de esta Ley, los estatutos propios, reglamentaciones que se dicten y toda Ley o disposición de la autoridad competente, atinente al ejercicio de la profesión de los colegiados.
  5. Fiscalizar el correcto ejercicio de la profesión, tendiendo a la observancia del decoro y las reglas de ética profesional que dicta el Colegio.
  6. Ejercer la potestad disciplinaria sobre todos los colegiados.
  7. Garantizar el libre ejercicio de la profesión de sus colegiados.
  8. Fomentar el espíritu de solidaridad y reciprocidad entre sus colegiados.
  9. Contribuir al estudio y solución de los problemas que, de cualquier forma, afecten el ejercicio profesional.
  10. Estimular las actividades de investigación científica y organizar jornadas sobre temas de perfeccionamiento profesional.
  11. Mantener relaciones con entidades similares y estimular la unión de los colegiados.
  12. Nombrar, contratar, remover o sancionar a sus empleados.
  13. Designar, contratar o consultar asesores y apoderados.
  14. Adquirir, vender, gravar, aceptar legados, herencias y donaciones; o administrar bienes propios de cualquier naturaleza y el patrimonio social. Para toda adquisición, venta o gravamen de bienes, se requiere el consentimiento de la Asamblea con el voto de las dos terceras partes de los colegiados presentes.
  15. Realizar toda otra actividad que no sea contraria a los fines del Colegio.

CAPÍTULO II

DE LAS AUTORIDADES

            Art. 17.- Son autoridades del COLEGIO DE PROFESIONALES DE CRIMINALÍSTICA Y CRIMINOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA:

  1. Asamblea;
  2. Comisión Directiva;
  3. Comisión Revisora de Cuentas; y
  4. Tribunal de Ética y Disciplina.

SECCIÓN I

DE LA ASAMBLEA

Art. 18.- La Asamblea es la máxima autoridad del Colegio y se integra con la totalidad de los profesionales inscriptos en la matrícula, las decisiones que adopte de conformidad a esta Ley serán obligatorias para todos los colegiados.

            Art. 19.- La asamblea puede ser ordinaria y extraordinaria.

La asamblea ordinaria tendrá lugar una vez por año, en la fecha que establezca la reglamentación interna, en la que se tratará los asuntos incluidos en el Orden del Día por la Comisión Directiva y analizar el balance general, la memoria anual e informe de la Comisión Revisora de Cuentas.

            La asamblea extraordinaria será convocada cada vez que la Comisión Directiva lo estime conveniente o cuando lo solicite la Comisión Revisora de Cuentas o el 20%, como mínimo, de los colegiados. En este último supuesto, los solicitantes deberán expresar el motivo y puntos a considerar, debiéndose fijar la fecha de Asamblea dentro de los quince (15) días de recibida la solicitud.

            Art. 20.- Las convocatorias para las asambleas se realizarán mediante publicaciones por un (1) día en el Boletín Oficial y un (1) diario de mayor circulación de la Provincia con antelación no menor a quince (15) días a la fecha fijada para su celebración. Las convocatorias deberán consignar el lugar, día y hora de realización, como también el Orden del Día y solo podrán tratarse los asuntos incluidos en el mismo.

            Art. 21.- Las asambleas se constituirán con el cincuenta y uno por ciento (51%) de los inscriptos en la matrícula presentes en la misma, transcurrida una hora después de la fijada para su iniciación sin conseguir quórum se celebrará con los presentes y sus decisiones se tomarán por simple mayoría de los presentes, salvo los casos en que se requiera expresamente una mayoría especial por la presente Ley.

            En la misma actuarán como Presidente y Secretario, dos socios que se elijan una vez constituida, teniendo el Presidente doble voto en caso de empate.

      La asistencia será personal.

            Art. 22.- Son atribuciones de la Asamblea:

  1. Aprobar o rechazar, en forma total o parcial, el balance general y la memoria anual que presentará la Comisión Directiva; y el informe de la Comisión Revisora de Cuentas.
  2. Autorizar a la Comisión Directiva a efectuar actos de adquisición o disposición o gravamen de bienes inmuebles, con el voto de los dos terceras partes de los colegiados presentes.
  3. Establecer los montos por derecho de matriculación e inscripción, así como la renovación anual de la matrícula, las cuotas periódicas, ordinarias y extraordinarias.
  4. Establecer los aranceles referenciales a percibir por los matriculados en concepto de honorarios, comisiones y gastos relativos a su desempeño.
  5. Establecer los montos mínimos y máximos de las multas.
  6. Designar a los miembros de la Junta
  7. Aprobar y reformar el Reglamento Interno del Colegio y el Reglamento Interno del Tribunal de Ética y Disciplina, por el voto de las dos terceras partes de los colegidos presentes, lo que serán publicados en el Boletín Oficial.

SECCIÓN II

DE LA COMISIÓN DIRECTIVA

            Art. 23.- La Comisión Directiva estará integrada por nueve (9) miembros, correspondiente a los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero, tres vocales titulares y dos suplentes. Todos ellos durarán en sus cargos dos (2) años, podrán ser reelectos.

            Todos los cargos son ad-honorem.

            El Presidente tendrá la representación legal del COLEGIO DE PROFESIONALES DE CRIMINALÍSTICA YCRIMINOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA:

            En caso de vacancia por renuncia, suspensión de la matrícula o fallecimiento, los cargos serán reemplazados por corrimiento de lista.

            Art. 24.- Para ser electo en cualquier de los cargos de la Comisión Directiva, el matriculado deberá acreditar una antigüedad mínima de dos (2) años como socio activo, tener las cuotas sociales al día, no registrar sanciones disciplinarias y no estar inhabilitados para el ejercicio de la profesión.

            Art. 25.- Las reuniones de la Comisión Directiva requieren un quórum legal de cuatro (4) miembros. Las resoluciones se tomarán por simple mayoría de los miembros presentes. El Presidente tendrá doble voto en caso de empate.

            Las reuniones se realizarán por lo menos una (1) vez al mes, sin perjuicio que el Presidente las convoque por sí o a pedido de tres de los miembros de la Comisión Directiva.

            Art. 26.- Son deberes y atribuciones de la Comisión Directiva:

  1. a) Otorgar y controlar la matrícula de los profesionales formando legajo de antecedentes de cada matriculado.
  2. b) Presentar Memoria Anual, Balance General a consideración de la Asamblea.
  3. c) Administrar los bienes de la institución y ejecutar los actos de adquisición, disposición y gravamen de los mismos previa autorización de la Asamblea en los casos que corresponda.
  4. d) Proponer el Reglamento Interno y el Código de Ética Profesional a los fines de su aprobación por la Asamblea.
  5. e) Proponer a la Asamblea los aranceles referenciales a percibir por los matriculados en concepto de honorarios, comisiones y gastos relativos a su desempeño.
  6. f) Proponer a la Asamblea los montos máximos de las multas.
  7. g) Convocar a elecciones, aprobar el reglamento electoral, el cronograma electoral y designar la Junta Electoral.
  8. h) Proponer a la Asamblea los montos por derechos de matriculación e inscripción así como la renovación anual de la matrícula, las cuotas periódicas, ordinarias y extraordinarias.
  9. i) Nombrar y remover sus empleados y fijar sus funciones y retribuciones.
  10. j) Denunciar la práctica ilegal de la profesión, cuando en el ejercicio de sus funciones adquiera conocimiento de infracciones.
  11. k) Convocar a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, y fijar el Orden del Día.
  12. l) Cobrar y percibir los derechos de matriculación e inscripción, cuotas de ejercicio profesional, ordinarias y extraordinarias, multas y demás fondos.
  13. m) Ejecutar las sanciones del Tribunal de Ética y Disciplina.

SECCIÓN III

DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS

            Art. 27.- La Comisión Revisora de Cuentas se integrará por un Revisor titular y un Revisor suplente.

            Son electos del mismo modo, deberán contar con los mismos requisitos y duran en su cargo igual tiempo y pueden ser reelectos en iguales condiciones que los miembros de la Comisión Directiva.

            Art. 28.- Le corresponde como función la revisión general, con las modalidades y alcances fijados en el Reglamento Interno, de los ingresos y egresos de los recursos del Colegio.

SECCIÓN IV

DEL TRIBUNAL DE ÉTICA Y DISCIPLINA

            Art. 29.- El Tribunal de Ética y Disciplina se integrará con dos (2) miembros titulares y dos (2) suplentes, elegidos del mismo modo, contar con los mismos requisitos, durarán en sus cargos igual tiempo y podrán ser reelectos en iguales condiciones que los miembros de la Comisión Directiva.

            Art. 30.- El Tribunal de Ética y Disciplina ejercerá la facultad disciplinaria de la matrícula y aplicará las sanciones previstas en la presente Ley.

            Art. 31.- Las sanciones disciplinarias son:

  1. Apercibimiento
  2. Multa
  3. Suspensión.
  4. Cancelación de la matrícula.

            Art. 32.- Las multas serán a favor del COLEGIO DE PROFESIONALES DE CRIMINALÍSTICA Y CRIMINOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA.

            Los montos mínimos y máximos serán establecidos o modificados por la Asamblea a propuesta de la Comisión Directiva, respetando el principio de razonabilidad.

            Art. 33.- La suspensión será de hasta doce (12) meses.

            Art. 34.- La cancelación de la matrícula procederá cuando:

  • Ejecute actos de ejercicio profesional durante la vigencia de una suspensión.
  • Haya sido condenado por la comisión de delitos dolosos que afecten gravemente el decoro, la dignidad y probidad del ejercicio de la profesión. En este caso la cancelación será publicada por tres (3) días en el Boletín Oficial y en dos (2) diarios de mayor difusión en la Provincia.

            Art. 35.- En todo procedimiento a efectuarse por infracción a lo dispuesto en esta Ley se respetarán las normas del debido proceso y el derecho de defensa, pudiendo ser iniciado el mismo por la Comisión Directiva, un corredor matriculado o un tercero interesado.

            Art. 36.- Para la graduación de las sanciones se tomará en consideración la modalidad y el móvil del hecho, los antecedentes personales y el grado de reincidencia del acusado, los atenuantes, agravantes y demás circunstancias del caso.

            Art. 37.- El Tribunal de Ética y Disciplina propondrá a la Asamblea el Reglamento del proceso disciplinario correspondiente. Una vez aprobado por la Asamblea, será publicada por un (1) día en el Boletín Oficial.

            Art. 38.- Los miembros del Tribunal de Ética y Disciplina pueden ser recusados en los casos y formas establecidas respecto de los jueces por el Código de Procedimiento en lo Civil y Comercial de la Provincia. Los miembros que se encontraren comprendidos en causales de recusación deberán inhibirse de oficio. Las integraciones, por recusaciones o cualquier otra causal de apartamiento, se harán con el suplente del Tribunal de Ética y, en su caso, por los que surjan de una lista de colegiados de más de cuatro (4) años de antigüedad.

            Art. 39.- El Tribunal de Ética y Disciplina puede disponer la comparecencia de testigos, inspecciones, exhibición de documentos y toda otra diligencia que considere pertinente para la investigación, garantizando el debido proceso y el derecho de defensa. En caso de oposición adopta las medidas administrativas pertinentes para posibilitar la sustanciación del caso.

            Art. 40.- El Tribunal de Ética y Disciplina actúa:

  1. Por denuncia escrita y fundada.
  2. Por resolución motivada del Consejo Directivo.
  3. Por comunicación de magistrados judiciales y funcionarios del Ministerio Público.

Art. 41.- PRESCRIPCIÓN. Las acciones disciplinarias contra los matriculados prescriben a los cinco (5) años de producirse el hecho que las motive.

La prescripción se interrumpe únicamente por el traslado de la denuncia y la resolución condenatoria, aún cuando no se encuentre firme.

            Art. 42.- Todas las sanciones aplicadas por el Tribunal de Ética, serán recurribles por los interesados, en un plazo máximo de quince (15) días, ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Salta.

            Art. 43.- El matriculado a quien le sea aplicada una suspensión, deberá reintegrar al COLEGIO DE PROFESIONALES DE CRIMINALÍSTICA Y CRIMINOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA el correspondiente carnet habilitante dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de impuesta la sanción.

CAPÍTULO III

DE LAS ELECCIONES

            Art. 44.- Son electores, todos los matriculados que no mantengan deuda con el Colegio y no se encuentren suspendidos.

            Art. 45.- La elección de los miembros de la Comisión Directiva, de la Comisión Revisora de Cuentas y del Tribunal de Ética, se hará por el voto directo y secreto de los afiliados y a simple pluralidad de sufragios.

            Art. 46.- Los mandatos cesan el mismo día en que expira el período legal sin que por ninguna causa pueda prorrogarse ni completarse.

            Art. 47.- Las elecciones se realizarán con una anticipación de por lo menos sesenta (60) días a la fecha de terminación de los mandatos de la Comisión Directiva y del Tribunal de Ética y Disciplina, y Comisión Revisora de Cuentas.

            Art. 48.- La Junta Electoral estará formada por tres (3) colegiados designados por el Consejo Directivo, los que deberán reunir iguales requisitos que para ser miembros del Tribunal de Ética.

            La designación en carácter de miembro de la Junta Electoral, es incompatible con la condición de miembro, titular o suplente, de cualquiera de los órganos del Colegio.

            El cargo de miembros de la Junta Electoral es irrenunciable, salvo causal de legítimo impedimento que será valorado por el Consejo Directivo.

            Art. 49.- La convocatoria a elecciones deberá hacerse con una anticipación no menor a treinta (30) días al acto eleccionario. Dentro del mismo término deberá exhibirse el padrón electoral provisorio.

            Art. 50.- La recepción de votos durará seis (6) horas consecutivas y estará a cargo de la Junta Electoral. Ésta, asimismo entenderá en la confección del padrón electoral y en todo lo relativo al acto eleccionario, oficialización de candidaturas, aprobación de boletas, escrutinio definitivo, proclamación de electos, otorgamiento de sus diplomas y demás atribuciones y deberes que establezcan el reglamento y cronograma electoral.

            La Junta Electoral procederá al escrutinio definitivo inmediatamente después de vencido el plazo de impugnación.

            Art. 51.- Las listas intervinientes podrán impugnar el acto eleccionario dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de efectuado, a cuyo efecto deberá presentarse por escrito ante la Junta Electoral, indicando con precisión las causas del vicio y las pruebas pertinentes, bajo sanción de caducidad.

            Luego de dicho término no se admitirá ninguna reclamación.

            Art. 52.- El Régimen Electoral Provincial y sus modificatorias serán de aplicación supletoria para toda cuestión no prevista.

CAPÍTULO IV

DEL PATRIMONIO

            Art. 53.- El patrimonio del Colegio se compondrá de:

  1. El arancel por la inscripción en la matrícula.
  2. La cuota del ejercicio profesional.
  3. El porcentual retenido sobre honorarios profesionales.
  4. Las multas que se apliquen a los socios.
  5. Las demás contribuciones que fijen por Asamblea.
  6. Los bienes muebles o inmuebles que adquieran por cualquier causa o título y las rentas que los mismos produzcan.
  7. Las donaciones, legados y herencias que acepte y las subvenciones que se le asignen.
  8. Toda otra suma de dinero de origen lícito que tenga por beneficiario al Colegio Profesional.
  • En caso de falta de pago de cuotas, aportes y multas establecidas en esta Ley, las mismas se cobrarán por vía ejecutiva, sirviendo como título ejecutivo la Planilla de Liquidación suscripta con la firma conjunta del Presidente y Tesorero del Colegio Profesional.

TÍTULO III

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

            Art. 54.- Los profesionales actualmente inscriptos en la Corte de Justicia, seguirán ejerciendo sus funciones hasta que el Colegio Profesional eleve para conocimiento la nómina de profesionales matriculados.

            A partir de los ciento veinte (120) días de entrar en vigencia la presente Ley, queda absolutamente prohibido el ejercicio de las actividades profesionales regidas por la misma, a las personas no habilitadas; las que sin cumplir estas condiciones, y sin tener las calidades exigidas, ejercen la actividad profesional, no podrán cobrar los honorarios previstos ni retribución de ninguna especie, y serán pasibles de las denuncias penales que por ejercicio ilegal de la profesión les correspondieren.

            Art. 55.- El Poder Ejecutivo nombrará una Comisión de nueve (9) miembros que tendrá a su cargo la organización del COLEGIO DE PROFESIONALES DE CRIMINALÍSTICA Y CRIMINOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA con las siguientes obligaciones:

  1. Elegir en sesión plenaria al Presidente, Secretario y Vocales de la Comisión
  2. Administrar los fondos y rendir cuentas al finalizar su gestión.
  3. Confeccionar el padrón de profesionales que se inscriban dentro de los cuarenta y cinco (45) días de entrar en vigencia la presente Ley. Los que se inscriban a posteriori no podrán votar en la elección de autoridades.
  4. Confeccionar una ficha-tipo para el empadronamiento, trasladando los datos esenciales a un listado por orden alfabético.
  5. Dentro de los treinta (30) días posteriores al vencimiento del plazo indicado en el inc. c), convocará a los empadronados a una Asamblea Extraordinaria para la aprobación del Reglamento Interno propuesto por la Comisión y para que se fije la tasa de matriculación y cuota de ejercicio profesional.
  • La convocatoria se hará por Edictos en el Boletín Oficial y diarios de mayor circulación durante dos (2) días.
  1. Aprobado el Reglamento Interno por Asamblea, convocará a elección de autoridades del Colegio Profesional en la ciudad Capital dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes.
  2. Constituidas las autoridades del Colegio de Profesionales en la ciudad Capital, cesarán las autoridades provisorias de pleno derecho.
  3. La Comisión Provisoria presentará una rendición de cuentas a las autoridades electas y si la misma no fuere observada dentro de los siete (7) días, quedará aprobada ipso jure y cesará la responsabilidad de la Comisión.

            El empadronamiento equivale a la colegiación y el interesado deberá cumplir con todo lo dispuesto por la presente Ley.

            Art. 56.- Constituido el Colegio, la Corte de Justicia de la Provincia remitirá al mismo el padrón de profesionales inscriptos en la misma, los cuales para continuar en el ejercicio de la profesión deberán matricularse.

            Art. 57.- El Colegio deberá cumplir inmediatamente con lo dispuesto en el artículo 11, respecto a la remisión del listado de profesionales matriculados, consignando datos personales, título habilitante, número de matrícula y cualquier otro dato que considere pertinente.

            Art. 58.- INTERVENCIÓN. El Colegio podrá ser intervenido por el Poder Ejecutivo Provincial cuando mediare una causa institucional grave y al solo efecto de su reorganización. La intervención no podrá en ningún caso durar más de ciento ochenta (180) días y sin renovación automática de período alguno, estableciendo como primer acto el cronograma electoral de normalización. En su caso la designación del interventor deberá recaer en un matriculado habilitado en forma continua e ininterrumpida en el Colegio con una antigüedad en la matrícula superior a diez (10) años. Si la reorganización y/o el cese de la intervención no se produce en el plazo precedentemente indicado, cualquier colegiado podrá recurrir a la Corte de Justicia de la Provincia para requerir el cumplimiento de las presentes disposiciones. La eventual intervención dispuesta por el Poder Ejecutivo debe ser ratificada por ley.

            Art. 59.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Ernesto Juan Aguilera – Raúl Bartolomé García

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El anteproyecto de ley que se acompaña y eleva a consideración surge como necesidad impostergable de regular el ejercicio de una actividad y de agrupar a los profesionales que desarrollan laboralmente la misma, actividad que se viene cumpliendo en nuestro medio desde hace tiempo y ha merecido especial reconocimiento como la labor coadyuvante en el servicio de administración de justicia, auxiliando a quienes tienen la compleja y loable función de impartir justicia mediante determinaciones que contribuyen a dilucidar distintos interrogantes a través de la aplicación de conocimientos específicos sobre determinada materia. En tal sentido, si bien existen otras ciencias y artes, nos referimos acá exclusivamente a la Criminalística y Criminología, ciencias autónomas y con métodos propios, pero relacionadas íntimamente por su finalidad común, la de procurar el descubrimiento de la verdad real de hechos y circunstancias que los rodean.

            Dicho esto, es necesario intentar definiciones que determinen claramente contenido y alcances de cada una de las ciencias mencionadas, para lo cual recurrimos a las siguientes:

            “La Criminalística es la ciencia que estudia la causación de un hecho o situación determinada, mediante el descubrimiento del cómo, cuándo, dónde y quién, aspectos que dan lugar a una serie de actividades referidas especialmente a la identificación de personas y cosas, examen de huellas, rastros, marcas, manchas y de todo otro indicio material vinculado al hecho o situación, empleando ciencias y artes tales como la física, la química, la antropometría, la fotografía, la papiloscopía, la balística, la documentología, la accidentología, etc.”

            “La Criminología es la ciencia empírica e interdisciplinaria que procura conocer las causas, el origen y el desarrollo de la personalidad del delincuente y su conducta criminal”.

            El especial reconocimiento aludido precedentemente, se ve reflejado principalmente por la inclusión, en los códigos y normas de procedimiento de las distintas ramas del derecho, de las determinaciones a las que se arriba mediante la aplicación del conocimiento de tales ciencias con categoría de prueba pericial, estableciendo su procedencia, alcance y valor probatorio, resultados que, si bien generalmente no tienen carácter vinculante, sino deben ser estimados por la autoridad competente para decidir, contribuyen invalorablemente a dilucidar el o los interrogantes motivos de la pericia.

            Así también, la Ley Nº 5.642 -Orgánica del Poder Judicial- al mencionar en el artículo 4º a los auxiliares de la Administración de Justicia, incluye a calígrafos y toda clase de expertos o peritos; en el artículo 66 se refiere a las funciones de tales auxiliares en los siguientes términos: “Los informes, reconocimientos, traducciones, examen y estudios periciales que los tribunales o jueces ordenen de oficio o a pedido de parte, serán expedidos y practicados por los peritos judiciales que determinará la Corte de Justicia en el número que determine la Ley de Presupuesto. Los peritos judiciales para ser designados deberán acreditar título profesional habilitante, con un mínimo de tres años de antigüedad en la matrícula correspondiente de la Provincia y en la especialidad de que se trate”; y en el artículo 67 establece: “En caso de falta o impedimento de los peritos judiciales en la especialidad necesaria, la designación se hará por sorteo de las listas formuladas anualmente por la Corte de Justicia y en su defecto, de oficio, en persona con título expedido por institución oficial o legalmente reconocida. A falta de peritos, el juez del proceso podrá designar expertos en el arte u oficio de que se trate, previa acreditación de idoneidad y…”

            Si bien las leyes rituales y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia, contemplan la posibilidad que en los procesos actúen personas idóneas, respecto a las ciencias que nos ocupa, ello obedeció al hecho que al mismo tiempo de sancionarse las mismas se registraba una carencia o insuficiencia de profesionales con título habilitante en Criminalística y Criminología, pero en la actualidad existe un número importante de profesionales egresados de distintas universidades e institutos universitarios que funcionan en el País, que actúan en nuestro medio y ejercitan su profesión en forma individual e independientemente, labor sobre la cual el único control posible es aquél que podría ejercer los magistrados que entienden en las causas donde intervienen los mismos.

            Se viene observando en la actualidad que, en los procesos de los distintos fueros y en la faz privada, es cada vez mayor la demanda acerca de la producción de prueba pericial relacionada con las ciencias señaladas, especialmente la criminalística, situación que no pasó desapercibida en el ámbito educacional de la Provincia, por cuando una de nuestras casas de altos estudios, la Universidad Católica de Salta, desde el período académico año 2005, incluyó en el seno de la Facultad de Ciencias Jurídicas y como carrera de grado la “Licenciatura en Criminalística”, con una duración de cuatro años y la currícula académica comprende materias como Química, Física, Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, Tecnografía Pericial, Identidad Humana, Balística, Accidentología, Documentología, Medicina Legal, Toxicología, Criminología, etc., obteniendo sus egresados el título de “Licenciado en Criminalística”, con las siguientes incumbencias profesionales: identificar mediante la papiloscopía, dactiloscopía, palmatoscopía a personas y cadáveres a través de las pertinentes impresiones de rastros y/o huellas correspondientes a los mismos y todo lo concerniente a las disciplinas dactiloscópicas y papiloscópicas, identificar e individualizar la raza humana por medio ajeno a la disciplina dactiloscópica, tales como tatuajes, fotografías, anatopometría y demás procedimientos utilizados por la ciencia criminalística; reconocer, levantar, analizar, investigar e identificar huellas humanas, animales y las producidas por cualquier elemento, etc.

