Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2002

28/11/2002

28 de Noviembre de 2002

30ª REUNIÓN – 29ª SESIÓN ORDINARIA – 9ª SESION ESPECIAL

Presidencia del Senador  MASHUR LAPAD

Secretarios: Dr. GUILLERMO ALBERTO CATALANO

                     Lic. JULIO EDUARDO FERNÁNDEZ MUIÑOZ

 

SENADORES PRESENTES:

ÁVILA AMORES, Jesús

BARRERA, Guillermo Enrique

CARDOZO, Néstor Fidel

CORNEJO PATRÓN, Francisco

CORREGIDOR, Amalia

DE LA ZERDA, María Laura

GONZÁLEZ, Carlos

IBAÑEZ, Francisco

LAPAD, Mashur

LIVERATO, Pedro

LÓPEZ MIRAU, Luis Guillermo

OSCARI, Miguel Ángel

PORCELO, Carlos Daniel

QUIPILDOR, Omar Gerardo

SALVA, Telmo

SANDEZ, Pedro

SARAPURA, Cosme Damián

TOLOZA, Guillermo Emilio

VALLE, José Luis

VILASECA, Miguel Ángel

ZAMBRANO, Ricardo

ZENTENO, Sergio Ramón

SENADORA AUSENTE CON AVISO:

DÍAZ, María Teresita

S U M A R I O

Pág.

Pág.

1. Izamiento de Banderas…………………………………………………………………………………….

2. Versión Taquigráfica………………………………………………………………………………………..

3. Asuntos Entrados……………………………………………………………………………………………

I. Comunicación de Presidencia……………………………………………………

II. Comunicación de la Cámara de Diputados……………………………………

III. Comunicación Oficial……………………………………………………………

IV. Dictámenes de Comisiones…………………………………………………….

V. Proyectos de Resolución:

1. Expte. Nº 90-15.154/02. Del señor Senador Carlos Daniel Porcelo: declarar de interés del Senado el trabajo de investigación ”Estudio de la Situación Nutricional de la provincia de Salta”……….

2. Expte. Nº 90-15.155/02. Del señor Senador Carlos Daniel Porcelo: declarar de interés del Senado las ”Jornadas de Etica y Política – La Democracia como forma de Vida”…………………………………………..

3. Expte. Nº 90-15.158/02. De los señores Senadores Guillermo Emilio Toloza y Amalia Corregidor: declarar de interés del Senado la participación en ICASE 2003 – Conferencia Mundial sobre el tema “Acrecentando la Relevancia de la Educación Científica y Tecnológica en el Siglo XXI”, de docentes de la Escuela Técnica Nº 5117………………..

4. Expte. Nº 90-15.160/02. Del señor Senador Cosme Damián Sarapura: declarar de interés del Senado el “Primer Centenario de la Unidad Educativa Nº 4.564 Dr. Domingo Faustino Sarmiento”……………………

VI. Proyectos de Declaración

1. Expte. Nº 90-15.156/02. Del señor Senador Carlos Daniel Porcelo: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial las “Jornadas de Etica y Política – La Democracia como forma de Vida”…….

2. Expte. Nº 90-15.157/02. De los señores Senadores Guillermo Emilio Toloza y Amalia Corregidor: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial la participación en ICASE 2003 – Conferencia Mundial sobre el tema “Acrecentando la Relevancia de la Educación Científica y Tecnológica en el Siglo XXI”, de docentes de la Escuela Técnica Nº 5.117………………………………………………………………

3. Expte. Nº 90-15.159/02. Del señor Senador Cosme Damián Sarapura: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial el “Primer Centenario de la Unidad Educativa Nº 4.564 Dr. Domingo Faustino Sarmiento”……………………………………………………………………….

4. Licencias……………………………………………………………………………………………………….

5. Asuntos entrados durante la sesión

V. Proyectos de Resolución:

5. Expte. Nº 90-15.1635/02. De la señora Senadora María Laura de la Zerda y otros señores senadores: declarar de interés de la Cámara la publicación y presentación del libro “la Cultura de mis Pueblos”………………………..

6. Expte. Nº 90-15.165/02. Del señor Senador José Luis Valle: pedido de informe al Ministro de la Producción y el Empleo sobre la explotación de los servicios de transporte automotor de pasajeros. Se aprueba………..

VI. Proyectos de Declaración

4. Expte. Nº 90-15.164/02. De la señora Senadora María Laura de la Zerda y otros señores senadores: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial la publicación y presentación del Libro “La Cultura de mis Pueblos”………………………………………………………..

5. Expte. Nº 90-15.162/02. Del señor Senador Miguel Angel Vilaseca: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo incluya en el Presupuesto General la culminación de la obra “Defensa del río Vaqueros” y “Defensa del río La Caldera”………………………………………………………………………….

6. Expte. Nº 90-15.161/02. Del señor Senador Miguel Angel Vilaseca: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo incluya en el Presupuesto General la culminación de la obra “Construcción del Colegio Secundario de Vaqueros Nº 5.050”…………………………………………………………………………

7. Expte. Nº 90-15.166/02. De los señores Senadores Carlos Daniel Porcelo y Guillermo Emilio Toloza: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo realice gestiones para la instalación de un equipo de tomografía computada en el hospital Melchora Gaspar de Cornejo…………………………………………

6. Expte. Nº 90-15.154/02. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Carlos Daniel Porcelo, mediante el cual se declara de interés de la Cámara el trabajo de investigación “Estudio de la Situación Nutricional de la Provincia de Salta”. Se aprueba………………………………………

7. Expte. Nº 90-15.156/02. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Carlos Daniel Porcelo, solicitando al Poder Ejecutivo declare de interés provincial las ”Jornadas de Etica y Política – La Democracia como forma de Vida”. Se aprueba…………………………………………………….

8. Expte. Nº 90-15.155/02. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Carlos Daniel Porcelo, declarando de interés de la Cámara las ”Jornadas de Etica y Política – La Democracia como forma de Vida”. Se aprueba………………………………………………………………………..

9. Expte. Nº 90-15.162/02. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Miguel Angel Vilaseca, solicitando al Poder Ejecutivo incluya en el Presupuesto General la culminación de la obra “Defensa del río Vaqueros” y “Defensa del río La Caldera”. Se aprueba…………………………….

10. Expte. Nº 90-15.161/02. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Miguel Angel Vilaseca, solicitando al Poder Ejecutivo incluya en el Presupuesto General la culminación de la obra “Construcción del Colegio Secundario de Vaqueros Nº 5.050”. Se aprueba………………..

11. Expte. Nº 90-15.166/02. Consideración del proyecto de declaración de los señores Senadores Carlos Daniel Porcelo y Guillermo Emilio Toloza, solicitando al Poder Ejecutivo realice gestiones para la instalación de un equipo de tomografía computada en el Hospital Melchora Gaspar de Cornejo. Se aprueba………………………………………………………………………………………..

12. Expte. Nº 90-15.131/02. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, mediante el cual se solicita al Poder Ejecutivo instrumente, por intermedio del Programa Familia Propietaria, la regularización dominial de inmuebles. Se aprueba…………………………………….

13. Expte. Nº 90-15.148/02. Consideración del proyecto de ley del señor Senador José Luis Valle, suspendiendo el trámite previsto por los artículos 570 y 577 del Código Procesal Civil y Comercial. Vuelve a Comisión…………………………………………………………………………………………..

14. Exptes. Nº  91-9.746/00 y  Nº 91-10.857/01. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública, Seguridad Social y Deportes, en el proyecto de ley en revisión sobre el ejercicio responsable de la sexualidad y de la comunicación de la vida. Se sanciona y vuelve en revisión a la Cámara de Diputados……………………………………………………………………………………

15. Expte. Nº  90-15.097/02. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo, en el proyecto de ley de la señora Senadora María Teresita Díaz y otros señores Senadores, sobre “Protección de las Manifestaciones Artesanales”. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados………………………………………………………………………………….

16. Expte. Nº 90-15.133/02. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo, en el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva y señora Diputada Luisa Salva, solicitando al Poder Ejecutivo requiera a las empresas concesionarias del servicio de energía eléctrica la provisión del servicio durante las veinticuatro horas a la localidad de Cobres. Se  aprueba………………………………………………………………………………………………………

17. Expte. Nº 90-15.129/02. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo proponiendo la designación del Doctor Alejandro Arturo Saravia como Fiscal ante la Corte Nº 1. Se aprueba………………………………

18. Expte. Nº 90-15.128/02. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo proponiendo la designación de la Doctora Nancy Clyde Jozami como Agente Fiscal Civil, Comercial y Laboral Nº 1 del Distrito Judicial del Centro. Se aprueba…………………………………………………………………………………….

19. Arrío de Banderas…………………………………………………………………………………………..

20. Apéndice:

                    – Sanciones de la Cámara…………………………………………………………………….

– En la ciudad de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos, siendo horas 19.47’:

Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de diecisiete señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera, don Carlos Daniel Porcelo, a izar la Bandera Nacional y a la señora Senadora por el departamento Cerrillos, doña María Laura De la Zerda, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Carlos Daniel Porcelo y María Laura De la Zerda proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día veintiuno de noviembre del año dos mil dos. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día veintiuno de noviembre del año dos mil dos.

3

ASUNTOS ENTRADOS

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se dará cuenta de los asuntos entrados.

I

Comunicación de Presidencia

         En virtud de lo establecido en el artículo 27 inc. 10) del Reglamento de Cámara ha sido girado a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, el proyecto de ley en revisión Orgánica del Ministerio Público. (Expte. Nº 91-11.999/02)

II

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

         Proyecto de ley en revisión por el cual se modifica la Ley 6.291, Organización y Funcionamiento de la Dirección Provincial del Trabajo. (Expte. Nº 91-12.103/02)

-A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

         El Presidente de la Cámara de Diputados informa que en sesión del día 19 de noviembre del corriente año, se aprobaron las siguientes Resoluciones Bicamerales:

Nº 03/02, por la cual se designan los integrantes de la Comisión Redactora del Proyecto de Reglamentación de la Ley Nº 7.092 “Creación del Sistema Provincial de Administración de Documentación y Archivo”.

Nº 04/02, prorrogando las sesiones ordinarias de ambas Cámaras Legislativas, hasta el tratamiento y aprobación del Proyecto de Presupuesto General de la Provincial – Ejercicio 2003.

– Al Archivo.

III

Comunicación Oficial

         La Secretaría General de la Gobernación remite copia de lo siguiente:

Decreto Nº 2.045/02, Ley 7.216 mediante la cual se sustituye el artículo 8º de la Ley 5.298, modificada por Ley 6.531, Código Procesal Laboral de Salta.

-A sus antecedentes

Decreto Nº 2.105/02, por el que se observa en forma total, el proyecto de ley mediante el cual se otorga en comodato por el término de noventa y nueve años al Aero Club Metán, el inmueble Matrícula Nº 11.303, Sección C, Fracción B1, del departamento Metán.( Ref. Expte. Nº 91-11.854/02)

-A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Decreto Nº 2.106/02, observando parcialmente el proyecto de ley sancionado por las Cámaras Legislativas el 31 de octubre de 2002, mediante el cual se establece el Ejercicio de la Profesión del Servicio Social y Trabajo Social, promulgándose el resto del articulado como Ley Nº 7.218, siendo el Senado la Cámara de origen. (Ref. Expte. Nº 90-14.757/01)

-A la Comisión de Salud Pública, Seguridad Social y Deportes.

IV

Dictámenes de Comisiones

De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto:

            En el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2.095/02, por el que, con igual vigencia a la de la Ley Nacional Nº 25.561, se deroga el segundo párrafo del artículo 12 de la Ley Nº 6.669 y toda otra norma provincial que prevea la posibilidad, para los acreedores de deudas consolidadas del Sector Público Provincial, de optar por títulos en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera. (Expte. Nº 90-15.149/02).

– Al Orden del Día.

De Salud Pública, Seguridad Social y Deportes:

         En el proyecto de resolución del señor Senador Carlos Daniel Porcelo, declarando de interés del Senado el “III Congreso de la Federación Argentina de Medicina Familiar y General”, que se desarrollará los días 14, 15, 16 y 17 de mayo de 2003, en la ciudad de Salta. (Expte. Nº 90-15.130/02)

– Al Orden del Día.

De Educación y Cultura:

En el proyecto de ley de los señores Senadores María Teresita Díaz, Guillermo Emilio Toloza, Carlos Daniel Porcelo, María Laura de la Zerda, Miguel Ángel Vilaseca y Néstor Fidel Cardozo, mediante el cual se propicia se preserve la diversidad cultural de la Provincia, de la Región y de los municipios. (Expte. Nº 90-15.036/02)

– Al Orden del Día.

En el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y Cultura, declare de interés provincial el Primer Encuentro y Certamen Interamericano de “Danza Güemes 2003”, organizado por la Confederación Interamericana de Danza (CIAD), a realizarse en el mes de abril de 2003, en la localidad de General Güemes. (Expte. Nº 90-15.153/02)

– Al Orden del Día.

V

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-15.154/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el trabajo de investigación “Estudio de la Situación Nutricional de la Provincia de Salta”, a realizarse a partir del 2 de diciembre del corriente año, en el departamento Orán, localidad de Colonia Santa Rosa y departamento Metán, localidad de El Galpón.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Carlos Daniel Porcelo

-A la Comisión de Salud Pública, Seguridad Social y Deportes.

2

Expte. Nº 90-15.155/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

         Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara las “Jornadas de Ética y Política – La Democracia como forma de vida”, a realizarse el día 12 de diciembre del corriente año, en el Club 20 de Febrero, en Salta Capital.

         Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Carlos Daniel Porcelo

-A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

3

Expte. Nº 90-15.158/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

         Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara la participación en ICASE 2003 – Conferencia Mundial sobre el tema: “Acrecentando la Relevancia de la Educación Científica y Tecnológica en el Siglo XXI”; de tres docentes de la Escuela de Educación Técnica Nº 5.117 de Salta, los que expondrán su perspectiva en un proyecto denominado “Tecnología, Globalidad, Complejidad e incertidumbre en nuestra región”; dicho evento se realizará en la ciudad de Penang – Malasia, entre los días 7 y 10 de abril de 2003.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Guillermo Emilio Toloza – Amalia Corregidor

-A la Comisión de Educación y Cultura.

4

Expte. Nº 90-15.160/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

         Artículo 1º.- Declarar de interés del Senado, el “Primer Centenario de la Unidad Educativa Nº 4.564 – Dr. Domingo Faustino Sarmiento”, de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes; que se realizará del 9 al 13 de diciembre del corriente año.

         Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Cosme Damián Sarapura

-A la Comisión de Educación y Cultura.

VI

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-15.156/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial las “Jornadas de Ética y Política – La Democracia como forma de vida”, a realizarse el día 12 de diciembre del corriente año, en el Club 20 de Febrero, en Salta Capital.

Carlos Daniel Porcelo

-A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

2

Expte. Nº 90-15.157/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de interés provincial, la participación en ICASE 2003 – Conferencia Mundial sobre el tema: “Acrecentando la Relevancia de la Educación Científica y Tecnológica en el Siglo XXI”; de tres docentes de la Escuela Técnica Nº 5.117 de Salta; los que expondrán su perspectiva en un proyecto denominado “Tecnología, Globalidad, Complejidad e incertidumbre en nuestra región”; dicho evento se realizará en la ciudad de Penang – Malasia, entre los días 7 y 10 de abril de 2003.

Guillermo Emilio Toloza – Amalia Corregidor

-A la Comisión de Educación y Cultura.

3

Expte. Nº 90-15.159/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial, el “Primer Centenario de la Unidad Educativa Nº 4.564 – Dr. Domingo Faustino Sarmiento”, de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes; que se realizará del 9 al 13 de diciembre del corriente año.

Cosme Damián Sarapura

-A la Comisión de Educación y Cultura.

4

LICENCIAS

Sr. Secretario (Catalano).- La señora Senadora María Teresita Díaz, solicita autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no se formulan objeciones, la misma será acordada.

– Asentimiento.

5

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Viña.

Sen. Oscari.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de dos dictámenes de comisión en los expedientes 90-15.129/02 y 90-15.128/02. Se trata de los pliegos solicitando acuerdo para la designación del Doctor Alejandro Saravia como Fiscal ante la Corte y la Doctora Nancy Clyde Jozami como Agente Fiscal Civil, Comercial y Laboral Nº 1 del Distrito Judicial del Centro.

Sr. Presidente (Lapad).- Esta Presidencia entiende que también sería una sesión Especial.

Sen. Oscari.- Así es, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.

         Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cerrillos.

Sen. De la Zerda.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de resolución y un proyecto de declaración que versan sobre la publicación de un libro que se llama “La Cultura de mis Pueblos”, realizado por docentes y alumnos de 2º año B del Colegio San Pablo.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizada.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Vilaseca.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de dos proyectos de declaración.

Sr. Presidente (Lapad).- Esta autorizado.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de resolución.

Sr. Presidente (Lapad).- Esta autorizado.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de declaración, como así también el tratamiento sobre tablas de los expedientes que figuran en el Boletín de Asuntos Entrados Nº 90-15.154/02, Nº 90-15.155/02 y Nº 90-15.156/02.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Anta.

