Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2004

21/10/2004

21 de Octubre de 2004

23ª Reunión  – 23ª Sesión Ordinaria

Presidencia de los Senadores  MASHUR LAPAD y CARLOS DANIEL PORCELO

Secretarios: Dr. GUILLERMO ALBERTO CATALANO

                     Lic. JULIO EDUARDO FERNANDEZ MUIÑOZ

 

SENADORES PRESENTES:

ÁVILA, Jesús

CARDOZO, Néstor Fidel

CONTINO, Jorge Fernando

CORNEJO PATRÓN, Teodoro Francisco

DÍAZ, María Teresita

ESPER, Abdo Omar

GARCÍA, Raúl Bartolomé

GONZÁLEZ, Carlos

JORGE Alfredo

LAPAD, Mashur

LIVERATO, Pedro

LÓPEZ MIRAU, Luis Guillermo

MATTOS, José Fernando

PORCELO, Carlos Daniel

SALVA, Telmo

TACACHO, Jorge Enrique

VALLE, José Luis

VARGAS, Benigno

VILASECA, Miguel Angel

ZENTENO, Sergio Ramón

SENADORES AUSENTES CON AVISO:

GUOTAS, Sara Gabriela

QUIPILDOR, Omar Gerardo

SARAPURA, Cosme Damián

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas…………………………………………………………………………………………………………

2. Versión Taquigráfica……………………………………………………………………………………………………………

3. Consideración de Resoluciones de Presidencia…………………………………………………………………………

4. Asuntos Entrados

5. Licencias…………………………………………………………………………………………………………………………

6. Asuntos entrados durante la sesión:

I. Dictamen de Comisión……………………………………………………………………… :

II. Proyectos de Declaración:

1. Expte. Nº 90-15.925/04. Del señor Senador Benigno Vargas: viendo con agrado la instalación de cajeros automáticos en Santa Victoria Oeste………………..

2. Expte. Nº 90-15.923/04. Del señor Senador Mashur Lapad: viendo con agrado  se establezca prioridad para las obras de mantenimiento de la ruta provincial Nº 52 que une Rivadavia Banda Sur con Las Lajitas…………………………………..

7. Expte. Nº 90-15.891/04. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Raúl García, viendo con agrado la inclusión en el Presupuesto General de la Provincia de obras para el municipio de San José de Metán. Se aprueba………………………………………………………………………………………………………….

8. Expte. Nº 90-15.892/04. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Raúl García, viendo con agrado la inclusión en el Presupuesto General de la Provincia de obras para el municipio de El Galpón. Se aprueba………………………………………………………………………………………………………………………..

9. Expte. Nº 90-15.893/04. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Raúl García, viendo con agrado la construcción de viviendas en el municipio de Río Piedras. Se aprueba…………………………

10. Expte. Nº 91-14.112/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, creando la Región Metropolitana de Salta, la Autoridad Metropolitana del Transporte y la Sociedad Anónima de Transporte Automotor. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación…………………………………………………………………………………………

11. Expte. Nº 90-15.923/04. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado se establezca prioridad a las obras de mantenimiento de la Ruta Provincial Nº 52 que une Rivadavia Banda Sur con Las Lajitas. Se aprueba………………………………………………………………………………..

12. Expte. Nº 90-15.801/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley del Ente Regulador de los Servicios Públicos, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Nº 106.131 del departamento Capital. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados……………………………………………..

13. Expte. Nº 90-15.879/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de resolución del señor Senador Luis Guillermo López Mirau, declarando de interés de la Cámara el XLV Plenario de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina. Se aprueba……………………………………………………………….

14. Expte. Nº 90-15.887/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador Carlos González y otros señores senadores, viendo con agrado que el Consejo Consultivo Provincial y los Legisladores Nacionales realicen gestiones para la reinserción laboral de los beneficiarios del Plan Jefas y Jefes de Hogar. Se aprueba

15. Expte. Nº 90-15.835/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado la construcción de defensas a lo largo del río Calchaquí, en el departamento La Poma. Se aprueba……………………………………………….

16. Expte. Nº 90-15.837/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado la continuidad de la construcción del edificio de la Escuela Nº 4.698 de Cerro Negro, en el departamento La Poma. Se aprueba………….

17. Expte. Nº 90-15.839/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado que la empresa Telecom solucione el problema de comunicación  que afecta al departamento La Poma. Se aprueba……………..

18. Expte. Nº 90-15.848/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado la construcción de playón polideportivo en La Unión y un comedor infantil en La Media Luna, departamento Rivadavia. Se aprueba   

19. Expte. Nº 90-15.849/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado la construcción de viviendas en las localidades de San Luis y El Saucelito del departamento Rivadavia. Se aprueba…………………..

20. Expte. Nº 90-15.857/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Cosme Damián Sarapura, viendo con agrado la construcción de un nuevo edificio para la Unidad Educativa Nº 4.183 “Victorino Sosa” de San Antonio de los Cobres. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………………………………..

21. Expte. Nº 90-15.860/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Enrique Tacacho, viendo con agrado la ampliación del edificio perteneciente al puesto sanitario de la localidad de Río Cortadera, departamento Iruya. Se aprueba

22. Expte. Nº 90-15.832/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Educación y Cultura, en el proyecto de declaración del señor Senador Cosme Damián Sarapura, viendo con agrado viendo la recategorización de la Unidad Educativa Nº 5.025 dependiente de la Dirección General de Educación Polimodal, 3ª Categoría, departamento Los Andes. Se aprueba…………………………………………………………………………………..

23. Expte. Nº 90-15.663/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, en el proyecto de ley de los señores Senadores Abdo Omar Esper, Mashur Lapad y Carlos González, creando el Instituto de Investigación de Culturas Autóctonas y Nativas de la Provincia, con sede en la ciudad de Tartagal………………………………………………………………………………………………………….

24. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………………

25. Apéndice:

                    – Sanciones de la Cámara…………………………………………………………………………………….

26. Anexo…………………………………………………………………………………………………………………………..

– En la ciudad de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro, siendo horas 18:49’:

Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de dieciséis señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento General Güemes, don José Luis Valle, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Santa Victoria, don Benigno Vargas, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores José Luis Valle y Benigno Vargas proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día catorce de octubre del año dos mil cuatro. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día catorce de octubre del año dos mil cuatro.

3

CONSIDERACIÓN DE RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración las Resoluciones de Presidencia. Por Secretaría se dará lectura.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Administración de Gastos, autorizado mediante Resolución de Presidencia Nº 450 – Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Descentralización de Gastos, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 425 a 435 y 442 – Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Movimiento de Personal, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros.: 443, 444 y 448 – Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Otros Servicios, autorizado mediante Resolución de Presidencia Nros.: 437 a 440 – Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Transferencias, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nº 441 – Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

4

ASUNTOS ENTRADOS*

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se dará cuenta de los asuntos entrados.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito que se lea los números de expedientes y a qué Comisión o dependencia se giran los mismos.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.

Sr. Secretario (Catalano).- Comunicaciones de la Cámara de Diputados. Expte. Nº 90-15.797/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.799/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Sr. Secretario (Catalano).- Comunicaciones Oficiales. Expte. Nº 90-15.905/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.921/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

Sr. Secretario (Catalano).- Presupuesto de Erogaciones del Poder Judicial para el año 2005.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

Sr. Secretario (Catalano).- Presupuesto de Erogaciones del Tribunal Electoral de la Provincia para el año 2005.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 91-13.550/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Catalano).- Decreto Nº 2.236/04, que promulga la Ley 7.316.

Sr. Presidente (Lapad).- A sus antecedentes.

Sr. Secretario (Catalano).- Decreto Nº 2.260/04, reglamentando la Ley Nº 7.237 de Protección a las Manifestaciones Artesanales.

Sr. Presidente (Lapad).- A sus antecedentes.

Sr. Secretario (Catalano).- Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara. Cde. Expte. Nº 90-15.735/04.

Sr. Presidente (Lapad).- Habiéndose remitido copia al autor del proyecto y a los Bloques Políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

Sr. Secretario (Catalano).- Dictámenes de Comisiones. De Agricultura y Ganadería. Expte. Nº 90-15.894/04.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- De Obras Públicas e Industria. Expte. Nº 90-15.875/04.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.878/04.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.881/04.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.885/04.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- De Educación y Cultura. Expte. Nº 90-15.904/04.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- De Salud Pública y Seguridad Social. Expte. Nº 90-15.260/04.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyecto de Ley. Expte. Nº 90-15.914/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyectos de Resolución. Expte. Nº 90-15.906/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.907/04.

Sr. Presidente (Lapad).-A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

Sr. Secretario (Catalano).- Proyectos de Declaración. Expte. Nº 90-15.908/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.909/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.910/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.911/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.912/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Turismo y Deportes.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.913/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.915/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.916/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.917/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.918/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.919/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.920/04.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

5

LICENCIAS

Sr. Secretario (Catalano).- Los señores Senadores Sara Gabriela Guotas, Cosme Damián Sarapura y Omar Gerardo Quipildor, solicitan autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no se formulan objeciones, las mismas serán acordadas.

– Asentimiento.

6

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

Tiene la palabra el señor Senador por eldepartamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso, y su posterior tratamiento sobre tablas, del expediente 91-14.112, creando la Región Metropolitana de Transporte, dado que esta mañana se produjo el dictamen y ya venimos trabajando.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para tres proyectos de declaración, expedientes Nros. 15.891, 15.892 y 15.893 que tienen que ver con la incorporación de obras para mi Departamento en el Presupuesto Ejercicio 2005.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

  • – Resulta afirmativa.
  • – Resulta afirmativa.
  • – Resulta afirmativa.
  • – Sin observación se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º y 4º.
  • – El artículo 5º es de forma.
  • – Resulta afirmativa.
  • – Resulta afirmativa.
  • – Resulta afirmativa.
  • – Resulta afirmativa.
  • – Sin observación se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º.
  • – El artículo 7º es de forma.
  • – Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores José Luis Valle y Benigno Vargas proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.
  • – Es la hora 21:50’.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito autorización para que se incorpore, y su posterior tratamiento sobre tablas, el expediente 90-15.923, es un proyecto de declaración de su autoría respecto a la realización de obras para el departamento Rivadavia.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Vilaseca.- Señor Presidente: pido que se gire a la Comisión de Obras Públicas el expediente Nº 90-15.884, en virtud a lo expresado en el artículo 40 de nuestro Reglamento, teniendo en cuenta que el objetivo del proyecto de declaración del Senador Sarapura es la construcción de un edificio.

Sr. Presidente (Lapad).- ¿Sólo a la Comisión de Obras Públicas? O a la Comisión de Educación también.

Sen. Vilaseca.- A la Comisión de Obras Públicas, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Santa Victoria.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de declaración.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

Tiene la palabra el señor Senador por General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: solicito que por Secretaría se reitere al Ministerio de Salud el pedido de informe que se había formulado en la sesión anterior y que no ha sido contestado hasta la fecha.

Sr. Presidente (Lapad).- Así se hará, señor Senador.

Por Secretaría se dará lectura a los asuntos que los señores Senadores solicitan su ingreso.

I

Dictamen de Comisión

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

En el proyecto de ley en revisión, creando la Región Metropolitana de Salta, la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMT) y la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA). (Expte. Nº 91-14.112/04).

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración el pedido de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se tratará en su oportunidad.

II

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-15.925/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos específicos, requiera que el Banco Macro S.A. realice la instalación de cajeros automáticos en el municipio de Santa Victoria Oeste, departamento Santa Victoria.

Benigno Vargas

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La instalación de cajeros automáticos en el municipio de Santa Victoria Oeste es una imperiosa necesidad para los habitantes del departamento, ya que para efectivizar el cobro de sus sueldos, jubilaciones, pensiones, planes sociales, etc. los mismos deben trasladarse hasta La Quiaca en la vecina provincia de Jujuy, distante a 140 Km. del mencionado municipio.

            El traslado para efectivizar los cobros tiene un alto costo para sus menguados ingresos, producto del pago del transporte y la estadía que tienen que realizar los pobladores.

            Es digno también de destacar que los medios de movilidad para trasladarse no se encuentran en condiciones, sobre todo en los tiempos de lluvia, ya que debido al mal estado y sinuosidad de los caminos pone en riesgo la integridad física de las personas que deben trasladarse.

            Por lo expuesto, y esperando se pueda concretar este anhelo de los habitantes del departamento Santa Victoria, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Benigno Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa a la Comisión respectiva.

2

Expte. Nº 90-15.923/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, establezca prioridad en las obras de mantenimiento, enripiado y conservación de la Ruta Provincial Nº 52, que une la localidad de Rivadavia Banda Sur del departamento Rivadavia con Las Lajitas en el departamento Anta, prevista en el Presupuesto 2004.

Mashur Lapad

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Este proyecto de declaración es una necesidad imperiosa de toda la población de Rivadavia Banda Sur y su zona de influencia.

            Se busca con el mismo brindar a todos los habitantes de los numerosos parajes, compuestos por criollos y aborígenes, que por diversos motivos necesitan trasladarse a centros más habitados, de una alternativa más, como ser el mejoramiento de la Ruta Provincial Nº 52, para salir de esta jurisdicción, que muchas veces al no contar con caminos en buenas condiciones ven limitada su necesidad, que al ser todos de tierra se tornan muy inaccesibles en la época estival.

            Nosotros, comprometidos con la realidad de nuestra Provincia, queremos que sus hijos crezcan en nuestra querida tierra, con igualdad de condiciones que les permitan vivir dignamente.

            Este también es el deseo de nuestro Gobernador, el doctor Juan Carlos Romero, quien se hace eco permanente de las necesidades de la gente, especialmente del interior para que la Provincia crezca de manera  más justa y equilibrada.

            Por todo lo expuesto, solicito a los señores senadores la aprobación del presente proyecto de declaración.

Mashur Lapad

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración el pedido de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se tratará en su oportunidad.

Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

            Por Secretaría se dará lectura a los mismos.

7

INCLUSION DE OBRAS PARA EL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE METÁN EN EL PRESUPUESTO DE LA PROVINCIA

Expte. Nº 90-15.891/04

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, las siguientes obras para el municipio de San José de Metán:

1.- Construcción del edificio para el Poder Judicial – Distrito Sur.

2.- Ampliación del Hospital Nuestra Señora del Carmen.

3.- Construcción de trescientas viviendas.

4.- Construcción de la 3ª etapa de la Escuela E.G.B. Nº 5.003 “José Manuel Estrada”.

5.- Ampliación de la Escuela E.G.B. Nº 4.706 “Juan Carlos Dávalos”.

6.- Refacción de la Escuela E.G.B. Nº 4.082 General “Manuel Belgrano”.

7.- Refacción de la Escuela E.G.B. Nº 4.084 “Juana Manuela Gorriti”.

8.- Refacción de la Escuela E.G.B. Nº 4.439 “Guillermo Sierra”.

9.- Refacción de la Escuela E.G.B. Nº 4.641 “Juan Vucetich”.

10.- Refacción de la Escuela E.G.B. Nº 4.083 “Marcos Avellaneda”.

11.- Refacción de la Escuela Nº 5.110.

Raúl B. García

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

8

INCLUSION DE OBRAS PARA EL MUNICIPIO DE EL GALPÓN EN EL PRESUPUESTO DE LA PROVINCIA

Expte. Nº 15.892/04

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, incluya en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, las siguientes obras para el municipio de El Galpón, departamento Metán.

            1.- Construcción de cincuenta (50) viviendas.

            2.-  Ampliación del Centro de Salud San José de Orquera.

Raúl B. García

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

9

CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN EL MUNICIPIO DE RÍO PIEDRAS

Expte. Nº 90-15.893/04

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, incluya en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, la construcción de cincuenta (50) viviendas en el municipio de Río Piedras, departamento Metán.

Raúl B. García

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

10

CREACIÓN DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA, LA AUTORIDAD METROPLITANA Y LA SOCIEDAD ANONIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

Expte. Nº 91-14.112/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, creando la Región Metropolitana de Transporte de Salta, la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMT) y la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA.); y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 21 de octubre de 2004.

Abdo Omar Esper – Alfredo Jorge – Jesús Ávila – Luis Guillermo López Mirau

Miembro Informante: Senador Abdo Omar Esper.

Sr. Presidente (Lapad).-  Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores senadores: este expediente que tratamos hoy, por sus características, es de público conocimiento. Se ha trabajado en el expediente con todas las presentaciones, las versiones taquigráficas obtenidas de distintos intervinientes en la Cámara de Diputados, como así también se ha recibido en este Senado la presencia de interesados y algunas peticiones por escrito.

            El tratamiento de este proyecto de ley que hoy nos ocupa, va a permitir crear un marco jurídico para instrumentar un nuevo sistema de transporte para el área metropolitana de Salta.

            Se trata de un sistema nuevo, el que se pretende crear, en base a la realidad que hoy vivimos y a las características de la región. En esta oportunidad no es una adecuación de otros sistemas ya existentes, sino uno nuevo.

            En los últimos diez años el transporte masivo de pasajeros viene sufriendo un proceso de deterioro irreversible. Los distintos organismos de carácter provincial o municipal que tienen incumbencia en el transporte actual, de una manera aislada sólo facilitan la aparición de zonas grises, de irresponsabilidades, todo diluido y profundizando la crisis que hoy se vive en el área metropolitana de la Provincia.

            El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo se divide en tres aspectos: crea la Región Metropolitana de Salta, la Autoridad Metropolitana del Transporte y una Sociedad Anónima de Transporte Automotor. Posteriormente, la Cámara de Diputados incluyó un artículo, creando una Comisión de Legisladores que va a participar en lo que pueda suceder a posteriori, ya sea en la reglamentación como así también en el control.

            Distintos intentos por mejorar la situación fracasaron, entre otras cosas, por considerar la región como compartimentos estancos. Soluciones pensadas en este sentido sólo lograron neutralizarse y aumentar la anarquía en el sistema.

            El crecimiento urbano y su escasa distancia entre sí hace que se concentre en un radio de cincuenta kilómetros el 60% de la población de la provincia de Salta. La realidad de Salta y sus municipios vecinos ha obligado a considerar a todos ellos como una sola región. Por eso es que el proyecto determina una nueva región incluyendo a Salta Capital, San Lorenzo, Vaqueros, Cerrillos, Rosario de Lerma, Campo Quijano, La Merced y La Caldera. Resulta un tanto improbable pensar en una solución que no involucre a toda el área metropolitana, por eso se ha determinado esta región para poder aplicar el nuevo sistema que se pretende. Luego se crea la Autoridad Metropolitana del Transporte, un organismo al que se le da el carácter de autárquico, cuyas potestades son de planificación, organización, actuación, regulación, fiscalización y control del sistema. Se trata de esta manera de obtener un mejor ordenamiento, que sea previsible para el éxito del nuevo sistema. Será responsable, entonces, de que sea eficiente y eficaz el sistema, instrumentando para ello recorridos, frecuencias y todo lo que en calidad del servicio se proyecta. También se crea la Sociedad Anónima de Transporte Automotor, cuyo paquete accionario, el 90%, será de la Provincia, en su inicio, y el 10% del Municipio de la Capital. Será la única prestadora del sistema de transporte masivo de pasajeros, permitiendo que se preste en las mismas condiciones y calidad en cada punto de la región.