            La carrera también prevé el título intermedio de “Perito en Inspecciones Oculares y Dactiloscopía” con las incumbencias profesionales siguientes: identificar títulos que gozan de reconocimiento oficial y validez nacional conforme Resolución Nº 1180/05 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación.

            Esta creación viene a dar respuesta a una realidad incuestionable, relacionada también con la nueva organización estructural del Poder Judicial de la Provincia, que concentró los juzgados y tribunales de los distintos fueros y puso en funcionamiento otros, a fin de responder más eficazmente los requerimientos de justicia, servicio público indelegable para el cumplimiento de uno de los fines fundamentales del Estado, al que corresponde también velar por los derechos y deberes de sus ciudadanos.

            Al respecto, la Constitución de la provincia de Salta en su artículo 28 establece que la libertad de trabajo y el ejercicio de cualquier actividad económica o profesional, es un derecho asegurado a toda persona, siempre que no sea contraria al orden público o al derecho y un deber en la realización de la persona y en su activa participación para la construcción del bien común, por su alta finalidad social goza de la especial protección de las leyes; en el artículo 44 impone a los poderes públicos el reconocimiento y resguardo de los derechos del trabajador, entre ellos el de la defensa de los intereses profesionales, el artículo 46 prescribe que las organizaciones profesionales son reconocidas jurídicamente para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes que establecen las leyes de la Nación y de la Provincia; derechos cuyo ejercicio el Estado debe garantizar en pos de la plena operatividad de los mismos, para ello la Constitución asigna atribuciones a los distintos poderes, como por ejemplo la competencia del Poder Legislativo que prevé en el artículo 127 para sancionar las leyes reglamentarias de los derechos, deberes y garantías consagradas en la misma.

            Por lo tanto, es deber del Estado proteger a los ciudadanos en todos los ámbitos de su vida y resguardar su sana productividad en procura de una sociedad más justa y equilibrada; en este orden es de imperiosa necesidad cuantificar y calificar el crecimiento y desempeño laboral y social de los profesionales universitarios, pudiendo delegar en organizaciones profesionales de creación legal, como los colegios, la misión de resolver por sí mismos los problemas y asuntos de sus profesionales, convirtiéndose la colegiación en un factor de arbitraje y protección de los derechos sociales, laborales y colectivos de sus integrantes, interactuando con el Estado para promover, fortalecer y procurar que no existan vacíos en la defensa y vigencia de los derechos y el cumplimiento de los deberes de los profesionales, en definitiva en salvaguarda del interés general de la sociedad.

      Por lo manifestado, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Ernesto Juan Aguilera – Raúl Bartolomé García

– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

9

Expte. Nº 90-19.875/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- La presente Ley tiene como finalidades esenciales:

  1. Posibilitar el desarrollo integral y armónico de la economía regional andina.
  2. Promover el incremento del desarrollo de cultivos andinos de la Provincia a fin de consolidar el potencial económico, incrementar el producto bruto, aumentar la riqueza y asegurar la plena ocupación de la Región de Pre-Cordillera.
  3. Promover la descentralización productiva con miras a afianzar núcleos de población evitando la concentración irracional de los mismos en sectores densamente poblados.
  4. Estimular la elevación del nivel cultural, técnico y sanitario del sector humano.
  5. Promover la participación organizada de los pequeños productores en las decisiones de políticas, programas y proyectos a nivel provincial.
  6. Preservar el medio ambiente y evitar la explotación y contaminación de la naturaleza, en cumplimiento del Título IV de la Ley Provincial Nº 7.070.
  7. Desarrollar e implementar métodos productivos adecuados que responda a los reales requerimientos y recursos humanos y materiales de la Provincia.
  8. Establecer un sistema que coordine la política productiva desde la educación técnica en todos sus niveles, pasando por la investigación científica.
  9. Impulsar la adopción de modernos procedimientos de producción y conservación de agro cultivos con miras a lograr mejores niveles de productividad.
  10. Fomentar su utilización en los Planes Nacionales Alimentarios.
  11. Incentivar su consumo en Establecimientos Educacionales.

BENEFICIARIOS

            Art. 2º.- Para acogerse a los beneficios y franquicias que acuerda la presente Ley, se deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos generales:

  1. Personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país. En caso de tratarse de personas jurídicas, que las mismas tengan su domicilio y hayan sido constituidas en la República Argentina conforme a sus leyes.
  2. Que cultiven productos considerados como “Cultivos Andinos” según el Ministerio de Desarrollo Económico u organismo que lo reemplace.
  3. Que no tengan pendiente ninguna situación irregular en sus obligaciones fiscales, sociales u otras de carácter administrativo en oportunidad de acordarse los beneficios.

En tales casos las empresas tendrán un plazo de sesenta (60) días a partir de la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento para normalizar tales irregularidades.

ÁREA DE PROMOCIÓN DE CULTIVOS ANDINOS

            Art. 3º.- Créase dentro de la Secretaría de Asuntos Agrarios dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, el Área de Promoción de Cultivos Andinos, la que elaborará los planes de promoción que se establezcan y tendrá a su cargo las demás funciones que le asigna la ley.

            La reglamentación establecerá la forma, modo y término de las funciones del Área que se crea por este artículo.

BENEFICIOS Y FRANQUICIAS

            Art. 4º.- Las personas acogidas a la presente Ley, podrán gozar de los siguientes beneficios y franquicias:

  1. Exención de impuestos provinciales.
  2. Regularización dominial de inmuebles.
  3. Propiciamiento y/u otorgamiento de créditos.
  4. Asistencia Técnica y científica por parte de organismos del Estado.
  5. Facilidades a la capacitación profesional en organismos públicos o privados nacionales o extranjeros.

EXENCIONES IMPOSITIVAS

            Art. 5º.- Las personas beneficiadas podrán gozar de una exención total de hasta diez (10) años de los Ingresos Brutos e Impuesto Inmobiliario.

            Art. 6º.- La exención impositiva regirá a partir de la reglamentación de la presente ley.

REGULARIZACIÓN DOMINIAL DE INMUEBLES

            Art. 7º.- Los beneficiarios del presente régimen gozarán del beneficio de gratuidad en todos los actos y procedimientos contemplados en esta Ley, los que fijare la reglamentación o la autoridad de aplicación. Constituirán impedimentos: la existencia de deudas tributarias, impositivas o de tasas que recaigan sobre el inmueble, ya sean de jurisdicción provincial o municipal, con excepción de la contribución especial establecida por el artículo 9º de la presente Ley.

            Art. 8º.- Quedan excluidos del régimen de la presente Ley:

  1. a) Los propietarios o poseedores de otros inmuebles con capacidad para satisfacer sus necesidades de vivienda;
  2. b) Los inmuebles cuyas características excedan las fijadas en la reglamentación;
  3. c) Personas Jurídicas.

            Art. 9º.- La Provincia dictará las normas reglamentarias y procedimientos para su cumplimiento, teniendo en cuenta un reordenamiento adecuado.

            Art. 10.- A los efectos del financiamiento del sistema, créase una contribución única del 1% del valor fiscal del inmueble, la que estará a cargo de los beneficiarios. La reglamentación determinará la forma de percepción y administración de estos fondos.

CRÉDITOS

            Art. 11.- El Poder Ejecutivo podrá otorgar a las personas acogidas por la presente Ley, créditos en condiciones de fomento con sumas provenientes del Fondo de Promoción de Cultivos Andinos.

            En todos los casos tales créditos deberán ser respaldados mediante la construcción de garantías que se consideren suficientes a favor del Estado Provincial.

FONDO DE PROMOCIÓN DE CULTIVOS ANDINOS

            Art. 12.- El Fondo de Promoción de Cultivos Andinos se integrará con los siguientes recursos:

  1. a) La cantidad que establezca el Presupuesto Anual como contribución de Rentas Generales.
  2. b) Los reintegros de créditos imputables a este Fondo, así como los intereses que devenguen los mismos.
  3. c) Las sumas originadas por las multas impuestas en el artículo 10.

            Queda expresamente establecido que los recursos del Fondo de Promoción Cultivos Andinos se destinará al cumplimiento específico de las finalidades que fija esta Ley. Los saldos existentes al cierre de cada Ejercicio, pasarán a engrosar los Fondos al Ejercicio siguiente.

INFORMACIÓN A SUMINISTRAR

            Art. 13.- Toda persona física o jurídica que esté adherida al Plan de Promoción de Cultivos Andinos deberá inscribirse en el Padrón General de Cultivos Andinos que se crea a los efectos de esta ley y que será llevado por el Área de Promoción de Cultivos Andinos, que deberá ser actualizada en forma anual.

            Art. 14.- En dicha inscripción y/o actualización, los productores deberán detallar, en forma de declaración jurada, la siguiente información: tipo de cultivo; superficie sembrada; evolución de su producción; nivel de facturación; stock de bienes producidos; sistemas de producción y riego incorporados; planes para la capacitación del personal; desarrollo e innovación de tecnología propia; y todo otro dato que permita comprobar el cumplimiento de los fines establecidos en el artículo 1º de la presente Ley.

            Dicha información podrá ser utilizada para la formulación de políticas destinadas a la promoción y al fomento de las PyMES en el ámbito de la provincia de Salta, como así también como fuente de datos para futuros sistemas de información referidos al tema.

SANCIONES

            Art. 15.- Desde el momento que se incurra en incumplimiento total o parcial de la obligación de la presentación de la Declaración Jurada, los productores están sujetos, sin necesidad de constitución en mora de ninguna naturaleza y con la sola notificación, a las siguientes medidas:

  1. Pérdida de los beneficios que se le hubieren acordado con lo previsto en la presente Ley.
  2. Devolución de todos los importes y bienes con que hubieren resultado beneficiados por aplicación de las franquicias previstas con más las multas que establece el artículo 11, intereses estipulados en la Ley Impositiva vigente en el momento en que se constate el incumplimiento.

MUNICIPIOS – ADHESIÓN COMUNAL

            Art. 16.- Las Municipalidades que adhieran por Ordenanza al régimen de la presente Ley, coordinando los beneficios que acuerden con lo establecido en la misma, podrán convenir con la autoridad de aplicación un único sistema de otorgamiento, contralor y propaganda.

JUNTA DE PROMOCIÓN

            Art. 17.- En cada Municipio, o conjunto de ellos, por iniciativa comunal, podrán constituirse Juntas Locales de Promoción de Cultivos Andinos, con las siguientes atribuciones:

  1. Informar o sugerir al Área de Promoción de Cultivos Andinos, sobre aquellos aspectos y experiencias que hagan a una mejor organización de la zona respectiva.
  2. Gestionar ante las autoridades competentes, todas aquellas facilidades que tiendan a promover el desarrollo de producciones andinas.
  3. Transformarse en entes con personería jurídica para afrontar a su cargo, o en coparticipación con organismos estatales, nacionales, provinciales o municipales de carácter público o privado, la realización de las obras de infraestructura básica para el desarrollo productivo.

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

            Art. 18.- La Autoridad de Aplicación de las disposiciones de la presente Ley, será el Ministerio de Desarrollo Económico, a través de la Secretaría de Asuntos Agrarios, u organismo que lo reemplace, quien podrá delegar las funciones correspondientes en los organismos especializados.

            Art. 19.- La presente Ley es de orden público y el Poder Ejecutivo reglamentará la misma en lo que fuese de su competencia, dentro de los sesenta (60) días de su publicación en el Boletín Oficial.

            Art. 20.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Jorge Luis Rodríguez

Fundamentos

Señor Presidente:

            La ley precedente se fundamenta en el artículo 76 de la Constitución Provincial: “Los poderes públicos:

  • Realizan una política orientada al pleno empleo;
  • Fomentan la producción agraria y su desarrollo tecnológico;
  • Estabilizan la población rural y procuran su acceso a la propiedad;
  • Estimulan la industrialización de la Provincia…”

            En este contexto las principales razones que justifican los esfuerzos y las acciones que se menciona en la ley:

  • Los cultivos andinos son plantas autóctonas y totalmente adaptadas a las condiciones ecológicas de Los Andes.
  • El valor nutritivo de estos cultivos se complementa muy bien con los alimentos más populares, como el arroz, el trigo y la papa. Por ejemplo los granos andinos son reconocidos en el mundo científico internacional por la alta calidad de su proteína; el lupino andino por su alto valor proteico y de grasa; los tubérculos y raíces como fuentes de calorías, así como los frutales por su contenido en vitaminas.
  • Los tubérculos y raíces pueden tener, por su resistencia al frío (maca) y su potencial volumen de producción, como el caso de la oca, olluco y mashua un lugar muy importante en el abastecimiento de alimentos.
  • Hay suficientes ensayos que comprueban la factibilidad de reemplazar por lo menos parcialmente a muchos alimentos, como la harina de trigo, por los cultivos andinos o de sustituir la leche por preparados similares en base a quinua, amaranto y tarwi.

            Existe una baja productividad en estos cultivos, pero se podría mejorar con sistemas de rotación, contar con distintas variedades y tecnología de la producción que se complementan. Lo que se requiere es un programa de promoción integral. La promoción de estas especies debe estar ante todo sustentada en incentivos al productor, ofreciéndole las mejores condiciones para la producción y la comercialización.

            Por otro lado, los cultivos andinos también han estado ligados a la cultura andina durante milenios y aún están presentes en costumbres y tradiciones de la región. La motivación para su producción no es solamente económica sino que también tiene en mira objetivos sociales y culturales. Resulta de importancia estratégica para lograr una mejora palpable en la calidad de vida de los habitantes y evitar migraciones por razones económicas, crear las condiciones que, con carácter permanente, favorezcan el arraigo en el lugar de origen y fortalezcan el tejido social y productivo en la región.

            Para el cumplimiento de tales fines se viene desarrollando un par de medidas económicas como la construcción de un galpón de acopio de papa andina en el paraje El Alfarcito, en la ruta nacional Nº 51 km. 82,5. Pero esto es recién un comienzo de la promoción y fomento de cultivos andinos.

            En suma, mediante las políticas previstas y las que en su consecuencia defina y ejecute la autoridad de aplicación, con la participación de los distintos actores involucrados, desde sus diversos ámbitos de incumbencia y acción, se procura alcanzar con carácter duradero la recuperación y desarrollo de la producción de los cultivos andinos de valor nutricional, sujeto a pautas uniformes de sustentabilidad ambiental, territorial, económica y social, para incrementar la soberanía y seguridad alimentaria, el arraigo de la población en el medio rural, las fuentes de trabajo estable, y a la vez, fortalecer el tejido social y productivo en las áreas rurales, logrando una mejor calidad de vida de sus pobladores.

            Por todas las razones precedentemente expuestas, solicito a mis pares que me acompañen con su voto afirmativo para la aprobación del presente proyecto de ley.

Jorge Luis Rodríguez

– A la Comisión de Agricultura y Ganadería.

VIII. Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-19.821/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, invitar al señor Presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos a concurrir a la Presidencia de la Cámara de Senadores el día miércoles 6 de julio del corriente año a horas 10:00, para informar sobre el aumento aplicado a las tarifas de los servicios de agua, luz y cloacas.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Raúl Bartolomé García

Sr. Presidente (Luque).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para ser tratado en su oportunidad.

2

Expte. Nº 90-19.822/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar a la señora Secretaria de Prensa y Difusión, informe en un plazo de cinco (5) días, lo siguiente:

– Publicidad Oficial en los distintos medios nacionales y provinciales, desde el 1 de enero al 30 de junio de 2011.

– Deberá indicar: canales de televisión, radios y medios gráficos en general, puntualizando lo pactado y abonado por mes a cada uno de ellos.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Raúl Bartolomé García

Sr. Presidente (Luque).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para ser tratado en su oportunidad.

3

Expte. Nº 90-19.823/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que en virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Ministro de Salud Pública informe si tiene conocimiento del estado edilicio y en las condiciones precarias en que viene funcionando el Centro Sanitario de la localidad La Candelaria, y para el caso qué medidas tiene previstas para mejorar esta situación dado que es absolutamente necesaria una solución inmediata siguiendo el curso de la política de gobierno de priorizar la salud.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Ernesto Juan Aguilera

Sr. Presidente (Luque).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para ser tratado en su oportunidad.

4

Expte. Nº 90-19.827/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara las Bodas de Plata de la Escuela Primaria Nº 4.312 “Virgen del Milagro”, del paraje La Esperanza del municipio de Rivadavia Banda Sur, departamento Rivadavia, a celebrarse el día 6 de julio de 2011.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Mashur Lapad

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Esta iniciativa es un sentido reconocimiento y homenaje a la Escuela Primaria Nº 4.312 “Virgen del Milagro”, del paraje La Esperanza, municipio de Rivadavia Banda Sur, que el día 6 de julio de 2011 celebra sus Bodas de Plata.

            En sus 25 años de vida y junto al crecimiento demográfico del municipio de Rivadavia Banda Sur, la escuela primaria de la comunidad de La Esperanza ha realizado una gran siembra en materia de educación entre los habitantes de esa zona del Chaco Salteño, pero fundamentalmente ha formado y educado excelentes padres de familia y buenos ciudadanos.

            Por lo expuesto, en un claro homenaje de esta Cámara de Senadores en las Bodas de Plata de esta escuela, solicito me acompañen en la aprobación del presente proyecto.

Mashur Lapad

– A la Comisión de Educación y Cultura.

5

Expte. Nº 90-19.839/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al señor Ministro de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos, para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre la actuación de la Policía en el barrio San Francisco Solano de la ciudad de Salta, durante estos meses y recientemente en oportunidad de llevarse a cabo una asamblea de vecinos el día sábado 25 de junio del corriente año, en la cual se expusieron planteos que se registran apremios y razzias en la zona.

            Art. 2º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para ser tratado en su oportunidad.

6

Expte. Nº 90-19.840/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al señor Ministro de Desarrollo Económico para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre:

  1. Nómina de beneficiarios de los fondos restantes que se han gestionado mediante el Decreto Nº 927 – Convenio 1/10 de fecha 2 de marzo de 2010.
  2. Detalles de lo planificado en las diferentes reuniones de mesa, respecto de la validación de la Bodega Comunitaria y montos a asignar.
  3. Detalle de quienes percibieron recursos a través de lo establecido en la Resolución N° 102 que aprueba convenios de colaboración entre la Secretaría de Asuntos Agrarios y los municipios de Angastaco, San Carlos, Cafayate y Animaná.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para ser tratado en su oportunidad.

7

Expte. Nº 90-19.847/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara las actividades a realizarse el día 9 de julio del corriente año en el municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma en el marco de los festejos en conmemoración del 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Jorge Luis Rodríguez

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Rodríguez.- Señor Presidente: solicito se reserve en Secretaría para el tratamiento sobre tablas, por la inmediatez de la fecha.

Sr. Presidente (Luque).- Se reserva en Secretaría.

8

Expte. Nº 90-19.848/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la Fiesta y Feria de la Papa Andina, a realizarse el día sábado 16 de julio del corriente año en el paraje El Alfarcito, en el municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Jorge Luis Rodríguez

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Rodríguez.- Señor Presidente: solicito reserva para el tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Se hará la reserva correspondiente.

9

Expte. Nº 90-19.858/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la realización de las “XXIV Jornadas Nacionales de los Ministerios Públicos”, a llevarse a cabo entre los días 28 y 30 de setiembre del corriente año en la ciudad de Salta-Capital.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Gustavo Adolfo Ruberto Saenz – Pablo Raúl Díaz – Raúl Bartolomé García – Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional

10

Expte. Nº 90-19.868/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Solicitar a los señores Diputados y Senadores Nacionales de las provincias de Salta y Catamarca, que coordinen acciones a los efectos de lograr una pronta solución al problema limítrofe que engloba a dichas provincias argentinas.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Bernardo Emeterio Soriano

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto se fundamenta en la necesidad de que los señores Diputados y Senadores Nacionales de las provincias de Salta y Catamarca coordinen y agilicen políticas públicas destinadas a dar pronta solución al problema limítrofe entre ambas provincias.

            La Constitución Nacional en su artículo 75, inciso 15, textualmente dice: “Art. 75.- Atribuciones del Congreso: 1. … 15: Arreglar definitivamente los límites del territorio de la Nación, fijar los de las provincias, crear otras nuevas, y determinar por una legislación especial la organización, administración y gobierno que deben tener los territorios nacionales, que queden fuera de los límites que se asignen a las provincias.”

            Los Legisladores Nacionales representantes de las provincias de Salta y Catamarca deben aunar criterios y esfuerzos para dar pronta solución a la cuestión limítrofe, en particular en el sector del paraje Diablillos, departamento Los Andes (Salta) con el departamento Antofagasta de la Sierra (Catamarca); máxime cuando históricamente las cuestiones limítrofes han dado origen a disputas y desacuerdos entre ambas provincias.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

Bernardo Emeterio Soriano

– A la Comisión de Área de Frontera y Límites.

11

Expte. Nº 90-19.872/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés del Senado, el XXXI Congreso Argentino de Neurología Infantil organizado por la Sociedad Argentina de Pediatría, que se desarrollará en esta ciudad desde el 17 al 19 de noviembre del año en curso.

Manuel Héctor Luque – Silvia Guadalupe Cabana – Luis Francisco D’Andrea – Juan Martín Moreyra

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

12

Expte. Nº 90-19.874/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.-  Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al Ente Regulador de Servicios de Gas, para que en un plazo de cinco (5) días informe a este Cuerpo sobre los motivos por los cuales la empresa CONTA SRL (empresa adjudicataria) paralizó las obras de conexión de red externa de gas del departamento Anta y en especial el municipio de Joaquín V. González.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Onofre Arnaldo Barboza

Sr. Presidente (Luque).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para ser tratado en su oportunidad.

13

Expte. Nº 90-19.876/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R ES U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al señor Ministro de Salud Pública de la Provincia para que a través de la Secretaría de Salud Mental y Abordaje Integral de las Adicciones y en un plazo de cinco (5) días informe sobre:

  1. Programas y acciones que se han diseñado y aplicado en torno a generar prevención de suicidios en la provincia de Salta desde 2009 a la fecha, detalle de profesionales y personal que interactúan en el área respectiva, presupuesto asignado para tal finalidad y resultados obtenidos;
  2. Programas y acciones que se han diseñado y aplicado en torno a la prevención y tratamiento de las adicciones en la provincia de Salta desde 2009 a la fecha, detalle de profesionales y personal que interactúan en el área respectiva, presupuesto asignado para tal finalidad y resultados obtenidos;
  3. Detalles de otros programas que lleva adelante la Secretaría, presupuestos asignados, nómina de profesionales y personal que desarrollan tareas en los mismos, presupuesto asignado para tal finalidad y resultados obtenidos.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para ser tratado en su oportunidad.

IX

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-19.812/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales representantes de la provincia de Salta, gestionen ante la Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica -(A.N.M.A.T.), para que los fármacos AINES (Anti Inflamatorios No Esteroides) sean adquiridos exclusivamente bajo receta médica debido a los riesgos cerebro vasculares y de infarto de miocardio asociados a su uso indebido; y, con el fin de proteger a la población dar un mensaje para que estos medicamentos sean regulados con cuidado.

Manuel Héctor Luque – Luis Francisco D’Andrea – Néstor Eduardo Parra

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

2

Expte. Nº 90-19.816/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas y/o el organismo que resulte competente, arbitre los medios necesarios a fin de proceder a la ejecución de la segunda etapa del tendido de red cloacal sobre el sector Sur, cuya zona está comprendida entre las calles General Güemes, 20 de Febrero, Luis Burela y 25 de Mayo, de la localidad de El Carril, departamento Chicoana.