Sen. Sandez.- Señor Presidente: obra en Secretaría el Expediente Nº 91-11.999/02 que trata la modificación de la Ley Orgánica del Ministerio Público, para el que solicito preferencia para la próxima sesión.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción de preferencia para la próxima sesión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará con preferencia en la próxima sesión.

         Por Secretaría se dará lectura a los asuntos que los señores senadores solicitan su ingreso.

V

Proyectos de Resolución

5

Expte. Nº 90-15.163/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

         Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara, la publicación y presentación del Libro “La Cultura de mis Pueblos”, realizado por docentes y alumnos del 2º año “B” del Colegio San Pablo de la ciudad de Salta. Dicha presentación se realizó en el citado establecimiento, en la muestra anual, el pasado 22 de noviembre de 2002.

         Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

María Laura de la Zerda – Néstor Fidel Cardozo – Sergio Ramón Zenteno – Cosme Damián Sarapura – Luis Guillermo López Mirau – Miguel Ángel Oscari – Ricardo Zambrano

Fundamentos

Señor Presidente:

         El presente proyecto que pongo a consideración, tiene por objeto declarar de interés de esta Cámara, la presentación y publicación del Libro “La Cultura de mis Pueblos”, realizado por docentes y alumnos del 2º año “B” del Colegio San Pablo de la ciudad de Salta, en la muestra anual que se llevó a cabo el día 22 de noviembre de 2002, en el citado establecimiento.

         Es fundamental destacar el trabajo de investigación bibliográfica, los trabajos de campo, recopilación, selección y edición, realizado por sus autores; jóvenes alumnos del establecimiento educativo, apoyados por los docentes del colegio citado. Este libro forma parte de un gran desafío intelectual, transformándose hoy en una gran satisfacción para ellos, especialmente por el hecho de poder, a través del presente libro, recorrer nuestros pueblos, su cultura, su idiosincrasia, su historia de vida. En esta edición, los pueblos más representativos de nuestra Provincia, como Cerrillos, Cafayate, La Viña, El Carril, Chicoana, Salta Capital, Guachipas, entre otros, cobran vida en sus páginas su geografía, su historia, su cultura, su literatura, sus tradiciones, danzan en el papel dejando huellas firmes de su presencia en la cultura de Salta. El relato de las voces de la gente de estos pueblos, es la prueba fehaciente de que la cultura de nuestros pueblos está viva más que nunca y sólo espera que nosotros nos dispongamos a escucharla.

         Es muy importante valorar el hecho de que sean nuestros jóvenes, en este caso, alumnos del 2º Año “B” de este colegio, quienes desde sus  inicios nos enseñen a valorar nuestra cultura, lo que nos lleva a pensar que en un futuro no muy lejano, cuando sean adultos, serán los más acérrimos defensores de ella, lo que posibilitará revalorizar y reinstaurar la cultura de Salta al País y en el mundo.

         Por último, hay que destacar el gran esfuerzo que vienen desarrollando los docentes del establecimiento quienes año a año tratan de superarse constantemente, y esa constante superación, se ve reflejada en acontecimientos como la publicación del Libro “La Cultura de los Pueblos”, que además de formar parte del ciclo de estudios de los alumnos, quedan en la historia de sus claustros y de quienes lo hicieron, tal como lo demuestra uno de sus jóvenes autores en una de sus valoraciones personales al respecto: “… Aprendimos a reflexionar sobre nuestra sociedad y la cultura de nuestra tierra, de este modo escribir un libro pasó a ser un detalle secundario, aprendimos a cultivar nuestro espíritu con el conocimiento de nuestro pasado y de nuestras tradiciones; y a forjar en nuestras mentes jóvenes, una conciencia verdaderamente salteña y argentina, que debemos honrar, respetar y mantener viva; porque cuando un pueblo no cultiva su historia, se queda sin raíces”.

         Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.

María Laura de la Zerda – Néstor Fidel Cardozo – Sergio Ramón Zenteno – Cosme Damián Sarapura- Luis Guillermo López Mirau – Miguel Ángel Oscari – Ricardo Zambrano

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa a la Comisión respectiva.

6

Expte. Nº 90-15.165/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Solicitar al señor Ministro de la Producción y el Empleo, en virtud de lo establecido en el artículo 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de Cámara, informe en un plazo de setenta y dos (72) horas lo siguiente:

1.- En virtud de qué acto y/o instrumento legal la empresa de transporte Elio F. Villa, con domicilio en calle Rivadavia Nº 520 de la ciudad de General Güemes, departamento del mismo nombre de la provincia de Salta, ha dejado de explotar los corredores oportunamente adjudicados en “concesión” para explotarlos bajo “permiso”;

2.- Informe si otras empresas de transporte automotor de pasajeros que operan en la provincia de Salta, sufrieron transformación de sus concesiones por permisos precarios de explotación;

3.- Habiendo tomado conocimiento que a partir de las 5:00 hs. del día de la fecha, explota la empresa La Veloz del Norte S.A. de manera exclusiva las líneas del departamento de General Güemes, resulta necesario conocer:

  1. Si se autorizó a la firma La Veloz del Norte S.A. tal explotación en calidad de concesionaria o permisionaria, en caso afirmativo en virtud de qué instrumentos legales;
  2. Si la firma de mención fue autorizada a incrementar las tarifas en aproximadamente un 10% a partir de la fecha, en caso afirmativo en virtud de qué instrumento legal y qué estudio previo;
  3. Si se ha merituado el negativo impacto social que tal medida hará padecer sobre los empleados de las empresas afectadas (Elio F. Villa y otras) y sus respectivos grupos familiares al producir un incremento de la desocupación y todas sus restantes consecuencias.
  4. Realización de actividades de difusión, información y orientación sobre los temas a que se refiere la presente Ley.
  5. Adecuación de contenidos y estrategias de información y educación que aborden la salud sexual en el sistema educativo formal y no formal.
  6. Diseño e implementación  de estrategias de comunicación y educación dirigidas de manera particular a los adolescentes en el marco de la presente Ley.
  7. Asesoramiento personalizado a los interesados acerca de los métodos naturales de regulación de la fertilidad y de otros métodos reversibles, transitorios, no antiimplantatorios ni abortivos, indicando sus ventajas, desventajas y correcta utilización.
  8. Implementación de sistemas de capacitación sobre salud sexual y procreación, incluyendo conceptos fundamentales de ética biomédica dirigida al equipo de salud, promotores comunitarios, agentes educativos, trabajadores sociales y a la comunidad en su conjunto.
  9. Transmisión de la información con metodologías que respeten los contextos de las diferentes variables socioculturales, con especial referencia a las personas analfabetas.
  10. Información sobre el régimen de adopción, facilitando su acceso.
  11. Información acerca de las enfermedades enunciadas en el inciso f) del artículo 6º y de los efectos del tabaquismo, alcoholismo y drogadependencia.
  12. Implementación de un sistema de registro, monitoreo permanente y evaluación de las acciones establecidas en la presente Ley.
  13.  Coordinación con los diferentes organismos públicos, interjurisdiccionales y/o privados que por su naturaleza o fines puedan contribuir a la consecución de la Ley.
  14.  Canalización de la ejecución y gestión de programas gubernamentales a través de las Organizaciones de la Sociedad Civil (ONGs) con arreglo a lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 6.833.
  15. La actitud para ejercer la actividad sexual y procreación, y para regularla de conformidad con una ética personal y social.
  16. La ausencia de temores, de vergüenza, de culpabilidad, de creencias infundadas y otros factores que inhiban el impulso sexual o lo perturben.
  17. La ausencia de trastornos orgánicos y de enfermedades que entorpezcan la actividad sexual y de comunicación de la vida.
    1. Promover la modernización y reestructuración de la actividad artesanal, mejorando sus condiciones de gestión, competitividad y rentabilidad en el mercado.
    2. Fomentar el desarrollo de nuevas manifestaciones artesanales.
    3. Favorecer la enseñanza que permita la formación de artesanos y el desarrollo de las actividades artesanales.
    4. Facilitar la accesibilidad del sector artesano a líneas de crédito preferenciales y/o subvenciones, así como fomentar la implementación de sistemas asociativos.
    5. Coordinar las manifestaciones artesanales con los programas turísticos de la Provincia.
    6. Promover la modernización y reestructuración de la actividad artesanal, mejorando sus condiciones de gestión, competitividad y rentabilidad en el mercado.
    7. Fomentar el desarrollo de nuevas manifestaciones artesanales.
    8. Favorecer la enseñanza que permita la formación de artesanos y el desarrollo de las actividades artesanales.
    9. Facilitar la accesibilidad del sector artesano a líneas de crédito preferenciales y/o subvenciones, así como fomentar la implementación de sistemas asociativos.
    10. Coordinar las manifestaciones artesanales con los programas turísticos de la Provincia.
    11. Capacitar, formar y asistir técnica y legalmente a los artesanos, organizaciones artesanales, organismos provinciales y municipales que así lo requieran.
    12. Facilitar a los artesanos y organizaciones artesanales, el acceso a créditos, becas y subsidios destinados a mejorar las condiciones productivas.
    13. Fomentar la implementación de sistemas asociativos.
    14. Desarrollar estrategias que permitan la conservación de las técnicas artesanales tradicionales propias de la identidad provincial.
    15. Promover la exhibición de exposiciones, eventos y certámenes para la divulgación de las artesanías y de la actividad artesanal en los ámbitos provinciales, regionales, nacionales e internacionales.
    16. Coordinar acciones de cooperación, asistencia y desarrollo con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales provinciales, nacionales e internacionales.
    17. Difundir los planes de fomento, programas de formación artesanal, declaraciones de protección singularizada y la regulación de marcas de origen o calificaciones similares que se proyecten.
    18. Los aportes de organismos oficiales y privados, municipales, provinciales, nacionales e internacionales.
    19. Todo ingreso que pueda obtener por cualquier título, herencia, legado, o donación.
    20. El producido por la comercialización de productos artesanales.
    21. Todo otro ingreso no previsto en los incisos anteriores.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

José Luis Valle

Sr. Presidente (Lapad).- Por tratarse de un pedido de informe, corresponde su tratamiento en forma inmediata.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: este pedido de informe surge necesario en virtud de que en el día de hoy, en la ciudad de General Güemes, los vecinos nos desayunamos con que una empresa que prestaba el servicio desde el Departamento y hacia Salta-Capital desde hace cuarenta años había dejado de prestarlo y que en su reemplazo lo estaba haciendo otra empresa, en este caso La Veloz del Norte. Como a la fecha con lo único que contamos es con una Resolución, o que cuenta esa Empresa Elio Villa, y paralelamente otras empresas de la Provincia como Tas, Taer, Fama, San Miguel y El Quebradeño, nos manifiestan que tienen una similar situación, nos parece oportuno que a fin de evitar interpretaciones erróneas, planteos fuera de lugar, informarnos y conocer cuál es la causa por la cual se ha procedido de tal manera, es que estamos solicitando este informe al Ministerio de la Producción.

Entendemos que esta situación es de suma preocupación y gravedad, toda vez que paralelamente a la sustitución de la empresa, hemos visto que en pocas horas se ha incrementado notablemente el costo del pasaje, y lo peor de todo es que en un Departamento que ya está golpeado por la desocupación, de golpe aparecen más de veinte familias sin trabajo.

         En virtud de ello solicito la aprobación del mismo.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las correspondientes comunicaciones.

VI

Proyectos de Declaración

4

Expte. Nº 90-15.164/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de interés provincial la publicación y presentación del Libro “La Cultura de mis Pueblos”, realizado por docentes y alumnos del 2º Año “B” del Colegio San Pablo, de la ciudad de Salta. Dicha presentación se realizó en el citado establecimiento, en la muestra anual, el pasado 22 de noviembre de 2002.

Guillermo Emilio Toloza – Sergio Ramón Zenteno – María Laura de la Zerda – Néstor Fidel Cardozo – Cosme Damián Sarapura – Carlos Daniel Porcelo – Miguel Ángel Oscari – Luis Guillermo López Mirau – Ricardo Zambrano

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

         El presente proyecto que pongo a consideración, tiene por objeto declarar de interés provincial la presentación y publicación del Libro “La Cultura de mis Pueblos”, realizado por docentes y alumnos del 2º Año del Colegio San Pablo de la ciudad de Salta, en la muestra anual que se llevó a cabo el día 22 de noviembre de 2002, en el citado establecimiento.

         Es fundamental destacar el trabajo de investigación bibliográfica, los trabajos de campo, recopilación, selección y edición, realizado por sus autores; jóvenes alumnos del establecimiento educativo, apoyados por los docentes del colegio citado. Este libro forma parte de un gran desafío intelectual, transformándose hoy en una gran satisfacción para ellos, especialmente por el hecho de poder a través del presente libro, recorrer nuestros pueblos, su cultura, su idiosincrasia, su historia de vida. En esta edición los pueblos más representativos de nuestra Provincia, como Cerrillos, Cafayate, La Viña, El Carril, Chicoana, Salta Capital, Guachipas, entre otros, cobran vida  en sus páginas, su geografía, su historia, su cultura, su literatura, sus tradiciones, danzan en el papel dejando huellas firmes de su presencia en la cultura de Salta. El relato de las voces de la gente de estos pueblos, son la prueba fehaciente de que la cultura de nuestros pueblos está viva más que nunca, y sólo espera que nosotros nos dispongamos a escucharla.

         Es muy importante valorar el hecho de que sean nuestros jóvenes, en este caso, alumnos del 2º Año “B” de este colegio, quienes desde sus inicios nos enseñen a valorar nuestra cultura, lo que nos lleva a pensar que en un futuro no muy lejano, cuando sean adultos, serán los más acérrimos defensores de ella, lo que posibilitará revalorizar y reinstaurar la cultura de Salta en el País y en el mundo.

         Por último, hay que destacar el gran esfuerzo que vienen desarrollando los docentes del establecimiento, quienes año a año tratan de superarse constantemente y se ve reflejada en acontecimientos como la publicación del libro “La Cultura de mis Pueblos”, que además de formar parte del ciclo de estudios de los alumnos, quedan en la historia de sus claustros y de quienes lo hicieron, tal como lo demuestra uno de sus jóvenes autores en una de sus valoraciones personales al respecto: “… Aprendimos a reflexionar sobre nuestra sociedad y la cultura de nuestra tierra. De este modo, escribir un libro pasó a ser un detalle secundario, aprendimos a cultivar nuestro espíritu con el conocimiento de nuestro pasado y de nuestras tradiciones y a forjar en nuestras mentes jóvenes, una conciencia verdaderamente salteña y argentina que debemos honrar, respetar y mantener viva, porque cuando un pueblo no cultiva su historia se queda sin raíces”.

         Por todo lo expuesto, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de declaración.

Guillermo Emilio Toloza – Sergio Ramón Zenteno – María Laura de la Zerda – Néstor Fidel Cardozo – Cosme Damián Sarapura – Carlos Daniel Porcelo – Miguel Ángel Oscari – Luis Guillermo López Mirau

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa a la Comisión respectiva.

5

Expte. 90-15.162/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2003, la culminación de las obras “Defensa del río Vaqueros” y “Defensa del río La Caldera”, ambas en el departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Vilaseca.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

6

Expte. Nº 90-15.161/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2.003, la culminación de la obra “Construcción del Colegio Secundario de Vaqueros Nº 5.050”, en el Municipio de Vaqueros, departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Vilaseca.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

7

Expte. Nº 90-15.166/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio de Salud, realice las gestiones correspondientes a fin que se instale en el Hospital Público “Melchora Gaspar de Cornejo” de la ciudad de Rosario de la Frontera un equipo de tomografía computada para facilitar la accesibilidad a métodos de diagnóstico complementario de alta tecnología a la zona sur de la Provincia.

Carlos Daniel Porcelo – Guillermo Emilio Toloza

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

         La instalación de un equipo de tomografía computada en el hospital público “Melchora Gaspar de Cornejo” de Rosario de la Frontera facilitará la accesibilidad a métodos de diagnóstico complementario de alta tecnología en la zona Sur de la Provincia; o sea que aproximadamente más de 70.000 habitantes que actualmente se ven impedidos de realizarse este estudio por razones de distancia y económica, se verán beneficiados con la instalación de este equipo, ya que en la actualidad indefectiblemente, de ser necesario deben trasladarse a esta Capital.

         La cobertura médica abarcará a toda la población, tanto carenciados como obras sociales y particulares, y para tal fin sería conveniente que el Ministerio de Salud realice un convenio con la empresa propietaria del equipo.

         Considerando que éste es un gran logro para todo el Departamento que represento como para los vecinos, es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Carlos Daniel Porcelo – Guillermo Emilio Toloza

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para dicho expediente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

         Por Secretaría se dará lectura.

6

DECLARAR DE INTERÉS DE LA CÁMARA EL “ESTUDIO DE LA SITUACIÓN NUTRICIONAL DE LA PROVINCIA DE SALTA”

Expte. Nº 90-15.154/02

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

         Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara el trabajo de investigación “Estudio de la Situación Nutricional de la provincia de Salta”, a realizarse a partir del 2 de diciembre del corriente año en el departamento Orán, localidad de Colonia Santa Rosa y departamento Metán, localidad de El Galpón.

         Art. 2º.- Registrar, Comunicar  y Archivar.

