Cámara de Senadores
Diario de Sesiones 2018

18 de Octubre de 2018

PROVINCIA DE SALTA

 

CÁMARA DE SENADORES

120º PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS

18 de Octubre de 2018

25ª Reunión – 25ª Sesión Ordinaria

Presidencia de los señores Senadores: ROBERTO ENRIQUE GRAMAGLIA

                                                               JORGE PABLO SOTO

Secretario Legislativo: Dr. LUIS GUILLERMO LÓPEZ MIRAU

Secretario Institucional: Dr. CARLOS DANIEL PORCELO

 

 

SENADORES PRESENTES

ABÁN, Walter Joaquín

ABILÉS, María Silvina

ARJONA, Martín Felipe

CANNUNI, Nora Patricia

CRUZ, Walter Hernán

D’ANDREA CORNEJO, Esteban

DURAND CORNEJO, Guillermo Mario

GÓMEZ, Ernesto Ángel

GONZÁLEZ, Pablo Damián

GRAMAGLIA, Roberto Enrique

IBARRA, José Antonio

NOLASCO, Dani Raúl

NOLASCO, Héctor Pablo

PÉREZ, Diego Sebastián

RAMOS, Sergio Omar

ROSSO, Carlos Alberto

SALDAÑO, Sergio Rodrigo

SANGUINO, Alfredo Francisco

SOTO, Jorge Pablo

YANQUE, Cástulo

 

SENADORES AUSENTES CON AVISO

LAPAD, Mashur

DE LA ZERDA, María Laura

VASQUEZ GARECA, Roberto Eleuterio

 

S U M A R I O

  1. Izamiento de Banderas…………………………………………………………………………………..
  2. Versión Taquigráfica ……………………………………………………………………………………..
  3. Ratificación de Resoluciones de Presidencia………………………………………………..
  4. Asuntos Entrados:
  5. Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara.
  6. Comunicaciones de la Cámara de Diputados……………..

III. Dictámenes de Comisiones………………………………………..

  1. Proyectos de Ley
  2. Expte. Nº 90-27.447/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: creación de un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal, de Personas y Familia, de Violencia Familiar y de Género en el Distrito Judicial Centro con asiento en la ciudad de General Güemes.
  3. Expte. Nº 90-27.467/18. De la señora Senadora Silvina Abilés y Diputado Mario Moreno: regulación de honorarios por actuación de profesionales de las ciencias criminalistas y criminología……………..
  4. Proyectos de Resolución
  5. Expte. Nº 90-27.449/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: declarar de Interés la 19º Edición del “Biatlón Jorge Chorita Pérez”……………………………………
  6. Expte. Nº 90-27.463/18. De los Señores Senadores Roberto Gramaglia, Diego Pérez, Alfredo Sanguino, Ernesto Gómez, y Diputado Antonio Otero: pedido de informe al señor Ministro de Salud Pública sobre si en el territorio de la Provincia en el transcurso de los años 2016, 2017 y el presente, se detectaron en Metán y Anta casos de Rickettsiosis.
  7. Expte. Nº 90-27.465/18. Del señor Senador Ernesto Ángel Gómez: declarar de Interés la Fiesta Patronal en honor a San Martín de Porres, a realizarse en la localidad de Salta Forestal, departamento Anta.
  8. Expte. Nº 90-27.466/18. Del señor Senador Ernesto Gómez y otros señores Senadores: pedido de informe al Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, sobre Programas Descentralizados Período Enero 2018 – Septiembre 2018 “Ministerio De Asuntos Indígenas y Desarrollo Social”…………………………………………………..
  9. Expte. Nº 90-27.468/18. De la señora Senadora María Laura de la Zerda: declarar de Interés la actividad cultural y académica denominada Homenajes VII “Mujeres y Hombres de la Cultura de Salta”.
  10. Proyectos de Declaración
  11. Expte. Nº 90-27.448/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la construcción de un tinglado y un playón deportivo para la Escuela Nº 4.259 Comodoro Luis Py, del municipio de Campo Santo…………………..
  12. Expte. Nº 90-27.450/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la instalación de juegos para la salud, en espacios de esparcimiento y recreación de los municipios del departamento General Güemes……….
  13. Expte. Nº 90-27.451/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la compra de vehículos para las Comisarías y Puestos Policiales de la zona Regional Sector Valle de Siancas, departamento General Güemes
  14. Expte. Nº 90-27.452/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado se incorpore personal para los quirófanos en el Hospital Dr. Joaquín Castellanos, departamento General Güemes……………………………….
  15. Expte. Nº 90-27.453/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la instalación de red de gas natural en el Colegio Nº 5.007 Dr. Facundo de Zuviría, del departamento General Güemes……………………………….
  16. Expte. Nº 90-27.454/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la obra de ampliación e iluminación sobre Ruta Nacional Nº 34, departamento General Güemes………………………………………………………
  17. Expte. Nº 90-27.455/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la instalación de red de gas natural a la Escuela Nº 4.849, localidad El Bordo, departamento General Güemes.. …………………………….
  18. Expte. Nº 90-27.456/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la refacción de la Escuela Nº 4.849, de la localidad El Bordo………………
  19. Expte. Nº 90-27.457/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la obra de ampliación y de iluminación sobre Ruta Provincial Nº 11, en el departamento General Güemes……………………………….
  20. Expte. Nº 90-27.458/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la creación de un Equipo Interdisciplinario Múltiple para los establecimientos educativos de Nivel Secundario, del departamento General Güemes.
  21. Expte. Nº 90-27.459/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la construcción de un tinglado para la Escuela Nº 4.338, departamento General Güemes.
  22. Expte. Nº 90-27.460/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la construcción de dos garitas a la vera de la Ruta Nacional Nº 34, departamento General Güemes……………………………………………………………………
  23. Expte. Nº 90-27.461/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado la refacción de Comisarías del departamento General Güemes………
  24. Expte. Nº 90-27.462/18. De los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina: viendo con agrado refacción edilicia y construcción de un tinglado para la Escuela Nº 4.065, departamento General Güemes………………………………………………………
  25. Expte. Nº 90-27.464/18. Del señor Senador Héctor Pablo Nolasco: viendo con agrado la perforación de un pozo de agua para riego, en el paraje El Colte, departamento Cachi………………………..
  26. Expte. Nº 90-27.469/18. Del señor Senador Sergio Rodrigo Saldaño: viendo con agrado se proceda a la reglamentación de la Ley 6808.
  27. Expte. Nº 90-27.470/18. Del señor Senador Sergio Rodrigo Saldaño: viendo con agrado la obra del nuevo sistema de relleno sanitario para el tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos, en el departamento Cafayate…………………………………………….
  28. Licencias………………………………………………………………………………………………………..
  29. Homenajes……………………………………………………………………………………………………..
  30. Asuntos ingresados durante la sesión:

III. Dictámenes de Comisiones………………………………………….

  1. Proyectos de Resolución
  2. Expte. Nº 90-27.474/18. De la señora Senadora Nora Patricia Cannuni: invitar a los Ministros de Salud y de Seguridad de la Provincia a una reunión para tratar el tema de adicciones y medidas de seguridad adoptadas en la localidad de Coronel Juan Solá…….
  3. Proyectos de Declaración
  4. Expte. Nº 90-27.471/18. De los señores Senadores Sergio Saldaño y otros señores Senadores: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial haga extensivo el convenio de cooperación para el congelamiento de precios dispuesto por el programa Alimendar
  5. Expte. Nº 90-27.472/18. Del señor Senador Sergio Saldaño y otros señores Senadores: viendo con agrado la incorporación de partidas para la construcción de viviendas sociales y mejoramiento, refacción y ampliación de la infraestructura habitacional y urbana
  6. Expte. Nº 90-27.473/18. Del señor Senador Mashur Lapad: viendo con agrado la ampliación de la segunda etapa sector Internación del Nuevo Hospital de Coronel Juan Solá-Morillo…………………….
  7. Expte. Nº 90-27.463/18. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Roberto Enrique Gramaglia y otros señores Senadores y el Diputado Antonio Otero, solicitando al Ministro de Salud informe sobre casos de Rickettsiosis, en el transcurso de los años 2016, 1017 y el presente año, en los departamentos Metán y Anta. Se aprueba……………………
  8. Expte. Nº 90-27.466/18. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Ernesto Gómez y otros señores Senadores, solicitando al Ministro de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social informe sobre Programas Descentralizados Periodo Enero 2018 – Septiembre 2018. Se aprueba con modificaciones………………………………………………………………………….
  9. Consideración de pedidos de tratamiento sobre tablas. Se aprueba……………
  10. Expte. Nº 90-27.471/18. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Sergio Saldaño y otros señores Senadores, solicitando al Poder Ejecutivo Provincial haga extensivo el convenio de cooperación para el congelamiento de precios dispuesto por el Programa “Alimendar” a las cadenas de negocios locales de cada departamento de la Provincia. Se aprueba………………………………………………………………………………………………………….
  11. Expte. N° 90-27.472/18. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Alfredo Sanguino y otros señores Senadores, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo y los Legisladores Nacionales gestionen la incorporación de partidas para la construcción de viviendas sociales y mejoramiento, refacción y ampliación de la infraestructura habitacional y urbana. Se aprueba……………………………………………………………………………………….
  12. Expte. Nº 90-27.449/18. Consideración del proyecto de resolución de los señores Senador Carlos Alberto Rosso y Diputado Juan Fernández Molina, declarando de Interés la 19 Edición del “Biatlón Jorge Chorita Pérez”. Se aprueba……………………………………………….
  13. Expte. Nº 90-27.465/18. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Ernesto Ángel Gómez, declarando de Interés la fiesta patronal en honor a San Martín de Porres. Se aprueba………………………………………………………………………………………………………….
  14. Expte. Nº 90-27.468/18. Consideración del proyecto de resolución de la señora Senadora María Laura de la Zerda, declarando de Interés la actividad denominada Homenajes VII “Mujeres y Hombres de la Cultura de Salta”. Se aprueba. ………………………………………………
  15. Expte. Nº 91-39.991/18. Consideración del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, en el proyecto de ley en revisión sobre la prórroga de la Ley Nº 7857. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación…………………………………………………………..
  16. Exptes. Nros. 91-38.021/17 y 91-38.198/17 – acumulados. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión declarando de utilidad pública el inmueble Matrícula Nº 329 del departamento General Güemes. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación………………………………
  17. Expte. Nº 91-39.447/18. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional sobre aprobación de la Carta Orgánica del Municipio de Profesor Salvador Mazza. Se aprueba. ……………………………………………………………………….
  18. Consideración de proyectos incluidos en el Orden del Día Nº 24:

…. 19.1. Proyectos de Resolución Exptes. Nros. 90-27.284/18 y 90-27.326/18. Se aprueban

…. 19.2. Proyectos de Declaración Exptes. Nros. 90-27.385/18, 90-27.376/18, 90-27.341/18, 90-27.370/18, 90-27.371/18, 90-27.372/18, 90-27.373/18, 90-27.374/18, 90-27.375/18, 90-27.377/18, 90-27.381/18, 90-27.382/18, 90-27.383/18, 90-27.384/18, 90-27.388/18, 90-27.389/18, 90-27.392/18, 90-27.393/18, 90-27.394/18, 90-27.396/18, 90-27.400/18, 90-27.401/18, 90-27.402/18, 90-27.334/18, 90-27.335/18  y 90-27.295/18. Se aprueban……………………………

  1. Arrío de Banderas…………………………………………………………………………………………
  2. Apéndice………………………………………………………………………………………………………

– En la ciudad de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho, siendo horas 13 y 18:

Sr. Presidente (Gramaglia).- Con la presencia de diecisiete señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Gramaglia).- Invito la señora Senadora por el departamento General San Martín, doña Nora Patricia Cannuni, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Iruya, don Walter Hernán Cruz, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores senadores Nora Patricia Cannuni y Walter Hernán Cruz proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Gramaglia).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día once de octubre del año dos mil dieciocho. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día once de octubre del año dos mil dieciocho.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Aprobada.

3

RATIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA

Proyecto de Resolución

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 195 y 196/18.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Aprobado.

4

ASUNTOS ENTRADOS

I

Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara

            Del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en respuesta a Resoluciones de Cámara Nº 258/18, Expte. Nº 90-27.287/18, y Nº 260/18, Expte. Nº 90-27.317/18.

– Habiéndose remitido copia al autor del proyecto e informado a los Bloques Políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

 

II

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

            Proyecto de ley en revisión, por el cual se aprueba en el marco de la Ley 7931, las obras públicas y adquisición de maquinarias y equipos de acuerdo al Acta de Comisión Departamental del municipio Isla de Cañas. (Expte. Nº 91-40.019/18)

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Proyecto de ley en revisión, por el cual se aprueba en el marco de la Ley 7931, las obras publicas y adquisición de maquinarias y equipos de acuerdo al Acta de Comisión Departamental del municipio Iruya. (Expte. Nº 91-40.020/18)

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

III

Dictámenes de Comisiones

De Educación y Cultura:

            En el proyecto de declaración del señor Senador Sergio Ramos, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, conforme la Ley N° 6.649, declare monumento histórico provincial al “Cenotafio en Conmemoración a los Salteños Caídos en la Guerra de Malvinas de 1982”, emplazado en la localidad de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma. (Expte. Nº 90-27.433/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Salud Pública y Seguridad Social:

            En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado la construcción y funcionamiento de un puesto sanitario en el nuevo Barrio Los Paraísos, de Cerrillos. (Expte. Nº 90-27.378/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración de los señores Senador Roberto Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado la designación de profesionales médicos para ser incorporados al Hospital “Del Carmen” de la ciudad de San José de Metán. (Expte. Nº 90-27.386/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración de los señores Legisladores Senador Roberto Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado la cobertura de cargos de profesionales técnicos de laboratorio, instrumentistas, enfermería, personal administrativo, de mantenimiento y servicio general en el Hospital “Del Carmen” de la ciudad de San José de Metán. (Expte. Nº 90-27.387/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Derechos Humanos y Asuntos Indígenas:

En el proyecto de ley en revisión, por el cual se prorroga por el término de 2 años, la Ley 7.857 de Emergencia Pública en materia social por Violencia de Género en todo el territorio de la provincia de Salta. (Expte. Nº 91-39.991/18).

Sr. Presidente (Gramaglia).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Iruya.

Sen. Cruz.- Señor Presidente: solicito que este proyecto se reserve en secretaría para ser tratado sobre tablas.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Si no hay oposición, así se hará.

– Asentimiento.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Se reserva en Secretaría.

IV

Proyectos de Ley

1

Expte. Nº 90-27.447/18

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

          Artículo 1º.- Créase en el Distrito Judicial Centro un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal y de Personas y Familia; de Violencia Familiar y de Género con asiento en la ciudad de General Güemes, Departamento homónimo, asignándole competencia territorial a los Municipios de General Güemes, Campo Santo y El Bordo.

Art. 2º.- No procederá recusación sin expresión de causa respecto al Juez del Juzgado creado en el Art. 1 mientras exista un solo Juzgado de Primera Instancia en la materia Civil, Comercial, Laboral, Penal y de Personas y Familia; y de Violencia Familiar y de Género con asiento en la localidad de General Güemes. En caso de impedimento, inhibición o recusación, los jueces serán reemplazos por el Fiscal, el Defensor Oficial, el Asesor de Incapaces de actuación ante el Tribunal o un Abogado de la matrícula con domicilio en la jurisdicción sorteado por el Tribunal siempre siguiendo en ese orden.

Art. 3.- El Juzgado creado por esta Ley tendrá competencia también como Juez de Garantías con jurisdicción territorial conforme lo dispuesto en el Art. 1, será reemplazado en caso de impedimento, inhibición o recusación de la misma manera que los Jueces de Garantía del Distrito Judicial Centro.

Art. 4.- El Ministerio Público Fiscal asignará mediante vía reglamentaría a la Fiscal Penal con asiento en General Güemes creado por Resolución Nº 273, 274 del año 2013, la competencia material necesaria para su actuación ante el Juzgado creado por la presente norma.

Art. 5.- La Asesoría General de Incapaces dispondrá por vía reglamentaria la actuación de los Asesores Generales de Incapaces correspondientes al Distrito Judicial Centro con asiento en la Ciudad de Salta, la actuación ante el Juzgado creado en la ciudad de General Güemes.

Art. 6.- La Corte de Justicia y el Colegio de Gobierno del Ministerio Público, en el ámbito de su competencia resolverán sobre los aspectos de organización interna, derivado de la instalación de los nuevos tribunales, fiscalías, defensores y asesorías como así también del número de secretarios, prosecretarios letrados, y la designación del personal necesario.

Art. 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras y señores senadores:

El presente proyecto de ley se fundamenta en que por Leyes 7624 y 7906 se aprobó la creación de tres Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Personas y Familia; Violencia Familiar y de Género, y con actuación como Juzgado de Garantías, con asiento en las ciudades de Cafayate, Joaquín V. González y Embarcación (con las leyes 7712 y 7798 se extendió la competencia de los dos primeros al ámbito penal), en respuesta a la necesidad de acceso a la justicia de una gran cantidad de ciudadanos que habitan en aquellas localidades y en las zonas cercanas.

Teniendo en cuenta la implementación exitosa de los Juzgados de Cafayate y Joaquín V. González, y la pronta entrada en funcionamiento de la dependencia de Embarcación, surge la necesidad de crear un Juzgado de Primera Instancia también en la ciudad de General Güemes, con la misma competencia material múltiple de las mencionadas y con un ámbito de actuación territorial que abarque los Municipios de General Güemes, Campo Santo y El Bordo. Así la Justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho, cercana a la comunidad. Es un objetivo que viene planteando el Gobierno Provincial de: “Garantizar el acceso a la justicia y fortalecer la seguridad integral a fin de promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas”.

Ello daría continuidad a una política que busca garantizar el acceso a la justicia de todos los salteños, en forma ágil y expedita, que permita una mayor diligencia en la tramitación de las actuaciones judiciales, dando cumplimiento al artículo 8 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos.

Decía Martín Luther King: “La cobardía hace la pregunta ¿es seguro?, la conveniencia hace la pregunta ¿es político?, la vanidad hace la pregunta ¿es popular?; pero la conciencia hace la pregunta ¿es correcto?… Y llega el momento en que uno debe tomar una posición que no es ni segura, ni política, ni popular, pero uno debe tomarla porque es la correcta.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

2

Expte. Nº 90-27.467/18

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

REGULACIÓN DE HONORARIOS POR ACTUACIÓN DE PROFESIONALES DE LAS CIENCIAS CRIMINALISTAS Y CRIMINOLOGÍA

TÍTULO I – DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

Carácter. Ámbito personal

Artículo 1º.- Los honorarios de los profesionales de las ciencias criminalistas y criminología tienen carácter alimentario, quedando ello expresamente establecido en la presente y debiendo incluirse el mismo en todo pacto o regulación que se practicare a partir de su entrada en vigencia, salvo en los casos en que, conforme excepciones legales, pudieren o debieren actuar gratuitamente.

Los profesionales que actuaren para su cliente con asignación fija, periódica, por un monto global o en relación de dependencia, no están comprendidos en la presente Ley, excepto respecto de los asuntos cuya materia fuere ajena a aquella relación, cuando existiere pacto expreso en contrario o cuando mediare condena en costas a cargo de otra de las partes intervinientes en el proceso.

Los honorarios gozan de privilegio general y son embargables solo hasta el veinte por ciento (20%) del monto que supere el salario mínimo, vital y móvil, excepto si se tratare de deudas alimentarias y de litis expensas.

El pago instrumentado en recibo o factura de honorarios con imputación precisa del asunto, de fecha anterior a la conclusión de la gestión profesional, se considera como pago a cuenta.

Ámbito de aplicación

Art. 2º.- Los honorarios de los profesionales de las ciencias criminalistas y criminología por su actividad judicial o extrajudicial, ya sea que actuaren como patrocinantes, representantes o auxiliares de la Justicia, se determinarán con arreglo a la presente Ley, salvo que se hubiera celebrado convenio por una suma mayor. Será nulo todo pacto o regulación por cantidad menor de las que esta Ley determina. Podrán pactarse honorarios exclusivamente con relación a la duración del asunto o proceso acreditando los trabajos efectuados por el profesional.

Art 3º.- Institúyase con la denominación de “uhcri” (unidad honoraria criminalística) a la unidad arancelaria de honorarios profesionales de los profesionales de las ciencias criminalistas y criminología, cuyo valor será estimado en el diez por ciento (10%) del salario mínimo, vital y móvil, que fije el Poder Ejecutivo Nacional a través de su ministerio competente.

El Colegio de los Profesionales de las Ciencias Criminalistas y Criminología de Salta informará mensualmente el valor del “uhcri”, eliminando las fracciones decimales.

Sin prejuicio del sistema porcentual determinado para los procesos con base económica, los honorarios profesionales regulados no podrán ser inferiores a los mínimos establecidos en la presente Ley. Los siguientes valores se fijan de acuerdo a los parámetros establecidos en el artículo 10 de esta Ley.

1.- Honorarios mínimos en asuntos judiciales no susceptibles de apreciación pecuniaria.

Fuero y Materia de Familia: 17 uhcri

Fuero y Materia Administrativo: 19 uhcri

Fuero y Materia Civil y Comercial: 19 uhcri

Fuero y Materia de Minas y en lo Comercial de Registro: 15 uhcri

Fuero y Materia Laboral: 17 uhcri.

Los honorarios por estas actuaciones podrán acrecentarse en un cincuenta por ciento (50%) más del mínimo en caso debidamente fundado, sin perjuicio de lo dispuesto en otras disposiciones de la presente Ley.

2.- Honorarios mínimos en asuntos judiciales con base económica.

A los fines de establecer un mínimo ético para toda clase de juicios contenciosos se aplicará la siguiente escala: cuando el monto en disputa es inferior a cinco (5) sueldos mínimos vital y móvil, será el 10% de dicho monto; cuando el monto en disputa sea entre seis (6) y veinticinco (25) sueldos mínimos vital y móvil, será el 8 % de dicho monto; cuando el monto en disputa sea entre veintiséis (26) y cincuenta (50) sueldos mínimos vital y móvil, será el 6% de dicho monto; cuando el monto en disputa sea superior a cincuenta y un (51) sueldos mínimos vital y móvil, será el 5% de dicho monto.

El honorario que se establezca sobre las bases precedentes, regirá si media intervención de un solo perito Criminalístico y/o Criminólogos; cuando sean más de uno los intervinientes en un determinado tipo de pericia, los que conjunta o separadamente suscriban el informe, se dividirá el monto en partes iguales entre todos los peritos intervinientes cualquiera sea su número, salvo acuerdo en contrario de los profesionales actuantes.