Luis Francisco D’Andrea

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Lo que vengo a pedir a través del presente proyecto de declaración es nada más y nada menos uno de los servicios públicos esenciales que eleva la calidad de vida de los ciudadanos de nuestra Provincia.

            La ejecución de la segunda etapa de la red cloacal para el sector Sur de la localidad de El Carril, cuya zona está comprendida entre las calles General Güemes, 20 de Febrero, Luis Burela y 25 de Mayo, beneficiará a una gran cantidad de pobladores que allí viven y que esperan desde hace mucho tiempo la materialización de esta obra. Tal anhelo se transformó en un reclamo justo y constante.

            Deseo manifestarles que, gracias al Gobierno Provincial, en la localidad de El Carril se pudo inaugurar el año pasado la planta depuradora de tratamiento de líquidos cloacales del Valle de Lerma, como así también la primera etapa del tendido de red cloacal, que comprendió a los populosos barrios de Cavilmonte, Jardín de María, 24 de Septiembre y Del Milagro. Por todo ello, entiendo que el cumplimiento generoso de la presente solicitud contribuirá, como se mencionó, a mejorar enormemente la calidad de vida de nuestros vecinos y a la protección del medio ambiente.

            Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de declaración.

Luis Francisco D’Andrea

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

3

Expte. Nº 90-19.817/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas y/o el organismo que resulte competente, arbitre los medios necesarios a fin de proceder a la construcción de un edificio para el funcionamiento de la Escuela Especial Nº 7.058, de la localidad de Chicoana, departamento del mismo nombre.

Luis Francisco D’Andrea

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La consideración hacia los más débiles y vulnerables de la sociedad como son, entre otras, las personas con capacidades especiales, es y debe ser siempre una prioridad en políticas de cada gobierno de turno.

            La Escuela Especial Nº 7.058 funcionó hasta el inicio del Período Lectivo 2010 como anexo de la Escuela Nº 4.369 “Carmen Güemes de la Torre”, del paraje de Bella Vista, departamento Chicoana. A partir de allí, se trasladó hasta un edificio que pertenece actualmente al Ministerio de Educación de la Provincia, el cual se encuentra ubicado dentro del ejido urbano del municipio de Chicoana, en donde además están instalados en el mismo la Escuela de Educación Técnica Nº 3.161 y la Comisaría Nº 18 de esa localidad. Salta a la vista que, ante tanto hacinamiento y desorganización, es imposible lograr un orden en el proceso de enseñanza y aprendizaje y fundamentalmente en la inclusión, estimulación e integración. No se puede conseguir ningún objetivo antes citado si tal establecimiento educativo está en contacto permanente con los detenidos que arriban al destacamento policial

            Asimismo es notable la falta de educación del inmueble para las personas con capacidades diferentes ya que carece de rampas de acceso, sanitarios para discapacitados, sala para estimulación temprana, cocina, entre otras necesidades.

            Quiero destacar que, a pesar de los pronósticos desfavorables ya descriptos, los docentes llevan, con gran esmero, solidaridad y amor, la puesta en marcha de esta noble institución que acoge a tantos niños y niñas desde hace diez años.

            Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la probación del presente proyecto de declaración.

Luis Francisco D’Andrea

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

4

Expte. Nº 90-19.818/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo que resulte competente, arbitre los medios necesarios a fin de considerar, entre las prioridades del Gobierno de la Provincia, la provisión de agua potable para los parajes Las Barrancas y San Antonio – El Bañado, pertenecientes al municipio de El Carril del departamento Chicoana.

Luis Francisco D’Andrea

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Este pedido surge de la necesidad imperiosa que tienen los pobladores de los parajes Las Barrancas, El Bañao y San Antonio, todos ellos pertenecientes al municipio de El Carril, de contar con agua potable.

            Tal carencia se ha planteado oportunamente mediante esta vía debido a la comunicación realizada por los señores miembros del Concejo Deliberante de la localidad de El Carril, quienes son receptores directos de los reclamos y preocupaciones de los vecinos.

            Considero pertinente elevar una vez más la presente solicitud a las autoridades provinciales a fin de tratar la problemática exhibida ya desde hace tiempo y dar una solución para el goce y beneficio que merece todo ser humano, como es el consumo vital de agua potable.

            Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de declaración.

Luis Francisco D’Andrea

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

5

Expte. Nº 90-19.819/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, arbitre todos los medios necesarios a fin de que a la brevedad funcione un Destacamento de la Policía de Salta en la localidad de Santa Rosa de los Pastos Grandes  jurisdicción del municipio San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

Bernardo Emeterio Soriano

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente  proyecto se fundamenta en las siguientes consideraciones: en los últimos años el departamento Los Andes en general, y el municipio de San Antonio de los Cobres en particular, ha tenido un crecimiento poblacional importante.

            Santa Rosa de los Pastos Grandes es una localidad de aproximadamente 340 habitantes, que posee centro de salud, escuela, energía eléctrica y agua corriente, está ubicada a la vera de la ruta provincial Nº 129 que es el camino obligado de los numerosos camiones y camionetas que diariamente se dirigen a los importantes establecimientos mineros de boratos como ser: Sijes y Tincalayu de la Empresa Bórax Argentina S.A.

            En los últimos tiempos Santa Rosa de los Pastos Grandes está recibiendo turistas que visitan dicha localidad atraídos por el gran humedal que posee, la presencia del agua posibilita que se encuentren truchas y que los camélidos (llamas y vicuñas) posean suficientes pasturas y por ende su población de llamas es la más  numerosa de la Puna Salteña.

            Asimismo se están llevando a cabo importantes trabajos de exploración minera relacionados con el mineral oro, litio y plata, los cuales sumados a la actividad minera tradicional que son los boratos, motivan que aumente la circulación vehicular y que los choferes de las empresas mineras requieran servicios como ser: comidas y hospedajes, y de víveres en  general, lo que hace prever un aumento de la población.

            Cuando ocurren casos relacionados con la seguridad, los pobladores de Santa Rosa de los Pastos Grandes deben ocurrir a la Sub-Comisaría de San Antonio de los Cobres, distante a 60 km., lo que motiva que muchos casos delictuosos no son denunciados por problemas de distancia y de transportes, y por ende se crea un clima de inseguridad.

            Para revertir este clima de inseguridad, la población de Santa Rosa de los Pastos Grandes, el personal de las empresas mineras de la zona y los turistas que visitan esta hermosa localidad de la puna salteña necesitan con urgencia que la Policía de la Provincia brinde el servicio de seguridad pública mediante el funcionamiento de un destacamento policial en la localidad de Santa Rosa de los Pastos Grandes.

            En mis periódicas visitas que realizo a Santa Rosa de los Pastos Grandes es reiterativo el pedido de sus pobladores del funcionamiento de un destacamento policial, pedido que comparto plenamente.

            Por ello, urge solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que corresponda, que arbitre todos los medios necesarios a fin de que a la brevedad funcione un Destacamento de la Policía de Salta en la localidad de Santa Rosa de los Pastos Grandes, jurisdicción del municipio de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Bernardo Emeterio Soriano

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

6

Expte. Nº 90-19.820/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, arbitre todos los medios necesarios a fin de que se incorpore en el Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2012 la obra construcción playón polideportivo cubierto del Colegio Secundario Nº 5.025 de la localidad de San Antonio de los Cobres.

Bernardo Emeterio Soriano

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto se fundamenta en las siguientes consideraciones.

            En los últimos años el departamento Los Andes en general, y la localidad de San Antonio de los Cobres en particular, ha tenido un crecimiento poblacional importante.

            San Antonio de los Cobres se ha convertido en el tercer destino turístico del interior más visitado por los turistas principalmente extranjeros, que día a día nos visitan atraídos por las excepcionales bellezas naturales de la puna y por la obra maestra de la ingeniería ferroviaria que es el “Viaducto La Polvorilla”, conocida mundialmente a través del “Tren a las Nubes”.

            Asimismo se están llevando a cabo importantes emprendimientos mineros relacionados con el mineral litio y plata, lo que motiva que la población aumente en forma constante.

            Solamente San Antonio de los Cobres, localidad cabecera del departamento Los Andes, tiene una población de aproximadamente 8.000 habitantes; reflejándose dicho crecimiento en la matrícula de los niños y jóvenes que concurren a los establecimientos educacionales de Nivel Primario, Secundario y Terciario.

            Al Colegio Secundario Nº 5.025 “Sagrado Corazón de Jesús” ubicado en la localidad de San Antonio de los Cobres concurren alumnos de todo el departamento Los Andes, el cual tiene una numerosa matrícula.

            El clima de San Antonio de los Cobres es en extremo duro, con intensos fríos y con fuertes vientos; lo cual hace casi imposible que se practiquen deportes a la intemperie.

            Es necesario realizar la construcción de un playón polideportivo para el Colegio Secundario Nº 5.025 a efectos de que sus alumnos cuenten con espacio deportivo que les permitan realizar las clases de Educación Física y practicar deportes bajo techo.

            Asimismo dicho playón polideportivo cubierto podría estar abierto para que los demás jóvenes de la localidad de San Antonio de los Cobres puedan practicar variadas disciplinas deportivas.

            A efectos de alejar a los jóvenes de las adiciones, es conveniente instarlos a practicar deporte, para ello urge solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que corresponda, que arbitre todos los medios necesarios a fin de que se incorpore en el Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2012, dicha obra que beneficiará en gran manera a toda la comunidad.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Bernardo Emeterio Soriano

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

7

Expte. Nº 90-19.824/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, Secretaría de Seguridad y Jefatura de Policía, arbitre las medidas que resulten necesarias, a los fines que se disponga la creación y construcción de un Destacamento Policial en la localidad de La Puntana en el municipio de Santa Victoria Este, departamento Rivadavia.

Mashur Lapad

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Hoy pongo este proyecto a consideración del Senado, y no por iniciativa personal de este Senador Provincial, sino por el sentido anhelo y reclamo de un gran sector del municipio de Santa Victoria Este, como en la localidad de La Puntana, donde sus habitantes solicitan y esperan la creación y construcción de un destacamento policial en esa comunidad.

            La densidad demográfica de la localidad de La Puntana fundamenta este proyecto y si hacemos alusión al candente tema de la seguridad, resulta sumamente necesario construir y poner en funcionamiento un destacamento policial en ese núcleo habitacional, habida cuenta de los hechos delictivos y a veces de enfrentamiento entre criollos y aborígenes ocurridos allí, y que fueron recientemente difundidos masivamente por los medios de prensa.

            Por otra parte, es justo señalar que La Puntana fue visitada por la Presidente Cristina Fernández de Kirchner en su primera visita a nuestra Provincia; se encuentra geográficamente en una zona de frontera, a sólo 2 km. de Hito 1 y de la República de Bolivia.

            Por último, debo aseverar que un destacamento policial contribuirá con la seguridad y beneficiará no solo a la localidad de La Puntana, sino también a muchas zonas rurales adyacentes a esta gran concentración habitacional, más aún tomando en cuenta el crecimiento poblacional de esa comunidad.

            Por todo lo expuesto, señor Presidente, señores senadores, solicito que me acompañen en la aprobación de este proyecto.

Mashur Lapad

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

8

Expte. Nº 90-19.825/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Tierra y Hábitat y otros organismos competentes, arbitre las medidas necesarias a los fines que se realice un relevamiento, ordenamiento, mensura y titularización dominial de lotes fiscales urbanos habitados de manera real y permanente en las diversas localidades de los municipios de Rivadavia Banda Sur, Rivadavia Banda Norte y Santa Victoria Este del departamento Rivadavia.

Mashur Lapad

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Este proyecto que hoy pongo a consideración de esta Cámara, es concerniente a una cuestión pendiente que aún resta tramitar y ejecutar en los municipios de Rivadavia Banda Sur, Rivadavia Banda Norte y Santa Victoria Este del departamento Rivadavia.

            Esta iniciativa tiene lugar ante los innumerables pedidos de los vecinos de los tres municipios del departamento Rivadavia, y en respuesta a estos requerimientos resulta necesario realizar un relevamiento, ordenamiento y regularización de la situación dominial de los terrenos urbanos que están habitados y por tantos años transcurridos ya han originado derechos adquiridos a favor de sus ocupantes.

            Ante la precariedad jurídica desde el punto de vista de la carencia de la titularidad de los habitantes de esos terrenos es menester viabilizar la escrituración de los mismos, y para así otorgar seguridad legal a los vecinos que no poseen documentación, pero sí tienen posesión y residencia real de las tierras urbanas.

            En casi todo el departamento Rivadavia se debe efectuar un trabajo serio y minucioso para regularizar la posesión legal de los lotes urbanos habitados por los vecinos en los tres municipios.

            Por lo expuesto, solicito a los señores senadores que me acompañen en la aprobación de este proyecto de declaración.

Mashur Lapad

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

9

Expte. Nº 90-19.826/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, el Poder Ejecutivo Nacional y los señores Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, arbitren y gestionen las medidas necesarias a los fines que se garantice y solucione a la brevedad posible el desabastecimiento emergente de combustible que ya es muy notorio en las estaciones de servicio de la provincia de Salta, y en gran parte del Norte Argentino y todo esto de acuerdo a la vigente Ley Nacional Nº 20.680, de Abastecimiento.

Mashur Lapad

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Este proyecto surge atento a la situación por la que atraviesan las estaciones de servicios de nuestra Provincia, originada por la escasez de combustibles.

            Este problema de desabastecimiento puede estar originado por el gran mercado automotriz de Salta, o por el tardío abastecimiento por parte de las empresas proveedoras de las estaciones de servicio o por una especulación entre la oferta y la demanda de combustible.

            Lo cierto de todo esto es que la situación descripta ya se siente entre las empresas de transporte de carga, de pasajeros, en el sector productivo, industrias y en los vehículos particulares.

            Por su parte Ricardo Stella, Presidente de la Cámara de Expendedores de Combustibles de la Provincia, afirmó que la causa proviene de que la demanda es alta y la provisión de combustible por parte de las petroleras a las estaciones de servicio es deficiente y cada vez más espaciada.

            Además señaló que “hay una demanda superior a lo que se está produciendo”. Agregó que la provisión del combustible, a cargo de las petroleras, también es un problema porque “hoy no se recibe combustible todos los días”, ya que los camiones proveedores “llegan en promedio cada dos o tres días y la carga que traen dura un día o día y medio”.

            Esta escasez de combustible obedece también a la forma en que las petroleras organizan la provisión respecto de la logística, “son 36 horas promedio para cargar, descargar y volver a la planta”. Los propietarios de las estaciones de servicios ya han manifestado su preocupación.

            Por lo expuesto, resulta menester que se arbitren y gestionen las medidas necesarias a los fines que se garantice y solucione a la brevedad posible el desabastecimiento de combustible que ya es notorio en la provincia de Salta, y en gran parte del Norte Argentino, y conforme a la vigente Ley Nacional Nº 20.680, de Abastecimiento.

Mashur Lapad

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: solicito que el expediente se reserve en Secretaría para su tratamiento.

Sr. Presidente (Luque).- Así se hará, señor Senador.

10

Expte. Nº 90-19.828/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, arbitre las medidas que resulten necesarias para la creación y construcción de una Subcomisaría Policial en el Barrio San Jorge de la ciudad de Rosario de Lerma, en el inmueble donado con ese destino por el Concejo Deliberante de esa ciudad a través de la Ordenanza Municipal Nº 1.436/03; y habida cuenta de estar ya establecida la partida presupuestaria para este fin en el Presupuesto 2011 de la Provincia.

Jorge Luis Rodríguez

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Abrazado al concepto de la perseverancia, nuevamente pongo este proyecto en consideración del Senado, y no por un capricho de este Senador Provincial, sino por el sentido anhelo y reclamo de un gran sector de la ciudad de Rosario de Lerma.

            Para la creación, construcción y puesta en funcionamiento de una Subcomisaría Policial en el Barrio San Jorge, resalto que se vinieron incorporando las partidas presupuestarias con ese destino en las Leyes de Presupuestos de la Provincia, en los períodos 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, no habiéndose ejecutado aún dicha obra. Además debo resaltar que en la Ley de Presupuesto 2011 de la Provincia nuevamente y por insistencia se ha incorporado una partida presupuestaria específica para ese fin.

            La densidad demográfica del barrio San Jorge fundamenta este proyecto y si hacemos alusión al candente tema de la seguridad, resulta sumamente necesario construir y poner en funcionamiento un destacamento policial en ese núcleo habitacional, habida cuenta de los hechos delictivos ocurridos allí, en muchos casos con víctimas fatales, y muchos de ellos fueron difundidos por los medios de comunicación.

            Por otra parte, me permito destacar que por consenso social y político, para concretar este proyecto, ya existe un terreno destinado por el Concejo Deliberante de la ciudad de Rosario de Lerma, mediante Ordenanza Nº 1.436 de fecha 15 de julio del año 2003.

            Un destacamento policial contribuirá con la seguridad y beneficiará no solo al barrio San Jorge, sino también a muchos barrios y zonas rurales adyacentes a este núcleo habitacional, más aún tomando en cuenta el crecimiento poblacional de la ciudad de Rosario de Lerma.

            Por todo lo expuesto, señor Presidente, señores senadores, solicito me acompañen en la aprobación de este proyecto.

 Jorge Luis Rodríguez

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

11

 Expte. Nº 90-19.829/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos competentes efectúe el estudio técnico y la construcción de la obra pública necesaria (alcantarilla-canal de desagüe) a la altura del paraje Megui en la Ruta provincial Nº 23 que une a la ciudad de Rosario de Lerma con Cerrillos.

Jorge Luis Rodríguez

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Este proyecto debo fundamentarlo en razón de haber recepcionado la inquietud, la preocupación y el pedido de numerosos vecinos de la ciudad de Rosario de Lerma, que tienen como vía de tránsito y comunicación a la Ruta Provincial Nº 23.

            La Ruta Provincial Nº 23 hace menos de cuatro años fue repavimentada por la Dirección de Vialidad de la Provincia, y en la actualidad lamentablemente ya tiene trayectos muy deteriorados con grietas que obligó a Vialidad Provincial a realizar bacheos.

            Asimismo, debo señalar que en épocas de lluvia, hay sectores de esa ruta que se tornan intransitables debido a los anegamientos e inundaciones, tal es el caso particular del sector comprendido entre los parajes San Martín y Villa Rosa, específicamente en el paraje denominado Megui, jurisdicción de Rosario de Lerma, donde a meses de haber sido inaugurada la tan anhelada repavimentación, a consecuencia de las lluvias y de las inundaciones la ruta fue destruida completamente en ese lugar; lo que implica que allí se debe ejecutar una eficiente obra pública tipo alcantarilla, para protección de la ruta y para el desagüe del Arroyo que en época de lluvias se forma y atraviesa de manera perpendicular dañando a la Ruta Provincial Nº 23, cuyo tramo de pavimento aún no ha sido reparada.

            Es menester que estos trabajos de reparación en ese sector de la ruta, más la construcción de la obra de arte en el paraje Megui, se realicen antes del advenimiento del próximo verano, ya que la intención consiste en prevenir, no solo la buena conservación y transitabilidad de la ruta, sino que resulta necesario también proteger la vida de los ciudadanos, habida cuenta del fluido tránsito de automóviles particulares, camiones, colectivos, remises, máquinas agrícolas y ciclistas que tiene la Ruta Provincial Nº 23.

            Es por ello, señor Presidente, señores senadores, que solicito me acompañen en la aprobación de este proyecto de declaración.

Jorge Luis Rodríguez

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

12

Expte. Nº 90-19.830/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Desarrollo Económico, Secretaría de Asuntos Agrarios, arbitre las medidas necesarias a los fines que se provea de forrajes, maíz, vacunas de calcio, antiparasitarias, antibióticos, para ganado caprino, ovino y vacuno de los pequeños productores ganaderos de los diversos parajes de la Quebrada del Toro del departamento Rosario de Lerma.

Jorge Luis Rodríguez

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Este proyecto que pongo a consideración de esta Cámara tiene lugar en virtud de las necesidades que a partir de esta época del año padecen los pequeños productores ganaderos de la zona de la Quebrada del Toro del departamento Rosario de Lerma.

            Una vez que concluye cada verano, y durante el resto del año, en la Quebrada del Toro, por ser una zona relativamente desértica y montañosa, los productores padecen de la sequía y la falta de pasturas, lo que origina graves inconvenientes en la alimentación de sus ganados.

            Es por esta situación recurrente que resulta menester que el Gobierno Provincial, a través de sus organismos competentes, arbitren las medidas necesarias a los fines que se asista y provea con forrajes, maíz, vacunas de calcio, antiparasitarias, antibióticos para ganado caprino, ovino y vacuno.

            Asimismo, cabe señalar que la producción ganadera de estos habitantes de la Quebrada del Toro es destinada para la autoalimentación de sus familias y en menor grado para la comercialización, razón por la cual el Estado Provincial debería ayudar a los mismos.

            Por lo expuesto, solicito a los señores senadores que me acompañen en la aprobación de este proyecto de declaración.

Jorge Luis Rodríguez

– A la Comisión de Agricultura y Ganadería.

13

Expte. Nº 90-19.831/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos que competentes, instrumente los medios y las partidas necesarias para que se construya el edificio para que funcione el Colegio Secundario de La Poma, en el Departamento del mismo nombre.

Telmo Salva

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La educación es el pilar básico para el desarrollo de un pueblo y es lo que se pretende en La Poma, ya que hay muchos jóvenes que están estudiando en la universidad, egresados del Colegio Secundario Nº 5.069, y para nosotros es un orgullo.

            El colegio funciona en el edificio de la escuela primaria, por la tarde despliega sus actividades, con el fin de despertar motivación e interés por el estudio.

            El espacio es insuficiente para las actividades que realizan, por ello se pretende mejorar el funcionamiento mediante la construcción de un edificio adecuado para los educandos.

            Muchos jóvenes se trasladan a la ciudad, y como consecuencia de ello se produce el abandono; algunos retornan y otros, los que no regresan, se dedican a realizar changas sin futuro.

            Para evitar el desarraigo, la frustración, el abandono y cuantas situaciones incómodas para ellos y sus familiares, solicito al Gobierno Provincial los fondos necesarios para la construcción del Colegio Secundario en La Poma.

            Por lo expuesto, solicito a los señores senadores la aprobación del presente proyecto de declaración, mediante su voto.

Telmo Salva

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

14

Expte. Nº 90-19.832/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos que competentes, instrumente los medios y las partidas necesarias para que se construya el sistema de colección y tratamiento cloacal en el Pueblo de La Poma, departamento La Poma.

Telmo Salva

Fundamentos

Señor Presidente:

            El Pueblo de La Poma, cabecera del Departamento del mismo nombre, en la actualidad no posee un sistema de colección ni tratamiento de sus efluentes cloacales.

            La población actualmente realiza excavación para pozos absorbentes a fin de disponer de sus efluentes y como consecuencia de ello se origina una elevada contaminación en los niveles freáticos, que en épocas estivales es visible cuando las aguas aparecen en la superficie como consecuencia de la saturación de los suelos y las pendientes de los terrenos.

            Esta situación trae graves consecuencias en la salud de los pobladores por la falta de sistema de tratamientos de los efluentes cloacales.

            La salud es un tema prioritario que debe ser tratado como prioridad, para evitar males mayores.

            Por lo expuesto, solicito a los señores senadores den el visto bueno al proyecto de declaración mediante su voto favorable.

Telmo Salva

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

15

Expte. Nº 90-19.833/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos competentes, instrumente los medios y las partidas necesarias para la colocación de adoquines en las calles del pueblo de La Poma, departamento La Poma.

Telmo Salva

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El turismo es una actividad económica que se ha incrementado en la provincia de Salta y sobre todo en los Valles Calchaquíes, en los que se han invertido de manera considerable en caminos, transporte, hotelería, etc.