Carlos Daniel Porcelo

Sr. Presidente (Lapad).- En  consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

7

DECLARAR DE INTERÉS PROVINCIAL LAS “JORNADAS DE ÉTICA Y POLÍTICA – LA DEMOCRACIA COMO FORMA DE VIDA”

Expte. Nº 90-15.156/02

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de interés Provincial las “Jornadas de Ética y Política – La Democracia como forma de Vida”, a realizarse el día 12 de diciembre del corriente año, en el Club 20 de Febrero, en Salta Capital.

Carlos Daniel Porcelo

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se leerán los fundamentos del proyecto.

Sr. Secretario (Catalano).- “Señor Presidente: las “Jornadas de Ética y Política – La Democracia como forma de vida” estarán a cargo del destacado Profesor, Dr. Armando Pérez de Nucci, muy conocido en el ámbito de la medicina por su extenso currículum, que no pasaré a detallar y la presentación estará a cargo del Dr. Pablo Horacio Figueroa, reconocido médico de nuestra Provincia. Es importante destacar que el signo de los tiempos que corren para nuestro País está signado por la incertidumbre acerca de nuestro futuro. Esta sensación se acompaña de la existencia de un factor disgregador que en la Argentina está representado por la grave disociación entre capacidad tecnológica y valores en un mundo de gran desarrollo tecnológico y material, pero que a la vez concentra riquezas en pocas manos exhibiendo a la pobreza en extensión como una de sus más claras notables. Ética en política significa la necesidad de contar con una serie de valores y comportamientos individuales y sociales institucionalizados que viabilicen el establecimiento y desarrollo de un orden político en el que se garanticen las igualdades y derechos de todos los integrantes de una sociedad. Lo expresado anteriormente es lo que se ampliará en estas jornadas que serán de gran interés para toda la comunidad de nuestra Provincia. Por la importancia que reviste este evento es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración, como asimismo el de resolución. Fdo. Carlos Daniel Porcelo”.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

8

DECLARAR DE INTERÉS DE LA CÁMARA LAS “JORNADAS DE ÉTICA Y POLÍTICA – LA DEMOCRACIA COMO FORMA DE VIDA”

Expte. Nº 90-15.155/02

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

         Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara las “Jornadas de Ética y Política – La Democracia como forma de Vida”, a realizarse el día 12 de diciembre del corriente año, en el Club 20 de Febrero, en Salta Capital.

         Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Carlos Daniel Porcelo

Sr. Presidente (Lapad).- En  consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

9

CULMINACIÓN DE LA OBRA DEFENSAS DE LOS RÍOS VAQUEROS Y LA CALDERA

Expte. Nº 90-15.162/02

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2003, la culminación de la obra “Defensa del río Vaqueros” y “Defensa del río La Caldera”, ambas en el departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Vilaseca.- Señor Presidente: el presente proyecto tiene por objeto solicitar al Poder Ejecutivo Provincial la inclusión en el Plan de Obras Públicas del Ejercicio 2003 la construcción de las defensas del Río Vaqueros y del Río La Caldera.

         El problema de inundación que padecen dichas localidades son de vieja data, se construyeron defensas, pero las mismas no fueron suficientes para proteger a la población de posibles inundaciones.

         Es por ello que, a través del presente proyecto, quiero hacer resaltar que es necesaria la construcción de una defensa acorde a las necesidades de las zonas en cuestión.

         Existen una serie de viviendas que por su ubicación corren un alto grado de probabilidades que el río las arrase y es nuestro deber buscar las soluciones que sean necesarias para velar por la seguridad de la población.

         Por lo expuesto es que solicito a mis pares me acompañen con la aprobación del presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

10

CONSTRUCCIÓN DEL COLEGIO SECUNDARIO Nº 5.050

EN EL MUNICIPIO DE VAQUEROS

Expte. Nº 90-15.161/02

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2003, la culminación de la obra “Construcción del Colegio Secundario Vaqueros Nº 5.050” en el municipio de Vaqueros, departamento La Caldera.

Miguel Ángel Vilaseca

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Vilaseca.- Señor Presidente: el presente proyecto tiene por objeto solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que revea la situación que se plantea con la no culminación de dicho establecimiento, puesto que hoy en día se encuentra saturada la capacidad de la Escuela Bernabé López de la localidad de Vaqueros.

         En la Escuela Bernabé López están funcionando actualmente los ciclos Nivel Inicial, EGB 1, 2 y 3 y Polimodal, como así también el Bachillerado Especial para Adultos, lo cual dificulta su desarrollo en forma eficiente, y si no nos preocupamos de manera inmediata no estaremos construyendo un futuro mejor para nuestros hijos y no lograremos la calidad educativa que anhela nuestro gobierno provincial.

         Esta obra en cuestión tiene ya más de un 80% de ejecutada y fue paralizada por cuestiones de la empresa adjudicataria. Es por eso que pedimos a nuestro gobierno provincial que interceda en esta situación para lograr que en el año 2003 se puedan comenzar las clases en ese edificio nuevo.

         Por lo expuesto, solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación de dicho proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En  consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

11

INSTALAR EN EL HOSPITAL “MELCHORA GASPAR DE CORNEJO” UN EQUIPO DE TOMOGRAFÍA COMPUTADA

Expte. Nº 90-15.166/02

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio de Salud, realice las gestiones correspondientes a fin que se instale en el Hospital Público “Melchora Gaspar de Cornejo” de la ciudad de Rosario de la Frontera un equipo de tomografía computada para facilitar la accesibilidad a métodos de diagnóstico complementario de alta tecnología a la zona sur de la Provincia.

Carlos Daniel Porcelo

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señor Presidente, señores senadores: el objetivo es el mismo, siendo de interés y obligación del Gobierno de la Provincia asegurar la posibilidad de que toda su comunidad acceda a los servicios de atención médica de alta complejidad y a toda la tecnología diagnosticada, ya que por sus altos costos y traslados se ve impedida, garantizando el efectivo ejercicio del derecho a la salud.

         Este proyecto va más que nada a respaldar gestiones que llevamos adelante en base a la existencia de algunos tomógrafos aquí en la ciudad Capital, gestiones con empresas privadas para poder hacer convenios y que ese tomógrafo sea trasladado a la ciudad de Rosario de la Frontera. Sabemos que funcionando este tomógrafo en esa ciudad, estaríamos cubriendo una necesidad de aproximadamente cien mil habitantes de nuestra Salta, correspondiente a los departamentos de Anta, Metán, Rosario de la Frontera y La Candelaria.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Toloza.- Señor Presidente: solicito al señor Senador Porcelo me autorice a firmar ese proyecto, ya que es de suma importancia para mi Departamento.

Sen. Porcelo.- Está autorizado, señor Senador.

Sr. Presidente (Lapad).- Corresponde considerar los asuntos incluidos en la Preferencia Nº 09/02, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

         Por Secretaría se dará lectura.

12

REGULARIZACIÓN DOMINIAL DE INMUEBLES

Expte. Nº 90-15.131/02

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que, en el marco de lo dispuesto por Ley Provincial Nº 6.915, y reglamentada mediante Decreto Nº 2.477, del Poder Ejecutivo, a través del Programa Familia Propietaria, organice y ponga en marcha un proyecto de regularización dominial; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, en el marco de lo dispuesto por Ley Nº 6.915 y reglamentada por Decreto Nº 2.477/97, instrumente por intermedio del Programa Familia Propietaria, la regularización dominial de los inmuebles comprendidos en la normativa vigente, a fin de que sus ocupantes puedan acceder a los títulos de propiedad.

Sala de la Comisión, 27 de noviembre de 2002.

Guillermo Enrique Barrera – Guillermo Emilio Toloza – Luis Guillermo López Mirau – José Luis Valle

Miembro Informante: Senador José Luis Valle.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: advirtiendo una situación irregular a lo largo y a lo ancho de nuestra Provincia y de mi Departamento de modo particular, donde muchos vecinos ocupan inmuebles, ya sea como tenedores precarios, como poseedores, desde hace mucho tiempo y que no pueden lograr obtener el título de propiedad, porque el que figura registrado en la Dirección de Inmuebles ya no está, porque se ha ido, porque ha fallecido o porque en definitiva no tiene interés en dicha titularidad. Esto hace que el poseedor no pueda lograr la Escritura Pública, porque no hay quien la firme y entonces el camino que tiene es el de llegar a un juicio de posesión, o en su defecto lograr que a través de la Legislatura se lleve adelante una expropiación que luego permita que el gobierno transfiera esos inmuebles para poder acceder al título de propiedad y la falta del título de propiedad crea incertidumbre, la falta de entusiasmo en construir y en mejorar porque no se sabe a ciencia cierta si es propio o no. Por otro lado, en el caso de las familias carentes de recursos les impide acceder a los beneficios de agua y de luz por la vía del subsidio, por carecer justamente de dicho título.

Frente a esas cuestiones tomamos la Ley 24.374 llamada Ley Pierri que establece un programa, una posibilidad de regularización dominial para todas aquellas personas que estén en esta situación. Esta Ley establece que aquellos que hubieren poseído de modo contínuo, permanente durante más de tres años y hasta el año 1992, pueden reclamar el título de propiedad. La provincia de Salta ha adherido a esta Ley que fuera aprobada en la Nación en el año 1994 y ha reglamentado la misma determinando que el Programa Familia Propietaria es el canal por el cual se debe llevar adelante este proceso de regularización dominial. El trámite es bastante sencillo y entiendo constituye una solución para los problemas a los que hacíamos referencia. Por otro lado, vemos que la ley establece que tan sólo el propietario o el poseedor debe abonar al 1% del valor fiscal al escribano interviniente, que en este caso va a ser la Escribanía de Gobierno y que si no hay oposición va a acceder a ese título. Si no hay costo mayor y al mismo tiempo logra que no tengamos que recurrir al pedido de expropiación por parte de la Provincia, que tampoco tiene recursos para afrontarlo, esto constituye una salida que debamos aprovechar y es por ello que estamos solicitando que se encare este programa a través de Familia Propietaria y avancemos en dar solución a tantas familias que, como decíamos, no tienen título.

         Por tales motivos y entendiendo que es un beneficio para los vecinos de la Provincia, solicito la aprobación del mismo.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

13

SUSPENDER EL TRÁMITE PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 570 Y 577 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL

Expte. Nº 90-15.148/02

Proyecto de Ley

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

         Artículo 1º.- Suspéndase por el plazo de 180 días el trámite previsto por los artículos 570 y 577 del Código Procesal Civil y Comercial, respecto de las sentencias de remate que importen la subasta de muebles semovientes o inmuebles destinados a actividades industriales o agropecuarias o que constituyan única vivienda.

         Art. 2º.- Las partes deberán acreditar la real afectación de los bienes a la producción mediante certificaciones expedidas por organismos públicos o asociaciones de fomento, cuya valoración quedará a cargo del Juez de la causa.

         Art. 3º.- Establécese que durante el plazo de suspensión dispuesto, quienes fueren parte en los juicios comprendidos en el artículo anterior podrán someter la causa a procesos de mediación u otros medios alternativos de solución de conflictos. El señor Juez a cargo de la causa, a instancia de cualquiera de las partes, dispondrá la remisión de las actuaciones a la sede pertinente.

         Art. 4º.- La Corte de Justicia dictará las Acordadas necesarias para la aplicación de la presente Ley.

         Art. 5º.- De forma.

José Luis Valle

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: el presente proyecto tal cual se ha dado lectura apunta a establecer un marco de certeza frente a la incertidumbre que padecen quienes han contraído deudas y no pueden cumplir con las mismas y que en proceso de ejecución están al borde del remate.

         Nos hicimos eco del pedido de la Asociación de Deudores Hipotecarios, de la Asociación de Deudores del sector financiero y nos hacemos eco de tanta gente que está preocupada por esta situación.

         Habíamos ingresado el proyecto y solicitado el tratamiento de modo preferencial por cuanto la Nación mantenía una situación de incertidumbre sobre este tema. Nosotros, conscientes de que la Provincia tiene facultades para …

Sr. Presidente (Lapad).- Para advertir que este proyecto no tiene dictamen; por lo tanto corresponde poner la Cámara en Comisión.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Gracias, señor Presidente. Si no hay un planteamiento en contrario, quisiera redondear la idea brevemente.

         Quiero decir que la Provincia es competente en materia de modificaciones o el dictado de normas de orden procesal y por ello habíamos advertido, como solución a esta problemática, la suspensión de los artículos 570 y 577 que apuntan justamente a evitar los remates.

Luego de ingresado y de aprobada la preferencia, vemos que la Nación ha dictado un Decreto por el cual se suspenden las ejecuciones hipotecarios por treinta días. Esto ha llevado a que la Comisión no terminara de resolver esta cuestión. Sigo creyendo firmemente que es necesario darle tratamiento urgente a este tema, porque si aprobáramos una ley tardía en esta materia, ya sería irreversible la situación de los deudores que padecen esta situación.

Sin embargo, también me hago eco del planteo de algunos señores senadores que ven con preocupación la necesidad de establecer un marco de seguridad jurídica y que por esa razón me han pedido, hemos conversado la necesidad de discutir un poco más profundamente esta cuestión.

Quería hacer referencia a ello, porque de ninguna manera estamos dejando de lado algo que entendemos tiene urgencia, sino que considero que requiere también un análisis pormenorizado y profundo, y particularmente escuchar la posición de los distintos senadores que integran este Cuerpo.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán y posteriormente el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Barrera.- Señor Presidente: a nosotros, y cuando digo a nosotros no solamente me refiero a los integrantes de la Comisión de Legislación General, sino al resto de la bancada del Partido Justicialista, no se nos escapa la importancia que tiene este proyecto de ley por su implicancia en el mundo de lo jurídico, en lo económico y en lo social.

         Precisamente por tratarse de un tema que profundiza en las necesidades actuales de vastos sectores de la población es que el Gobierno Nacional en el día de la fecha ha sancionado un Decreto que apunta a normativizar algunos aspectos, algunas materias previstas en este proyecto de ley. Reitero, este Decreto recién fue sancionado en el día de la fecha, o por lo menos publicado por los medios de prensa de todo el País.

         Esta situación ha hecho que los integrantes de la Comisión de Legislación General, creyéramos oportuno, prudente, razonable, analizar el texto de este Decreto a nivel nacional y también buscar entre los integrantes de la Comisión mecanismos que nos lleven a coincidir, a buscar consenso sobre lo que es la normativa de este proyecto de ley.

         Entonces, a los fines de profundizar su estudio es que, como Presidente de la Comisión de Legislación General, voy a solicitar el retorno a Comisión del presente proyecto de ley.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: es para expresar que coincido plenamente con el proyecto y este maratón de parches que buscamos para la sociedad, para evitar este tipo de graves consecuencias para algunos vecinos de la Provincia que pueden ver rematados sus inmuebles, es que hace que este proyecto se trate en forma urgente, pero también debemos entender que este maratón la tiene también el gobierno de la Nación y está buscando la mejor alternativa para arribar a una solución que haga al conjunto de la sociedad de nuestro País. Eso hace que nosotros tengamos la suficiente prudencia para evitar sacar algo que puede ser menos beneficioso que las medidas que tome la Nación y esto lleva a que coincidamos en esperar hasta la próxima semana para poder tratar el tema.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente: es para agregar pocas palabras a lo que ya se ha dicho, porque en realidad todos los señores Senadores que han opinado tienen la misma inquietud y la misma preocupación. Esta no es la preocupación de un solo sector político, es de todos los sectores políticos que tienen representación en este Cuerpo. Pero lo que es muy cierto es que, como lo dijo el Senador que me precedió en la palabra, no por hacer esto con rapidez lo vamos a hacer sin tener la seguridad que estamos aprobando una norma que sea de real efectividad para toda la sociedad y no para un solo sector. Creo que no sólo por los argumentos que se han dado, sino porque además aportar algún otro tipo de complementación a este proyecto va a servir para darle algún tipo de fuerza o de real respuesta a toda la sociedad.

         Vemos que en el artículo 1º, cuando se habla de la suspensión del trámite previsto en los artículos 570 y 577 del Código Procesal, dice respecto de los bienes semovientes o inmuebles destinados a actividades industriales o agropecuarias o que constituyan una única vivienda, creo que el espectro económico de nuestra Provincia comprende otros sectores que no estarían incluidos y que también habrá que analizar si no están pasando la misma situación de extrema necesidad otros sectores que estarían incluidos en esta norma, nos olvidamos de sectores como el comercio, las empresas de servicios, pequeñas y medianas empresas. Si hacemos un análisis muy apurado, seguramente nos vamos a olvidar de alguien, pero si nos tomamos un poco de tiempo y lo analizamos, no sólo por la preocupación que aquí tenemos, sino en el marco de las normativas nacionales que se están analizando en este sentido, seguramente vamos a poder consensuar una norma que sea de real valía para nuestra sociedad.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción de vuelta a Comisión de este proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Vuelve a la Comisión respectiva.

Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Día Nº21/02, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

         Por Secretaría se dará lectura.

14

LEY DE EJERCICIO RESPONSABLE DE LA SEXUALIDAD Y

DE LA COMUNICIACIÓN DE LA VIDA

Exptes. Nros. 91-9.746/00 y 91-10857/01 (acumulados en cuatro cuerpos).

