Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2005

15/12/2005

15 de diciembre de 2005

28ª Reunión – 27ª Sesión Ordinaria – 13ª Sesión Especial

Presidencia del Senador  MASHUR LAPAD

Secretario: Dr. GUILLERMO ALBERTO CATALANO

Prosecretario: PEDRO MORALES GONZÁLEZ

SENADORES PRESENTES:

CONTINO, Jorge Fernando

D’ANDREA, Luis Francisco

DIAZ, Pablo Raúl

ESPER, Abdo Omar

FIGUEROA, Eduardo Favio

GARCÍA, Raúl Bartolomé

GONZÁLEZ, Carlos

GUOTAS, Sara Gabriela

JORGE Alfredo

LAPAD, Mashur

MATTOS, José Fernando

MOREYRA, Juan Martín

QUIPILDOR, Omar Gerardo

TACACHO, Jorge Enrique

VARGAS, Benigno

VARGAS, Claudia Silvina

YARADE, Rodolfo Fernando

ZENTENO, Sergio Ramón

SENADORES AUSENTES CON AVISO:

BRIZUELA, Mario Alberto

LIVERATO, Pedro

PORCELO, Carlos Daniel

SALVA, Telmo

VALLE, José Luis

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………………….

2. Versión Taquigráfica………………………………………………………………………………………………………….

3. Consideración de Resolución de Presidencia………………………………………………………………………….

4. Asuntos Entrados:

I. Comunicación de Presidencia……………………………………………………………..

II. Comunicaciones de la Cámara de Diputados…………………………………………

III. Comunicaciones Oficiales…………………………………………………………………

IV. Comunicaciones de Comisiones………………………………………………………..

V. Dictamen de Comisión…………………………………………………………………….

VI. Proyectos de Ley

1. Expte. Nº 90-16.465/05. De los señores Senadores Raúl García y Luis Francisco D’Andrea, modificando la Ley Nº 7.103 Sistema, Función y Principios del Control no Jurisdiccional de la Gestión de la Hacienda Pública ………………………………

2. Expte. Nº 90-16.468/05. Del señor Senador Raúl García y señor Diputado Oscar Guido Villa Nougés, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Catastro Nº 2.989 de la ciudad de San José de Metán, para ser donado a la Arquidiócesis de Salta …………………………………………………………………

VII. Proyectos de Resolución

.. 1. Expte. Nº 90-16.469/05. Del señor Senador Raúl García, solicitando informe al señor Secretario General de la Gobernación sobre carta intención o convenio con empresa aérea para transporte de pasajeros entre Salta y Capital Federal. Se aprueba con modificaciones………………………………………………………………………………..

.. 2. Expte. Nº 90-16.470/05. Del señor Senador Raúl García, solicitando informe al señor Secretario de Turismo de la Gobernación sobre pago por canon del concesionario de servicio interurbano de pasajeros del Ramal C 14. Se aprueba con modificaciones 

   3. Expte. Nº 90-16.472/05. Del señor Senador Pedro Liverato, declarando de interés de la Cámara el lanzamiento del Programa “Porvenir 2006” (Todos juntos por los chicos)…………………………………………………………………………………………..

5. Licencias…………………………………………………………………………………………………………………………

6. Moción de tratamiento sobre tablas………………………………………………………………………………………

7. Expte. Nº 90-16.462/05. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el proyecto de ley de los señores Senadores Carlos González y Abdo Omar Esper, creando un cargo de Asesor de Incapaces para el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal y un cargo de Agente Fiscal Nº 3 para el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados……………………………………………………………………………………………………………………..

8. Expte. Nº 91-13.785/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Educación y Cultura, en el proyecto de ley en revisión, estableciendo la obligatoriedad de consignar en la papelería de uso oficial la leyenda “Gral. Martín Miguel de Güemes Héroe de la Nación Argentina”. Se sanciona y vuelve en revisión a la Cámara de Diputados……………………………………………………………………………………………………………………..

9. Expte. Nº 90-16.316/05. Consideración del dictamen de la Comisión de Educación y Cultura, en el proyecto de declaración del señor Senador M.C. Cosme Damián Sarapura, viendo con agrado la continuación del dictado del curso de instalador gasista en San Antonio de los Cobres. Se aprueba…………………………………

10. Expte. Nº 90-16.443/05. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para la designación temporaria de la Dra. Elena Cecilia Sánchez Osadcia como Defensor Civil Nº 1 del Distrito Judicial del Sur. Se aprueba…..

11. Expte. Nº 90-16.444/05. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para la designación del Dr. Anastasio Vázquez Sgardelis como Agente Fiscal Penal Nº 2 del Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal. Se aprueba………………………………………………………………………………………………………………………..

12. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………………

13. Apéndice:

                      -Sanciones de la Cámara……………………………………………………………………………………

– En la ciudad de Salta, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil cinco, siendo horas 19:00:

Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de diecisiete señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento Chicoana, don Luis Francisco D’Andrea, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Cachi, don Pablo Raúl Díaz, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea y Pablo Raúl Díaz proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día uno de diciembre del año dos mil cinco. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día uno de diciembre del año dos mil cinco.

3

CONSIDERACIÓN DE RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración las Resoluciones de Presidencia.

Por Secretaría se dará lectura.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Administración de Gastos, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros.: 479 y 492 – Ejercicio 2005.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

4

ASUNTOS ENTRADOS

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se dará cuenta de los asuntos entrados.

I

Comunicación de Presidencia

            En virtud de lo establecido en el artículo 27, inc. 10) del Reglamento de la Cámara, han sido girados a Comisiones los siguientes asuntos:

A Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto:

            Proyecto de ley en revisión, Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2006.

            Proyecto de ley en revisión, disponiendo que en forma transitoria durante el Ejercicio 2006 no se coparticipará a los Municipios el 3% previsto en la Ley 6.678.

A Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

            Decreto Nº 2.414/05, remitido por el Poder Ejecutivo, observando parcialmente el proyecto de ley sancionado por las Cámaras Legislativas, el día 17 de noviembre de 2005, mediante el cual se modifica el Decreto Ley Nº 81/62 ratificado por Ley Nº 3.973 – Ejercicio de la Profesión de Geólogos y la Ley Nº 6.325, promulgándose el resto del articulado como Ley Nº 7.379 y por ser el Senado la Cámara de origen, deberá expedirse sobre la observación parcial hasta el 20 de enero de 2006, fecha de vencimiento del plazo de cuarenta y cinco días previsto en la Constitución Provincial. (Ref. Expte. Nº 90-15.786/05)

A Justicia, Acuerdos y Designaciones:

            Pliego del Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para la designación de la Dra. María Cristina Garros Martínez, en el cargo de Juez de la Corte de Justicia. (Expte. Nº 90-16.467/05)

            Propuesta de la Comisión Permanente de Auditoría de la Cámara de Diputados, para las designaciones de los miembros de la Auditoría General de la Provincia. (Expte. Nº 90-16.471/05)

II

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

            Proyecto de ley en revisión, por el cual se regula la actividad de los guías profesionales de turismo, en el ámbito de la provincia de Salta. (Expte. Nros.: 91-14.969/05 y 91-15.590/05)

– A la Comisión de Turismo y Deportes.

            El Presidente de la Cámara de Diputados informa que en sesión del día 29 de noviembre del corriente año, se ha dado sanción definitiva a los siguientes proyectos de ley:

Expte. Nº 90-15.639/04: Creación de cargos en los Distritos Judiciales del Centro, del Sur y del Norte.

– A sus antecedentes.

Expte. Nº 91-15.090/05: Declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles Matrículas Nros. 97.155 y 131.872 del departamento Capital, con destino a la construcción de un playón deportivo y establecimiento recreativo.

– A sus antecedentes.

Expte. Nº 91-14.273/04: Declarando de interés público la educación para la prevención del uso indebido de sustancias psicoactivas.

– A sus antecedentes.

            La Cámara de Diputados comunica su Decreto Nº 156/05 mediante el cual se designa a los señores Diputados Emilio Marcelo Lazarte, Luis Gerardo Mendaña, Oscar Aldo Salvatierra, Fanny Velarde San Román y Sergio Napoleón Leavy, como miembros de la Comisión Bicameral Examinadora de las Cuentas de Inversión.

– A sus antecedentes.

III

Comunicaciones Oficiales

            El Director General de Administración del Ministerio de Educación, remite copia de las Disposiciones Nros 145/05 y 159/05, mediante las cuales se autoriza con encuadre en el artículo 32 de la Ley de Presupuesto Nº 7.334 y el artículo 4º del Decreto Nº 189/05 de distribución de Partidas del Presupuesto Ejercicio 2005, una reestructuración presupuestaria.

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

            La Secretaría General de la Gobernación remite copia del Decreto Nº 2.413/05, por el que se observa en forma total el proyecto de ley sancionado por las Cámaras Legislativas, el 17 de noviembre de 2005, mediante el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación diversos inmuebles del departamento Capital, con destino a la construcción de un playón deportivo y establecimiento recreativo, siendo Diputados la Cámara de origen. (Ref. Expte. Nº 91-15.262/05)

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara:

            Del Secretario General de la Gobernación Dr. Raúl Romeo Medina, en respuesta a la Resolución de Cámara Nº 104/05, referida al pedido de informe sobre publicidad oficial en los distintos medios nacionales y provinciales desde el 1 de enero de 2005 al 31 de octubre de 2005. (Cde. Expte. Nº 90-16.391/05)

– Habiéndose remitido copia al autor del proyecto y a los Bloques Políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

IV

Comunicaciones de Comisiones

Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto

Presidente: Sen. Rodolfo Fernando Yarade

Secretaria: Sen. Claudia Silvina Vargas

Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional

Presidente: Sen. Abdo Omar Esper Obeid

Secretario: Sen. Raúl Bartolomé García

Comisión de Agricultura y Ganadería

Presidente: Sen. José Fernando Mattos

Secretario: Sen. Luis Francisco D’Andrea

Comisión de Obras Públicas e Industria

Presidente: Sen. Telmo Salva

Secretario: Sen. Alfredo Jorge

Comisión de Educación y Cultura

Presidente: Sen. Sergio Ramón Zenteno

Secretario: Sen. José Fernando Mattos

Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones

Presidente: Sen. Carlos González

Secretario: Sen. Abdo Omar Esper Obeid

Comisión de Salud Pública y Seguridad Social

Presidente: Sen. Carlos Daniel Porcelo

Secretario: Sen. Sara Gabriela Guotas

Comisión de Área de Frontera y Límites

Presidente: Sen. Jorge Enrique Tacacho

Secretario: Sen. Mario Alberto Brizuela

Comisión de Adicción, Tráfico y Consumo Ilícito de Drogas:

Presidente: Sen. Alfredo Jorge

Secretario: Sen. José Luis Valle

Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente:

Presidente: Sen. Pedro Liverato

Secretario: Sen. Sara Gabriela Guotas

Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas:

Presidente: Sen. Omar Gerardo Quipildor

Secretario: Sen. José Fernando Mattos

Comisión de Turismo y Deportes:

Presidente: Sen. Jorge Fernando Contino

Secretario: Sen. Carlos Daniel Porcelo

– A sus antecedentes.

V

Dictamen de Comisión

De Justicia, Acuerdos y Designaciones

            En el proyecto de ley de los señores Senadores Carlos González y Abdo Omar Esper, creando un cargo de Asesor de Incapaces para el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal y un cargo de Agente Fiscal Nº  3, el que actuará en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán. (Expte. Nº 90-16.462/05)

– Al Orden del Día.

VI

Proyectos de Ley

1

Expte. Nº 90-16.465/05

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

TÍTULO I

            Artículo 1º.- Modifícase el artículo 5º, inc. e) de la Ley Nº 7.103, el que quedará redactado con el siguiente texto:

“e): La actuación de la Sindicatura General de la Provincia y de la Auditoría General de la Provincia, en el ámbito de sus respectivas competencias y dentro de los límites impuestos por el artículo 3º de esta Ley”.

            Art. 2º.- Modifícase el artículo 6º de la Ley 7.103, el que quedará redactado con el siguiente texto:

“Art. 6º: La declaración y graduación de la responsabilidad del posible daño patrimonial al Fisco de quienes tengan injerencia en el manejo de fondos, valores u otros bienes públicos, sean como administradores, recaudadores, simples gestores, custodios o aún como beneficiarios de concesiones de servicios públicos, de aportes o subsidios, constituyen pretensiones deducibles ante el fuero Civil y Comercial de los tribunales provinciales, por la Auditoría General de la Provincia, de acuerdo al artículo 169 de la Constitución Provincial.

Cuando en el ejercicio de las funciones atribuidas por la Constitución Provincial y de esta Ley, los órganos de control no jurisdiccional tomen conocimiento de un delito perseguible de oficio, tendrán obligación de denunciarlo.”