            La Poma, como departamento que se encuentra dentro del circuito turístico, es promocionada mundialmente por las agencias de turismo por las maravillas de su naturaleza, como el Nevado El Acay, el Volcán Los Gemelos, Puente del Diablo, Los Graneros, Las Ruinas del Potrero, El Cacalar, La Paya, etc., se le debe asignar una partida presupuestaria para que desarrolle los medios necesarios a fin de destacar su potencial turístico natural, en primera instancia el adoquinado de las calles del pueblo de La Poma.

            Por lo expuesto, señores senadores, solicito a ustedes el voto favorable al presente proyecto de declaración.

Telmo Salva

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

16

Expte. Nº 90-19.834/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos pertinentes, arbitre los medios necesarios para proveer de equipos de Radio Transmisores de VHF, a los parajes de Vaquería, Los Sauces, Las Juntas, Las Animas, Bodeguita y Santa Bárbara, todos del departamento Guachipas.

Néstor Eduardo Parra

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración surge de la necesidad de dotar del servicio de comunicación a los pobladores de los parajes Vaquería, Los Sauces, Las Juntas, Las Animas, Bodeguita y Santa Bárbara, ubicados en el departamento Guachipas.

            Los mencionados parajes al encontrarse ubicados en serranías, hoy en día se encuentran incomunicados, debido a la imposibilidad de captar señal con teléfonos celulares.

            Merece destacar que en estos lugares funcionan escuelas y puestos sanitarios que actualmente cuentan con equipos que transmiten en señal BLU, los cuales presentan serias dificultades en su comunicación, siendo el sistema VHF el más indicado para la zona, por existir en la región una estación repetidora.

            Es de vital importancia para los pobladores del departamento Guachipas contar con los equipos de VHF, ya que los parajes referidos representan el 98% del territorio del departamento y los pobladores que residen en los mismos, en su mayoría niños y ancianos, se encuentran incomunicados. El funcionamiento de los equipos de VHF permitiría la comunicación fluida del 100% del departamento Guachipas.

            Por todo lo expuesto, solicito el voto de mis pares para la aprobación del presente proyecto de declaración.

Néstor Eduardo Parra

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

17

Expte. Nº 90-19.835/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, instrumente los medios necesarios para que se efectúe la construcción de viviendas en el departamento Guachipas.

Néstor Eduardo Parra

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración surge de la necesidad que tienen los habitantes de la localidad de Guachipas de contar con una vivienda digna.

            Es importante destacar al respecto que, en los últimos cinco años, el Estado Provincial solamente construyó veinticuatro viviendas en el departamento Guachipas, cuando en el mismo existe uno de los mayores índices de pobreza y déficit habitacional de nuestra Provincia, según los datos expuestos por la Dirección de Estadísticas de la provincia de Salta.

            Los fríos números de las encuestas referidas se encuentran fielmente reflejados en la necesidad de los habitantes del departamento Guachipas, los cuales incluso ven agravada su necesidad no solo por su alto índice de pobreza, sino también por factores climáticos propios de zonas serranas.

            Quiero destacar además que el derecho a la vivienda es reconocido en nuestra Constitución, debiéndose priorizar los recursos del Estado destinado a la construcción de viviendas entre la población más vulnerable y necesitada, situación en la cual hoy en día claramente se encuentran los habitantes del departamento Guachipas.

            Por todo lo expuesto, solicito el voto de mis pares para la aprobación del presente proyecto de declaración.

Néstor Eduardo Parra

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

18

Expte. Nº 90-19.836/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos pertinentes, arbitre los medios necesarios a fin de proveer de cocinas solares a todas las familias que habitan las serranías del departamento Guachipas.

Néstor Eduardo Parra

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración surge de la necesidad que tienen los pobladores de las serranías del departamento Guachipas de poder contar con un medio económico y eficiente de cocción de alimentos.

            Es de público conocimiento la necesidad que tienen los pobladores de las serranías y puna de nuestra Provincia, de sustituir los sistemas tradicionales de cocción de alimentos a través del uso de leña, por otros que sean más eficientes y económicos.

            En los últimos años, en las serranías del departamento Guachipas, se presentó un fenómeno particular de migración de la mayoría de las personas jóvenes a las grandes ciudades, quedando en su mayoría personas mayores y niños dejados a su cargo.

            La migración antes expuesta provoca graves secuelas, entre las que se encuentra la imposibilidad que tienen estas personas mayores de proveerse por sus propios medios de la leña necesaria para cocinar.

            La provisión de las cocinas solares referidas, cuya eficiencia se encuentra bastamente probada en nuestra Provincia, traería una importante solución a un grupo poblacional que se encuentra gravemente marginado, mejorando no solo su calidad de vida, sino su salud.

            Por todo lo expuesto y a fin de mejorar la calidad de vida de los pobladores de las serranías del departamento Guachipas, es que solicito el voto de mis pares para la aprobación del presente proyecto de declaración.

Néstor Eduardo Parra

– A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

19

Expte. Nº 90-19.837/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Instituto Provincial de Salud de Salta (IPSS), arbitre los medios necesarios para que a la mayor brevedad posible se instale un Anexo de la Farmacia del referido Instituto, en la localidad de Guachipas.

Néstor Eduardo Parra

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración surge de la necesidad que tienen los pobladores del departamento Guachipas, de poder contar con una boca de provisión de medicamentos del Instituto Provincial de Salud de Salta, en forma próxima al lugar en donde residen.

            La mayoría de los pobladores del Departamento que represento son afiliados al Instituto Provincial de Salud de Salta, gozando por dicha afiliación con importantes descuentos en medicamentos, llegando en algunos casos al reconocimiento total de los mismos.

            Debido a la distancia existente entre la ciudad de Salta y el municipio de Guachipas, se crea un verdadero obstáculo para que los pobladores del Departamento se puedan proveer en forma fluida y constante de los medicamentos necesarios para el cuidado de su salud, viéndose obligados a tener que adquirir los mismos sin ningún tipo de descuento o incluso, en la mayoría de los casos, por carecer de recursos, verse privados de los mismos, con la consecuencia lógica que esto trae aparejado.

            La inversión necesaria para poner en funcionamiento el anexo de farmacia requerido es completamente ínfimo, comparado con los beneficios que esto trae aparejado a una gran cantidad de afiliados que hoy en día se ven privados de un beneficio que por derecho les corresponde.

            Por todo lo expuesto, solicito el voto de mis pares para la aprobación del presente proyecto de declaración.

Néstor Eduardo Parra

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

20

Expte. Nº 90-19.838/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, efectúe las obras necesarias para mejorar la captación y conducción de las aguas destinadas para las escuelas de los parajes Los Sauces, Vaquería, Acosta, Sauce Redondo y Santa Bárbara del departamento Guachipas, como así también efectuar los controles periódicos para garantizar que dichas aguas destinadas para el consumo sean potables.

Néstor Eduardo Parra

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración surge de la necesidad que tienen las escuelas de los parajes Los Sauces, Vaquería, Acosta, Sauce Redondo y Santa Bárbara de contar con la provisión de agua necesaria para el correcto funcionamiento de las mismas, preservando además la salud de los alumnos y maestros que utilizan este servicio elemental.

            Todas las escuelas referidas captan el agua que utilizan de vertientes naturales a través de precarias tomas y las conducen hasta las escuelas por medio de mangueras rígidas de plástico.

            En virtud de las precarias obras existentes, constantemente las tomas se rompen por el paso de animales o por crecientes en épocas de lluvias, y las mangueras se revientan por deterioro, por aplastamiento o congelamiento, dejando de este modo a las escuelas sin agua.

            Otro punto importante que debe ser tenido en cuenta es que no solo la provisión de agua es lo que se debe garantizar, sino que además se deben tomar todas las medidas necesarias para que el agua que se provea a la comunidad educativa sea apta para ser consumida.

            Hoy en día la aptitud para el consumo del agua que se provee a las escuelas no puede ser fehacientemente garantizada, ya que las tomas de captación no cuentan con ningún tipo de protección para que por las mismas no circulen animales, por lo que es necesario que esto también sea tenido en cuenta al efectuarse las obras señaladas.

            Pongo en conocimiento de esta Cámara que el año pasado, a través de un proyecto de declaración de similar tenor, expuse la necesidad de que se efectúen las obras antes referidas, el cual fue aprobado por esta Cámara, sin que hasta la fecha se hubiese efectuado obra alguna.

            Por todo lo expuesto, solicito el voto de mis pares para la aprobación del presente proyecto de declaración.

Néstor Eduardo Parra

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

21

Expte. Nº 90-19.841/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Educación de la provincia de Salta evalúe la posibilidad de que se incrementen en breve los montos que se asignan mediante el mecanismo de Becas Universitarias y Terciarias a los distintos estudiantes de la Provincia que han accedido a dicho beneficio, dado que el efecto inflacionario actual deteriora de manera sustancial la capacidad adquisitiva de dicho instrumento.

Claudia Silvina Vargas

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente proyecto tiene como propósito solicitar al Ministerio de Educación de la Provincia evalúe de manera urgente y gestione ante las dependencias correspondientes los recursos necesarios para producir un incremento de los fondos que en la actualidad se otorgan a los estudiantes de nuestra Provincia que han accedido oportunamente al beneficio de las Becas Universitarias y Terciarias.

            Este programa que lleva adelante el Ministerio permite que muchos jóvenes tengan la posibilidad de contar con una determinada cantidad de recursos para afrontar parte de los gastos que de manera mensual les demanda la carrera que han elegido y que cursan en diferentes instituciones educativas.

            Estos jóvenes, en muchos casos, deben hacer frente con estos recursos y con los que les transfieren sus familias, a los gastos que implica el alquiler de una vivienda si es que son del interior de la Provincia o si asisten a centros educativos en otras provincias, a gastos de transporte, vestimenta, alimentación y materiales de estudio, entre otros.

            Está claro que el programa de Becas Universitarias y Terciarias es una ayuda, también es cierto que tras el efecto inflacionario imperante esa ayuda ha perdido de manera paulatina su capacidad adquisitiva dado que las cosas aumentan de manera sustancial y los montos que el mes anterior alcanzaban para ciertos gastos al mes siguiente alcanzan para menos y eso golpea duramente los bolsillos de los jóvenes que en muchas ocasiones deben hacer esfuerzos importantes para poder seguir estudiando.

            Por estas razones, es que solicito a mis pares el respectivo acompañamiento para la aprobación de este proyecto.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Educación y Cultura.

22

Expte. Nº 90-19.842/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas de la provincia de Salta contemple y asigne las partidas presupuestarias necesarias para la realización de la obra de construcción de unidades deportivas para los parajes de Yacochuya, Las Conchas, San Luis y Tolombón en el departamento Cafayate.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

23

Expte. Nº  90-19.843/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas de la provincia de Salta contemple y asigne las partidas presupuestarias necesarias para la realización de la obra de construcción de ampliación del ala pediátrica del Hospital Nuestra Señora del Rosario de la Ciudad de Cafayate.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

24

Expte. Nº 90-19.844/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas de la provincia de Salta contemple y asigne las partidas presupuestarias necesarias para la realización de la obra de la planta depuradora de líquidos cloacales en la Ciudad de Cafayate.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

25

Expte. Nº 90-19.845/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Educación de la provincia de Salta disponga la instrumentación de un Programa Extracurricular en los distintos establecimientos educativos de la Provincia, mediante el cual se promueva la disciplina de Teatro con el propósito de brindar un nuevo instrumento que advierta y potencie la capacidad creativa y artística de los jóvenes.

Claudia Silvina Vargas

Fundamentos

Señor Presidente:

            Este proyecto persigue la finalidad de que el Ministerio de Educación de la provincia de Salta en consonancia con lo estipulado en la Ley Provincial de Educación sancionada recientemente, que fija la necesidad de potenciar la educación artística evalúe la posibilidad de articular la instrumentación de un Programa Extra-curricular que promueva el desarrollo de la disciplina Teatro en los distintos establecimientos educativos de nuestra Provincia.

            Se trata de poner en función una herramienta para la contención de los jóvenes y a la vez advertir y potenciar la capacidad creativa y artística de los estudiantes que concurren a las escuelas y colegios.

            Muchas veces observamos cómo los jóvenes demandan espacios de participación y de expresión, por lo que resulta sumamente necesario que desde el Estado se dispongan medidas e iniciativas que recepcionen dichas demandas y propicien la concreción de instancias que contengan la vocación juvenil.

            Consideramos que fomentar la disciplina de Teatro en las escuelas y colegios es un elemento integrador, plural, asociativo, solidario y democrático que permitirá que muchos jóvenes se interesen y encuentren e inicien así un nuevo canal de comunicación.

            Por estas razones, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto de declaración.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Educación y Cultura.

26

Expte. Nº 90-19.849/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial la Fiesta y Feria de la Papa Andina a realizarse el día 16 de julio del corriente año en el paraje El Alfarcito, en el municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma.

Jorge Luis Rodríguez

– A la Comisión de Agricultura y Ganadería.

27

Expte. Nº 90-19.850/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial las actividades a realizarse el día 9 de julio del corriente año en el municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma, en el marco de los festejos en Conmemoración del 90° Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195° Aniversario de la Declaración de la Independencia.

Jorge Luis Rodríguez

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: como se trata del mismo tema, solicito que se reserven en Secretaría para su tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Así se hará, señora Senadora.

28

Expte. Nº 90-19.851/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, arbitre los medios necesarios para realizar el cercado perimetral en la Escuela Nº 4.615 “Tte. Diego Barceló” del paraje Ojo de Agua ubicada en el municipio de General Güemes, departamento del mismo nombre, provincia de Salta.

Federico Miguel Segura

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

29

Expte. Nº 90-19.854/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos específicos, contemple la posibilidad de subsidiar el costo de pasaje a estudiantes universitarios que van desde la localidad de Rosario de la Frontera hasta el Anexo de la Universidad Nacional de Salta en la ciudad de Metán y viceversa.

Manuel Héctor Luque

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene por objetivo lograr que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos pertinentes, instrumente los mecanismos necesarios para que a los cientos de alumnos que concurren desde la localidad de Rosario de la Frontera hasta el Anexo de la Universidad Nacional de Salta en Metán y viceversa, se les pueda subsidiar el costo del pasaje a través de un subsidio.

            Debido al costo del pasaje y las ganas por parte de los alumnos para abrirse un camino que los conduzca a un futuro mejor, solicito se contemple dicho pedido, en la seguridad que la medida permitiría que muchos ciudadanos puedan capacitarse.

            En virtud de lo expuesto, solicito me acompañen en la aprobación del presente proyecto de declaración.

Manuel Héctor Luque

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

30

Expte. Nº 90-19.855/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes, instrumente los mecanismos necesarios para proveer al Colegio Secundario Rural Nº 5.189, de la localidad de San Felipe, departamento Rosario de la Frontera, de los elementos necesarios para que pueda desarrollar normalmente las tareas educativas.

Manuel Héctor Luque

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene por objetivo solicitar al Poder Ejecutivo Provincial proceda a proveer de los elementos necesarios para que el Colegio Secundario Rural Nº 5.189, de San Felipe, departamento Rosario de la Frontera, pueda desarrollar normalmente las tareas educativas.

            Es de destacar que el reclamo efectuado se debe a que la institución tiene varias necesidades, como ser la falta de elementos para realizar clases de educación física, elementos de laboratorio, sillas y mesones, entre otras cosas, los cuales permitirían el normal desenvolvimiento de las actividades educacionales en el establecimiento.

            En virtud de lo expuesto, solicito me acompañen en la aprobación del presente proyecto de declaración.

Manuel Héctor Luque

– A la Comisión de Educación y Cultura.

31

Expte. Nº 90-19.861/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos pertinentes, como así también los Diputados y Senadores Nacionales que representan a la provincia de Salta, arbitren los medios necesarios a fin de garantizar la distribución y abastecimiento de combustible, nafta, gasoil y gas, en forma normal en todo el territorio de la provincia de Salta.

Néstor Eduardo Parra

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración surge de la necesidad que tienen los habitantes, productores e industrias de la provincia de Salta, de contar con la provisión y abastecimiento normal de combustible en todo el territorio provincial.

            Es de público conocimiento el grave problema existente en nuestra Provincia debido a la falta de combustible, siendo el mismo distribuido en forma intermitente en algunas estaciones de servicio, las cuales no solo racionan su venta, sino que además debido a la necesidad de suministro existente y las pocas bocas de expendio que funcionan, se quedan sin combustible a las pocas horas luego de que fueron abastecidas.

            En relación al abastecimiento de gas, ya se puede claramente apreciar la falta de presión en las redes domiciliarias y en la mayoría de las estaciones de servicio, que operan solo con algunos de los surtidores existentes en las mismas.

            El problema referido no solo repercute en los miles de usuarios que utilizan sus vehículos para el desarrollo de sus actividades cotidianas, sino que además está repercutiendo en los miles de productores de nuestra Provincia que dependen inexorablemente del combustible para el desarrollo de su actividad. No es posible efectuar una siembra, transportar una producción o darle valor agregado a la misma, sin el uso de combustible, sin olvidarnos de la necesidad de contar con los insumos necesarios, los cuales también dependen del combustible para ser distribuidos.

            En relación a las industrias, las cuales dependen directa o indirectamente de la provisión de combustible para poder funcionar, también se ven gravemente afectadas por el desabastecimiento de combustible que está atravesando nuestra Provincia, lo cual va a repercutir en la producción de las mismas, lo que sin ninguna duda terminará afectando a sus empleados.

            A todos los problemas antes expuestos, se le debe sumar las consecuencias que tendrá en la afluencia de turistas por la temporada de vacaciones de invierno, ya que como dije el problema del combustible es de público conocimiento por haber sido expuesto en la mayoría de los medios periodísticos de circulación provincial y nacional, por lo que difícilmente los turistas interesados en visitar nuestra Provincia planifiquen un viaje a un lugar en donde eventualmente no se puedan abastecer de combustible, estando de más decir la importancia que tiene para nuestra Provincia el desarrollo de la actividad turística.

            Por todo lo expuesto, es que solicito el voto de mis pares para la aprobación del presente proyecto de declaración.

Néstor Eduardo Parra

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Guachipas.

Sen. Parra.- Señor Presidente: solicito reserva del proyecto para su posterior tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Así se hará, señor Senador.

32

Expte. Nº 90-19.870/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos específicos, instrumente el mecanismo necesario tendiente a la instalación de una antena de telefonía celular en la localidad cabecera de Islas de Cañas, municipio del mismo nombre, departamento Iruya, provincia de Salta.

Leonardo Lunda

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración no solo es el anhelo de este Senador, sino lleva el consenso social de una población de más de dos mil personas que se encuentran totalmente incomunicadas desde décadas, con los inconvenientes que trae aparejada esta situación a la problemática diaria de dicha comunidad.

            Es sumamente prioritario implementar los medios necesarios para que los pobladores de la región cuenten con un acceso directo a este medio de comunicación y poder estar a la altura de las circunstancias, en igualdad de condiciones ante la sociedad.

            Por lo antes expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Leonardo Lunda

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

33

Expte. Nº 90-19.871/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial el XXXI Congreso Argentino de Neurología Infantil, organizado por la Sociedad Argentina de Pediatría, que se realizará desde el 17 al 19 de noviembre del año en curso en esta ciudad.

Manuel Héctor Luque – Silvia Guadalupe Cabana – Luis  Francisco  D’Andrea – Juan  Martín Moreyra

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene por objeto que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el mencionado evento de reconocido prestigio científico, que se realizará en nuestra ciudad y que contará con la participación de disertantes internacionales y nacionales.

            En este Congreso aproximadamente mil profesionales podrán intercambiar opiniones con especialistas sobre el tratamiento y atención de los niños con trastornos neurológicos, la modalidad de intervención, originando un espacio de actualización sobre la problemática del niño con trastornos neuropediátricos, promoviendo el trabajo interdisciplinario como modalidad de intervención.

            Por lo expuesto, por ser de gran importancia para nuestros profesionales, solicitamos la aprobación del presente proyecto de declaración.

Manuel Héctor Luque – Silvia Guadalupe Cabana – Luis  Francisco  D’Andrea  – Juan  Martín Moreyra

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

34

Expte. Nº 90-19.877/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas de la provincia de Salta contemple y destine los fondos correspondientes para que se produzca en breve la obra de construcción de un Centro Informático para el acceso a las nuevas tecnologías por parte de las jóvenes en particular y la comunidad en general de la ciudad de Cafayate.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

35

Expte. Nº 90-19.878/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia de Salta diseñe e implemente en breve un programa mediante el cual se constituyan centros de atención para personas en situación de calle, destinados estos a brindar la posibilidad de pernoctar y alimentarse, atención primaria de la salud y evaluación psicológica a aquellos ciudadanos que están inmersos en este flagelo social.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas.

36

Expte. Nº 90-19.879/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través de los organismos correspondientes, disponga en breve de la construcción de un matadero municipal para la ciudad de Cafayate a los efectos de otorgar una solución a los diferentes y constantes reclamos y planteos que se formulan desde hace períodos considerados.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: solicito que se reserve en Secretaría para su tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Así se hará, señora Senadora.

37

Expte. Nº 90-19.880/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT), evalúe de manera inmediata la posibilidad de que no se autorice el pedido de incremento de la tarifa del transporte público de pasajeros solicitada recientemente por la empresa SAETA, dado que un aumento de esta naturaleza resultará perjudicial a los intereses de la comunidad dado además que los salarios de los trabajadores se deterioran constantemente por la acción de la inflación.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: solicito que se reserve en Secretaría para su tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Así se hará, señora Senadora.

38

Expte. Nº 90-19.881/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Educación de la provincia de Salta evalúe la posibilidad de instrumentar, en el marco de la enseñanza Terciaria en nuestra Provincia, el dictado de la carrera de Periodismo Deportivo a los efectos de generar una nueva herramienta de capacitación con inserción laboral para los jóvenes.

Claudia Silvina Vargas

-A la Comisión de Educación y Cultura.

39

Expte. Nº 90-19.882/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas de la provincia de Salta contemple y destine los fondos correspondientes para que se produzca en breve la obra de un Plan Integral de Pavimentación de las distintas calles de la ciudad de Cafayate.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

40

Expte. Nº 90-19.883/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas de la provincia de Salta disponga de manera urgente la asignación de los recursos necesarios para que se produzca la obra de ampliación de la primer ala de la Escuela Normal de Cafayate relacionada ésta al cambio de techos, techado del playón deportivo y dos (2) nuevas aulas.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: olvidé decirlo en la Interbloque, solicito la reserva para este expediente; después voy a explicar porqué necesito que se trate sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Así se hará, señora Senadora.

41

Expte. Nº 90-19.884/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, arbitre las medidas necesarias a los fines que se construya a la brevedad posible un puente sobre el río Teuco en la ruta provincial Nº 41 en el paraje La Paloma del municipio de Rivadavia Banda Sur, departamento Rivadavia.

Mashur Lapad

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Este proyecto surge por iniciativa de este legislador, atento a los innumerables pedidos de vecinos y pequeños productores agro-ganaderos que anhelan la construcción de un puente sobre el río Teuco en la ruta provincial Nº 41 en el paraje La Paloma del municipio de Rivadavia Banda Sur.

            La construcción de este puente es de vital importancia como vía de comunicación para más de 5.000 habitantes, entre ellos criollos y aborígenes de la localidad de Rivadavia y comunidades como Palo Colorado, Puesto Viejo, Retiro, Pozo Largo y las Mojarras del municipio de Rivadavia Banda Sur.

            Asimismo y en el aspecto socio-económico, la construcción de este puente beneficiará a la población en general, pero también a los pequeños productores agro-ganaderos de esas zonas de Rivadavia Banda Sur y también del departamento Anta, quienes podrán utilizar las rutas provinciales Nros. 41, 13 y 5 para comercializar sus productos.

            Además, para garantizar el tránsito y la comunicación de esas comunidades, cabe resaltar que todos los años el municipio de Rivadavia Banda Sur construye un puente en el sector aludido, pero dado a sus características precarias, el mismo tiene un ciclo de vida extremadamente corto, ya que las crecidas del río Teuco lo destruyen fácilmente.

            Por todo lo expuesto, solicito a los señores senadores me acompañen en la aprobación de este proyecto de declaración.