3.- Honorarios mínimos por la labor extrajudicial.

Consultas verbales: 3 uhcri

Consultas evacuadas por escrito: 7 uhcri

Informes o compulsas de actuaciones judiciales o administrativas: 4 uhcri

Procesos vinculados a cuestiones ambientales: 15 uhcri.

Presunción

Art. 4º.- La actividad profesional de los profesionales de las ciencias criminalistas y criminología.

Ausencia de derecho a regulación

Art. 5º.- La labor profesional notoriamente inoficiosa declarada judicialmente no será considerada a los efectos de la regulación. Tampoco tienen derecho a honorarios los profesionales que incurran en conducta procesal maliciosa o temeraria declarada judicialmente, y los que actúan sin matrícula habilitada.

Técnicos y auxiliares – Actuaciones conjuntas

Art. 6º.- Los honorarios de los técnicos y auxiliares que actuaren en conjunto con el perito principal de la pericia se determinarán en el cuarenta por ciento (40%) de lo que por esta Ley fija para los profesionales.

A los efectos de la regulación, la firma del perito designado judicialmente implica la dirección profesional del proceso.

CAPÍTULO II – Pactos

Requisitos esenciales

Art. 7º.- Los profesionales podrán participar en el resultado de los asuntos o procesos llevados adelante siempre que sea pactado con sus clientes.

Los honorarios de todos los profesionales que intervengan, en conjunto y por todo concepto, no podrán exceder del treinta por ciento (30%) del resultado económico obtenido, sin perjuicio del derecho de los profesionales a percibir los montos que se regulen en caso de condenación en costas a la contraria. El pacto se efectivizará por escrito y no admitirá otra prueba de su existencia que la exhibición del propio documento o el reconocimiento de la parte obligada al pago de honorarios. Solo podrá ser superior si el profesional toma a su cargo los gastos del proceso pudiendo ser elevado al cuarenta por ciento (40%).

En caso que el justiciable entienda pertinente el cambio de profesional, el pacto seguirá vigente, y el profesional podrá regular honorarios por las etapas cumplidas respetándose el porcentaje acordado, salvo que aquella hubiese sido motivada por culpa del profesional actuante fehacientemente determinada por autoridad judicial, en cuyo caso conservará el derecho a la regulación, si correspondiere.

El profesional que hubiere celebrado pacto de cuota litis y comenzado sus gestiones, puede apartarse del juicio en cualquier momento. Sus honorarios se regularán judicialmente, para lo cual se tendrá en cuenta el monto de juicio y los términos del convenio en forma proporcional a la etapa del proceso alcanzado.

Art. 8º.- El Colegio de Profesionales de Ciencias Criminalística y Criminología registrará, a pedido de parte, los convenios de honorarios y los pactos de cuota litis. En caso que se demanden honorarios convenidos provenientes de la labor profesional, se procederá a preparar la vía ejecutiva a tenor de lo dispuesto por el Código Procesal Civil y Comercial, acompañando al efecto la documentación que acredite la labor profesional y el convenio suscripto por el obligado.

Unidad horaria arancelaria

Art. 9º.- Por pacto expreso se podrá acordar con el letrado el sistema de retribución por tiempo de trabajo empleado. En tales casos se tomará como unidad cronométrica mínima la de 30 minutos, la que será estimada en un valor ético de 1 uhcri, teniendo en cuenta la complejidad del asunto y la especialización y experiencia del letrado. Dicho sistema se aplicará para:

  1. Consultas con clientes.
  2. Reuniones con otros profesionales, sean o no de la misma rama científica o Colegio; siempre que se celebren en el despacho del profesional.
  3. Consultas telefónicas o con nuevas tecnologías.

En los casos que las reuniones deban celebrarse fuera del despacho del letrado, en otras jurisdicciones o localidades se aumentarán los montos previstos en un cien por ciento (100%).

TÍTULO II – LABOR JUDICIAL

CAPÍTULO I – Principios

            Art. 10.- Para fijar el honorario se tendrá en cuenta, de manera conjunta y no excluyente los siguientes criterios:

  1. El monto del interés económico comprometido por la prueba pericial.
  2. La naturaleza y complejidad de la tarea realizada.
  3. El mérito de la labor profesional, apreciado por la calidad, eficiencia y extensión del trabajo.
  4. En los casos en que no pueda determinarse el monto del interés económico comprometido, se tomará en cuenta lo establecido en los Incisos b) y c).
  5. Las diversas diligencias que ha tenido que realizar el perito para cumplir su cometido, presentación de escritos, notificaciones, etc.
  6. La incidencia de la pericia en la decisión judicial.

Art. 11.- En los casos de litis consorcio activo o pasivo, en que actuaren diferentes profesionales al servicio de cualquiera de las partes, los honorarios de cada uno de ellos se regularán atendiendo a la respectiva actuación cumplida, al interés de cada litis consorte y a las pautas de esta Ley.

Cuando actuaren conjuntamente varios profesionales por una misma parte, a los efectos arancelarios se considerará que ha existido una sola actuación, y se regularán los honorarios individualmente en proporción a la tarea cumplida por cada uno.

CAPÍTULO II – Monto del Proceso y de los Honorarios

Monto

            Art. 12.- Se considerará monto del proceso la suma que resultare de la sentencia o transacción, intereses y costas del proceso.

Determinación del valor de bienes muebles e inmuebles

Art. 13.- Cuando para la determinación del monto del proceso debiera establecerse el valor real y actual de los bienes muebles o inmuebles, se correrá vista al profesional y al obligado al pago de honorario, para que en el plazo de cinco (5) días estimen dichos valores.

Procedimiento en la tasación judicial

Art. 14.- Cuando para la determinación del monto del juicio deba establecerse el valor de bienes inmuebles, se tendrá en cuenta la valuación fiscal para el pago de la contribución territorial, salvo que se hubiera practicado en autos la tasación judicial de los mismos. No obstante, si se estimare que la valuación fiscal no representa el valor real del inmueble, los profesionales podrán solicitar previamente a la regulación, que el cliente o la parte deudora de las costas, en su caso, declare bajo juramento el valor que atribuye al bien, bajo apercibimiento, para el caso de no hacerlo, de procederse a la avaluación por perito y a costa de los deudores.

Si formulada por el cliente o, en su caso, por la parte deudora de las costas la declaración del valor inmueble, el profesional no estuviere conforme con ella podrá éste pedir avaluación pericial, la que se practicará por un perito único designado por el Juez. Si la diferencia entre el valor asignado al inmueble en la tasación pericial no excediera en más de un veinte por ciento (20%) del valor declarado por el cliente o por la parte vencida en costas, en su caso, los honorarios y gastos ocasionados por la pericia serán a cargo del profesional que la hubiere solicitado y si la diferencia en más excediera dicho porcentaje, serán a cargo del cliente o de la parte vencida en costas, según el caso.

Igual procedimiento se seguirá si se tratara de inmuebles no avaluados por el Fisco o de bienes muebles no tomados en el proceso.

Sucesiones

Art. 15.- En los procesos sucesorios se tomará como base regulatoria el valor real y actual del patrimonio que se transmitiere. En caso de tramitarse más de una sucesión en un mismo proceso, el monto a los fines de la regulación será el del patrimonio transmitido en cada una de ellas.

CAPÍTULO III – Procedimiento regulatorio y cobro

Oportunidad de la Regulación

            Art. 16.- El profesional tendrá derecho a solicitar la regulación de sus honorarios profesionales en cualquier etapa del proceso, pudiendo ser estimados provisoriamente en base a la actuación efectivamente desempeñada, respetándose los mínimos establecidos en esta Ley.

Regulación

            Art. 17.- Toda regulación judicial de honorarios profesionales deberá fundarse y practicarse con citación de la disposición legal aplicada bajo pena de nulidad.

El profesional que acordare o aceptare honorarios inferiores a los mínimos, será pasible de sanción por el Tribunal de Ética del Colegio de Profesionales de Criminología y Criminalística.

Parte Interesada

Art. 18.- A petición del profesional, será parte interesada el Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la provincia de Salta, en toda actuación donde se discuta honorarios profesionales, debiendo darse la participación correspondiente a través de la vista de rigor, pudiendo ser apelable cualquier suma regulada sin importar el monto.

Derecho de retención de pericia

            Art. 19.- El profesional que ha realizado una pericia podrá solicitar la regulación de los honorarios provisorios junto con su presentación y requerir que la misma sea reservada en Secretaría del Juzgado hasta tanto sea satisfecho el pago de los honorarios provisorios, hasta tanto las partes no tendrán acceso a la misma ni podrá hacérsela valer en el expediente.

El juez tendrá acceso a la pericia a los fines de su merituación y fijación de los honorarios provisionales, pero no podrá dar vista de ella a las partes u otro tercero, salvo al Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la provincia de Salta.

Para el caso de que la parte desista de la pericia o transcurrido plazo que fijare el juez acorde a la naturaleza del proceso y del caso en particular, sin que la parte haya satisfecho el pago de los honorarios provisorios fijados, se cargará a esta parte un 50% del valor provisorio fijado. No podrá realizarse nueva pericia en el expediente sin haberse satisfecho esta obligación.

Si del resultado del proceso surgiere que la parte que ha pagado no debía soportar la costa, ésta tendrá derecho a repetir lo pagado conforme a las reglas del proceso en donde haya ocurrido la sentencia.

La ejecución de honorarios por parte del perito actuante en los autos, gozará de los beneficios tributarios y procesales de las ejecuciones alimentarias.

Responsables obligados al pago

Art. 20.- El pago de los honorarios puede perseguirse en contra de los condenados en costas, de sus garantes, de los comitentes y de cualquiera que se beneficie de la labor profesional.

Actualización de honorarios impagos con mora

Art. 21.- Las deudas de honorarios pactados o regulación judicial firme, devengará intereses conforme a lo estipulado en el artículo 552 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Notificación al cliente

Art. 22.- Toda notificación al cliente deberá realizarse en su domicilio real o en el que especialmente hubiere constituido a estos efectos en el expediente. Si no es conocido el domicilio real, se notificará donde se encuentre el obligado al pago; y si este domicilio también se ignora, en el último domicilio registrado en el Padrón Electoral.

Asuntos o procesos pendientes

Art. 23.- Esta Ley se aplicará a todos los asuntos o procesos pendientes en los cuales no hubiere recaído resolución firme regulando honorarios al tiempo de su entrada en vigencia.

TÍTULO III – ADELANTO DE GASTOS

CAPÍTULO I

Regulación

            Art. 24.- El Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología publicará trimestralmente una lista orientativa de importes referidas a los adelantos de gastos para la realización de cada pericia, a la que deberá sujetarse el pedido de adelanto de gastos formulado por el profesional interviniente bajo pena de nulidad.

Dicha lista deberá fundamentarse en índices oficiales de aumento de precios bajo pena de poder ser cuestionados judicialmente y reajustados por el Juez cuando la parte demuestre que no respeta tales índices o que hubiera error o diferencias interpretativas. Lo resuelto ad hoc en el proceso solo tendrá validez para el mismo.

El juez interviniente, a pedido de parte y de forma fundada, podrá reducir el adelanto de gastos hasta un 20%.

Aceptación del profesional

Art. 25.- El profesional interviniente podrá en todos los casos rechazar la realización de la pericia, aún luego de haber hecho posesión de cargo, si a su criterio el adelanto de gastos fijado no fuere suficiente para la realización de la pericia. Esta declinación bajo ningún aspecto podrá tener como consecuencia sanción alguna, salvo que cualquiera de las partes demostrase que hubo negligencia en la labor desarrollada.

Se entenderá aceptada la regulación cuando el profesional debidamente notificado no se manifestare en el plazo procesal oportuno.

Adelanto de gastos mínimos. Sanción

Art. 26.- El profesional que acordare o aceptare adelantos de gastos inferiores a los mínimos, salvo en los casos fijados en los artículos precedentes, será pasible de sanción por el Tribunal de Ética del Colegio de Profesionales de Criminología y Criminalística. El juez del proceso de oficio deberá notificar al Colegio de Profesionales de Criminología y Criminalística y a la Secretaría de la Corte de Justicia de la Provincia a los fines de que el profesional sea suspendido de las listas oficiales por el término de un (1) año a partir de la fecha de notificación.

Art. 27.- Para el caso de que no hubiere sido realizada la pericia cualquiera de las partes o el Colegio de Profesionales de Criminología y Criminalística podrán pedir la remoción del profesional actuante y el rechazo in limine para el caso de que presentare la pericia. Si cualquiera de las partes del proceso hubieren tenido participación se le podrá dar por decaída la prueba o ser considerada nula, salvo oposición expresa de la otra parte o que el juez la considerare necesaria para el conocimiento de la verdad material del hecho.

TÍTULO IV – ORDEN PÚBLICO

            Art. 28.- La presente Ley tiene carácter de orden público.

Art. 29.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mario Moreno – María Silvina Abilés

 

Fundamentos

Señores senadores:

La  labor  desarrollada  por el perito  interviniente  en  cualquier  proceso -civil, penal o de otra naturaleza- es distinta de la realizada por las partes y sus abogados. El perito no realiza una interpretación normativa o valorativa del hecho, sino que se limita, dentro de cánones más estrictos, al estudio del hecho como fenómeno natural y como tal no puede adecuar o supeditar el hecho a una interpretación o criterio.

Es un auxiliar esencial de la justicia, puesto que, a través de su conocimiento científico, devela la verdad que se encuentra oculta al ojo no capacitado, pero no modifica el hecho, sino que lo explicita.

Dado que el mismo no es parte, no corresponde que deba ser, en principio, sujeto a la suerte que las mismas sufran en el proceso.

En diferente posición se encuentra el perito, aún no siendo parte, que es ofrecido por la parte al que es traído al proceso en carácter de profesional oficial.

En principio el perito de parte acuerda con su cliente la retribución por su labor, operando la libertad de contratación en este ámbito, sin embargo, esta libertad debe tener sus pisos mínimos legales, por un lado, y las garantías para el caso de que la parte no cumpliere su compromiso, por el otro, idénticas a las que goza el perito que por azar fuera sorteado en un proceso en calidad de oficial. Estos mecanismos ya operan en la reciente ley de honorarios profesionales de los abogados en nuestra Provincia, y en numerosas legislaciones relativas a diversos auxiliares de justicia en el ámbito nacional.

Resulta evidente que el perito que actúa en los tribunales, hoy en día, bajo ningún concepto puede pretender vivir de las retribuciones que en los mismos le son fijadas por su actuación, porque:

1º. En primer lugar por el monto de las mismas, que resultan muy alejadas de una cabal valoración de la tarea desempeñada.

2º. La enorme dilación entre el momento de la presentación de la pericia y la regulación de su valor y su posterior percepción hacen que al momento de efectivizarse el pago, el mismo resulte desactualizado.

3º. La compleja trama por la que el perito debe pasar para efectivizar su reclamo por el pago de sus honorarios.

Esto se puede demostrar fácilmente consultando a cualquier perito que lleve al menos 5 años de ejercicio de la profesión.

La sanción del Decreto Ley 324/63 significó una conquista importante en la reivindicación pública de la profesión. No obstante, la época actual dista mucho del contexto y condiciones de ejercicio profesional en que el mismo fuera puesto en vigencia.

Resulta clara la necesidad y justicia de la sanción de una norma que resuelva la injusta situación que viven los profesionales de las ciencias criminalísticas y criminológicas de la Provincia, por una parte por el estado de inexactitud en cuanto a la determinación del valor de su trabajo que degenera en la infravaloración en detrimento del profesional, y por otra respecto a la posibilidad real de percibir su justa retribución.

La sanción de esta ley pondría fin a la postergación de un colectivo relegado en nuestra comunidad a la paradoja tener un papel primordial en la administración de justicia, pero no recibir su retribución por ello.

Es por ello que solicitamos a nuestros pares acompañen en la sanción de la presente.

Mario Moreno – María Silvina Abilés

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

V

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-27.449/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1°.- Declarar de Interés de esta Cámara la 19° Edición del “Biatlón Jorge Chorita Pérez”, a llevarse a cabo el día 28 de octubre de 2018 en la localidad de El Bordo, departamento General Güemes.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

La Comisión de Padres y Amigos del Deporte trabaja hace varios años dedicada al deporte haciendo competencias de ciclismo de ruta, mountanbike y biatlones (parte se corre en bici y parte a pie). En los últimos seis años, a través de la comisión mencionada se llevó a niños y jóvenes en la disciplina ciclismo femenino y masculino a participar de los Juegos Nacionales Evita.

Es loable destacar que el Biatlón “Jorge Chorita Pérez” se realiza hace dieciocho años en la localidad de El Bordo, departamento General Güemes, y en el año 2017 tuvo la cobertura periodística de América Sport.

Biografía de Jorge Pérez

Nació en General Güemes el 27 de mayo de 1982, vivió con sus padres y hermanos en la localidad de El Bordo.

Jorge desde muy pequeño se dedicó al deporte, lo hizo sobre una bici de montanbike. Con sus amigos Santiago Martínez, Fernando Paz, Fernando Aranda, Fernando Lagoria, Mario Romero, Hernán Juárez, Martín Pérez, Jorge Arregui, entre otros, solía salir a recorrer en bici todo lo que hoy es El Sauce y siempre ese recorrido se tomaba como una competencia, y Jorge, a pesar de ser el más chico, de tan solo once años de edad, cada vez era más rápido y se lo notaba fuerte en sus pedaleadas, por lo que sus amigos lo convencieron que compitiera en carreras de montanbike, en las que solía triunfar con facilidad, en ocasiones participaba en dos categoría, cadetes y junior. Pero había un inconveniente, su bici no era de las mejores, ya que siempre le ocurría un desperfecto mecánico, por lo que terminaba con bici prestada. Su difunto padre solía pegar por dentro de las cubiertas cuero de chivo sobada, para evitar pinchaduras, ya que su familia atravesaba por momentos económicos difíciles. Debido a su buena actuación Jorge es seleccionado para competir en las sierras de Córdoba el Campeonato Argentino de Descenso, donde a 500 metros de la meta Jorge cae con su bici quedando atrapado con las punteras de los pedales, por lo que perdió mucho tiempo para reponerse y es sobrepasado por los competidores.

En el año 1996 Jorge comienza a incursionar en lo que son las pruebas combinadas, donde se debe hacer una primera etapa en bicicleta y una segunda etapa a pie. También se destacaba en este tipo de prueba y en el año 1997 corre su primer biatlón de la cumbre, donde se pierde en la parte de pedestrismo, teniendo que abandonar.

Incursionó en competencia de ruta. Como carecía de una bicicleta acorde a las circunstancias, Santiago su amigo le prestaba una bicicleta de competición, con la cual comenzó a participar en dicha competencia, donde tuvo la posibilidad de correr con grandes del ciclismo, como Daniel Mosler, Miguel Clavero, Herminio Suarez, entre otros.

En 1998 Jorge compite en la Clásica 1 de Mayo en la ciudad de Salta. En dicha competencia Jorge “Chorita” se mantenía en el pelotón de punta, lo que le daba muchas posibilidades de poder hacer podio. Al término de la última vuelta, en lo que es hoy la Avenida Hipólito Irigoyen, frente a Villa Las Rosas, ya entrando a la calle Gurruchaga, cerca del Hospital San Bernardo, en pleno ascenso para llegar a la meta final en el monumento al General Güemes, Jorge pincha la rueda trasera de su bicicleta faltando 300 metros para llegar, la rueda se desinfla totalmente y baja de su bici y comienza a correr, faltando 150 metros para la llegada el pelotón perseguidor le da alcance perdiendo toda posibilidad de estar entre los primeros clasificados quedando en el puesto 4º.

En el mismo año 1998 participa del Biatlón de la Cumbre categoría Juveniles, donde se alza con el primer puesto. Eso realmente lo motiva mucho por lo que se decidió participar en la máxima categoría La Elite. Para ello Jorge se venía entrenando con mucha responsabilidad y días antes del biatlón de la cumbre de 1999 sufre un accidente de tránsito con sus amigos y su hermano mayor, donde él llevó la peor parte y a las veinticuatro horas de ocurrido el accidente fallece.

Su corta trayectoria deportiva con grandes logros:

*Año 1995 se consagra Campeón Salteño de Montanbike.

*Año 1996: se consagra Campeón Salteño de Montanbike.

*Participa del Campeonato Argentino de Descenso en Córdoba, 5º puesto.

*Año 1996, 1997,1998 en Olimpiadas Barriales obtiene:

– 1er. puesto en maratón

– 1er. puesto en posta 4×100

– 1er. puesto en 100 metros llanos

– 1er. puesto en 1.500 metros

*Año 1997 se consagra Campeón Salteño de Montanbike, compitiendo con dos campeones argentinos de la categoría.

*Se consagra Campeón Jujeño de ruta, categorías juveniles.

*Año 1998 se ubica 4º en la Clásica Primera de Mayo – Salta.

* Obtiene el 1er. puesto en su categoría en el Biatlón de la Cumbre.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Sr. Presidente (Gramaglia).- Por la proximidad de la fecha, se reserva en Secretaría.

2

Expte. Nº 90-27.463/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1°.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 159 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Jefe de Gabinete de Ministros y por su intermedio al señor Ministro de Salud Pública, informe en un plazo de diez (10) días lo siguiente:

  1. a) Si en el territorio de la provincia de Salta, en el transcurso de los años 2016, 2017 y en el presente, se detectaron en los departamentos Metán y Anta, casos de Rickettsiosis, enfermedad infecciosa trasmitida por la picadura de garrapata.
  2. b) De ser afirmativo, cantidad y si se produjeron defunciones en la población infanto-juvenil y adulta, en la jurisdicción de los departamentos Metán y Anta.
  3. c) Procedimientos sanitarios en el Área Operativa Sur, llevados a cabo por la Dirección de Epidemiología, organismo facultado para confirmar o descartar dicha enfermedad.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Antonio Otero – Roberto Gramaglia – Diego Pérez – Alfredo Sanguino – Ernesto Gómez

Sr. Presidente (Gramaglia).- Por tratarse de un pedido de informe, corresponde tratamiento inmediato.

3

Expte. Nº 90-27.465/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

          Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la celebración de los actos y festejos de la Fiesta Patronal en honor a “San Martín de Porres”, a realizarse el día 3 de noviembre del corriente año en la localidad de Salta Forestal, departamento Anta.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Ernesto Ángel Gómez

Sr. Presidente (Gramaglia).- Por la proximidad de la fecha, se reserva en Secretaría.