            Art. 3º.- Modifícase el artículo 7º de la Ley 7.103, el que quedará redactado con el siguiente texto:

“Art. 7º: La Auditoría General de la Provincia, de conformidad a lo dispuesto con el artículo 169 de la Constitución de la Provincia y en ejercicio regular de sus actividades de fiscalización, auditoría e información previstas en la presente ley, remitirá a requerimiento del Ministerio Público las pruebas que respalden las presuntas responsabilidades.

Los agentes, autoridades y titulares de organismos y entes sobre los cuales es competente la Auditoría General de la Provincia, están obligados a proveerle la información que les requiera, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de quedar incursos en la figura contemplada en el artículo 249 del Código Penal”.

TÍTULO II

            Art. 4º.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 19, apartado A de la Ley 7.103, el que quedará redactado con el siguiente texto:

“8: Poner a disposición de la Auditoría General de la Provincia el Informe de Auditoría Interna que obrare en su poder respecto de los órganos comprendidos en el artículo 12 de esta Ley, toda vez que sea requerido por el citado órgano de control externo del Estado Provincial”.

TÍTULO III

            Art. 5º.- Modifícase el artículo 32, inciso b) de la Ley 7.103, el que quedará redactado con el siguiente texto:

“Art. 32, inc. b): Examinar y expresar una opinión fundada cada año sobre las Cuentas Generales del Ejercicio, correspondiente al ejercicio inmediato anterior, referente a la Administración Pública Provincial y de los Municipios, remitiendo el Informe de Auditoría a la Legislatura o a los respectivos Concejos Deliberantes, aconsejando su aprobación, observación o desaprobación. Dicha Auditoría comprenderá los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales y operativos y el cumplimiento de los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia.

Una vez cumplida dicha remisión estos informes se publicarán por el término de un día en el Boletín Oficial. A tales fines, el Poder Ejecutivo de la Provincia y los Ejecutivos Municipales deberán poner a disposición de la Auditoría General la Cuenta General del Ejercicio y la Cuenta de Percepción e Inversión de Fondos Públicos antes del 30 de junio de cada año.”

            Art. 6º.- Incorpórase como inciso o) del artículo 32 de la Ley 7.103, el siguiente texto:

“Inc. o): Incorpórase como inciso “o” del artículo 32 de la Ley 7.103, el que quedará redactado con el siguiente texto:

“Anualmente deberá remitir a las Cámaras Legislativas informe detallado de los expedientes iniciados, indicando en cada caso estado del mismo. Este informe deberá ser enviado por lo menos catorce (14) días antes del cierre del año legislativo correspondiente.”

            Art. 7º.- Incorpórase como inciso c) del artículo 34 de la Ley 7.103, el siguiente texto:

“c): En todos los casos el VOTO de los señores Auditores Generales DEBERÁ ser fundamentado.”

            Art. 8º.- Incorpórase como artículo 34 bis el siguiente texto:

“Todo Expediente iniciado en la Auditoría, deberá ser resuelto en el plazo de un (1) año desde la fecha de inicio de las actuaciones. El cuerpo de Auditores Generales podrá, por el voto afirmativo de los dos tercios de sus miembros prorrogar este plazo por el término máximo de tres meses.”

            Art. 9º.- Modifícase el artículo 36 de la Ley 7.103, el que quedará redactado con el siguiente texto:

“Art. 36: La Auditoría General de la Provincia estará integrada por cinco (5) miembros denominados Auditores Generales, de los cuales uno será Presidente. Por lo menos tres (3) de los Auditores Generales deberán reflejar la propuesta de los Diputados de la oposición política. Deberán tener título universitario en Abogacía, Ciencias Económicas u otros graduados con especialización en Administración Financiera y/o control.”

            Art. 10.- Modifícase el artículo 39 de la Ley 7.103, el que quedará redactado con el siguiente texto:

“Art. 39: El Presidente del organismo será un representante de la oposición política y será elegido por mayoría simple entre sus pares, durará dos años y medio en su función y tendrá la representación de la Auditoría General y las demás funciones que le acuerden los reglamentos internos del Cuerpo, pudiendo ser reelegido.”

            Art. 11.- Deróguese el artículo 42 de la Ley 7.103.

            Art. 12.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Raúl García – Luis Francisco D’Andrea

Fundamentos

Señor Presidente:

            La reforma de la Ley 7.103 se hace imprescindible, con el propósito de dotar a la Auditoría General de la Provincia de herramientas adecuadas para el cumplimiento de sus funciones constitucionales.

            En primer lugar, resulta necesario relacionar funcionalmente el desempeño de los dos órganos de control de la Provincia, la Sindicatura General a cargo del control interno y la Auditoría General respecto del control externo, en donde la primera debe facilitar a la segunda el Informe de Auditoría Interna, con el objeto de complementar y completar el sistema de control integral e integrado de la hacienda pública.

            En el artículo 6º se suprime el párrafo de la actuación de Fiscalía de Estado en los casos de daño al Fisco, por entrar en colisión con las prerrogativas constitucionales de la Auditoría General para entablar la demanda de resarcimiento económico en los supuestos de daños surgidos de un proceso de auditoría.

            La Auditoría General de la Provincia, mediante Resolución Nº 78/01, de fecha 27/12/01, ha fijado como posición institucional del órgano la interpretación que sostiene la competencia general de la Fiscalía de Estado en materia de defensa del patrimonio público (Art. 149 C.P.) y de la competencia especial de la Auditoría General en los casos detectados de daño al Fisco (Art. 169 C.P.)

            La modificación del artículo 7º obedece a la necesidad de plasmar en forma categórica las sanciones del Código Penal a las que se encuentran sometidos los funcionarios públicos que incumplan los informes requeridos por la Auditoría General.

            Sobre el examen de la Cuenta General del Ejercicio es conveniente precisar su alcance, dejando expresamente aclarado que el mismo comprenda los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales y operativos y el cumplimiento de los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia, debiendo remitirse a la Legislatura el respectivo Informe de Auditoría.

            Se establece la obligatoriedad de la Auditoría General de informar anualmente a la Legislatura sobre las auditorías en trámite, con una antelación de catorce días previos al cierre del año legislativo correspondiente.

            Se regula el plazo máximo de actuación del órgano de un año, salvo prórroga dispuesta por el Colegio de Auditores Generales, con mayoría agravada de sus miembros por el término improrrogable de tres meses, cuando fundadas razones lo justifiquen.