Mashur Lapad

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

42

Expte. Nº 90-19.885/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos correspondientes, arbitre las medidas necesarias a los fines que a la brevedad posible, se instale y ponga en funcionamiento una Delegación del Instituto Provincial de Salud de Salta (IPSS), incluyendo servicio de farmacia, en la localidad de Coronel Juan Solá, municipio de Rivadavia Banda Norte, departamento Rivadavia, dotándola de equipo informático y de recursos humanos; habida cuenta que esa comuna aportaría el espacio físico para tal fin.

Mashur Lapad

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Este proyecto que hoy pongo a vuestra consideración, surge ante la necesidad que tiene la comunidad de Coronel Juan Solá y todo el municipio de Rivadavia Banda Norte, de contar con una Delegación del Instituto Provincial de Salud de Salta, que brinde el expendio de órdenes de consultas, autorizaciones para prestaciones médicas y otros servicios que fueran factibles, como una farmacia, ya que allí solo existe un servicio privado de botiquín.

            Asimismo cabe señalar que en el municipio de Rivadavia Banda Norte existen cerca de dos mil quinientos afiliados del Instituto Provincial de Salud de Salta, y esta cifra se triplica lógicamente a nivel departamental.

            Por otra parte, los afiliados del Instituto Provincial de Salud de Salta, en la localidad de Coronel Juan Solá-Morillo, poseen una nómina de profesionales médicos empadronados y prestadores de servicio de esta obra social, pero carecen de una oficina o delegación del IPPS, cosa que dificulta notablemente el acceso de los afiliados a beneficiarse en lo que hace, por ejemplo, a la atención médica por consultorio particular y autorización de diversas prestaciones médicas.

            Además, por una atención profesional en un consultorio privado o particular deben viajar entre 200 y 400 km. desde Coronel Juan Solá hasta Pichanal, Orán, Tartagal o Salta Capital, y sin ahondar en las distancias que deben recorrer las otras localidades y parajes del municipio de Rivadavia Banda Norte.

Mashur Lapad

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

43

Expte. Nº 90-19.886/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas y Ministerio de Salud Pública, destine los medios necesarios para proveer de una camioneta doble cabina 4×4 a APS del Hospital Joaquín Corbalán de Rosario de Lerma.

Jorge Luis Rodríguez

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El proyecto que hoy pongo a consideración surge por la inquietud y requerimiento de los trabajadores de la salud, los cuales en su tarea preventiva no cuentan con un móvil que los transporte en forma rápida a los lugares alejados del centro operativo de APS, debiendo transportar vacunas, medicamentos, camillas, etc., necesarios para una mejor atención de las personas de los parajes alejados como Cerro Negro, Cámara, Timbó, Carabajal, Villa María.

            Así también este vehículo podrá ser empleado para trasladar a los profesionales para brindar charlas concernientes a las distintas campañas preventivas en el ámbito de la salud y para atención en caso de emergencia sanitaria.

            Por todo ello, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto.

Jorge Luis Rodríguez

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

5

LICENCIAS

Sr. Presidente (Luque).- Los señores Senadores Alfredo Jorge y Catalina Elsa Ponna, solicitan autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

Si no se hacen objeciones, las mismas serán acordadas.

– Asentimiento.

6

ASUNTOS INGRESADOS A ÚLTIMO MOMENTO

III

Comunicaciones Oficiales

Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara:

            El señor Ministro de Desarrollo Económico remite respuesta en relación a las Resoluciones Nros. Nros. 63 y 64, ambas referidas a la situación de parcelas de la localidad de Tolombón, departamento Cafayate.

– A sus antecedentes previa remisión de copia a la autora de los proyectos y a los Bloques políticos.

7

HOMENAJES

Sr. Presidente (Luque).- Este es el momento dedicado a los homenajes que los señores senadores propongan realizar.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Santa Victoria.

Sen. Cabana.- Señor Presidente, señores senadores: el 6 de julio de cada año se conmemora el Día del Empleado Legislativo, fecha que ha sido establecida en el año 1974 cuando en nuestra ciudad se celebró el Primer Congreso de Empleados Legislativos.

            En esta oportunidad quiero, en mi nombre y en el de todos los senadores del Bloque Justicialista, rendir un merecido homenaje y reconocimiento a todos los empleados legislativos debido a que son ellos los que con su labor cotidiana contribuyen a la mejora de nuestra tarea, apoyando a los legisladores en su importante función de perfeccionamiento del sistema legal. Debemos reconocer que esta actividad es esencial para una adecuada labor parlamentaria, por cuanto colaboran permanentemente al buen desarrollo y organización de la misma. Junto a los legisladores, el empleado legislativo ayuda a fortalecer la vida democrática del Estado, siendo partícipe de un trabajo conjunto en pos de la protección de la libertad, los derechos y la seguridad de los habitantes. Es por ello que queremos rendir homenaje al empleado legislativo en su día, por la confianza en que su trabajo responsable en pos de la libertad y el bien común público nos honrará cada día más.

            Finalmente, quiero destacar la silenciosa labor de los empleados de este Senado que con eficacia y profesionalismo nos acompañan día a día y solo puedo decirles: muchas gracias.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: nuestro Bloque adhiere a las palabras vertidas por la Senadora preopinante, relacionadas con el día del Empleado Legislativo. Los felicitamos y que sigan trabajando de la misma forma que lo vienen haciendo. Sé que hoy van a festejar y el día de mañana hay asueto casualmente por este día tan importante para ellos, que es el 6 de julio.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: para saludar, desde el Bloque que presido, a todos los empleados legislativos y agradecerles porque generalmente lo que ellos brindan excede a lo que deben cumplir como empleados, lo hacen como personas de bien desempeñando su labor. Feliz día y que sigan festejando.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.

Sen. D’Andrea.- Señor Presidente: un saludo especial y el reconocimiento desde el Bloque del Partido Renovador de Salta a una tarea constante, laboriosa, realmente prestigiosa y sobre todo puesta de manifiesto a través de una excelente voluntad y predisposición de todos los empleados legislativos. Un merecido reconocimiento en su día, que ha sido ayer. Lamentablemente por cuestiones de tiempo no pude participar del festejo del mediodía, pero sepan que con la Senadora por San Martín, Catalina Ponna, y desde nuestro Bloque siempre hacemos un reconocimiento por la muy buena tarea, el apoyo y la predisposición, a los asesores, a todos los empleados que hacen posible y nos facilitan nuestra tarea como senadores. Los felicitamos y que realmente esta noche pasen una linda jornada de compañerismo y de alegría.

Sr. Presidente (Luque).- Desde esta Presidencia vaya un saludo muy especial para todos los empleados legislativos por su obra de bien, por su trabajo, como bien decían los senadores, con responsabilidad y con esfuerzo para el perfecto funcionamiento de esta Cámara. Felicitaciones y que disfruten de este día.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: adhiriendo a las palabras de los senadores, desearle a todos los empleados legislativos un feliz día.

            También, hoy 7 de julio se instituyó como Día del Abogado Laboralista en conmemoración al aniversario del secuestro, detención y muerte del Doctor Norberto Oscar Zenteno.

            El Doctor Norberto Oscar Zenteno nació en la ciudad de Santo Tomé, provincia de Corrientes, el 17 de febrero de 1927. Se recibió de abogado en la Universidad Nacional de la Plata en noviembre de 1956. Constituyó un símbolo de abnegación luchando por la dignidad de los trabajadores. La mayor obra del Doctor Zenteno fue su proyecto del cual devino como uno de los mayores antecedentes La Ley de Contrato de Trabajo en 1974. El 7 de julio de 1974 fue secuestrado y asesinado por un grupo de militares en la ciudad de Mar del Plata.

            Recordar a Zenteno es recordar la Ley de Contrato de Trabajo. La Asociación de Abogados Laboralistas de la Argentina instituyó el 7 de julio como Día Nacional del Abogado Laboralista en conmemoración del aniversario de su fallecimiento. Hoy su mensaje se recupera en esos trabajadores, hombres y mujeres, que no claudican frente a ninguna flexibilización laboral y por aquéllos que también hoy buscan recuperar la memoria histórica de un tiempo mejor, más justo y más digno.

Gracias, señor Presidente.

8

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Luque).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de resolución que se formuló desde la Comisión de Minería.

Sr. Presidente (Luque).- Está autorizada, señora Senadora.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Carlos.

Sen. Mamaní.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de declaración y de un proyecto de resolución; y el tratamiento sobre tablas para éste.

Sr. Presidente (Luque).- Está autorizado, señor Senador.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.

Sen. D’Andrea.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de declaración relacionado a la problemática del sector tabacalero y por tal razón pedir su tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Está autorizado, señor Senador.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: no es para ingresar nada, sino para preguntar si en Secretaría obra licencia o permiso de nuestra máxima autoridad de Cámara, el Vicegobernador, tengo entendido que está en misión oficial, sé que viajó al extranjero -me estoy refiriendo al señor Miguel Andrés Costas Zottos-, a Grecia. Realmente estoy muy preocupado por los acontecimientos que están pasando allá. Un medio escrito informó que hay gente lastimada y me preocupa realmente porque es la segunda autoridad de la provincia de Salta, que le ocurra algo debe preocupar a todos.

            Por eso quería saber si está en misión oficial o de licencia particular.

Sr. Presidente (Luque).- No está presente en este momento el señor Secretario Administrativo. La próxima sesión se le va a informar.

Sen. García.- Si no lo informará él cuando vuelva, si es que vuelve. Me preocupa realmente por los problemas que están ocurriendo allá, las manifestaciones y la violencia. Esperemos que no le pase nada, así seguimos teniendo Vicegobernador por muchos años.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.

Sen. D’Andrea.- Señor Presidente: es para agradecerle al señor Senador por Metán su preocupación por nuestro Vicegobernador.

Sr. Presidente (Luque).- Muchas gracias.

VIII

Proyectos de Resolución

14

Expte. Nº 90-19.891/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, requerir al señor Secretario de Energía Ingeniero Marcelo Palópoli para que, en un plazo de cinco (5) días, informe sobre la situación actual del pozo de exploración o producción de hidrocarburos “Martínez del Tineo”, cuya emanación estaría causando importante daño ambiental en la zona.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Bernardo Emeterio Soriano – Ernesto Juan Aguilera – Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Corresponde tratamiento inmediato, por lo que se reserva en Secretaría.

15

Expte. Nº 90-19.892/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara el “Primer Torneo Internacional de Fútbol Sub 17°”, a realizarse en el departamento San Carlos y zona de influencia durante los días 10 al 17 de julio del presente año, el mismo contará con la presencia de equipos de las ciudades del norte argentino y países limítrofes.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Héctor Edgar Mamaní

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

 – Resulta afirmativa

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se reserva para su tratamiento sobre tablas.

IX
Proyectos de Declaración

44

Expte. Nº 90-19.890/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, gestionen ante el organismo nacional competente, la aplicación correcta de la alícuota que grava al tabaco en el derecho de exportación, ya que en la actualidad se aplica una alícuota del 10% al producto y corresponde una alícuota del 5% por tratarse de tabaco que incluye un proceso de industrialización previo.

Luis Francisco D’Andrea – Jorge Luis Rodríguez – Onofre Arnaldo Barboza – Pablo Raúl Díaz – Néstor Eduardo Parra – Manuel Héctor Luque – Ernesto Juan Aguilera

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Desde la Nación se viene aplicando un régimen de retenciones del 10% sobre las exportaciones tabacaleras.

            La Cooperativa de Productores Tabacaleros expresa su profunda aflicción por esta apreciación excesiva y solicita una recategorización, contemplando que el tabaco exportado tiene un proceso de industrialización previo.

            Por ello, los senadores acompañan esta preocupación, requiriendo la adecuación impositiva a la realidad productiva con valor agregado.

Luis Francisco D’Andrea – Jorge Luis Rodríguez – Onofre Arnaldo Barboza – Pablo Raúl Díaz – Néstor Eduardo Parra – Manuel Héctor Luque – Ernesto Juan Aguilera

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

 – Resulta afirmativa

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se reserva para su tratamiento sobre tablas.

45

Expte. Nº 90-19.893/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación y Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, arbitre los medios necesarios para realizar la refacción del salón de usos múltiples y construcción de una cocina y provisión de un cilindro para gas de 1.000 kg. para la Escuela Nº 4.362 “Domingo Faustino Sarmiento”, del municipio de Animaná, departamento San Carlos.

Héctor Edgar Mamaní

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene por objeto llevar una solución tan anhelada por la Escuela Nº 4.362 “Domingo Faustino Sarmiento” de Nivel Inicial y Primaria hasta 7º Grado, la que se encuentra ubicada en el municipio de Animaná, departamento San Carlos.

            El fundamento para solicitar esta obra es que el establecimiento en cuestión tiene a su cargo el comedor escolar, al que asisten doscientos veinticuatro alumnos y contar con la construcción de un espacio adecuado, como una cocina, favorecerá el trabajo que significa la preparación de alimentos para los niños.

            El proyecto intenta resolver la necesidad de la escuela y dar una pronta solución otorgándole un cilindro de 1.000 kg. (chancha para gas). Cabe aclarar que actualmente la cocina del establecimiento es muy precaria y se utiliza leña como combustible, pero dicho elemento es muy escaso en la zona y su extracción perjudica el medio ambiente. Por tal motivo se solicita la construcción de una cocina moderna e instalación de gas. Como así también se solicita de forma urgente el cielorraso y la pintura del salón de usos múltiples.

Asimismo, no puedo dejar de manifestar que esta obra es verdaderamente importante para el establecimiento escolar para garantizar una mejor calidad de vida.

            Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto de declaración.

Héctor Edgar Mamaní

– A la Comisión de Educación y Cultura.

Sr. Presidente (Luque).- Corresponde considerar los asuntos de tratamiento inmediato.

9

INVITAR AL PRESIDENTE DEL ENTE REGULADOR DE LOS

SERVICIOS PUBLICOS

Expte. Nº 90-19.821/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- En virtud a lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, invitar al señor Presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos a concurrir a la Presidencia de la Cámara de Senadores, el día miércoles 6 de julio del corriente año, a horas 10:00, para informar sobre el aumento aplicado a las tarifas de servicios de agua, luz y cloacas.

            Art. 2º.- De forma.

Raúl Bartolomé García

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: esto es muy sencillo, si la mayoría justicialista me acompaña en la aprobación de este proyecto voy a sugerir que se modifique la fecha de la presencia del Presidente del Ente Regulador, que sea para el día 27 de julio a horas 10:00, a los fines que nos explique esta situación. Hubo aumentos de servicios, en este caso de energía eléctrica, agua y cloacas, sin haberse convocado a audiencia pública, que es un paso previo, de acuerdo a lo establecido en el contrato de concesión, y no se cumplió.

Por estas razones, que sea el propio Presidente que nos explique quién tomó la decisión, a través de una resolución, de incrementar el costo de estos servicios.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto con la modificación solicitada por el señor Senador por Metán, que sea el miércoles 27 de julio a horas 10:00. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

10

PEDIDO DE INFORME A LA SECRETARÍA DE PRENSA Y DIFUSIÓN

Expte. Nº 90-19.822/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar a la señora Secretaria de Prensa y Difusión, informe en un plazo de cinco (5) días, lo siguiente:

– Publicidad Oficial en los distintos medios nacionales y provinciales, desde el 1 de enero al 30 de junio de 2011.

– Deberá indicar: canales de televisión, radios y medios gráficos en general, puntualizando lo pactado y abonado por mes a cada uno de ellos.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Raúl Bartolomé García

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Gracias, señor Presidente.

Simplemente es una inquietud. Por curioso capaz que alguno también quiera saber qué es lo que está pasando con los gastos de prensa y publicidad; por ahora estoy pidiendo de este año, desde el 1 de enero hasta el 30 de junio, atento a que estas ejecuciones ya deben estar liquidadas.

            Hay versiones extraoficiales que se gastó todo el presupuesto previsto para este ejercicio, que son treinta millones de pesos, y como el Ejecutivo tiene facultad de transferir partidas me preocupa si se quedó sin recursos. Pasó una campaña, vienen las internas y después las elecciones nacionales en octubre y como las campañas se pagan con plata de los salteños tengo la curiosidad de saber, me refiero al tema de publicidad, por eso este informe que estoy pidiendo. Realmente desde el año 2004 a la fecha no podemos saber los salteños, ni ningún legislador, qué es lo que está pasando con los gastos de prensa y publicidad.

            La falta de información nos preocupa sinceramente, por eso pedimos la aprobación de este proyecto de resolución.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Moreyra.- Señor Presidente, señores senadores: si bien el presente proyecto de resolución prevé requerir a la Secretaría de Prensa y Difusión del Poder Ejecutivo Provincial informe sobre el gasto de publicidad oficial en los distintos medios nacionales y provinciales desde el 1 enero de 2011 hasta el 30 de junio de 2011, con indicación de los canales, radios y medios en general, puntualizando lo pactado y abonado por mes a cada uno de ellos, entendemos que el mismo puede ser satisfecho con una simple solicitud a efectuarse por el Presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, no siendo necesario que se expida la Cámara en tal sentido.

Por lo que mociono que el proyecto de resolución sea girado a la Comisión referida a los efectos del artículo 63 del Reglamento.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Por supuesto que no voy a compartir, señor Presidente, porque esta es una metodología que está utilizando la mayoría justicialista. Hace dos sesiones ha ocurrido lo mismo, habíamos solicitado la presencia del Ministro de Finanzas y Obras Públicas para que explique lo que está pasando con las finanzas provinciales, los mayores recursos que han ingresado, si los mil millones de pesos que van a ingresar de más de lo presupuestado alcanza para dar respuesta a los planteamientos que hay sobre el tema salarial, de los médicos, de los anestesistas, de las guardias, y pasó a la Comisión de Hacienda con el mismo fundamento, que desde la Comisión se va a pedir información y que la Cámara no puede expedirse porque parece que no nos corresponde. Simplemente estoy usando las facultades conferidas no solo por la Constitución Provincial, artículo 116, sino también por el Reglamento de nuestra Cámara, artículo 149. Es tan simple y sencillo lo que estoy peticionando que no habría ningún impedimento, o no es óbice, como dicen los abogados por ahí, que este proyecto sea dirigido a la Comisión de Hacienda.

            Realmente me empieza a preocupar el evitar transparentar. En definitiva son recursos de cada uno de los salteños los que se está administrando, no es dueño ni el Secretario General de la Gobernación ni la Secretaría de Prensa, es de cada uno de los salteños que nos ha votado casualmente para que lo representemos y podamos utilizar estos derechos constitucionales que tenemos. El pueblo quiere saber de qué se trata, cómo puede ser que desde el año 2004 a la fecha no podamos conocer qué está pasando con los gastos de publicidad oficial.

Esto nos debe preocupar a todos, no mandarlo a la Comisión para que duerma, para que quede en el tiempo, para dilatar las cosas, estarán esperando que cumpla mi mandato para que quede cajoneado el expediente y nunca sepamos. A todos nos debe afligir esta situación.

Me interesa preguntarle al señor Ministro de Finanzas y Obras Públicas por qué han hecho desaparecer de la Cuenta General del Ejercicio los ítems de la partida Servicios no Personales. Hay un nomenclador de gastos y recursos -capaz que está en la Comisión de Hacienda, allá el Asesor, el Contador asiente con la cabeza que es así-, eso no se modificó. La partida de Servicios no Personales tiene varios ítems y cuando se hacen los gastos se van imputando, técnicamente es así. Ahí están los viáticos, erogaciones sin discriminar, las locaciones de servicios, todos los servicios, teléfono, energía eléctrica, combustible y también los gastos de prensa y publicidad.

El Doctor Juan Carlos Romero, con doce años de gestión, no mandó muchas Cuentas Generales del Ejercicio, lo hizo hasta el año 2003, pero generalmente informaba lo que ocurría con los gastos de prensa y publicidad, la última información que tenemos es del año 2003 y este gobierno -hay una continuidad institucional- debía remitir las Cuentas Generales atrasadas. Es así, mandó la del 2004, 2005, 2006 y 2007 de la gestión anterior y eliminaba esta información que tiene que ver con los gastos de prensa y publicidad. Llegó la Cuenta General del año 2008, está en la Comisión, me iban a hacer llegar una copia y no me la han acercado todavía, me estoy refiriendo a la Comisión Bicameral como así también a la Auditoría General de la Provincia y no sé si esto sigue desaparecido, ‘desaparecido en acción’ el tema de los gastos de prensa y publicidad.

Por estas razones, voy a solicitar al miembro informante de la Bancada Justicialista que retire su moción; no nos va a servir a ninguno de los senadores que esto vaya a un cajón, al olvido, que no se trate y nunca podamos saber lo que está pasando realmente.

He presentado un proyecto de ley para regular la publicidad oficial, que de una vez por todas se transparente y no se usen discrecionalmente los recursos de los salteños para campañas políticas, para halagar o alabar a un funcionario de turno. Me parece que esto no funciona así y no debe funcionar así. Hay normativas internacionales a las que nuestro País ha adherido, relacionado con la libertad de expresión, la libertad de prensa, hay poca legislación a nivel nacional porque esto no se quiere transparentar. Se hace uso y abuso de los recursos de los salteños en lo que hace a prensa y publicidad y me están cercenando este derecho de conocer lo que está pasando con los gastos de prensa y publicidad. Preocupa que mis pares estén actuando de esta manera.

Le voy a solicitar al Senador por la Caldera que retire su moción y que me brinde apoyo para que podamos discutir y profundizar, que por lo menos en este Ejercicio, de los treinta millones de pesos que hemos previsto para gastos de prensa y publicidad, podamos saber en qué se los gastó, si no se los gastó, si se gastó más o qué es lo que está pasando.

Esto es tan sencillo y simple que el Poder Ejecutivo no va a tener ningún problema, ya que habla de transparencia, siempre se ha criticado al gobierno anterior cómo utilizaba la publicidad oficial, pero parece que esta es una vieja maña, imposible de cambiar.

De una vez por todas debemos hacer valer nuestros derechos, en mi caso particular y del Senador Aguilera con quien hemos tomado la iniciativa, no queremos que nos cercenen este derecho de informarnos y conocer qué es lo que está pasando.

Por estas razones voy a solicitar la aprobación del presente proyecto.

Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: comparto muchas de las preocupaciones del Senador García -últimamente lo veo muy preocupado- y la verdad que uno acompaña esa preocupación y la forma que deje de ser preocupación es buscando la mejor manera de conseguir los informes.

El Senador por La Caldera plantea la posibilidad de que este proyecto de resolución vaya a la Comisión de Hacienda y me parece bien que desde la misma se haga el pedido de informe correspondiente, y se le saque una de las preocupaciones que tiene el Senador García, que son varias, empezando por el viaje del Vicegobernador, pasando por la situación de los médicos, de la publicidad, de los gastos, de los ítems, de todo lo que se habla.

El Reglamento debe ser respetado en su conjunto, no podemos pedir que se respete el Reglamento y la posibilidad de pedir informe y, por otro lado, hablar cuando se está tratando el tema de todo lo que se quiera, sino sería muy fácil que cada uno de nosotros hablemos en cualquier momento de todo lo que queramos.

Entonces, es para afianzar la posición del Partido Justicialista de que pase a la Comisión. No hay cajones en la Comisión, hace mucho tiempo que el Senador García viene planteando que en los cajones de las Comisiones están guardados distintos proyectos que a él corresponden. Esto no es así, se ha trabajado muchísimas veces. Me parece que el proyecto que ha presentado de publicidad y propaganda, que está en la Comisión de Legislación que actualmente presido, es muy bueno pero lamentablemente lleva su tiempo, algunos proyectos salen más rápido que otros, evidentemente necesitan un tratamiento particular.