4

Expte. Nº 90-27.466/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1°.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Jefe de Gabinete de Ministros, y por su intermedio al Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, en un plazo de quince (15) días lo siguiente:

ASUNTO: “MINISTERIO DE ASUNTOS INDÍGENAS Y DESARROLLO SOCIAL” PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS – PERIODO ENERO 2018 – SEPTIEMBRE 2018.

  • Comedores Infantiles – Centro de Desarrollo Infantil:
  1. Listado de Municipios que reciben los fondos, con detalle del total anual presupuestado y del monto efectivamente transferido a cada Municipio, en el período de referencia.
  2. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios del programa.
  • Nutrivínculo – Comedores Infantiles – Comer en Familia:
  1. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios.
  2. Informe el detalle del presupuesto anual y de los montos efectivamente erogados en el periodo de referencia.
  3. Principales Proveedores del Programa discriminados por Razón Social y montos pagados desde enero a septiembre del corriente año.
  • Pensiones no Contributivas:
  1. Listado de Beneficiarios con nombre, apellido, domicilio y montos cobrados por cada beneficiario.
  • Pan Casero:
  1. Listado de Municipios que reciben los fondos, con detalle del total anual presupuestado y del monto efectivamente transferido a cada Municipio, (ver período de referencia).
  2. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios del programa.
  • Tarjeta Social / Mod. Alim. (AIPAS) / Abordaje Integral de Políticas Alimentarias Salta:
  1. Cantidad de familias beneficiadas.
  2. Cantidad de Tarjetas vigentes, detalles de los titulares.
  3. Informe el detalle del presupuesto anual y de los montos efectivamente erogados en el periodo de referencia.
  4. Principales Proveedores del Programa discriminados por Razón Social y montos pagados desde enero a septiembre del corriente año.
  • Abordaje Integral de Políticas Alimentarias Salta (AIPASL
  1. Informe el monto del presupuesto anual comprometido por Nación.
  2. Informe los montos efectivamente girados por Nación.
  3. Informe en que conceptos o cuentas se invirtieron los montos recibidos
  4. Informe cualquier otra característica especial de la línea de financiamiento de Nación.
  • Asistencia Crítica:
  1. Listado de Municipios que reciben los fondos, con detalle del total anual presupuestado y del monto efectivamente transferido a cada Municipio, (ver período de referencia).
  2. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios del programa.
  • Registro Provincial de Pequeños Productores Agropecuarios v Familias Rurales:
  1. Informe si se organizó el registro.
  2. En caso de estar organizado ponga a disposición el Registro de los productores y familias registradas, con el detalle de su ubicación geográfica y las situaciones conflicto por la titularidad de la tierra detectadas.
  3. Asimismo, brinde información del personal afectado para la confección del registro.
  • Proyecto de Asesorías Jurídicas v Catastrales a Familias Rurales:
  1. Informe el detalle de los beneficiarios de las Capacitaciones y Asesorías realizadas, con nombre, apellido y ubicación geográfica.
  2. Informe asimismo el monto presupuestado para el “2018 y el efectivamente erogado para el desarrollo de este proyecto.
  3. Listado de Profesionales afectados.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Ernesto Gómez – Walter Cruz – Walter Abán – Dani Nolasco – Alfredo Sanguino – Cástulo Yanque – Carlos Rosso – Jorge Soto – Esteban D´Andrea – Roberto Gramaglia – Roberto Vásquez – Silvina Abilés – María Laura De La Zerda

Sr. Presidente (Gramaglia).- Por tratarse de un pedido de informe, corresponde tratamiento inmediato.

5

Expte. Nº 90-27.468/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara de Senadores, la actividad cultural y académica denominada Homenajes VII “Mujeres y Hombres de la Cultura de Salta”, organizado por los Amigos del Arte y la Cultura de Salta “José Juan Botelli”, a realizarse el día 2 de noviembre en la Casa de la Cultura “Sala Mecano” de la ciudad de Salta, el 9 de noviembre en la Sala “Sara San Martín de Dávalos” de la ciudad de San José de los Cerrillos, y el 16 de noviembre del corriente año, en el Cine Teatro Municipal de la ciudad de Cafayate.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

María Laura de la Zerda

Sr. Presidente (Gramaglia).- Por la proximidad de la fecha, se reserva en Secretaría.

VI

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-27.448/18

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes, proceda a la incorporación en el Presupuesto Ejercicio 2019, la obra de construcción de un Tinglado y un Playón Deportivo para la Escuela Nº 4.259 Comodoro Luis Py, ubicada en el Lote San Martín, municipio de Campo Santo, departamento General Güemes.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadores y señores senadores:

La comunidad del Lote San Martín cuenta con este establecimiento educativo, el cual está conformado por un Director, Profesor Gustavo Ascoy; docentes de Nivel Inicial, Primario y Especiales (área Educación Física, Idioma y Artística), con una matrícula de más de veinte niños distribuidos en los distintos grados.

La solicitud del presente pedido de construcción de playón deportivo y tinglado es por no contar con un espacio acorde con dimensiones, ni techado para realizar actividades físicas como para la recepción de visitas de otras instituciones educativas en los diversos actos escolares, cuando las inclemencias del tiempo así se presentan o las altas temperaturas.

Los primeros años de la vida de una persona son claves para su desarrollo futuro, por ello la educación es el arma más poderosa que puedes usar para cambiar el mundo.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

2

Expte. Nº 90-27.450/18

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019, la compra con su respectiva instalación y funcionamiento de Juegos para la Salud, en espacios de esparcimiento y recreación de los municipios pertenecientes al departamento General Güemes.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

En los municipios General Güemes, Campo Santo y El Bordo, pertenecientes al departamento General Güemes, los espacios de recreación y esparcimiento no solo se dan en las plazas barriales, donde en sectores los diversos Ejecutivos Municipales fueron instalando juegos de la salud para las prácticas de deportes, pero a su vez quedan otros espacios donde la comunidad también desarrolla actividad física como lo es Ruta Nacional Nº 34 hacia el Norte, dirigiéndose a la provincia de Jujuy (camino ruta vieja), hacia el Sur por la misma ruta en la ciclo vía; hacia la localidad de Campo Santo también en la parte baja a espacio considerado de la Ruta Provincial Nº 11, ciclo vía, como en espacios de los municipios que se consideran de vital importancia para el desarrollo del deporte. Por ello es importante el trabajo con la Secretaría de Deportes de la provincia de Salta y en conjunto con las áreas de deporte de los municipios, así coordinan lugares de utilidad por la comunidad y se desarrollan más ideas con beneficio directo a la vecindad.

El deporte es un lugar de encuentro donde personas de todo nivel y condición social se unen para lograr un objetivo común. En una cultura dominada por el individualismo y el descarte de las generaciones más jóvenes y de los mayores, el deporte es un ámbito privilegiado en torno al cual las personas se encuentran sin distinción de raza, sexo, religión o ideología, y donde podemos experimentar la alegría de competir por alcanzar una meta juntos, formando parte de un equipo, en el que el éxito o la derrota se comparte y se supera. Esto nos ayuda a desechar la idea de conquistar un objetivo centrándonos solo en uno mismo.

Cuando un padre juega con su hijo, cuando los chicos juegan juntos en el parque o espacios al aire libre, cuando el deportista celebra la victoria con los aficionados, en todos esos ambientes se puede ver el valor del deporte como lugar de unión y encuentro entre las personas. ¡Los grandes objetivos, en el deporte como en la vida, los logramos juntos, en equipo!

Es esencial que todos seamos conscientes de la importancia que tiene el ejemplo en la práctica deportiva, ya que es un buen arado en tierra fértil que facilitará la cosecha siempre que se cuide y se trabaje adecuadamente.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

3

Expte. Nº 90-27.451/18

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019, la compra de vehículos (camionetas) para poder cubrir acorde a las necesidades que se plantean en los servicios de las Comisarías y Puestos Policiales que abarca la zona Regional Sector Valle de Sianca Nº 71 y Nº 72, en el departamento General Güemes.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

La necesidad planteada en el presente proyecto para ser tenido en cuenta en el Plan de Trabajos Públicos Ejercicio 2019, de la compra de nuevas movilidades para las diversas comisarías y destacamentos policiales, como también para las Divisiones Drogas Peligrosas y Brigada de Investigaciones del departamento General Güemes, radica en el amplio sector geográfico que cubre el área operativa y la poca movilidad existente.

La instalación de la División de Seguridad Urbana o Sistema de Emergencia 911 facilitó algunas tareas. Eso sí al momento de su inauguración vinieron muchas unidades, las cuales se quedarían en el medio para su puesta a trabajo. Con el correr del tiempo diversas decisiones han hecho que hoy queden pocas unidades más allá de las reposiciones. Claro está que la necesidad en toda la Provincia se plasma, lo que sí es de destacar es la ubicación geográfica del Departamento, con rutas provinciales y ruta nacional, con altos índices de drogas en no solo un lugar de paso sino de venta. Es ahí donde muchas veces el personal policial coloca al servicio del gobierno, que es quien debe facilitarle movilidad, un móvil personal. En la misma línea también lo hace la División Drogas y Brigada. Aparte del planteamiento en cuanto a las buenas acciones del personal, las necesidades que se expresan hacen al ágil servicio policial.

En la actualidad en el Sector 71 se encuentran los siguientes móviles: móvil 1852 en Comisaría 101; móvil 1657 y móvil 1424 en Comisaría 11; móvil 1734, 1697, 1698,1855 en División Seguridad Urbana; móvil 1866 y móvil 1732 control.

En el Sector 72: móvil 1681 Sub Comisaría El Bordo; móvil 1661 y 1710 Comisaría 16; móvil 1707 y 1111 Destacamento Cobos.

A pesar de mostrar esta poca cantidad de móviles, los jefes policiales se colaboran en las actividades que se plantean.

Se encuentran móviles en reparación.

Fortalecer el recurso humano y generar compromiso como servidores públicos, dándoles las herramientas necesarias y óptimas permite garantizar la calidad, la sostenibilidad y la universalidad de los servicios públicos.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

4

Expte. Nº 90-27.452/18

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

      Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través de los organismos correspondientes Ministerio de Salud, Ministerio de Hacienda, Jefatura de Gabinete arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019, el personal (médicos, enfermeros, anestesista, técnicos instrumentistas, técnicos en laboratorio, personal de mantenimiento, servicios generales) que deberá poner en funcionamiento la instalación que se lleve a cabo en los tres (3) quirófanos en el Hospital Dr. Joaquín Castellanos, de la ciudad de General Güemes, Departamento homónimo, que brindaran un servicio no solo a los habitantes del departamento General Güemes, sino también como ya lo viene haciendo con los únicos espacios para tal fin a los pacientes de la vecina provincia de Jujuy, a los extranjeros de paso y a los que habitan la sagrada República Argentina, a los derivados de urgencia del sector Norte y Sur de la provincia de Salta.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadores y señores senadores:

La tan ansiada obra de la instalación de los quirófanos con toda la tecnología acorde a estos tiempos que se requiere, debe de venir acompañada por la parte más importante que la tecnología en el sector salud no pudo ni podrá cubrir, como lo es la persona capacitada para ello cuando un paciente necesita del servicio del quirófano. Es por ello que se necesitan médicos, anestesistas, enfermeros, técnicos instrumentistas, técnicos en laboratorio, personal de mantenimiento, servicios generales. De esta manera fortalecemos las capacidades individuales y colectivas para empoderar a las personas, dando el merecido reconocimiento a quienes se perfeccionaron para poder brindar un servicio como agentes de cambio para su propio desarrollo en toda la comunidad que lo amerita.

El Hospital Dr. Joaquín Castellanos con ochenta años de servicio a la comunidad, de renombrado prestigio nacional, con personal dedicado, brinda atención no solo a los habitantes del departamento General Güemes, también lo hace con los habitantes de la vecina provincia de Jujuy, a los extranjeros de paso, y a los extranjeros que habitan el bendito suelo argentino…, como lo expresa nuestro Preámbulo, y por supuesto a los habitantes que así lo necesitan de los departamentos que forman la tan amplia y diversa geografía salteña, que por las razones de urgencia o en trabajo de colaboración con otros nosocomios lo solicitan, demostrando el compañerismo entre profesionales más allá de las dificultades edilicias que se plantean o en cuanto al personal.

Garantizar el acceso a la salud pública de calidad con mayor oferta, cobertura y servicios es una constante que debe ser el punto de llegada en un camino a recorrer siempre juntos, nuestra tarea debe ser la de alcanzar un alto nivel de progreso social, asegurando el derecho a vivir bien, con plenitud y dignidad en el estado en que se encuentre.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

5

Expte. Nº 90-27.453/18

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019, las obras de instalación de Red de Gas Natural al Colegio Nº 5.007 Dr. Facundo de Zuviría ubicado en la ciudad de General Güemes, Departamento homónimo.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

El Colegio Nº 5.007 Dr. Facundo de Zuviría es un colegio que nació en el año 1963, y en el año 1982 se traslada al edificio actual ubicado a orillas de la Ruta Nacional Nº34, cuenta con una matrícula de 1.120 alumnos distribuidos en dos turnos (mañana y tarde). Su Equipo Directivo está formado por: director Profesor Héctor Burgos, Vice Directora del turno mañana Profesora María Del Carmen Toledo y Vice Directora turno tarde Profesora Noemí Llanos, Personal Administrativo, Preceptores, Bibliotecarios, Ordenanzas. Los alumnos al egresar lo hacen con el título de Bachiller con Orientación en Economía y Administración o Bachiller en Ciencias Sociales-Humanísticas, según haya sido su elección al terminar el tercer año.

Hasta el año 2016 el colegio tenía tres turnos, y por disposiciones del Ministerio de Educación de la provincia de Salta, los turnos vespertinos de los colegios de la Provincia pasan a una nueva modalidad y numeración, en este caso el Colegio Nº 7.235 para Adultos, a cargo de su Directora Profesora Nancy González, no tiene personal administrativo, con una matrícula de trescientos cincuenta educandos distribuidos en diez divisiones, los que al finalizar sus estudios recibirán el título de Bachiller en Economía y Administración.

El establecimiento educativo ha sido consagrado en varias competencias educativas a nivel local, provincial y nacional, también es de destacar que los días sábados ocupa la Orquesta Infanto Juvenil del Bicentenario las instalaciones con cien alumnos, a los cuales se les brinda un desayuno.

El sistema de educación pública es uno de los fundamentos de nuestra democracia; después de todo es donde los niños de América aprenden a ser ciudadanos responsables, aprenden las habilidades necesarias para aprovechar las ventajas de nuestra sociedad oportunista.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

6

Expte. Nº 90-27.454/18

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

      Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019, la obra de Ampliación de Iluminación sobre la Ruta Nacional Nº 34 y Ruta Provincial Nº 9, hasta la entrada del Parque Industrial, en el municipio de General Güemes, Departamento homónimo.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

Lo solicitado en referencia a la iluminación tan necesaria desde la rotonda, donde se unen la Ruta Nacional Nº 34 y la Ruta Provincial Nº 9 hacia el Norte hasta el Parque Industrial de la ciudad de General Güemes, es uno de los motivos por los cuales se han sufrido varios accidentes viales con tragedias a lo largo de estos últimos tiempos.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

7

Expte. Nº 90-27.455/18

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

      Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019, las obras de instalación de Red de Gas Natural en la Escuela Nº 4.849 Papa Francisco, de la localidad de El Bordo, departamento General Güemes.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

La Escuela Nº 4.849 Papa Francisco ubicada en la localidad de El Bordo, nace en el año 2014, cuenta con la siguiente planta funcional, con una matrícula de cuatrocientos setenta y cinco alumnos, distribuidos en dos turnos (mañana y tarde) entre los cuales se encuentran Nivel Inicial y Primaria. A su vez este establecimiento cuenta con la modalidad de jornada extendida, donde el servicio de gas natural es más que imprescindible, ya que se deben realizar los desayunos, almuerzos y meriendas.

Un desarrollo económico que no tiene en cuenta a los más débiles y desafortunados, no es un verdadero desarrollo. (Papa Francisco)

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

8

Expte. Nº 90-27.456/18.

LA CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través de los organismos correspondientes arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019 las Obras de Refacción de la Escuela N° 4.849 Papa Francisco de la localidad de El Bordo, departamento General Güemes.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

La Escuela N° 4.849 “Papa Francisco” ubicada en la localidad de El Bordo, nace en el año 2014, cuenta con la siguiente planta funcional: una Directora Profesora Adriana Romera, dos Vicedirectoras Mirian Quiroz y Yolanda Gutiérrez, un personal Auxiliar Administrativo, una Celadora en tumo mañana y otra en tumo tarde, nueve Ordenanzas (aunque en el decreto de fundación de la institución mencionaba la cantidad de doce), con una matrícula de cuatrocientos setenta y cinco alumnos, distribuidos en dos tumos (mañana y tarde) entre los cuales se encuentran Nivel Inicial y Primaria. A su vez este establecimiento cuenta con la modalidad de jomada extendida, donde se brinda el almuerzo.

La institución educativa si bien es joven ediliciamente las estructuras de mampostería se deben arreglar y las refacciones en cuanto a techos, pisos y zócalos es una constante por el terreno salitroso. También se necesita el sistema de teléfono, lo que a su vez posibilitaría la conexión a internet, tan importante en estos tiempos por la documentación a presentar.

Tres palabras que se deben decir siempre, tres palabras que tienen que estar en cada casa: PERMISO, GRACIAS, DISCULPA.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

 

9

Expte. Nº 90-27.457/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

      Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través de los organismos correspondientes arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019 la Obra de Ampliación y Refacción de Iluminación sobre la Ruta Provincial N° 11, desde Barrio S.O.E.M de la ciudad de General Güemes hasta la entrada de la localidad de Campo Santo, departamento de General Güemes.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

Lo solicitado en referencia a la iluminación en lugares que faltan y la refacción en aquellos lugares donde fue colocado el sistema de iluminación radica en la necesidad de seguridad, como también en la conexión existente entre los municipios de General Güemes y Campo Santo, entre los cuales los trabajadores, alumnos de colegios, escuelas de educación técnica y terciarios se trasladan en horas tempranas o de noche, por lo que la iluminación sería un punto más de seguridad y tranquilidad en la sociedad. A ello también es importante destacar la cantidad de personas de distintas edades que día a día en diversas horas llevan a cabo actividad física, ya sea al costado de la ruta provincial como también por la ciclo vía existente en la zona baja de la ruta.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

10

Expte. Nº 90-27.458/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019 mediante los Ministerios de Educación, Ciencia y Tecnología y el Ministerio de Salud Pública, la creación de un Equipo Interdisciplinario Múltiple formado por Psicólogos, Psicopedagogos, Fonoaudiólogos, para los establecimientos educativos de Nivel Secundario (Colegios y Escuelas de Educación Técnica) del departamento General Güemes.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

La creación del gabinete o equipo interdisciplinario de profesionales conformados por Psicólogos, Psicopedagogos, Fonoaudiólogos, para los establecimientos educativos de Nivel Secundario (Colegios y Escuelas de Educación Técnica) del departamento General Güemes es un pedido constante que se viene llevando a cabo a través de las diversas comunidades educativas, en jomadas o talleres que realiza el Ministerio de Educación de la Provincia de Salta, donde se plantean las virtudes o fortalezas del sistema educativo como también de las falencias por las que atraviesa, debido a que los colegios o escuelas de educación técnica son receptoras de grandes problemas sociales- familiares que surgen de una globalización. La familia y la escuela ¡jamás van contrapuestas! Son complementarias. Y por lo tanto es importante que colaboren, en el respeto recíproco. Las familias de los chicos de una clase pueden hacer mucho colaborando entre ellas y con los maestros-profesores. Esto hace pensar en un proverbio africano que dice: “Para educar a un hijo se necesita a todo un pueblo”.

La necesidad planteada anteriormente es también por parte de los alumnos en encuentros de centros de estudiantes, donde además de valorar el trabajo con los docentes consideran que necesitan espacios de ayuda psicológica y de acompañamiento pedagógico.

Si bien es un planteamiento de toda la Provincia, en el sistema educativo primario del departamento General Güemes existe un gabinete pedagógico, el cual no cubre todas las exigencias de las escuelas del medio, que son treinta, y a solicitud del nivel medio con dieciocho entre escuelas de educación técnica y colegios, para alcanzar un alto nivel de progreso social, asegurando el derecho a vivir bien con plenitud y dignidad.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Educación y Cultura.

11

Expte. Nº 90-27.459/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

 D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019, la obra de construcción de un tinglado para la Escuela Nº 4.338 Justo José de Urquiza, ubicada en la cuidad de General Güemes, Departamento homónimo.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores.

La Escuela N° 4.338 “Justo José de Urquiza”, ubicada en la ciudad de General Güemes tiene una matrícula de ochocientos cuarenta y cinco alumnos distribuidos en dos turnos (mañana y tarde) con una planta funcional conformada por una Directora Profesora Ema Alcira Velarde, una Directora de Jardines -Nivel Inicial- Profesora Nilda Plaza, tres Vicedirectoras Turno Mañana Profesora Beatriz Álvarez, Turno Tarde Profesora Rosa Ramos y Vicedirectora de Itinerancia Profesora Bibiana Balvorin, Personal Administrativo, Docentes, Celadores y Personal de Maestranza distribuidos entre los turnos mencionados.

También en el mismo edificio se encuentra la Dirección de la Escuela N° 7.009 de Jóvenes y Adultos, la cual funciona de 19 a 23 horas a cargo de la Profesora Susana Chocobar, Vicedirectora Profesora Fabiana Temer, con dos aulas, cada una con sus docentes respectivos, incluidas las docentes de taller e idioma y con una matrícula de setenta y cinco alumnos. La institución también cuenta con aulas satélites en otras escuelas y colegios del Departamento.

Comparten las instalaciones el Núcleo Educativo N° 7.221 (extra muro, perteneciente al Complejo Penitenciario NOA III), a cargo de su Directora Profesora Margarita Vargas, con cuatro aulas, con una matrícula de más de cien alumnos, los cuales realizan tres años de educación secundaria, en su mayoría jóvenes que vienen de trabajar, debido a que su horario es de 19 a 23 horas.