            Se incorpora un inciso en el artículo 34 de la Ley 7.103, reglando la obligatoriedad de los Auditores Generales de fundar sus votos en los casos de decisiones adoptadas por el órgano.

            Surge la necesidad de impulsar una modificación en la composición política de la Auditoría General, dándole prevalencia a la oposición política, estableciéndose expresamente que la Presidencia debe estar a cargo de aquélla, como modo de preservar el equilibrio de poderes en la Provincia.

            Finalmente, se deroga el artículo 42 de la Ley 7.103, a fin de posibilitar que los informes, dictámenes y pronunciamientos finales de la Auditoría General, contemplados en el artículo 169 de la Constitución Provincial, sean dictados por el Colegio de Auditores Generales.

Raúl García – Luis Francisco D’Andrea

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

2

Expte. Nº 90-16.468/05

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y

            Artículo 1º.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble individualizado con el Catastro Nº 2.989, Sección B, Manzana 52, Parcela 4, con una superficie de 1.405 m2 de la ciudad de San José de Metán.

            Art. 2º.- Transfiérase en donación el inmueble individualizado en el artículo 1º a la Arquidiócesis de Salta para la ampliación de la Parroquia “Señor del Milagro” de la ciudad de San José de Metán, departamento Metán, en donde se construirá un salón de uso múltiple y albergue para peregrinos.

            El comienzo de ejecución de la obra, deberá efectuarse en un plazo no mayor de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de transferencia del inmueble.

            Art. 3º.- Dése intervención a Escribanía de Gobierno a fines de realizar la escrituración de la donación dispuesta por la presente.

            Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Oscar Guido Villa Nogués – Raúl García

Fundamentos

Señor Presidente:

            Esta iniciativa legislativa tiene como antecedentes al proyecto de ley sancionado el 26 de noviembre del año 1998, dando origen a la Ley Nº 7.015, publicada en el Boletín Oficial del 22 de diciembre de 1998.

            Que por la emergencia económica y las restricciones financieras que han caracterizado aquellos años, y que afectaron los recursos de la Provincia, determinó la imposibilidad de efectivizar las erogaciones que implican los procesos expropiatorios.

            Mediante el Decreto Nº 2.280 del 26 de noviembre de 2001 dictado por el Poder Ejecutivo Provincial, se deja abandonada la expropiación dispuesta por la Ley Nº 7.015, respecto del inmueble identificado con el Catastro Nº 2.989 de la ciudad de San José de Metán.

            Hoy es otra la situación económica de la Provincia, ha incrementado significativamente sus recursos, posibilita reiniciar los trámites mediante este proyecto de ley para dotar a la Parroquia  Señor del Milagro de la ciudad de San José de Metán del inmueble colindante con la misma, como única posibilidad para ampliar el edificio parroquial, con la construcción de un salón de usos múltiples, donde se dictarían las clases de catequesis, la construcción de oficinas en la eventualidad de la erección del Obispado de Metán y un albergue para peregrinos.

            De concretarse la expropiación se hará efectivo un anhelo de toda la comunidad católica metanense, que hace más de treinta años trata de adquirir el terreno baldío contiguo a la parroquia para efectuar tan importante obra. La labor que desarrollan diariamente a pulmón, el párroco y los feligreses, justifica con exceso la expropiación aquí planteada, que cubrirá una real necesidad, que apunta al desarrollo espiritual de los integrantes de la comunidad católica.

            Por las razones expuestas, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Oscar Guido Villa Nogués – Raúl García

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

VII

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-16.469/05

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- En virtud de lo conferido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Secretario General de la Gobernación, informe y envíe en un plazo de setenta y dos (72) horas a esta Cámara:

  1. Si el Gobierno Provincial ha firmado una carta intención o convenio con una empresa aérea para transporte de pasajeros entre la ciudad de Salta y la Capital Federal
  2. En caso afirmativo, enviar copia de los mismos.
  3. Si el concesionario del Servicio Interurbano de Pasajeros S.I.P., del ramal C14 entre Salta y Socompa, efectuó los pagos por canon, en tiempo y forma, de acuerdo al Contrato de Concesión firmado el 21 de mayo de 1998.
  4. Fecha y forma de pago de $100.000 (cien mil) del precio inicial establecido en apartado g) del Contrato de Concesión.
  5. Fechas y formas de los pagos por canon anual establecido en Contrato de Concesión por los años 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005 hasta fecha de rescisión del Contrato de Concesión.
    1. Si el Gobierno Provincial ha firmado una carta intención o convenio con una Empresa Aérea para transporte de pasajeros entre la ciudad de Salta y la Capital Federal.
    2. En caso afirmativo, enviar copia de los mismos.
    3. Si el concesionario del Servicio Interurbano de Pasajeros S.I.P. del ramal C14 entre Salta y Socompa, efectuó los pagos por canon, en tiempo y forma, de acuerdo al Contrato de Concesión firmado el 21 de mayo de 1998.
    4. Fecha y forma de pago de cien mil pesos ($100.000) del precio inicial establecido en apartado g) del Contrato de Concesión.
    5. Fechas y formas de los pagos por canon anual establecido en Contratos de Concesión por los años 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005 hasta fecha de rescisión del Contrato de Concesión.

Art. 2º.- De forma.

Raúl García

Sr. Presidente (Lapad).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: estoy de acuerdo con el contenido del proyecto, pero no con el plazo que se ha fijado. Esto en virtud de cómo veníamos trabajando en esta Cámara, en la mayoría de los pedidos de informe, salvo en algunos casos excepcionales, no se ha planteado un plazo tan corto. Por lo que le pediría al Senador por Metán, de ser factible, para acompañarlo en este pedido, si podemos rever el tema del plazo.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: no hay ningún problema, se podría ampliar a cinco días y sería un plazo más que razonable para que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del área que corresponda, nos pueda informar si es que hay una carta intención o se ha firmado convenio con una empresa aérea, Andes no sé cuánto. Nos hemos enterado todos los salteños a través de la prensa escrita, como es el diario El Tribuno, que se estaba trabajando en ese sentido. Por eso la necesidad de conocer en qué términos, si es que se ha firmado este convenio o esta carta intención. No hay problemas de modificarlo y sugiero que sea en un plazo de cinco días, si así lo considera la Bancada Justicialista.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: me parece bien cinco días.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución con la modificación del plazo en cinco días. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

2

Expte. Nº 90-16.470/05

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Por lo conferido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Secretario de Turismo de la Gobernación, informe en un plazo de 72 horas a esta Cámara:

Art. 2º.- De forma.