Este esquema va a poner en un plano de igualdad a todos los usuarios, sin depender de la rentabilidad que arroje cada recorrido, como hoy sucede. La Sociedad realizará la prestación encomendada por sí misma, con la participación de terceros, en cualquiera de las posibilidades que tiene previsto el proyecto de ley. Esta Sociedad inicialmente ha de tener recursos provenientes de subsidios nacionales.

Luego, si bien no está contemplado, porque no es objeto de este instrumento, se habla, de acuerdo a las explicaciones técnicas que nos acercaron, de un sistema troncal de cinco recorridos, cuatro de ellos longitudinales de dirección norte-sur y este-oeste, y uno cerrado de característica envolvente que vincula los destinos de mayor afluencia en el sector del macro centro de la ciudad. El acceso al troncal es oneroso y se realizará a través de tarjetas con una sola descarga, permitiendo así moverse a lo largo del sistema libremente durante un tiempo determinado, posibilitando vincular cualquier relación de origen-destino por el mismo costo. Esto implica que lo que se está pretendiendo es no solamente mejorar la eficacia sino disminuir los costos del transporte para los usuarios. Existirá un sistema complementario de rondines de característica interbarrial, que abastecerá al troncal en forma gratuita, girando de manera continua. Uno y otro sistema se vincularán a través de estaciones de transferencia de pasajeros o bien por medio de nodos, puntos de encuentro, según corresponda la zona que se trate. Estas estaciones serán cuatro, ubicadas en las cabeceras troncales longitudinales.

Se nos ha enseñado que todo sistema de transporte debe tener las siguientes condiciones: accesible, seguro, regular, veloz, confortable y económico. Se pretende con el nuevo sistema que esto sea una realidad.

            A lo largo de estos días hemos visto algunas inquietudes que diferentes sectores nos hicieron llegar a ambas Cámaras y les hemos expresado a los interesados que las cuestiones puntuales van a ser objeto de la reglamentación. Hemos detectado que esos sectores pretenden que los señores legisladores participen. Entonces, nos pareció importante la incorporación que hace la Cámara de Diputados en el artículo 15, que va a incorporar a los legisladores de ambas Cámaras en la reglamentación, que son veintiséis, y estarán representados prácticamente todos los sectores con representación parlamentaria.

            Estas son las razones, en términos generales, por las que la Comisión ha decidido darle su aprobación al proyecto, por lo que solicito a esta Cámara que así lo haga.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: es para solicitar cuarto intermedio.

Sr. Presidente (Lapad).- Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 19:20’

– A la hora 19:35’:

Sr. Presidente (Lapad).- Se reanuda la sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Gracias, señor Presidente. Al día de la fecha estamos analizando un proyecto de ley que viene con media sanción de Diputados y que tiene relación directa con el transporte, no sólo urbano, sino también interurbano y plantea la creación de la Región Metropolitana de Salta.

Evidentemente, antes de comenzar a analizar el proyecto en sí, es importante hacer algunas apreciaciones, porque acá se dijo mucho del transporte en general, especialmente del transporte urbano y la máxima autoridad en este gobierno, el Gobernador Juan Carlos Romero, en reiteradas solicitadas en distintos medios, pido autorización para dar lectura a algunos párrafos que manifiesta el doctor Juan Carlos Romero, dice: “El nuevo sistema de Transporte…” y obviamente que no voy a compartir, porque dice en uno de los párrafos “Toda la sociedad salteña advierte con absoluta claridad y altísima preocupación, por lo menos en veinte años, los intereses sectoriales y la ineficiencia de diferentes funcionarios municipales.”

            Fíjese, señor Presidente, la gravedad que tiene esto de hacer responsables a los intendentes, concejales y a todos los funcionarios que tienen que ver con el transporte urbano de pasajeros.

Por otro lado, dice: “no pudieron o no quisieron hacerlo”, solucionar el tema del transporte; habla de la ineptitud de estos funcionarios. Fíjense, el ataque como fundamento de este proyecto de ley que ha utilizado el Poder Ejecutivo Provincial, el Gobernador en su persona, a través de esta solicitada.

            Señor Presidente, en el año 1997, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 20.034, que luego se convierte en ley, hoy Ley 6.994, en uno de sus fundamentos dice: “Visto el Estado de Necesidad y Urgencia en que se encuentra la prestación del servicio público de transporte automotor en algunos municipios de la Provincia y que el mismo es un hecho público y notorio…“. No voy a hacer un análisis constitucional de las facultades, si era o no del Poder Ejecutivo Provincial. Dice en otro párrafo: “En reiteradas oportunidades, como es de público y notorio, se han observado y registrado graves y serias dificultades e irregularidades en el funcionamiento del servicio público de transporte”.

Estos eran fundamentos que utilizaba el Poder Ejecutivo Provincial para dictar este Decreto de Necesidad y Urgencia, donde declaraba la emergencia del transporte en la provincia de Salta.

            Después, aduciendo el derecho que tienen los usuarios y para cerrar los fundamentos de este Decreto de Necesidad y Urgencia, hoy Ley Nº 6.994, dice: ”Que por ello y atento a que el Estado Provincial constituye la única autoridad habilitada constitucionalmente para proceder a la normalización de la actividad de prestación del servicio público municipal, en forma inmediata debe facultarse al Poder Ejecutivo Provincial a tomar las medidas necesarias para cumplir con dicho cometido, garantizándose para el caso de daños a terceros…”, fíjense la importancia que tiene esto, que cuando hablemos en particular del proyecto en sí vamos a ver que no está establecido en el proyecto de ley, “…la responsabilidad provincial por la ejecución de las medidas adoptadas en dicho marco de normalización” y de ahí habla de la parte resolutiva, de las facultades del artículo 170.

Siguiendo con los antecedentes, me voy a remitir al diario oficial, el diario El Tribuno, de fecha jueves 24 de agosto de 2000. Recuerdo, señor Presidente, el 24 de agosto porque es mi cumpleaños, estaba cumpliendo treinta años en aquel entonces. Ese artículo decía a títulos gigantescos: ”Romero puso en marcha el reordenamiento total del transporte interurbano salteño. El Gobernador Juan Carlos Romero puso en marcha ayer la definitiva reestructuración del transporte interurbano de la Provincia, al firmar el proyecto de ley a través del cual se encarará este objetivo, uno de los más importantes y complejos para el rubro de los últimos años”. Después de una serie de apreciaciones que hace, dice: “La nueva norma que ya se encuentra en la Legislatura es producto del consenso alcanzado entre empresarios y trabajadores y el Gobierno de Salta, luego de que Romero asumiera el compromiso personal de darle un corte al tema, al objetivo central de generar la seguridad jurídica necesaria para dar adecuado sostén a la Ley de Transporte de Pasajeros Interurbano”.

            En este artículo, del 24 de agosto de 2000, lo acompañaban en este gran lanzamiento para solucionar el problema del transporte interurbano, especialmente del Valle de Lerma, “por su parte, tanto Levin como Cruz…”, o sea que había empresarios y gremialistas que representan a los trabajadores del transporte, “…expresaron su satisfacción por el consenso alcanzado y pusieron de relieve la decisión política del Gobierno de la Provincia de reestructurar definitivamente el sistema…”. Después habla el empresario Levin, como así también el representante de este gremio del transporte.

            Son antecedentes importantes, evidentemente que es medio contradictoria esta solicitada que hizo el Gobernador, porque según esta documentación ya había solucionado el tema, especialmente del transporte interurbano, y hoy estamos tratando la ley para solucionar nuevamente lo que estaba solucionado en el año 2000.

            En este proyecto de ley, que tiene media sanción de Diputados, el artículo 1º dice: ”Creación de la Región Metropolitana de Salta” y plantea todos los municipios que la integran. El artículo 2º: “Créase la Autoridad Metropolitana del Transporte… ente autárquico, vinculándose con el Ministerio de la Producción y el Empleo…”, “…deberá estar constituida dentro de los cuarenta y cinco días”. El artículo 5º: “La Autoridad Metropolitana del Transporte será dirigida y administrada por un Directorio… tres a cinco miembros designados y removidos por el Poder Ejecutivo Provincial”. Me parece que tendría que haber sido al revés la ley, primero se crea la autoridad y después se crea la Sociedad Anónima de Transporte (SAETA). De las acciones dice que el noventa por ciento es del Gobierno de la Provincia y el diez por ciento del Municipio Salta-Capital y en este mismo artículo se faculta al Poder Ejecutivo a vender acciones de esta Sociedad Anónima. El artículo 9º: “La Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA) estará dirigida por un Directorio de cinco miembros, designados por el Poder Ejecutivo Provincial”. El artículo 10: “La Sociedad Anónima de Transporte Automotor contará con un Órgano de Fiscalización integrado por tres miembros designados y removidos por el Poder Ejecutivo Provincial”.

Lo que llama la atención es que acá la Sociedad, obviamente del Estado, la Autoridad de Aplicación, o sea la Autoridad Metropolitana, que es un órgano de contralor, es del Estado, nombrado obviamente por el Poder Ejecutivo Provincial y lo que más preocupa en esto es cómo se conforma esta Sociedad Anónima. El Poder Ejecutivo por un lado plantea que esta norma se va a regir por la Ley de Sociedades Comerciales 19.550 y pretende violentarla en su artículo 9º, porque antes de dictar el estatuto de esta Sociedad está designando los integrantes del Directorio, así dice el artículo 9º, que esta Sociedad está dirigida por un Directorio de cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo Provincial. Me puse a leer y a estudiar un poco la Ley 19.550, espero que le esté dando bien la interpretación de lo que dice acá, fíjense que el artículo 214 plantea la transmisibilidad de las acciones, que está prevista en este artículo 9º, pero en esta propia Ley de Sociedades Comerciales claramente establece que el Directorio debe surgir de los socios de esta Sociedad y estar en el estatuto de esta Sociedad. Creo que no corresponde, de ninguna manera, que el Poder Ejecutivo Provincial se tome las atribuciones de, antes de estar elaborado el estatuto de la Sociedad, nombrar los representantes, los cinco miembros de este Directorio.

Por otro lado, no sabemos cuál es el capital social, sabemos de las acciones del ciento por ciento, no sabemos cómo se compone, no sabemos en realidad cómo va a estar elaborado este estatuto de la Sociedad. De los puestos de trabajo se habla así muy ligeramente, no asume la responsabilidad total de los actuales trabajadores, no sabemos qué va a pasar con las concesiones actuales que tienen las propias intendencias, los propios municipios, que tienen concesión inclusive hasta el año 2012.

            Señor Presidente, me preocupa el tema de las competencias municipales, porque esto se lo podría haber hecho totalmente diferente a lo que está redactado. Se podría haber facultado al Poder Ejecutivo a crear una Sociedad Anónima y por otro lado aprobar el estatuto de esta Sociedad, terminaría todo y estaríamos creando un órgano de control o directamente sería un ente regulador muy parecido al actual vigente, pero se tendría que haber dictado una norma de esta característica y por otro lado se debería pedir la adhesión y el acuerdo de los distintos Municipios y los Concejos Deliberantes, porque debemos comenzar a respetar las normas constitucionales y leyes vigentes que existen en nuestra Provincia, especialmente a los Municipios que tienen Carta Orgánica Municipal.

            Por eso es que, tal cual está redactado este proyecto de ley, no me convence en absoluto, más allá de que todos compartamos la necesidad de que a este transporte hay que darle una solución. No me voy a poner a analizar la parte técnica porque no me compete y no la conozco tampoco, seguramente a quienes designe esta Autoridad Metropolitana, serán los encargados de diseñar las líneas por dónde van a transitar los colectivos.

            Escuchaba, por otro lado, señor Presidente, en algunos medios, de la inversión, algunos hablaban de cincuenta y dos millones, otros de cien millones de pesos, pero sinceramente en la ley no encuentro el capital social, no sé de dónde van a salir los recursos, todavía nadie me supo explicar si la Provincia va a contraer crédito o empréstito o va a gastar de los recursos del superávit fiscal que tiene en estos momentos por mayor recaudación, tanto nacional como provincial.

Todas estas dudas las iremos analizando cuando se trate el proyecto en particular, pero no comparto en general cómo se ha redactado este proyecto de ley.

            Por ahora, señor Presidente, nada más.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: corresponde analizar este proyecto que viene de Diputados, donde se está nada más y nada menos que tratando de encontrar, a través de las vías propuestas, una solución o una vía de solución al problema del transporte.

            Que el transporte es un caos, todos los sabemos; que la ilegalidad campea en el área designada como metropolitana en este proyecto de ley, no es ninguna novedad; que los usuarios tienen la posibilidad de elegir en muchas alternativas, pero que lamentablemente no tienen la seguridad, cuando viajan, de saber si van a llegar a destino y si no llegan de saber si tienen un seguro que los proteja ante cualquier siniestro que se pudiera producir, no es novedad.

            También es importante señalar que durante muchos años se anunció la posible solución del problema del transporte y no se solucionó, que en reiteradas oportunidades se impulsaron algunos criterios para alcanzar la meta y no se lo ha logrado. Entonces, acá hay dos cuestiones que fallan y que es necesario tener presente.

La primera está dada en el hecho que debemos reconocer que si hay ilegalidad es porque no se cumple con las normas vigentes y que si se ha llegado a esa instancia de ilegalidad es porque, lamentablemente, han fallado los cuerpos de aplicación de las normas en la exigencia de su cumplimiento. Entonces, lo irregular ha desplazado lo regular con el consabido perjuicio para los usuarios.

            Esta es la situación, no hacemos gran cosa si nosotros no contribuimos desde nuestro lugar a buscar la solución que los usuarios están demandando y reclamando.

El Poder Ejecutivo, por la obligación que le cabe, por ser gobierno, manda este proyecto, lo aprueban los Diputados, en una aparente vía de solución. Nosotros, en el día de la fecha, hemos tratado en la Comisión respectiva que se incluyeran algunos aspectos importantes a nuestro entender en el proyecto ya aprobado por la Cámara de Diputados. Entonces, vamos a adelantar que en términos generales, si bien no compartimos en su totalidad el proyecto, entendemos que es una vía, es una posibilidad de que se resuelva el problema del transporte y por eso, en lo general, vamos a coincidir en la necesidad de la aprobación del mismo. En lo que hace a los aspectos particulares, puntuales del proyecto, encontramos algunas cuestiones que si bien ya se refirió desde otro aspecto el Senador por el departamento Metán, sin ninguna duda igualmente nos causa preocupación.

            En primer lugar, cuando se hace referencia a la conformación, en el artículo 9º, de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor, creo que si la mecánica hubiese sido otra, uno podría prever que esa sociedad, incluso la autoridad que se constituye por la vía del artículo 2º, la Autoridad Metropolitana del Transporte, que en esos organismos estuvieran presentes firmemente representantes de las empresas, representantes de los gremios y representes de las entidades de los usuarios. Esto se intenta de algún modo repetir en el artículo 9º, cuando se hace referencia a la conformación de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA). Allí, en el artículo 9º, no se tiene presente la posibilidad de incluir a un usuario, como tampoco se tiene presente en el artículo 10 cuando se designa el mecanismo de control. Claro, no se tiene presente, pero aún cuando nosotros hubiésemos previsto incorporar un agregado al artículo, vemos que esto es inviable, por cuanto la propia Ley de Sociedades pone un límite a esta cuestión. Es decir, no sabemos, no se entiende, no se nos respondió cómo es el mecanismo por el cual el Poder Ejecutivo va a designar los cinco miembros del Directorio y los tres del organismo de control, si la Sociedad es un ente distinto, si bien con capital mayoritario del Estado, pero es una persona jurídica distinta del Estado, las acciones son del Estado. Entonces, cuál va a ser la vía para que se vaya a forzar la Ley de Sociedades y se incorpore, por un lado, el Directorio y, por otro lado, el organismo de control por vía de la designación del Poder Ejecutivo.

            Como esto no está claro, señor Presidente, como entendemos que se está violentando el espíritu de la Ley 19.550, que es de orden nacional y que podría acontecer que cualquier persona planteara la ilegalidad o inconstitucionalidad de esta norma, es que nosotros nos oponemos a que se apruebe tal como viene previsto el artículo 9º y también, por supuesto, el artículo 10. Más aún agravada esta situación, porque se contempla que la conformación estaría dada por un representante, para el caso del Directorio, de los gremios y por un integrante también del municipio de la Capital; pero está claro que la decisión final la tiene el Poder Ejecutivo, entonces designa el Directorio y designa el organismo de control.

            En relación, y para hacerlo breve porque entiendo que hay varios temas a tratar, al artículo 12, en su segundo apartado dice: “Encomiéndase al Directorio de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor la confección del presupuesto anual operativo de la Sociedad, el cual conformará el capital social inicial y será aportado por la provincia de Salta”. En este aspecto quiero adelantar mi opinión a fin de que se tome nota por Secretaría para que luego cuando se trate en particular se tenga presente la observación que hacemos y el pedido de inclusión como dictamen en minoría de lo que vamos a manifestar. En este sentido entendemos que este segundo apartado debería quedar redactado de la siguiente manera: “El Directorio confeccionará el presupuesto anual operativo de la sociedad, el cual conformará el capital social inicial que será aportado por la provincia de Salta mediante autorización de la Legislatura conjuntamente con los predios que los órganos públicos le cedieren en función de lo establecido en el artículo 11, inciso 4) de la presente norma”.

Esto porque si se presta atención, señor Presidente, aparece como contradictorio el texto del segundo apartado de este artículo con lo establecido en el artículo 13, porque en el artículo 12, segundo apartado, dice que al Directorio de la Sociedad Anónima de Transporte se le encomienda la confección del presupuesto anual operativo y el artículo 13 dice: “El Poder Ejecutivo establecerá anualmente el presupuesto operativo de la Sociedad Anónima de Transporte”, es decir, si por un lado le estamos diciendo que debe hacerlo el Directorio de la Sociedad, no encuentro el sentido de por qué lo tenga que hacer el Poder Ejecutivo, conforme al artículo 13. Por tal caso, tratándose de una sociedad anónima y en el mismo sentido al que hacíamos referencia, en cuanto a lo establecido en la Ley de Sociedades, está claro que corresponde se aplique y se apruebe aquello de que el Directorio de la misma debe confeccionar el presupuesto anual, pero a renglón seguido se le está dando la facultad amplia, lisa, ilimitada a esta Sociedad para conformar el capital y reclamarlo del Estado Provincial, y esto es una facultad en lo cual nosotros, los legisladores, no podemos estar ausentes.

Por esa razón entendemos que si ese presupuesto anual que va a hacer la Sociedad no se compadece con las realidades, las necesidades, las posibilidades del Estado Provincial, la real situación de impulsar el mejoramiento del servicio de transporte, la real intervención de quienes deben controlar que el erario público no contribuye indebidamente a fortalecer las arcas de organismos que a la postre no rindan el resultado esperado, no se puede delegar esa facultad directamente en la Sociedad y por vía de este artículo, el artículo 12 segundo apartado, si bien es cierto se hace referencia al capital social inicial, de ninguna manera queda claro cuál es ese capital social inicial. Nosotros sostenemos que no estando claro ello, no habiendo parámetros, no habiendo limitaciones, debe la Legislatura controlar este presupuesto anual, tal como discutimos el presupuesto de la Provincia y mediante su discusión y debate proceder al rechazo o aprobación del mismo.