Dictamen de Comisión

La Comisión de Salud Pública, Seguridad Social y Deportes, ha considerado el proyecto de ley en revisión por el cual se crea el “Programa Provincial Permanente de Salud Sexual y Responsabilidad por la Vida Temprana”, aconsejando su aprobación con modificaciones, quedando redactado de la siguiente forma:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

LEY PROVINCIAL DE EJERCICIO RESPONSABLE DE LA SEXUALIDAD Y DE LA COMUNICIACIÓN  DE LA VIDA

Capítulo I

De la Adhesión a la Ley Nacional

         Artículo 1º.- Adhiérese la provincia de Salta, en forma parcial, a la Ley Nacional Nº 25.673 sobre ”Salud Sexual y Procreación Responsable” en los artículos 3º, 4º, 6º incisos a) y c), 7º segundo párrafo, 8º Y 10.

Capítulo II

Del Objeto y Ámbito de Aplicación

         Art. 2º.- La provincia de Salta garantiza las políticas sociales públicas orientadas a la promoción y desarrollo del ejercicio responsable de la sexualidad y de la comunicación de la vida y regula las acciones destinadas a tal fin.

         Reconoce el derecho de las mujeres y los varones a vivir en forma digna, con salud y en armonía con su hábitat.

         Art. 3º.- La autoridad de aplicación será la que designe el Poder Ejecutivo.

Capítulo III

De la Significación de Conceptos Empleados

         Art. 4º.- A los fines de la aplicación e interpretación de esta Ley se establece el significado de los siguientes conceptos.

Promoción de la Salud: La promoción de la salud constituye una estrategia dentro del campo de la salud y el ámbito social. La misma se puede resumir en el principio ”conseguir que las opciones más saludable sean las más fáciles de elegir”.

Sus criterios generales de actuación son: trabajar con la gente, no sólo para ella; empieza y acaba en la comunidad local: está encaminada hacia las causas de la salud, tanto las inmediatas como las subyacentes; justiprecia y atiende tanto el interés por el individuo como por el medio ambiente; subraya las dimensiones positivas de la salud; afecta y debe involucrar, por tanto, a todos los sectores de la sociedad y el medio ambiente.

Sexualidad: La sexualidad, en su sentido pleno, es una dimensión del ser humano contemplado como ser único, total y espiritual y por tanto es algo más que la sexualidad considerada como posibilidad puramente biológica de reproducción. La sexualidad no es algo que el ser humano simplemente tiene entre otras muchas cosas, sino un modo de ser fundamental, en el cual él es sexuado en su totalidad. Por eso, sin ella, todas las demás acciones y relaciones de la vida no pueden ser pensadas ni realizadas realmente.

Comunicación de la Vida: Comunicar la vida no es sólo engendrarla, sino también proporcionar lo que durante años los hijos tienen derecho a esperar de sus padres.

         La misma puede resumirse en el principio “dar la vida, cuidar la vida”. Es una actitud permanente que tiene que ver con el ser “autor de la vida”, “servidor de vida”.

         La comunicación de la vida se aplica a la capacidad personal de ser madre o padre, de transmitir la vida a un descendiente y, reconocer y aceptar las consecuencias de un acto realizado libre y responsablemente.

Salud Sexual: Es la integración de los aspectos somáticos, emocionales, intelectuales, espirituales y sociales del ser sexuado en un sentido positivamente enriquecedor y de crecimiento de la personalidad, la comunicación y el amor.

         En términos de procreación responsable la salud sexual lleva implícito el derecho de la mujer y el varón a recibir servicios adecuados de atención a la salud que permitan los embarazos y los partos sin riesgos y ofrezcan a las parejas las máximas posibilidades de tener hijos sanos.

         Esta definición ampliada de salud sexual involucra un conjunto de acciones que contribuyen a ella, siendo su objetivo dar realce a la vida y a las relaciones personales y no meramente al asesoramiento y a la atención en materia de reproducción y enfermedades de transmisión sexual.

Cultura del Discernimiento: La cultura del discernimiento es el conjunto de conocimientos y actitudes que coadyuvan para que la mujer y el varón desarrollen su juicio crítico y reflexivo que les permitan decidir libre y responsablemente.

Capítulo IV

De los Principios del Ejercicio Responsable de la Sexualidad y de la

Comunicación de la Vida

         Art. 5º.- La Provincia se regirá por los siguientes principios en materia de ejercicio responsable de la sexualidad y de la comunicación de la vida:

1.- Reconocimiento y jerarquización de la vida a fin de lograr la formación del sentido crítico sobre los valores éticos y morales con relación al ejercicio de la sexualidad, de la maternidad y paternidad.

2.- Promoción del desarrollo integral de la familia y la autonomía de las personas, respetando la diversidad y pluralidad de pautas culturales y valores que existen en nuestra Provincia.

3.- Promoción de la cultura del discernimiento que afirme el derecho y el deber del consentimiento informado de quienes acceden a los servicios de salud.

4.- Fomento de la conciencia colectiva y personal para generar actitudes y comportamientos individuales, familiares y comunitarios que permitan la concreción de los objetivos propuestos en la presente Ley.

5.- Participación, sensibilización y responsabilidad compartida del varón en el ejercicio de la sexualidad y en la transmisión y el cuidado de la vida.

6.- Revalorizar el rol de la mujer en la sociedad en un contexto de complementariedad y reciprocidad con el varón.

7.- Promoción de la salud individual y familiar.

La enumeración de este artículo es enunciativa.

Capítulo V

De los Objetivos Generales

Art. 6º. – Son objetivos generales de la presente Ley, garantizar:

a) El acceso de mujeres y varones a la información, asesoramiento y a las prestaciones, métodos y servicios necesarios para el ejercicio libre y responsable de la sexualidad, maternidad y paternidad.

b) El acceso de las mujeres a los controles preventivos y a su atención integral durante el embarazo, parto, puerperio y lactancia en condiciones apropiadas, resguardando la intimidad y dignidad de las personas asistidas.

c) Los mecanismos que permitan el acceso igualitario de todas las personas que lo requieran, a los servicios de salud sexual y de manera gratuita para aquellos sectores sin cobertura social y desempleados.

d) La prevención del embarazo adolescente y la asistencia de la adolescente embarazada.

e) El asesoramiento y la asistencia, en la medida de los recursos disponibles, a las demandas de infertilidad y esterilidad.

f) La prevención, diagnóstico y tratamiento oportuno de las enfermedades de transmisión sexual, VIH-SIDA, de patologías genitomamarias y de otras endemias regionales.

g) La concientización de los agentes públicos acerca de los objetivos de la presente Ley, facilitando su permanente capacitación, actualización y/o especialización, mediante un abordaje multidisciplinario.

h) La reducción de la morbilidad y mortalidad materno-infantil.

i) La asistencia de la población en situación de riesgo social y/o biológico.

Capítulo VI

De los Instrumentos

         Art. 7º.- A los fines de interpretar y aplicar esta Ley, las acciones para cumplir los objetivos comprenden:

Art.- 8º.- Los métodos de regulación de la fertilidad deberán ser no abortivos, ni antiimplantatorios, de carácter reversible y transitorios y serán elegidos voluntariamente por los beneficiarios salvo indicación o contraindicación médica específica.

         Los profesionales médicos podrán prescribir todos los métodos autorizados por el organismo competente con arreglo a la presente Ley, sin perjuicio de ejercer el derecho de objeción de conciencia.

         Art. 9º.- Cuando la atención médica sea prestada a niños, adolescentes e incapaces, los agentes y profesionales de la salud intervinientes requerirán la presencia y autorización de los padres o representantes legales.

         Art. 10.- La autoridad de aplicación deberá priorizar la identificación, monitoreo y evaluación permanentes de los grupos poblacionales en riesgo para la provisión de recursos necesarios.

         Art. 11.- La autoridad de aplicación abastecerá en forma continua los insumos, bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de las acciones de la presente Ley.

         Art. 12.- La Provincia, a través de los sistemas de educación formal y no formal suministrará a los niños, adolescentes y adultos, la orientación y asistencia adecuada en salud sexual para contribuir a la calidad de vida dentro de un proyecto de familia y de crecimiento de la persona.

         A los efectos de garantizar el desarrollo de estos contenidos educativos se capacitará a todos los docentes de la Provincia, partiendo de reconocer que la familia es la primera educadora para la sexualidad.

          Las unidades educativas notificarán a los padres o representantes legales de los alumnos menores de edad acerca del contenido de las clases sobre educación para la salud sexual y responsabilidad por la vida, requiriendo la autorización para su participación.

         A pedido de los padres se podrán implementar clases destinadas a ellos en función de su propia información y de la educación de sus hijos.

Art. 13. Las unidades educativas públicas de gestión privada, confesionales o no, darán cumplimiento a la presente Ley según su propia opción y el proyecto educativo institucional específico.

Art. 14.- El Poder Ejecutivo implementará la presente Ley en vista a su efectivo cumplimiento, teniendo en cuenta los servicios, programas y acciones preexistentes, a efectos de coordinar y de no superponer los mismos, ni malgastar los recursos humanos y materiales.

         La adhesión de la Provincia a la Ley Nacional Nº 25.673, no implica la creación de un programa específico.

Art. 15.- La Autoridad de Aplicación remitirá al Poder Legislativo un informe anual sobre la implementación y desarrollo de la presente Ley, sin perjuicio de que circunstancias especiales justifiquen un análisis en distinto tiempo.

Art. 16.- Disposición Complementaria. La presente norma es complementaria de la Ley Provincial Nº 7.039 de Protección de la Niñez y Adolescencia y de la Ley Provincial Nº 6.660 de Enfermedades de Transmisión Sexual y SIDA.

Art. 17.- Las fuentes de financiamiento de los gastos e inversiones que demande el cumplimiento de la presente Ley se obtendrán de:

a) Los fondos asignados anualmente por la Ley de Presupuesto Provincial.

b) Los recursos que tienen destino específico dispuestos por leyes especiales, nacionales y provinciales.

c) Los recursos provenientes de las transferencias de fondos del Presupuesto Nacional.

d) Donaciones, legados y cualquier otra liberalidad.

Art. 18.- El Poder Ejecutivo reglamentará la Ley en el término de noventa días a partir de su vigencia.

Art. 19. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2002.

María Laura De la Zerda – Carlos Daniel Porcelo – Guillermo Emilio Toloza – Miguel Angel Vilaseca

Miembros informantes:  Senadores Carlos Daniel Porcelo, Guillermo Emilio Toloza,  Miguel Angel Vilaseca  y María Laura De la Zerda

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señor Presidente, señores senadores: realmente para los miembros de la Comisión de Salud y de Educación, hoy no es una sesión más. Hoy venimos a poner a consideración de los señores senadores un trabajo que nos ha llevado bastante tiempo. Por ahí hemos tenido la oportunidad de escuchar que se decía que el Senado tenía cajoneado o dormido el expediente del proyecto de Ejercicio Responsable de la Sexualidad, el programa que establecía la media sanción de Diputados y hoy más que nunca creo que no estábamos equivocados cuando habíamos decidido abrir un canal de diálogo y de consulta a diferentes sectores. Sabíamos que no estábamos legislando para un sector determinado, estábamos legislando  para todos los salteños.

         Pretendemos todos los miembros de la Comisión, en el fundamento, tratar de llevar a ustedes  un análisis lo más claro  posible, espero que nuestro objetivo se vea cumplido.

         El presente proyecto tiene como objeto, entre otros, garantizar el desarrollo responsable de la sexualidad. Por lo tanto, es esencial fortalecer un tema fundamental como es la salud sexual.

         Hoy, no podemos negar que el conocimiento científico nos indica que la sexualidad humana es uno de los aspectos básicos para el bienestar y la salud de los individuos. Porque el conocimiento creciente indica que los problemas de la sexualidad humana son más hondos e importantes para el bienestar y la salud de los individuos, que lo que se había admitido anteriormente.

         La definición universal de salud sexual dice: “La salud sexual es la integración de los elementos somáticos, emocionales, intelectuales espirituales y sociales del ser sexuado, en un sentido positivamente enriquecedor y de crecimiento de la personalidad, la comunicación y el amor”.

         Tres elementos básicos de una sexualidad sana son:

Con esta concepción de salud sexual estamos adhiriendo a la opción de un criterio positivo respecto de la sexualidad humana; que no es otra que dar realce a la vida y a las relaciones personales. Entonces no nos acotamos al mero asesoramiento sobre las enfermedades de transmisión sexual o lo relacionado con la reproducción.

         Por lo expuesto, concluimos que la sexualidad humana es un hecho social, además de un hecho biológico. De ahí que concebimos que la educación sexual debe ser parte del proceso educativo de niños, jóvenes y adultos.

         Así es, todo nos remite a considerar la educación sexual como una formación para la vida familiar y social, y en esto no nos equivocamos, porque ratificamos contundentemente que la familia es la mejor garante de la dignidad de cada ser humano porque alude a su convivencia y a su grandeza.

         Por ello la educación para la salud es la actividad fundamental para la promoción de la salud, que es el objetivo primordial del Sistema de Salud de nuestra Provincia y también de este proyecto de ley.

         No debemos desconocer que en nuestra Provincia tenemos una de las tasas de fecundidad y natalidad más altas del País, casi cuatro hijos por mujer y que esto es más frecuente en las que tienen menos educación o son más pobres, agravado porque en los últimos años se incrementó la tasa de fecundidad en las adolescentes, llegando a un promedio del 20% de adolescentes embarazadas.

         Esta situación contribuye a que ocurran hechos irreversibles, como la muerte materna. Sus causas más frecuentes son:

La falta de medios para regular la fecundidad o limitar y espaciar los nacimientos.

La falta de acceso a los servicios de salud y a métodos anticonceptivos eficaces.

La falta de educación  de la mujer que se refleja en mala nutrición, inserción precaria en el sistema educativo y menor oportunidad de empleo.

Este diagnóstico de situación nos demuestra que la mortalidad materna es una realidad que desafía el derecho a la vida de muchas mujeres, sabiendo que todas éstas son evitables y prevenibles. En nuestra Provincia la tasa de muerte materna es de setenta por cien mil nacidos vivos, o sea, que más de veinte mujeres fallecen por año.

La distribución por causa de la mortalidad materna indica que la principal causa es el aborto, del cual se desconoce si es espontáneo o inducido.

         La mala nutrición de la mujer es la que genera desde su gestación un crecimiento inadecuado del feto y que luego se traduce en nacimientos de niños desnutridos o con anomalías congénitas. El promedio de bajo peso al nacer es superior al 10%, por año, en la Provincia; muy alto, por cuanto en el Primer Mundo no alcanza al 5%.

         La mortalidad infantil que es del 18,9 por mil nacidos vivos para la Provincia en el año 2001, es superior a la media nacional de 16 por mil y como en la mortalidad materna, más de la mitad de estas muertes son evitables y por lo tanto reducibles a través de acciones muy simples y de bajo costo como enseñar a planificar los nacimientos, esto promueve una disminución del 20% de la mortalidad materno infantil.

         El derecho a la información y educación es el que nos va garantizar, no tan sólo el evitar las muertes maternas o infantiles, sino el que va a prevenir flagelos que hoy avanzan sobre los pueblos más desprotegidos como el SIDA, la sífilis y otros virus que causan enfermedades muy graves y tienen un alto costo para curarlas.

            Señor Presidente, señores senadores, con respecto a la media sanción venida en revisión a esta Cámara ha sido minuciosamente analizada por la Comisión de Salud Pública, Acción Social y Deportes junto con la Comisión de Educación y Cultura   y ha decidido  aconsejar al Senado la modificación al texto legal por varias razones, tanto de fondo como de forma.

         Entre las razones de forma que nos han conducido a modificar la media sanción de la Cámara de Diputados, podemos mencionar fundamentalmente la necesidad de dotar de una mayor precisión conceptual y a la par darle un carácter eminentemente preceptivo, dejando los pormenores y detalles necesarios para su aplicación a la correspondiente reglamentación. Se ha evitado la reiteración de conceptos disímiles con diferentes redacciones a fin de no caer en contradicciones y en el uso reiterativo de las ideas y de las palabras. De no ser así, esto le restaría claridad a la norma, porque bien lo decía Alberdi “la claridad es el primer requisito para que una ley pueda ser conocida y realizada por todos a quienes va dirigida, pues no se practica bien lo que se comprende mal”.

         Por otro lado, este proyecto venido en revisión se ha enriquecido con los múltiples aportes realizados tanto por organismos públicos como privados, especialistas en la materia o simples ciudadanos, quienes han hecho llegar sus inquietudes, críticas y propuestas de modificación, las cuales en su totalidad han sido analizadas por la Comisión.

Este proceso de consultas y de aportes de ideas se materializó gracias a las siguientes instituciones y personas: el Rectorado de la Cruz Roja Argentina, el Arzobispado de Salta, la Asociación Guías Argentinas, el Consejo Provincial de la Mujer,  la Comisión de la Mujer de la UNSa, la Asociación de Ginecología y Obstetricia de Salta, la Comisión de la Mujer y la Juventud del Concejo Deliberante de Salta, y algunos particulares como la señora María Cristina D’Angelo de Villagrán y señora Julia María Peña de Altamira, el doctor Néstor Ruiz de los Llanos, entre otros.