Raúl García

Sr. Presidente (Lapad).- De igual forma que el proyecto anterior, corresponde tratamiento inmediato.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: para que se vea de aplicar el mismo criterio que en el proyecto anterior.

Sr. Presidente (Lapad).- Si el señor Senador por Metán está de acuerdo.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: no hay problema, que se establezca un plazo de cinco días para que se dé respuesta a este pedido de informe. En el momento mismo que se ha generado este conflicto, uno comienza a revisar papeles y resulta que no se encuentra en los ingresos el canon que tenía que pagar la empresa Tren a las Nubes. El contrato dice que tiene que pagar anualmente un canon de doscientos cuarenta mil pesos, del año ’98 a la fecha no encontré, en una de esas está imputado en otros ingresos.

            Por eso la necesidad de tomar conocimiento y saber si se ha hecho el aporte que dice el contrato de concesión firmado en el año 1998 entre la Provincia y esta UTE “Tren a las Nubes”. No hay problema que modifiquemos y se establezca un plazo de cinco días para dar respuesta a esta resolución.

Sr. Presidente (Lapad).- Muchas gracias, señor Senador.

            En consideración el proyecto con la modificación, que sean cinco días de plazo para que el Ejecutivo remita este informe. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

3

Expte. Nº 90-16.472/05

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el lanzamiento del Programa “Porvenir 2006” (todos juntos por los chicos), a realizarse en la ciudad de Salta, el día 15 de diciembre de 2005.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Pedro Liverato

– A la Comisión de Turismo y Deportes.

5

LICENCIAS

Sr. Secretario (Catalano).- Los señores Senadores Mario Alberto Brizuela, Telmo Salva y José Luis Valle, solicitan autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no se formulan objeciones, las mismas serán acordadas.

– Asentimiento.

6

MOCION DE TRATAMIENTO SOBRE TABLAS

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el Expte. Nº 90-16.462/05.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: perdone, no escuché bien, me gustaría conocer el contenido del expediente para saber qué es lo que se pretende tratar sobre tablas.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: es el tratamiento del proyecto de ley -se ha dado lectura hace rato por Secretaría- de creación de una Asesoría de Incapaces en el Distrito Judicial del Norte Circunscripción Tartagal y Fiscalía Nº 3 en la Circunscripción Orán.

Sr. Presidente (Lapad).- Hecha la aclaración. ¿Está de acuerdo, señor Senador por Metán?

Tiene la palabra.

Sen. García.- Sí, no hay problema, señor Presidente, si así lo considera el Senador por el departamento Orán y es una necesidad, va a tener el apoyo, así lo hemos considerado siempre cuando se trata de creación de juzgados o defensorías, que tiene que ver con el tema de la justicia.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: como todavía no se ha votado, aclaro al Cuerpo que este proyecto tiene dictamen de Comisión.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción de tratamiento sobre tablas del  expediente mencionado por el señor Senador por el departamento General San Martín. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: solicito Sesión Especial para tratar los pliegos enviados por el Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para la designación de Defensor Oficial Civil Nº 1 en el Distrito Judicial del Sur y luego la designación del Dr. Anastasio Vázquez Sgardelis en el cargo de Agente Fiscal Penal Nº 2 del Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Santa Victoria.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el expediente Nº 90-16.416 sobre construcción de la Escuela Nº 4.545.

Sr. Presidente (Lapad).- Seguramente es un proyecto de declaración.

Sen. Vargas.- Sí, señor Presidente, ya está presentado.

Sr. Presidente (Lapad).- Me están diciendo que puede estar en el Orden del Día, vamos a verificar. Pasamos a cuarto intermedio.

-Es la hora 19:23’.

-A la hora 19.27’:

Sr. Presidente (Lapad).- Se reanuda la sesión

            En consideración la moción de tratamiento sobre tablas realizada por el señor Senador por el departamento Santa Victoria.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Santa Victoria.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: me dicen que el expediente no se encuentra en este momento, que lo van a buscar. En realidad pedía el tratamiento sobre tablas, pero queda a consideración.

Sr. Presidente (Lapad).- Entiendo que ese proyecto se encuentra en Comisión. ¿Puede ser?

Sen. Vargas.- Sí, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: veamos si en el transcurso de la sesión conseguimos el proyecto y hacemos lugar al pedido del Senador, votando en ese momento el tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Lapad).- Me informa el señor Secretario que ya han ido a buscarlo.

Sen. González.- Señor Presidente: no votemos hasta que no lo tengamos.

Sr. Presidente (Lapad).- Vamos a dejar a consideración del Cuerpo, conforme lo propuesto por el señor Senador por Orán, si no hay oposición.

-Asentimiento.

Sr. Presidente (Lapad).- Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

7

CREACION DE UN CARGO DE ASESOR DE INCAPACES Y DE AGENTE FISCAL Nº 3 EN EL DISTRITO JUDICIAL DEL NORTE

Expte Nº 90-16.462/05

Dictamen de Comisión

La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el proyecto de ley de los señores Senadores Carlos González y Abdo Omar Esper, creando un (1) cargo de Asesor de Incapaces para el Distrito Judicial del Norte Circunscripción Tartagal y un (1) cargo de Agente Fiscal Nº 3, el que actuará en el Distrito Judicial del Norte Circunscripción Orán; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 7 de diciembre de 2005.

Carlos González – Abdo Omar Esper – Mashur Lapad – Carlos Daniel Porcelo – Jorge Enrique Tacacho – Pablo Raúl Díaz – José Luis Valle

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores senadores: este proyecto de ley procura proveer al Distrito Judicial del Norte dos funcionarios del Ministerio Público indispensables para la eficacia de la reforma del Código Procesal Penal, la Ley Orgánica de la Justicia Penal y del Ministerio Público, según Leyes 7.262, 7.263 y 7.328, como lo son un Asesor de Incapaces para la Circunscripción Tartagal y un Agente Fiscal Nº 3 para la Circunscripción Orán.

            Como ustedes saben, el Asesor de Incapaces tiene competencia específica para actuar como parte legítima esencial en todo asunto o acto en los intereses de las personas o bienes de los incapaces. Por ello se hace necesario crear un nuevo cargo de Asesor de Incapaces en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal, ya que su actuación es obligatoria en todos los fueros Civil, Comercial, Penal, Familia, etcétera.

            Por otro lado, actualmente la importante Circunscripción de Orán cuenta con uno de dos agentes fiscales, quienes ante las modificaciones del procedimiento penal deben cumplir funciones tanto en la instrucción como sustentar la función requirente del proceso sumario y ante el Juzgado Correccional y de Garantías. Por ello debe crearse un cargo más de Agente Fiscal.