Por tal motivo, señor Presidente, hemos sugerido ese agregado, que para lograr el aporte del Estado se deberá contar con la aprobación de la Legislatura.

En igual sentido, originalmente se preveía que esta norma contemple la absorción del personal dependiente de las empresas que prestan el servicio de transporte en la actualidad y si bien es cierto que en el artículo 12, tercer apartado, se hace referencia a ello, no queda claro qué va a pasar con el personal, que proviniendo de alguna empresa que hoy presta servicios fuera absorbida por la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA), pero no ya por la compra de los colectivos para la prestación del servicio, sino como el mecanismo de concesión o como una contratación particular a esa empresa. En este caso, entonces, el personal de esa empresa no quedaría englobado, no quedaría absorbido por la Sociedad Anónima de Transporte Automotor en todo el marco de apreciaciones que se hizo o compromisos que se hicieron incluso a las organizaciones gremiales.

            Por tal motivo y en el momento en que se trate este artículo, vamos a hacer referencia a un agregado que nos parece absolutamente necesario contenga la posibilidad de que se evite que este personal que trabaja en algunas de las empresas pueda quedar desprotegido cuando la Sociedad Anónima de Transporte Automotor del Estado otorgue en concesión la explotación de algunas de esas líneas.

No alcanza a cubrir esta previsión contenida en el artículo y en la referencia que hacíamos al tercer párrafo del artículo 12, lo que establece la Ley de Contrato de Trabajo en materia de solidaridad, porque esto puede ser burlado, reitero, por vía de una concesión, por vía de una contratación en donde se extraiga, de algún modo se limite la responsabilidad laboral por parte de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor, con lo cual el personal al que nosotros y por vía de esta ley entiendo se le da preferencia para ser incorporado, para ser respetado, para que su antigüedad también sea respetada y sus derechos, quedaría probablemente desamparado y merced a las condiciones económicas de la empresa que fuera contratada por SAETA.

            Nosotros habíamos pensado, en ese marco, que se tendría que aclarar señalando que la absorción del personal será para todas las empresas que presten servicio, también para la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA).

            Por último, señor Presidente, señores senadores, con relación al artículo 13, al que ya me he referido hace un momento, cuando señalaba que allí se reitera este tema de cómo va a ser el mecanismo de la determinación del presupuesto operativo, en el artículo 12 se le encomienda al Directorio y en el articulo 13 se dice que lo establece el Poder Ejecutivo, en congruencia y en consonancia con lo que significa el marco limitativo de la Ley 19.550. Entendemos que este artículo es improcedente, por esa razón consideramos que no corresponde que esté incluido en el proyecto de ley.

            Por estas razones, esperamos que en el marco de participación determinada por el artículo 15, para nosotros quedaría como artículo 14 del proyecto de ley, el marco de participación de Diputados y Senadores en el seguimiento y conformación, tanto de la Autoridad Metropolitana como de la Sociedad Anónima de Transporte, pueda existir o vaya a existir el control que se necesita, que debe existir en cualquier sociedad del Estado. Nosotros seguimos sosteniendo que las vías de las privatizaciones no han contribuido a mejorar la calidad de los servicios y que, peor aún, los han encarecido.

            Queremos señalar, señor Presidente, que vemos como auspicioso el hecho en sí mismo, de que se cambie el criterio y que el Estado intervenga en este tipo de prestaciones de servicios, que no significa solamente buscar la rentabilidad sino asegurar el derecho de los usuarios a gozar de un buen servicio.

No nos parece oportuno discutir si va a andar bien o va a andar mal, nos parece que es necesario que se tenga presente las observaciones que formulemos, porque éste no es solamente un problema de quien gobierna, es un problema de todos los salteños y a todos nos cabe la obligación de encontrar la mejor herramienta para que con límites propios de una norma que busca resolver este problema, se pueda tener la seguridad de que el resultado va a surgir de su correcta e irrenunciable aplicación.

            Esto que referimos, para concluir, nos lleva a señalar y reiterar nuestra posición en cuanto a ver como favorable el marco general con las salvedades a las que hicimos referencia.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Vota por la negativa un señor Senador.

– Votan por la afirmativa catorce señores Senadores.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

Por Secretaría se dará lectura al proyecto de ley.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- En razón de que ya hemos analizado y los señores senadores conocen, solicito que se obvie la lectura y se pase a votar en general.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: es para peticionar que se vote por número, salvo en aquellos artículos que formuláramos alguna observación, que se dé lectura para ver cuál es la redacción que se vota finalmente.

Sr. Presidente (Porcelo).- Señor Senador: será considerado cuando se haga la votación en particular.

            En consideración la moción de que se obvie la lectura. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: la moción es que se obvie la lectura con la salvedad apuntada por el suscripto.

Sr. Presidente (Porcelo).- Se tendrá en cuenta, señor Senador.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: no se ha dado a conocer si ha sido afirmativa o no la votación para que se obvie la lectura, lo planteo por una cuestión de registro en la versión taquigráfica.

Sr. Presidente (Porcelo).- Señor Senador: se ha aprobado la moción de que se obvie la lectura.

            En consideración el proyecto de ley en general. Se va a votar.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: quería hacer mención a algunos temas puntuales en lo que refiere a este proyecto, en virtud del trabajo que hemos realizado en la Comisión de Legislación General.

            El presente proyecto denota una relevancia y una indispensable necesidad de contener y sostener a todos los actores sociales involucrados en el tema del transporte. Por ello debe hacerse sin perder el horizonte que orientará nuestra conducta, los derechos del usuario y su acceso a un servicio digno en las tarifas y un servicio bueno y accesible.

            Teniendo tal horizonte, así como la necesidad de implementar políticas que permitan el desarrollo de las regiones que constituye la Provincia, según lo estipula el artículo 8º de la Constitución Provincial, el presente proyecto aparece como una de las soluciones más armónicas y razonables al problema que vive el transporte en toda la región.

            Indudablemente, venía escuchando los problemas que se planteaban en el área Capital y lo que hoy es el Área Metropolitana. Los municipios del interior indudablemente vienen enfrentando esta dura realidad, con servicios ineficientes, esporádicos e inseguros, tal cual lo hizo aparecer en su vivencia diaria cada uno de los usuarios que acceden por una necesidad a este transporte, que lo tratamos de solucionar a través de este proyecto de ley.

            Actualmente el Estado Nacional y Provincial y los municipios han buscado todas las formas de llegar a solucionar fundamentalmente vía del subsidio, indudablemente la solución definitiva no ha llegado.

            Por eso creemos que en esta región llamada Metropolitana, que une a los municipios de Capital, Cerrillos, Rosario de Lerma, Campo Quijano, Vaqueros, San Lorenzo, indudablemente este problema del transporte, a través de esta nueva ley, va a traer un resultado posible a los fracasos continuos que hemos venido viviendo en las diferentes circunstancias.

            Hoy, como representante del departamento Cerrillos e integrante del Área Metropolitana, he visto sin duda que la palabra frecuencia, que la palabra usuario, realmente no ha sido respetada por el sistema vigente. Creo que en este proyecto, que contempla indudablemente la integración del Valle de Lerma con Salta Capital, teniendo como objetivo un buen servicio, una tarifa que realmente sea accesible y fundamentalmente que regule la seguridad de quien se transporte, están todas las condiciones.

Por eso quería en este tratamiento dejar sentado un poco la vivencia de quienes representamos a las comunidades del Valle de Lerma. Este problema lo hemos visto vivir durante mucho tiempo, siempre actuando sobre las consecuencias y nunca se ha logrado tratar un tema de fondo, que realmente tenga como objetivo la seguridad de cada uno de nuestros vecinos.

Creo que este es un problema que la comunidad en su conjunto lo venía planteando y evidentemente con la decisión política de esbozar este proyecto de ley y de acompañarlo desde el departamento Cerrillos, sin duda vamos a procurar el éxito en favor de la gente.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente: en realidad iba a esperar que ingresáramos al tratamiento en particular de este proyecto, creo que es digamos el paso siguiente, donde vamos a discutir artículo por artículo para poder ir expresando cuál es mi opinión respecto a algunas cuestiones que se han planteado como incógnita, como duda o como, también lo ha planteado el Senador por General Güemes, posibilidad de ser reformado. Simplemente quiero referirme en términos generales a que he escuchado como cuestionamiento principal la decisión del Poder Ejecutivo de tomar la determinación de hacer efectiva una ley de emergencia pública, que en su oportunidad había sido ampliamente debatida, que tal vez no se aplicó en ese momento porque se pensaba todavía que el transporte podía tener una solución en términos generales y en todo su conjunto, que no es sólo el tema de los colectivos, sino el tema de las empresas, el tema de los trabajadores y principalmente el tema de los usuarios, donde también está comprendido todo el sistema no regular como es el de taxis, el de remises compartido o no compartido, legales, no inscriptos o ilegales, como se le suele llamar, y entendemos que la decisión adoptada en estos momentos de buscar una solución en conjunto y definitiva merece ser apoyada.

Me hubiese gustado tal vez escuchar no sólo un cuestionamiento de la decisión sino que hubiéramos tenido otros proyectos que pudieran aportarse para dar una discusión y un análisis.

Se ha hablado también de la preocupación de las competencias municipales y en esto tengo que decir que me ha tocado pasar por el ámbito municipal, en el municipio de Capital, donde se ha sentido siempre de manera muy profunda las crisis que ha habido con el tema del transporte, si no era un cuestionamiento por parte de los trabajadores que no cobraban sus haberes en las condiciones que tenían que hacerlo, que no se cumplía con las normas que rigen su relación laboral, eran los empresarios que manifestaban que la situación que sevivía no les permitía hacer las inversiones a las que estaban obligados o bien las quejas de parte de quienes estaban dentro del sistema de taxis y remises regulares o controlados o dentro de un sistema con licencia, que se quejaban de todos aquellos que no la tenían. Esto simplemente para plantear como panorama general cuál era la situación que hemos vivido en nuestra Capital. Muchas veces también hemos discutido en el Concejo Deliberante cuando se hablaba de las posibilidades de que la Provincia tomara intervención en el tema del transporte, de un servicio público como es el del transporte.

            Hoy nos encontramos con este proyecto que tiene como idea central la conformación de una Sociedad Anónima, donde va a estar representado no sólo el Estado Provincial, sino en el caso particular el Municipio de Salta.

            Esta forma de constituirse la sociedad nos está indicando claramente que aquí hay un trabajo conjunto entre el Estado Provincial y el Estado Municipal, no se está pasando por encima de ninguna autonomía municipal, se está trabajando conjuntamente con el Municipio y seguramente con los Municipios que están involucrados en lo que es la Región Metropolitana. Esto va a ser motivo también de discusión en los distintos Concejos Deliberantes, pero no me cabe duda que cada uno de ellos también dictará las normativas necesarias para adherir a este sistema que busca una solución integral al problema que venimos viviendo.

            En estos dos aspectos, las preocupaciones que se han manifestado podrían ser superadas, más tarde podremos entrar en la discusión particular respecto al problema de capital, de la conformación de la sociedad o a las contradicciones supuestamente existentes en la ley. Personalmente creo que la interpretación que tenemos que hacer de ella nos indicaría que no es tal, pero no quería dejar de hacer esta aclaración porque pareciera que, si bien representamos a los departamentos de la Provincia, nos estamos olvidando de los municipios que los integran. Creo que no es así, esta ley lo que va a hacer es traer una solución a toda el área que la comprende, que por la densidad poblacional es la más afectada con este tema y resalto como importante el artículo 15 de la ley que indica que los legisladores de los Departamentos que están de alguna manera comprendidos, van a formar parte de una Comisión de Seguimiento.

            Espero que en esa Comisión de Seguimiento se hagan los planteos y las inquietudes tendientes a buscar que las autoridades de aplicación logren que la reglamentación y la aplicación de esta norma sea lo mejor posible para quienes deben ser los destinatarios de ella, que son los usuarios.

            Por eso, señor Presidente, por ahora no voy a seguir haciendo uso de la palabra, seguramente cuando llegue el momento de su tratamiento en particular, podremos hablar sobre los temas en concreto. Nada más, señor Presidente.

Sr. Presidente (Porcelo).-  Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Vilaseca.- Señor Presidente: siendo de un Departamento vecino a la Capital y que integra la Región Metropolitana, noto que existe una realidad que se repite en toda la región de la alta urbanización, en especial la región del Valle de Lerma; la región de La Caldera se encuentra densamente poblada, alternando zonas netamente urbanas con otras de carácter suburbano, pero todas ellas vinculadas por un intenso tráfico interrelacionado, lo que implica la presencia de hecho de una única estructura de transporte.

            Las regulaciones municipales atentan sólo a sus particulares necesidades antes que a la estructuración de un sistema coherente y racional, llevan a la existencia de insustentables superposiciones de servicios entre los municipios y entres éstos y los servicios provinciales. De tal forma, los servicios de vinculación intermunicipal, provinciales y de carácter regular masivo, se encuentran en dispar competencia con la diversidad de servicios punto a punto, establecidos por los municipios, coches de alquiler, remises, taxis y colectivos. Precisamente no nos es posible a una unidad, con una competencia territorial acotada, estructurar un sistema de transporte que involucra a un todo y muchas veces superior.

            En la provincia de Salta se ha detectado, a través de la Ley 6.994, el problema de superposición de jurisdicciones en el área metropolitana de la ciudad de Salta y se han atribuido sus consecuencias a la incapacidad práctica que deviene de la atomización regulatoria y fiscalizatoria de un todo estructural, que debería ser el sistema de transporte urbano, en autoridades locales como un ámbito limitado de competencia.

Por ello, sobre la base de lo previsto por el artículo 176 de la Constitución Provincial, la ley ha establecido la competencia del Poder Ejecutivo Provincial como concurrente y subrogatoria de las facultades municipales. El ejercicio de la competencia provincial sobre el transporte urbano en cualquier municipio de la provincia de Salta debe provenir de la previa y expresa decisión del Poder Ejecutivo, acaecida la cual se produce un automático desplazamiento de facultades hacia esta autoridad y a partir de entonces los organismos municipales deben abstenerse de regular sobre el transporte urbano por incompetencia en razón de la materia.

El marco regulatorio provincial mencionado sienta las bases para el ejercicio legal y normal, de parte de la provincia de Salta, de la facultad regulatoria y fiscalizatoria sobre el transporte urbano de carácter municipal, allí donde el Poder Ejecutivo Provincial lo considere necesario en atención a cuestiones de orden táctico.

De lo expuesto resulta necesaria la regionalización del transporte metropolitano, como única forma de dar solución definitiva a la emergencia que azora la viabilidad de sus servicios públicos y la formulación urgente de un esquema que considere a la región como un todo integrado, funcionando racionalmente en el marco del sistema integrado de transporte por unidad en red, el SITUR.

Por ello corresponde dejar establecida, con carácter estable y permanente, la Región Metropolitana de Salta, a los efectos de la regulación y el control de los servicios de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano.

La creación de esta región aparece así como la única solución apta al transporte urbano de pasajeros e interurbano. Me toca muy de cerca porque tenemos una realidad en el Departamento que se está produciendo desde la semana anterior en el incumplimiento del servicio de la empresa El Indio con el transporte hacia la localidad de La Caldera. Algunas de las personas, por falta de este servicio, han perdido el trabajo.

Es por eso que me sumo a esta opción y disiento con el Senador por Metán. Es verdad, este problema data de largo tiempo, el Gobierno de la Provincia puso toda su facultad como para dar una solución en distintos períodos, pero al no lograr esa solución se vio obligado a trabajar en un nuevo sistema y a través de la transformación de la provincia de Salta nuestro Gobernador puso énfasis en dar solución al transporte. Es la única manera de dar una solución a los distintos sectores de la sociedad y a las distintas líneas de colectivos, porque algunas son más rentables que otras. Al existir una sociedad que involucre todo el sistema de transporte masivo, va a ser una solución para todos los sectores. Adelanto mi voto positivo al presente proyecto de ley.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Liverato.- Señor Presidente, señores senadores: si nos centramos en el punto de vista de los usuarios y de la población en general, se prevé el mejoramiento del servicio por la incorporación de nuevas unidades, mejoras de las condiciones de los vehículos afectados al servicio, tales como su climatización, frío-calor, su adaptación a las condiciones de la infraestructura por la que deben circular, incorporación de un sistema electrónico y automático de cobro de pasajes que otorgará una mayor seguridad en la conducción de los vehículos, el aumento exponencial del régimen de frecuencias y el abaratamiento del servicio por la posibilidad de combinación de trazas abonando un solo pago, la disminución del tiempo de traslado por la utilización de trazas troncales por unidad de red, el aumento de las zonas servidas así como la capacitación y el control de los conductores en relación con el modo de manejo de las unidades de transporte en la vía pública y la exigencia del trato servicial al usuario.

El sistema proyectado tiene previsto adecuar la oferta de transporte a las necesidades planteadas por la demanda, aumentando el confort y garantizando la posibilidad de viajar sentado durante el traslado, lo que a su vez incentivará la utilización del transporte público por parte de la población, que por la actual ausencia de tal confort utiliza generalmente el automóvil particular, con la consecuente afectación y saturación del medio urbano.

Se mantendrán los actuales puestos de trabajo y la aplicación efectiva de los convenios colectivos de los trabajadores del sector y la posibilidad de creación de nuevos empleos en un mediano plazo, con la consecuente eliminación de la conflictividad social que el sector provoca y que deriva en la periódica ausencia de prestación del servicio.

Desde la visión del Estado Provincial y Municipal también se estima positivo el sistema proyectado porque asegurará el cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones laborales, previsionales, impositivas y sindicales, por parte de la nueva empresa de transporte. Esto redundará en un mayor estado de seguridad del sistema, ya que se fiscalizará el pago puntual de los seguros en concepto de responsabilidad civil y de riesgo de trabajo, los salarios, los aguinaldos, los pagos de la seguridad social y los aportes para las obras sociales y los sindicatos, quedando así asegurada la cobertura de prestación de asistencia social y sanitaria, disminuyéndose el riesgo de la población y también el grado de conflictividad entre todos los actores asociados al funcionamiento de la empresa.

La puesta en funcionamiento del servicio público eficiente y previsible, contribuirá también a mejorar la imagen turística de la Provincia, especialmente frente al visitante extranjero, acostumbrado en sus lugares de procedencia a la utilización masiva del transporte público, lo que representa una demanda creciente de un segmento importante de los visitantes.

También merece expresar algunos aspectos del análisis desde la óptica de la nueva empresa, señalándose que la administración unificada permitirá que se aproveche de manera eficiente las economías de escala y una optimización en el uso de recursos, brindando más y mejores servicios. Ello se traducirá en un importante ahorro en los costos operacionales de mantenimiento, combustible, repuestos, entre otros, al incorporar un parque que será casi en su totalidad nuevo y homogéneo, así como por la unificación operativa de las cabeceras de los nuevos centros de transferencia.

            La evaluación que se propone es relevante a la luz de la importancia que reviste considerar la rentabilidad social del capital y no solamente la privada, aún más siendo una inversión que va a ser realizada por el Estado Provincial y que tiene como objetivo la prestación de un servicio público abarcativo de la zona de mayor concentración poblacional de la Provincia, que actualmente presenta características de ineficiencia crónica y carencia de prestaciones que puedan satisfacer los niveles de demanda que exige el público usuario.