La educación es nuestro pasaporte para el futuro, porque el mañana pertenece a la gente que se prepara para el hoy.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

12

Expte. Nº 90-27.460/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019 la obra de construcción de dos garitas, una en el paraje Cabeza de Buey y la otra en el paraje Palomita, ubicadas ambas a la vera de la Ruta Nacional N° 34 en el municipio de General Güemes, Departamento homónimo.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

La mencionada solicitud de creación de dos garitas en los parajes Cabeza de Buey y Palomitas del municipio de General Güemes, se fundamenta en que ambos parajes se encuentran a la vera de la Ruta Nacional N° 34, y que los habitantes del paraje Cabeza de Buey quienes habitan a metros de la ruta tienen que parar los colectivos o algún otro medio de transporte, para llegar a la ciudad de General Güemes o para trasladarse a la ciudad de Salta Capital, con carteles elaborados por ellos mismos. Por su parte, los habitantes del paraje Palomitas caminan más de dos kilómetros para llegar a la ruta, sin contar que campo adentro también están los parajes La Trampa, Punilla, Totoral, El Salto, etc. los cuales convergen, para salir a la ruta, al paraje Palomitas, donde la situación se plantea como la anterior para poder adquirir un medio de transporte. Todo ello se dificulta aún más cuando las inclemencias climáticas o las horas de demora se agudizan, ya que no encuentran lugar de reparo.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

13

Expte. Nº 90-27.461/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

 D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través de los organismos correspondientes arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General Ejercicio 2019, obras destinadas a la “Refacción de la Comisaría N° 11 Centro, Comisaría N° 101 La Banda, Servicio de Brigada de Investigaciones, División Drogas Peligrosas de la ciudad de General Güemes; Comisaría N° 16, Destacamento Policial Cobos, Destacamento Policial Betania de la localidad de Campo Santo; Sub-Comisaría El Bordo, departamento General Güemes.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

Lo solicitado en el presente proyecto radica en la gran necesidad de los arreglos en las diversas instituciones policiales del departamento General Güemes, como también es loable resaltar la figura de cada policía que con su trabajo solidario y de responsabilidad, con compromiso no solo hacia la institución sino también a la comunidad, han arbitrado medios a través de los cuales han realizado mejoras importantes. Esto permite un mayor trabajo en las comisarías o destacamentos.

En el caso de la ciudad de General Güemes, cuenta con un Destacamento en el Parque Industrial, donde se han realizado trabajos de pintura, refacciones y colocación de vereda con adoquines (trabajo en equipo entre la Secretaría de Seguridad, el Personal Policial y la comunidad que colabora), lo que se necesitaría es más iluminación, como también mobiliario para la recepción de las personas que se acercan a realizar las denuncias. Ello por cubrir la ruta nacional Nº 34 y la ruta provincial N° 9 con los diversos incidentes viales.

La Comisaría N° 11, ubicada en el centro de la ciudad, a lo largo de los años el personal policial en conjunto con la comunidad y el Ministerio de Seguridad ha llevado a cabo arreglos, en sectores donde la ciudadanía acude para la realización de denuncias, sumariantes, pintura, techos, etc. Lo que se necesita llevar a cabo es un sistema eléctrico nuevo, por los años de construcción de la misma, como también más baños debido a que, al encontrarse la Comisaría al frente de la plaza céntrica y el sector juegos para niños, muchos padres acuden a pedir permiso para ocupar el baño como también la gente que asiste por trámites, etc. Se necesita más mobiliario. En el mismo predio se encuentra desarrollando actividades la División Brigada de Investigaciones, en la cual el personal realizó arreglos, pero necesita trabajos en techos y paredes.

En el caso de la Comisaría N° 101 -en un trabajo de destacar- el personal policial pintó las instalaciones, compartiendo el edificio, que relativamente es nuevo, con la División Drogas Peligrosas (ya que esta área de seguridad necesita un lugar que se encuentre separado de la Comisaría), la cual debería contar, por el accionar que tiene como función, con edificio propio.

En el caso del Sistema de Emergencias 911, que se encuentra en Barrio El Cruce (un sector crítico de la ciudad), se necesita un sistema tecnológico informático, el cual permita que el vecino del departamento General Güemes al comunicarse al 911 la llamada de emergencia sea ingresada directamente a ese edificio y no a la ciudad de Salta, como sucede en la actualidad. Trámites que se vienen llevando hace tiempo para la conformación del mejor actuar policial.

En la Comisaría de la localidad de Campo Santo, los problemas edilicios se han ido aumentando con el correr de los años. El paso del tiempo denota el deterioro, a pesar de las refacciones provisorias llevadas a cabo por el personal que fue transitando por la dependencia y que, como se expresa, todo el personal de las instituciones policiales con gran compromiso se dedican en la medida de sus posibilidades a llevar a cabo mejoras. Lo urgente es el techo, ya que en épocas estivales lo planteado se acentúa, arreglos en su interior, cambios de puertas, paredes y mobiliario para las oficinas. Cabe recordar que es un edificio muy antiguo, y es considerado monumento histórico, en parte con paredes de adobe, por lo tanto se solicita a la brevedad un nuevo edificio.

El Destacamento de Betania, por su parte, necesita arreglos. También es loable resaltar la tarea del personal policial en las mejoras del mismo, pero aún faltan trabajos a llevarse a cabo.

El Destacamento de Cobos necesita tapiado perimetral y arreglos en las paredes y techos, espacios como baño, cocina, comedor. En ese espacio se llevan a cabo parte de las tareas de la Escuela de Policía Infantil, donde la comunidad agradece siempre la predisposición del personal policial. Esto es un ejemplo de la Policía y comunidad en trabajo conjunto.

En la Sub Comisaría de El Bordo, el edificio necesita, al igual que las anteriores, refacción, de baños, oficinas y el salón del Cuerpo de Policía Infantil que se encuentra al lado de la dependencia, pero en el predio policial. Actividades que dan una gran contención a la comunidad.

Solo un Estado fuerte es capaz de promover y sostener políticas públicas integrales que transformen la realidad de la sociedad y aseguren el desarrollo económico y progreso social de nuestra Provincia. Este es el desafío que nos ocupa, construir día a día un estado moderno, abierto y eficiente que responda a las necesidades de nuestro pueblo.

Fortalecer las instituciones del Estado para una gestión con responsabilidad, compromiso y seguridad es un TRABAJO DE TODOS.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

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Expte. Nº 90-27.462/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través de los organismos correspondientes arbitre los medios necesarios para la incorporación al Plan de Trabajos Públicos Presupuesto General del Ejercicio 2019 la obra de refacción edilicia y construcción de un tinglado para la Escuela N° 4.605 Capitán de Fragata Sergio Gómez Roca, ubicada en la ciudad de General Güemes, Departamento homónimo.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Fundamentos

Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores:

La Escuela N° 4.605 Capitán de Fragata Sergio Gómez Roca, ubicada en la ciudad de General Güemes, nació en el año 1933, con domicilio en Gobelli y 9 de Julio Barrio San José Obrero.

Actualmente tiene una matrícula de setecientos setenta y seis alumnos distribuidos en dos turnos (mañana y tarde), con una planta funcional conformada por: una Directora Profesora Doriana Reynaga. Directora de Jardines Profesora Russo Sandra Dos Vicedirectoras, Zarate Paula, turno mañana, y Olarte Marcela, turno tarde. Docentes, cincuenta y tres, Celadores, tres. Auxiliares, cuatro. Tareas Administrativas, uno. Personal de Maestranza, ocho. También, en la modalidad de educación especial se incluyeron a quince alumnos.

En los formularios de expedientes administrativos y solicitudes correspondientes se enumeran: construcción del tinglado para realizar actividades deportivas y recreativas, ya que se realizan a la intemperie y así salvaguardar la salud de los alumnos, quienes sufren lluvia, calor, frío y vientos, en la formación de entrada y salida; ampliación del depósito para acomodar y guardar la mercadería del mes; refacción de baños con cambio de azulejos, mingitorios, mochilas etc., debido al deterioro por la antigüedad, accionando pérdida de agua y humedad en las paredes; conexión nueva de cloacas desde el edificio hasta las correspondientes calles, ya que en época de calor se pueden percibir malos olores que producen quejas y reclamos de padres de los alumnos; construcción de dos salas de jardín de cuatro años y un aula para alumnos de primaria; arreglo de veredas, ya que resulta peligrosas transitar por ellas; cambio de instalación eléctrica en todo el edificio (por su antigüedad); arreglo del techo y cielorraso de la sala del Jardín B, donde en épocas de lluvia se producen goteras; arreglo del desagüe en el patio con salida a la calle 9 de julio (se inunda el patio en épocas de lluvia y el agua llega al salón, a la oficina de Dirección y al depósito de mercadería del refrigerio); limpieza de canaletas, techos, desagües pluviales en general por proximidad de estación lluviosa.

La educación es el arma más poderosa para cambiar el mundo.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

15

Expte. Nº 90-27.464/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

      Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el proyecto de Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la obra de perforación de un pozo de agua para riego, en el paraje El Colte, departamento de Cachi.

Héctor Pablo Nolasco

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

 

16

Expte. Nº 90-27.469/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, proceda a elaborar la reglamentación correspondiente a la Ley 6808 que instituye en los Valles Calchaquíes las Áreas Naturales de Preservación Recreación y Turismo, tal como lo expresa el Art. 3º de la misma. Del mismo modo, se suspenda toda actividad minera en las Reservas Naturales hasta tanto no se concrete la misma.

Sergio Saldaño

Fundamentos

Ante lo ocurrido en la Quebrada de las Conchas, diferentes autoridades junto a parte de la comunidad de Cafayate, nos hemos reunido para solicitar a las autoridades correspondientes se trabaje sobre la reglamentación de la Ley 6808, que hasta la fecha no tiene ningún tipo de tratamiento.

Los representantes y vecinos del Departamento han expresado su predisposición para trabajar en conjunto esta reglamentación, quieren ser escuchados y tener posición en la toma de decisiones sobre un área que les pertenece y que es patrimonio de nuestra identidad.

Como legislador, insto al organismo que corresponda trabajar sobre la misma cuanto antes para evitar que las falencias, que produjeron tanto malestar en nuestra región, no vuelvan a causar daño en otra de las áreas de reservas naturales de nuestra Provincia.

Considero de carácter urgente poner un marco de reglamentación a este tipo de actividades mineras. Esto servirá tanto para que el organismo correspondiente como la sociedad puedan tener control con respecto a lo que se realice en dichas áreas.

Como vecino del departamento de Cafayate procuro que esto llegue a realizarse para bien de toda la comunidad; es por esto que pido a mis pares, me acompañen en este proyecto de declaración.

Sergio Saldaño

– A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

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Expte. Nº 90-27.470/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de las áreas pertinentes, incorpore en el Ejercicio General Presupuesto 2019 la obra: “Nuevo Sistema de Relleno Sanitario para el tratamiento y disposición final de los Residuos Sólidos Urbanos” anunciada en el periodo 2017 por el Gobierno de la Provincia en el departamento de Cafayate.

Sergio Saldaño

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

En el periodo 2017, se anunció que la Provincia invertirá más de seis millones de pesos en un nuevo relleno sanitario en los Valles Calchaquíes. Esta noticia trajo grandes expectativas con respecto al tratamiento y disposición de los residuos sólidos urbanos, ya que representaría un avance para toda la región de los valles. Las mejoras y la construcción de esta nueva trinchera beneficiarían tanto a Cafayate como también a San Carlos y Animaná.

La importancia de dar inicio y concretar esta obra, para la cual se invertirá más de pesos seis millones, está centrada en dar solución a una problemática que crece debido al gran desarrollo de la región. Como así también será beneficioso para la preservación del medio ambiente.

Ya ha pasado más de un año desde que el Gobernador, junto a una comitiva, visitó Cafayate anunciando este gran proyecto. Insto a que ponga en marcha, se inicie y se concrete el mismo. Toda la comunidad de los Valles espera con ansias que se cumpla con lo dicho en aquella oportunidad. La promesa de una nueva trinchera para tratamiento de residuos sólidos urbanos, está presente en cada ciudadano.

Es por esto que pido a mis pares acompañen este proyecto de declaración.

Sergio Saldaño

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

5

LICENCIAS

Sr. Presidente (Gramaglia).- Han pedido licencia los señores Senadores Mashur Lapad, Roberto Vásquez y María Laura de la Zerda. Si no hay oposición se concederán las mismas.

– Asentimiento.

6

HOMENAJES

Sr. Presidente (Gramaglia).- Este es el momento en que las señoras senadoras y los señores senadores pueden realizar sus homenajes.

Destaco la presencia y le doy la bienvenida al Colegio Nº 5.046 “Juan Calchaquí” de Salta Capital, 4º Año, a través del Senador Guillermo Durand Cornejo, y a las Profesoras Claudia Cedrón y Claudia Espínola. (Aplausos)

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Anta.

Sen. Gómez.- Señor Presidente, señoras senadoras, señores senadores: en el día de ayer se conmemoró un nuevo aniversario del 17 de Octubre, de aquel 17 de Octubre de 1945. Una fecha clave porque ahí comenzó el cambio para la clase trabajadora. Por eso ayer en todo el País se conmemoró esta fecha importante con diversos actos, tanto en la provincia de Salta como en Tucumán, Corrientes y también en el conurbano bonaerense, donde se dijo mucho de lo que significó ese 17 de Octubre, que era nada más ni nada menos que un grupo movilizado por distintas circunstancias, pedía al gobierno de ese entonces la liberación del Coronel Juan Domingo Perón.

Fue un día clave porque ahí comienza a gestarse el Partido Justicialista, uno de los Movimientos más grandes de Latinoamérica. Por eso quiero hacer referencia a la fecha de ayer y saludar a todos los del Movimiento, afiliados, simpatizantes y a aquellos militantes que día a día están en contacto con la gente, acercándole alguna solución o escuchando un problema para posteriormente evacuarlo. Quiero saludar a toda la gente de nuestro Partido Justicialista.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.

Sen. Abilés.-  Señor Presidente: adhiero al homenaje del Senador Gómez y agregar que un 17 de octubre, el pueblo, los descamisados, los cabecitas negras fueron los que coparon una plaza, los que llegaron cansados, los que dejaron sus pies en agua porque no daban más, para apoyar a su líder. Una lealtad que durante los años no se manifestó de ninguna otra manera. Nunca nadie pudo llegar a igualar esta manifestación popular, de hombres y mujeres que no eran convocados por nadie, que iban por el amor a su líder y que nos dejaron una gran enseñanza, un nombre que es muy difícil, a veces, de cumplir, “lealtad”.

Hoy la lealtad de todos los argentinos, la lealtad nuestra ocupando estas bancas tiene que ser la lealtad para con nuestro pueblo, la lealtad para con aquéllos que nos eligieron, la lealtad para los que menos tienen. Y esa lealtad se traduce en esta tarea que venimos haciendo todas las semanas, alzando nuestras voces cada vez que se ataca al que menos tiene, cada vez que este Gobierno Nacional dicta medidas que lo único que hacen es aumentar la pobreza, la desesperanza, el desasosiego. Por eso es esa nuestra lealtad hoy, levantar nuestra bandera, levantar nuestras voces y desde nuestras bancas poner de manifiesto todas estas medidas, que de ninguna manera pueden llamarse populares. Podemos llamarlas sectarias, que están hechas para los que más tienen, pero nunca a favor de aquellos que alguna vez coparon la plaza para defender a su líder. No se equivoquen, pueden haber habido muchos actos de peronistas, de lealtad, pero también se dice que los peronistas son como los gatos, cuando parecen que se pelean están reproduciéndose.

Mi saludo a todo el pueblo peronista.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Iruya.

Sen. Cruz.- Señor Presidente: en primer lugar voy a volver a saludar a los chicos del Colegio Juan Calchaquí y voy a hacer una pequeña memoria del nombre que lleva el colegio. Juan Calchaquí fue uno de los guerreros, mártires y líderes que tuvo el pueblo por la nación Diaguita en todos los valles. Luchó en aquella época por no ceder al sometimiento, por no caer bajo el poder de la corona española, luchó por su cultura, por su pueblo, por seguir viviendo en libertad. Qué bonito, qué honra que un colegio de la ciudad Capital lleve el nombre de quien fuera uno de los grandes líderes mártires de la nación Diaguita.

En segundo lugar, adhiero a las palabras del Presidente del Bloque Justicialista, Senador Gómez, y a las palabras de la señora Senadora por el departamento La Caldera. Coincidimos en un todo y decirles que en Iruya, en la casa de algún abuelo, de algún mayor, allá por el año 1940 habían recibido por primera vez aunque más no sea el presente de ese Estado Nacional, ya que en esos años eran totalmente olvidados. A esta altura del siglo, de los tiempos, aún seguimos, en esas latitudes de los departamentos más alejados de nuestra Provincia, siendo olvidados, siendo marginados. Imagínense lo que pasaba hace sesenta o setenta años atrás.

Por último, voy a saludar, ya que se acerca el Día de la Madre, en la República Argentina, el próximo fin de semana, a las senadoras, administrativas, taquígrafas madres, pero fundamentalmente a las madres del departamento Iruya, que con su lucha diaria por su familia y por su comunidad, su cultura, hacen que rebrote la fuerza para seguir peleando por una Iruya cada día mejor. Pasen un bonito día. Aquellos que tenemos diferencias, porque las hay porque somos humanos, que el Día de la Madre sea un día de reconciliación, un día para estar todos juntos, vivir en verdadera familia.

Para todas las madres, feliz día.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Poma.

Sen. Nolasco (D.R.).- Señor Presidente: quiero dar la bienvenida a los chicos del colegio Juan Calchaquí, que hoy nos visitan en este recinto en la casa del pueblo acompañados por la preceptora Claudia Cedrón y los profesores. Agradezco que nos hayan visitado. Sigo perteneciendo a ese colegio, solamente estoy con licencia por mi función pública. Colegio que me cobijó desde el año 2004 en que empecé a trabajar. Un orgullo que ellos estén acá, tienen las puertas abiertas para que el día de mañana con las posibilidades como ciudadano ocupen una banca en este Senado, representando a cada uno de los departamentos, también a Salta Capital. En mi caso soy del Interior, del departamento La Poma, me toca representar a mi Departamento.

Es un orgullo tenerlos. Gracias chicos, profesores y preceptora por estar acá. (Aplausos)

Sr. Presidente (Gramaglia).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Durand Cornejo.- Señor Presidente: la verdad que esta modalidad que hemos adoptado de invitar a los colegios de los distintos departamentos al Senado, sin duda alguna es muy positivo, sobre todo enterarme que el Senador Nolasco haya sido parte de esta comunidad educativa realmente un orgullo.

Voy a cambiar de tema. Hay algo que me está preocupando muchísimo. En la sesión anterior hice un pedido de informe al señor Jefe de Ministros por esta situación gravísima que se está dando y que no ha terminado, y es la actitud de un gremio. En este caso el gremio de los transportistas, que injustificada e insólitamente está perjudicando a todo el departamento de Capital y a otros del Valle de Lerma. Quiero aclarar que a otros departamentos del Valle de Lerma también.

El pedido de informe por supuesto no llegó al Senado. No solamente no llegó el pedido de informe, sino que de la semana anterior, que ya llevamos cuatro días de esta absurda huelga que perjudica a la comunidad educativa, a los chicos que van a la nocturna y no pueden volver a su hogar, a miles de padres de familia que salen tarde de trabajar y que quedan varados lejos de sus casas. Esta actitud insólita por parte de un gremio que reconoce públicamente que a ellos no se les debe nada, que su empleador la Empresa Saeta ha cumplido con todo, que no le debe absolutamente nada, pero que ellos son solidarios con los trabajadores de no se qué provincia argentina. Entonces, está gente que quiere ser solidaria con trabajadores de otras provincias, se convierte en verdugos de miles y miles de salteños. Cómo se entiende esto. Pero la parte que menos se entiende es que no hayamos podido escuchar a ningún funcionario decir esta boca es mía, o sea que hasta el día de ayer ningún funcionario se había manifestado, ni el Ministro de Gobierno, ni el Ministro de Trabajo de la Provincia habían dicho acá pasa esto, esto y lo otro.

Ayer el Gobernador de la Provincia mencionó la situación de este gremio, se manifestó preocupado. Pero nosotros también estamos preocupados. Y esto no depende de los senadores, ni de los diputados, ni de los pasajeros, ni de los alumnos, ni de los trabajadores. Depende de las autoridades de la Provincia y de la Nación. Cómo es posible la actitud de un gremio y que pasen ya once días y que se nos maten de risa en la cara. A dónde quieren llegar. Cómo es posible que no haya un fiscal de la Provincia que se haya dignado a intervenir. Dónde está el estado de derecho. Los ciudadanos se preguntan dónde está la autoridad. ¿Aquí cualquiera hace lo que se le da la gana? Yo decido solidarizarme con vaya a saber quién del Paraguay y resulta que los hago sufrir a mis comprovincianos. Pero cómo es esto. Estamos ante un delito porque un sindicato es una institución de la República, están reconocidos, pero eso no significa que un individuo que necesita revalidar su cargo ante un sindicato decide sacar patente de “guapo” y para el transporte de la Provincia durante dos semanas y aquí no pasa nada. ¡Cómo es posible!

Solicito, señor Presidente, que haga las gestiones para que mañana mismo podamos tener en la Cámara de Senadores al señor Jefe de Gabinete de Ministros. Es necesario que nos pongamos a trabajar, ya que esto no surge de iniciativa de ningún Ministro de la Provincia, que al menos desde este Senado podamos ser parte de la solución, porque no podemos permitir, insisto, que nos hagan rehenes de los caprichos de un sindicalista o de cualquiera. En la provincia de Salta existe un estado de derecho. Y como ciudadano, no como senador ya, exijo que se cumplan con las leyes y que actúen los organismos de control y que se hagan cargo de este desastre.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 13 y 50.

– A la hora 13 y 55.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Reanudamos la sesión.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Durand Cornejo.- Señor Presidente: la solicitud, entonces, es que se reitere ante la Jefatura de Gabinete de Ministros, modificando el plazo para la respuesta en veinticuatro horas, dada la situación de emergencia en la que estamos viviendo en el Valle de Lerma por esta situación.

Sr. Presidente (Gramaglia).- En consideración la moción de modificar el plazo. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Aprobado. Se hará esa comunicación conforme a lo vertido por el señor Senador por Capital.

Esta Presidencia quiere adherir a los homenajes efectuados, particularmente al Día de la Madre y saludar a las mamás senadoras que tenemos acá, a las que trabajan en el Senado como secretarias, administrativas, asesoras, empleadas en cualquiera de las oficinas o lugares que estén, y a todas las mamás de nuestra Provincia en el Día de la Madre les hacemos llegar el saludo.

Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.

Sen. Abilés.- Señor Presidente: gracias por los saludos.

Aprovecho este momento para invitar a todas las mamás del Senado y las que estén escuchando. En Vaqueros vamos a hacer una convocatoria para todas las mujeres, no importa que no sean de nuestro Departamento, a partir de las tres de la tarde, con bingo, sorteos, espectáculos. Todas las mamás que puedan están invitadas al municipio de Vaqueros, en la Municipalidad. Vaqueros va a ser el anfitrión en el Día de la Madre, con muchas mujeres salteñas que se están organizando para ir a nuestro Departamento.