            La eficacia de la administración de justicia, cuya demanda ha crecido notoriamente en los últimos años, necesita ser acompañada de la creación de cargos que resultan indispensables para atender las demandas que se requieren para promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.

            Estos dos cargos a crearse son dentro de la órbita del Ministerio Público, que además de las funciones referidas tiene como misión esencial requerir en sentido genérico la actuación de la justicia. Entonces, la Comisión ha considerado oportuno requerir las últimas estadísticas al Poder Judicial, que avalan íntegramente las actuaciones vertidas por el cuadro estadístico del primer al tercer trimestre del año en curso, que se solicitara sobre el Distrito Judicial del Norte en sus dos Circunscripciones, Orán y Tartagal.

            A título ejemplificativo podemos decir que el Fuero Civil y Comercial en relación a las causas ingresadas con las resueltas, arroja un resultado aproximado del 30%, porcentajes que en el Fuero Penal son notablemente inferiores, todavía; a la ecuación señalada, a su vez debemos añadir las causas en trámite de años anteriores, por lo cual los porcentajes indicados son obviamente disminuidos.

            Por consiguiente, en virtud de la objetividad y certeza que nos muestran las estadísticas, resulta la necesidad racional de la creación de los cargos proyectados.

            Siendo coherente con los objetivos de la reforma del sistema judicial últimamente aprobada por esta Legislatura, se hace necesario dotar de los funcionarios del Ministerio Público que contribuyan con el cumplimiento del objetivo primordial del Estado, de afianzar la justicia, en el Distrito Judicial del Norte.

            Estas son las razones por las que la Comisión ha dictaminado favorablemente al proyecto que estamos tratando.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen de Comisión que aconseja la aprobación del proyecto de ley. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Por Secretaría se dará lectura al proyecto de ley.

Sr. Secretario  (Catalano).- “El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Créase un (1) cargo de Asesor de Incapaces para el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal.

            Art. 2º.- Créase el cargo de Agente Fiscal Nº 3, el que actuará en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán.

            También se desempeñará como Fiscal Correccional en la forma que indica la Ley.

            Art. 3º.- El Colegio de Gobierno del Ministerio Público dictará las resoluciones necesarias a afectos de la implementación de los cargos creados.

            Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 5º.- De forma.

Abdo Omar Esper – Carlos González

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º y 4º.

– El artículo 5º es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Sancionado. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

            Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Día Nº 24, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

8

CONSIGNAR EN PAPELERÍA DE USO OFICIAL LA LEYENDA “GRAL. MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES HÉROE DE LA NACIÓN ARGENTINA”

Expte. Nº 91-13.785/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Educación y Cultura, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual se establece la obligatoriedad de consignar en la parte inferior o pie de página de toda papelería y sobres de uso oficial “Gral. Martín Miguel de Güemes Héroe de la Nación Argentina”, de aplicación en todo el territorio provincial; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Establécese la obligatoriedad de insertar en el ángulo superior derecho de la papelería, como así también de todo material impreso y cualquier otro tipo de soporte, incluidos los audiovisuales o telemáticos, de uso oficial, la leyenda: “Gral. Martín Miguel de Güemes Héroe de la Nación Argentina”, como expresión distintiva del Estado Provincial, la cual será de aplicación en el territorio de la Provincia, de acuerdo a las disposiciones de la presente Ley y su reglamentación.

            Art. 2º.- Las disposiciones en materia de uso, difusión, especificaciones, descripciones, patrones cromáticos y demás características de la leyenda mencionada en el artículo anterior, se determinarán por vía reglamentaria.

            Art. 3º.- Invítase a los municipios a dictar normas similares.

            Art. 4º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las transferencias de partidas necesarias para dar cumplimiento con lo dispuesto por la presente Ley.

            Art. 5º.- Disposición Transitoria. La aplicación de la presente Ley implicará la sustitución de la papelería sin la leyenda a que se refiere el artículo 1º, conforme surja la necesidad de renovarla por desgaste, rotura o fin de existencias.

            Art. 6º.- De forma.

Sala de la Comisión, 23 de noviembre de 2005.

Miguel Ángel Vilaseca – Jorge Fernando Contino – José Fernando Mattos – Sara Gabriela Guotas – María Teresita Díaz

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Viña.

Sen. Guotas.- Señor Presidente, señores senadores: este proyecto de ley venido en revisión de la Cámara de Diputados, establece la obligatoriedad de consignar en toda la papelería y sobres de uso oficial el texto “Gral. Martín Miguel de Güemes Héroe de la Nación Argentina”, el cual se aplicará en el territorio provincial.

            Del exhaustivo análisis del texto del proyecto de ley en el seno de la Comisión de Educación y Cultura, se ha concluido en incorporar modificaciones, entre ellas cambiar la ubicación de la impresión de esta leyenda en la papelería de uso oficial. Esto en concordancia con los efectos de visualización, impacto e internalización que provoca en las personas todo texto y/o logo impreso, según definen los expertos en diseño gráfico.

            Es importante ampliar algunos aspectos técnicos relacionados con la inserción de esta leyenda en la papelería oficial, ya que se trata de fortalecer la identidad corporativa, es decir el ser de los organismos gubernamentales del Estado Provincial. Y la imagen corporativa en este caso es la personalidad del gobierno, lo que lo simboliza y lo posiciona.

            Señor Presidente, esta frase agrega un atributo a la marca “Gobierno de la Provincia de Salta”, al mismo tiempo que promociona la figura del Gral. Güemes, habla del orgullo y del respeto hacia las propias raíces. Consecuentemente, la inclusión de esta frase va a afectar la identidad corporativa del organismo, ya que por la fuerza que posee empezará a funcionar como parte de la imagen del gobierno de la Provincia.

            Esta identidad se comunica al público a través de la marca que está constituida sobre atributos de valor, características que definen al organismo confiriéndole carácter de unicidad y permanencia.

            Por lo tanto, señores senadores, el lugar que ocupe dentro de la diagramación de la papelería debe ser estratégico. De allí es que se considera que la parte inferior de la hoja está asignada más a datos técnicos específicos, porque es lo último que se lee de la hoja. En cambio, la parte superior de la página es la que más se lee.