            Por las razones expuestas y en la convicción de que se va solucionar realmente el problema de la gente, solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente: solicito cuarto intermedio.

Sr. Presidente (Lapad).- Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 20:35’.

– A la hora 20:38’:

Sr. Presidente (Lapad).- Se reanuda la sesión.

            En consideración en particular.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 1º.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 2º.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 3º.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 4º.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 5º.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 6º.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 7º.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: tengo una gran duda, creo que habría que eliminar el párrafo donde habla de las facultades, estamos hablando del presupuesto de la Autoridad Metropolitana del Transporte, dice cómo debe estar integrado, cómo se integrarán los recursos para esta Autoridad Metropolitana del Transporte. Dice: “Una Tasa de Fiscalización y Control del Transporte Regular, que se establezca sobre la tarifa media aplicada para el servicio urbano en la ciudad de Salta y que no podrá ser superior a los mil seiscientos litros de gasoil anuales por vehículo de transporte masivo, o la cifra que el Poder Ejecutivo fije en su reemplazo”. Sinceramente no entiendo, si por un lado estamos facultando a la Autoridad Metropolitana del Transporte a fijar esta tasa de fiscalización por un monto de mil seiscientos litros y por otro ochenta litros para todos los servicios impropios o que no son de la Sociedad Anónima y dice -no sé por qué ponemos los montos- “o la cifra que el Poder Ejecutivo fije en su reemplazo”. Sinceramente no entiendo, señor Presidente, si la Sociedad Anónima está conformada, creo que no tiene ninguna injerencia el Poder Ejecutivo para fijar esta tasa de fiscalización, porque evidentemente la Sociedad se debe manejar de acuerdo al estatuto de esta Sociedad.

            Por eso creo que se debe suprimir “o la cifra que el Poder Ejecutivo fije en su reemplazo”, en los dos párrafos que está establecido en el artículo 7º. Esa es mi moción.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente: creo que hay una diferencia de interpretación en este tema. La preocupación del Senador preopinante no debe ser tal, sino que está previsto en el punto 1) del artículo 7º, porque se habla de una tasa de fiscalización con un monto que no puede ser superior a los mil seiscientos litros de gasoil y cuando dice “o la cifra que el Poder Ejecutivo fije en su reemplazo” quiere decir que a ese tope se podrá establecer una suma menor, pero lo más importante de esto es que no hay que confundir la Autoridad Metropolitana del Transporte, que va a ser un ente autárquico, con la Sociedad Anónima. Creo que esa confusión debe ser aclarada. La Sociedad Anónima es una figura y la Autoridad Metropolitana del Transporte es una entidad autárquica que va a ser la que va a regular el tema en general. Por eso también tiene que tener un presupuesto y se está fijando cómo se va a sostener esa entidad.

            Creo que con eso quedaría subsanada la duda, por lo tanto voy a pedir la aprobación de este artículo como viene redactado.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: pienso que esto lo podemos subsanar, si se da lugar a doble interpretación, quedando bien establecido y se registre en la versión taquigráfica que los valores que se pueden reemplazar siempre es hasta los mil seiscientos litros de combustible, que es lo que está diciendo, pero si tenemos alguna duda, ratificamos qué es lo que se está queriendo decir en este proyecto, aunque el Poder Ejecutivo fije otro valor, o sea en pesos, no podrá ser superior a los mil seiscientos litros de combustible.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el artículo 7º. Se va a votar.

– Votan por la negativa tres señores Senadores.

– Votan por la afirmativa diez señores Senadores.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 8º.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario  (Catalano).- “Artículo 9º.- La Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA) estará dirigida por un Directorio de cinco (5) miembros, quienes serán designados y podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo, uno de los cuales será designado en carácter de Presidente. Uno de los directores representará al municipio Capital y será designado a propuesta del señor Intendente de la ciudad de Salta. Otro de los directores representará a la entidad gremial con mayor representación del sector y será designado a propuesta de ésta.

El Directorio formará quórum con la presencia de tres (3) de sus miembros y sus decisiones serán adoptadas por mayoría simple. El Presidente, quien ejercerá la representación de la Sociedad, tendrá doble voto en caso de empate.

Los honorarios de los Directores estarán a cargo de la Sociedad.

Los miembros del Directorio no podrán ser propietarios ni tener interés alguno, directo ni indirecto, en empresas reconocidas como actores privados del transporte automotor de personas en la provincia de Salta; a excepción de la representación correspondiente a los accionistas privados que estatutariamente podrá ser contemplada.

El personal de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA) estará vinculado laboralmente a ésta por la Ley de Contrato de Trabajo, y no sujeto por tanto al régimen administrativo de la función y el empleo público, conservando la agremiación correspondiente al sector del autotransporte de pasajeros. Asimismo, la Sociedad podrá contratar a personas para la realización de actividades y trabajos determinados bajo el régimen civil de la locación de servicios o de la locación de obra”.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: en honor a la brevedad, reiteramos nuestra diferencia con el marco legal propuesto, toda vez que hubiese sido de nuestro agrado que en este artículo, si la Ley de Sociedades no lo impidiera, si no estuviera, a nuestro modesto entender, en colisión con esa norma, que se incorporara también en el Directorio un representante de las organizaciones de usuarios, pero reiteramos, entendemos que la sociedad es una persona jurídica distinta del Estado y aún cuando la mayoría accionaria pertenezca al Estado Provincial, razón por la cual esto estaría impidiendo que el propio Estado designe quienes van a ser los directores, tal vez personas ajenas a dicha sociedad.

En virtud de ello, como no alcanzamos a comprender el espíritu de esta norma, más allá de que pueda tener o no buena intención o que en definitiva técnicamente no está conforme y acorde a lo que se establece en el ordenamiento legal nacional, consideramos que es inviable el artículo propuesto y por esa razón vamos a votar por la negativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: la misma preocupación del Senador por el departamento General Güemes, permítame darle lectura al artículo 255 de la Ley 19.550, que habla del directorio, composición y elección. Dice: “La administración está a cargo de un directorio compuesto de uno o más directores designados por la asamblea de accionistas o el consejo de vigilancia en su caso”. Este artículo 9º obviamente que no se rige por esta Ley Nacional que es la 19.550 porque es el Poder Ejecutivo quien irá designando a los integrantes de este Directorio.

Por otro lado, como acá habla de que este Directorio estará integrado por los accionistas de esta Sociedad Anónima, el artículo 9º dice “Otro de los directores representará a la entidad gremial con mayor representación del sector y será designado a propuesta de ésta”. No sé cuáles son las acciones que el gremio va a poner en esta Sociedad, porque evidentemente la ley dice que son los accionistas de esta Sociedad quienes van a designar a los integrantes de este Directorio, más allá que el Poder Ejecutivo se arrogue la facultad de designar al Directorio.

Por lo tanto voy a votar en contra, si es que no se hacen las modificaciones que estamos planteando, porque entendemos que se está legislando en contra de una norma nacional como es la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente: nuevamente en este caso la interpretación que nosotros efectuamos de este artículo no viola ninguna norma nacional, por el contrario, estamos cayendo en el problema de que leemos el artículo en forma independiente y no en su conjunto. Digo esto porque el artículo 9º, a mi entender, debe leerse en forma relacionada con el artículo 12 de esta misma norma que hemos aprobado en general. Cuando el artículo 9º está indicando cuáles van a ser las pautas y las condiciones en que se van a elegir los directores y a quiénes van a representar, debemos leerlo, como les digo, con lo que está establecido en el artículo 12 que dice: “Encomiéndase al Ministerio de la Producción y el Empleo a redactar el estatuto, el que deberá obedecer las pautas establecidas por la presente norma”. Es decir, el artículo 9º lo que está haciendo es dando las pautas de cómo se van a elegir los directores, a quiénes van a representar y todo eso deberá estar contenido en el estatuto, pero no está en contra de lo que dice la Ley de Sociedades, porque la Ley de Sociedades dice efectivamente que los directores van a ser designados por la asamblea de accionistas y justamente eso va a tener que estar previsto en el estatuto.

            Por otro lado, se cuestiona que pueden haber sectores no accionistas y justamente hay que leer el artículo 255 y también el artículo 256, en la última parte de su primer párrafo dice: “No es obligatoria la calidad de accionistas”, cuando habla de las condiciones del Directorio. Es decir que se puede perfectamente designar a alguien que no es accionista, siempre y cuando la asamblea de accionistas indique quién lo va a representar. Esta asamblea de accionistas, como está conformada esta ley, va a estar representada por el Poder Ejecutivo Provincial y por el Poder Ejecutivo Municipal, porque uno va a tener el 90% de las acciones y el otro el 10% de las acciones.

Por último, en relación a la preocupación sobre la representación de los usuarios en este Directorio de la Sociedad Anónima, voy a permitirme disentir con el Senador del departamento General Güemes en el sentido que creo firmemente deben estar representados los usuarios, pero no me parece que en el Directorio de la Sociedad, los usuarios deben estar representados en la entidad que va a regir esto, o sea precisamente tienen que estar representados en la Autoridad Metropolitana, que es la que va a tener a su cargo el control del funcionamiento, la reglamentación, el seguimiento y las sanciones de este sistema. Es ahí donde el usuario tiene que estar representado porque, reitero, el espíritu de esta norma, el espíritu de esta reforma o implementación del sistema de transporte tiende precisamente y tiene como objetivo satisfacer las necesidades de los usuarios. Coincido con el Senador en que la representación tiene que estar, pero no en la Sociedad, sino en la Autoridad Metropolitana del Transporte.

            Por estas razones, voy a pedir que el artículo se vote como fue sancionado en la Cámara de Diputados.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el artículo 9º. Se va a votar.

– Votan por la negativa cuatro señores Senadores.

– Votan por la afirmativa once señores Senadores.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario  (Catalano).- “Artículo 10.- La Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA) contará con un Órgano de Fiscalización integrado por tres (3) miembros quienes serán designados y podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo. Su retribución única y total será determinada por el Poder Ejecutivo”.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Gracias, señor Presidente. Indudablemente que son distintos los puntos de vista que tenemos con relación a cuál es el papel que desempeñan los usuarios o que pueden desempeñar los usuarios en materia de participación en esto que sería el control y la eficiencia, tanto de la autoridad que se crea como de la sociedad que también se crea por esta ley.

En el artículo 10 se incorporaría como Órgano de Fiscalización a tres personas designadas por el Poder Ejecutivo. Si bien es cierto en este marco y en consonancia con lo que expresamos con relación al artículo 9º sobre la posibilidad de designación de Directores por parte del Poder Ejecutivo, nos parece absolutamente necesario que aún cuando ya se ha votado el artículo 9º, en donde no están incorporados allí los usuarios, sí debieran estar, de modo indelegable en el artículo 10 para ejercer la fiscalización justamente del funcionamiento de la empresa, no sólo los usuarios, sino también un representante de los gremios, tal como está establecido en el primer apartado del artículo 9º para la conformación del Directorio, porque si el espíritu es entender que por vía de interpretación del ordenamiento legal nacional se habilita la posibilidad de la designación de personas ajenas a la conformación que se dé en definitiva a la estructura de la sociedad, nada quita, o en todo caso se hace necesario que estén representados los usuarios.

¿Por qué deben estar representados los usuarios? Porque casualmente estamos discutiendo una norma que tiene por finalidad resolver el problema de ellos y resulta que en la ley que estamos discutiendo para resolver el problema del usuario, en ese marco legal simplemente van a tener participación en la autoridad de control del transporte y no así en la conformación de esta Sociedad, que es la que en definitiva va a realizar la prestación del servicio. Peor aún, señor Presidente, si venimos insistiendo en la necesidad de mejorar los mecanismos de control, nos parece desacertado justamente que el Poder Ejecutivo designe quiénes van a dirigir y también designe quiénes van a controlar. Tendría que estar establecido, al menos, que el control lo ejerza un representante -reiteramos- de los gremios y un representante de los usuarios. Esto transparentaría, sin ninguna duda, el funcionamiento total, para que no exista alguna voz discordante poniendo en dudas cómo va a funcionar esta Sociedad, si los que en definitiva van a estar encargados de conducirla y de ejercer el control, todos han sido designados por el mismo Poder.

            Por esta razón, señor Presidente, si no hay intención de modificar este artículo, en tal caso vamos a disentir votando en contra del mismo, tal como viene propuesto.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: en principio el artículo 10 no excluye que los integrantes puedan ser usuarios o gremialistas, dice que van a ser nombrados o removidos por el Poder Ejecutivo. En su momento el Poder Ejecutivo dirá cuáles son las condiciones de las personas que nombrará. También se habla del órgano de fiscalización de la Sociedad. Siendo esta Sociedad integrada por capital del Estado, hay todo un mecanismo de control vigente, inclusive el propio artículo 15 dice que se van a involucrar directamente los legisladores en todo el proceso cuando esté funcionando el sistema.

            Esta es la razón por la que vamos a reafirmar el artículo 10 como viene de la Cámara de Diputados.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el artículo 10. Se va a votar.

– Votan por la afirmativa diez señores Senadores.

– Votan por la negativa cinco señores Senadores.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 11.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario  (Catalano).- “Art. 12.- Encomiéndase al Ministerio de la Producción y el Empleo a redactar el Estatuto de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA), el que deberá obedecer las pautas establecidas por la presente norma y los lineamientos generales de la política provincial en materia de transporte urbano masivo de pasajeros, así como su inscripción en el Registro de Sociedades que corresponda.

            Encomiéndase al Directorio de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA) la confección del presupuesto anual operativo de la Sociedad, el cual conformará el capital social inicial y será aportado por la provincia de Salta, conjuntamente con los predios  que los órganos públicos le cedieren en función de lo establecido por el artículo 11, inciso 4), de la presente norma.

            Para la realización de ambas encomiendas, establécese un plazo de treinta (30) días, el cual podrá ser prorrogado por una única vez ante la eventual concurrencia de circunstancias ajenas a la posibilidad de decisión y acción de dicho cuerpo, las cuales deberán ser expresamente fundadas.

            En los servicios que sean prestados por la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA), la misma asumirá la obligación con carácter de imperativo legal, de absorber la totalidad del personal (choferes, mecánicos y administrativos) que preste servicios en las Empresas que mediante concesión actualmente cubren el área de los municipios mencionados en el artículo 1º. El referido personal, será absorbido con el total de antigüedad que registre de las sucesivas absorciones registradas hasta la fecha por distintos reordenamientos operados dentro del transporte automotor de pasajeros, consignando además, que la relación laboral se regirá por el Convenio Colectivo vigente, actual Convenio Colectivo del Trabajo Nº 460/73 a nivel Nacional y sus Actas Complementarias o el que en el futuro resulte aplicable.

            A los efectos de la aplicación de esta norma, la nómina del personal que deberá tenerse en cuenta, será la existente al 30 de setiembre del año 2004”.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: en el segundo párrafo del artículo en discusión cuando se habla del “capital social inicial”, no sé cuál es el monto y por otro lado -no encontré en la ley- se habla de trescientos colectivos, una parte se va a incorporar de las empresas que actualmente están trabajando en el transporte y se plantea la compra de cien colectivos nuevos. Esto, sinceramente, no lo encuentro en la ley, más allá que plantea el tema del capital social inicial. Esa es la duda que tengo, no sé si el miembro informante me podrá sacar esta duda relacionada al artículo 12, sobre lo que acabo de mencionar.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: la constitución de la sociedad no va a significar afectar fondos del Presupuesto de la Provincia, sino que al tener la concesión de manera monopólica del servicio masivo implica una llave que se traduce en un activo de una sociedad, esa llave permite ser valuada por las entidades financieras y en base a los análisis y aplicación del coeficiente de riesgo que ellos hacen se obtendrán los recursos que después se podrán traducir en colectivos o bienes que se consideren necesarios para que funcione el sistema. De esta manera, intercambiando el activo, que significa esta llave, por los bienes que va a necesitar la sociedad, se va obteniendo la transformación del capital, que significan los millones de boletos que se venden diaria o mensualmente, en un activo que después se va a transformar en lo que la sociedad necesita para su funcionamiento.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: para reiterar nuestra idea de que se incorpore en el artículo 12, justamente en el segundo apartado, la posibilidad de control por parte de la Legislatura, o sea que 2el presupuesto anual operativo de la sociedad, el cual conformará el capital social inicial y será aportado por la provincia de Salta mediante autorización de la Legislatura”. Esto en consonancia con lo que hacía referencia el Senador por Metán y la explicación que daba el Senador por General San Martín, en cuanto a cuál es el capital que se prevé, en definitiva cuál va a ser el capital, no solamente el inicial sino la globalidad. Entendemos que no podríamos delegar en el Poder Ejecutivo esa posibilidad en el marco de afectar, de algún modo, el Presupuesto de la Provincia.

En virtud de ello sugerimos ese añadido, para que la Legislatura no pierda la potestad de controlar la disposición final de los fondos que ingresan a la arcas de la Provincia.

            En el tercer apartado, hacer el agregado, cuando hace referencia al personal que va a trabajar allí, señalando que dicha absorción será extensiva al personal que contrataren las empresas que a su vez presten servicios para la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA). Simplemente esto para evitar que el personal pudiera ser contratado y de algún modo quedara desamparado si SAETA contrata los servicios por concesión y no quedan englobados en el marco establecido justamente por esta misma norma que se está analizando.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: cualquier tipo de erogación que debiera hacer la Provincia, seguramente va a tener que ser tenida en cuenta para el tratamiento en esta Legislatura.

            El sistema del aporte del 25% de la Ley 19.550 permite el depósito de dinero efectivo en la cuenta y luego, el mismo día, la disponibilidad de ese dinero, es decir que prácticamente no significa ningún tipo de modificación de la estructura presupuestaria ni el uso de dinero por parte del Estado Provincial.

            Luego, en lo que se refiere al personal, entiendo que con esta redacción está bastante claro cuál es la posición, respecto a que será absorbido con el total de antigüedad que registre en las sucesivas asociaciones registradas hasta la fecha por distintos reordenamientos operados dentro del transporte automotor de pasajeros, consignando además que en la relación laboral se regirá por el Convenio Colectivo vigente, actual Convenio Colectivo de Trabajo a nivel nacional y sus Actas Complementarias o el que en el futuro resulte aplicable.

            La Ley de Contrato de Trabajo establece ya la legislación de fondo, así que no nos parece que sea necesario incluir, por eso insistimos en la aprobación como vino el artículo de la Cámara de Diputados.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el artículo 12. Se va a votar.

– Votan por la negativa cinco señores Senadores.

– Votan por la afirmativa nueve señores Senadores.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- “Art. 13.- El Poder Ejecutivo establecerá anualmente el presupuesto operativo de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA), para el caso de requerir asistencia económica adicional a su operatoria comercial, quedando habilitado a modificar la denominación de la sociedad, en caso de resultar ello necesario para hacer efectiva la anotación de la misma en el Registro Público de Comercio.”