Vamos a seguir acompañando la posición del Bloque Justicialista, que este proyecto pase a la Comisión de Hacienda y que desde ahí se haga el pedido de informe.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: con la moción que hizo el Senador por La Caldera, no se estaría cumpliendo en absoluto el Reglamento porque casualmente la posibilidad de presentar proyectos de resolución es de tratamiento inmediato. O se lo aprueba o se lo rechaza. Siempre venimos y discutimos lo mismo, es un argumento que no corresponde, la verdad es que no se quiere aprobar y no se quiere acompañar. Después nos encontramos con cosas curiosas, con cosas como cuando vienen los Ministros y nos dicen “porqué no hicieron un pedido de informe, porqué no, si no tengo problemas en contestar” o desde un atril lo vemos hacer extensas expresiones retóricas al señor Gobernador, que es transparente su gobierno, que es tan diferente.

No sé, sinceramente, a quién le hacen bien con esta posición de no querer acompañar cuestiones que plantea la minoría, por ahí pienso a quién le hacemos bien. A un Gobernador, que dice en todos los actos públicos que tiene un gobierno diferente y que él expone todos sus actos de gobierno, si desde acá la bancada oficialista, que supuestamente acompaña las gestiones de su gobierno, no deja que se pregunte nada. Así está, subirse a un escenario, tomar un micrófono y decir “yo expongo todo”, más vale, si en la Legislatura tiene personas que no dejan que se pregunte nada, es fácil exponer todo. Entonces, no le hacemos bien a un Gobernador que queda en una eterna contradicción porque responde qué, lo que él informa que quiere responder y que sobre eso sí se apruebe. No le hacemos bien a un pueblo que desconoce, cómo le decimos a un ciudadano normal “mire, yo ni siendo senadora puedo conocer eso” y no es cuestión de inutilidad del legislador. Esas y tantas cosas no le están haciendo bien, no a un partido, no le están haciendo bien a un sistema democrático. Para qué vamos a volver a repetir si la última sesión enumeré todos los pedidos de informe que, supuestamente para que mejor lo estudien, pasaban a la Comisión de Hacienda y hasta el día de hoy no tengo ninguna noticia que haya salido de la Comisión.

            Es más fácil sincerarnos y decir “sabe qué, Senador, sobre eso no se puede preguntar, rechazado” porque le aplicamos el número. Sinceramente. Porque este es un pedido de informe, debe tener tratamiento inmediato y que vaya a una comisión no significa más que nunca se lo va a tratar.

Sr. Presidente (Luque).- Hay una moción de cuarto intermedio del señor Senador por el departamento La Caldera. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Pasamos a cuarto intermedio.

– Así se hace siendo horas 20:06’.

– A la hora 20:10’:

Sr. Presidente (Luque).- Se reinicia la sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Moreyra.- Señor Presidente: no comparto las palabras ‘aprobarlo o rechazarlo’, la moción es que pase a Comisión. El tratamiento inmediato, si bien es cierto tiene que hacerse, lo estamos haciendo y es por eso que voy a seguir manteniendo la moción de que este proyecto vaya a la Comisión que mencioné. Que se invite a la señora Senadora Vargas, si no pertenece a esa Comisión, cuando se lo esté tratando, porque no se esconden los informes, las veces que los hemos solicitado, a través de las Comisiones, se dieron. Desconozco que alguna Comisión no haya tratado los expedientes que se han mandado.

            No estamos rechazando, simplemente estoy mocionando que vaya a la Comisión correspondiente para pedir el informe de lo que le interesa saber, con justa razón, al Senador García y a todos los senadores.

            Voy a seguir manteniendo la postura que vaya a la Comisión correspondiente.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: creía que en el cuarto intermedio se iban a convencer entre ellos mismos, la Bancada Justicialista, y que iban a cambiar esta actitud, que vaya a la Comisión, pero no se quieren sincerar las cosas.

            Creo que de una vez por todas debería decir, la mayoría justicialista, “miren estuvimos en Finca Las Costas” -la última reunión por ahí la tuvieron- “bueno, hay órdenes que hay que acatarlas”. Esto de la burocracia, de decir “mire, no vamos a pedir desde el Senado, pero va a ir a la Comisión…”, porque la Comisión tiene más poder que el Cuerpo para que el Ejecutivo a través de la Secretaría de Prensa y Publicidad nos pueda informar. Realmente no hay coherencia en lo que se dice, porque la realidad es otra y no se la quiere decir acá. Esto es ultra secreto, no lo vamos a saber nunca, nadie lo va a saber, a no ser que concurramos a la justicia a hacer valer nuestros derechos, que es el acceso a la información, para conocer realmente sobre esta situación.

            Si desde esta Cámara, como representantes de la gente, y queremos hacer valer el derecho constitucional de informarnos, no se nos permite, se nos cajonean las cosas, se las deriva a otro lugar para dilatar en el tiempo, evidentemente que no lo podemos compartir. Por esto vamos a seguir insistiendo en que es un deber, una obligación y un derecho que tenemos los senadores, la Cámara, señor Presidente, no se debe expedir ninguna comisión en particular. Esto no es un proyecto de ley o de declaración que debe discutirlo, debatirlo o modificarlo ninguna comisión en particular. Esto es simplemente aprobar o no, si queremos saber realmente lo que estamos solicitando, o si quiere que el Ejecutivo informe o no. Esta es la realidad.

Simplemente, ratificar lo que hemos planteado en el proyecto de resolución, que sea aprobado.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción expresada por el señor Senador por el departamento La Caldera. Se va a votar.

– Votan por la negativa cuatro señores senadores.

– Votan por la afirmativa once señores senadores

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada. Pasa a Comisión.

11
PEDIDO DE INFORME AL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 90-19.823/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que en virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Ministro de Salud Pública informe si tiene conocimiento del estado edilicio y en las condiciones precarias en que viene funcionando el Centro Sanitario de la localidad La Candelaria, y para el caso qué medidas tiene previstas para mejorar esta situación, dado que es absolutamente necesaria una solución inmediata siguiendo el curso de la política de gobierno de priorizar la salud.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Ernesto Juan Aguilera

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Aguilera.- Señor Presidente: nos preocupa y mucho. Hace un mes los senadores nos reunimos con el señor Ministro, quien se comprometió en ir a La Candelaria ¡Hace un mes! Va a llegar la época de lluvias y quedamos otra vez sin el centro sanitario. ¡Es una vergüenza! Después dicen ‘tenemos la salud totalmente controlada, todas las escuelas hechas y qué bonitas están’. Resulta que los diarios, los medios de comunicación dicen que en todos los lugares, en toda la Provincia faltan escuelas, que hay que remodelar los centros sanitarios, los hospitales. En el departamento La Candelaria, al hospital de El Tala le falta muchas cosas.

            Esto me preocupa y nos debe preocupar a todos, no tenemos respuesta como tampoco la tienen -por ahí indignan, a lo mejor- las presentaciones del Senador García, pero tiene razón, nosotros tenemos que saber, hay que dar respuesta a la gente, porque nos pregunta y qué respuesta le llevamos.

            Espero que el señor Ministro conteste este pedido de informe.

            Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

12

PEDIDO DE INFORME AL MINISTRO DE GOBIERNO, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Expte. Nº 90-19.839/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al señor Ministro de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos, para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre la actuación de la Policía en el barrio San Francisco Solano de la ciudad de Salta, durante estos meses y recientemente en oportunidad de llevarse a cabo una asamblea de vecinos el día sábado 25 de junio del corriente año, en la cual se expusieron planteos que se registran apremios y razzias en la zona.

            Art. 2º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: solicito un cuarto intermedio.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 20:17’.

– A la hora 20:20’:

Sr. Presidente (Luque).- Se reinicia la sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Moreyra.- Señor Presidente: es para hacer una corrección sobre el mencionado expediente. Hay un error dice dos veces ‘de obras de compositores y coreógrafos’

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: evidentemente hay un error, el Senador está planteando otro tema, que seguramente en su momento lo hará. Ahora estamos tratando un pedido de informe presentado por la Senadora Vargas y el Bloque Justicialista va a plantear el rechazo del mismo.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: sinceramente es impresentable lo que ocurre en esta sesión y perdóneme estoy tratando de controlar la risa que esto me provoca para no llorar. No entiendo cómo se trabaja desde el Bloque Justicialista. Este pedido estuvo en la cartilla a la que todos los senadores que están sentados en este recinto tuvieron acceso, leyeron, se interiorizaron, no podemos estar dependiendo de la Presidencia, lo he dejado pasar muchas veces, pero hoy no, no podemos depender de la Presidencia y del señor Secretario Legislativo que esté tratando de buscar quién habla. Esto es una falta de respeto hacia mí que soy la autora del proyecto, ya no es al pueblo, ya es hasta a la autora. Entonces, con qué responsabilidad pueden rechazar un proyecto si ni siquiera saben de qué se trata, si no se tomaron el trabajo de leerlo, sino no hubiésemos pasado a cuarto intermedio, ni siquiera sabían de qué se estaba hablando. Sinceramente no es un tema menor. Si todos tenemos esto para leer, por lo menos leamos y vengamos a discutir cuestiones, eso es un parlamento. Vengan a decirme con fundamentos porqué no me quieren aprobar las cosas, qué sencillo es que si no está la persona que iba a pedir que se cajonee el expediente me digan lo vamos a rechazar. Y dónde está la discusión que se supone tenemos que dar en este recinto, porque no es un tema menor. Me van a rechazar que sepa por qué golpearon a una persona, por qué hicieron apremios ilegales, un tema que estuvo en todos los medios, de una persona golpeada y abusada supuestamente por policías, por qué no podemos saber de qué se trató. Díganme con coherencia, no por qué, a quién estamos protegiendo, si nuestro deber es defender al pueblo.

            Señores, pongámosle seriedad a las cosas, sinceramente es lo que pido desde esta banca, sino esto no va a funcionar.

Sr. Presidente (Luque).- Les pido a los señores senadores, para normalizar esta sesión, que traten de mantenerse en sus bancas.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: lamento mucho lo ocurrido en estos momentos, pero por sobre todas las cosas respeto la tarea de cada uno de los senadores independientemente de los bloques de que se traten y los respeto a ellos por sobre todas las cosas. Muchas veces, en el trajín de la sesión, puede haber errores, esto es humano y nosotros somos parte de esta humanidad. Decir que hay un desconocimiento total del proyecto presentado por la Senadora Vargas por todos nosotros es una mentira, quizás algunos no lo tengan o no lo hayan leído, pero la mayoría sí. Este es un proyecto que ya lo había presentado la vez pasada y se trata de un proyecto de resolución, de un pedido de informe, donde solicita saber qué pasó en ese lugar, San Francisco Solano, pero por otro lado dice ya lo que pasó. En definitiva, por un lado solicita informe y por otro lado está diciendo lo que ha sucedido, de acuerdo a las manifestaciones de algunos que estuvieron en ese lugar, sin poder saber realmente cuál es la verdad.

            En algún momento manifesté, porque también hay que ser sinceros en esto, este es un proyecto de resolución, tal como lo establece el artículo 116 los pedidos de informe se rechazan o no, esto de que vaya a Comisión es también una modalidad importante que tiene el Senado y seguramente la Cámara de Diputados, pero en definitiva los proyectos y los pedidos de informe se rechazan o no.

            Entonces, me pareció buena la postura de decir como corresponde las cosas, no estamos de acuerdo con este proyecto, me parece que podemos pedir el informe de otra manera y no involucrar al Cuerpo en un pedido que ya va con una contestación por parte de la Senadora, de lo que ella cree que pasó, supone que pasó o leyó que pasó.

En definitiva, quiero remarcar el respeto a los señores senadores, seguramente no todos tendrán la preparación de la doctora, de la Senadora, pero creo que se merecen el mismo respeto porque son representantes genuinos de cada uno de los departamentos y el hecho de que no hayan estado atentos en un momento dado de la sesión a un proyecto de ella, no da el derecho a decir lo que se ha dicho

            Muchas gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: realmente en el pedido de informe no dice lo que pasó, salvo que el Senador quiera afirmar que hubo apremios. Lo que puse y dice textualmente es: “en la cual se expusieron planteos que se registran apremios”, porque eso es lo que expusieron los vecinos, los apremios. Entonces, lo que se está pidiendo es saber qué ocurrió, porque en ese momento se expuso que hubo apremios, no estoy aseverando que hubo apremios, en el texto del pedido de informe dice exactamente eso.

            De todas maneras, en ningún momento quiero faltarle el respeto a mis pares, sino que esto excedió, no hablaba de un senador en particular, que siempre es el más responsable y justo le tocó pasar esta situación, hablaba de todos en general. No tenemos porqué digitar desde el estrado lo que el resto del Cuerpo quiera hacer. Ninguno quería hablar, señor Presidente, esa es la verdad, ninguno pidió la palabra y ninguno iba a opinar sobre mi proyecto. E so es lo que estaba poniendo de resalto en esta sesión.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Sáenz.- Sí, es como dice la Senadora, en el proyecto está absolutamente claro el pedido de informe, lo que digo es que ella en sus palabras, en este recinto, asevera lo que está pidiendo que le informen, nada más. Peor todavía si son todos los senadores los que tienen que ponerse a trabajar y no era solamente para uno. En definitiva, no vamos a entrar en esta discusión, no siento que desde arriba me están digitando, diciéndome cómo tengo que hacer las cosas. Me parece una falta de respeto para mí y para todos los senadores del Bloque Justicialista que se pueda decir que con un gesto o con una seña nos están diciendo qué hacer y cómo hacerlo. La verdad que falta el respeto, por lo menos en lo personal siento que es así.

            Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción de orden del señor Senador por Capital, que se rechace el proyecto.

Sen. Vargas.- Pido la palabra…

Sr. Presidente (Luque).- Ya no puede hablar. El Reglamento dice que puede hablar dos veces, Senadora.

            De ninguna manera le voy a aceptar lo que usted dijo sobre esta Presidencia. Esta Presidencia dirige la sesión, no digita la sesión. Y es usted la primera que incurre en incumplimiento, como retirarse y hablar para la televisión. Nos pongamos todos de acuerdo y tratemos que las cosas realmente sean así.

            En consideración la moción de orden del señor Senador por el departamento Capital. Se va a votar.

  • Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado por unanimidad el rechazo.

Sen. Vargas.- Pido la palabra…

Sr. Presidente (Luque).- No levantó la mano, aprobado por unanimidad el rechazo.

No le voy a dar la palabra. Seguimos con el próximo tema.

            Ya se terminó con el proyecto, Senadora. Si va a hablar sobre otro tema, puede hablar, pero este tema está concluido.

Sen. Vargas.- La autora del proyecto puede hablar más de dos veces…

Presidente (Luque).- Usted habló tres veces.

Sen. Vargas.- …dice el Reglamento, que puedo hablar las veces que sea necesario…

Presidente (Luque).- Bueno, hable Senadora, hable.

Sen. Vargas.- ¡Pero cómo voy a hablar si ya puso en consideración el proyecto! Me tendría que haber dado la palabra antes de ponerlo en consideración. De todas maneras me tendrá que dar la reconsideración, porque si me va a negar la palabra, cuando tengo derecho como autora del proyecto, no me puedo quedar más, señor Presidente.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: un diálogo entre usted y la Senadora mucho no nos interesa, por lo que solicito, como moción de orden, un cuarto intermedio.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción de cuarto intermedio. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 20:32’.

– A la hora 20:34’:

Sr. Presidente (Luque).- Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: solicito se reconsidere la votación a fin de que la autora del proyecto pueda votar como corresponde. En este sentido sería injusto porque ha planteado durante mucho tiempo el proyecto, que salga votando en contra.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción de reconsideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada.

Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Gracias, señor Presidente.

            A efectos de mantener el buen trato que siempre tuvimos, no quiero ser yo ni que haya nadie que incurra en una falta porque siempre nos hemos llevado bien más allá de nuestras diferencias, es que solamente voy a pedir que ponga en consideración el proyecto y que se vote.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción de orden presentada por el señor Senador por el departamento Capital, que se rechace el proyecto de resolución de la señora Senadora por el departamento Cafayate. Se va a votar.

– Votan por la afirmativa doce señores senadores.

– Votan por la negativa tres señores senadores.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada. Se rechaza el proyecto.

13

PEDIDO DE INFORME AL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO

Expte. Nº 90-19.840/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Conforme lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo se requiera al señor Ministro de Desarrollo Económico para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre:

  1. Nómina de beneficiarios de los fondos restantes que se han gestionado mediante el Decreto Nº 927 – Convenio 1/10 de fecha 2 de marzo de 2010.
  2. Detalles de lo planificado en las diferentes reuniones de mesa, respecto de la validación de la Bodega Comunitaria y montos a asignar.
  3. Detalles de quienes percibieron recursos a través de lo establecido en la Resolución N° 102 que aprueba convenios de colaboración entre la Secretaría de Asuntos Agrarios y los municipios de Angastaco, San Carlos, Cafayate y Animaná.

Art. 2º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: solicito se realicen unas modificaciones en el proyecto. Si por Secretaría se puede tomar nota de qué es lo que necesito que se corrija, por favor.

            En el punto b), donde dice: “Detalles de lo planificado en las diferentes reuniones de mesa, respecto de la validación de la Bodega Comunitaria y montos a asignar”, sería: “Cuándo se pondrá en funcionamiento la Bodega Comunitaria acordada en la última mesa”.

            En el punto c): “Montos que percibieron de acuerdo a la Resolución Nº 102 que aprueba…” y todo lo demás, porque el nombre de las personas que supuestamente recibieron estos montos ya me los dio el Ministerio, pero no los montos que recibió cada una, lo que ahora necesito son los montos.

Sr. Presidente (Luque).- Por Secretaría se va a dar lectura de cómo queda redactado.

Sr. Secretario (López Mirau).- El punto a) quedaría como se ha dado lectura; el b) diría “Cuándo se pondrá en funcionamiento la Bodega Comunitaria conforme lo acordado en la última reunión de mesa”; y el punto c) “Montos que percibieron conforme la Resolución Nº 102 que aprueba convenios de colaboración…” y hasta terminar el punto.

Sen. Vargas.- En el inciso c) faltaría al final “montos que recibieron quienes fueron beneficiados”.

Sr. Secretario (López Mirau).- c) Montos que percibieron conforme la Resolución Nº 102 que aprueba… discriminado por cada beneficiario.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto con las modificaciones realizadas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

14

PEDIDO DE INFORME AL ENTE REGULADOR DE SERVICIOS DE GAS

Expte. Nº 90-19.874/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al Ente Regulador de Servicios de Gas, para que en un plazo de cinco (5) días informe a este Cuerpo sobre los motivos por los cuales la empresa CONTA SRL (empresa adjudicataria) paralizó las obras de conexión de red externa de gas del departamento Anta y en especial el municipio de Joaquín V. González.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Onofre Arnaldo Barboza

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Anta.

Sen. Barboza.- Señor Presidente: este es un pedido de la gente de Joaquín. V. González, pueblo cabecera del departamento Anta. La empresa CONTA, contratista que tomó la obra de instalación de gas en el departamento Anta, dejó un desastre las calles, las esquinas, pozos por todos lados. He pedido informes a ellos y a otras partes, y se tiran la pelotita de un lado para otro.

Este proyecto lo presento por segunda vez, solicitando se informe cuál es la situación y por qué no continúa con la obra la empresa CONTA, que es la que tomó la obra en este caso, y lo dirijo al Ente Regulador de Gas como responsable.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

15

PEDIDO DE INFORME AL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 90-19.876/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R ES U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al señor Ministro de Salud Pública de la Provincia para que a través de la Secretaría de Salud Mental y Abordaje Integral de las Adicciones y en un plazo de cinco (5) días informe sobre:

  1. Programas y acciones que se han diseñado y aplicado en torno a generar prevención de suicidios en la provincia de Salta desde 2009 a la fecha, detalle de profesionales y personal que interactúan en el área respectiva, presupuesto asignado para tal finalidad y resultados obtenidos;
  2. Programas y acciones que se han diseñado y aplicado en torno a la prevención y tratamiento de las adicciones en la provincia de Salta desde 2009 a la fecha, detalle de profesionales y personal que interactúan en el área respectiva, presupuesto asignado para tal finalidad y resultados obtenidos;
  3. Detalles de otros programas que lleva adelante la Secretaría, presupuestos asignados, nómina de profesionales y personal que desarrollan tareas en los mismos, presupuesto asignado para tal finalidad y resultados obtenidos.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

16

PEDIDO DE INFORME AL SECRETARIO DE ENERGÍA

Expte. Nº 90-19.891/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, requerir al señor Secretario de Energía Ingeniero Marcelo Palópoli para que, en un plazo de cinco (5) días, informe sobre la situación actual del pozo de exploración o producción de hidrocarburos “Martínez del Tineo”, cuya emanación estaría causando importante daño ambiental en la zona.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Claudia Silvina Vargas – Bernardo Emeterio Soriano – Ernesto Juan Aguilera

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Aguilera.- Señor Presidente: este proyecto nace de una preocupación que hemos tenido en la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente, cuando personalmente fui y descubrí este hecho lamentable. Se nos llena la boca diciendo que cuidamos el medio ambiente, la fauna, la flora. Esto está perjudicando enormemente a toda esa zona, porque el líquido que extraen de un pozo va a parar en otra represa. Alrededor de esta represa se están secando todos los árboles habidos y por haber, están matando todos los bichos de la zona.

            No sé de qué se trata y he pedido a la Comisión que averigüemos qué es lo que está pasando. Nos preocupa muchísimo. Veo que el señor Presidente se ríe, pero él no conoce.

Muchas gracias.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

            Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

17

CONSIDERACIÓN DE LAS MOCIONES DE TRATAMIENTO SOBRE TABLAS

Sr. Presidente (Luque).- Por Secretaría se dará a conocer los proyectos para los cuales se ha solicitado tratamiento sobre tablas.

Sr. Secretario (López Mirau).- Se ha solicitado reserva para el tratamiento sobre tablas de los siguientes expedientes: Nº 91-26.420/11. Proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 77 del departamento General Güemes.

            Nº 90-19.847/11. Proyecto de resolución, solicitando se declare de Interés de esta Cámara las actividades a realizarse el 9 de julio en Campo Quijano, con motivo de la conmemoración del 90 Aniversario de su fundación.

            Nº 90-19.848/11. Proyecto de resolución declarando de Interés de la Cámara la Fiesta y Feria de la Papa Andina.

            Nº 90-19.826/11. Proyecto de declaración, viendo con agrado se arbitren las medidas necesarias a los fines que se solucione el desabastecimiento de combustible, de autoría del señor Senador Mashur Lapad y otro proyecto en igual sentido, del señor Senador Néstor Parra, que gira bajo el Expte. Nº 90-19.861.

            Nº 90-19.849/11. Proyecto de declaración para que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial la Fiesta de la Papa Andina.

Nº 90-19.850/11. Proyecto de declaración, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial las actividades a realizarse el 9 de julio en Campo Quijano.

Nº 90-19.879/11. Proyecto de declaración, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial disponga en breve la construcción de un matadero municipal para la ciudad de Cafayate.

Nº 90-19.880/11. Proyecto de declaración, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo a través de la AMT evalué la posibilidad de que no se autorice el pedido de incremento de la tarifa del transporte público.

Nº 90-19.883/11. Proyecto de declaración, viendo con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas disponga la asignación de recursos para que se produzca la obra de ampliación de la Escuela Normal de Cafayate.

Proyecto de declaración ingresado en esta sesión, autoría de los señores Senadores D’Andrea, Rodríguez, Díaz, Parra, Luque y Aguilera, respecto a la alícuota que se paga por el tabaco con inclusión de un proceso de industrialización previa.

Proyecto de resolución, autoría del señor Senador Mamaní, declarando de Interés de esta Cámara el Primer Torneo Internacional de Fútbol Sub 17 a realizarse en el departamento San Carlos.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se tratarán sobre tablas en su oportunidad.

18

DECLARACION DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN DEL INMUEBLE MAT. Nº 77 DEL DPTO. GENERAL GÜEMES

Expte. Nº 91-26.420/11 *

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Segura.- Señor Presidente: solicito que la Cámara entre en estado de comisión, debido a que este proyecto no tiene dictamen y que los fundamentos sirvan como dictamen. Es de urgencia el tratamiento de este proyecto.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: el Senador Segura, podría decirnos cuál es la urgencia.