Ya decía Joaquín V. González: ”Las comisiones legislativas deben escuchar a los interesados y a las asociaciones intermedias.” Y ésta ha sido una consigna permanente y continua para llevar a cabo el estudio concienzudo de la media sanción de Diputados.

Entre las razones de fondo que justificaron la modificación del texto de Diputados podemos mencionar, en primer término, el respeto a una postura adoptada por este Senado en anteriores proyectos, al sostener que el Poder Legislativo no es competente para crear programas en el ámbito del Poder Ejecutivo a través de una ley.

Y ¿por qué decimos esto? Porque el art. 1º del texto original de Diputados dice textualmente: “Créase en el ámbito del Ministerio de Salud Pública el Programa Provincial Permanente de Salud Sexual y Responsabilidad por la Vida Temprana”. Al respecto consideramos que esa disposición no se ajusta a las normas constitucionales y legales que rigen la materia sobre la distribución de competencias entre los poderes del Estado.

Y esto es así porque no es atribución del Poder Legislativo la creación mediante ley de un programa en el seno del Ministerio de Salud Pública. No debemos olvidarnos que el art. 144, inciso 2, de nuestra Constitución establece que le corresponde al Gobernador, o su reemplazante legal, ejercer la potestad de dirigir toda la administración provincial.

Asimismo, el art. 147, tercer  párrafo de la Constitución expresa: “Una ley, cuya iniciativa corresponde al Poder Ejecutivo, determina el número de ministros y secretarios de Estado, sus competencias y sus atribuciones”. Consecuentemente, la organización jurídica del Poder Ejecutivo se establece con arreglo a la Ley Orgánica del Gobernador, Vicegobernador y Ministros, la cual en su art. 33 delimita las competencias que son propias del Ministro de Salud Pública, siendo una de ellas la “elaboración y ejecución de los planes y programas tendientes a obtener el mejor nivel de salud para todos los habitantes”.

Esto es lo que se conoce en Derecho Administrativo con el nombre de “zona de reserva de la administración”, que es un corolario del principio de separación de poderes o división constitucional de las funciones estatales que aparejan la adjudicación de competencias propias y exclusivas a cada uno de los tres órganos esenciales integrantes del gobierno.

Por su parte, el art. 127 inc. 16 de la Constitución de Salta dice: “Le corresponde al Poder Legislativo sancionar las otras leyes que, por su naturaleza y objeto, no fueren atribuciones de los otros poderes del Estado Provincial”. Porque así como el Ejecutivo no puede invadir con su acción la esfera propia y exclusiva del Legislativo, éste tampoco puede invadir -so pena de inconstitucionalidad- la esfera propia y exclusiva del Ejecutivo. Cada Poder sólo puede actuar válidamente en la esfera de su respectiva competencia establecida por la Constitución. A la “reserva de la ley” se opone la “reserva de la administración”, sin perjuicio que frente a ambas exista la “reserva de la justicia”.

En cuanto a la denominación “Programa Permanente”, la misma resulta contradictoria porque, si tenemos en cuenta que por programa se entiende el ordenamiento de recursos humanos y materiales que se organizan para la consecución de un determinado resultado y así dar solución a los problemas que han sido detectados y que, alcanzado el mismo, quedan “disponibles” para la puesta en marcha de otro programa; consecuentemente, consideramos que ningún programa puede ser “permanente”.

Entre los objetivos de la media sanción de Diputados se menciona: “Crear un servicio de documentación e información para conocer la realidad respecto de las prácticas sexuales…”.Esto lo consideramos violatorio del derecho de privacidad de las personas, de conformidad a lo prescripto por la Constitución Nacional en su art. 19 cuando dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados.”

Otro objetivo previsto en el texto de media sanción es el de “contribuir a la reducción de los abortos”. La expresión reducción de los abortos, se la interpreta como contradictoria por cuanto el aborto como tal es un delito que se encuentra reprimido en los arts. 85 a 88 del Código Penal. Por lo tanto, el Estado debe evitarlos y no solamente contribuir a su reducción.

Por otro lado, se advierten vacíos normativos en el texto venido en revisión. En primer lugar adolece del reconocimiento explícito y pleno del derecho a la objeción de conciencia, el cual tiene no sólo un valor legal sino también ético. El ejercicio de este derecho no constituye una falta al deber por parte de los profesionales de la salud en la atención de sus pacientes.

Defender este derecho importa el reconocimiento de uno de los derechos fundamentales que hacen al respeto incondicionado de la dignidad de la persona humana.

En este orden de ideas, coincidimos con Diputados en que una buena información posibilita una elección libre y responsable, no sólo de los métodos naturales de regulación de la fertilidad, sino también de las otras posibilidades que ofrecen la ciencia y la tecnología.

Pero en este último aspecto debemos puntualizar que los métodos aceptados deben tener las siguientes características: ser no abortivos, ni antiimplantatorios, sí reversibles y transitorios.

Y por último, y aparte de todas las consideraciones expuestas acerca de que no corresponde crear un programa en el Poder Ejecutivo por medio de una ley, estamos convencidos que no podemos “encerrar” el objetivo de esta norma en un programa porque lo devaluamos y atomizamos.

El espíritu de ella debe ser transversal, comprometiendo a todas las áreas de gobierno para que la misma sea una política de Estado.

Frente a la realidad que el 30 de octubre del año en curso, el Congreso de la Nación sancionó la Ley Nacional Nº 25.673 que nos invita a adherirnos a la misma, se decidió su adhesión parcial.

Ante esto, es necesario hacer una pequeña explicación. Las Provincias delegaron a la Nación ciertas facultades, las cuales se encuentran individualizadas en el art. 75 de la Constitución Nacional.

De allí que las Provincias no puedan legislar sobre materias propias, por ejemplo, del Código Civil, de Comercio, Penal, etc. Consecuentemente, las Provincias conservan todo el poder no delegado por la Constitución al Gobierno Federal. Por todo esto es que la Provincia tiene la facultad de adherirse o no la Ley Nacional, y en caso de adherirse, la misma puede ser total o parcial.

Por ello, previo estudio y análisis pormenorizado de la Ley Nacional, se aceptaron los arts. 3º, 4º, 6º incisos a) y c), 7º, 8º y 10.

En cuanto al art. 4º de la Ley Nacional, sí se aconseja su adhesión porque la misma se inscribe en el marco del ejercicio de la patria potestad, entendiendo por tal al conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a los padres sobre las personas y los bienes de sus hijos desde la concepción de éstos y en tanto sean menores de edad y no se hayan emancipado, según el art. 264 del Código Civil. Podría sintetizarse diciendo que la finalidad de la patria potestad es el interés y la protección del menor y cuya multiplicidad de aspectos pueden resumirse en la idea “educar integralmente al hijo”.

Pero, además, el art. 4º de la Ley Nacional continúa diciendo: ”En todos los casos se considerará primordial la satisfacción del interés superior del niño en el pleno goce de sus derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos.”

Con respecto a esto último se consideró fundamental su adhesión, porque la llamada Convención del Niño, no sólo es una Ley de la Nación desde el año 1990, sino también es ley provincial desde 1999, año en que se sancionó en nuestra Provincia la Ley Nº 7.039 sobre Protección de la Niñez y Adolescencia, la cual dispone expresamente en su último artículo que la Convención del Niño es de aplicación operativa en nuestra Provincia.

También consideramos conveniente adherirnos a la implementación de la transformación del modelo de atención para reforzar la calidad y cobertura de los servicios de salud a fin de que se den respuestas eficaces sobre salud sexual, y de la misma manera al art. 8º que regula acerca de la realización de difusión periódica de la aplicación de la ley.

En cuanto al art. 9º relacionado con las instituciones educativas de gestión privada, confesionales o no, y a las instituciones de carácter confesional que brinden servicios de salud  se aconseja su adhesión porque la ley nacional expresa que podrán cumplir la misma en el marco de sus convicciones.

         Estamos tan convencidos de nuestro aporte que no aconsejamos la adhesión al resto del articulado de la Ley Nacional porque trata de normas de estricta aplicación en este ámbito y porque nuestro compromiso nos lleva a respetar la idiosincrasia de nuestro pueblo. Es más, sostenemos que el hacer y el pensar de todos los sectores están contenidos en este proyecto. Muchas gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera

Sen. Vilaseca.- Señor Presidente, señores Senadores: plantear este proyecto de ley sobre el ejercicio responsable de la sexualidad y comunicación de la vida, significa proponer un marco legal de regulación social indispensable para resguardar la dignidad y la libertad de todos.

Siempre afirmamos que la raíz del árbol determina esencialmente la solidez del tronco y también la calidad y abundancia de los frutos. Entonces, si reconocemos y jerarquizamos la vida como principio y fin supremo del ejercicio de la sexualidad, entenderemos de dónde viene su profundidad y sus exigencias muy precisas. Y es en este contexto que reflexionamos concienzudamente para abordar esta legítima y acuciante preocupación social sobre la vida y sexualidad humanas.

Como hombres y mujeres responsables de la vida pública, tenemos la convicción que debemos edificar una sociedad donde tutele el respeto incondicionado de la dignidad de cada persona. Así es, la expresión “dignidad” alude a la eminencia del ser humano y a su grandeza. Consecuentemente, se desprende sin necesidad de mayores justificaciones el valor de la vida humana, no sólo con carácter general, sino de cada vida humana y, por ende, de todas las vidas humanas.

Y esto no es retórica política ni demagogia. Esta referencia a la dignidad, en los términos que acabamos de hacerlo, va más allá porque pone de relieve no ya que la vida es un bien básico, sino el valor incondicionado de cada vida humana.

Pensando así, la sexualidad humana, como don y tarea, requiere, por sobre todas las cosas, una educación que promueva una verdadera cultura del discernimiento y de la responsabilidad, partiendo del reconocimiento explícito del derecho fundamental a la vida desde la concepción.

En efecto, todo ser humano tiene derecho a una información veraz y razonable y a una formación integral, a la igualdad de oportunidades en el acceso a los medios de salud, y a que se le permita usar responsablemente de las posibilidades que ofrecen la ciencia y la tecnología.

Señor Presidente señores senadores, aceptamos plenamente que la salud sexual es la integración de los aspectos somáticos, emocionales, intelectuales, espirituales y sociales de la mujer y del varón en un sentido positivamente enriquecedor y de crecimiento de la personalidad, la comunicación y el amor. Esta definición conlleva la necesidad básica de formar e informar y esto es educar, y no meramente el asesoramiento y la atención en materia de reproducción y enfermedades de transmisión sexual.

Y sin perjuicio de parecer reiterativo y de pecar de redundancia, es de absoluta necesidad insistir que la sexualidad es una dimensión del ser humano como ser único, total y espiritual, por lo tanto no puede ser considerada como posibilidad puramente biológica de reproducción.

Si entendemos que la persona es unidad substancial de cuerpo y espíritu, es decir todos tenemos exterioridad e interioridad, esta educación no puede agotarse en la transmisión de información, sino que debe estar orientada a la formación de actitudes positivas para contribuir a la calidad de vida dentro de un proyecto de familia y de crecimiento de la persona.

Es de máxima importancia decir que con esta visión estamos superando un paradigma de educación sexual que ha estado centrado -y en algunos casos sigue centrado- en el genitalismo y la reproducción, que queda reducida a la anticoncepción.

Todo nos remite a considerar la educación sexual como una formación para la vida familiar y social. Por eso, este proyecto de ley promueve el desarrollo integral de la familia porque ella es cuna de la vida naciente y primera escuela de amor, de valores y de convivencia social. No nos equivocamos al ratificar contundentemente que la familia es la mejor garante de la dignidad de cada ser humano. De ahí que la vinculemos con el desarrollo de la autonomía de las personas, capaces de juicio crítico y reflexivo que les permitan decidir libre y responsablemente.

         A través de este proyecto, se revaloriza también la función de la familia. Si la familia se fortalece como primera escuela de valores, amor y convivencia, funciona acompañada por la educación formal, es posible que nuestra sociedad esté integrada por jóvenes con autonomía moral y capaz de discernir y que le permita ejercer responsablemente su sexualidad.

         De esta manera, habremos colaborado con el plan divino de Dios, que cada ser humano viva con plenitud y dignidad, que es la finalidad de la creación.

         Esta mañana concurrí a las Terceras Jornadas de Atención Primaria de la Salud, acompañando a nuestro Presidente de la Comisión de Salud Pública, el Doctor Porcelo, quien iba a ser uno de los panelistas, tuve la oportunidad de escuchar a varios disertantes,  doctores, profesores, y me di cuenta que todos coincidían en la situación que está viviendo el mundo y en especial nuestro País. Coincidían en el avanzado y preocupante porcentaje de mortalidad materno infantil y eso me dio la seguridad de que el trabajo realizado por estas Comisiones es efectivamente acertado. Nada más, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Toloza.- Señor Presidente, señoras y señores Senadores: otro elemento clave de este proyecto de ley es el respeto por la diversidad y pluralidad cultural de las diferentes comunidades que habitan en nuestra Provincia.

Recordemos que lo diverso es reconocido como condición de lo humano y la diversidad se manifiesta también a través de las diferencias entre grupos que comparten un conjunto de rasgos producto de variadas experiencias socioculturales, reglas, creencias, principios, modos de comprender el mundo y de las formas en que se expresan y comunican esas concepciones.

Entonces, señor Presidente, respetar la diversidad no significa neutralizar las diferencias en la búsqueda de valores homogéneos ni supone  la adaptación a la desigualdad, sino que implica la resignificación, valga la redundancia, de las diferencias individuales y culturales.

Nos interesa remarcar este aspecto porque no se pueden fijar políticas de salud sexual y procreación responsable para estas poblaciones sin información sobre sus creencias, saberes y alternativas propias. Asimismo, es de máxima importancia que esta educación sea acertada en sus metodologías para con las personas analfabetas, las que sin experiencias de aprendizajes en espacios discursivos y deliberativos, logren una verdadera apropiación. No se debe obviar la lectura de esta realidad,  ellas están necesitadas de una discriminación positiva, para un efectivo ejercicio de sus derechos a la información y decisión en la temática de la sexualidad.

En consecuencia, establecemos que la difusión de la información y la educación sobre sexualidad humana debe ser impartida por personas competentes y su contenido cabalmente veraz, científicamente fundada, completa y accesible. Es decir, este trabajo debe ser sumamente  respetuoso porque justamente es profundamente humano, en donde la responsabilidad pone en juego la capacidad de hacer libremente.

Y porque estamos convencidos que el tono fundamental de este tema es la responsabilidad y la libertad, reconocemos y defendemos el derecho-deber de los padres, insustituible e inalienable, a la educación moral de sus hijos. Este derecho-deber implica la oportuna consulta a éstos cuando sean menores bajo patria potestad, sin perjuicio que, de existir situaciones de riesgo social y/o biológico, se tomen los recaudos con las debidas autorizaciones de autoridad jurídica.

En este orden de ideas, señor Presidente, advertimos otra realidad: la de los embarazos precoces. En infinidad de ocasiones los jóvenes -como todos- se encuentran frente a decisiones en las cuales optar por lo bueno representa dejar el dictado de los impulsos. Esta lucha interior es intensa y es necesario encontrar elementos para que, al decidirse cada vez más firmemente por lo bueno, no sienta que pierde algo sino todo lo contrario. De ahí que el objetivo de la educación sexual en la etapa juvenil se vea redimensionada a la luz de esta realidad. Se trata de propiciar que el adolescente encuentre razones de peso para actuar siempre conforme a la verdadera libertad, esto es, de acuerdo a lo que realmente es beneficioso para él, según su naturaleza de persona y para los demás en cuanto prójimos, también personas.

Pero esta formación no puede acotarse sólo a la etapa de la adolescencia. Los primeros años de vida del niño son los más importantes para la formación de la personalidad y cuando comienza la etapa escolar obligatoria, el Nivel Inicial de nuestro sistema educativo, a los cinco años, comienza una fase larga y decisiva para su inserción en la sociedad. Es el período donde confrontan los criterios de juicios de sus pares y del mundo exterior con los del hogar y de ese modo llegan a formar los criterios propios. Esos serán formados por la familia, el colegio, la televisión o por la calle. En estos años la presencia de los padres es decisiva y si tomamos en serio esta tarea, seremos capaces de formar personalidades sanas.

Desde este marco de referencia estamos plenamente convencidos de la formación temprana y adecuada de los niños en salud sexual, a través del trabajo pedagógico sistemático, serio y concienzudo.

Es imprescindible que la educación sexual escolar aborde todos los aspectos del amor humano -físicos, afectivos y espirituales- para contrarrestar con eficacia una de las principales fuentes de educación o formación en este terreno y que se ha impuesto en los últimos treinta años: la televisión. Y el modelo que la televisión presenta cada vez está más marcada por la cultura de la revolución sexual, donde hay una disociación total entre diálogo del cuerpo, diálogo de los afectos y diálogo personal, haciéndolo a través de imágenes que calan muy hondo en cada persona.

No hay dudas de que una educación en valores garantiza el desarrollo de sociedades sanas. Si logramos cultivar muchos árboles sanos, tendremos un bosque sano. Si conseguimos educar muchas familias sanas, edificaremos una sociedad al servicio de la vida. Nada más, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cerrillos.