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Gracias, señor Presidente. Nosotros consideramos que este artículo deviene innecesario, toda vez que en el artículo que analizábamos precedentemente se establece, y así va a ser porque el estatuto seguramente lo va a prever, que el Directorio de la Sociedad es el encargado de confeccionar el presupuesto anual operativo. Acá se insiste en lo mismo y se hace referencia a que esta facultad la va a tener el Poder Ejecutivo. En todo caso, consideramos que deviniendo innecesario este artículo, por ese marco no debería estar en el plexo que estamos analizando. Razón por la cual no lo compartimos.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente: pareciera, de la primera parte del artículo, que pudiera haber una contradicción, pero voy a insistir que no es tal. El artículo 13 cuando habla que el Poder Ejecutivo establecerá anualmente el presupuesto operativo, dice a continuación: “para el caso de requerir asistencia económica adicional a su operatoria comercial…”, es decir que si por alguna razón de necesidad del servicio, éste no resultara o resultara deficitario en algún sentido o en alguna parte y el Estado tuviera que cubrir ese déficit, ello debe estar previsto en el presupuesto anual. Eso es lo que está queriendo decir la norma, con lo cual no se contradice con el artículo 12 que habla de otro presupuesto, que no es éste.

            Por tal motivo, si esa aclaración es suficiente para el Cuerpo en conjunto, solicito que se apruebe como vino de Diputados.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: en todo caso, podríamos leerlo al revés, para que se interprete mejor. Para el caso de requerir asistencia económica adicional a su operatoria comercial, el Poder Ejecutivo establecerá anualmente en el presupuesto. Esto es a lo que se está refiriendo concretamente el artículo, no sobre el resto de la temática que hemos estado tratando, sino en el caso de requerir una partida adicional para esto.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Simplemente esta era la última observación que formulamos a todo el contexto del proyecto de ley, pero para que no quede como que a lo mejor nuestra observación parte de una errónea interpretación, en todo caso entendemos que el texto en sí, tal como está, adolece de una clara técnica legislativa que precise el alcance buscado cuando se redactó el mismo.

            El artículo que estamos analizando, aún cuando luego hace el agregado “para el caso de requerir asistencia”, dice claramente “El Poder Ejecutivo establecerá anualmente el presupuesto operativo de la sociedad”. Entonces acá, creo que con acertado criterio el Senador por Orán hace la lectura inversa, tendría que haberse utilizado una técnica que no dé lugar a dudas ni permita esta colisión, si no se quiere entender que es real, por lo menos aparente, entre esta norma y la del artículo anterior.

            Este hecho en sí mismo no nos habilita a acompañar la aprobación del texto tal cual viene, porque entiendo y reitero, adolece de una falla en materia de claridad que debería contener, tratándose, aparte, de una cuestión tan esencial a todo el texto de la norma.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el artículo 13. Se va a votar.

– Votan por la negativa cuatro señores Senadores.

– Votan por la afirmativa diez señores Senadores.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 14.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Artículo 15.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración, se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

El artículo 16 es de forma.

Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

11

OBRAS DE MANTENIMIENTO EN LA RUTA PROVINCIAL Nº 52

Expte. Nº 90-15.923/04

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, establezca prioridad en las obras de mantenimiento, enripiado y conservación de la Ruta Provincial Nº 52, que une la localidad de Rivadavia Banda Sur del departamento Rivadavia con Las Lajitas en el departamento Anta, previsto en el Presupuesto 2004.

Mashur Lapad

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Día Nº 22/04, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

            Por Secretaría se dará lectura.

12

DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE MATRICULA Nº 106.131

Expte. Nº 90-15.801/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley del Ente Regulador de los Servicios Públicos, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de 516,07 m2 del inmueble Matrícula Nº 106.131 del departamento Capital, con destino al emplazamiento y rehabilitación del pozo SITTA para optimizar el abastecimiento de agua potable a los barrios Siglo XXI y San Benito; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja la aprobación de la siguiente forma:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, la fracción de terreno de 516,07 m2 del inmueble identificado con la Matrícula Nº 106.131, según Plano de Mensura y Desmembramiento para Expropiación, Servidumbre de Paso y Acueducto Nº 12.354, del departamento Capital.

Art. 2º.- La fracción del inmueble expropiado, será destinada al emplazamiento y rehabilitación del pozo SITTA para optimizar el abastecimiento de agua potable a los barrios Siglo XXI y San Benito de la ciudad de Salta.

Art. 3º.- La Dirección General de Inmuebles, efectuará la mensura y desmembramiento de la fracción del inmueble detallado en el artículo 1º, estableciendo las servidumbres de paso y acueductos necesarios, de acuerdo a los planos aprobados Nros. 12.354 y 12.355.

Art. 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2004.

Raúl Bartolomé García – Abdo Omar Esper – Alfredo Jorge – José Luis Valle – Jesús Avila – Luis Guillermo López Mirau

Miembro Informante: Senador Abdo Omar Esper

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor miembro informante.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores senadores: el presente proyecto de ley remitido por el Ente Regulador de los Servicios Públicos tiene por objeto expropiar una fracción de 516,07 m2 del inmueble identificado con la Matrícula 106.131 del departamento Capital, como así también la construcción de las servidumbres de paso y acueductos necesarios destinados al emplazamiento del pozo denominado SITTA, el cual permitirá agilizar el abastecimiento de agua potable de los Barrios Siglo XXI y San Benito de la zona sur de la ciudad de Salta.

Cabe mencionar brevemente que, de acuerdo a los informes técnicos adjuntados al presente expediente, la afectación de los terrenos y el modo en que se propone su regularización se encuentra definido en detalle, por un lado, en el Plano 12.354 de Mensura y Desmembramiento para Expropiación y Servidumbre de Paso y Acueducto que cubre el terreno en donde se encuentra el pozo SITTA, que se prevé rehabilitar.

Por otro lado, el Plano 12.354 de Mensura y Servidumbre de Paso y Acueducto contempla el terreno necesario para cubrir la traza de cañería de impulsión existente y la circulación necesaria a los fines de la operación y mantenimiento del sistema.

También es oportuno señalar que el Ente Regulador de los Servicios Públicos ha tenido la intervención que le compete, dando aprobación técnica al presente proyecto.

En definitiva, teniendo en cuenta que el denominado pozo SITTA se trata de una obra ya existente, que se prevé rehabilitar, la adquisición del terreno constituye un proceso de perfeccionamiento de título y en virtud de la urgente necesidad de la habilitación del pozo para la prestación del vital servicio de agua de los Barrios Siglo XXI y San Benito, pongo a consideración del Cuerpo el presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen en general. Se va a votar.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración en particular. Se va a votar.

Sr. Presidente (Lapad).- Sancionado. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

13

XLV PLENARIO DE LA COODINADORA DE CAJAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL PARA PROFESIONALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Expte. Nº 90-15.879/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de resolución del señor Senador Luis Guillermo López Mirau, declarando de interés de la Cámara de Senadores el “XLV Plenario de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina”, a llevarse a cabo los días 11 y 12 de noviembre del corriente año en la ciudad de Salta; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de la Cámara de Senadores el “XLV Plenario de la Coordinadora de Cajas de Previsión Social para Profesionales de la República Argentina”, organizado por la Coordinadora Nacional y las Cajas de Previsión Social para Profesionales de Salta, a llevarse a cabo los días 11 y 12 de noviembre del corriente año en la ciudad de Salta.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2004.

Raúl B. García – Abdo Omar Esper – Alfredo Jorge – José Luis Valle – Jesús Avila – Luis Guillermo López Mirau

Miembro Informante: Senador Luis Guillermo López Mirau.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el miembro informante.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente: muy brevemente, simplemente para hacer conocer a mis pares que el Encuentro que se va a realizar en la ciudad de Salta, en el mes de noviembre, es de verdadero interés para todos los profesionales y aquéllos que de alguna manera dependen en su futuro del funcionamiento y de las perspectivas que tengan las respectivas Cajas de Previsión para Profesionales de Salta. Tiene por objeto discutir, con los representantes de las otras provincias, la temática común a todos ellos y que seguramente va a redundar en el intercambio de experiencia que va a ser en beneficio de todos los profesionales de nuestra Provincia y, por qué no decirlo, de nuestro País.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

14

REINSERCIÓN LABORAL DE BENEFICIARIOS DEL PLAN JEFAS Y JEFES DE HOGAR

Expte. Nº 90-15.887/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de declaración de los señores Senadores Sergio Zenteno, Omar Quipildor, Carlos González, Alfredo Jorge, Cosme Sarapura, Miguel Ángel Vilaseca, José Mattos, María Teresita Díaz y Luis Guillermo López Mirau, viendo con agrado que el Consejo Consultivo Provincial y los Legisladores Nacionales que representan a nuestra Provincia, realicen las gestiones necesarias para que el Poder Ejecutivo Nacional intensifique las acciones tendientes a lograr la reinserción laboral definitiva de las personas beneficiarias de los planes sociales “Jefas y Jefes de Hogar”; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2004.

Abdo Omar Esper – Raúl García – Alfredo Jorge – Jesús Avila – José Luis Valle – Luis Guillermo López Mirau

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente, señores senadores: estamos buscando con este proyecto que la tarea del Poder Ejecutivo Nacional sea más concreta en el objetivo de conseguir la reinserción laboral de la gente. ¿Por qué planteamos esto? Porque vemos que los programas que se están aplicando, los programas sociales, por ejemplo Plan Jefas y Jefes de Hogar, de alguna manera van desalentando a esos beneficiarios a salir en búsqueda de otra fuente de trabajo. ¿Por qué desalientan a buscar otra fuente de trabajo? Porque en la primera oportunidad que consiguen insertarse en otra actividad laboral que no sean los Planes Jefas y Jefes de Hogar, inmediatamente se les da de baja en estos programas sociales que están implementados en nuestro País y luego de terminada su ocupación temporaria, transitoria o precaria en la actividad laboral que consiguen insertarse, no pueden volver a retomar el beneficio de esos programas. Entonces, es más fácil para quienes no tienen un trabajo estable y que han conseguido insertarse en estos programas como beneficiarios, quedarse ahí tranquilos, evitando el riesgo de conseguir otro trabajo y después de un mes quedar absolutamente sin nada.

            Nosotros estamos plenamente convencidos de que lo que hay que hacer es justamente facilitar, orientar a que la gente que tenga el beneficio de los programas sociales siga en la búsqueda de alguna actividad laboral que le permita salir de este esquema subsidiado y logre insertarse, realmente, en la actividad laboral que permita una nueva reinserción de la gente y a la vez permita a otros reinsertarse en este tipo de programas. Si nosotros seguimos en la persecución de quienes han entrado a trabajar en una zafra o en un programa precario de trabajo e inmediatamente se los elimina de las planillas de beneficiarios de estos planes sociales que tiene el País, realmente desalienta, no hace a lo que tiene como objetivo el Estado Nacional, que es lograr una creciente inserción laboral de la gente, si no todo lo contrario, cada uno tiende a refugiarse en esos programas sociales temiendo que en cuanto encuentre un trabajo, aunque más no sea precario, por uno o dos meses, inmediatamente pierde toda posibilidad de continuar con este plan social.

            Es tarea nuestra facilitarles, a quienes se encuentran sin trabajo y están en estos planes sociales, la oportunidad, que además de estar insertos en estos programas sigan alentados por nuestro Estado Nacional a buscar otra alternativa laboral, que es la actividad privada o pública, pero sin quedar desprotegidos. Por ejemplo, la actividad vitivinícola que hace a la cosecha de la uva en un corto lapso o la actividad tabacalera, sabemos cuanto tiempo lleva eso, dos o tres meses y luego quedarse sin nada, realmente desalienta a quienes están hoy contenidos en estos programas sociales.

            Concretamente, estamos pidiendo a quienes están conformando el Consejo Consultivo Provincial y a nuestros Legisladores Nacionales, que se ayude a que la gente tienda a buscar otra salida laboral sin perder la posibilidad de que si no consigue que eso sea en forma regular o continua, pueda volver a reinsertarse en estos programas sociales.

Sr. Presidente (Lapad).- En  consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

15

CONSTRUCCIÓN DE DEFENSAS A LO LARGO DEL RÍO CALCHAQUÍ

Expte. Nº 90-15.835/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos correspondientes, realice el estudio y posterior trabajo para la construcción de catorce defensas a lo largo del cauce del río Calchaquí desde El Cajón hasta Pueblo Viejo en el departamento La Poma; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, la construcción de las defensas que sean necesarias en el río Calchaquí, desde El Cajón hasta Pueblo Viejo, en el departamento La Poma.

Sala de la Comisión, 7 de octubre de 2004.

Omar Gerardo Quipildor – Telmo Salva – Carlos González – Jorge Contino

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

16

CONSTRUCCIÓN DE LA ESCUELA Nº 4.698 DE CERRO NEGRO

Expte. Nº 90-15.837/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Temo Salva, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos competentes, disponga la continuación de la construcción de la Escuela de Cerro negro, departamento La Poma; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005 las partidas necesarias para dar continuidad a la construcción del edificio de la Escuela Nº 4.698 de Cerro Negro, en el departamento La Poma.

Sala de la Comisión, 7 de octubre de 2004.

Omar Gerardo Quipildor – Telmo Salva – Carlos González – Jorge Contino

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

17

SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE COMUNICACIÓN EN EL DEPARTAMENTO

LA POMA

Expte. Nº 90-15.839/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre los mecanismos correspondientes para que la empresa Telecom solucione el problema de comunicación de la cabina pública de la Municipalidad de La Poma que afecta permanentemente al Departamento; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que la empresa Telecom S.A., prestataria del servicio de telefonía pública en la Provincia, arbitre los mecanismos correspondientes para solucionar el problema de comunicación que afecta al departamento La Poma, debido a que en la actualidad el servicio se interrumpe en forma permanente.

Sala de la Comisión, 7 de octubre de 2004.

Omar Gerardo Quipildor – Telmo Salva – Carlos González – Jorge Contino

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

18

CONSTRUCCIÓN DE UN PLAYÓN POLIDEPORTIVO EN LA UNION Y UN COMEDOR INFANTIL EN LA MEDIA LUNA

Expte. Nº 90-15.848/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incluya en el Presupuesto 2005 la construcción de un playón polideportivo en La Unión y la construcción de un comedor infantil en La Media Luna, ambas localidades correspondientes al municipio de Rivadavia Banda Sur del departamento Rivadavia; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incluya en el Presupuesto General de la Provincia año 2005, la construcción de un playón polideportivo en La Unión y de un comedor infantil en La Media Luna, ambas localidades correspondientes al municipio de Rivadavia Banda Sur del departamento Rivadavia.

Sala de la Comisión, 7 de octubre de 2004.

Omar Gerardo Quipildor – Telmo Salva – Carlos González – Jorge Contino

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

19

CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN MISIÓN SAN LUIS

Expte. Nº 90-15.849/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incorpore en el Presupuesto General de la Provincia, año 2005, los valores necesarios para la construcción de viviendas familiares en la localidad de Misión San Luis, del municipio de Santa Victoria Este en el departamento Rivadavia; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incorpore en el Presupuesto General de la Provincia, año 2005, las partidas necesarias para la construcción de viviendas familiares en las localidades de Misión San Luis y El Saucelito, del municipio de Santa Victoria Este en el departamento Rivadavia.

Sala de Comisiones, 7 de octubre de 2004.

Omar Gerardo Quipildor – Telmo Salva – Carlos González – Jorge Fernando Contino

Sr. Presidente (Lapad).- En  consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes

20

CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO PARA LA UNIDAD EDUCATIVA Nº 4.183 DE SAN ANTONIO DE LOS COBRES

Expte. Nº 90-15.857/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Cosme Damián Sarapura, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo incluya en el Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, la construcción de un nuevo edificio para la Unidad Educativa Nº 4.183 “Victorino Sosa” de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

 Sala de Comisiones, 7 de octubre de 2004.

Omar Gerardo Quipildor – Telmo Salva – Carlos González – Jorge Fernando Contino

Sr. Presidente (Lapad).- En  consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes

21

AMPLIACIÓN DEL PUESTO SANITARIO DE RIO CORTADERA

Expte. Nº 90-15.860/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Enrique Tacacho, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos específicos, realice los estudios y trabajos necesarios para la ampliación de un puesto sanitario de la localidad de Río Cortadera, departamento Iruya; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incluya en el Presupuesto General de la Provincia, año 2005, la ampliación del edificio perteneciente al puesto sanitario de la localidad de Río Cortadera, departamento Iruya.

Sala de Comisiones, 7 de octubre de 2004.

Omar Gerardo Quipildor – Telmo Salva – Carlos González – Jorge Fernando Contino – Sergio Ramón Zenteno

Sr. Presidente (Lapad).- En  consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes

22

RECATEGORIZACIÓN DE LA UNIDAD EDUCATIVA Nº 5.025 DEL DPTO. LOS ANDES

Expte. Nº 90-15.832/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Educación y Cultura, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Cosme Damián Sarapura, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, proceda a la recategorización del Colegio Secundario Nº 5.025 “Sagrado Corazón de Jesús”, de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes, actualmente de 3ª Categoría; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, disponga la recategorización de la Unidad Educativa dependiente de la Dirección General de Educación Polimodal Nº 5.025, 3ª Categoría, “Sagrado Corazón de Jesús”, de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

Sala de Comisiones, 13 de octubre de 2004.

Miguel Ángel Vilaseca – María Teresita Díaz – Jorge Fernando Contino – Sara Gabriela Guotas

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las  comunicaciones pertinentes.

23

CREACIÓN DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE CULTURAS AUTÓCTONAS Y NATIVAS

Expte. Nº 90-15.663/04

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito que se obvie la lectura del proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se obvia la lectura.

            Tiene la palabra el miembro informante.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores senadores: la finalidad de este proyecto de ley es crear un Instituto de Investigaciones de Culturas Autóctonas y Nativas de la provincia de Salta, cuya sede pretendemos esté en la ciudad de Tartagal, departamento San Martín. También prevé el funcionamiento de un Museo de Culturas Autóctonas Nativas en el ámbito de ese instituto, digamos el espacio ambiental de las diversas etnias que pueblan y poblaron ancestralmente el territorio provincial.

            En este sentido cabe señalar el hecho fundamental, es tan importante que la provincia de Salta sea una de las más habitadas por pueblos originarios del país. Cuenta con una numerosa población indígena con la característica especial de albergar históricamente a nueve etnias. Revalorizar la cultura es promover las coordenadas básicas, para que ella misma rescate y reproduzca su destino y su quehacer, reconociéndose en sí para afirmarse en la pluralidad de la democracia. De esta manera, todo proceso de reafirrmación cultural es una manera de mantener vivo el espíritu que dio origen a cada cultura.

Nosotros, a medida que pasa el tiempo y a medida que lleguemos con nuestros servicios, con nuestras ideas políticas, con la implementación de lo que pretendemos para la sociedad, vamos penetrando esa cultura y vamos empezando a dejar sin contenido el origen de la misma. Muchas veces avanzamos sobre el idioma y tantas otras cosas que hoy la humanidad considera estratégicamente importante.

En la oportunidad que tuvimos en Europa, en España, de alguna charla, que nos había sorprendido, nos mostraba la importancia que tenía el idioma como penetración en distintas sociedades del mundo y que muchas veces los españoles o los de habla hispana no le damos importancia. Esto ha significado que existan maneras de conquistar mercados y una serie de otros aspectos que no hemos tenido en cuenta. Ellos consideran que ese poder del idioma se sostiene a través de proteger los idiomas étnicos, los dialectos que conllevan y que viven en un territorio de habla castellana, y así sobre muchos otros aspectos importantísimos de la cultura, del arte de las nueve etnias indígenas que tiene nuestra Provincia.