            Por otro lado, el ángulo superior derecho, según las leyes de la Gestalt, es un punto de tensión. Significa que cualquier elemento ubicado en este espacio va a llamar la atención desviando la mirada hacia allí. Entonces, la leyenda tendrá un alto nivel de pregnancia, esto es una imagen potente y fácil de recordar. De esta manera se logrará guiar la mirada a un orden de lectura correcto para que quien recibe esta papelería perciba la imagen que el gobierno quiere comunicar.

            En el caso de los sobres es mucho más simple. El sobre no tiene la complejidad de la hoja, aunque es la primera impresión que se recibe. Puede usarse como en la papelería, en el ángulo superior derecho o poner la frase abajo, en el ángulo inferior derecho. Es importante que quede en sistema con la hoja, es decir que se entienda que pertenecen a una misma institución y tengan las mismas características.

            Otra modificación es eliminar el plazo de aplicación en todo el ámbito territorial. En el proyecto original establecía que se aplicaría en el territorio provincial por el término de un año a partir de la promulgación de la Ley.

            En este caso, señores senadores, es importante tener en cuenta la Ley Nacional 25.172, promulgada en el año 1999, que declara como Día Nacional de la Libertad Latinoamericana el 17 de junio de cada año, en conmemoración del fallecimiento del General Martín Miguel Juan de Mata Güemes. Dicha norma surge a instancias de los legisladores nacionales Marcelo López Arias y Julio San Millán, que mediante un proyecto de ley proponen que se otorgue la categoría de “Héroe Nacional” al General Güemes.

            Por otro lado, un importante número de argentinos, esto es historiadores, profesionales, educadores, legisladores, instituciones educativas, organismos no gubernamentales, ciudadanos comunes, etc., vienen hace tiempo bregando para que ese día sea declarado feriado nacional.

            Consecuentemente, señor Presidente, advertimos que el objetivo supremo que se persigue es lograr que todo el país se interese por conocer la labor desarrollada por Güemes y su pueblo, rindiendo el homenaje que sus servicios a la Patria merecen.

            De allí que hemos eliminado el plazo determinado, porque entendemos que mantenerlo restringe el proceso de reconocimiento e internalización provincial y nacional, como así también la inserción en el marco histórico, político e institucional de la trascendencia nacional y latinoamericana de la gesta güemesiana.

            Señores senadores, mantener la inscripción “Gral. Martín Miguel de Güemes Héroe de la Nación Argentina” en la documentación oficial de la Provincia es una estrategia fundamental para cancelar el discurso de la historia oficial de nuestro país, que no es otro que relegar a Güemes al papel de “Centinela de la Frontera Norte” y sepultar el mérito de que su accionar se encuadró dentro del plan continental de la independencia sudamericana.

            Además, cancelar esta acotación temporal colabora, por un lado, a reivindicar en el plano académico el verdadero rango histórico de Güemes en el movimiento independentista. Y, por otro lado, es un acto de justicia en el plano político-administrativo, que conlleva directamente a una revisión necesaria del concepto de país.

            Continuando con las modificaciones relevantes, hemos considerado oportuno incorporar en el texto del proyecto de ley la obligatoriedad de la utilización de la leyenda no sólo en todo documento que contenga actos administrativos, incluidos los actos de mero trámite, sino también en informaciones, publicaciones, folletos, anuncios en prensa, impresos, diplomas y títulos o cualquier otro tipo de expresiones en cualquier soporte, incluidos los audiovisuales o telemáticos, así como señalizaciones, rótulos y carteles de carácter informativo o publicitario.

            También, señores senadores, entendimos fundamental incorporar un artículo acerca de que las disposiciones en materia de uso, difusión, especificaciones, descripciones, patrones cromáticos y demás características de la leyenda mencionada, se determinarán por vía reglamentaria.

            Por último, hemos resuelto invitar a los municipios de la Provincia a adherir a la ley.

            Señores senadores, la Comisión de Educación y Cultura considera que la incorporación de las modificaciones mencionadas contribuye a enriquecer este proyecto de ley, por lo que solicitamos la aprobación del mismo. Muchas gracias.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º.

– El artículo 6º es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Sancionado. Vuelve en revisión a la Cámara de Diputados.

9

CURSO DE INSTALADOR GASISTA EN SAN ANTONIO DE LOS COBRES

Expte Nº 90-16.316/05

Dictamen de Comisión

La Comisión de Educación y Cultura, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Cosme Damián Sarapura, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, disponga la continuación del dictado de la segunda parte del curso de Instalador Gasista de 2da. Categoría en la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 23 de noviembre de 2005.

Miguel Ángel Vilaseca – Jorge Fernando Contino – José Fernando Mattos – Sara Gabriela Guotas – María Teresita Díaz

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

            Conforme a lo oportunamente resuelto, el Cuerpo pasa a Sesión Especial a fin de considerar los dictámenes de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

10

ACUERDO PARA LA DESIGNACIÓN TEMPORARIA DE DEFENSOR CIVIL Nº 1 DEL DISTRITO JUDICIAL DEL SUR

Expte. Nº 90-16.443/05

Dictamen de Comisión

La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo la designación temporaria de la Dra. Elena Cecilia Sánchez Osadcia, D.N.I. Nº 17.581.568, en el cargo de Defensor Oficial Civil Nº 1 del Distrito Judicial del Sur, habiéndose dado al mismo el trámite establecido en el Reglamento de Cámara y en la Ley Nº 7.347 y modificatoria; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja prestar el acuerdo solicitado para la función temporaria en el cargo para el que fue propuesta.

Sala de la Comisión, 15 de diciembre de 2005.

Carlos González – Abdo Omar Esper – Mashur Lapad – Jorge Enrique Tacacho – Pablo Raúl Díaz

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: tal cual se ha dado lectura, estamos tratando un pliego que ha mandado el Poder Ejecutivo para la consideración de este Senado. La Dra. Elena Cecilia Sánchez Osadcia, D.N.I. Nº 17.581.568, propuesta para cubrir temporariamente el cargo de Defensor Oficial Civil Nº 1 del Distrito Judicial del Sur, tiene título universitario de Procuradora y Abogada, egresada de la Universidad Nacional de Córdoba, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales en diciembre de 1989.

            Como antecedentes laborales podemos decir que se desempeñó como Asesora Letrada del Departamento Sumarios de la Dirección de Personal de la provincia de Salta, fue Asesora Letrada del Centro Empresarial de Tartagal, Asesora Letrada de la Municipalidad de Aguaray, Asesora Letrada de la Municipalidad de Salvador Mazza, Asociada al Estudio Jurídico “Sánchez y Asociados” y Asesora Letrada con poder nacional de la Obra Social del Personal de Estaciones de Servicios, Garajes, Lavaderos Automáticos, Playas de Estacionamiento de la República Argentina.

