Cámara de Senadores
Proyectos del orden del día 2019

Expte. Nº 90-27.638/18 – Dictamen de Comisión

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

            Artículo 1°.- Incorporase como art. 13 bis de la Ley Provincial 7.016 el siguiente: 

“Art. 13 bis.: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. Son requisitos de admisibilidad para todo postulante, los siguientes:

1) Cumplir con los requisitos y calidades exigidas por la Constitución de la Provincia para ejercer el cargo al cual se aspira.

2) Presentar la solicitud y una carpeta de antecedentes de acuerdo a lo prescripto en la presente Ley y en la reglamentación vigente.

3) En los supuestos que el postulante se encuentre desempeñando un cargo en el Poder Judicial o en el Ministerio Público al que hubiere accedido por un concurso anterior convocado por el Consejo de la Magistratura, deberá acreditar una antigüedad superior a los cinco (5) años en el cargo que desempeña para poder participar del nuevo concurso. El plazo se computará desde la fecha en que prestó juramento y se exigirá a todos aquellos que se postulen para concursar un nuevo cargo.

Exceptuase de lo dispuesto en el párrafo precedente a los designados temporariamente, en concordancia a lo dispuesto por la Ley 7.347 y modificatorias.

            Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

SALA DE LA COMISIÓN, 26 de Junio de 2019.-