Sen. Segura.- Señor Presidente: este proyecto ya tuvo tratamiento en la Cámara de Diputados y en la Cámara de Senadores, sufrió una modificación y volvió nuevamente a la Cámara de origen, donde ya se trató. La importancia es que va a brindar estabilidad edilicia a más de ciento veinte alumnos que hoy acuden a este establecimiento educativo, donde se dictan clases en turno mañana y tarde y también Educación Física a niños de tres a catorce años. La urgencia es por el tiempo que ha transcurrido, pensábamos que estaba aprobado en forma definitiva, pero sufrió una modificación por eso volvió a la Cámara de Diputados y pronto las Cámaras van a empezar el receso.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: muchas veces desde esta banca y los senadores a los que nos denominan opositores hemos cuestionado que se trate un proyecto de ley sobre tablas porque generalmente no queremos el efecto sorpresa o que se vayan tratando cosas que desconocemos, no es casualmente este el caso porque, como bien lo señalaba el Senador preopinante, el proyecto que tuvo tratamiento legislativo en nuestra Cámara se aprobó por unanimidad, y es para beneficiar a los niños, a la educación. Se trata de subsanar un detalle que está mal.

            Por ello no nos vamos a oponer de modo alguno a que tenga un dictamen positivo y favorable el día de hoy, si eso significa darle tranquilidad a los educandos que concurren a esa escuelita de General Güemes.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: después de haber escuchado al Senador Segura, sé de la importancia y también qué es lo que se había modificado. El proyecto había sido vetado solo porque decía que estaría destinado al establecimiento tal, cuando en realidad tiene que decir que dicho catastro será utilizado para un establecimiento escolar, no determinando con nombre. Me parece importante poner la Cámara en estado de comisión, que cada una de las cuestiones que hemos hablado se tenga en cuenta y se tome como dictamen, y que podamos sacar esta media sanción que hace falta para que los chicos de General Güemes puedan contar con este establecimiento educativo.

Sr. Presidente (Luque).- La Cámara entra en estado de comisión.

            En consideración el dictamen, que depende de los argumentos vertidos por los senadores preopinantes. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

            En consideración la Cámara sale de su estado de comisión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

            En consideración en particular.

– Sin observación se aprueban los artículos 1º y 2º.

– El artículo 3º es de forma.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Pasa al Poder Ejecutivo.

19

DECLARAR DE INTERÉS LOS FESTEJOS POR EL ANIVERSARIO DE LA FUNDACIÓN DE CAMPO QUIJANO Y DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA

Expte. Nº 90-19.847/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara las actividades a realizarse el día 9 de julio del corriente año en el municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma, en el marco de los festejos en Conmemoración del 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia..

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Jorge Luis Rodríguez

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

20

DECLARAR DE INTERÉS LA FIESTA Y FERIA DE LA PAPA ANDINA

Expte. Nº 90-19.848/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara, la Fiesta y Feria de la Papa Andina, a realizarse el día 16 de julio del corriente año en el paraje El Alfarcito, en el municipio de Campo Quijano, departamento de Rosario de Lerma.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Jorge Luis Rodríguez

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

21

SOLUCIONAR EL DESABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLES EN LA PROVINCIA

Exptes. Nros. 90-19.826/11 y 90-19.861/11

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, el Poder Ejecutivo Nacional y los señores Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, arbitren y gestionen las medidas necesarias a los fines que se garantice y solucione a la brevedad posible el desabastecimiento emergente de combustibles que ya es muy notorio en las estaciones de servicio de la provincia de Salta y en gran parte del Norte Argentino, y todo esto de acuerdo a la vigente Ley Nacional Nº 20.680 de Abastecimiento.

Mashur Lapad

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Guachipas.

Sen. Parra.- Señor Presidente: he presentado un proyecto de declaración sobre el mismo tema, expediente 90-19.861/11, por lo tanto pido la unificación de ambos.

El proyecto surge de la necesidad que tienen los habitantes, productores e industrias de la provincia de Salta, de contar con la provisión y abastecimiento normal de combustible en todo el territorio provincial.

            Es de público conocimiento el grave problema existente en nuestra Provincia debido a la falta de combustible, siendo el mismo distribuido de forma intermitente en algunas estaciones de servicio, las cuales no solo racionan sus ventas, sino que además, debido a la gran demanda, se quedan sin combustible a las pocas horas de ser abastecidas.

            En relación al gas, ya se puede claramente apreciar la falta de presión en las redes domiciliarias y en la mayoría de las estaciones de servicio, las que operan solo con algunos surtidores existentes en las mismas.

            El problema referido no solo repercute en los miles de usuarios que utilizan sus vehículos para el desarrollo de sus actividades cotidianas, sino que además está repercutiendo en los productores de nuestra Provincia que dependen inexorablemente del combustible para el desarrollo de su actividad. No es posible efectuar una siembra, transportar la producción, los insumos necesarios para ella o darle valor agregado a la misma sin el uso de combustible.

            En relación a las industrias, las cuales dependen directa o indirectamente de la provisión de combustible para poder funcionar, se ven gravemente afectadas, lo cual va a repercutir en la producción de las mismas y por ende terminar afectando a sus empleados.

            A todos los problemas antes expuestos se debe sumar las consecuencias que tendrá en la afluencia de turistas por la temporada de las vacaciones de invierno, ya que, como dije, el problema de combustible es de público conocimiento por haber sido expuesto en la mayoría de los medios periodísticos de circulación provincial y nacional, por lo que difícilmente los turistas interesados en visitar nuestra Provincia planifiquen un viaje a un lugar en donde eventualmente no puedan abastecerse de combustible, estando de más decir la importancia que tiene para nuestra Provincia el desarrollo de la actividad turística.

            Por todo lo expuesto, solicito el voto de mis pares para la aprobación del presente proyecto de declaración.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: vamos a acompañar este proyecto de declaración. Como Cámara de Senadores no podemos dejar de expresar y preocuparnos con lo que está ocurriendo por la falta de combustible, en lo que hace a nafta, gas-oil y el tema que ha surgido ahora, el gas.

            Realmente nos preocupa, por eso hoy nos estamos manifestando a través de este proyecto de declaración, peticionando a las autoridades competentes una pronta solución a la falta de combustible. Nadie se hace responsable, se buscan culpables, responsables, le echan la culpa a Santa Cruz de los cortes, y de acuerdo a los antecedentes que podemos tomar conocimiento es un mínimo porcentaje que viene de la zona Sur, de acá es de donde se provee a gran parte del Sur, de petróleo, de gas, y desgraciadamente quienes producimos -que somos los salteños- esta materia prima, esta energía tan importante no solo para los que tienen vehículo, sino también para la producción, nos vemos afectados por la falta de combustible, por un lado, y por otro lado también la falta de gas.

            No se avizora una solución inmediata, tampoco hay planificación de un proyecto a largo plazo, tanto a nivel nacional como provincial. Como estamos en plena campaña política, elaborar un proyecto de esta naturaleza, que es a largo plazo, de aquí a cuatro, cinco o diez años recién se van a ver los frutos de las inversiones que se hagan, entonces se deja pasar el tiempo. En la reforma de la Constitución Nacional del año 1994 quedó claramente establecido que los recursos naturales son de la Provincia, y lo que tiene que ver con las concesiones de la explotación de ciertos pozos de petróleo y de gas, y son los únicos que están impedidos de que haga uso la provincia de Salta, en este caso particular.

            Tampoco hubo preocupación de la Provincia, no solo este gobierno sino el gobierno anterior, han intentado llamar a licitación para la exploración a ver si podemos seguir sacando petróleo o gas. Estas inversiones tampoco se han hecho y por eso debemos preocuparnos, atento a que no hay una política de energía a nivel nacional y estamos sufriendo cada vez que ocurren estas demandas, especialmente en lo que hace al gas y a la nafta en particular. Algunos plantean que al haber una mayor demanda, estas son las consecuencias. Me parece que no son fundamentos reales para dar una respuesta a lo que estamos padeciendo por la provisión de estos elementos fundamentales, no solo para el transporte, sino para la producción en general.

            Esperamos que de una vez por todas esto se solucione para los argentinos, especialmente quienes somos discriminados por el Gobierno Central, los del Norte, los salteños, los tucumanos y jujeños. Hablamos de federalismo y eso es lo que menos se hace, de una vez por todas debemos revertirlo y esto se revierte cuando hay políticas del lugar hacia la Nación y de la Nación hacia la Provincia.

            Vamos a acompañar esta preocupación y seguramente que por unanimidad se va a aprobar este proyecto.

            Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: de igual manera, para acompañar este proyecto. Los salteños no nos merecemos esto y capaz que muchos desde este recinto van a disentir conmigo, esto se debe realmente a la falta de energía de nuestro señor Gobernador, de rendirse ante un Gobierno Nacional, de no reclamar lo que nos corresponde, no venimos reclamando por la Coparticipación y tantas deudas que tiene la Nación con la Provincia, lo que corresponde a la Ley de Bosques, y así seguimos postergados, un Gobierno Nacional que quiere pasar bien la elección que se aproxima este fin de semana y que estén todos nuestros hermanos porteños calentitos y abrigados, mientras los salteños pagamos estas consecuencias.

En mi pueblo, cuarenta y cinco pesos cuesta una garrafa de gas, en una Provincia productora, cinco horas de espera para poder llegar a un surtidor, cinco horas. Mi pueblo, como bien lo decía el Senador del departamento Guachipas, depende del turismo, y qué turista va a querer ir ahí, todos dependemos del turismo, el mozo, el cocinero, el dueño de un hotel, de un restaurante.

Le pido enérgicamente al señor Gobernador que haga las inversiones que, según, la empresa de gas no hizo en la Provincia y que por eso estamos padeciendo los salteños de Capital y de los alrededores la falta de presión de gas. Por otro lado, que reclamemos lo que nos corresponde, las inversiones que corresponden desde el Gobierno Nacional, que no haya tanto negociado con esto, que de una buena vez se solucione y se tome con seriedad el problema de la crisis energética que hay en el País, porque ya era anunciada y es de larga data, quizás podemos señalar el comienzo de todo cuando se vendió el patrimonio de los argentinos y se privatizó a mansalva la mayoría de los servicios públicos y las riquezas del País, como fue YPF, la energía, como fueron los recursos más importantes que cualquier país conserva en la esfera estatal. En nuestro País, en la década del ’90, se entregaron e importó poco que el usuario pague las consecuencias, tenemos entes casi desdibujados que controlan a concesionarios que lo único que hacen es enriquecerse y llevarse el dinero de nuestro País.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: vamos a acompañar los dos proyectos de declaración, tanto el del señor Senador Lapad como el del señor Senador Parra. En esto no nos vamos a poner a discutir, vamos a estar todos de acuerdo porque es una realidad que la vivimos todos y nos preocupa lo que está atravesando la Provincia en esta situación crítica de los últimos días, donde debemos distinguir dos situaciones completamente distintas.

            Primero, la falta de combustibles líquidos, como ser nafta y gas oil. Este problema se manifiesta a principios de esta década porque no se previó el aumento de la producción y por ende, a mayor demanda igual oferta, se producen estos cuellos de botella que estamos padeciendo estos días. Las crisis se deben a varios factores como ser el crecimiento del campo, la industria y el parque automotor y seguimos con la misma oferta del crudo como en el año 2001. Otro de los factores que agudizaron la crisis fueron los reiterados paros de los docentes de Santa Cruz, impidiendo el acceso a los yacimientos por cincuenta y cinco días. Ni las reservas de gas ni las del petróleo se incrementaron al ritmo del crecimiento de la producción. El incremento de reservas se produjo en áreas ya explotadas y maduras, sin guardar relación estadística alguna con los pozos de exploración perforados. El número de pozos de exploración disminuyó drásticamente después del año 1995, hecho éste que coincide con el proceso de privatización de recursos hidrocarburíferos, como ser YPF, Gas del Estado, como planteaba la Senadora preopinante.

            Segundo, los reiterados cortes de gas domiciliario con los cuales se vieron afectados barrios de nuestra ciudad y municipios aledaños. Con respecto al gas, disminuyó la presión con la que se inyecta el gas a nuestra Provincia y esto ocasionó la falta en los hogares. Ante esta situación, con buen criterio el gobierno ya tomó cartas en el asunto presentando un recurso de amparo, pidiendo la solución inmediata y la solución está. O sea que el Gobernador puso la energía necesaria y suficiente para resolver el tema del gas. La justicia hizo lugar favorablemente al pedido y ordenó al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) y la Transformadora de Gas del Norte que provea de gas en cantidad suficiente a la provincia de Salta, para que sus habitantes dispongan del fluido adecuado y regularmente hasta que se dicte sentencia definitiva, bajo apercibimiento de desobediencia judicial, de acuerdo a lo dispuesto por el magistrado.

            En síntesis, el traspaso del sector energético a manos privadas implicó dejar al país en una situación crítica, respecto a la reserva de hidrocarburos, como así también al transporte de gas y a la generación de energía eléctrica.

            Como legisladores solicitamos al Poder Ejecutivo Nacional que tome las medidas adecuadas a fin de paliar la situación que está viviendo en este momento y que afecta nuestra economía regional. No solo afecta a Salta, también a Tucumán, a Jujuy, al Norte salteño.

            Es cierto lo que se dice, que muchos se llenan la boca hablando de federalismo, pero en Buenos Aires no están viviendo ni vivirían esta situación. Realmente los salteños somos pacientes y demasiado para soportar este tipo de situaciones. Pero quiero dejar perfectamente en claro que el Gobernador tuvo la energía suficiente como para solicitar que se resuelva el tema del gas -y está resuelto- y para sentarse con la gente de YPF y creo que el fin de semana va estar resuelto el problema.

            Independientemente de esto, señor Presidente, este es un tema que ahora lo vive la totalidad de la sociedad. Pero no es un tema menor y lo hemos discutido el año pasado, lo venimos discutiendo este año también, cuando hablamos de la garrafa social, cuando pedíamos que sea un servicio público porque realmente a la gente se le hacía necesario todos los inviernos en su casa y veíamos a cinco o seis cuadras de la Plaza 9 de Julio a la gente haciendo cola para conseguir esa garrafa social. Esto es preocupante, por más que muchos no lo vean o a muchos no les toque y también se ve en el interior de nuestra Provincia.

Por eso no solo debemos ocuparnos cuando el tema es universal y general, sino también debemos ocuparnos para que el próximo invierno estas cosas no sigan pasando. Hay que prevenirlas y hacer todo lo que se debe para que esto no vuelva a ocurrir.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Aguilera.- Señor Presidente: escucho a los senadores con atención y tienen razón, todos tenemos razón. A lo mejor es como dicen, que yo sea el opa, no entiendo, pero creo que falta un poco de energía de los mandantes, por más que diga el Senador por Capital que sí ponen energía.

            No sé hace cuantos años que está la refinería en nuestra Provincia y no hay más. ¿No hay valor de un gobierno para buscar la forma que las empresas gasoleras hagan otra refinería y podamos controlar nosotros el daño que estamos causando en nuestra Provincia? La falta de combustible líquido afecta a todos y la falta de gas también. Entonces, de alguna manera tiene que haber un poco de energía de los gobernantes para que busquemos la forma de hacer otra refinería o con más capacidad, porque hace muchos, pero muchos años que está la misma refinería.

Sr. Presidente (Luque).- El señor Senador Parra estaría de acuerdo con que se tome el enunciado del proyecto del señor Senador Lapad o quiere hacer una conjunción de los dos proyectos.

            Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 21:20’.

– A la hora 21:23’:

Sr. Presidente (Luque).- Se reanuda la sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Guachipas.

Sen. Parra.- Señor Presidente: como ambos proyectos son conceptualmente semejantes, que quede el del Senador Mashur Lapad, quedando constancia que se aprueban ambos proyectos.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada la unificación de acuerdo a lo manifestado por el señor Senador por el departamento Guachipas. Se harán las comunicaciones pertinentes.

22

DECLARAR DE INTERÉS PROVINCIAL LA FIESTA Y FERIA DE LA PAPA ANDINA

Expte. Nº 90-19.849/11

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial declare de Interés la Fiesta y Feria de la Papa Andina a realizarse el día 16 de julio del corriente año, en el paraje El Alfarcito, del municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma.

Jorge Luis Rodríguez

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

23

DECLARAR DE INTERÉS PROVINCIAL LOS FESTEJOS DEL ANIVERSARIO DE LA FUNDACION DE CAMPO QUIJANO Y DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA

Expte. Nº 90-19.850/11

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial declare de Interés las actividades a realizarse el día 9 de julio del corriente año en el municipio de Campo Quijano, departamento de Rosario de Lerma, en el marco de los festejos en Conmemoración del 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia.

José Luis Rodríguez

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

24

CONSTRUCCIÓN DE MATADERO MUNICIPAL EN CAFAYATE

Expte. Nº 90-19.879/11 *

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, disponga en breve la construcción de un matadero municipal para la ciudad de Cafayate, a los efectos de otorgar una solución a los diferentes y constantes reclamos y planteos que se formulan desde hace ya periodos considerados.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se hará la comunicación correspondiente.

25

AMPLIACIÓN DE LA ESCUELA NORMAL DE CAFAYATE

Expte. Nº 90-19.883/11

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas de la provincia de Salta, disponga de manera urgente la asignación de recursos necesarios para que se produzca la obra de ampliación de la primer ala de la Escuela Normal de Cafayate, relacionada ésta al cambio de techos, techado del playón deportivo y dos nuevas aulas.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: si bien es un proyecto de declaración, es necesario que salga de manera urgente, porque actualmente se encuentran realizando tareas en la escuela, se trata simplemente de una ampliación para dar una solución definitiva.

Solicito a los senadores el apoyo para este proyecto y que se acompañe la versión taquigráfica. En el mismo se requiere a la Secretaría de Obras Públicas de la Provincia amplíe el Presupuesto para que se concluya la obra con todo lo detallado en este proyecto.

            Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

26

NO AUTORIZAR EL INCREMENTO DE LA TARIFA DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS

Expte. Nº 90-19.880/11

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT), evalúe de manera inmediata la posibilidad de que no se autorice el pedido de incremento de la tarifa del transporte público de pasajeros solicitada recientemente por la empresa SAETA, dado que un aumento de esta naturaleza resultará perjudicial a los intereses de la comunidad dado además que los salarios de los trabajadores se deterioran constantemente por la acción de la inflación.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Saenz.- Señor Presidente: la verdad que no acompañar este proyecto presentado por la Senadora sería un error de nuestra parte, es un proyecto de declaración, veríamos con agrado y queremos que esto así sea, hay que ver si es posible, por algo SAETA está pidiendo el incremento en el boleto. Lamentablemente la situación, como dice el proyecto, de todos aquellos que usan el transporte masivo de pasajeros es desesperante y el hecho que se aumente el boleto es una situación difícil.

            No podemos dejar de acompañar este proyecto y ver con agrado si hay alguna posibilidad. Estoy seguro que el Gobernador, SAETA y la gente de la AMT lo van a tener en cuenta porque es un pedido generalizado de la gente que pueda resolverse de otra manera. En definitiva, no deja de ser un anhelo nuestro y de todos los salteños que esto pueda ocurrir.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: como bien lo expresaba el Senador por Capital, esto es un simple anhelo, ojalá sea escuchado porque todas aquellas personas que a diario tienen que usar el medio de transporte realmente necesitan que no se incremente el boleto. Lamentablemente la suba de los salarios no va aparejada al costo de vida, es más, hace mucho que no se aumentan los salarios.

            Ojalá que nos escuchen, como decía es solo un anhelo y sería bueno que sea de toda Cámara.

            Gracias.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

27

APLICACIÓN DE LA ALICUOTA QUE GRAVA AL TABACO EN EL DERECHO DE EXPORTACION

Expte. N° 90-19.890/11

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, gestionen ante el organismo nacional competente, la aplicación correcta de la alícuota que grava al tabaco en el derecho de exportación, ya que en la actualidad se aplica una alícuota del 10% al producto y corresponde una alícuota del 5% por tratarse de tabaco que incluye un proceso de industrialización previo.

Luis Francisco D’Andrea – Jorge Luis Rodríguez – Onofre Arnaldo Barboza – Pablo Raúl Díaz – Néstor Eduardo Parra – Manuel Héctor Luque – Ernesto Juan Aguilera

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Rodríguez.- Señor Presidente: con este proyecto queremos pedirle a los legisladores nacionales que bajen la alícuota del 10% al 5%, dada la situación que está atravesando la producción tabacalera.

Sr. Presidente (Luque).- Quiero acotar desde esta Presidencia que esto surgió de una reunión muy importante que se llevó a cabo esta semana con el Presidente de la Cámara del Tabaco y seguramente el Senador Parra puede aportar algo.

            Tiene la palabra.

Sen. Parra.- Señor Presidente: mantuvimos una reunión la Comisión de Agricultura con miembros de la Cámara de Tabaco de Salta y los obreros del tabaco. La situación que está atravesando la producción tabacalera es crítica, el precio del tabaco hace dos años que no tiene un incremento considerable, incluso hay empresas que están pagando precio inferior al de la campaña pasada y es de público conocimiento que todos los insumos, los jornales y el gas sufrieron incremento importante.

            Como es una actividad que da trabajo a gran cantidad de personas en todo el Valle de Lerma, de esa reunión surgió buscar la disminución de la alícuota, porque el 10% se aplica a las producciones primarias sin proceso de industrialización. En el caso del tabaco no se lo vende en forma cruda, sino que sufre un proceso de industrialización, tanto en el estufado, que lo realizaron los productores, como en el proceso que llevan  a cabo las empresas tabacaleras. Entonces, pedimos que sea considerado como un producto con cierta industrialización, lo que justificaría la disminución de esta alícuota y permitiría un incremento en los precios por parte de los productores tabacaleros.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

28

DECLARAR DE INTERÉS EL PRIMER TORNEO INTERNACIONAL DE FÚTBOL SUB 17

Expte. Nº 90-19.892/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara el “Primer Torneo Internacional de Fútbol Sub 17°”, a realizarse en el departamento San Carlos y zona de influencia durante los días 10 al 17 de julio del presente año, el mismo contará con la presencia de equipos de las ciudades del norte argentino y países limítrofes.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Héctor Edgar Mamaní

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

29

MOCIÓN DE RECONSIDERACIÓN

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Ruberto Sáenz.- Señor Presidente: solicito reconsideración de un proyecto de resolución presentado por el Senador Mashur Lapad, dado el tiempo se hace necesario tratarlo sobre tablas, declarando de Interés de esta Cámara las Bodas de Plata de la Escuela Primaria Nº 4.312 “Virgen del Milagro” del paraje la Esperanza, del municipio de Rivadavia Banda Sur, departamento Rivadavia, que se celebra el día 6 de julio de 2011.

Por ello pido la reconsideración y que podamos tratar este proyecto.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: también para una reconsideración sobre otro expediente, que fue aprobado cuando no estaba presente y cuando pedí la palabra no era el momento de modificarlo, referido al matadero municipal. En realidad lo que estamos pidiendo en varias reuniones a las que asistimos los legisladores, tanto el Senador de San Carlos como quien les habla, es un matadero que una los dos departamentos, no necesariamente tiene que construirse en Cafayate. En vez que diga·”Matadero Municipal en Cafayate”, tendría que decir “Matadero en el Valle Calchaquí” o “en los departamentos del Valle Calchaquí”.

Sr. Presidente (Luque).- Se va a votar la moción de reconsideración.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada la reconsideración.

30

DECLARAR DE INTERÉS LAS BODAS DE PLATA DE LA ESCUELA Nº 4.312

Expte. Nº 90-19.827/11

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara las Bodas de Plata de la Escuela Primaria Nº 4.312 “Virgen del Milagro”·del paraje La Esperanza del municipio Rivadavia Banda Sur, departamento Rivadavia, a celebrarse el día 6 de julio del 2011.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Mashur Lapad

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

31

MATADERO MUNICIPAL PARA LOS DEPARTAMENTOS CAFAYATE Y SAN CARLOS

Expte. Nº 90-19.879/11

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, disponga en breve la construcción de un matadero municipal para la ciudad de Cafayate, a los efectos de otorgar una solución a los diferentes y constantes reclamos y planteos que se formulan desde hace ya periodos considerados.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: que diga: “la construcción de un matadero regional para los departamentos de San Carlos y Cafayate” y, como lo advertía el Senador por San Carlos, “matadero para ganado mayor y menor”.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Carlos.

