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Analizan el proyecto de ley de creación de registro de propiedades destinadas a hospedaje turístico

La Comisión de Turismo y Deportes, presidida por el senador Roberto Gramaglia, se reunió con funcionarios del Ministerio de Cultura y Turismo, para analizar el Proyecto de Ley en revisión mediante el cual se crea el Registro de Propiedades destinadas a Hospedaje Turístico Temporario en la provincia de Salta. 

“Hemos comenzado una ronda de consulta para analizar este proyecto que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, y que es un tema que nos preocupa para mejorar la oferta turística en Salta, pero a la vez poder controlar a todos los establecimientos. Invitaremos también a las Cámara de Turismo y a todos los organismo relacionados a este tema, antes de efectuar un dictamen.”, manifestó el Senador Gramaglia.

La Comisión de Turismo y Deportes, presidida por el senador Roberto Gramaglia, se reunió con funcionarios del Ministerio de Cultura y Turismo, para analizar el Proyecto de Ley en revisión mediante el cual se crea el Registro de Propiedades destinadas a Hospedaje Turístico Temporario en la provincia de Salta. 

“Hemos comenzado una ronda de consulta para analizar este proyecto que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, y que es un tema que nos preocupa para mejorar la oferta turística en Salta, pero a la vez poder controlar a todos los establecimientos. Invitaremos también a las Cámara de Turismo y a todos los organismo relacionados a este tema, antes de efectuar un dictamen.”, manifestó el Senador Gramaglia.

El proyecto establece en el artículo 1° la creacion de este Registro de Propiedades y aclara lo que se entiende por Hospedaje Turístico Temporario y de acuerdo a las previsiones de la Ley 27.221, que es una modalidad incorporada a raíz de la modificación del Código Civil y Comercial de la Nación, el cual en el artículo 1.199 establece este tipo de contrato de locación de inmueble que se celebran con fines turísticos, descanso o similares por plazos inferiores a los tres meses, como una excepción a los contratos de alquileres o de locaciones comunes y que dice que se regirá por las normas de los contratos de hospedaje.

La Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Cultura y Turismo de la provincia de Salta o quien lo reemplace y los sujetos que están comprendidos, son todos aquellos propietarios o quienes exploten estos inmuebles.

Asimismo, se excluyen los edificios en donde todas las unidades estén destinadas a este fin. Además, se marcan los requisitos para la inscripción siempre tratando que sean accesibles, de manera que se pueda instar a que todos los propietarios y los que exploten este tipo de unidades, puedan lograr realizar la inscripción de la manera más sencilla posible.

No escapa a esta Ley. las inspecciones, infracciones y sanciones y  se remite por las infracciones que se generen ante esta ley a lo que establece la Ley de Turismo de la Provincia.  Entre algunos aspectos analizados.

Por su parte, los funcionarios plantearon algunos puntos a tener en cuenta al momento del análisis final.

Estuvieron presentes los Senadores Roberto Gramaglia, Diego Pérez, Ernesto Gómez, Ana Guerra, Berta Gerónimo, Ernesto Guanca, y Dani Nolasco. Y por el Misnisterio asistieron el Secretario de Articulación de Turismo, la directora de Calidad Turística y Fiscalización, Dra. María Marta de la Paz Montero y el Coordinador de Turismo de Salta, Jorge Mauger