            En el departamento General San Martín existen siete etnias con su propio tronco histórico y sería fundamental que no solamente esa revalorización de los hermanos indígenas pueda mostrarse al mundo desde ese museo, desde ese instituto. Esto va a significar una herramienta para que aquella zona de la Provincia, donde no se ha institucionalizado el turismo porque no éramos capaces de mostrar las posibilidades que teníamos en nuestra zona como algo realmente excluyente, distinto, nos permite hacerlo, a través de este instituto, con el museo.

En alguna oportunidad, en la provincia de Córdoba, había visitado un museo en Mina Clavero, donde cientos de personas lo visitaban pagando un ingreso de cinco pesos. Cuando ingresé al museo, en la primera sala, encontré artesanías indígenas de nuestra zona, de nuestra Provincia y me preguntaba por dónde pasaba nuestra inteligencia para generar turismo a partir de mostrar las artesanías de nuestros indígenas y esa cultura.

Se podría hablar largamente de la importancia que significa sostener las culturas indígenas, su idioma, sus tradiciones y también de lo que puede significar el desarrollo turístico a partir de ello, pero no quiero agobiarlos, simplemente quiero expresar que esto es un elemento más que queremos sumar para empezar a generar esa institucionalización del turismo para nuestra zona y fundamentalmente la protección de la cultura indígena originaria de toda esta región.

De allí que con la firma suya, señor Presidente, con la firma del Senador Carlos González y la mía propia, cuando nos dimos cuenta de la importancia que puede tener una identidad de estas características, es que hemos presentado este proyecto, con esa esperanza.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen en general. Se va a votar.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración en particular.

Por Secretaría se enumerarán los artículos. Se va a votar.

Sr. Presidente (Lapad).- Sancionado. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

24
ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento General Güemes, don José Luis Valle, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Santa Victoria, don Benigno Vargas, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

Cámara de Senadores

 

25

A P E N D I C E

1

Ratificación de la Resolución Nº 450

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Administración de Gastos, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nº 450 – Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

2

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Descentralización de Gastos, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 425 a 435 y 442 – Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

3

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Movimiento de Personal, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros.: 443, 444 y 448- Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

4

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Otros Servicios, autorizado mediante Resoluciones de Presidencia Nros.: 437 a 440 – Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

5

Ratificación de la Resolución Nº 441

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Transferencias, autorizado mediante Resolución de Presidencia Nº 441 – Ejercicio 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

6

Inclusión de obras para el municipio de San José de Metán en el Presupuesto

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, las siguientes obras para el municipio de San José de Metán:

1.- Construcción del edificio para el Poder Judicial – Distrito Sur.

2.- Ampliación del Hospital Nuestra Señora del Carmen.

3.- Construcción de trescientas (300) viviendas.

4.- Construcción Tercera Etapa de la Escuela EGB Nº 5003 “José Manuel Estrada”.

5.- Ampliación de la Escuela EGB Nº 4706 “Juan Carlos Dávalos”.

6.- Refacción de la Escuela EGB Nº 4082 “General Manuel Belgrano”.

7.- Refacción de la Escuela EGB Nº 4084 “Juana Manuela Gorriti”.

8.- Refacción de la Escuela EGB Nº 4439 “Guillermo Sierra”.

9.- Refacción de la Escuela EGB Nº 4641 “Juan Vucetich”.

10.- Refacción de la Escuela EGB Nº 4083 “Marcos Avellaneda”.

11.- Refacción de la Escuela EGB Nº 5110.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

7

Inclusión de obras para el municipio de El Galpón en el Presupuesto

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, las siguientes obras para el municipio de El Galpón, departamento de Metán:

1.- Construcción de cincuenta (50) viviendas.

2.- Ampliación del Centro de Salud de San José de Orquera

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

8

Construcción de viviendas en el municipio de Río Piedras

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, la construcción de cincuenta (50) viviendas en el municipio de Río Piedras, departamento Metán.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

9

Creación de la Región Metropolitana de Salta, la AMAT y la SAETA

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

TITULO I

Región Metropolitana de Salta

Artículo 1º.- Establécese, en el marco de lo dispuesto por la Ley 6.994, y respecto de los servicios de transporte por automotor de pasajeros propios e impropios de carácter urbano e interurbano, la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA, la que estará integrada por los Municipios de SALTA, SAN LORENZO, VAQUEROS, CERRILLOS, ROSARIO DE LERMA, CAMPO QUIJANO, LA MERCED y LA CALDERA, así como por aquéllos que el PODER EJECUTIVO, a instancia de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT), incorpore en el futuro.

A los efectos de las disposiciones contenidas en la presente Ley, ratifícase la delimitación de competencias establecida por Ley 6.994, conforme a lo previsto en el artículo 176 de la Constitución Provincial, dejándose en consecuencia establecido que los servicios de transporte por automotor de pasajeros propios e impropios de carácter urbano e interurbano en la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA, corresponde a la competencia provincial.

TITULO II

Autoridad Metropolitana del Transporte

Art. 2º.- Créase la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT), la que revestirá el carácter de ente autárquico, vinculándose con el Poder Ejecutivo a travésdel MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL EMPLEO de la PROVINCIA DE SALTA, y tendrá a su cargo potestades de planificación, organización, actuación, regulación, fiscalización y control, necesarias para el cumplimiento de su objetivo principal de garantizar la normalidad en la prestación del servicio público propio e impropio de transporte por automotor de personas en la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA. La AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) deberá estar constituida y en condiciones de cumplir sus funciones dentro de los cuarenta y cinco (45) días de la puesta en vigencia de la presente norma.

Art. 3º.- La AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) gozará de autarquía y tendrá plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del Derecho Público y Privado, y su patrimonio estará constituido por los bienes que la provincia de Salta y los Municipios integrantes de la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA le transfieran y por los que adquiera en el futuro a cualquier título. Tendrá su sede en la Ciudad de Salta y podrá establecer delegaciones en aquellos inmuebles que los Municipios le transfieran, preferentemente los actualmente afectados a las respectivas áreas de gestión del transporte urbano, así como en los Centros de Transferencia que seestablezca, en consenso con la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA). El Directorio de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) elaborará su propia estructura orgánica, quedando la misma sujeta a aprobación por el Poder Ejecutivo.

Art. 4º.- La AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) tendrá idénticas potestades a las establecidas en los artículos 3º, 16 y 17 de la Ley 6.835, incluida la aplicación de las normas previstas en los artículos 57 al 70 de la Ley Nacional 21.499 ya incorporados al ordenamiento público provincial por efectos de la ley antes citada. A tales fines decláranse de utilidad pública los bienes necesarios al propósito de asegurar el cumplimiento del servicio público de pasajeros de la Región Metropolitana y de garantizar los fines previstos en la Ley 6.994.

Ejercerá el poder de policía referido al servicio, incluido el necesario para evitar la agresión al medio ambiente y detentará las siguientes funciones y facultades:

  1. Dictar reglamentos a los cuales deberán ajustarse los prestadores de servicios públicos propios e impropios de transporte de pasajeros en la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA, en materia de seguridad, normas y procedimientos técnicos, operación, recorridos, tipos y cupos de servicios, formas de otorgamiento de los permisos, regímenes tarifarios aplicables, subsidios a determinadas franjas poblacionales beneficiarias de ventajas  tarifarias y formas de medición y de calidad de los servicios prestados.
  2. Hacer cumplir dichos reglamentos y el marco regulatorio integrado por la Ley  6.994, sus normas complementarias y reglamentarias y todas aquellas que las modifiquen o reemplacen en el futuro, controlando la prestación de los servicios y el cumplimiento de las obligaciones fijadas en el citado plexo normativo, los contratos de concesión, licencias y permisos.
  3. Establecer las bases para el cálculo de las tarifas aplicadas a todos los servicios de transporte, propios e impropios, de personas en la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA, asegurando que las tarifas que se apliquen a los servicios sean justas y razonables; y controlar que dichas tarifas sean aplicadas de conformidad con las correspondientes normas y contratos administrativos. Las tarifas que apliquen los prestadores deberán posibilitar una razonable tasa de rentabilidad a aquellas empresas que operen con eficiencia. Asimismo, la tasa deberá guardar relación con el grado de eficiencia y eficacia operativa de la empresa y ser similar como promedio a la de las industrias y la de otras actividades de riesgo similar o comparable, nacional o internacionalmente. Aprobar los cuadros tarifarios propuestos por la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA), previo análisis de la ecuación económico financiera, con base en el principio de la rentabilidad razonable y el adecuado repago de las inversiones realizadas. En todos los casos se recurrirá a un procedimiento de consulta pública. Los cuadros tarifarios que serán obligatorios para el transporte irregular o impropio, deberán ser establecidos en dependencia de aquellos que rijan al transporte regular masivo, con un margen inferior no menor del ciento diez por ciento (110%) de dicha tarifación.
  4. Determinar las bases y condiciones de selección para el otorgamiento de permisos y licencias de transporte, respecto de los servicios impropios y de carácter irregular, así como los cupos de esos servicios que permitan una adecuada cobertura territorial, evitando superposiciones y competencia asimétrica con los servicios prestados por la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA). Los permisos y licencias de transporte serán otorgados por los señores Intendentes de cada comuna, de conformidad con los parámetros precedentemente indicados. Los montos que pudieran percibir la AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE (AMT) en concepto de tasa de otorgamiento o habilitación de los permisos y licencias de los servicios impropios y de carácter irregular, serán transferidos a los Municipios de conformidad con el lugar de permisionamiento, luego de deducidos los gastos administrativos efectivamente producidos.
  5. Autorizar la cesión y disponer la prórroga, caducidad o reemplazo de licencias o permisos respecto de los servicios referidos en la presente Ley, cuando circunstancias de planificación del transporte o de infracción a la normativa vigente ameritaren la adopción de tales medidas, incluida la afectación al dominio público de los bienes que considere necesarios para la implementación y funcionamiento del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE LA REGIÓN METROPOLITANA, en aquellos supuestos que, haciendo efectiva la habilitación concedida en el primer párrafo de este artículo, mediante resolución fundada expresamente determine la AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE (AMT).
  6. Velar por la protección de la propiedad, el medio ambiente y la seguridad pública y vial en la operación del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE POR UNIDAD DE RED (SITUR) y de los servicios de transporte de pasajeros de carácter impropio en la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA.
  7. Promover ante los Tribunales competentes acciones civiles o penales, incluyendo medidas cautelares, para asegurar el cumplimiento de sus funciones y misiones establecidas en la presente norma.
  8. Promover la operación, confiabilidad, continuidad, regularidad, igualdad, libre acceso, no discriminación y uso generalizado de los servicios; y proteger adecuadamente los derechos de los usuarios respecto de tales elementos.
  9. Informar y asesorar a los usuarios sobre sus derechos y sobre las condiciones prestacionales de todos los servicios en la órbita de su competencia, así como otorgar la debida publicidad a las decisiones que adopte, incluyendo los antecedentes en base a los cuales fueron adoptadas las mismas. Dar a publicidad con la debida antelación, los planes y diagramaciones de servicios y los cuadros tarifarios que apruebe.
  10. Controlar que los prestadores den respuesta a las quejas de los usuarios, en debido tiempo y forma, de conformidad con la reglamentación que la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) dicte; y recibir y tramitar por sí toda denuncia o queja que respecto de las prestaciones bajo su control realizaren los usuarios, con celeridad y eficiencia.A tal efecto, contará con tecnología telefónica que garantice al usuario la gratuidad y facilidad de acceso para formular reclamos. Asimismo, deberá tener habilitadas oficinas de atención al público de fácil accesibilidad, como por ejemplo, en los nodos de transferencia del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE POR UNIDAD DE RED (SITUR). Las quejas que se formularen respecto de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA), se agruparán por índole de la materia motivo de la transgresión, y serán sustanciadas en conjunto, procurando un tratamiento uniforme y homogéneo de las mismas.
  11. Requerir de los concesionarios los documentos e información necesaria para verificar el cumplimiento de esta Ley, del marco regulatorio, su reglamentación y los respectivos contratos de concesión, permisos y licencias, realizando las inspecciones que al efecto resulten necesarias, con adecuado resguardo de la confidencialidad de información que pueda corresponder.
  12. Publicar la información y dar el asesoramiento que sea de utilidad para los prestadores, siempre que ello no perjudique injustificadamente derechos de terceros.
  13. Someter anualmente al Poder Ejecutivo un informe sobre las actividades del año y sugerencias sobre medidas a adoptar en beneficio del interés público.
  14. Controlar la identidad y titularidad de cada empresa encargada del servicio, y conceder autorizaciones previas y expresas, a los terceros, prestatadores, permisionarios, o concesionarios, para enajenar, ceder, transferir, fusionarse, celebrar acuerdos de colaboración empresaria, o cualquier otra alteración de su estatus que pueda afectar esencialmente al control del servicio.
  15. Decidir su fusión con otra u otras sociedades;
  16. La venta o cesión de acciones por parte de cualquier socio que impliquen otorgar un porcentual de participación mayor al cincuenta por ciento (50%) para un solo socio o grupo controlante;
  17. Tomar préstamos del sector público o privado que deban garantizarse con bienes de la empresa;
  18. Decidir la disolución voluntaria de la sociedad.
  19. Proyecciones de rentabilidad económica del sistema.
  20. Estudios de aplicación de regímenes tarifarios que garanticen la rentabilidad razonable y la mayor economía para el usuario, así como de los mecanismos que faciliten la implementación práctica de sistemas céleres de cobro y de subsidios a determinadas franjas poblacionales beneficiarias de ventajas tarifarias.
  21. Determinación final de los recorridos que compondrán el SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE POR UNIDAD DE RED (SITUR), sujetos a la aprobación de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) en particular, aquéllos correspondientes a las zonas de rondines y los corredores de vinculación metropolitana por fuera del ejido de la Ciudad de Salta.
  22. Determinación, sujeta a la aprobación de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT), de los predios que compongan las cabeceras, depósitos, talleres y Centros de Transferencia intramodal.
  23. Determinación, sujeta a revisión de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) de las necesidades del sistema, en cuanto a cantidad y características del parque móvil, absorción del personal de conducción en actividad y método electrónico de pago para funcionalizar la combinabilidad de servicios.
  24. Incorporación de las unidades requeridas para la prestación eficiente y eficaz del servicio público, así como aquéllas que se destinaren a servicios ocasionales o irregulares en función de las fluctuaciones de demanda o las necesidades especiales de viaje.
  25. Establecimiento del sistema idóneo de financiamiento de la inversión pública, para lo cual podrá celebrar contratos de fideicomiso con entidades bancarias públicas o privadas, y fideicomitir en consecuencia una porción de la recaudación como garantía de efectivo repago, contraer obligaciones, dar avales, y cuantos más actos fueren necesarios para su desenvolvimiento comercial y financiero.
  26. Proponer a la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) los estudios que sean necesarios realizarse para el cumplimiento de su objeto social.
  27. Sugerir, a la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT), objetivos complementarios de fiscalización y control y zonas o puestos de control para garantizar la eficacia de esa función estatal imprescindible. Dichas indicaciones y sugerencias deberán ser atendidas por la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT), o en su caso, objetadas o corregidas fundadamente.
  28. Realizar en general todas las acciones que resultaren necesarias o positivas para el cumplimiento de su objeto social, entre las que se incluye la concertación de acuerdos empresariales y/o uniones transitorias de empresas con prestadores privados para la atención conjunta de determinadas necesidades de servicio.
    1. El rescate, custodia, conservación, puesta en valor, exhibición y difusión del aspecto material de las Culturas Indígenas.
    2. Mantener vinculación permanente con organismos educacionales a efectos de programar la visita de educandos al Museo.
    3. Organizar exposiciones itinerantes en los principales centros de población de la Provincia.
    4. Propiciar actividades de extensión cultural, conferencias, cursos, exposiciones, etc.
    5. Asistir a la Secretaría de Cultura en la ejecución de políticas de promoción y difusión de las culturas indígenas.
    6. Coordinar sus actividades con el Instituto Provincial de Investigaciones Antropológicas, sobre todo en lo referente a las tareas de investigación y de rescate conservación, puesta en valor y difusión del patrimonio antropológico de la Provincia.
    7. Promover intercambios a fin de fomentar las culturas indígenas, su investigación y difusión.
    8. Establecer relaciones con instituciones similares del país y del extranjero.
    9. Coordinar sus actividades con el Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta.

ñ) Aprobar las modificaciones de recorridos que solicitare la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) en atención a la fluctuación de las necesidades de la demanda, cuando dichas modificaciones excedan el diez por ciento (10%) de los servicios en cuanto a su recorrido, parque móvil afectado a los mismos, frecuencias y demás condiciones operativas del servicio prestado en el ámbito del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE POR UNIDAD DE RED (SITUR), o toda otra modificación que se justifique debidamente en la operatividad del sistema de transporte.

o) Realizar los estudios acerca de necesidades de viaje y proponer a la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) adecuaciones en sus servicios en función de las mismas, o el establecimiento de nuevos servicios.

p) Aprobar los servicios ocasionales y/o irregulares propuestos por la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) para atender necesidades puntuales y aleatorias de viaje.

q) Otorgar las habilitaciones de parque móvil respecto de las unidades que se incorporen al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE POR UNIDAD DE RED (SITUR) de la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA, y respecto de las unidades afectadas por los diversos permisionarios a los servicios de transporte de carácter impropio o irregular. Controlar la solvencia patrimonial de todos los operadores, la contratación de los seguros de ley y la aptitud psicofísica para desarrollar transporte de personas.

r) Habilitar los predios y espacios públicos que se destinaren a depósito de unidades y servicios al personal de conducción y/o a pasajeros, así como procurar, a instancias de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA), la obtención de los predios que resultaren necesarios para la optimización del servicio.

s) Supervisar el desempeño de los talleres de inspección técnica vehicular, así como llevar un registro con cruzamiento de datos acerca del cumplimiento obligatorio de las verificaciones técnicas vehiculares efectuadas a los operadores de transporte regular e irregular.

t) Fijar y efectuar controles permanentes, respecto de las vías y zonas de tránsito exclusivo para el transporte regular masivo, así como sobre los vehículos particulares a fin de detectar la presencia de transporte ilegal o de violaciones de modalidad por parte del transporte irregular. En tales casos, tendrá facultades sancionatorias por sí misma, las que incluyen aquellas preventivas, tales como el secuestro de la unidad en infracción, y coercitivas, como la aplicación de multas e inhabilitaciones. Sus decisiones agotarán la instancia recursiva administrativa y serán por sí solas ejecutables, respetando los parámetros fijados en el inciso w) del presente artículo.

u) Efectuar las fiscalizaciones que considere necesarias respecto de los balances, desempeño económico y nivel de prestaciones de servicios de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA).

v) Realizar los estudios y gestiones ante organismos públicos que le solicitare la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) para la optimización del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE POR UNIDAD DE RED (SITUR).

w) Entender en la elaboración del régimen de penalidades al transporte automotor en la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA y el procedimiento para la tramitación de sanciones, el que deberá obedecer a los siguientes parámetros: El mecanismo de sustanciación de sumarios por infracción debe prever sólo una instancia de descargo contra la concesión de vista o la notificación del acta de infracción. La instancia recursiva administrativa será única, y el Recurso de Reconsideración contra la resolución sancionatoria agotará la instancia, procediendo solamente un único Recurso de Apelación directo ante el Juez Correccional y de Garantías en turno, con efecto devolutivo, en el término de tres (3) días, previo pago de las multas impuestas.