Participó en cursos y congresos, por ejemplo: Poder y Sociedad; Derecho Civil; Libertad y Democracia; Condiciones de Trabajo; Divorcio Vincular; Jornadas por la Vida; Guarda y Adopción; Derecho de Menores; Violencia Familiar y Reforma y Unificación de la Legislación Civil.

            Por todo lo expuesto, la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones aconseja prestar el acuerdo para la Dra. Elena Cecilia Sánchez Osadcia, conforme a lo solicitado por el Poder Ejecutivo.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

11

ACUERDO PARA LA DESIGNACIÓN DE AGENTE FISCAL PENAL Nº 2 DEL DISTRITO JUDICIAL DEL NORTE – CIRCUNSCRIPCIÓN TARTAGAL

Expte. Nº 90-16.444/05

Dictamen de Comisión

La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo la designación del Dr. Anastasio Vázquez Sgardelis, D.N.I. Nº 18.399.126, en el cargo de Agente Fiscal Penal Nº 2 del Distrito Judicial del Norte – Circunscripción Tartagal, habiéndose dado al mismo el trámite establecido en el art. 152 y cc. del Reglamento de Cámara; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja prestar el acuerdo solicitado.

Sala de la Comisión, 15 de diciembre de 2005.

Abdo Omar Esper – Carlos González – Mashur Lapad – Jorge Enrique Tacacho – Pablo Raúl Díaz

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el miembro informante.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores senadores: el señor Anastasio Vázquez Sgardelis, propuesto para el cargo de Fiscal Penal Nº 2, es Procurador y Abogado, egresó de la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales el 29 de setiembre del año 1993. Desempeñó la docencia no universitaria como profesor en el Instituto de Nivel Terciario de Tartagal en la materia de Sociología Nacional y Latinoamericana, en Ciencias Jurídicas y Contables, y en el Instituto Santa Catalina de Bolonia dictando las materias de Educación Estética y Periodismo. Asimismo lo hizo, en idéntica función, en el Instituto de Carreras Superiores de la localidad de Mosconi, en las materias de Importación, Transporte, Introducción al Comercio Exterior, Envases, Embalaje y Transporte y Seguro.

Se desempeñó en funciones públicas como Asesor Legal Administrativo en la Municipalidad de Tartagal y como Secretario del Juzgado de Segunda Nominación del Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal. Fue Delegado de la Secretaría de Derechos Humanos de la Corte de Justicia del Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal y actualmente designado temporariamente en el cargo de Agente Fiscal Penal Nº 2 del Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal.

Tuvo participación en distintos cursos, congresos y seminarios, entre los que podemos expresar Jornadas sobre Legislación Penitenciaria, Jornada de Derecho Penal, Taller de Periodismo, Curso de Criminología y Derecho Penal, Jornada Nacional de Derecho Penal, Seminario de Derecho Procesal Civil, Simposio de Derecho Penal, Jornada sobre Delitos de la Intimidad Sexual, Jornada sobre Violencia Familiar, Curso sobre Acción Civil en Sede Penal, etcétera.

            En la Comisión se analizaron estos aspectos que expresamos más otros que hemos considerado atinado hacerlo; una vez analizados los requisitos exigidos concluye que en este caso tales recaudos han sido cumplidos, por lo que solicita prestar el acuerdo requerido por el Poder Ejecutivo Provincial, conforme lo aconseja el dictamen.

Sr. Presidente (Lapad).- Con los fundamentos dados por el miembro informante, corresponde poner en consideración el dictamen de Comisión que aconseja la aprobación del pliego remitido por el Poder Ejecutivo.

            Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

12

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Chicoana, don Luis Francisco D’Andrea, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Cachi, don Pablo Raúl Díaz, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea y Pablo Raúl Díaz proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 20:00’.

Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

Cámara de Senadores

 

13

A P É N D I C E

1

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Administración de Gastos, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros.: 479 y 492 – Ejercicio 2005.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil cinco.

2

Pedido de Informe

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- En virtud de lo conferido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Secretario General de la Gobernación, informe y envíe en un plazo de cinco (5) días a esta Cámara:

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil cinco.

3

Pedido de informe

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Por lo conferido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Secretario de Turismo de la Gobernación,  informe en un plazo de cinco (5) días a esta Cámara:

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil cinco.

4

Creación de un cargo de Asesor de Incapaces y Agente Fiscal Nº 3 en el Distrito Judicial del Norte

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,

SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y :

            Artículo 1º.- Créase un (1) cargo de Asesor de Incapaces para el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Tartagal.

            Art. 2º.- Créase el cargo de Agente Fiscal Nº 3, el que actuará en el Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán.

            También se desempeñará como Fiscal Correccional en la forma que indica la Ley.

            Art. 3º.- El Colegio de Gobierno del Ministerio Público dictará las resoluciones necesarias a afectos de la implementación de los cargos creados.

            Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil cinco.

5

Insertar en papelería de uso oficial: “Gral. Martín Miguel de Güemes Héroe de la Nación Argentina”

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,

SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y :

            Artículo 1º.- Establécese la obligatoriedad de insertar en el ángulo superior derecho de la papelería, como así también de todo material impreso y cualquier otro tipo de soporte, incluidos los audiovisuales o telemáticos, de uso oficial, la leyenda: “Gral. Martín Miguel de Güemes Héroe de la Nación Argentina”, como expresión distintiva del Estado Provincial, la cual será de aplicación en el territorio de la Provincia, de acuerdo a las disposiciones de la presente Ley y su reglamentación.

            Art. 2º.- Las disposiciones en materia de uso, difusión, especificaciones, descripciones, patrones cromáticos y demás características de la leyenda mencionada en el artículo anterior, se determinarán por vía reglamentaria.

            Art. 3º.- Invítase a los Municipios a dictar normas similares.

            Art. 4º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las transferencias de partidas necesarias para dar cumplimiento con lo dispuesto por la presente Ley.

            Art. 5º.- Disposición Transitoria: La aplicación de la presente Ley implicará la sustitución de la papelería sin la leyenda a que se refiere el artículo 1º, conforme surja la necesidad de renovarla por desgaste, rotura o fin de existencias.

            Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil cinco.

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Curso de Instalador Gasista en San Antonio de los Cobres

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, disponga la continuación del dictado de la segunda parte del curso de instalador gasista de segunda categoría, en la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil cinco.