No quiero dejar pasar la oportunidad sin manifestar nuestro acompañamiento y nuestro dolor al difícil momento que se encuentra pasando nuestro Vicepresidente Mashur Lapad ante el fallecimiento de su sobrino. Acompañamos todos los senadores, todo el Senado al querido Senador en este momento.

7

ASUNTOS INGRESADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Gramaglia).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Pérez.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un dictamen de la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, en un proyecto de ley venido en revisión, para que sea incorporado al Orden del Día de la próxima sesión; otro dictamen de la misma Comisión respecto a un proyecto de declaración de autoría de la Senadora De la Zerda; y un proyecto de declaración firmado por muchos de los senadores presentes, a fin de que el mismo sea reservado en Secretaría para su posterior tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Está autorizado, señor Senador.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento San Martín.

Sen. Cannuni.- Señor Presidente: para presentar un proyecto de resolución.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Está autorizada, señora Senadora.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Anta.

Sen. Gómez.- Señor Presidente: solicito el ingreso de ocho proyectos de declaración con dictamen de la Comisión de Obras Públicas.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Está autorizado, señor Senador.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cafayate.

Sen. Saldaño.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de declaración para que se reserve en Secretaría y su posterior tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Está autorizado, señor Senador.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.

Sen. Abilés.- Señor Presidente: para ingresar tres dictámenes de la Comisión de Legislación, relacionados con la construcción de un destacamento policial en Santa Victoria Este; la instalación de una Oficina de Documentación en La Poma y la Carta Orgánica del municipio de San Lorenzo.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Está autorizada, señora Senadora.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Anta.

Sen. Gómez.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de declaración.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Está autorizado, señor Senador.

III

Dictámenes de Comisiones

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

En el proyecto de ley en revisión, Carta Orgánica del Municipio de San Lorenzo. (Expte. Nº 91-39.458/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado la inclusión el Presupuesto 2019, la creación de un Destacamento Policial en la localidad de La Puntana. (Expte. Nº 90-27.355/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Dani Nolasco, viendo con agrado la instalación de una oficina de documentación rápida en el pueblo de La Poma. (Expte. Nº 90-27.060/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto:

En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado la provisión de ambulancias para el Hospital “Santa Teresita”, Área Operativa XXX de la ciudad de San José de los Cerrillos, departamento Cerrillos. (Expte. Nº 90-27.419/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de ley, en revisión, aprobando la Resolución 28 del 9 de noviembre de 2017, emitida por la Comisión Plenaria del Convenio Multilateral. (Expte. Nº 91-39.614/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Obras Públicas e Industria:

En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado la inclusión en el Presupuesto 2019, de obras para los municipios Rivadavia Banda Norte, Rivadavia Banda Sur y Santa Victoria Este. (Expte. Nº 90-27.439/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado se incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia-Ejercicio 2019, la construcción de paradores sobre Ruta Provincial Nº 21, a la altura del acceso finca La Molienda, de la ciudad de San José de los Cerrillos. (Expte. Nº 90-27.420/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado se incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia-Ejercicio 2019, el tendido de la red de gas natural domiciliara para los parajes Las Tunas y la Isla, de la ciudad de San José de los Cerrillos. (Expte. Nº 90-27.416/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado se incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia-Ejercicio 2019, la ampliación de iluminación sobre Ruta Provincial Nº 24 (Camino Colón). (Expte. Nº 90-27.415/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado se incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia-Ejercicio 2019, la construcción de paradores sobre la Ruta Provincial Nº 26 a la altura del km 10 y km 8.5, de la ciudad de San José de los Cerrillos. (Expte. Nº 90-27.414/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado se incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia-Ejercicio 2019, la obra de conexión domiciliaria de gas natural para la Escuela Nº 4.449 “Gabriela Toranzo Peretti”, del paraje La Falda, departamento Cerrillos. (Expte. Nº 90-27.413/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Roberto  Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado se incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia-Ejercicio 2019, la construcción de nuevo edificio para la Unidad Carcelaria Nº 2 en la ciudad de San José de Metán. (Expte. Nº 90-27.424/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

En el proyecto de declaración del señor Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado la obra: “Construcción y Refacciones varias en la batería de baños” en la Escuela Nº 4.082 “Gral. Manuel Belgrano” de la ciudad de San José de Metán. (Expte. Nº 90-27.423/18)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

V

Proyectos de Resolución

6

Expte. Nº 90-27.474/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Remitir al señor Jefe del Gabinete de Ministros para que por su intermedio, invite a los señores Ministros de Salud y de Seguridad de la Provincia, para el día jueves 1 de noviembre del corriente año, a horas 10.00, a la reunión a realizarse en la Presidencia de la Cámara de Senadores, para tratar el tema de adicciones y medidas de seguridad adoptadas en relación a ello, en la localidad de Coronel Juan Solá.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Nora Patricia Cannuni

– A la Comisión de Adicción, Tráfico y Consumo Ilícito de Drogas.

VI

Proyectos de Declaración

18

Expte. Nº 90-27.471/18.

LA CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través de las áreas pertinentes, haga extensivo el convenio de cooperación para el congelamiento de precios dispuesto por el Programa “ALIMENDAR” a las cadenas de negocios locales de cada Departamento de la provincia de Salta.

Sergio Saldaño – Alfredo Sanguino – Roberto Gramaglia – Martín Arjona – Nora Cannuni – Walter Abán – Esteban D’Andrea Cornejo – Carlos Rosso – Diego Pérez – María Silvina Abilés – Walter Cruz – Dani Nolasco – Cástulo Yanque

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

Recientemente, el Gobernador de nuestra Provincia anunció el inicio del plan “Alimendar” por el cual busca garantizar a los ciudadanos la seguridad alimentaria a partir de la incrementación de los planes alimenticios con productos regionales y locales. Este plan vendría a paliar una grave situación económica que afecta a las poblaciones más vulnerables de nuestra Provincia. Las principales acciones tienen que ver con capacitaciones gastronómicas para la producción con productos de cada zona, como así también un convenio con las grandes cadenas de supermercados como ser Libertad S.A, Vea, Damesco, entre otras, para el congelamiento de precios de los productos de la canasta básica de alimentación.

En este punto se centra el interés de este proyecto. Estas grandes cadenas se encuentran en la ciudad Capital, y es por esto que se insiste en que la medida no logra alcanzar al total de la población salteña. Nosotros, que vivimos en el interior, sabemos que el aumento de precios es real, incluso en nuestras regiones. La inflación alcanza a cada comercio y perjudica al bolsillo de todos.

Si bien es loable la finalidad del programa incluyendo ferias barriales, la revalorización de la producción local y regional y formación gastronómica saludable, consideramos que tanto el Poder Ejecutivo Provincial junto con los organismos correspondientes deben hacer extensivo el convenio firmado por la Secretaría de Defensa del Consumidor a los supermercados locales.

El problema para garantizar la alimentación de cada integrante de una familia es común para todos los ciudadanos. Las capacitaciones son una herramienta muy bien pensaba, pero la solución debe ser inmediata y considero que el congelamiento de precios debe alcanzar a cada Departamento de nuestra amplia Provincia.

Es por esto que pedimos a nuestros pares acompañen y aprueben este proyecto.

Sergio Saldaño – Alfredo Sanguino – Roberto Gramaglia – Martín Arjona – Nora Cannuni – Walter Abán – Esteban D’Andrea Cornejo – Carlos Rosso – Diego Pérez – María Silvina Abilés – Walter Cruz – Dani Nolasco – Cástulo Yanque

Sr. Presidente (Gramaglia).- Se reserva en Secretaría para su posterior tratamiento sobre tablas.

19

Expte. Nº 90-27.472/18.

LA CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los señores Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, realicen las gestiones necesarias para que se incorporen a los incisos 42 y 44 de la Planilla de Acciones de Vivienda y Desarrollo Urbano – Programa 38, que figura en el proyecto de Presupuesto General de la Nación Ejercicio 2019, las partidas necesarias para la construcción de viviendas sociales y mejoramiento, refacción y ampliación de la Infraestructura Habitacional y Urbana, a efectos de posibilitar la concreción de obras para el Instituto Provincial de la Vivienda.

Nora Patricia Cannuni – Esteban D’Andrea Cornejo – Diego Sebastián Pérez – Walter Joaquín Abán – Roberto Enrique Gramaglia – Ernesto Ángel Gómez – Dani Nolasco – Alfredo Francisco Sanguino – Walter Hernán Cruz – Martín Felipe Arjona – Héctor Pablo Nolasco – Sergio Rodrigo Saldaño – Cástulo Yanque – Carlos Alberto Rosso – Guillermo Durand Cornejo

Sr. Presidente (Gramaglia).- Se reserva en Secretaría para su posterior tratamiento sobre tablas.

20

Expte. Nº 90-27.473/18.

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Economía, Ministerio Infraestructura, Tierra y Vivienda, Ministerio de Salud Pública, arbitren las medidas que resulten necesarias a los fines que se incorpore en el Presupuesto 2019 de la Provincia, la obra de ampliación de la Segunda Etapa, Sector Internación del Nuevo Hospital de Coronel Juan Solá-Morillo, Área Operativa IV de Salud, del municipio de Rivadavia Banda Norte.

Mashur Lapad

Fundamentos

Este proyecto que pongo a consideración de esta Cámara, surge por iniciativa de este Senador Provincial y es sin duda también la expresión de anhelo de todos los vecinos de Coronel Juan Solá-Morillo, Área Operativa IV de Salud, del municipio de Rivadavia Banda Norte.

Esta obra de ampliación de la Segunda Etapa, Sector Internación del Nuevo Hospital de Morillo, sin duda optimizará el servicio de salud en esa parte del Chaco salteño.

Por lo expuesto, y sosteniendo que la salud pública es una cuestión de Estado, solicito a los señores senadores la aprobación de este proyecto de declaración.

Mashur Lapad

Sr. Presidente (Gramaglia).- En consideración el ingreso de ambos proyectos. Se va a votar.

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

8

PEDIDO DE INFORME AL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y MINISTRO DE SALUD

Expte. Nº 90-27.463/18

Proyecto de Resolución

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Jefe de Gabinete de Ministros, y por su intermedio al señor Ministro de Salud Pública, informe en un plazo de 10 (diez) días lo siguiente:

  1. a) Si en el territorio de la provincia de Salta en el transcurso de los años 2016, 2017 y el presente, se detectaron en los departamentos Metán y Anta, casos de Rickettsiosis, enfermedad infecciosa trasmitida por la picadura de garrapata;
  2. b) De ser afirmativo, cantidad y si se produjeron defunciones en la población infanto-juvenil y adulta, en la jurisdicción de los departamentos Metán y Anta;
  3. c) Procedimientos Sanitarios en el Área Operativa Sur, llevados a cabo por la Dirección de Epidemiología, organismo facultado para confirmar o descartar dicha enfermedad.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Roberto Gramaglia – Diego Pérez – Alfredo Sanguino – Ernesto Gómez – Antonio Otero

– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Vicepresidente Segundo, Senador Jorge Pablo Soto.

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores: juntamente con los señores senadores por los departamentos La Candelaria, Rosario de la Frontera, Metán y Anta y el Diputado por Metán, hemos suscripto este pedido de informe, con el único interés de conocer una realidad que se podría estar dando -por eso hablo en potencial- en los departamentos Metán y Anta, entre lo que serían las comunidades que forman parte del municipio de El Galpón y en la zona de lo que vendría a ser Parque Nacional El Rey, y que nos preocupa sobremanera a todos. Sabemos que ha estado trabajando el Ministerio de Salud Pública, que se han tomado medidas que vienen al caso para atender estas problemáticas que surgen, pero queremos conocer efectivamente las medidas que se han tomado, si hubo casos, cuáles han sido. Es nuestra responsabilidad llevar a la comunidad un conocimiento real de las cosas como son, para evitar que cualquier tipo de información que pueda surgir no tenga eventualmente el soporte emanado de la autoridad máxima, que es en este caso el Ministerio de Salud Pública y el Área de Epidemiología.

El móvil de este pedido de informe es conocer y poder a través del conocimiento informar sobre los hechos, cómo son y eventualmente qué pudo haber ocurrido con esta problemática que, como digo, nos preocupa y genera zozobra e intranquilidad en la población que forma parte de nuestro Departamento y, por qué no decirlo, también de los departamentos vecinos, ya que estamos todos ahí; y para evitar tener algún inconveniente que estemos en condiciones de conocer con la debida anticipación.

Estos son los fundamentos de este pedido y solicito a mis pares que nos acompañen con su voto afirmativo.

Sr. Presidente (Soto).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

9

PEDIDO DE INFORME AL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Y MINISTERIO DE ASUNTOS INDÍGENAS Y DESARROLLO SOCIAL

Expte. Nº 90-27.466/18.

Proyecto de Resolución

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

          Artículo 1º.- En virtud de lo establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Jefe de Gabinete de Ministros, y por su intermedio al Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, informe en un plazo de quince (15) días lo siguiente:

Asunto: “Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social” Programas Descentralizados Periodo Enero 2018 – Septiembre 2018:

  • Comedores Infantiles – Centro de desarrollo Infantil:
    1. Listado de Municipios que reciben los fondos, con detalle del total anual presupuestado y del monto, efectivamente transferidos a cada Municipio, en el período de referencia.
    2. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios del programa.
  • Nutrivínculo – Comedores Infantiles – Comer en Familia:
    1. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios.
    2. Informe el detalle del presupuesto anual y de los montos efectivamente erogados en el periodo de referencia.
    3. Principales Proveedores del Programa discriminados por Razón Social y montos pagados desde enero a septiembre del corriente año.
  • Pensiones no Contributivas:
    1. Listado de Beneficiarios con nombre, apellido, domicilio y montos cobrados por cada beneficiario.
  • Pan Casero:
    1. Listado de Municipios que reciben los fondos, con detalle del total anual presupuestado y del monto, efectivamente transferidos a cada Municipio. (ver período de referencia)
    2. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios del programa.
  • Tarjeta Social / Mod. Alim. (AIPAS) / Abordaje Integral de Políticas Alimentarias Salta:
    1. Cantidad de familias beneficiadas.
    2. Cantidad de Tarjetas vigentes, detalles de los titulares.
    3. Informe el detalle del presupuesto anual y de los montos efectivamente erogados en el periodo de referencia.
  1. Principales Proveedores del Programa discriminados por Razón Social y montos pagados desde enero a septiembre del corriente año.
  • Abordaje Integral de Políticas Alimentarias Salta (AIPAS):
    1. Informe el monto del presupuesto anual comprometido por Nación.
    2. Informe los montos efectivamente girados por Nación.
    3. Informe en qué conceptos o cuentas se invirtieron los montos recibidos
    4. Informe cualquier otra característica especial de la línea de financiamiento de Nación.
  • Asistencia Crítica:
    1. Listado de Municipios que reciben los fondos, con detalle del total anual presupuestado y del monto, efectivamente transferidos a cada Municipio. (ver período de referencia
    2. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios del programa.
  • Registro Provincial de Pequeños Productores Agropecuarios y Familias Rurales:
    1. Informe si se organizó el registro.
    2. En caso de estar organizado ponga a disposición el Registro de los productores y familias registradas, con el detalle de su ubicación geográfica y las situaciones conflicto por la titularidad de la tierra detectadas.
    3. Asimismo, brinde información del personal afectado para la confección del registro.
  • Proyecto de Asesorías Jurídicas y Catastrales a Familias Rurales:
    1. Informe el detalle de los beneficiarios de las Capacitaciones y Asesorías realizadas, con nombre, apellido y ubicación geográfica.
    2. Informe asimismo el monto presupuestado para el 2018 y el efectivamente erogado para el desarrollo de este proyecto.
    3. Listado de Profesionales afectados.

Ernesto Gómez – Walter Cruz – Jorge Pablo Soto – Esteban D´Andrea Cornejo- Alfredo Sanguino – Dani Nolasco – Silvina Abilés – Carlos Rosso – María Laura de La Zerda – Roberto Gramaglia – Roberto Vásquez – Diego Sebastián Pérez – Cástulo Yanque

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Poma.

Sen. Nolasco (D.R.).- Señor Presidente: para pedir que se agregue como inciso d, “informe el relevamiento de las tierras que abarca a cada una de las comunidades originarias en la provincia de Salta”, porque no sabemos qué es lo que abarca, qué catastros, en el marco de la Ley 26.160. Reitero, pedir el relevamiento de las tierras de cada una de las comunidades originarias que abarca dentro del marco de la Ley 26.160. Y con el acompañamiento de mis pares, también agregar “y las prórrogas de dicha Ley”.

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Pérez.- Señor Presidente: adhiero a lo manifestado por el Senador por el departamento La Poma. Recordemos, se lo ha dicho en varias sesiones también y se ha aclarado los diferentes relevamientos, de lo que significa Pequeños Productores Agropecuarios y Familias Rurales, en base a la Ley Provincial y a la Ley Nacional recientemente mencionada, el relevamiento que está realizando Nación en concordancia con el Ministerio interviniente en este pedido de informe, respecto de cuál ha sido el avance y cuál es el empadronamiento actual de comunidades originarias.

No hay mucho más para ahondar. Es muy claro este pedido de informe pormenorizado que corresponde a la Cartera del Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social. Creemos que es una herramienta fundamental contar con toda esta información para cada uno de los senadores, para saber cómo efectivamente se llevan adelante todas las políticas públicas, manifestadas por el Gobernador y cómo tienen impacto en cada uno de los Municipios y de los Departamentos.

Vuelvo a decirlo, es una información fundamental, esencial para coordinar las diferentes políticas que desde este Senado se piensa avanzar, como la posibilidad de transformar en ley lo que son las políticas públicas de descentralización que viene llevando adelante el Gobierno de la Provincia.

Simplemente solicitar a mis pares la aprobación de este pedido de informe.

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.

Sen. Abilés.- Señor Presidente: como recién lo decía y lo explicaba muy claramente el Senador por Rosario de la Frontera, estos pedidos de informe hacen a la tarea legislativa y no es el primer pedido de informe que mandamos; el anterior no ha sido todavía respondido.

Esperamos que en tiempo y forma se conteste este pedido porque, reitero, hace a la tarea legislativa de cada uno de los senadores, y no solo a la tarea legislativa, sino también a la tarea social que desempeñamos en nuestros Departamentos.

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.

Sen. D’Andrea Cornejo.- Señor Presidente: este es un tema que realmente nos aflige a todos y es bueno saber. Adhiero a este pedido de informe y sumaría que sería bueno tener la presencia de la Ministro.

Hemos visto ayer que el Gobernador lanzó este Plan Alimentario “Alimendar”, donde habla de la política alimentaria, donde se anuncia aumentar en cien millones de pesos el presupuesto para comedores. Se anunció que a fin del año se terminan los comedores escolares y van a depender de merenderos y comedores de la Provincia. Es importante saber cómo se va a instrumentar los cuarenta y cinco millones que van para los municipios, cómo se va a hacer con el convenio que firmó Defensa del Consumidor con algunos supermercados de la Capital, lo que a los municipios que están cerca nos preocupa que todos vengan acá si hay diferencia de precios, y si lo podemos hacer nosotros también en nuestros comercios o cómo hacemos, si esos cuarenta y cinco millones -que van a las comedores- los usamos en el compre local. Cómo hacemos para estar al lado de la gente y del comerciante, que en estos tiempos complicados han visto disminuidas sus ventas. En un momento hubo un anuncio del Gobernador, y tener a la Ministro explicándonos sobre los alcances, el desarrollo o la forma en que se va a realizar, sería de muchísima ayuda para lo que podamos hacer en cada uno de los municipios. Es una situación, como dijo el Gobernador, crítica en materia alimentaria. Entre todos tenemos que buscar la solución y por eso es importante conocer absolutamente todos los alcances, más allá del anuncio del Gobernador, sobre este Programa.

Me gustaría contar con la presencia de la Ministro, que se arbitren los medios para poder juntarnos con ella, para estas y otras cosas. Por supuesto, el pedido de informe es importante, pero en estos tiempos, donde la situación social es tan sensible, es importante también tener la palabra de la responsable.

Sr. Presidente (Soto).- Esta Presidencia coincide plenamente con lo solicitado por el Senador de Chicoana, se hace necesaria la presencia de la Ministra, más aún después del anuncio formulado por el Gobernador. Es buena la propuesta, una vez que se produzca el informe, el cual se está poniendo en consideración, que la Ministra concurra a este Senado a completar toda información sobre aquellas cuestiones que estamos solicitando.

En consideración el proyecto con el agregado propuesto por los senadores de La Poma y Rosario de la Frontera. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

10

CONSIDERACION DE PEDIDOS DE TRATAMIENTO SOBRE TABLAS

Sr. Secretario (López Mirau).- Se encuentra reservado para tratamiento sobre tablas lo siguiente:

Proyecto de Declaración, que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de las áreas pertinentes, haga extensivo el convenio de cooperación para el congelamiento de precios dispuesto por el Programa Alimendar.

Proyecto de Declaración, que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los señores Legisladores Nacionales por Salta, realicen gestiones para incorporar las partidas necesarias para la construcción de viviendas sociales y mejoramiento, refacción y ampliación de infraestructura habitacional y urbana.

Los expedientes 90-27.449/18, 90-27.465/18 y 90-27.468/18 que figuran en el Boletín de Asuntos Entrados.

Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado el tratamiento sobre tablas.

11

HACER EXTENSIVO A DEPARTAMENTOS DE LA PROVINCIA EL CONVENIO DE COOPERACION PARA EL CONGELAMIENTO DE PRECIOS

Expte. Nº 90-27.471/18.

Proyecto de Declaración

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de las áreas pertinentes, haga extensivo el convenio de cooperación para el congelamiento de precios dispuesto por el Programa “Alimendar” a las cadenas de negocios locales de cada departamento de la provincia de Salta.

Sergio Saldaño – Alfredo Sanguino – Roberto Gramaglia – Martín Arjona – Nora Cannuni – Walter Abán  Esteban D’Andrea Cornejo – Carlos Rosso – Diego Pérez -María Abilés – Walter Cruz – Dani Nolasco Cástulo Yanque-

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cafayate.

Sen. Saldaño.- Señor Presidente, señores senadores: como bien sabemos, recientemente el Gobernador de nuestra Provincia anunció el Plan Alimendar, por el cual busca garantizar  a los ciudadanos la seguridad alimentaria a partir de la incrementación de los planes alimentarios. Esto fue unos días atrás. Sabemos que las principales acciones tienen que ver con capacitaciones gastronómicas como así también el convenio que se firmó con las grandes cadenas de supermercados.