Sen. Mamaní.- Señor Presidente: hay una decisión del Gobierno Provincial de hacer un matadero de ganado menor en la región, precisamente en el municipio de San Carlos; lo que se tiene que solicitar es que no sea de ganado menor, sino de ganado mayor, ya sea en el departamento Cafayate o en San Carlos. Es lo que se está tratando en las reuniones que se realizan y se lo comentaba a la Senadora por Cafayate.

Sr. Presidente (Luque).- Por Secretaría se dará lectura.

Sr. Secretario (López Mirau).- “…disponga en breve de la construcción de un matadero regional para ganado mayor y menor para los departamentos Cafayate y San Carlos a los efectos de lograr…”

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto con las modificaciones propuestas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

            Corresponde considerar los asuntos incluidos en al Orden del Día Nº 8, cuyo Boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

32

DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA LOS INMUEBLES MAT. NROS. 382 Y 456 DEL DPTO. CACHI

Expte. Nº 90-19.702/11

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley del señor Senador Pablo Raúl Díaz, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación las fracciones de los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 382 y 456 del departamento Cachi, con destino a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujeto a expropiación las fracciones de los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 382 y 456, del departamento Cachi, con destino a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes.

            Las fracciones mencionadas tienen ubicaciones, formas y superficies según lo indicado en croquis que, como Anexos I, II y III forman parte de la presente.

            Art. 2º.- Ordénase a la Dirección General de Inmuebles a efectuar, por sí o por terceros, la mensura, desmembramiento y parcelación de las fracciones de los inmuebles detallados en el artículo 1º, una vez efectivizada la toma de posesión por parte de la Provincia.

            Art. 3º.- Una vez efectivizadas las parcelaciones a que se refiere el artículo 2º, adjudíquese directamente a quienes acrediten fehacientemente ser poseedores de los inmuebles.

            Art. 4º.- La Subsecretaría de Tierra y Hábitat verificará el cumplimiento de los requisitos fijados en la Ley 1.338 y sus modificatorias, y los requisitos fijados en la presente, que deben cumplir los adjudicatarios.

            No podrá concederse bajo ninguna condición, derecho a la propiedad, concesión, comodato o cualquier forma de uso y goce de ninguna parcela, a personas que no acreditaren debidamente pertenecer a las comunidades del lugar o ser poblador con arraigo.

            Los inmuebles referidos en el artículo 1º, se escriturarán a favor de los adjudicatarios, a través de Escribanía de Gobierno, quedando exentas de honorarios, impuestos, tasas y contribuciones.

            Art. 5º.- Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la presente, no podrán enajenarlas durante los diez (10) años posteriores a la adjudicación.

            A tal fin, las escrituras de dominio de los inmuebles respectivos deberán incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad, durante tal período.

            Art. 6º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio  vigente.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de la Comisión, 22 de junio de 2011.

Pablo Raúl Díaz – Gustavo Ruberto Sáenz – Alfredo Jorge – Raúl Bartolomé García

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

            En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º.

– El artículo 7º es de forma.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

33

MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3º DE LA LEY 6.475

Expte. Nº 90-19.583/11 *

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: como todos los senadores tenemos en nuestras manos el texto de la ley, que se obvie la lectura.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Moreyra.- Señor Presidente: deseo hacer una corrección en la parte del artículo 3º, inciso j) 2. Se debe modificar por cuanto están dos veces escritas las mismas palabras, que quede redactado el texto de la siguiente manera: “Los intérpretes de danzas clásicas tendrán que acreditar un porcentaje mínimo del 10% de obras de compositores y coreógrafos salteños en el total de sus respectivos repertorios”.

Sr. Presidente (Luque).- Por Secretaría se dará lectura.

Sr. Secretario (López Mirau).- Los intérpretes de danzas clásicas tendrán que acreditar un porcentaje mínimo del 10% de obras de compositores y coreógrafos salteños en el total de sus respectivos repertorios.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: donde dice artículo 3 que diga 3º.

Sr. Secretario (López Mirau).- Quedaría: “Artículo 1º.- Modificar el artículo 3º de la Ley 6.475…”

Sr. Presidente (Luque).- Con las modificaciones realizadas, tratándose de un solo artículo, en consideración el proyecto en general y particular. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Pasa en revisión a la Cámara de Diputados.

34

PROVISIÓN DE CAMIONETA AL DESTACAMENTO POLICIAL DE LA SILLETA

Expte. Nº 90-19.756/11

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos y Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, destine los medios necesarios para proveer de una camioneta doble cabina tipo 4×4 al Destacamento Policial de la localidad de La Silleta, departamento Rosario de Lerma.

Sala de la Comisión, 22 de junio de 2011.

Mashur Lapad – Jorge Luis Rodríguez – Alfredo Jorge – Federico Miguel Segura – Catalina Elsa Ponna

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

35

CONSIDERACIÓN DE PROYECTOS DE DECLARACIÓN *

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Segura.- Señor Presidente: solicito que los siguientes proyectos de declaración se consideren por número de expediente ya que los senadores contamos con el boletín del Orden del Día.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada. Se tratarán por número de expediente.

35.1

Exptes. Nros. 90-19.718/11 y 90-19.744/11 (acumulados). Proyectos de declaración de los señores Senadores Jorge Luis Rodríguez y Silvia Guadalupe Cabana.

35.2

Expte. Nº 90-19.746/11. Proyecto de declaración del señor Senador Leonardo Lunda.

35.3

Expte. Nº 90-19.755/11. Proyecto de declaración del señor Senador Jorge Luis Rodríguez.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobados. Se harán las comunicaciones correspondientes.

36

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Luque).- No habiendo más asuntos que tratar, invito a la señora Senadora por el departamento Santa Victoria, doña Silvia Guadalupe Cabana, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Guachipas, don Néstor Eduardo Parra, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Silvia Guadalupe Cabana y Néstor Eduardo Parra proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 21:49’.

Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

Cámara de Senadores

 

37

A P É N D I C E

1

Ratificación de la Resolución de Presidencia Nº 97/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resolución de Presidencia Nº 97/11.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

2

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Movimiento de Personal, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 1 a 9, 16 a 19, 21, 23 a 34, 43, 45 a 48, 51, 53, 58, 71, 77, 79, 90, 91, 93, 103, 105, 108, 111, 113, 128 a 131, 134 a 136, 142, 145, 151, 153, 190, 192, 196, 198, 200, 203, 204, 232, 233, 236, 238, 240, 250, 251, 252, 262 y 276/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

3

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Movimiento de Personal, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 3 a 6, 11 a 13, 15, 17 a 19, 22, 23, 26, 27, 29, 32, 34, 35, 38, 39, 42, 43, 47, 49, 51, 68, 69, 71 a 73/11.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

4

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Transferencia, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 28, 61, 70 y 75/11.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

5

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Cortesía, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 63 a 67, 74, 76 y 77/11.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

6

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 62, 115, 263, 277 y 283/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

7

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Cortesía, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 39, 40, 72, 75, 78, 120, 121, 124, 139, 156 a 161, 164, 169, 175, 179, 181, 185, 187, 189, 195, 201, 215, 216, 218, 220 a 225, 229, 230, 242, 243, 244, 248, 253, 259, 264 a 267, 271, 273, 275, 278, 280 a 282/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

8

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Viáticos, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 44, 69, 73, 80, 119, 123, 176, 183, 184, 219, 239 y 261/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

9

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Transferencia, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 83, 138, 171, 166 a 168, 180, 182, 188, 217, 226, 227, 231, 234, 237, 241, 246, 247, 258 y 279.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

10

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Descentralización de Gastos, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 35, 54, 162, 163, 214, 257 y 269/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

11

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 61, 170, 171, 208 y 209/10.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

12

Invitación al Presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos

Expte. Nº 90-19.821/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de Cámara, invitar al señor Presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos a concurrir a la Presidencia de la Cámara, el día miércoles 27 de julio del corriente año, a horas 10:00, para informar sobre el aumento aplicado a las tarifas de servicios de agua, luz y cloacas.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

13
Pedido de Informe al Ministro de Salud Pública

Expte. N° 90-19.823/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Que en virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Ministro de Salud Pública informe si tiene conocimiento del estado edilicio y en las condiciones precarias en que viene funcionando el Centro Sanitario de la localidad La Candelaria, y para el caso qué medidas tiene previstas para mejorar esta situación dado que es absolutamente necesaria una solución inmediata siguiendo el curso de la política de gobierno de priorizar la salud.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

14

Pedido de Informe al Ministro de Desarrollo Económico

Expte. Nº 90-19.840/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al señor Ministro de Desarrollo Económico para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre:

  1. Nómina de beneficiarios de los fondos restantes que se han gestionado mediante el Decreto Nº 927 – Convenio 1/10 de fecha 2 de marzo de 2010;
  2. Cuándo se pondrá en funcionamiento la bodega comunitaria conforme lo acordado en la última reunión de mesa;
  3. Montos que percibieron conforme la Resolución N° 102 que aprueba convenios de colaboración entre la Secretaría de Asuntos Agrarios y los municipios de Angastaco, San Carlos, Cafayate y Animaná, discriminado por cada beneficiario.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

15

Pedido de Informe al Ente Regulador de Servicios de Gas

Expte. Nº 90-19.874/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al Ente Regulador de Servicios de Gas, para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre los motivos por los cuales la empresa CONTA SRL (empresa adjudicataria) paralizó las obras de conexión de red externa de gas del departamento Anta y en especial el municipio de Joaquín V. González.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

16

Pedido de Informe al Ministro de Salud Pública

Expte. Nº 90-19.876/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R ES U E L V E

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al señor Ministro de Salud Pública de la Provincia para que a través de la Secretaría de Salud Mental y Abordaje Integral de las Adicciones y en un plazo de cinco (5) días informe sobre:

  1. Programas y acciones que se han diseñado y aplicado en torno a generar prevención de suicidios en la provincia de Salta desde 2009 a la fecha, detalle de profesionales y personal que interactúan en el área respectiva, presupuesto asignado para tal finalidad y resultados obtenidos;
  2. Programas y acciones que se han diseñado y aplicado en torno a la prevención y tratamiento de las adicciones en la provincia de Salta desde 2009 a la fecha, detalle de profesionales y personal que interactúan en el área respectiva, presupuesto asignado para tal finalidad y resultados obtenidos;
  3. Detalles de otros programas que lleva adelante la Secretaría, presupuestos asignados, nómina de profesionales y personal que desarrolla tareas en los mismos, presupuesto asignado para tal finalidad y resultados obtenidos.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

17

Pedido de Informe al Secretario de Energía

Expte. Nº 90-19.891/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, requerir al señor Secretario de Energía Ingeniero Marcelo Palópoli para que, en un plazo de cinco (5) días, informe sobre la situación actual del pozo de exploración o producción de hidrocarburos “Martínez del Tineo”, cuya emanación estaría causando importantes daños ambientales en la zona.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

18

Declarar de Utilidad Pública el Inmueble Mat. 77 del Dpto. General Güemes

Expte. Nº 91-26.420/11 Cde.

            El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado como Matrícula Nº 77 de la localidad de General Güemes, Departamento del mismo nombre, con destino al funcionamiento de un establecimiento educativo público de Nivel Inicial.

            Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

19

Declarar de Interés el 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano

Expte. Nº 90-19.847/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara las actividades a realizarse el día 9 de julio del corriente año en el municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma, en el marco de los festejos en Conmemoración del 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

20

Declarar de Interés la Fiesta y Feria de la Papa Andina

Expte. Nº 90-19.848/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara, la Fiesta y Feria de la Papa Andina, a realizarse el día 16 de julio del corriente año en el paraje El Alfarcito, en el municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

21

Solucionar el desabastecimiento de combustibles

Exptes. Nros. 90-19.826/11 y 90-19.861/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, el Poder Ejecutivo Nacional y los señores Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, arbitren y gestionen las medidas necesarias a los fines que se garantice y solucione a la brevedad posible el desabastecimiento emergente de combustibles que ya es muy notorio en las estaciones de servicio de la provincia de Salta y en gran parte del Norte Argentino, y todo esto de acuerdo a la vigente Ley Nacional Nº 20.680 de abastecimiento.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

22

Declarar de Interés Provincial la Fiesta y Feria de la Papa Andina

Expte. Nº 90-19.849/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial declare de Interés la Fiesta y Feria de la Papa Andina a realizarse el día 16 de julio del corriente año, en el paraje El Alfarcito, en el municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

23

Declarar de Interés Provincial el 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano

Expte. Nº 90-19.850/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, declare de Interés las actividades a realizarse el día 9 de julio del corriente año en el municipio de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma, en el marco de los festejos en Conmemoración del 90º Aniversario de la Fundación de Campo Quijano y el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

24

Ampliación de la Escuela Normal de Cafayate

Expte. Nº 90-19.883/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas de la Provincia de Salta, disponga de manera urgente la asignación de los recursos necesarios para que se produzca la obra de ampliación de la primer ala de la Escuela Normal de Cafayate, relacionada ésta al cambio de techos, techado del playón deportivo y dos (2) nuevas aulas.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

25

No autorizar el incremento de la tarifa del transporte público de pasajeros

Expte. Nº 90-19.880/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT), evalúe de manera inmediata la posibilidad de que no se autorice el pedido de incremento de la tarifa del transporte público de pasajeros solicitada recientemente por la empresa SAETA, dado que un aumento de esta naturaleza resultará perjudicial a los intereses de la comunidad dado además que los salarios de los trabajadores se deterioran constantemente por la acción de la inflación.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

26

Alícuota que grava al tabaco en el derecho de exportación

Expte. N° 90-19.890/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, gestionen ante el organismo nacional competente, la aplicación correcta de la alícuota que grava al tabaco en el derecho de exportación, ya que en la actualidad se aplica una alícuota del 10% al producto y corresponde una alícuota del 5% por tratarse de tabaco que incluye un proceso de industrialización previo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

27

Primer Torneo Internacional de Fútbol Sub 17

Expte. N° 90-19.892/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el “Primer Torneo Internacional de Fútbol Sub 17°”, a realizarse en el departamento San Carlos y zona de influencia durante los días 10 al 17 de julio del presente año, el mismo contará con la presencia de equipos de las ciudades del norte argentino y países limítrofes.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

28

Declarar de Interés las Bodas de Plata de la Escuela Nº 4.312

Expte. Nº 90-19.827/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara las Bodas de Plata de la “Escuela Primaria Nº 4.312 Virgen del Milagro” del paraje La Esperanza del municipio de Rivadavia Banda Sur, departamento Rivadavia, a celebrarse el día 6 de julio de 2011.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

29

Construcción de un Matadero para Cafayate y San Carlos

Expte. Nº 90-19.879/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, disponga en breve de la construcción de un matadero regional para ganado mayor y menor para los departamentos de Cafayate y San Carlos, a los efectos de otorgar una solución a los diferentes y constantes reclamos y planteos que se formulan desde hace ya períodos considerados.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

30

Modificar el artículo 3º de la Ley 6.475

Expte. Nº 90-19.583/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Modificar el artículo 3º de la Ley Nº 6.475 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 3º.- Serán beneficiarios del Reconocimiento al Mérito Artístico las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Haber cumplido, al momento de la obtención de los beneficios cincuenta y cinco (55) años de edad;
  2. Ser nativo de la Provincia de Salta o acreditar una residencia artística de por lo menos veinte (20) años;
  3. Acreditar una trayectoria pública permanente en su disciplina artística de por lo menos veinte (20) años;
  4. Para los creadores literarios, haber publicado al momento de solicitar el beneficio que otorga la presente Ley, un mínimo de tres (3) libros de creación artística en cualquier género de la disciplina;
  5. Para los plásticos y/o fotográficos, haber realizado al momento de solicitar los beneficios de la presente Ley, un mínimo de veinte (20) exposiciones entre colectivas e individuales;
  6. Para los músicos, haber realizado y publicado un mínimo de cinco (5) obras de música sinfónica y/o de cámara, acreditando asimismo que por lo menos dos (2) de ellas hayan sido ejecutadas y registradas magnetofónicamente o por otros medios por intérpretes que no sean sus autores. Para los compositores y autores de música y/o canciones populares acreditar veinte (20) obras y un mínimo de diez (10) de ellas publicadas y registradas magnetofónicamente o por otros medios por un mínimo de tres (3) intérpretes que no sean sus autores y compositores. Los registros magnetofónicos u otros medios deberán haber sido realizados en compañías grabadoras de difusión provincial, nacional y/o internacional públicamente reconocidas;
  7. Para los intérpretes, cumplir los requisitos a) y b) del presente artículo y los siguientes ser integrante de un grupo musical o solista de raíz folclórica argentina con una trayectoria mínima e ininterrumpida de veinte (20) años ante la consideración del público nacional y/o internacional. Poseer por lo menos una grabación magnetofónica o por otros medios similares de las denominadas “larga duración” en alguna compañía grabadora de garantizada difusión provincial, nacional y/o internacional. Acreditar en su repertorio una constante interpretativa de obras de compositores y/o autores salteños que alcance al cuarenta por ciento (40%) del mismo;
  8. Los intérpretes de teatro, cine o televisión que cumplan con las condiciones exigidas en los incisos a) y b) del presente artículo y que además, acrediten documentación original y/o autenticadas por Escribano Público Nacional de:
    1. Los intérpretes de teatro y/o cine deberán poseer una trayectoria pública y permanente en el protagonismo o la dirección de no menos de veinte (20) años;
    2. Acreditar actuaciones en roles principales o en la dirección en escenarios nacionales y/o internacionales en no menos de quince (15) puestas en escenas que garanticen una difusión constante de nuestra identidad en otras latitudes o, en su defecto, haber participado en el elenco protagónico de por lo menos tres largometrajes de producción nacional y/o internacional;
    3. Los intérpretes que actuaren en el medio televisivo, deberán poseer una trayectoria no menor a los veinte (20) años, la misma tendrá que ser pública y permanente en roles protagónicos del arte escénico dramático, lírico, histórico o de comedia y/o comicidad interpretadas en serie, telenovelas, miniseries, cortos o largometrajes televisuales, como así también en documentales donde la interpretación o personificación esté directamente relacionada con nuestra realidad histórica, social y/o cultural, las cuales deberán alcanzar un mínimo de diez (10) distintas protagonizaciones difundidas en medios audiovisuales provinciales, nacionales y/o internacionales;
  9. Los intérpretes del teatro de títeres que cumplan con los incisos a) y b) de este artículo y que además acrediten poseer una trayectoria de por lo menos veinte (20) años ininterrumpidos ante la consideración del público nacional y/o internacional, con una frecuencia mínima de diez (10) años en forma continua o alternada ejercida fuera de nuestro territorio provincial, que acrediten una verdadera y sostenida difusión de nuestra identidad a través de obras de autores salteños que alcancen un porcentaje del treinta por ciento (30%) como mínimo del total de su repertorio;
  10. Los intérpretes de danzas folclóricas o clásicas que cumplan con los requisitos de los incisos a) y b) del presente artículo y que acrediten documentación original y/o autenticada ante Escribano Público Nacional y además:
  11. Poseer una trayectoria de por lo menos veinte (20) años ininterrumpidos ante la consideración del público nacional y/o internacional en teatros y festivales que garanticen una permanencia en la difusión de nuestra identidad fuera del territorio provincial o en su defecto acreditar veinte (20) presentaciones en los medios audiovisuales de comunicación masiva provinciales y nacionales de transmisión abierta o por el sistema de cables y/o abonos. Estos requisitos son para ambos géneros;
  12. Los intérpretes de danzas clásicas tendrán que acreditar un porcentaje mínimo del diez por ciento (10%) de obras de compositores y coreógrafos salteños en el total de sus respectivos repertorios”.

            Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

31

Provisión de camioneta al Destacamento Policial de La Silleta

Expte. Nº 90-19.756/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos y Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, destinen los medios necesarios para proveer de una camioneta doble cabina 4×4 al Destacamento Policial de La Silleta, con el fin de garantizar seguridad a las zonas aledañas.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

32

Programa Jóvenes con más y mejor trabajo

Expte. Nº 90-19.718/11 y 90-19.744/11 (acumulados)

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Gobierno, Ministerio de Trabajo y/o Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, gestione la adhesión al programa de Jóvenes con Más y Mejor Trabajo, para que se instrumente en toda la Provincia, mediante la firma del convenio correspondiente entre beneficiario y la Secretaría de Acción Social Municipal.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

33

Colocación de césped en cancha de fútbol de Iruya

Expte. Nº 90-19.746/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas y por convenio con el Municipio, instrumente los mecanismos para proceder a la colocación de césped en la cancha de fútbol ubicada en la localidad cabecera del municipio de Iruya, Departamento del mismo nombre.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

34

Forestar la zona norte de Rosario de Lerma

Expte. Nº 90-19.755/11

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, en forma conjunta con el INTA (Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria), instrumente los medios necesarios para forestar y reforestar los barrios de la zona norte del municipio de Rosario de Lerma.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

35

Declarar de utilidad pública los inmuebles Mat. Nros. 382 y 456 del Dpto Cachi

Expte. Nº 90-19.702/11

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujeto a expropiación, las fracciones de los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 382 y 456, del departamento Cachi, con destino a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes.

            Las fracciones mencionadas tienen ubicaciones, formas y superficies según lo indicado en croquis que, como Anexos I, II y III forman parte de la presente.

            Art. 2º.- Ordénase a la Dirección General de Inmuebles a efectuar, por sí o por terceros, la mensura, desmembramiento y parcelación de las fracciones de los inmuebles detallados en el artículo 1º, una vez efectivizada la toma de posesión por parte de la Provincia.

            Art. 3º.- Una vez efectivizadas las parcelaciones a que se refiere el artículo 2º, adjudíquese directamente a quienes acrediten fehacientemente ser poseedores de los inmuebles.

            Art. 4º.- La Subsecretaría de Tierra y Hábitat verificará el cumplimiento de los requisitos fijados en la Ley 1.338 y sus modificatorias, y los requisitos fijados en la presente, que deben cumplir los adjudicatarios.

            No podrá concederse bajo ninguna condición, derecho a la propiedad, concesión, comodato o cualquier forma de uso y goce de ninguna parcela, a personas que no acreditaren debidamente pertenecer a las comunidades del lugar o ser poblador con arraigo.

            Los inmuebles referidos en el artículo 1º, se escriturarán a favor de los adjudicatarios, a través de Escribanía de Gobierno, quedando exentas de honorarios, impuestos, tasas y contribuciones.

            Art. 5º.- Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la presente, no podrán enajenarlas durante los diez (10) años posteriores a la adjudicación.

            A tal fin, las escrituras de dominio de los inmuebles respectivos deberán incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad, durante tal período.

            Art. 6º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.

[1] Art. 31.- Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquier disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales

[2] 1977 a) Resolución 32/131 cuestión de las personas de edad y los ancianos, 16 de diciembre.

[3] Artículo 35: DE LA ANCIANIDAD. Se reconoce a la ancianidad el derecho a una existencia digna, considerándola como una etapa fecunda de la vida, susceptible de una integración activa sin marginación, y es deber del Estado proteger, asistir y asegurar sus derechos. La Provincia procura a los habitantes de la tercera edad: La asistencia. La vivienda. La alimentación. El vestido. La salud física. La salud moral. El esparcimiento. El trabajo acorde con sus condiciones físicas. La tranquilidad. El respeto.

* Ver texto de la ley en Apéndice punto 18

* Ver Reconsideración puntos 29 y 31

* Ver texto de la ley en Apéndice punto 30

* Ver Declaraciones en Apéndice punto 32, 33 y 34