Sen. De la Zerda.- Señor Presidente: antes que nada quiero hacer referencia al trabajo diligente y comprometido que desarrolló en este tema la Senadora por el departamento Cachi, Teresita Díaz. Lamentablemente por esas cosas que tiene la vida hoy le impide estar en esta sesión. Me ha manifestado y también a todos los miembros de la Comisión de Salud, la desazón que siente por su obligada ausencia en el tratamiento de este proyecto de ley, porque está convencida que es de fundamental importancia para todos los salteños. Por eso no ha escatimado tiempo ni esfuerzo, no sólo para estudiarlo y analizarlo en detalle sino para escuchar y conciliar las diferentes ideas y opiniones de múltiples sectores de la sociedad salteña, incluye por supuesto a su querido pueblo cacheño.

         La Senadora Teresita Díaz es una defensora incansable de la dignidad de la persona y de la vida humana, por eso le otorga un valor  incalculable a la maternidad y paternidad responsable, al cultivo de las relaciones personales, a través del respeto. De allí, que permanentemente expresa que la calidad de la sociedad depende de la calidad de la familia.

         Agradezco que me hayan permitido, con su atención, destacar en apretada síntesis la labor y el pensamiento en esta materia de la Senadora por Cachi.

Hemos mencionado que el principio rector en torno al cual gira el ejercicio responsable de la sexualidad y de la comunicación de la vida es la dignidad humana. Y en este marco se inscribe el contenido del proyecto de ley.

Bien, si dignidad de la persona humana equivale a dignidad de toda mujer y varón, esto es, igualdad radical de todos los seres humanos en cuanto al respeto que merecen en su humanidad, se sigue como necesaria conclusión que tal igualdad debe existir también en la titularidad y el ejercicio de todos los derechos que la dignidad fundamenta.

Por lo tanto, y en virtud de lo expuesto, revalorizamos y potenciamos el rol de la mujer en la sociedad en un contexto de complementariedad y reciprocidad con el varón. De esta afirmación deviene la necesidad de poner énfasis acerca de la participación, sensibilización y responsabilidad del varón en el ejercicio responsable de la sexualidad y en la transmisión y el cuidado de la vida.

A menudo el varón no tiene conciencia de esta realidad orgánica y tridimensional de la sexualidad y considera que el tema de los hijos es un problema de la mujer. Y esta lejanía es casi natural con respecto al proceso de nacimiento, crecimiento y educación cotidiana de los hijos.

De ahí que consideráramos que el varón debe asumir un papel activo, no sólo genital, para descubrir la riqueza que significa el contacto estrecho con la vida y su cultivo. El varón, entonces, debe necesariamente redimensionar el significado de la paternidad y ejercerla mucho mejor. Sí, señores, revalorizar el significado de la paternidad y ejercerla mucho mejor.

Por otro lado, y volviendo a centrar nuestra atención en la mujer, no podemos negar que en términos de salud sexual y procreación todavía existen para ella condicionantes de orden afectivo y discriminatorio de su situación social. Esto nos exige establecer estrategias que tomen en cuenta un enfoque integral de todo el ciclo vital de la mujer y no sólo en el período conceptivo.

Por muchos siglos, la mujer embarazada recibió atención sólo en el momento mismo del parto, con la creencia de que aquello era suficiente. Debió pasar mucho tiempo para que esta forma de pensar se modificara, y sólo a fines del siglo XIX numerosos médicos señalaron la importancia del cuidado prenatal.

En los años ochenta del siglo pasado, los gobiernos y los programas de salud pública comenzaron a concentrar sus esfuerzos en la salud materno infantil. Entonces, al igual que ahora, el riesgo relativo de muerte materna en un país en vías de desarrollo era doscientas veces superior al de una nación industrializada. Los cuidados en el período prenatal y durante el parto contribuyeron a disminuir gradualmente la morbilidad y mortalidad materno infantil; sin embargo los resultados no fueron satisfactorios.

Por eso nuestra posición al respecto se inscribe en el marco de este proyecto de ley reforzando la idea de que aquellos cuidados, además de actuar en los períodos prenatal, parto y post parto, deben empezar en la etapa preconcepcional, es decir antes que la mujer se embarace.

Y esta afirmación, señor Presidente, señoras y señores Senadores, se garantiza fundamentalmente con una labor realmente educativa y preventiva. De allí que se impone la necesidad de buscar la coordinación intersectorial con la finalidad de concertar esfuerzos y concentrarlos en esta área.

Por otro lado, cuando mencionamos que debemos respetar y resignificar los valores y creencias de las diversas culturas locales de nuestra Provincia con relación al cuidado de la salud sexual, es imperativo tener en cuenta la especial situación social  de sus mujeres. Y esto, sin un ápice de duda, debemos contemplar en su real dimensión.

Así es, la sobrecarga de responsabilidades de las mujeres, en condiciones socioeconómicas muy adversas, sin acompañamiento, apoyo y capacitación específica a sus múltiples funciones familiares y sociales, es la principal causa de sus desiguales oportunidades de desarrollo físico, psíquico y social. Esto se traduce en un fuerte sentimiento de sufrimiento de la mujer, por ser mujer. Se siente desvalorizada. Su falta de autoestima y valoración por parte de los hombres y de la sociedad la subsume a una condición de inferioridad y menosprecio. A pesar que normalmente es sostén prioritario y permanente tanto de la reproducción como de la producción familiar, es a quien primero se le niega el derecho a estudiar por exigencias de su función económica.

Y un ejemplo de esta situación, como hay tantos otros, es el de la mujer de la Puna, donde además de criar muchos hijos desde muy temprana hasta avanzada edad -tanto propios como los de sus hijas- desarrollan múltiples tareas como buscar la leña, acarrear el agua, tejer las vestimentas familiares, preparar y cuidar la tierra, pastorear ovejas; participar de las reuniones escolares y sobre todo, lo más doloroso, llevar sus hijos caminando horas al hospital cuando enferman.

Entonces, no podemos desentendernos de esta realidad provincial, desconociendo o ignorando estas sociedades distintas. Es imprescindible desarrollar acciones para que conozcan información sobre su cuerpo y sexualidad, y puedan tomar decisiones en una esfera prioritaria y básica para la igualdad de sus oportunidades, siempre en un contexto de complementariedad y reciprocidad cultural con el varón.

La mujer tiene características propias, paciencia, lealtad, sensibilidad, fe, valentía, solidaridad, persistencia, capacidad de darse, que han sido poco apreciadas como valores prácticos, pero que han tenido gran importancia a lo largo de la historia como elementos generadores de fortaleza.

Por su condición de madre y sus rasgos psicosociales, en los micro universos sociales, la mujer desempeña naturalmente la función de promotora de salud. Bien sabemos que la mujer se encarga de mantener cierto grado de bienestar y salud mediante la higiene de su casa y de sus hijos. Muchas veces ella misma trata las enfermedades comunes con remedios tradicionales compartidos por las mujeres de generación en generación. También es psicóloga y educadora que estabiliza el equilibrio de tensión y ansiedad en la familia y enseña a sus hijos a socializar.

Entonces, si está dado todo este potencial, cómo el tema de la mujer como promotora de salud no merece más atención. Cómo no vamos a concentrar esfuerzos para que la mujer entienda mejor su cuerpo. Cómo no vamos a facilitarle que tenga acceso a buenas fuentes de información y formación. Cómo no vamos a ayudarla a reforzar su autoestima.

Los hombres y mujeres son iguales en dignidad, pero diferentes y complementarios. Lo que la mujer es para el hombre en la formación del hogar ha de serlo para la sociedad en la construcción del mundo.

Quiero agradecer a todos los miembros de la Comisión de Salud y de Educación por la ayuda que nos dieron, por el tiempo, a lo mejor fuera de su horario de trabajo, dejando su familia, especialmente al Dr. Arias, a la Dra. Estrada, a Ingrid Ulivarri.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señor Presidente, señoras. y señores Senadores: este proyecto de ley es un intento muy logrado de recuperar el verdadero significado del ejercicio de la sexualidad y de comunicación de la vida.

Las acciones que regula no apuntan a menospreciar ni a burlar la natural fecundidad. Rotundamente no.

Bien sabemos que la opinión pública está bombardeada por el tema del “control de la natalidad”. Pero la misma palabra “control” sugiere la idea  de tener el dominio, el mando, el gobierno de la situación.

Y esto no es lo que pretende instalar este marco legal. Fundamentalmente porque no  apuntamos a un objetivo demográfico de controlar el crecimiento de la población porque tememos los peligros de la contaminación ambiental y el agotamiento de los recursos naturales. Si pensamos así, estaríamos aceptando una visión reduccionista y simplista del papel de la mujer y el varón en esta tierra.

Plantear este proyecto de ley sobre el ejercicio responsable de la sexualidad y comunicación de la vida, significa proponer un marco legal de regulación social indispensable para resguardar la dignidad y la libertad de todos.

Este marco legal se desenvuelve a partir del respeto incondicionado de la dignidad de la persona humana, esto es reconocer el ejercicio de sus derechos fundamentales, incluidos los llamados derechos sociales. Y defender estos derechos importa reconocer y proteger los valores relativos a la vida, integridad física y moral, libertad personal, honor, intimidad personal y familiar, educación, objeción de conciencia, libertad ideológica y religiosa.

         Por eso decimos “ejercicio responsable de la sexualidad” en estrecha vinculación con “la comunicación de la vida”. Y ante estas definiciones creemos que es conveniente detenerse en el significado de las palabras ¿Qué es responsabilidad? Si lo buscamos en el diccionario nos señala que es la “capacidad existente para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente”  Y ¿Qué es ser responsable? Es la persona que pone cuidado y atención en lo que hace o decide, con sentido o consciente de la propia responsabilidad.

Entonces, de estas acepciones comprendemos que la procreación está ligada a un conjunto de actos que comprometen a toda la persona del varón y de la mujer. Y el tono fundamental de esta relación es la responsabilidad en el sentido de que es la capacidad  para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente.

De modo tal que la comunicación de la vida no sólo tiene relación directa con el hecho de concebir sino que es una actitud permanente de servicio a la vida.

Por otro lado, desde el momento en que reconocemos y jerarquizamos la vida como un derecho de jerarquía superior y en absoluta conexión con la dignidad humana, descartamos de plano que el objetivo de este proyecto de ley sea la búsqueda de la disminución de la natalidad.

Bien decimos en el objeto de la ley “garantizar las políticas sociales públicas orientadas a reconocer el derecho de las mujeres y los varones a vivir en forma digna, con salud y en armonía con su hábitat”

Asimismo, es interesante destacar que hacemos referencia a que esta norma es complementaria de la Ley Provincial N° 7.039 de Protección de la Niñez y Adolescencia, la que asegura, entre otros aspectos, la protección integral de todas las personas desde el momento de su concepción y hasta la mayoría de edad; la implementación de programas de paternidad responsable que contemplen educación y asistencia a la familia; la protección integral de la madre durante el embarazo y el período de lactancia como así también la supervivencia, integridad y desarrollo psico-físico del hijo.

Entonces, podrán advertir que en el tratamiento de estos temas hay continuidad de una línea de pensamiento y de trabajo legislativo, que no es otro que jerarquizar la vida y cuidar de ella.

Por lo tanto, todos estos principios y garantías expuestos cancelan totalmente el concepto de “control de la natalidad”, consecuentemente no aceptamos el calificativo de  “ley antinatalista”.

Señor Presidente, señoras y señores senadores, esperamos con estos fundamentos dados a través de los integrantes de la Comisión de Salud, haber sido claros en el análisis completo de la ley que hoy esperamos sea aprobada.

         Soy consciente que la importancia de esta me llevó a ser un poco el vocero desde hace un tiempo y, porqué no, transformarme en uno de los protagonistas en la discusión y el tratamiento de esta ley, pero quiero dejar bien en claro que en esta tarea no estuve solo, realmente me siento orgulloso de ser parte de un equipo que conformaron senadores, asesores, secretarios y secretarias de ambas Comisiones, me refiero a la Comisión de Salud y a la de Educación, en donde todos participaron. La satisfacción es grande, más allá de la obligación que se tiene con esta tarea, pude ver el empeño, la dedicación y un sentimiento particular puesto en esta labor. Gracias a todos.

La documentación que terminó formando parte de este expediente, es sumamente importante y valiosa. Quiero dejar en claro que una copia va a quedar en la Comisión para que cualquier senador, legislador o vecino, tenga la posibilidad de consultar la misma.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.

Sen. Cornejo Patrón.- Señor Presidente, señores senadores: como Presidente del Bloque Justicialista, me siento realmente orgulloso por el trabajo ejercido por las dos Comisiones y a través de los Presidentes, tanto de la Comisión de Salud como de la de Educación, hago llegar mis felicitaciones a las Comisiones y también a sus asesores.

         Quiero destacar que esta ley en algún momento ha sido severamente presionada por la prensa y también por políticos, quizás querían manipulearla en forma política y los senadores han tenido la valentía de tenerla en estudio el tiempo que ellos han considerado y no decidir bajo ninguna presión, ni como políticos, ni como doctores, ni como abogados, sino fundamentalmente como seres humanos, como padres y madres de familia. Esto es realmente lo que hay que destacar de estas Comisiones y también decirles que han defendido sus principios y sus ideales sin tocar, digamos, algo que para mí es fundamental, la parte religiosa o nuestra religión. Hago esta consideración porque vengo de un Departamento que se llama Chicoana, donde el 95% son católicos apostólicos romanos y como católico siento la obligación de defenderlos y los vengo representando. Motiva la defensa de este trabajo, algo supremo, es solamente la defensa de lo que es la vida, de lo que es tenerlo a Dios presente en todo momento, Dios como centro de la vida, Dios como amor y es ahí donde uno puede empezar a explicar toda esta trama que ellos han desempeñado con diferentes argumentos.

         Me siento realmente complacido de que esta ley sea una defensa a la vida, una defensa de la familia y que de alguna manera deseche o deje a un lado muchas especulaciones que no van con lo que es nuestra sociedad, nuestra Provincia o la mayoría de nuestro País.

         Nuevamente, mis felicitaciones a estas dos Comisiones que han trabajado arduamente.

Sr. Presidente (Lapad).- Esta Presidencia felicita a las Comisiones por el trabajo y adhiere a las palabras vertidas por los distintos oradores.

         Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señor Presidente: en primer lugar para solicitar que todo lo que se ha expuesto en esta sesión, todos los fundamentos sean incorporados al expediente y solicito que se ponga a consideración la posibilidad de hacer la votación por Capítulo.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.

         En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

         En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

         En consideración en particular. Se va a votar.

Sr. Secretario (Catalano).- Ley Provincial de Ejercicio Responsable de la Sexualidad y de la Comunicación de la Vida.  Capítulo I De la Adhesión a la Ley Nacional.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo II. Del Objeto y Ámbito de Aplicación.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo III. De la Significación de Conceptos Empleados.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo IV. De los Principios del Ejercicio Responsable de la Sexualidad y de la Comunicación de la Vida.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo V. De los Objetivos Generales.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo VI. De los Instrumentos.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado por unanimidad. Vuelve en revisión a la Cámara de Diputados.

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PROTECCIÓN DE LAS MANIFESTACIONES ARTESANALES

Expte. Nº 90-15.097/02

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo, ha considerado el proyecto de ley de las Senadoras María Teresita  Díaz, Amalia Corregidor y María Laura de la Zerda y Senadores Francisco Cornejo Patrón, Pedro Sandez, Telmo Salva, Francisco Ibáñez, Miguel Angel Oscari, Guillermo Emilio Toloza, Cosme Sarapura, Omar Gerardo Quipildor, Carlos González, Guillermo Barrera, Pedro Liverato, Carlos Daniel Porcelo, Ricardo Zambrano, Miguel Ángel Vilaseca, Sergio Ramón Zenteno, Jesús Ávila Amores, Néstor Fidel Cardozo y Guillermo López Mirau, de “Protección de las Manifestaciones Artesanales”; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción de la siguiente manera:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

CAPÍTULO I

PROTECCIÓN DE LAS MANIFESTACIONES ARTESANALES

Artículo 1º.- Declárase de interés provincial las actividades artesanales y las artesanías, como manifestaciones de la identidad provincial y del patrimonio cultural.

CAPÍTULO II

DEFINICIÓN

Art. 2º.- A los fines de la presente Ley, se entiende por “Artesanía”, a las modalidades de producción consistentes en actividades, destrezas o técnicas empíricas con dinamismo resolutivo y estético, mediante las cuales se obtienen objetos no industriales a partir de  materias primas en su estado natural y/o procesadas industrialmente, elaborados manualmente y/o con recursos instrumentales en los que la actividad manual sea preponderante, y que expresan las características culturales, individuales o colectivas de sus productores. Se entiende por “Artesano”, a todo aquel trabajador que, de acuerdo a su oficio, sentimiento o ingenio, crea fundamentalmente su obra por medio de la habilidad manual.

CAPÍTULO III

OBJETO

         Art. 3º.- La presente Ley tiene por objeto:

CAPÍTULO IV

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

         Art. 4º.- Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley la Secretaría de Cultura de la Provincia o el organismo que en el futuro la reemplace.

         Art. 5º.- La Autoridad de Aplicación calificará a las actividades artesanales y sus artesanías, para que sean consideradas como tales en conformidad con el artículo 2º, dejando constancia fundada de las circunstancias que así lo ameritan.