En este punto se centra el interés de este proyecto. Sabemos que estas grandes cadenas de supermercados están en la ciudad Capital, por lo que insisto en que la medida no alcanza en su totalidad a todos los salteños. Nosotros vivimos en el interior y el aumento de precios es real, incluso en nuestras regiones, la inflación alcanza a cada uno de los comerciantes y perjudica el bolsillo de todos. Es loable la finalidad del programa en el que se incluyen varias actividades, que se han expresado en su momento, pero considero importante que el convenio firmado con la Secretaría de Defensa del Consumidor se haga extensivo a los supermercados de cada localidad. El problema para garantizar la alimentación de cada integrante de una familia es común para todos los ciudadanos.

Las capacitaciones, como hacía referencia, también van a ser importantes, pero la idea fundamental en este proyecto es el congelamiento de precios. Por eso he solicitado el acompañamiento de mis pares para que el Gobierno Provincial lo haga extensivo a cada departamento.

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: adhiero a este pedido, es muy importante que esto se aplique en la Provincia, estamos absolutamente de acuerdo, pero es también imperioso que los acuerdos lleguen al interior porque hay una cuestión que destacar, conforme sean las distintas ciudades tenemos otro tipo de comercios, si bien hay supermercados, también hay comercios minoristas, y nos interesan dos cosas. Primero, brindar herramientas como las que se acaban de mencionar para que el consumidor pueda tener mayores posibilidades de invertir mejor sus ingresos al momento de comprar, pero también es bueno que eso que es una cadena de un circuito circule adentro de cada jurisdicción, porque todo está mancomunado, o sea necesitamos que el consumo siga dándose en los lugares donde la gente vive, para que la primer beneficiaria sea la gente y en segundo lugar los comercios a donde se van surtir, a donde van a adquirir las cosas, que el comercio pueda también de esa manera verse beneficiado con estas acciones. Más allá que los acuerdos siempre significan dejar un poco de lado lo de cada uno para el mejoramiento de lo general, es bueno, como decían los senadores D’Andrea y Saldaño, que esto pueda llegar a cada uno de los comerciantes de nuestros municipios y departamentos.

Hacemos votos para la extensión de forma global del Plan Alimendar, que es muy bueno, pero queremos que llegue para todos.

Sr. Presidente (Soto).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

12

CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES Y MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA HABITACIONAL Y URBANA

Expte. Nº 90-27.472/18.

Proyecto de Declaración

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los señores Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, realicen las gestiones necesarias para que se incorporen a los incisos 42 y 44 de la planilla de Acciones de Vivienda y Desarrollo Urbano – Programa 38, que figura en el proyecto de Presupuesto General de la Nación Ejercicio 2019, las partidas necesarias para la construcción de viviendas sociales y mejoramiento, refacción y ampliación de la infraestructura habitacional y urbana, a efectos de posibilitar la concreción de obras por el Instituto Provincial de la Vivienda.

Nora Patricia Cannuni – Esteban D’Andrea Cornejo – Diego Sebastián Pérez – Walter Joaquín Abán – Roberto Enrique Gramaglia – Ernesto Ángel Gómez – Dani Nolasco – Alfredo Francisco Sanguino – Walter Hernán Cruz – Martín Felipe Arjona – Héctor Pablo Nolasco – Sergio Rodrigo Saldaño – Cástulo Yanque – Carlos Alberto Rosso – Guillermo Durand Cornejo

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores: en el día de ayer hemos tenido una muy importante reunión dentro de la Comisión de Obras Públicas de este Senado con el señor Presidente del Instituto Provincial de Vivienda, IPV, antes IPDUV. Le agradecemos al Ingeniero Zorpudes no solo la deferencia de haber venido, sino lo mucho que hemos podido conversar con él de las problemáticas que tenemos y de la preocupación que tiene no solo quien les habla, sino todos los senadores que estamos acá con el tema de la construcción de viviendas.

La construcción de viviendas tiene muchas cosas que son muy positivas. La primera es la ayuda al desarrollo de la familia. La vivienda es el lugar donde se cobija a la familia, y ese lugar ayuda a esa familia a desarrollarse. Número dos, la construcción de viviendas genera una mejora en la urbanización de una comunidad, un circuito absolutamente virtuoso en la ocupación de mano de obra y en la utilización de insumos. Entonces, todos estamos muy interesados en que se construyan viviendas a lo largo y a lo ancho de la provincia de Salta. Pero sabemos que las viviendas son normalmente construidas con fondos nacionales, de lo que nosotros llamamos el Plan FONAVI o los fondos federales. Y aquí está el problema. Vamos a ser absolutamente claros.

En el proyecto de ley de Presupuesto para el año 2019 que en este momento se está debatiendo en la Cámara de Diputados de la Nación, de Fondo FONAVI Salta tiene asignado 951 millones de pesos. He aquí que nosotros tenemos más o menos 3.800 viviendas, de las cuales 3.169 se han empezado y para llegar a 3.800 son 731 las que no están iniciadas. Por qué. Porque no hay acuerdo para iniciarlas entre lo que valen esas viviendas al momento de la suscripción, año 2016, con la realidad actual. No hay redeterminación de precio. Pero para terminar las 3.169 se necesitan más de 2 mil millones y tenemos solo asignado 951 millones de pesos.

Esto es un dato de la realidad. Necesitaríamos más de dos presupuestos 2019 para poder concluir las viviendas de lo que se denomina “iniciadas”, 3.800 viviendas, de las cuales 3.169 están en esta situación, y 731 de otra manera. Entre ellas se encuentran las 152 viviendas de la Asociación por Trabajo y Vivienda Digna de San José de Metán.

Tenemos un problema con las iniciadas, un problema con las sin iniciar, no nos alcanza el presupuesto. Esto es para que tomemos nota todos los senadores y senadoras que estamos aquí y para que veamos cómo se revierte esta situación.

Por otro lado, hay otro problema más. En la planilla que corresponde al presupuesto del año próximo, que está en el Congreso Nacional, en los ítems 42 y 44 la provincia de Salta no tiene asignado recursos. Reitero, no tiene asignado recursos. Dentro de esa planilla que se llama Acciones de Vivienda y Desarrollo Urbano Programa 38, Período 2019, Consejo Nacional de la Vivienda, proyecto de Ley de Presupuesto 2019, el ítem 42 dice: “Acciones para la construcción de viviendas, cero pesos”. El ítem 44 dice: “Acciones para el Mejoramiento, Refacción y Ampliación de la Infraestructura Habitacional y Urbana, cero pesos”.

Señoras senadoras y señores senadores, esto es sobre lo llovido, mojado. Porque si le agregamos el problema que acabo de relatar para viviendas sociales, que son las que se hacen con el FONAVI, no tenemos recursos. Agréguenle a esto que si no se escucha el reclamo planteado por este Senado, de que se modifique el sistema de inscripción para que la gente que gana más de dos salarios mínimo vital y móvil pueda acceder a inscribirse, acá tenemos, hablando como los jóvenes ahora, un “combo” perfecto del problema. El año que viene y de ahí en lo sucesivo tenemos la tormenta perfecta en materia de vivienda en el Interior del País.

Tenemos 3.800 viviendas, de las cuales para 3.169 necesitamos dos presupuestos para terminarlas. Cosa que no se puede hacer porque están para el Presupuesto 2019, no alcanza porque son más de dos mil millones. Para las que van a empezar no está la plata y para las viviendas sociales que no tienen que ver con las tres mil ochocientas, no hay fondos.

Por eso este proyecto de declaración, y agradezco sinceramente a aquellos senadores y senadoras que no son de la Comisión de Obras Públicas que lo han firmado. Esto tiene que ser un pedido de este Senado, no solo al Gobierno de la Provincia para que lo gestione, sino a los Legisladores Nacionales pidiendo que cuanto antes le llegue a sus manos, para que podamos ver si esto se puede revertir. Sé que el señor Presidente del IPV lo está haciendo, sé que el Gobernador también, pero que se escuche que no es solamente la voz del Ejecutivo, sino la voz del Legislativo representativo de cada uno de los Departamentos.

Sería bueno que una de las obras más importantes, me animo a decir la más importante de todas las que se hagan en el País, que es la construcción de viviendas, por todo lo que dije, pudiera tener las asignaciones presupuestarias garantizadas para que se terminen las iniciadas, para que se comiencen y se terminen las que no están iniciadas y para que se hagan nuevas, revisando el sistema de inscripción que ha establecido la Resolución 122 del año 2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación. Tenemos que lograr que esto se modifique, para el bien de todos los habitantes de la provincia de Salta, fundamentalmente para aquellos que necesitan de la vivienda del Estado, que debe ser, seguramente, mucho más de la multiplicación por diez de las cifras que he dado, de las cantidades que se están haciendo.

Por eso, señor Presidente, acudo una vez más a la solidaridad de cada una de las señoras y de los señores senadores para que nos acompañen con su voto y podamos ser escuchados, para que la Nación revise esto. Pedimos a los Legisladores Nacionales de todas las provincias argentinas y al Gobierno Nacional que revise esta situación, no queremos quedarnos afuera en la asignación presupuestaria como tampoco en la revisión de aquellas medidas que consideramos totalmente inapropiadas para la construcción de viviendas. Es inentendible para cualquier dirigente político que conoce cuál es la realidad de su territorio, como estoy seguro la conocen los veintitrés senadores que estamos acá en representación de cada uno de los Departamentos.

Sr. Presidente (Soto).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

13

19º EDICIÓN DEL “BIATLÓN JORGE CHORITA PÉREZ”

Expte. Nº 90-27.449/18.

Proyecto de Resolución

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la 19º Edición del “Biatlón Jorge Chorita Pérez” a llevarse a cabo el día 28 de octubre del corriente año, en la localidad de El Bordo, departamento General Güemes.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Juan Fernández Molina – Carlos Alberto Rosso

Sr. Presidente (Soto).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

14

FIESTA PATRONAL EN HONOR A SAN MARTÍN DE PORRES

Expte. Nº 90-27.465/18.

Proyecto de Resolución

LA CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la celebración de los actos y festejos de la Fiesta Patronal en honor a San Martín de Porres, a realizarse el día 3 de noviembre del corriente año en la localidad de Salta Forestal, departamento Anta.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Ernesto Ángel Gómez

Sr. Presidente (Soto).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

15

DECLARAR DE INTERÉS LA ACTIVIDAD “MUJERES Y HOMBRES DE LA CULTURA DE SALTA”

Expte. Nº 90-27.468/18

Proyecto de Resolución

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara de Senadores, la actividad cultural y académica denominada Homenajes VII “Mujeres y Hombres de la Cultura de Salta”, organizado por los Amigos del Arte y la Cultura de Salta “José Juan Botelli”, a realizarse el día 2 de noviembre en la Casa de la Cultura “Sala Mecano” de la ciudad de Salta, el 9 de noviembre en la Sala “Sara San Martín de Dávalos” de la ciudad de San José de los Cerrillos y el 16 de noviembre del corriente año en el Cine Teatro Municipal de la ciudad de Cafayate.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

María Laura de la Zerda

Sr. Presidente (Soto).- En consideración. Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

16

PRÓRROGA DE LA LEY Nº 7857

Expte. Nº 91-39.991/18. [1]

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual se prorroga por el término de dos (2) años, a partir de su vencimiento, la Ley Nº 7857 de Emergencia Pública en materia social por Violencia de Género en todo el territorio de la provincia de Salta; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 17 de octubre de 2018.

Dani Raúl Nolasco – Walter Hernán Cruz – Carlos Alberto Rosso – Cástulo Yanque

Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Iruya.

Sen. Cruz.- Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores: a requerimiento de Poder Ejecutivo de la Provincia, la Cámara de Diputados ha dado media sanción a la prórroga por el término de dos años, a partir de su vencimiento, de la Ley Nº 7857 de Emergencia Pública en materia social por Violencia de Género en todo el territorio de la Provincia.

La Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas de este Senado ha analizado el proyecto de ley en revisión, aconsejando su sanción en definitiva.

Quienes conocemos la realidad social por la que atraviesa la Provincia, en la materia que trata la ley cuya prórroga se solicita, como es el caso de los señores senadores, no podemos privar al Poder Ejecutivo de esta herramienta legislativa, que permite la implementación de políticas públicas tendientes a la erradicación de la violencia de género, procurando un cambio estructural sobre aquellos mecanismos sociales de naturalización de las múltiples violencias que resultan profundamente discriminadoras en el rol de las mujeres, niñas y adolescentes.

El pedido de prórroga lo es en este caso para procurar la implementación de estrategias destinadas a empoderar a las mujeres en el afán de lograr una vida libre de violencia y de discriminación de ningún tipo, al tiempo que prevenir y erradicar todo tipo de modalidad y violencia de género.

Aparece entonces como lógica la solicitud al Ministerio de Derechos Humanos y Justicia de la prórroga que tratamos, que cuenta ya con media sanción de la Cámara de Diputados.

Por lo expuesto solicito a mis pares el acompañamiento en la aprobación definitiva del presente proyecto de ley.

Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

En consideración el proyecto en general y en particular por tratarse de un solo artículo. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado. Pasa al Poder Ejecutivo.

17

DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA EL INMUEBLE MATRÍCULA Nº 329 DEL DEPARTAMENTO GENERAL GÜEMES

Exptes. Nros. 91-38.021/17 y 91-38.198/ (acumulados). [2]

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el que se modifica el artículo 1º de la Ley 6911, referente a declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 329, Sección A, Manzana 9, Parcela 8, del municipio Campo Santo; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 10 de octubre de 2018.

Diego Pérez – Silvina Abilés – Mashur Lapad – Jorge Pablo Soto – María Laura de la Zerda – Alfredo Sanguino – José Antonio Ibarra

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Rosso.- Señor Presidente: el proyecto que se presenta tiene por objetivo modificar el artículo 1º de la Ley 6911 y la finalidad es la de declarar de utilidad pública un espacio que en su oportunidad fue la ex Escuela de Manualidades. Hoy por hoy ese espacio se encuentra sin ocupación, con un gran deterioro. Qué significaría este proyecto. Que el Centro de Jubilados y Pensionados Virgen del Valle de la localidad de Campo Santo pueda realizar las actividades como lo viene haciendo por más de veinte años, no solo en el municipio de Campo Santo, sino en todo el departamento, con el objeto de ayudar, acompañar y asistir por sobre todo a los jóvenes -como se les dice- de la tercera edad y a sus familiares.

Cuando este Senado legisla sobre estas cuestiones de utilidad pública no son meras palabra sueltas, la finalidad es lograr que estas personas, este grupo de mayores siga trabajando en el lugar donde muchos de ellos nacieron, como también vieron nacer ese espacio que necesita ser ocupado, ya que como lo decía anteriormente es un espacio que está desocupado, que se le dé la funcionalidad en actividades como baile, recreación, gimnasia y atención, por sobre todo, a muchos abuelos que se encuentran solos.

En nombre de toda la Comisión del Senado agradecerles por pensar en estos jóvenes-adultos de Campo Santo.

Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.

Por tratarse de un solo artículo, en consideración el proyecto en general y en particular. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobado. Pasa al Poder Ejecutivo.

 

18

CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE PROFESOR SALVADOR MAZZA

Expte. Nº 91-39.447/18. [3]

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el que se aprueba la Carta Orgánica del Municipio de Profesor Salvador Mazza; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 10 de octubre de 2018.

Diego Pérez – Silvina Abilés – Mashur Lapad – Jorge Pablo Soto – María Laura de la Zerda – Alfredo Francisco Sanguino – José Antonio Ibarra

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.

Sen. Abilés.- Señor Presidente: nos toca hoy tratar la Carta Orgánica de la localidad de Salvador Mazza. Consideramos de suma importancia esta Carta Orgánica que llega a esta Legislatura porque es la Constitución que tiene cada Municipio, que a su vez es dictada por aquellos representantes que democráticamente han elegido.

Cada ciudad, cada municipio que tenga más de diez mil habitantes, de acuerdo a los principios dictados por nuestra Constitución Nacional y la Provincial, puede dictar su Carta Orgánica. Esta Carta Orgánica fija las metas, los objetivos, los principios, los derechos, las obligaciones, las competencias, los órganos de control que van a regir los destinos de cada Municipio.

La Constitución Nacional establece que las provincias dictan su propia Constitución conforme a lo dispuesto por el artículo 5º, asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo y económico. Ello lo debemos interpretar en el sentido de que el alcance y el contenido de esa autonomía dependen de los límites que se han impuesto por la Constitución de nuestra Provincia. Toda Carta Orgánica debe respetar los límites establecidos por nuestra Carta Magna, que es la Ley Suprema.          Vienen a esta Legislatura las Cartas Orgánicas a los fines que podamos estudiar su compatibilización con la Constitución Nacional y Provincial. Pero no debemos olvidar que debemos respetar prioritariamente la autonomía de aquellos que fueron elegidos para dictar la Carta Orgánica.

Hemos hecho un estudio exhaustivo de esta Carta que viene desde Diputados y considerado que debe darse aprobación a la misma, no sin antes advertir que las Cartas Orgánicas son la Constitución de los municipios y están destinadas a regir su vida durante muchísimos años, como viene rigiendo la Ley 1349 desde hace ya muchos años.

Una Carta Orgánica no se hace ni a favor ni en contra del Intendente de turno. Advertimos con cierta preocupación la constitución, en las Cartas Orgánicas que están llegando a este Senado, de superestructuras, en las cuales se establece la creación de Tribunales de Falta, de Tribunales Administrativos de Falta, Tribunales de Control, de Defensores del Pueblo, de Oficinas Anticorrupción, de Procuradores. Realmente no desconocemos la importancia de cada uno de estos institutos, pero tenemos que ser conscientes de la realidad económica que viven los municipios. No todos los municipios estarán en condiciones de crear estas estructuras, y ello no puede ser causal, creemos, de destitución de los intendentes, cuando las arcas municipales no llegan a cubrir esta obligación que les da la Carta Orgánica. No olvidemos, además, que pueden ser los propios Concejos quienes a través de ordenanzas creen estas estructuras.

Por ello, hay que ser muy cuidadoso cuando se dicta una Carta Orgánica en el sentido de establecer las pautas fundamentales que rigen la vida de un municipio, pero sin olvidar que también el Concejo Deliberante tiene facultades para crear en el futuro órganos o dictar normas que hagan a la vida constitucional, y sin hipotecar, de alguna manera, el futuro de los municipios.

Voy a solicitar a mis pares que me acompañen en la aprobación de la Carta Orgánica del municipio de Profesor Salvador Mazza.

Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Pérez.- Señor Presidente: simplemente para adherir a los fundamentos vertidos por la Senadora preopinante, Presidenta de la Comisión de Legislación, resaltar el trabajo que han realizado los miembros de la Comisión de Legislación en conjunto con cada uno de los asesores, siempre teniendo en cuenta, y vale la oportunidad resaltar en qué consiste ese trabajo, más allá de la coincidencia o no en cuanto a la técnica legislativa empleada al momento de redactar la Carta Orgánica. Bien lo ha dicho la Senadora Presidenta de la Comisión recién, nuestro trabajo se limita a un control de constitucionalidad. En definitiva, compatibilizar el texto legal propuesto por esta Convención Municipal, tratando de preservar el espíritu con el cual se ha sancionado este Cuerpo normativo por parte de los Convencionales que participaron en la elaboración del mismo, lo que es el texto propuesto, con la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y las normas vigentes acordes. Es decir, con el ordenamiento jurídico en general. El trabajo que ha llevado adelante la Comisión, los senadores y los asesores, se limita en este sentido a ese objeto.

De ser posible, mociono que la votación de este texto legal se lleve adelante por título.

– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Vicepresidente 3º, Senador Roberto Enrique Gramaglia.

Sr. Presidente (Gramaglia).- En consideración la moción del señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera, para que se vote por título. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Aprobado. Así se hará.

En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Aprobado.

En consideración en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Aprobado.

– Sin observaciones se aprueba: Preámbulo; Título I artículos 1º a 9º; Título II Capítulos I, II, III, IV, V, VI y VII artículos 10 al 41; Título III artículos 42 y 43; Título IV artículo 44; Título V Capítulos I, II y III artículos 45 al 70; Título VI Capítulos I y II artículos 71 al 78; Título VII artículos 79 y 80; Título VIII Capítulos I y II artículos 81 al 112; Título IX artículos 113 al 119; Título X Capítulos I, II, III, IV, V y VI, artículos 120 al 162; Título XI artículos 163 y 164 Disposiciones Transitorias.

Sr. Presidente (Gramaglia).- Aprobado en general y en particular por unanimidad. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

19

TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE RESOLUCIÓN Y DE DECLARACIÓN

ORDEN DEL DÍA Nº 24

19.1

Proyectos de Resolución [4]

De Salud Pública y Seguridad Social:           

Expte. Nº 90-27.284/18. Del señor Senador José Antonio Ibarra, declarando de Interés de esta Cámara el “2º Encuentro Provincial de Diabetes”.

Expte. Nº 90-27.326/18. Del señor Senador José Antonio Ibarra, declarando de Interés de esta Cámara los XII Juegos Argentinos y IX Latinoamericanos para Trasplantados.

Sr. Presidente (Gramaglia).- En consideración los proyectos. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobados. Se harán las comunicaciones correspondientes.

19.2

Proyectos de Declaración [5]

De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto:

Expte. Nº 90-27.385/18. De los señores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado la provisión de una ambulancia para el Hospital “Del Carmen”, de la ciudad de San José de Metán.

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

Expte. Nº 90-27.376/18. De la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado la creación, construcción y funcionamiento de un Destacamento Policial en el nuevo Barrio Los Paraísos, de Cerrillos.

De Obras Públicas e Industria:

Expte. Nº 90-27.341/18. De los señores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado la construcción de la II Etapa del Hospital “Del Carmen”.

Expte. Nº 90-27.370/18. Del señor Senador Martín Felipe Arjona, viendo con agrado la ampliación de la red de agua potable y cloacas, en el barrio Alto Molino de la localidad de San Antonio de los Cobres.

Expte. Nº 90-27.371/18. Del señor Senador Martín Felipe Arjona, viendo con agrado la construcción de un hogar de ancianos en la localidad de San Antonio de los Cobres.

Expte. Nº 90-27.372/18. Del señor Senador Martín Felipe Arjona, viendo con agrado la ampliación de la red cloacal, en el barrio Chañarcito de la localidad de San Antonio de los Cobres.

Expte. Nº 90-27.373/18. Del señor Senador Martín Felipe Arjona, viendo con agrado la construcción del salón comedor en la Unidad Educativa Nº 4564, de la localidad de San Antonio de los Cobres.