El apelante lo interpondrá y expresará agravios en un mismo acto.

El Juez requerirá las actuaciones en el mismo día de interpuesto el recurso y estará facultado para disponer las medidas urgentes de mejor proveer, así como para habilitar días y horas inhábiles.

En caso de interponerse Recurso de Apelación en tiempo y forma, la AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE (AMT) elevará en el mismo día las actuaciones al Juez Correccional y de Garantías en turno, quien correrá vista por el término máximo de dos (2) días al Agente Fiscal, para que se expida sobre la legalidad de lo actuado y de la sanción impuesta.

En todos los casos, el Juez dictará sentencia en un término no mayor de cinco (5) días, expidiéndose sobre dichos extremos.

x) En general, realizar todas las acciones que resulten necesarias para asegurar el cumplimiento de sus misiones y funciones y los objetivos de la Ley 6.994 y de su reglamentación.

y) Verificar el estricto cumplimiento de lo establecido en el art. 12, en sus dos últimos párrafos, en relación a la absorción del personal del transporte en las condiciones mencionadas, y la aplicación del Convenio Colectivo vigente para el sector.

Art. 5º.- La AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) será dirigida y administrada por un Directorio, el que estará integrado por un número no menor de tres y no mayor de cinco miembros, los que serán designados y podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo, quien podrá recibir propuestas no vinculantes de los Municipios que componen la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA, de la entidad gremial con mayor representación del sector y de las asociaciones de usuarios.

El Directorio podrá sesionar con la presencia de tres (3) de sus miembros, tomará sus decisiones por la mayoría simple de los miembros presentes, y el Presidente tendrá doble voto en caso de empate. Deberá sesionar al menos tres (3) veces al mes, y las reuniones serán convocadas por el Presidente con una antelación no inferior a los dos (2) días hábiles administrativos.

Los honorarios de los Directores estarán a cargo de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT).

Los agentes de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) estarán vinculados a ésta por el régimen establecido por la Ley de Contrato de Trabajo, no siéndoles aplicable el régimen jurídico de la función pública.

Art. 6º.-Los miembros del Directorio no podrán ser propietarios ni tener interés alguno, directo ni indirecto, en empresas reconocidas como actores privados del transporte automotor de personas en la provincia de Salta.

Art. 7º.- El Presupuesto de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) será establecido y aprobado por su Directorio, y estará compuesto por los siguientes recursos: 1) Una Tasa de Fiscalización y Control del Transporte Regular que se establezca sobre la tarifa media aplicada para el servicio urbano en la Ciudad de Salta, y que no podrá ser superior a un mil seiscientos (1.600) litros de gasoil anuales por vehículo de transporte masivo, o la cifra que el Poder Ejecutivo fije en su reemplazo, 2) Una Tasa de Fiscalización y Control del Transporte Irregular, que se fijará en ochenta  (80) litros de gasoil anuales por vehículo habilitado, o la cifra que el Poder Ejecutivo fije en su reemplazo, 3) El producido de las multas que aplicare, 4) Los bienes muebles e inmuebles, actualmente afectados a la gestión y control municipal del transporte en los diversos Municipios, que le sean transferidos, 5) Los aportes del Tesoro Provincial que se determinaren en cada Presupuesto anual, 6) Los aportes de los erarios municipales, hasta el monto que figura en el presupuesto correspondiente a la categoría en que reviste el agente, para cubrir el gasto que se atribuya a los salarios de los empleados que cada Municipio adscribirá a la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT), y que actualmente forman parte de las áreas municipales de fiscalización y/o de gestión del transporte, y 7) Cualquier otro aporte que se realizare, de cualquier persona física o jurídica, por comodato gratuito, legado o donación.

El Ente quedará sujeto al control externo que establece el régimen de contralor público. El estatuto de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) deberá contemplar la integración del área de atención al Usuario, con un representante de las Organizaciones no Gubernamentales representativas de los usuarios, el que será designado por el Directorio a propuesta de dichas organizaciones.

TITULO III

Sociedad Anónima de Transporte Automotor Metropolitano

Art. 8º.- Créase la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA), bajo la forma de Sociedad Anónima prevista en la Ley de Sociedades Comerciales, con las particularidades que establezca su Estatuto y las previstas en la presente norma. El paquete accionario original pertenecerá en un noventa por ciento (90%) a la provincia de Salta y en un diez por ciento (10%) al Municipio Capital, pudiendo reservarse una porción accionaria destinada a la integración posterior de accionistas privados, quedando autorizado el Poder Ejecutivo a la posterior venta o cesión del paquete accionario, si razones de oportunidad, mérito y conveniencia, lo hicieren aconsejable en miras a la más eficaz prestación del servicio.

Déjase establecido que el Estado Provincial aún para el caso de enajenación o cesión del capital accionario, conservará al menos el 1% del paquete accionario de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA), y que el mencionado porcentaje tendrá las características de acción con derechos políticos, que le otorgará la preferencia de requerir ineludiblemente su voto afirmativo para:

Art. 9º.- La SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) estará dirigida por un Directorio de cinco (5) miembros, quienes serán designados y podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo, uno de los cuales será designado en carácter de Presidente. Uno de los directores representará al Municipio Capital y será designado a propuesta del señor Intendente de la Ciudad de Salta. Otro de los directores representará a la entidad gremial con mayor representación del sector y será designado a propuesta de ésta.

El Directorio formará quórum con la presencia de tres (3) de sus miembros y sus decisiones serán adoptadas por mayoría simple. El Presidente, quien ejercerá la representación de la Sociedad, tendrá doble voto en caso de empate.

Los honorarios de los Directores estarán a cargo de la Sociedad.

Los miembros del Directorio no podrán ser propietarios ni tener interés alguno, directo ni indirecto, en empresas reconocidas como actores privados del transporte automotor de personas en la provincia de Salta; a excepción de la representación correspondiente a los accionistas privados que estatutariamente podrá ser contemplada.

El personal de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) estará vinculado laboralmente a ésta por la Ley de Contrato de Trabajo, y no sujeto por tanto al régimen administrativo de la función y el empleo público, conservando la agremiación correspondiente al sector del autotransporte de pasajeros. Asimismo, la Sociedad podrá contratar a personas para la realización de actividades y trabajos determinados bajo el régimen civil de la locación de servicios o de la locación de obra.

Art. 10.- La SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) contará con un Órgano de Fiscalización integrado por tres (3) miembros quienes serán designados y podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo. Su retribución única y total será determinada por el Poder Ejecutivo.

Art. 11.- El objeto social de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) consistirá en la prestación del servicio de transporte automotor de pasajeros en la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA, a cuyo fin deberá generar las condiciones idóneas para la prestación eficaz y eficiente del servicio público regular masivo de transporte automotor metropolitano de pasajeros que compone el SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE POR UNIDAD DE RED (SITUR) de la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA, prestando el servicio y ejerciendo todas las demás facultades y funciones a su cargo por sí, o por terceros, o asociada a terceros, atendiendo a los lineamientos de la política provincial en materia de transporte urbano masivo de pasajeros y a los parámetros previstos en la presente norma.

A tales fines podrá realizar:

Para la realización de todas las medidas preliminares enunciadas para la prestación eficaz y eficiente del servicio público correspondiente al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE POR UNIDAD DE RED (SITUR), la Sociedad contará con un plazo de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la inscripción de su Estatuto de conformidad con lo establecido en el artículo siguiente. Vencido dicho plazo deberá solicitar prórroga fundada ante la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT).

Las decisiones que la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) adopte mientras su composición accionaria sea 100% estatal, podrán ser puestas inmediatamente en vigencia por la empresa, no obstante lo dispuesto en los incisos 3), 4) y 5) del presente artículo, y sin perjuicio de comunicarlas a la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) para su oportuna aprobación.

Art. 12.- Encomiéndase al Ministerio de la Producción y el Empleo a redactar el Estatuto de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA), el que deberá obedecer las pautas establecidas por la presente norma y los lineamientos generales de la política provincial en materia de transporte urbano masivo de pasajeros, así como su inscripción en el Registro de Sociedades que corresponda.

Encomiéndase al Directorio de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) la confección del presupuesto anual operativo de la Sociedad, el cual conformará el capital social inicial y será aportado por la provincia de Salta, conjuntamente con los predios que los órganos públicos le cedieren en función de lo establecido por el artículo 11, inciso 4), de la presente norma.

Para la realización de ambas encomiendas, establécese un plazo de treinta (30) días, el cual podrá ser prorrogado por una única vez ante la eventual concurrencia de circunstancias ajenas a la posibilidad de decisión y acción de dicho cuerpo, las cuales deberán ser expresamente fundadas.

En los servicios que sean prestados por la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA), la misma asumirá la obligación con carácter de imperativo legal, de absorber la totalidad del personal (choferes, mecánicos y administrativos) que preste servicios en las Empresas que mediante concesión actualmente cubren el área de los municipios mencionados en el artículo 1º. El referido personal, será absorbido con el total de antigüedad que registre de las sucesivas absorciones registradas hasta la fecha por distintos reordenamientos operados dentro del transporte automotor de pasajeros, consignando además, que la relación laboral se regirá por el Convenio Colectivo vigente, actual Convenio Colectivo del Trabajo Nº 460/73 a nivel Nacional y sus Actas Complementarias o el que en el futuro resulte aplicable.

A los efectos de la aplicación de esta norma, la nómina del personal que deberá tenerse en cuenta,  será la existente al 30 de Setiembre del año 2004.

Art. 13.- El Poder Ejecutivo establecerá anualmente el presupuesto operativo de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA), para el caso de requerir asistencia económica adicional a su operatoria comercial, quedando habilitado a modificar la denominación de la sociedad, en caso de resultar ello necesario para hacer efectiva la anotación de la misma en el Registro Público de Comercio.

Art. 14.- La presente Ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Hasta tanto la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT) dicte las normas reglamentarias y regulatorias pertinentes, la actividad del transporte de pasajeros en la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA se regirá en sus relaciones jurídicas por las normas legales y reglamentarias de carácter Provincial o Municipal oportunamente dictadas.

Art. 15.- A los fines del seguimiento en el proceso de constitución de la AUTORIDAD METROPOLITANA DEL TRANSPORTE (AMT), de la SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SAETA) y de la aplicación de la presente Ley, créase una Comisión que estará integrada por los Diputados y Senadores de los Departamentos que integran la REGIÓN METROPOLITANA DE SALTA.

Art. 16.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

10

Obras de mantenimiento de la Ruta Provincial Nº 52

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, establezca prioridad en las obras de mantenimiento, enripiado y conservación de la Ruta Provincial Nº 52, que une la localidad de Rivadavia Banda Sur del departamento Rivadavia, con las Lajitas en el departamento Anta, prevista en el Presupuesto 2004.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

11

Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 106.131

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, la fracción de terreno de 516,07 m2 del inmueble identificado con la Matrícula Nº 106.131, según Plano de Mensura y Desmembramiento para Expropiación, Servidumbre de Paso y Acueducto Nº 12.354, del departamento Capital.

            Art. 2º.- La fracción del inmueble expropiado, será destinada al emplazamiento y rehabilitación del pozo SITTA para optimizar el abastecimiento de agua potable a los barrios Siglo XXI y San Benito de la ciudad de Salta.

            Art. 3º.- La Dirección General de Inmuebles, efectuará la mensura y desmembramiento de la fracción del inmueble detallado en el artículo 1º, estableciendo las servidumbres de paso y acueductos necesarios, de acuerdo a los planos aprobados Nros. 12.354 y 12.355.

            Art. 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

12

XLV Plenario de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara de Senadores, el “XLV Plenario de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina”, organizado por la Coordinadora Nacional y las Cajas de Previsión Social para Profesionales de Salta, a llevarse a cabo los días 11 y 12 de noviembre del corriente año, en la ciudad de Salta.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

13

Reinserción laboral de los beneficiarios de planes Jefas y Jefes de Hogar

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Consejo Consultivo Provincial y los Legisladores Nacionales que representan a nuestra Provincia, realicen las gestiones necesarias para que el Poder Ejecutivo Nacional, intensifique las acciones tendientes a lograr la reinserción laboral definitiva de las personas beneficiarias de planes sociales “Jefas y Jefes de Hogar”.

            Asimismo, una vez reinsertadas otorgue a los mismos un período provisorio y prudencial, en el cual continúen siendo beneficiarios, el que estará supeditado a una relación laboral estable.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

14

Construcción de defensas en el Río Calchaquí

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, la construcción de las defensas que sean necesarias en el Río Calchaquí, desde El Cajón hasta Pueblo Viejo, en el departamento La Poma.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

15

Construcción del edificio de la Escuela Nº 4.698 de Cerro Negro

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, las partidas necesarias para dar continuidad a la construcción del edificio de la Escuela Nº 4.698 de Cerro Negro, en el departamento La Poma.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

16

Solucionar el problema de comunicación en el departamento La Poma

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que la Empresa Telecom S.A., prestataria del servicio de telefonía pública en la Provincia, arbitre los mecanismos correspondientes para solucionar el problema de comunicación que afecta al departamento La Poma, debido a que en la actualidad el servicio se interrumpe en forma permanente.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

17

Construcción de playón polideportivo y comedor infantil en el municipio de Rivadavia Banda Sur

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incluya en el Presupuesto General de la Provincia año 2005, la construcción de un playón polideportivo en La Unión y de un comedor infantil en La Media Luna, ambas localidades correspondientes al municipio de Rivadavia Banda Sur, del departamento Rivadavia.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

18

Construcción de viviendas en Misión San Luis y El Saucelito

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incorpore en el Presupuesto General de la Provincia año 2005, las partidas necesarias para la construcción de viviendas familiares en las localidades de Misión San Luis y El Saucelito, del municipio de Santa Victoria Este, en el departamento Rivadavia.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

19

Construcción de nuevo edificio para la Unidad Educativa Nº 4.183

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, la construcción de un nuevo edificio para la Unidad Educativa Nº 4.183 “Victorino Sosa”, de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

20

Ampliación del Puesto Sanitario de Río Cortadera

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incluya en el Presupuesto General de la Provincia año 2005, la ampliación del edificio perteneciente al puesto sanitario de la localidad de Río Cortadera, departamento Iruya.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

21

Recategorización de la Unidad Educativa Nº 5.025

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, disponga la recategorización de la unidad educativa dependiente de la Dirección General de Educación Polimodal Nº 5.025, 3ª Categoría “Sagrado Corazón de Jesús”, de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

22

Creación del Instituto de Investigación de Culturas Autóctonas y Nativas

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y

            Artículo 1º.- Créase el Instituto de Investigación de Culturas Autóctonas y Nativas de la Provincia, con sede en la ciudad de Tartagal, departamento San Martín.

            Art. 2º.- El Instituto tendrá a su cargo la puesta en funcionamiento de un Museo de Culturas Autóctonas y Nativas de la Provincia, como espacio ambiental de las diversas etnias que pueblan y poblaron ancestralmente el territorio provincial.

            Art. 3º.- Serán los objetivos fundamentales del Instituto:

            Art. 4º.- El Instituto de Investigación de Culturas Autóctonas y Nativas de la Provincia, dependerá orgánicamente del Ministerio de Educación de la Provincia, a través de la Secretaría de Cultura, quien realizará convenios con entidades de Derecho Público o Privado, Municipales, Provinciales, Nacionales o Internacionales, a fin de desarrollar conjuntamente las actividades inherentes a la Institución.

            Art. 5º.- Facúltese al Poder Ejecutivo a realizar los convenios necesarios para dotar al Instituto de un inmueble donde funcione administrativamente.

            Art. 6º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones de las Partidas Presupuestarias del Ministerio de Educación, Ejercicio Vigente, para dar cumplimiento a la presente Ley.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

 

26

A N E X O

Detalle de los Asuntos Entrados cuya referencia se dio lectura.

I

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

Proyecto de ley nuevamente en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación, una fracción del inmueble Matrícula Nº 11.738, del departamento Metán, destinado al emplazamiento de una cisterna. (Expte. Nº 90-15.797/04)

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Proyecto de ley nuevamente en revisión, declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de 120 m2, perteneciente al inmueble de mayor extensión Matrícula Nº 24 del departamento Cachi, con destino a la ejecución de la obra “Equipamiento Pozo AS 743, cerco perimetral, casilla de cloración y cañería de impulsión al Barrio Luján-Quipón-Cachi”. (Expte. Nº 90-15.799/04)

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

II

Comunicaciones Oficiales

            El Presidente de la Corte de Justicia Dr. Guillermo Posadas, remite la siguiente documentación:

Proyecto de ley de Reformas al Código Procesal Laboral de la Provincia. (Expte. Nº 90-15.905/04)

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Proyecto de ley sobre Reforma a la Ley 7.148 – Sistema de integración o reemplazo temporario en Tribunales u Organos del Ministerio Público. (Expte. Nº 90-15.921/04)

– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

Presupuesto de Erogaciones del Poder Judicial para el año 2005.

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

El señor Presidente del Tribunal Electoral Dr. Guillermo Posadas, remite copia de la resolución contenida en el Acta Nº 4.422 de fecha 5 de octubre del corriente año, donde se determina el Presupuesto de Erogaciones del Tribunal Electoral de la Provincia para el año 2005.

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

            La Secretaría General de la Gobernación remite copia de lo siguiente:

Decreto Nº 2.308/04, por el cual se observa en forma total el proyecto de ley sancionado por las Cámaras Legislativas, el día 23 de setiembre de 2004, mediante el cual se establece que el Poder Ejecutivo realice la verificación sismorresistente para el uso de edificios públicos, siendo Diputados la Cámara de origen. (Ref. Expte. Nº 91-13.550/04)

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Decreto Nº 2.236/04, que promulga la Ley 7.316, declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación, una fracción de 2 has. 1.468,77 m2 del inmueble Matrícula Nº 3.146, del departamento La Caldera, con destino al emplazamiento de la planta potabilizadora denominada “Wierna”.

– A sus antecedentes.

Decreto Nº 2.260/04, reglamentando la Ley Nº 7.237 de Protección a las Manifestaciones Artesanales.

– A sus antecedentes.

Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara:

            Del señor Ministro de la Producción y el Empleo Esc. Víctor Manuel Brizuela, en respuesta a la Resolución de Cámara Nº 79/04, referida a la Obra 132 Kv “Pampa Grande – Cafayate” – Primera y Segunda Etapa. (Cde. Expte. Nº 90-15.735/04)

– Habiéndose remitido copia al autor del proyecto y a los Bloques Políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

III

Dictámenes de Comisiones

De Agricultura y Ganadería

En el proyecto de declaración de los señores Senadores María Teresita Díaz, Jesús Avila, Francisco Cornejo Patrón, Abdo Omar Esper, Carlos González, Pedro Liverato, Luis Guillermo López Mirau, Carlos Daniel Porcelo, Omar Gerardo Quipildor, Cosme Damián Sarapura, Miguel Angel Vilaseca y Sergio Ramón Zenteno, viendo con agrado que los Legisladores Nacionales, gestionen la regionalización del desarrollo agropecuario, aplicando el criterio de unidades ambientales y cuencas productivas en todo el territorio de la Nación Argentina. (Expte. Nº 90-15.894/04)

– Al Orden del Día.