         Art. 6º.- La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la promoción, preservación y desarrollo de las actividades artesanales, a través de las siguientes acciones:

a) Capacitar, formar y asistir técnica y legalmente a los artesanos, organizaciones artesanales, organismos provinciales y municipales que así lo requieran.

b) Facilitar a los artesanos y/o organizaciones artesanales, el acceso a créditos, becas y subsidios destinados a mejorar las condiciones productivas.

c) Fomentar la implementación de sistemas asociativos.

d) Desarrollar estrategias que permitan la conservación de las técnicas artesanales tradicionales propias de la identidad provincial.

e) Promover la exhibición de exposiciones, eventos y certámenes para la divulgación de las artesanías y de la actividad artesanal en los ámbitos provinciales, regionales, nacionales e internacionales.

f) Coordinar acciones de cooperación, asistencia y desarrollo con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales provinciales, nacionales e internacionales.

g) Difundir los planes de fomento, programas de formación artesanal, declaraciones de protección singularizada y la regulación de marcas de origen o calificaciones similares que se proyecten.

CAPÍTULO V

REGISTROS

         Art. 7º.- La Autoridad de Aplicación creará un Registro Provincial de Artesanos, de Organizaciones, Instituciones y Entidades vinculados a las artesanías y/o a la actividad artesanal.

         Art. 8º.- La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la definición, inscripción y la certificación de autenticidad de las marcas registradas y de la denominación de origen.

CAPÍTULO VI

FONDO DE FOMENTO ARTESANAL

         Art. 9º.- Créase el Fondo de Fomento Artesanal, el que será gerenciado y administrado por la Autoridad de Aplicación.

         Art. 10.- El Fondo de Fomento Artesanal estará integrado por:

a) Los aportes de organismos oficiales y privados, municipales, provinciales, nacionales e internacionales.

b) Todo ingreso que pueda obtener por cualquier título, herencia, legado o donación.

c) El producido por la comercialización de productos artesanales.

d) Todo otro ingreso no previsto en los incisos anteriores.

CAPÍTULO VII

CLÁUSULAS GENERALES

         Art. 11.- La Autoridad de Aplicación podrá establecer Regiones Artesanales dentro de la Provincia, y por motivos fundados podrá priorizar  la protección de las artesanías o de la actividad artesanal representativas de un determinado territorio o lugar, a los fines de su promoción, difusión y aplicación de la presente Ley.

         Art. 12.- Invítase a los municipios de la Provincia a adherir al régimen establecido por la presente Ley.

         Art. 13.- El Poder Ejecutivo de la Provincia reglamentará la presente Ley dentro de los noventa (90) días a partir de su vigencia.

         Art. 14.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de la Comisión, 21 de noviembre de 2002.

Telmo Salva – Sergio Ramón Zenteno – Miguel Ángel Oscari – Jesús Ávila Amores – Ricardo Zambrano

Miembro Informante: Senador Telmo Salva

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento  La Poma.

Sen. Salva.- Señor Presidente, señores senadores: la Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo ha considerado el proyecto de ley de Protección de las Manifestaciones Artesanales. Como legisladores, como hombres políticos, conocedores de las necesidades de nuestro pueblo se nos convierte en una obligación moral acordarnos y proteger a los que menos tienen y a aquéllos que sólo pretenden vivir del trabajo con el fruto de sus manos. Esta idea está claramente plasmada en el artículo 3º, cuando como objetivo del proyecto se pretende desarrollar las artesanías como una fuente de trabajo sostenible, creando mediante la capacitación y el acceso a créditos las condiciones adecuadas para su desarrollo.

En una Argentina con una desocupación creciente, con un incremento notable en las enfermedades psíquicas debido a la pérdida de esperanzas, no podemos mirar hacia otro lado, sabiendo que nuestros hermanos han depositado la confianza en nosotros.

         Es por eso que debemos reconocer y resguardar el derecho de trabajar, a una retribución justa, a la capacitación, a las condiciones dignas de trabajo, a la preservación de la salud, al bienestar, a la seguridad social, a la protección de la familia, al mejoramiento económico, a la defensa de los intereses profesionales, según reza nuestra propia Constitución en el artículo 44.

         Estos fundamentos marcan claramente la conveniencia de esta iniciativa que tiene como único objetivo dignificar a los artesanos, que a través de su trabajo nos hablan de la tierra de donde vienen y donde viven, de sus esperanzas, de sus sueños, de sus ilusiones, porque el artesano es el artista, es aquél que tiene el don de expresar en sus manos ese sentimiento eterno que Dios le dio. Apoyarlo con este proyecto, es un acto de justicia.

         Por todo lo expuesto, la Comisión aconseja la aprobación de este proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se dará lectura al mensaje remitido por la señora Senadora por el departamento Cachi, doña María Teresita Díaz, autora del proyecto que estamos considerando, quien se encuentra con licencia en la presente sesión.

Sr. Secretario (Catalano).- “Fundamentos. Señor Presidente, señores Senadores: ante la imposibilidad material de estar presente, por razones familiares, en este día tan especial quiero llevar a ustedes mi humilde mensaje referido al proyecto de ley de protección de las manifestaciones artesanales de la provincia de Salta.

         El presente proyecto de ley fue pensado desde la perspectiva de buscar una nueva alternativa laboral que contribuya a resolver los graves problemas de desocupación, siempre que esa alternativa fuera propia a nuestra cultura y a nuestro sentido, y sea sustentable en el tiempo.

         La artesanía es un producto cultural, cuyo creador es el llamado artesano y que es el portador de técnicas determinadas, las que pueden ser tradicionales o de tipo urbano, es decir hay dos tipos de artesanías, la tradicional y la urbana, las que se insertan en diferentes grupos sociales y dentro de sistemas económicos diversos, lo que hizo necesario realizar un profundo análisis de su realidad para la presentación del presente proyecto. De este trabajo preliminar es que se observó que a pesar de la extraordinaria diversidad cultural que caracteriza a nuestra Provincia, tanto la actividad artesanal como el artesano no son valorados en su justa medida. El artesano es vulnerable comercialmente, muchas veces engañado o defraudado, aún cuando su producto, la artesanía, es reconocida como parte de la identidad cultural. Ante esta situación el artesano, o cambia de actividad o realiza actividades paralelas buscando medios de vida más rentables. Tampoco transmite las técnicas que a veces sólo él conoce, pues identifica artesanía con pobreza ante la escasa rentabilidad de su trabajo. Otra seria dificultad con la que se encuentra el artesano es la imposibilidad de acceder a créditos que le permitan incrementar su producción, ya que en las actuales estructuras económicas la posibilidad de brindar actividades productivas requiere tener acceso a circuitos crediticios y para los artesanos que no tienen un respaldo a sus solicitudes las dificultades para obtener créditos son mayores.

         Entonces, cuál es el interés de este proyecto. Simplemente preservar y proteger la producción artesanal, dado que la práctica de ella no sólo afianza nuestra identidad cultural, sino que además contribuirá a resolver los problemas de desocupación, logrando una buena distribución de ingresos, luchar contra la inequidad y afianza a la población local evitando migraciones negativas. ¿Cómo lograrlo? Valorando a través de esta norma legal la actividad artesanal y al artesano, y eliminando la intermediación. Por ello en el proyecto se define la autoridad de aplicación, la que deberá fundamentalmente promover la modernización y reestructuración de la actividad, mejorando sus condiciones de gestión, competitividad y rentabilidad en el mercado, a través de sus acciones orientadas a dignificar la actividad.

         También se prevé un registro general de las actividades artesanales que será único y público, el mismo nos permitirá conocer cuáles actividades y cuantos artesanos hay en la Provincia, qué técnicas poseen, qué productos elaboran, etc.

         El fin último de la aplicación de este proyecto de ley deberá ser lograr la autogestión del artesano para que él mismo defienda este trabajo, lo haga rentable y se independice.

         Señor Presidente, señores senadores, la aprobación de este proyecto de ley significará la puesta en ejercicio del valor justicia como valor absoluto y de otros correlativos como la solidaridad, cooperación, respeto, etc, que son la base de nuestro rol como legisladores.

         Por último, quisiera hacer llegar mi profundo agradecimiento a todas las personas que colaboraron en la elaboración de este proyecto y de manera muy especial a las autoridades y personal técnico de la Secretaría de Cultura de la Provincia, quienes brindaron todo el asesoramiento necesario para que este proyecto fuera una realidad.

         Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley. Fdo.: María Teresita Díaz”.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

      En consideración en particular.

     Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señor Presidente: es para mocionar que la votación en particular sea por Capítulos, ya que por Secretaría se ha leído íntegramente el texto del proyecto de ley.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.

         Se va a votar en particular.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo I. Protección de las Manifestaciones Artesanales.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo II. Definición.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo III. Objeto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo IV. Autoridad de Aplicación.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo V. Registros.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo VI. Fondo de Fomento Artesanal.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (Catalano).- Capítulo VII. Cláusulas Generales.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. El artículo 14 es de forma.

          Sancionado. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

16

PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LA LOCALIDAD DE COBRES

Expte. Nº 90-15.133/02

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Telmo Salva, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ente Regulador de los Servicios Públicos, requiera a las empresas concesionarias del servicio de energía eléctrica, la provisión del servicio mencionado durante las 24 horas a la localidad de Cobres en el departamento La Poma; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 21 de noviembre de 2002.

Telmo Salva – Sergio Ramón Zenteno – Miguel Ángel Oscari – Amalia Corregidor – Jesús Ávila Amores – Ricardo Zambrano

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

         Conforme a lo oportunamente resuelto, el Cuerpo pasa a Sesión Especial, a fin de considerar los dictámenes de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

         Por Secretaría se dará lectura.

17

ACUERDO PARA LA DESIGNACIÓN DE FISCAL ANTE LA CORTE Nº 1

Expte. Nº 90-15.129/02

Dictamen de Comisión

La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo la designación del Dr. Alejandro Arturo Saravia, D.N.I. 8.177.040, Clase 1947, como Fiscal ante la Corte Nº 1; al mismo se le ha dado el trámite establecido en el artículo 152 y cc. del Reglamento de Cámara; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja prestar el acuerdo solicitado.

Sala de la Comisión, 28 de noviembre de 2002.

Miguel Ángel Oscari – Sergio Ramón Zenteno – Guillermo Enrique Nazareno Barrera – Mashur Lapad – Luis Guillermo López Mirau

Miembro Informante: Senador Guillermo Enrique Barrera.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señor Presidente: corresponde en esta sesión especial dar tratamiento institucional a la propuesta de designación del Doctor Alejandro Arturo Saravia, miembro del Ministerio Público, quien se encuentra propuesto para cubrir nuevamente el cargo de Fiscal ante la Corte Nº 1, habiendo enviado el Poder Ejecutivo el pliego pertinente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 152 del Reglamento del Cuerpo.

         El Doctor Saravia ostenta el título de Abogado desde el año 1973 y posee también el título de Post Grado en Economía del Sector Público, se recibió de Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales, Programa sobre Función Judicial y Control de la Administración por los Tribunales.

         Durante su desempeño en funciones públicas acredita los cargos de Secretario de la Comisión de Asuntos Administrativos y Municipales del Senado de la Nación, Coordinador Jurídico de la Liquidación del Instituto Nacional de Reaseguro, Asesor en la Inspección General de Justicia de la Nación, Jefe de Sumarios Área Causas Fiscales en el Tribunal de Cuentas de la Provincia, Diputado Provincial por el departamento Capital y titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad Nacional de Salta.

         Ingresó a la Administración de Justicia en el año 1973 como Secretario de Juzgado, a partir del año 1975 es designado en el Ministerio Público como Defensor Oficial Nº 4 hasta el año 1978 en que presenta su renuncia al cargo. En 1996 es designado por el Ministerio de Gobierno y Justicia como Fiscal ante la Corte Nº 1, función que desarrolla hasta la fecha.

También ha incursionado en el ámbito de la docencia, ya que desde el año 1979 viene trabajando como Profesor en la Universidad Nacional de Salta y en la Universidad Católica de Salta, dictando materias de contenido jurídico.

 Ha dictado distintas conferencias relacionadas a la Administración y Capacitación de Justicia, Periodismo Judicial y la Democracia como estilo de vida.

Además de su extenso curriculum acredita haber participado en numerosos cursos, conferencias y congresos relacionados a su profesión.

         La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones ha realizado el análisis formal de los requisitos exigidos y concluye que en este caso tales recaudos han sido cumplidos, por lo que solicita al Cuerpo prestar el acuerdo requerido por el Poder Ejecutivo, conforme lo aconseja el dictamen.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

18

ACUERDO PARA LA DESIGNACIÓN DE AGENTE FISCAL CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL Nº 1 DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO

Expte. Nº 90-15.128/02

Dictamen de Comisión

La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el pliego remitido por el Poder Ejecutivo, proponiendo la designación de la Dra. Nancy Clyde Jozami, D.N.I. Nº 10.861.198, Clase 1953, como Agente Fiscal, Civil, Comercial y Laboral Nº 1 del Distrito Judicial del Centro; al mismo se le ha dado el trámite establecido en el artículo 152 y cc. del Reglamento de la Cámara; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja prestar el acuerdo solicitado.

Sala de la Comisión, 28 de noviembre de 2002.

Miguel Ángel Oscari – Sergio Ramón Zenteno – Mashur Lapad – Guillermo Enrique Barrera – Luis Guillermo López Mirau

Miembro Informante: Senador Miguel Angel Oscari.

Sr. Presidente (Lapad).-  Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Viña.

Sen. Oscari.- Señor Presidente, señores senadores: nuevamente nos encontramos en el análisis y tratamiento de la designación de funcionarios que van a desempeñarse en el Poder Judicial, tarea que en cada oportunidad que debemos desarrollar, entendemos que tiene un significado especial, y reiteramos una vez más que es imprescindible dotar al Poder Judicial de una estructura eficiente, que guarde adecuación y correspondencia con los tiempos actuales a las exigencias de la sociedad y a las transformaciones futuras.

         Se hace necesario aclarar que aunque parezca un trámite simple que se inicia desde el momento en que luego quienes van a contar con el acuerdo de este Cuerpo, se presentan a concursar un cargo, ponen a consideración de los miembros del Consejo de la Magistratura sus aptitudes para ocupar el cargo que aspiran. Luego de la selección, el Ejecutivo Provincial decide, de la terna que propone el Consejo de la Magistratura, a quién va a enviar y esta Cámara, con la intervención de la Comisión de Justicia, en un todo de acuerdo a lo normado por el artículo 152 del Reglamento, y con la correspondiente entrevista, analiza las condiciones de quienes son propuestos.

Corresponde en esta sesión dar tratamiento institucional al pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo la designación de la Dra. Nancy Clyde Jozami, D.N.I. Nº 10.861.198, Clase 1953 como Agente Fiscal Civil, Comercial y Laboral Nº 1 del Distrito Judicial del Centro. Dicha profesional, quien ya se desempeña en este cargo, acredita el título de Abogado desde el año 1978, ejerciendo los años 1978 a 1985 la profesión, lo que le permitió adquirir una vasta experiencia. El año 1985 fue designada Secretaria  Fiscal ante la Corte, posteriormente ingresa como Secretaria Letrada de la Procuración General hasta 1996, que es designada por primera vez como Fiscal Civil, Comercial y Laboral Nº 1, cargo que ocupa a la fecha.

De sus antecedentes surge el dictado de conferencias sobre la Adopción, realizado en la Escuela de la Magistratura. Desde el año 1977 a la fecha ha concurrido a jornadas, conferencias y congresos relacionados con diversos temas inherentes a su profesión.

Por todo lo expuesto, consideramos que existen méritos suficientes para poner a consideración del Cuerpo la propuesta de designación, aconsejando se le otorgue el acuerdo correspondiente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen de la Comisión que aconseja prestar acuerdo al pliego remitido por el Poder Ejecutivo. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

19

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Orán, don Carlos González, a arriar la Bandera Nacional y a la señora Senadora por el departamento Cerrillos, doña María Laura de la Zerda, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Carlos González y María Laura de la Zerda proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 22:45’.

      Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

Cámara de Senadores


20

A P É N D I C E

1

Pedido de Informe

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Solicitar al señor Ministro de la Producción y el Empleo, en virtud de lo establecido en el artículo 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de Cámara, informe en un plazo de setenta y dos (72) horas lo siguiente:

1.- En virtud de qué acto y/o instrumento legal la empresa de transporte Elio F. Villa, con domicilio en calle Rivadavia Nº 520 de la ciudad de General Güemes, departamento del mismo nombre de la provincia de Salta, ha dejado de explotar los corredores oportunamente adjudicados en “concesión” para explotarlos bajo “permiso”;

2.- Informe si otras empresas de transporte automotor de pasajeros que operan en la provincia de Salta, sufrieron transformación de sus concesiones por permisos precarios de explotación;

3.- Habiendo tomado conocimiento que a partir de las 5:00 hs. del día de la fecha, explota la empresa La Veloz del Norte S.A. de manera exclusiva las líneas del departamento de General Güemes, resulta necesario conocer:

a) Si se autorizó a la firma La Veloz del Norte S.A. tal explotación en calidad de concesionaria o permisionaria, en caso afirmativo en virtud de qué instrumentos legales;

b) Si la firma de mención fue autorizada a incrementar las tarifas en aproximadamente un 10% a partir de la fecha, en caso afirmativo en virtud de qué instrumento legal y qué estudio previo;

c) Si se ha merituado el negativo impacto social que tal medida hará padecer sobre los empleados de las empresas afectadas (Elio F. Villa y otras) y sus respectivos grupos familiares al producir un incremento de la desocupación y todas sus restantes consecuencias.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

2

Declarar de interés de la Cámara el trabajo de investigación “Estudio de la Situación Nutricional de la Provincia de Salta”

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el trabajo de investigación “Estudio de la Situación Nutricional de la Provincia de Salta”, a realizarse a partir del 2 de diciembre del corriente año, en el departamento Orán, localidad de Colonia Santa Rosa y departamento Metán, localidad de El Galpón.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

3

Declarar de interés de provincial las Jornadas de Ética y Política – La democracia como forma de vida”

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de interés Provincial las “Jornadas de Ética y Política – La democracia como forma de vida”, a realizarse el día 12 de diciembre del corriente año, en el Club 20 de Febrero, en Salta Capital.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

4

Declarar de Interés de la Cámara las “Jornadas de Etica y Política – La democracia como forma de vida”

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara las “Jornadas de Etica y Política – La democracia como forma de vida”, a realizarse el día 12 de diciembre del corriente año, en el Club 20 de Febrero, en Salta Capital.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

5

Culminación de las obras “Defensa del río Vaqueros” y “Defensa del río La Caldera”

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2003, la culminación de las obras “Defensa del río Vaqueros” y “Defensa del río La Caldera”, ambas en el departamento de La Caldera.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

6

Construcción del Colegio Secundario Nº 5.050 en el Municipio de Vaqueros

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2003, la culminación de la obra “Construcción del Colegio Secundario de Vaqueros Nº 5.050”, en el Municipio de Vaqueros, departamento de La Caldera.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

7

Instalación de un tomógrafo en el Hospital “Melchora Gaspar de Cornejo”

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

         Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio de Salud, realice las gestiones correspondientes a fin de que se instale en el hospital público “Melchora Gaspar de Cornejo”, de Rosario de la Frontera un equipo de tomografía computada, para facilitar la accesibilidad a métodos de diagnóstico complementario de alta tecnología a la zona sur de la Provincia

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

8

Regularización dominial de inmuebles

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, en el marco de lo dispuesto por Ley Nº 6.915 y reglamentada por Decreto Nº 2.477/97, instrumente por intermedio del Programa Familia Propietaria, la regularización dominial de los inmuebles comprendidos en la normativa vigente, a fin de que sus ocupantes puedan acceder a los títulos de propiedad.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

9

 Ejercicio Responsable de la Sexualidad y de la Comunicación de la Vida

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

LEY PROVINCIAL DE EJERCICIO RESPONSABLE DE LA SEXUALIDAD Y DE LA COMUNICACIÓN DE LA VIDA

Capítulo I

De la Adhesión a la Ley Nacional

Artículo 1º.- Adhiérese la provincia de Salta, en forma parcial, a la Ley Nacional Nº 25.673 sobre “Salud Sexual y Procreación Responsable”, en los artículos 3º, 4º, 6º incisos a) y c), 7º segundo párrafo, 8º y 10.

Capítulo II

Del Objeto y Ambito de Aplicación

Art. 2º.- La Provincia de Salta garantiza las políticas sociales públicas orientadas a la promoción y desarrollo del ejercicio responsable de la sexualidad y de la comunicación de la vida y regula las acciones destinadas a tal fin.

         Reconoce el derecho de las mujeres y los varones a vivir en forma digna, con salud y en armonía con su hábitat.

Art. 3º.- La Autoridad de Aplicación será la que designe el Poder Ejecutivo.

Capítulo III

De la Significación de Conceptos Empleados

Art. 4º.- A los fines de la aplicación e interpretación de esta Ley se establece el significado de los siguientes conceptos:

Promoción de la Salud: La Promoción de la Salud constituye una estrategia dentro del campo de la salud y el ámbito social. La misma se puede resumir en el principio “conseguir que las opciones más saludables sean las más fáciles de elegir”.

Sus criterios generales de actuación son: trabajar con la gente, no sólo para ella; empieza y acaba en la comunidad local; está encaminada hacia las causas de la salud, tanto las inmediatas como las subyacentes; justiprecia y atiende tanto el interés por el individuo como por el medio ambiente; subraya las dimensiones positivas de la salud; afecta y debe involucrar, por tanto a todos los sectores de la sociedad y el medio ambiente.

Sexualidad: La sexualidad, en su sentido pleno, es una dimensión del ser humano contemplado como ser único, total y espiritual, y por tanto es algo más que la sexualidad considerada como posibilidad puramente biológica de reproducción. La sexualidad no es algo que el ser humano simplemente tiene entre otras muchas cosas, sino un modo de ser fundamental, en el cual él es sexuado en su totalidad. Por eso sin ella, todas las demás acciones y relaciones de la vida no pueden ser pensadas ni realizadas realmente.

Comunicación de la vida: Comunicar la vida no es sólo engendrarla, sino también proporcionar lo que durante años los hijos tienen derecho a esperar de sus padres.

La misma puede resumirse en el principio “dar la vida, cuidar la vida”. Es una actitud permanente que tiene que ver con el ser “autor de la vida”, “servidor de vida”.

La comunicación de la vida se aplica a la capacidad personal de ser madre o padre, de transmitir la vida a un descendiente y, reconocer y aceptar las consecuencias de un acto realizado libre y responsablemente.

Salud Sexual: Es la integración de los aspectos somáticos, emocionales, intelectuales, espirituales y sociales del ser sexuado en un sentido positivamente enriquecedor y de crecimiento de la personalidad, la comunicación y el amor.

En términos de procreación responsable la salud sexual lleva implícito el derecho de la mujer y del varón a recibir servicios adecuados de atención a la salud que permitan los embarazos y los partos sin riesgos y ofrezcan a las parejas las máximas posibilidades de tener hijos sanos.

Esta definición ampliada de salud sexual involucra un conjunto de acciones que contribuyen a ella, siendo su objetivo dar realce a la vida y a las relaciones personales y no meramente al asesoramiento y a la atención en materia de reproducción y enfermedades de transmisión sexual.

Cultura del discernimiento: La cultura del discernimiento es el conjunto de conocimientos y actitudes que coadyuvan para que la mujer y el varón desarrollen su juicio crítico y reflexivo que les permitan decidir libre y responsablemente.

Capítulo IV

De los Principios del Ejercicio Responsable de la Sexualidad

y de la Comunicación de la Vida

Art. 5º. – La Provincia se regirá por los siguientes principios en materia de ejercicio responsable de la sexualidad y de la comunicación de la vida:

1.- Reconocimiento y jerarquización de la vida a fin de lograr la formación del sentido crítico sobre los valores éticos y morales con relación al ejercicio de la sexualidad, de la maternidad y paternidad.

2.- Promoción del desarrollo integral de la familia y la autonomía de las personas, respetando la diversidad y pluralidad de pautas culturales y valores que existen en nuestra Provincia.

3.- Promoción de la cultura del discernimiento que afirme el derecho y el deber del consentimiento informado de quienes acceden a los servicios de salud.

4.- Fomento de la conciencia colectiva y personal para generar actitudes y comportamientos individuales, familiares y comunitarios que permitan la concreción de los objetivos propuestos en la presente Ley.

5.- Participación, sensibilización y responsabilidad compartida del varón en el ejercicio de la sexualidad y en la transmisión y el cuidado de la vida.

6.- Revalorizar el rol de la mujer en la sociedad en un contexto de complementariedad y reciprocidad con el varón.

7.- Promoción de la salud individual y familiar.

La enumeración de este artículo es enunciativa.

Capítulo V

De los Objetivos Generales

Art. 6º.- Son objetivos generales de la presente Ley, garantizar:

a) El acceso de mujeres y varones a la información,  asesoramiento y a las prestaciones, métodos y servicios necesarios para el ejercicio libre y responsable de la sexualidad, maternidad y paternidad.

b) El acceso de las mujeres a los controles preventivos y a su atención integral durante el embarazo, parto, puerperio y lactancia en condiciones apropiadas, resguardando la intimidad y dignidad de las personas asistidas.

c) Los mecanismos que permitan el acceso igualitario de todas las personas que lo requieran, a los servicios de salud sexual y de manera gratuita para aquellos sectores sin cobertura social y desempleados.

d) La prevención del embarazo adolescente y la asistencia de la adolescente embarazada.

e) El asesoramiento y la asistencia, en la medida de los recursos disponibles, a las demandas de infertilidad y esterilidad.

f) La prevención, diagnóstico y tratamiento oportuno de las enfermedades de transmisión sexual, VIH-SIDA,  de patologías genitomamarias y de otras endemias regionales.

g) La concientización de los agentes públicos acerca de los objetivos de la presente Ley, facilitando su permanente capacitación, actualización y/o especialización, mediante un abordaje multidisciplinario.

h) La reducción de la morbilidad y mortalidad materno-infantil.

i) La asistencia de la población en situación de riesgo social y/o biológico.

Capítulo VI

De los Instrumentos

Art. 7º.- A los fines de interpretar y aplicar esta Ley, las acciones para cumplir los objetivos comprenderán:

1) Realización de actividades de difusión, información y orientación sobre los temas a que se refiere la presente Ley.

2) Adecuación de contenidos y estrategias de información y educación que aborden la salud sexual en el sistema educativo formal y no formal.

3) Diseño e implementación de estrategias de comunicación y educación dirigidas de manera particular a los adolescentes en el marco de la presente Ley.

4) Asesoramiento personalizado a los interesados acerca de los métodos naturales de regulación de la fertilidad y de otros métodos reversibles, transitorios, no antiimplantatorios ni abortivos, indicando sus ventajas, desventajas y correcta utilización.

5) Implementación de sistemas de capacitación sobre salud sexual y procreación, incluyendo conceptos fundamentales de ética biomédica, dirigida al equipo de salud, promotores comunitarios, agentes educativos, trabajadores sociales y a la comunidad en su conjunto.

6) Transmisión de la información con metodologías que respeten los contextos de las diferentes variables socioculturales, con especial referencia a las personas analfabetas.

7) Información sobre el régimen de adopción, facilitando su acceso.

8) Información acerca de las enfermedades enunciadas en el inciso f) del artículo 6º y de los efectos del tabaquismo, alcoholismo y drogadependencia.

9) Implementación de un sistema de registro, monitoreo permanente y evaluación de las acciones establecidas en la presente Ley.

10) Coordinación con los diferentes organismos públicos, interjurisdiccionales y/o privados que por su naturaleza o fines puedan contribuir a la consecución de la Ley.

11) Canalización de la ejecución y gestión de programas gubernamentales a través de las Organizaciones de la Sociedad Civil (ONGs) con arreglo a lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 6.833.

Art. 8º.- Los métodos de regulación de la fertilidad deberán ser no abortivos, ni antiimplantatorios, de carácter reversible y transitorios y serán elegidos voluntariamente por los beneficiarios salvo indicación o contraindicación médica específica.

         Los profesionales médicos podrán prescribir todos los métodos autorizados por el organismo competente con arreglo a la presente Ley, sin perjuicio de ejercer el derecho de objeción de conciencia.

Art. 9º.- Cuando la atención médica sea prestada a niños, adolescentes e incapaces, los agentes y profesionales de la salud intervinientes requerirán la presencia y autorización de los padres o representantes legales.

Art. 10.- La Autoridad de Aplicación deberá priorizar la identificación, monitoreo y evaluación permanente de los grupos poblacionales en riesgo para la provisión de  recursos necesarios.

Art. 11.- La Autoridad de Aplicación abastecerá en forma continua los insumos, bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de las acciones de la presente Ley.

Art. 12.- La Provincia, a través de los sistemas de educación formal y no formal suministrará a los niños, adolescentes y adultos, la orientación y asistencia adecuada en salud sexual para contribuir a la calidad de vida dentro de un proyecto de familia y de crecimiento de la persona.

         A los efectos de garantizar el desarrollo de estos contenidos educativos se capacitará a todos los docentes de la provincia, partiendo de reconocer que la familia es la primera educadora para la sexualidad.

         Las unidades educativas notificarán a los padres o representantes legales de los alumnos menores de edad acerca del contenido de las clases sobre educación para la salud sexual y responsabilidad por la vida, requiriendo la autorización para su participación.

         A pedido de los padres se podrán implementar clases destinadas a ellos en función de su propia información y de la educación de sus hijos.

Art. 13.- Las unidades educativas públicas de gestión privada, confesionales o no, darán cumplimiento a la presente Ley según su propia opción y el proyecto educativo institucional específico.

Art. 14.- El Poder Ejecutivo implementará la presente Ley en vista a su efectivo cumplimiento, teniendo en cuenta los servicios, programas y acciones preexistentes, a efectos de coordinar y de no superponer los mismos, ni malgastar los recursos humanos y materiales.

         La adhesión de la Provincia a la Ley Nacional Nº 25.673, no implica la creación de un programa específico.

Art. 15.- La Autoridad de Aplicación remitirá al Poder Legislativo un informe anual sobre la implementación y desarrollo de la presente Ley, sin perjuicio de que circunstancias especiales justifiquen un análisis en distinto tiempo.

Art. 16.- Disposición Complementaria. La presente norma es complementaria de la Ley Provincial Nº 7.039 de Protección de la Niñez y Adolescencia y de la Ley Provincial Nº 6.660 de Enfermedades de Transmisión Sexual y SIDA.

Art. 17.- Las fuentes de financiamiento de los gastos e inversiones que demande el cumplimiento de la presente Ley se obtendrán de:

a) Los fondos asignados anualmente por la Ley de Presupuesto Provincial.

b) Los recursos que tienen destino específico dispuestos por las leyes especiales, nacionales y provinciales.

c) Los recursos provenientes de las transferencias de fondos del Presupuesto Nacional.

d) Donaciones, legados y cualquier otra liberalidad.

Art. 18.- El Poder Ejecutivo reglamentará la Ley en el término de noventa días a partir de su vigencia.

Art. 19.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo.

         Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

10

Protección de las manifestaciones artesanales

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

CAPITULO I

PROTECCION DE LAS MANIFESTACIONES ARTESANALES

Articulo 1°.- Declarase de Interés Provincial las actividades artesanales y las artesanías, como manifestaciones de la identidad provincial y del patrimonio cultural.

CAPITULO II

DEFINICION

Art. 2°.- A los fines de la presente Ley, se entiende por “Artesanía” a las modalidades de producción consistentes en actividades, destrezas o técnicas empíricas con dinamismo resolutivo y estético, mediante las cuales se obtienen objetos no industriales a partir de materias primas en su estado natural y/o procesadas industrialmente, elaboradas manualmente y/o con recursos instrumentales en los que la actividad manual sea preponderante, y que expresan las características culturales, individuales o colectivas de sus productores. Se entiende por “Artesano”, a todo aquel trabajador que, de acuerdo a su oficio, sentimiento o ingenio, crea fundamentalmente su obra por medio de la habilidad manual.

CAPITULO III

OBJETO

Art. 3º.- La presente Ley tiene por objeto:

CAPITULO IV

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

Art. 4°.- Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley, la Secretaría de Cultura de la Provincia o el organismo que en el futuro la reemplace.

Art. 5°.- La Autoridad de Aplicación calificará a las actividades artesanales y sus artesanías, para que sean consideradas como tales en conformidad con el Art. 2°, dejando constancia fundada de las circunstancias que así lo ameritan.

Art. 6°.- La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la promoción, preservación y desarrollo de las actividades artesanales, a través de las siguientes acciones:

CAPITULO V

REGISTROS

Art. 7°.- La Autoridad de Aplicación creará un Registro Provincial de Artesanos, de Organizaciones, Instituciones y Entidades vinculados a las artesanías y/o a la actividad artesanal.

Art. 8°.- La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo, la definición, inscripción y la certificación de autenticidad de las marcas registradas y de la denominación de origen.

CAPITULO VI

FONDO DE FOMENTO ARTESANAL

Art 9°.- Créase el Fondo de Fomento Artesanal, el que será gerenciado y administrado por la Autoridad de Aplicación.

Art. 10.- El Fondo de Fomento Artesanal estará integrado por:

CAPITULO VII

CLAUSULAS GENERALES

Art. 11.- La Autoridad de Aplicación podrá establecer Regiones Artesanales dentro de la Provincia y por motivos fundados, podrá priorizar la protección de las artesanías o de la actividad artesanal representativas de un determinado territorio o lugar, a los fines de su promoción, difusión y aplicación de la presente Ley.

Art. 12.- Invítase a los Municipios de la Provincia a adherir al régimen establecido por la presente Ley.

Art. 13.- El Poder Ejecutivo de la Provincia reglamentará la presente Ley dentro de los noventa (90) días a partir de su vigencia.

Art. 14.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

         Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.

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Provisión de energía eléctrica a la localidad de Cobres

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ente Regulador de los Servicios Públicos, requiera a las empresas concesionarias del servicio de energía eléctrica, la provisión del servicio mencionado durante las 24 horas, a la localidad de Cobres, en el departamento La Poma.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dos.