Expte. Nº 90-27.374/18. Del señor Senador Martín Felipe Arjona, viendo con agrado la construcción de un edificio para el Colegio Secundario Nº 5193, en la localidad de Olacapato.

Expte. Nº 90-27.375/18. De la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado la instalación y funcionamiento de un sistema de cámaras de seguridad en la localidad de La Merced.

Expte. Nº 90-27.377/18. De la señora Senadora María Laura de la Zerda, viendo con agrado la ampliación de la Escuela Nº 4837, del barrio Los Pinares, de Cerrillos.

Expte. Nº 90-27.381/18. De los señores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado la continuidad de la electrificación rural sobre la Ruta Provincial Nº 36, en el municipio de San José de Metán.

Expte. Nº 90-27.382/18. De los señores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado la pavimentación de la Ruta Provincial Nº 45, en la ciudad de San José de Metán.

Expte. Nº 90-27.383/18. De los señores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado la construcción de 157 viviendas destinadas a la Asociación de Mujeres por Vivienda y Trabajo Digno, en la ciudad de San José de Metán.

Expte. Nº 90-27.384/18. De los señores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado la construcción de un embalse en la zona Oeste de la ciudad de San José de Metán.

Expte. Nº 90-27.388/18. De los señores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero, viendo con agrado el tendido de red de media tensión, transformador y baja tensión, en El Galpón.

Expte. Nº 90-27.389/18. Del señor Senador Sergio Rodrigo Saldaño, viendo con agrado la construcción de 520 viviendas en Loteo Finca El Socorro II, departamento Cafayate.

Expte. Nº 90-27.392/18. Del señor Senador Héctor Pablo Nolasco, viendo con agrado la construcción de un albergue para ancianos en el departamento Cachi.

Expte. Nº 90-27.393/18. Del señor Senador Roberto Eleuterio Vásquez Gareca, viendo con agrado el encauzamiento del río Calchaquí y del San Lucas, en el municipio de San Carlos.

Expte. Nº 90-27.394/18. Del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado la perforación de un pozo de agua con tanque elevado y la red de distribución domiciliaria, en la comunidad originaria San Ignacio de Santa Victoria Este.

Expte. Nº 90-27.396/18. Del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado la perforación de un pozo de agua con tanque elevado y la red de distribución domiciliaria, en la comunidad originaria Pozo La Yegua de Santa Victoria Este.

Expte. Nº 90-27.400/18. Del señor Senador Walter Joaquín Abán, viendo con agrado la refacción y remodelación del destacamento policial de la localidad de Seclantás, departamento Molinos.

Expte. Nº 90-27.401/18. Del señor Senador Esteban D’Andrea, viendo con agrado la pavimentación en los barrios Parque La Cruz y Juan Pablo II, y la construcción de 60 viviendas en la localidad de Chicoana.

Expte. Nº 90-27.402/18. Del señor Senador Esteban D’Andrea, viendo con agrado la pavimentación de pasajes de diferentes barrios, construcción de red de gas, construcción de 60 viviendas y núcleos húmedos.

De Educación y Cultura:

Expte. Nº 90-27.334/18. Del señor Senador Héctor Pablo Nolasco, viendo con agrado la apertura de las carreras a Nivel Terciario de Enfermería y Maestro Mayor de Obra, en la localidad de Cachi.

Expte. Nº 90-27.335/18. Del señor Senador Héctor Pablo Nolasco, viendo con agrado la creación y funcionamiento de un anexo del Instituto de Idiomas de Salta en el departamento Cachi.

De Salud Pública y Seguridad Social:

Expte. Nº 90-27.295/18. Del señor Senador Héctor Pablo Nolasco, viendo con agrado la adquisición de nuevo equipamiento para el Hospital “San José Dr. Arne Hoygaard”, del departamento Cachi.

Sr. Presidente (Gramaglia).- En consideración los proyectos. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Soto).- Aprobados. Se harán las comunicaciones correspondientes.

20

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Gramaglia.- No habiendo más asuntos que tratar, invito a la señora Senadora por el departamento General San Martín, doña Nora Patricia Cannuni , a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Iruya, don Walter Hernán Cruz, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Nora Patricia Cannuni y Walter Hernán Cruz proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 15 y 09.

Cámara de Senadores

Sector Taquígrafos

 

 

21

A P É N D I C E

1

Expte. Nº 91-39.991/18

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

            Artículo 1°.- Prorrogar por el término de dos (2) años, a partir de su vencimiento, le Ley 7857 de Emergencia Pública en materia social por Violencia de Género en todo el territorio de la provincia de Salta.

Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, en Sesión del día dieciocho del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

2

Exptes. Nº 91-38.021/17 y 91-38.198/17 – Acumulados

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

            Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1º de la Ley 6911, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción de 1.026 m2 del inmueble Matrícula Nº 329, Sección A, Manzana 9, Parcela 8, del Municipio Campo Santo, departamento General Güemes, destinado a la radicación de la oficina de atención a personas de la tercera edad.

El Poder Ejecutivo podrá otorgar la administración del inmueble, al Centro de Jubilados y Pensionados Virgen del Valle del Municipio Campo Santo, Personería Jurídica Nº 026/94, una vez efectivizada la expropiación.”

Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, en Sesión del día dieciocho del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

3

Expte. Nº 91-39.447/18

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

“CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO PROFESOR SALVADOR MAZZA”

PREÁMBULO

            Nosotros, los representantes del Pueblo del Municipio de Profesor Salvador Mazza, reunidos en Convención Municipal, por voluntad y elección de sus ciudadanos, interpretando su devenir e identidad históricos a los fines de organizar el Estado Municipal, de acuerdo a las Constituciones de la Nación Argentina y de la provincia de Salta; adhiriendo a los principios que garanticen la vida, la libertad, la igualdad, la equidad, la justicia, la moral pública y los Derechos Humanos; ratificando los inalterables valores de la solidaridad, la paz y la cultura nacional, provincial y regional; protegiendo la familia, la salud y el respeto por la dignidad y la diversidad cultural y de género de sus habitantes, asegurando el acceso a la educación y la cultura, haciendo suyos los principios contenidos en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, con la finalidad de:

Garantizar el desarrollo integral de la persona y preservar el patrimonio arquitectónico, histórico y cultural.

Garantizar el derecho a trabajar y a recibir justa retribución; estimulando la iniciativa privada, la producción y cogestión; promoviendo la integración local y regional, en base a una problemática fronteriza común, conservando nuestra identidad local, provincial y nacional.

Estimular el crecimiento armónico del Municipio, integrando en la comunidad a todos los sectores que componen este Pórtico de la Patria, protegiendo su área productiva y la calidad de vida de sus habitantes, resguardando el equilibrio del medio ambiente, el sistema ecológico y los recursos naturales e invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, ordenamos y establecemos esta Carta Orgánica Municipal para nosotros y nuestra posteridad.

TÍTULO I

NATURALEZA JURÍDICA Y JURISDICCIÓN

Denominación. Culto

            Artículo 1°.- Se reconoce con el nombre de Municipio Profesor Salvador Mazza a la unidad territorial que integra el departamento General José de San Martín en la provincia de Salta, dicha denominación debe ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.

Se adopta como gentilicio el término de “Pociteños” por antecedentes históricos.

El Municipio Profesor Salvador Mazza coopera al sostenimiento del Culto Católico, Apostólico y Romano. Reconoce y respeta la diversidad religiosa y la libertad de culto.

Forma de gobierno

            Art 2°.- El Municipio Profesor Salvador Mazza es autónomo, independiente de todo poder en el ejercicio de sus competencias institucionales, políticas, económicas y financieras, para el cumplimiento de los fines que esta Carta Orgánica determina y aquellos que le son propios, adoptando la forma representativa, democrática y republicana de gobierno, de acuerdo a la Constitución de la Nación Argentina y a la Constitución de la provincia de Salta, haciendo suyos los derechos, declaraciones y garantías contenidos en ellas.

Límites

            Art. 3º.- Los límites correspondientes al ejido municipal son los fijados por Ley provincial.

Símbolos

            Art. 4°.- El Municipio Profesor Salvador Mazza establece como escudo el ya existente, cuyas características son la flor del lapacho, las frutas tropicales y el límite que lo separa del Estado Plurinacional de Bolivia. El escudo es el símbolo que identifica al Municipio; pudiéndose crear la bandera y una canción que sean la expresión de identidad.

Fecha conmemorativa

            Art. 5°.- El Municipio Profesor Salvador Mazza establece como fechas conmemorativas oficiales el 30 de agosto, fecha fundacional y el 8 de mayo como Fiesta Patronal en honor a la Virgen de Luján.

Organización

            Art. 6°.- El Gobierno Municipal establece su organización interna a los efectos que surjan de esta Carta Orgánica, pudiendo crear delegaciones en aquellos centros de población que requieran de servicios administrativos, sociales y culturales.

Representación y participación

            Art. 7°.- El pueblo de este Municipio delibera y gobierna por medio de sus representantes; y por sí, de acuerdo a los derechos de iniciativa popular y demás formas de participación que en esta Carta Orgánica se establecen: reconoce a entidades vecinales, asociaciones de trabajadores, empresariales y organizaciones intermedias admitidas por Ley, que contribuyan a la defensa y promoción de los intereses sociales, culturales y económicos del Municipio.

Indelegabilidad de facultades y vigencia

            Art. 8°.- La administración y gobierno del Municipio se rigen por las disposiciones de la Constitución Nacional, Constitución Provincial y de esta Carta Orgánica. Las autoridades no podrán apartarse de ella, ni atribuirse potestades que les sean extrañas, siendo indelegables las facultades que se les otorgan. La Carta Orgánica no pierde vigencia, aun cuando por acto de violencia o de cualquier otra naturaleza se llegare a interrumpir su observancia. Tan pronto como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su imperio con los alcances y sanciones del artículo 2° de la Constitución de la Provincia para los responsables y colaboradores. La facultad popular de no acatamiento de órdenes de los usurpadores es legítima y los actos y resoluciones de éstos podrán declararse nulos.

Art. 9°.- El Preámbulo resume los fines y aspiraciones comunes del Municipio y de sus habitantes.

TÍTULO II

CAPÍTULO I

DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS DE LOS HABITANTES

Derechos

            Art. 10.- Los ciudadanos del Municipio Profesor Salvador Mazza gozan de los siguientes derechos:

  1. Educación, cultura, salud, promoción social, ambiente sano, desarrollo sustentable, práctica deportiva y recreación.
  2. A la igualdad de oportunidades y de trato sin distinciones o discriminaciones por rasgos étnicos, capacidades, religión, culto, género o cualquier otra condición socioeconómica o política.
  3. A la participación política, económica, social y cultural en la vida comunitaria.
  4. A elegir y ser elegidos.
  5. A peticionar a las autoridades municipales y a obtener respuesta fundada de las mismas.
  6. A informarse y ser informados de los actos de gobierno.
  7. A acceder equitativamente a los servicios públicos, participar en su control a través de los mecanismos de participación ciudadana establecidos en esta Carta Orgánica.
  8. A la protección como consumidores o usuarios.
  9. Al no reconocimiento de la autoridad de aquellos, que por medios impropios, afecten el orden institucional y el sistema democrático en los términos de la Constitución de la Nación y de la Provincia.

Art. 11.- Los derechos enumerados y reconocidos en esta Carta Orgánica no implican la negación de los demás que pudieren derivar de ella, de la Constitución Nacional, de los instrumentos internacionales de derechos humanos y de la Constitución Provincial.

Deberes

            Art. 12.- Todos los habitantes del Municipio Profesor Salvador Mazza, tienen la obligación de cumplir con las disposiciones de la presente Carta Orgánica, y las normas que en su consecuencia se dicten.

Identidad

            Art. 13.- El Gobierno Municipal reconoce el derecho a la identidad de los habitantes.

Igualdad

            Art. 14.- El Gobierno Municipal, con sujeción a la Constitución, promueve la igualdad de género y la eliminación de toda forma de discriminación basada en origen étnico, nacionalidad, idioma, religión, opinión política o gremial, sexo, orientación sexual, edad, estado civil, aspecto físico, discapacidad y toda otra condición personal, familiar o social, garantizando los derechos reconocidos en la Constitución Nacional, la Constitución de la provincia de Salta, las leyes nacionales y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos vigentes.

De las personas con discapacidad

            Art 15.- El Gobierno Municipal presta atención especial a las personas con discapacidad, proporcionándoles servicios adecuados, velando por el respeto a los derechos humanos y promoviendo iniciativas legislativas en su beneficio, procurando su integración mediante políticas que tiendan a su promoción, protección, rehabilitación, capacitación, educación e inserción social y laboral. Se consideran los diferentes grados de discapacidad física, cognitiva, auditiva, visual, de relacionamiento social e incapacidades transitorias priorizando la edad temprana.

De los pueblos originarios

            Art. 16.- El Municipio, en reconocimiento de la preexistencia de los pueblos originarios, acompaña a las comunidades en los trámites y/o gestiones ante las autoridades provinciales, nacionales e internacionales; y ante empresas públicas o privadas, legitimando su organización interna y su representatividad. Protege a las comunidades originarias en el marco de una normativa que tienda a preservar sus creencias, valores culturales, lingüísticos y patrimonio histórico, promueven la creación de organizaciones para tales propósitos.

Promueve su participación en los empleos públicos, así como en todos los planes de viviendas y en la adjudicación de tierras municipales.

Organizaciones no gubernamentales

            Art. 17.- El Municipio reconoce a los centros vecinales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y cooperativas que posean personería jurídica.

Los centros vecinales tendrán derecho de ser escuchados por los miembros del Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo, cuando se traten asuntos de su incumbencia.

Art. 18.- El Municipio garantiza el acceso a la capacitación en gestión y administración de los recursos naturales y de capital para la mejora de la productividad y la protección de la familia en su entorno rural.

CAPÍTULO II

TRABAJO. PROMOCIÓN. ASISTENCIA Y COMUNICACIÓN SOCIAL

Del trabajo

            Art. 19.- El Municipio promueve políticas destinadas a la protección del trabajador informal y desocupado; la inserción laboral de las personas con discapacidad en el sector público municipal; y la composición equitativa y presencia efectiva de la mujer en la planta municipal.

Prevención de violencia de género

Art. 20.- El Municipio atenderá especialmente a sus habitantes en situación de vulnerabilidad y exclusión mediante la gestión de políticas públicas tendientes a:

  1. La promoción de un espacio para la concientización por la aceptación plena e igualitaria de la diversidad de género.
  2. La prevención de la violencia de género con un acompañamiento y asistencia integral por personas idóneas.

De la comunicación institucional

            Art. 21.- La distribución de las pautas institucionales será a propuesta del Departamento Ejecutivo y aprobada por el Concejo Deliberante, mediante los dos tercios de los votos de la totalidad de sus miembros. Esta distribución se realizará de manera equitativa entre los medios de comunicación.

CAPÍTULO III

PATRIMONIO HISTÓRICO. CULTURA Y EDUCACIÓN

            Art. 22.- Es responsabilidad exclusiva del Municipio crear, organizar, preservar y custodiar todos los instrumentos documentales del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

De la cultura

            Art. 23.- El Municipio fomenta la cultura nacional, provincial y regional en todos sus géneros integrando la zona de frontera a los efectos de:

  1. Estimular aquellas prácticas culturales que indagan en modelos innovadores de gestión, acción e intervención social.
  2. Crear la Casa de la Cultura.
  3. Coordinar con organismos provinciales y nacionales toda iniciativa que favorezca a la cultura en general.
  4. Apoyar a los artistas e intelectuales en forma individual o grupal, como incentivo para el desarrollo y la superación de estas expresiones.
  5. Fomentar el desarrollo de la cultura popular, las artesanías locales, las expresiones autóctonas y la literatura regional.

De la educación

            Art. 24.- La enseñanza en el ámbito municipal, tiende al desarrollo intelectual, profesional y físico de los educandos. El Municipio adopta medidas necesarias para evitar la deserción escolar, requiriendo la participación activa de las sociedades intermedias tales como cooperadoras, consejos escolares y otros. También podrá:

  1. Atender las necesidades de los establecimientos educacionales, en coordinación con el Gobierno Provincial.
  2. Promover la educación no formal con salida laboral en forma gratuita, como medio de integrar la educación y el trabajo en relación con el ámbito geográfico y económico en el que se desenvuelve el educando.
  3. Disponer de una partida especial, para atender las necesidades educacionales.
  4. Gestionar la implementación del Sistema Virtual de la educación secundaria dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, para los habitantes mayores de dieciocho (18) años.
  5. Favorecer la participación en la educación de todos los sectores sociales, familias, asociaciones gremiales y de bien común, estimulando la relación directa de escuela y comunidad.
  6. Promover los kioscos saludables en los establecimientos educativos.

CAPÍTULO IV

DEPORTE. RECREACIÓN Y TURISMO

Actividad deportiva y recreativa

            Art. 25.- El Municipio fomenta la actividad deportiva y recreativa de la población, sobre la base de las siguientes pautas:

  1. Orientación en la acción de gobierno hacia la práctica deportiva y recreativa no rentada, velando por el cumplimiento de las normas legales.
  2. Incorporación en la planificación urbanística de la construcción de centros deportivos y recreativos.
  3. Promoción y adopción de las medidas pertinentes para la participación en igualdad de condiciones a las personas con discapacidad.
  4. Reglamentación por ordenanza de la seguridad en los espectáculos deportivos.

Del Turismo

            Art. 26.- El Gobierno Municipal fomenta el turismo como una actividad socioeconómica de interés público y cultural en la zona de frontera, siendo sus competencias:

  1. Promover la actividad turística.
  2. Planificar en función de la mejora de la calidad de vida de los residentes y de la conservación y preservación del patrimonio natural, histórico y cultural.
  3. Fomentar la iniciativa pública, privada y académica en materia de capacitación, creación y conservación de empleos generados por la actividad turística.
  4. Crear centros de interés turístico, promocionando la actividad hotelera y servicios afines.

CAPÍTULO V

ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Principios rectores

            Art. 27.- El ordenamiento territorial municipal está regido por los siguientes principios:

  1. La función social y ecológica de la propiedad.
  2. La distribución equitativa de las cargas y los beneficios del proceso de desarrollo territorial.
  3. La preservación de la fertilidad del suelo, que constituye un patrimonio colectivo.
  4. La protección del medio ambiente, la integración y complementación sustentable del desarrollo urbano, periurbano y rural en un marco de mutuo respeto.

Límites y restricciones

            Art. 28.- La política urbanística municipal establece límites y restricciones al dominio determinando: zonas residenciales, comerciales, industriales, los espacios verdes existentes y a crearse. Preservas de flora y fauna en el espacio de las Yungas de la ladera oriental de la Sierra de Aguaragüe o Tartagal, abogando al aumento y preservación del entorno ecológico. Se contempla el crecimiento de los espacios verdes, y la aplicación de Leyes Provinciales y Nacionales que se refieran a la preservación del patrimonio natural y cursos de aguas.

Ocupación ilícita

            Art. 29.- Ante la ocupación ilícita de terrenos municipales el Departamento Ejecutivo, debe iniciar las acciones legales pertinentes inmediatamente de producido el hecho.

CAPÍTULO VI

GESTIÓN URBANÍSTICA. RÉGIMEN DE TIERRAS FISCALES. VIVIENDA

Desarrollo urbano

            Art. 30.- La estrategia de desarrollo urbano de la ciudad tiene como principal objetivo implementar un conjunto de acciones políticas e instrumentos de gerenciamiento del suelo urbano que involucren a la diversidad de los agentes relacionados, incorporando las oportunidades empresariales a los intereses del desarrollo urbano.

La estrategia de desarrollo urbano se efectiviza a través de:

  1. La promoción, por parte del Municipio, de oportunidades empresariales para el desarrollo urbano.
  2. El estímulo y gerenciamiento de propuestas concertadas con vistas a la consolidación del desarrollo urbano.
  3. La implementación de una política habitacional social que integre y regule las fuerzas económicas informales de acceso a la tierra y la gestión de viviendas sociales.

Accesibilidad

            Art. 31.- El Municipio debe promover y facilitar el tránsito y acceso de personas con distinto grado de discapacidad para la ambulación, a través de la construcción de rampas en las veredas, plazas, paseos públicos y áreas de acceso a edificios públicos y privados. La construcción de las rampas está a cargo del Municipio. En el caso de edificios privados, la ejecución la realizan los propietarios a su costo y cargo, adecuándose a las condiciones de diseño y especificaciones establecidas por el organismo municipal competente.

Tierra fiscal municipal. Destino

            Art. 32.- Las tierras fiscales municipales, están preferentemente destinadas al cumplimiento de funciones sociales. Se da prioridad al asentamiento en dichas tierras, de: parques, plazas, paseos y áreas verdes en general, para oxigenación de la ciudad, proponiendo que los conjuntos habitacionales cuenten con amplios espacios, aptos para la arborización, implantándose vegetación, preferentemente autóctonas, que preserve el medio ambiente natural del lugar, y en defensa de la flora arbórea. Se aplica una política de reforestación en las plazas y aceras urbanas y suburbanas.

Enajenación

Art. 33.- Para el supuesto de enajenación de tierra fiscal del Municipio, una ordenanza reglamentará las condiciones para la adjudicación, según lo dispuesto por esta Carta Orgánica.

Art. 34.- El cambio de destino de un espacio verde solo se podrá realizar con la aprobación de los dos tercios del total de los miembros del Concejo Deliberante y previa afectación, con destino a espacio verde, de un área de similares características que se encuentre libre de ocupantes. Este espacio deberá estar ubicado dentro de la misma jurisdicción.

Vivienda

            Art. 35.- El Municipio gestiona la implementación de planes de viviendas destinados a dar respuesta a las necesidades de la población según sea el crecimiento demográfico.

CAPÍTULO VII

RECURSOS NATURALES, MEDIO AMBIENTE Y SALUD

Recursos naturales y medio ambiente

            Art. 36.- El Municipio debe procurar para los vecinos un ambiente sano y equilibrado que asegure la satisfacción de las necesidades presentes, sin comprometer las de generaciones futuras, debiendo:

  1. Proteger el ecosistema humano, natural y biológico, en especial el aire, el agua, el suelo adoptando medidas de prevención, control y corrección de la contaminación atmosférica. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponerla según lo establezca la legislación.
  2. Conservar los recursos naturales.
  3. Efectuar la evaluación del impacto ambiental y social de proyectos públicos y privados de envergadura. En caso de obras que afecten el ambiente, las normas deben poner límites temporales para su solución. Asimismo se debe crear órganos de control municipal y prever la realización de audiencias públicas.
  4. Controlar y vigilar la extracción de áridos.
  5. Preservar con carácter primordial los espacios que contribuyan a mantener el equilibrio ecológico del Municipio.
  6. Desarrollar un Sistema Municipal de Áreas Protegidas y Áreas Verdes.
  7. Coordinar con la Nación y la Provincia lo relativo a políticas destinadas a recursos naturales y medio ambiente.
  8. Efectuar controles de los inmuebles en mal estado, estén o no edificados.