De Obras Públicas e Industria:

En el proyecto de declaración de los señores Senador Telmo Salva y Diputada Luisa Salva, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos competentes, instrumente los medios para que se construya un complejo deportivo en la localidad de El Rodeo, departamento La Poma. (Expte. Nº 90-15.875/04)

– Al Orden del Día.

En el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, instrumente los medios necesarios para que se realice el estudio de factibilidad y posteriormente la instalación de cabinas públicas en las localidades de El Rodeo y Cobres, departamento La Poma. (Expte. Nº 90-15.878/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Enrique Tacacho, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos específicos, incluya en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, el proyecto para la construcción del nuevo Hospital Ramón Carrillo, departamento Iruya. (Expte. Nº 90-15.881/04).

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Cosme Damián Sarapura, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, realice la construcción de tres aulas y un salón multifuncional en la Unidad Educativa Nº 4.661 Hogar Escuela Carlos Guido Spano de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes. (Expte. Nº 90-15.885/04).

– Al Orden del Día.

De Educación y Cultura:

            En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Fernando Contino, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, disponga la independencia del Anexo de Educación Especial Nº 7.074 de El Quebrachal, departamento Anta, que actualmente depende pedagógicamente de la Escuela Especial Nº 7.053 de Joaquín V. González. (Expte. Nº 90-15.904/04).

– Al Orden del Día.

De Salud Pública y Seguridad Social

            En el proyecto de ley de los señores Senadores Carlos Daniel Porcelo, María Teresita Díaz, Miguel Angel Vilaseca y ex Senadores María Laura de la Zerda y Guillermo Emilio Toloza, sobre el ejercicio de la profesión de la enfermería. (Expte. Nº 90-15.260/03).

– Al Orden del Día.

IV

Proyecto de Ley

Expte. Nº 90-15.914/04

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículos 1º.- Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles identificados según Catastros, Manzanas y Parcelas, que a continuación se detallan:

     Catastro Nº    Manzana                 Parcela                 Sección

90.252

364-a

1

J

94.485

421-a

5

J

94.483

421-a

3

J

94.486

421-a

6

J

94.240

388-a

6

J

94.489

421-a

9

J

94.494

421-a

14

J

94.444

407-a

16

J

90.242

374-a

7

J

94.502

421-b

2

J

90.267

364-b

4

J

94.215

386-b

7

J

94.216

386-b

8

J

94.512

421-b

12

J

90.275

364-b

12

J

94.470

407-b

16

J

94.465

407-b

11

J

94.480

407-b

26

J

94.669

423-c

1

J

94.522

421-c

2

J

94.670

423-c

2

J

94.676

423-c

8

J

94.677

423-c

9

J

94.678

423-c

10

J

94.532

421-c

12

J

94.604

422-d

6

J

94.607

422-d

9

J

94.612

422-d

14

J

94.613

422-d

15

J

94.616

422-d

18

J

94.620

422-d

22

J

94.609

422-d

11

J

94.606

422-d

8

J

            Los catastros descriptos forman parte del Plano Nº 7.022 del departamento Capital y serán destinados a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes.

            Art. 2º.- Dar intervención a la Unidad Ejecutora del Programa Familia Propietaria a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos fijados en la Ley 1.338 y sus modificatorias y el Decreto Nº 1.045/96 a los adjudicatarios citados en el artículo 1º.

            Art. 3º.- La Dirección General de Inmuebles deberá confeccionar los planos de mensura y subdivisión.

            Art. 4º.- Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la presente, no podrán enajenarlas durante los diez (10) años posteriores a la adjudicación.

            Las escrituras de dominio de los inmuebles, deberán incluir con fundamentos en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad durante tal período.

            Para la determinación del monto a abonarse por el Estado y del precio de compra a ser pagado por los adjudicatarios no se considerarán las mejoras introducidas por los habitantes, el Estado ni las empresas de servicios instalados.

            Se deducirá también lo abonado por los adjudicatarios en concepto de pago por los respectivos terrenos a los titulares expropiados y las costas judiciales en su caso.

            Art. 5º.- Los inmuebles se escriturarán a favor de los adjudicatarios mencionados en el artículo 1º, a través de Escribanía de Gobierno. La formalización de las escrituras queda exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Luis Guillermo López Mirau

Fundamentos

Señor Presidente, señores Senadores:

            El presente proyecto de ley tiende a lograr que un grupo de treinta y tres familias del Barrio 17 de Octubre de esta ciudad puedan acceder a la legítima posesión de sus lotes, para lo cual haré una breve reseña histórica de lo acontecido con las familias asentadas en dicho predio.

            La historia comienza en 1988 cuando unas quinientas familias fueron desalojadas de terrenos privados y se instalaron detrás de Castañares y cerca del Río Vaqueros, el predio era puro campo y cada familia tuvo que desmalezar y limpiar su lote antes de construir. Desde entonces el barrio fue creciendo y poco a poco las primeras casas empezaron a erigirse. Los terrenos fueron cedidos originalmente por PROVIPO, pero cuando los habitantes de este nuevo asentamiento comenzaron a realizar las diligencias para obtener la adjudicación de los lotes, se encontraron con la sorpresa de que habían sido trasladados a tierras privadas (DOLIMAT S.A.) y no fiscales como se creía en un principio. A partir de allí los habitantes del barrio se organizaron y tras un largo peregrinar por distintas oficinas públicas, la Legislatura sanciona una ley expropiatoria, bajo el Nº 6.739/94, sobre algunos catastros y en fecha reciente sanciona otra ley similar donde se encontraban insertos otros catastros de la ley original, siendo sancionada el día 20 de mayo de 2004 y promulgada como Ley Nº 7.296/04, en la cual no fueron incluidas treinta y tres familias que también se encuentran asentadas desde hace varios años con sus viviendas construidas. Por lo cual hoy y con estricta justicia social es que decidimos elaborar un nuevo proyecto de ley de expropiación, incluyendo a todas ellas a fin de que puedan acceder a la posesión definitiva de sus lotes, ya que vienen pagando desde hace mucho tiempo y solucionar así el problema de toda una barriada, que incluye a muchas familias.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Luis Guillermo López Mirau

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

V

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-15.906/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, las actividades de las Jornadas para la Informatización de Registros de Parámetros Básicos que se realizará en la ciudad de Salta.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Pedro Liverato

Fundamentos

Señor Presidente:

            Nuestra Provincia, tal vez la que mejor contiene la diversidad de ambientes de toda la región, tiene en sus recursos naturales el mayor de los sustentos que la hacen reconocida por su potencialidad.

            Toda actividad que tienda a movilizar la mayor cantidad de intereses comunes para el mejor aprovechamiento de esos recursos, debe ser incentivada para alcanzar la participación real e integrada de organizaciones intermedias, organismos públicos, consejos profesionales, instituciones educativas de los tres niveles y, en general, de toda la población.

            Hoy más que nunca, todos debemos tomar conciencia sobre el deber cívico y responsabilidad social de hacer todos los esfuerzos necesarios para minimizar al máximo los riesgos que, por la indiferencia de unos y la irresponsabilidad de otros, estamos ocasionando en el sistema natural.

            En este contexto, el agua y el suelo por su importancia para la vida y su fragilidad, como recursos merecen la mayor atención de nuestra parte.

            La comparación entre la información requerida por los profesionales proyectistas y la disponible en diversos sistemas de medición, procesamiento y distribución, demuestran la necesidad y conveniencia de reunir en un banco de datos todos los registros sobre parámetros básicos de los recursos naturales, que permitan un conocimiento integral de los distintos factores que inciden en su dinámica.

            Las Jornadas que la Universidad Politécnica de Madrid, Católica de Salta, Nacional de Salta y la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente de esta Cámara, junto a otras instituciones han organizado, reflejan la necesidad de promover programas que permitan disponer de toda la información de base necesaria para encarar una planificación adecuada en el uso racional de nuestros recursos naturales.

            Descarto la opinión favorable de los señores senadores en la necesidad de apoyar y difundir este tipo de acción, por lo que solicito me acompañen en el tratamiento y aprobación de este proyecto de resolución.

Pedro Liverato

– A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

2

Expte. Nº 90-15.907/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, el proyecto del estudio de “Programa de Desarrollo del Chaco Salteño”, a presentar por la Fundación FIDAE a la Agencia Española de Cooperación Internacional, con el apoyo de la Universidad Católica de Salta.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Pedro Liverato

Fundamentos

Señor Presidente:

            Toda zona del Chaco Salteño que incorpora las regiones áridas y semiáridas del Este de nuestra Provincia, está siendo observada como un área de desarrollo potencial de enorme importancia para las economías regionales de Salta y de todo el NOA:

            Se observa la preferencia de los inversionistas hacia esta zona, basada en dos tipos de actividad: la agropecuaria y la turística.

            Por una parte, el crecimiento que ha experimentado todo el sector de la agricultura en las zonas centrales del País, está generando a su vez una expansión del sector ganadero hacia lo que se consideraba “áreas marginales” como era visto nuestro Chaco Salteño.

            La incesante demanda de alimentos a nivel mundial, requiere también un constante incremento en la producción de los mismos, obligando a los responsables de la planificación de ese crecimiento a tomar, con la debida anticipación, las medidas que faciliten la expansión en un marco de orden y respeto al medio ambiente y, fundamentalmente, a las necesidades del hombre como eje de nuestro objetivo.

            Por otra parte, se está generando una fuerte corriente turística proveniente en su mayoría de Europa, que orienta sus preferencias hacia esta parte del territorio nacional, encontrando en sus paisajes un encanto muy singular, basado en las prácticas deportivas que ya no son factibles en aquellos países como así también en la disponibilidad de grandes extensiones para los más diversos usos recreativos y de descanso.

            La Fundación Española FIDAE está elaborando el estudio para un proyecto de desarrollo integral y sustentable para la región del Chaco Salteño, el cual será presentado para su financiamiento a la Agencia Española de Cooperación Internacional, con la participación de la Universidad Católica de Salta.

            La presentación inicial para consulta y evaluación que se realizó ante la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente de esta Cámara, motivó el estudio en ese ámbito legislativo, habiendo sido además analizada conjuntamente con señores diputados, senadores y organizaciones representativas de los departamentos involucrados. De las citadas consultas, se acuerda la factibilidad de un proyecto de este tipo, así como la necesidad de promover y apoyar toda acción similar que propenda a la mejora de las economías de la zona y consecuentemente a la calidad de vida de sus habitantes.

            Por todo lo anterior y un sinnúmero de otras consideraciones que se entiende innecesario destacar, es que solicito a los señores Senadores el acompañamiento con su voto afirmativo para aprobar este proyecto de resolución.

Pedro Liverato

– A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

VI

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-15.908/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incluya en el Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, la construcción de playones deportivos en las localidades de Gaona y Nuestra Señora de Talavera, en el departamento Anta.

Jorge Fernando Contino

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            En las localidades de Gaona y Nuestra Señora de Talavera reside un gran número de niños y jóvenes que necesitan contar con un espacio de recreación, donde se dé prioridad al deporte y la vida sana.

            Como es de público conocimiento, la violencia y los actos delictivos cometidos por jóvenes son cada vez más frecuentes; la falta de alternativas saludables en la sociedad, sumado a la situación económica y laboral por la que estamos atravesando, impulsa a algunas personas a cometer diferentes delitos.

            Por todas estas razones nosotros, los adultos, debemos ser conscientes de que tenemos la responsabilidad y la obligación con los niños y jóvenes de nuestra Provincia, de garantizarles el cumplimiento de sus derechos y brindarles opciones válidas, donde puedan ocupar su tiempo libre, apoyando cada iniciativa constructiva, que contribuya a la formación de estos hombres y mujeres del mañana.

            Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de declaración.

Jorge Fernando Contino

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

2

Expte. Nº 90-15.909/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incluya en el Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, la ampliación de aulas en la Escuela Nº 4.402 “Gendarmería Nacional”, de El Quebrachal, departamento Anta.

Jorge Fernando Contino

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La Escuela Nº 4.402 “Gendarmería Nacional”, brinda educación a más de setecientos alumnos, matrícula que aumenta cada año, reduciendo el espacio físico disponible.

            Es digno de destacar que el mencionado establecimiento funciona desde hace muchos años en la localidad de El Quebrachal, con una trayectoria caracterizada por el esfuerzo y dedicación de cada uno de los docentes que prestaron servicio en la institución, sin desmerecer el apoyo de padres y miembros de la comunidad en general.

            La educación constituye un pilar fundamental en nuestra sociedad, que debemos valorar e impulsar con compromiso para formar a niños y jóvenes responsables, capaces de construir su propio futuro. Es por ello que solicito la aprobación del presente proyecto de declaración.

Jorge Fernando Contino

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

3

Expte. Nº 90-15.910/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos pertinentes, incluya en el Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, la construcción de una sala de primeros auxilios en el Barrio Robustiano Saravia de El Quebrachal, departamento Anta.

Jorge Fernando Contino

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El Barrio Robustiano Saravia está constituido por un gran número de habitantes, quienes ante una emergencia deben transitar una considerable distancia hasta llegar al hospital “Enrique Romero” de la localidad de El Quebrachal.

            La creación de una sala de primeros auxilios solucionaría una problemática que se viene gestando desde hace tiempo en cuanto a salud se refiere. Además es digno de destacar que beneficiaría no sólo al mencionado barrio, sino también a otros aledaños a éste, como San Ceferino, Aborigen, Oasis, FONAVI 4 y 5, San Isidro, entre otros.

            Por lo expuesto y con el único fin de interceder ante las inquietudes y las necesidades de los pobladores de la zona, solicito la aprobación del presente proyecto de declaración.

Jorge Fernando Contino

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

4

Expte. Nº 90-15.911/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio de Salud Pública, dispusiera la designación de un Profesional Psicólogo y un Asistente Social para prestar servicios en el Hospital “Arne Hoygaard” de la localidad de Cachi, Departamento del mismo nombre.

María Teresita Díaz

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene como objetivo optimizar los servicios en salud que ofrece el Estado en el Hospital “Arne Hoygaard” de la localidad de Cachi.

            Actualmente los médicos se encuentran con dos clases de dificultades que estos profesionales podrían ayudar a resolver: primero, la investigación de las causas de ciertas enfermedades; segundo, la labor de concientización y contención para que la gente logre junto a los médicos medidas pertinentes para la prevención o lucha contra las enfermedades.

            Además es conveniente considerar los factores socioculturales y psicológicos que influyen en algunos trastornos severos como son los casos de discapacidad y violencia familiar, de modo que la actuación de estos profesionales será un gran aporte también para mejorar la calidad de vida, desde una perspectiva integral de la persona.

            Por último, cabe destacar la necesidad de lograr una mayor concientización del pueblo en la adquisición de hábitos de higiene, tareas que bajo un abordaje médico y psicológico producirían grandes logros.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

María Teresita Díaz

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

5

Expte. Nº 90-15.912/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de la Gobernación de Turismo, defina y declare como Área de Promoción Turística a la región comprendida entre el predio Hotel Termas hasta la rotonda donde confluyen las Rutas Nacionales Nºs 34 y 9, de la localidad de Rosario de la Frontera, Departamento del mismo nombre, de acuerdo a lo dispuesto por Ley Nº 7.045 y Decreto reglamentario.

Carlos Daniel Porcelo

– A la Comisión de Turismo y Deportes.

6

Expte. Nº 90-15.913/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, evalúe la viabilidad para declarar Paisaje Protegido a la región comprendida entre el predio Hotel Termas hasta la rotonda, donde confluyen las Rutas Nacionales Nºs 34 y 9, de la localidad de Rosario de la Frontera, Departamento del mismo nombre, de acuerdo a lo dispuesto por Ley Nº 7.107.

Carlos Daniel Porcelo

– A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

7

Expte. Nº 90-15.915/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, incorpore en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, las partidas presupuestarias para la obra “Refacción edilicia del Colegio San Cayetano”, en el municipio de Vaqueros, departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

8

Expte. Nº 90-15.916/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, incorpore en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, las partidas presupuestarias para la culminación de la construcción del edificio del Centro de Jubilados Cristo Monumental, en el municipio de La Caldera, departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

9

Expte. Nº 90-15.917/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, incorpore en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, las partidas presupuestarias para la construcción de una sala en el edificio de la guardería “Bichito de Luz”, en el municipio de Vaqueros, departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

Fundamentos

Señor Presidente, señores Senadores:

            El proyecto de declaración que aquí nos ocupa tiene por finalidad llevar una solución a gran parte de la población que recibe los beneficios de la guardería “Bichito de Luz”, ubicada en el Barrio Carlos Serrey del municipio de Vaqueros, en el departamento La Caldera.

            Esta institución cuenta en la actualidad con una matrícula aproximada de cien niños, cuyas edades oscilan entre cuarenta y cinco días hasta los cinco años, dando así una solución a las familias y madres solteras, en su mayoría de escasos recursos, que por razones laborales se ven obligadas a dejar sus hijos al cuidado del personal especializado de dicha guardería.

            Esta institución fue construida aproximadamente hace cinco años teniendo en cuenta la matrícula existente hasta ese momento, sin prever el incremento poblacional que se produciría en tan pocos años en este municipio, lo cual trajo como consecuencia la falta de espacio físico para el normal desarrollo de las actividades allí previstas. Siendo la única solución para este problema la ampliación de una sala.

            Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto, en la firme creencia del espíritu representativo que hace a nuestra tarea legislativa.

Miguel Ángel Vilaseca

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

10

Expte. Nº 90-15.918/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, incorpore en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, las partidas presupuestarias para la construcción de cincuenta soluciones habitacionales, en el departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

11

Expte. Nº 90-15.919/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, incorpore en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, las partidas presupuestarias para la obra “Refacción de la fachada del monumento Cristo Redentor”, en el municipio de La Caldera, departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

12

Expte. Nº 90-15.920/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, incorpore en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2005, las partidas presupuestarias para la obra “Construcción de defensa y cordón cuneta”, en los municipios de Vaqueros y La Caldera, del departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El proyecto de declaración que aquí nos ocupa, tiene por objeto solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que incluya en el Plan de Obras Públicas del Ejercicio 2005, la construcción de las defensas de los ríos Vaqueros y La Caldera, como así también la construcción de cordón cuneta para distintos barrios del departamento La Caldera.

            El problema de inundación que padecen dichas localidades es de vieja data. Se construyeron defensas, pero las mismas no fueron suficientes para proteger la población de posibles inundaciones. Es por ello que a través del presente proyecto quiero hacer resaltar que es necesario la construcción de una defensa acorde a las necesidades de las zonas en cuestión.

            Existe un gran número de viviendas que por su ubicación corren un alto grado de probabilidad que el río las arrastre y es nuestro deber buscar las soluciones que sean necesarias para velar por la seguridad de la población.

            El problema de la falta de cordón cuneta en distintos barrios del Departamento trae como consecuencia el peligro latente de desmoronamiento del terreno, lo cual se ve agravado aún más en épocas de verano, debido a las fuertes lluvias que traen su caudal por las calles, entrando directamente a las viviendas, ocasionando daños en la construcción.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.

Miguel Ángel Vilaseca

-A la Comisión de Obras Públicas e Industria.


* Detalle de Asuntos Entrados en el punto 26 Anexo