Sustancias tóxicas

            Art. 37.- El Municipio dicta normas tendientes al estricto control de las sustancias tóxicas de cualquier naturaleza.

Saneamiento

            Art. 38.- El Municipio debe procurar para los vecinos un ambiente sano y equilibrado que asegure la satisfacción de las necesidades presentes, sin comprometer las de generaciones futuras, debiendo preservar con carácter primordial los espacios que contribuyan a mantener el equilibrio ecológico del Municipio; coordinar con la Nación y la Provincia lo relativo a políticas destinadas a recursos naturales y medio ambiente, y efectuar controles de los inmuebles en mal estado, estén o no edificados.

Alimentos

            Art. 39.- El Municipio diseñará, implementará y controlará las prácticas de manipulación y elaboración de alimentos conforme al Código Alimentario Nacional.

Control

            Art. 40.- El Municipio debe efectuar el control sanitario de los productos de consumo humano y ejercer vigilancia sobre la cadena alimenticia. Son facultades:

  1. Inspeccionar de manera técnica y técnico-sanitaria los productos y servicios para comprobar sus condiciones de higiene, sanidad y seguridad.
  2. Informar a la población sobre los productos alimenticios que representen un peligro para la salud pública y disponer el decomiso e inutilización de los que puedan perjudicar la salud sin perjuicio de las penalidades a los expendedores.
  3. Controlar el cumplimiento de las reglamentaciones técnico-sanitarias en relación con los productos de las ventas no sedentarias.
  4. Controlar sanitariamente los centros de alimentación comunitarios y en el área de higiene alimentaria, mataderos e industrias y la certificación de aptitud ambiental municipal en los establecimientos comerciales, industriales y de servicios.
  5. Vigilar la salud en animales domésticos y su zoonosis, promocionando la tenencia responsable de los mismos.
  6. Controlar sanitariamente edificios, lugares de vivienda y convivencia humana, incluidos los campamentos turísticos y áreas de actividades físico-deportivas y de recreo.

De la salud

            Art. 41.- El Municipio promueve una conciencia comunitaria que permita la lucha programática para controlar y combatir las endemias, el alcoholismo, la drogadicción, desnutrición y otros flagelos, desarrollando programas de carácter preventivo.

TÍTULO III

INICIATIVA POPULAR

            Art. 42.- Toda persona tiene la facultad de ejercer la iniciativa popular para presentar proyectos de ordenanzas sobre cualquier asunto de competencia municipal, excepto en materia de tasas, aranceles, contribuciones, gravámenes o que disponga la ejecución de gastos en el presupuesto.

Art. 43.- El procedimiento para el ejercicio de iniciativa se establece mediante Ordenanza.

TÍTULO IV

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL. CARRERA ADMINISTRATIVA

            Art. 44.- Se establece la carrera administrativa para los agentes públicos municipales, conforme a los siguientes principios:

  1. El ingreso a la administración pública municipal se realiza mediante sistemas objetivos de selección. El ascenso se funda en el mérito del agente.
  2. La determinación de la jerarquía máxima hasta la cual se extenderá la carrera administrativa.
  3. El agente de carrera goza de estabilidad.
  4. A igual función corresponde igual remuneración.
  5. El agente tiene derecho a la capacitación y actualización permanente.
  6. El personal designado en cargos de carácter político no goza de estabilidad.
  7. Se otorga a los agentes de planta de la administración pública municipal la garantía del sumario con intervención del afectado para su sanción o remoción, garantizando su derecho a defensa. Las personas condenadas por delito contra la administración quedan inhabilitadas, mientras dure su condena, para ingresar a la administración municipal.

TÍTULO V

CAPÍTULO I

PATRIMONIO Y RÉGIMEN ECONÓMICO

Patrimonio

            Art. 45.- El patrimonio municipal se integrará por la totalidad de los bienes, derechos y acciones de su propiedad, sean del dominio público o privado:

  1. BIENES DE DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL: Son bienes del dominio público municipal los destinados para el uso, satisfacción y utilidad general, con sujeción a las disposiciones reglamentarias pertinentes, y aquellos que provienen de legados, donaciones y otros actos de disposición y que se encontraran afectados a la prestación de un servicio público. Salvo legislación expresa que establezca lo contrario.
  2. BIENES DE DOMINIO PRIVADO MUNICIPAL: Son bienes de dominio privado municipal todos aquellos que posea o adquiera el Municipio en su carácter de sujeto privado y aquellos otros que por disposición expresa así lo establezcan.

Inembargabilidad de los bienes públicos municipales

            Art. 46.- Los bienes del dominio público municipal serán inajenables, inembargables e imprescriptibles.

Desafectación

            Art. 47.- La desafectación de un bien de dominio público, requerirá de una ordenanza sancionada con el voto favorable de los dos tercios del total de los miembros del Concejo Deliberante.

Disposición

Art. 48.-Todo acto de disposición de bienes inmuebles municipales, requerirá de una ordenanza especial que lo autorice. La misma tendrá su origen en el Departamento Ejecutivo y deberá ser aprobada por el voto de las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo Deliberante. La disposición de Bienes Muebles será reglamentada por Ordenanza.

Prohibición de otorgar garantías

            Art. 49.- El Municipio no podrá otorgar avales, dar fianzas ni constituir ninguna clase de garantías sobre su patrimonio a favor de terceros.

Inventario

            Art. 50.- El Municipio llevará un registro de inventario permanente y actualizado de sus bienes patrimoniales que adquiera bajo cualquier concepto y que será responsabilidad del Departamento Ejecutivo.

CAPÍTULO II

RECURSOS MUNICIPALES

Principios generales

            Art. 51.- El Gobierno Municipal proveerá a los gastos de la administración con los fondos del tesoro municipal, el que estará formado por:

  1. Las rentas de sus bienes propios, de la actividad económica que realice y de los servicios que preste.
  2. Lo recaudado en concepto de impuestos, tasas, derechos, patentes, contribuciones de mejoras, multas y tributos necesarios para el cumplimiento de los fines y actividades propias, que respeten los principios constitucionales de la tributación y la armonización con el régimen impositivo provincial y nacional, prohibiéndose la doble imposición.
  3. Las operaciones de créditos, donaciones, legados y subsidios.
  4. La coparticipación provincial, nacional y las regalías.
  5. Todo otro ingreso de capital originado por acto de disposición, administración o explotación de su patrimonio.

Art. 52.- El Municipio reclamará para sí, como derecho histórico inalienable, imprescriptible e irrenunciable, una correcta percepción de las regalías hidrocarburíferas y gasíferas, sin perjuicio de las que ordinariamente fija la Ley.

Empréstitos

            Art. 53.- El Municipio podrá contraer empréstitos para Obras Públicas o conversión de la deuda existente. A tal fin destina un fondo de amortización al que no debe darse otra aplicación. El pago de la amortización del capital e intereses de la totalidad de los empréstitos no debe comprometer más del quince por ciento (15%) de los Recursos del Ejercicio Fiscal, excluidos el uso del crédito y la contratación de empréstitos.

CAPÍTULO III

PRESUPUESTO. CONTABILIDAD Y CONTRATACIONES

Presupuesto

            Art. 54.- El presupuesto será anual, analítico y comprenderá la universalidad de los gastos y recursos ordinarios o especiales, debiendo especificarse su naturaleza, origen y monto, sin ningún tipo de compensación alguna. Los gastos presupuestados demostrarán con claridad y precisión el área al cual son asignados dando cumplimiento a los criterios de economicidad, eficacia y eficiencia. Su método de registración deberá adaptarse a las nuevas tecnologías, cuyo uso será establecido en la ordenanza de contabilidad y las normas provinciales vigentes.

Se deberán confeccionar índices de gestión, liquidez, inmovilización de activos y de endeudamiento, que permitan medir el grado de eficiencia alcanzado por la gestión municipal y cumpliendo las pautas de legalidad, voluntad política, unidad, universalidad, especialidad, publicidad, anualidad, y transparencia.

Ejercicio fiscal

            Art. 55.- El ejercicio fiscal comenzará el 1º de enero y finalizará el 31 de diciembre.

Presentación

            Art. 56.- El proyecto del presupuesto del siguiente ejercicio fiscal, deberá ser remitido por el Departamento Ejecutivo al Concejo Deliberante para su tratamiento hasta el 30 de Noviembre. Si a esa fecha no se contará con las pautas presupuestarias de la Nación y de la Provincia, se elaborará el proyecto de presupuesto estableciendo provisoriamente los recursos en función de una adecuada proporción entre los propios y los provenientes de otras jurisdicciones, tomando como base las ejecuciones trimestrales del último ejercicio económico en curso.

Presentación de la memoria

            Art. 57.- Cerrado el ejercicio, el Departamento Ejecutivo deberá presentar la memoria anual para su tratamiento por el Concejo Deliberante en la primera sesión ordinaria. Transcurridos cuarenta y cinco (45) días hábiles sin que el Concejo Deliberante se expida, se tendrá por aprobada.

Ejecución

            Art. 58.- El Departamento Ejecutivo deberá presentar la ejecución de los recursos y gastos trimestrales ante el Concejo Deliberante, una vez trascurridos treinta (30) días de cerrado cada período trimestral.

Adecuación de acciones

            Art. 59.- Si al ejecutar las acciones definidas en los programas se advirtiera idénticas actividades ejecutadas por la Nación o por la Provincia, el Municipio deberá adecuar las suyas a fin de evitar su duplicidad.

Expropiación

            Art. 60.- El Municipio podrá calificar los casos de utilidad pública. El trámite de la expropiación se realizará con arreglo a la legislación provincial vigente en la materia.

Operaciones extraordinarias de crédito

            Art. 61.- El Municipio podrá realizar operaciones extraordinarias de crédito solo para atender emergencias económica, sanitaria o catástrofes naturales que hicieran indispensable el socorro inmediato a sus habitantes, debiendo efectuar la rendición de la operación extraordinaria de crédito al Concejo Deliberante en el tiempo inmediato posterior.

Art. 62.- Restricciones presupuestarias

  1. El presupuesto reservará una partida especial para imprevistos, la que no podrá superar el cinco por ciento (5%) de los recursos.
  2. A fin de atender los servicios de las zonas rurales correspondiente al Municipio deberá asignarse, como mínimo, el uno por ciento (1%) de los recursos.
  3. El Municipio no podrá realizar gasto alguno no previsto en el presupuesto. Toda modificación deberá hacerse por ordenanza, la que preverá además la creación del recurso, no pudiendo afectarse el gasto a rentas generales.
  4. Quedan absolutamente prohibidos los gastos reservados. Esta prohibición no admitirá excepciones.
  5. El presupuesto deberá destinar como mínimo el veinte por ciento (20%) de los recursos a obras públicas y equipamientos municipales. Para el cálculo de este porcentaje no se computarán las partidas correspondientes a obras públicas extraordinarias.

Planta municipal

            Art. 63.- Las partidas correspondientes a gastos de personal, deberán subclasificarse con el grupo de escalafón al que pertenecen y dentro de cada categoría con la función correspondiente. Obligatoriamente deberá acompañarse un anexo con el detalle analítico de las cantidades de cargos existentes, ya sea de planta permanente, contratados, temporarios o cualquier otra designación que se les dé por categorías.

El Departamento Ejecutivo no podrá modificar el número de cargos ni las categorías detalladas en el anexo antes mencionado, sin la previa autorización del Concejo Deliberante, con el voto favorable de los dos tercios del total de los miembros.

Régimen de contabilidad y contrataciones

            Art. 64.- El régimen de contabilidad y contrataciones debe ajustarse a lo dispuesto por la Constitución Provincial, las Leyes vigentes en la materia y a esta Carta Orgánica.

Destino de las inversiones

            Art. 65.- Las inversiones y los gastos en general que el Municipio realice con recursos genuinos o provenientes de aportes nacionales, provinciales o privados, estarán destinados al servicio y bienestar de la comunidad en general.

Registraciones contables

            Art. 66.- Las registraciones contables del Municipio deberán reflejar en forma clara y precisa la situación patrimonial, financiera y presupuestaria del mismo en concordancia con lo que al efecto establezca la normativa provincial.

Depósitos

            Art. 67.- La Tesorería Municipal deberá depositar diariamente sus fondos y activos financieros en una entidad bancaria localizada en el Municipio y que pertenezca a la órbita de la Ley de Entidades Financieras.

Pagos

            Art. 68.- La Tesorería Municipal realizará los pagos pertinentes, previa intervención de la Contaduría, que verificará el procedimiento administrativo llevado a cabo para tal fin.

Balance trimestral

            Art. 69.- El Departamento Ejecutivo efectuará un balance trimestral de Tesorería, debiendo asegurar la debida publicidad del mismo.

Cuenta General del Ejercicio

            Art. 70.- El Departamento Ejecutivo deberá presentar al Concejo Deliberante la Cuenta General del Ejercicio con el detalle de las ejecuciones de cada rubro o partida, tanto de recursos como de gastos, previstas en el presupuesto correspondiente. Se debe prever:

  1. Información de los recursos por rubro.
  2. Información de los gastos en un todo de acuerdo con el objeto del gasto, finalidad y función.
  3. Cuadro de situación del Tesoro al 31 de diciembre.
  4. Ejecución analítica de la obra pública.
  5. Inventario valorizado de los bienes del Municipio.

En forma anual y hasta el 30 de junio de cada año el Departamento Ejecutivo deberá presentar a la Auditoría General de la Provincia, al Tribunal de Cuentas Municipal y al Concejo Deliberante la Cuenta General del Ejercicio inmediato anterior.

TÍTULO VI

CAPÍTULO I

OBRAS PÚBLICAS

            Art. 71.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Art. 72.- La ejecución de las obras públicas municipales será responsabilidad del Departamento Ejecutivo, debiendo éste realizar el control técnico de las mismas bajo la dirección de una Comisión Ejecutora, que será indelegable, garantizando su ejecución y el funcionamiento.

CAPÍTULO II

SERVICIOS PÚBLICOS Y CONCESIÓN

            Art. 73.- Son servicios públicos de competencia municipal, todas las actividades que tengan por objeto satisfacer las necesidades básicas de los habitantes del Municipio, salvo aquellas que se encuentran a cargo de la Provincia o la Nación. EI Municipio garantiza su funcionamiento en forma continua, justa, igualitaria y eficiente.

Art. 74.- Los servicios públicos municipales se prestarán en forma directa o indirecta a través de cooperativas de vecinos o usuarios, por contrato con vecinos y empresas constructoras; entre municipalidad y terceros, por concesión y por otras modalidades que se prevean por leyes u ordenanzas.

Art. 75.- Los requisitos, montos y condiciones que regularán las concesiones serán establecidos por ordenanza. El concesionario de un servicio público no podrá ceder ni transferir a título gratuito u oneroso, la prestación del mismo sin el consentimiento previo del Concejo Deliberante, quien deberá contar con la aprobación de las dos terceras partes del total de sus miembros.

Art. 76.- En las contrataciones de servicios públicos municipales podrá otorgarse preferencia, en igualdad de condiciones en las ofertas, a los oferentes locales, a las cooperativas de vecinos y usuarios.

Art. 77.- Podrá determinarse la municipalización de cualquier servicio público local por ordenanza sancionada con el voto de las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo Deliberante, previo convenio suscripto con los prestadores sean privados o estatales. Se admitirá la prestación de servicios a través de la asociación con otras municipalidades.

Art. 78.- Para la sanción de las ordenanzas sobre las concesiones de servicios públicos será necesario el voto afirmativo de las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo Deliberante y estar de acuerdo con los siguientes principios:

  1. El término de las concesiones no será mayor de diez (10) años con opción a cinco (5) años más por buena prestación de servicios.
  2. Deberá determinar las bases de los precios y tarifas y sus respectivos reajustes.
  3. La municipalidad fiscalizará la actividad de los concesionarios en lo concerniente a la efectiva prestación de los servicios y el cumplimiento de los precios y tarifas, la que no será delegable.
  4. En similitud de condiciones, la concesión se otorgará preferentemente a entes locales, en especial a cooperativas o asociaciones sin fines de lucro.
  5. Las concesiones no podrán entregarse en condiciones de exclusividad o monopólicas, excepto que la eficiencia del servicio lo requiera. En estos casos se deben asegurar una equitativa relación entre la calidad de los servicios prestados y las tarifas cobradas. El marco regulatorio fijará los factores que incidan en la conformación de la tarifa y las condiciones de fiscalización.

TÍTULO VII

COMPETENCIAS MUNICIPALES

            Art. 79.- Serán funciones, atribuciones y finalidades de competencia municipal, sin perjuicio de lo establecido por la Constitución de la Provincia:

  1. Gobernar y administrar los intereses públicos locales dirigidos al bien común.
  2. Crear, determinar y percibir los recursos económicos financieros de su competencia, confeccionar presupuestos, realizar la inversión de recursos y su control.
  3. Administrar y disponer de los bienes que integran el patrimonio municipal.
  4. Prever una adecuada infraestructura de transporte y comunicación.
  5. Efectuar apoyos de carácter económico y financiero que faciliten la explotación, elaboración y transformación de los recursos naturales de la zona.
  6. Promover un régimen especial crediticio, impositivo y arancelario para instalar industrias o ampliar las existentes.
  7. Proporcionar asistencia técnica a la economía regional.
  8. Nombrar y remover los agentes municipales respetando en cada caso las garantías de la carrera administrativa y la estabilidad laboral.
  9. Realizar obras públicas y prestar servicios públicos por sí o por concesiones, pudiendo constituir organismos interjurisdiccionales mixtos.
  10. Promover la radicación de industrias en lugares destinados a tal fin que favorezcan el desarrollo económico y social del Municipio.
  11. Requerir certificados de inocuidad y estudios de impacto ambiental, otorgados por organismos técnicos competentes de la Nación, Provincia o Municipio, para la radicación y funcionamiento de toda industria.
  12. Velar por la higiene, salubridad y moralidad, como así también por la promoción y protección del medio ambiente, paisaje, equilibrio ecológico y polución ambiental, tendiendo al desarrollo sostenible.
  13. El control de los mercados, abastecimiento de productos; elaboración y venta de alimentos.
  14. Creación y fomento de instituciones culturales y educativas regidos por ordenanzas concordantes con las leyes de la materia.
  15. Disponer y fomentar las políticas de apoyo y difusión de los valores culturales regionales y nacionales.
  16. Conservar y defender el patrimonio arqueológico, histórico, cultural y religioso.
  17. Asegurar en todas sus formas el derecho que tienen los habitantes del Municipio a disfrutar de un ambiente adecuado para el desarrollo de las personas, manteniendo, protegiendo y preservando el sistema ecológico y el paisaje.
  18. Promover la preservación, conservación y mejora del suelo, del agua, el aire y sus elementos constituyentes en todo el territorio del Municipio, así como la flora y la fauna que en él habitan y contribuyen a mantener el equilibrio del ecosistema.
  19. Proteger las reservas naturales a crearse.
  20. Promover actividades conjuntas con otros organismos públicos y/o privados, municipales, provinciales, nacionales y/o internacionales, dedicados al turismo, al ambiente, ecología, cultura, ciencia y tecnología.
  21. Promover la integración social, económica y cultural de la región, mediante la creación de organismos que tengan a su cargo la planificación y ejecución del desarrollo regional.
  22. Regular el procedimiento y régimen administrativo de faltas.
  23. Establecer restricciones, servidumbres e instar la declaración de utilidad pública para expropiación.
  24. Regular y coordinar planes de desarrollo y ordenamiento territorial, urbanístico y edilicio, poniendo especial consideración al sistema de desagües pluviales.
  25. Publicar periódicamente el estado de sus recursos, gastos y anualmente una memoria sobre la labor desarrollada.
  26. Ejercer las funciones delegadas por el Gobierno Nacional o Provincial.
  27. Contraer empréstitos con fines determinados, con la aprobación del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante.
  28. Gestionar por vía judicial, luego de agotada la instancia administrativa, la cobranza de las rentas del Municipio.
  29. Celebrar convenios con otros municipios, la Provincia, la Nación y con entidades privadas, preservando siempre su autonomía.
  30. Promover la clasificación de origen y reciclado de la basura.
  31. Dictar, aplicar e implementar los códigos:
    1. Código de Ordenamiento territorial urbano municipal.
    2. Código de Edificación.
    3. Código Tributario Municipal.
    4. Código de Faltas Municipal.
    5. Código Administrativo Municipal.
    6. Código Ambiental Municipal.
    7. Código de Tránsito Vehicular y Peatonal Municipal.
  32. Crear el Manual de Funciones, Manual de Procedimiento Administrativo y Manual de Control Interno.
  33. Mantener actualizados los datos catastrales y realizar censos a través de un organismo específico dependiente del Departamento Ejecutivo.
  34. Promover la creación de fuentes laborales y el acceso a los planes de capacitación.
  35. Realizar la delimitación de los distintos barrios y villas, apertura e imposición de nombres y numeración de calles, en todos aquellos casos que se nombren con fechas, éstas deben fijar día, mes y año, numeración de fincas y fijar los límites de zonificación del ejido urbano, interurbano y rural.
  36. Garantizar la participación activa de los vecinos en los planes de desarrollo urbano a través de mecanismos que serán determinados por el Concejo Deliberante.
  37. Formular el plan estratégico o rector integral de desarrollo del Municipio a mediano y largo plazo.
  38. Dictar las ordenanzas, resoluciones y reglamentos necesarios para el cumplimiento de sus fines.

Art. 80.- Con la finalidad de lograr los objetivos institucionales y sociales, el Municipio Profesor Salvador Mazza deberá elaborar, aprobar y ejecutar un Plan Estratégico Urbano y Rural de Desarrollo Municipal, establecido conforme a las normas de planificación del Estado Provincial y Nacional.

TÍTULO VIII

ÓRGANOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL

CAPITULO I

CONCEJO DELIBERANTE

            Art. 81.- La composición del Concejo Deliberante, los requisitos de elegibilidad, duración en el cargo y reelección de los Concejales se rigen por lo previsto en la Constitución Provincial.

Incompatibilidades e inhabilidades

            Art. 82.- Los Concejales tienen las mismas incompatibilidades e inhabilidades que las determinadas por la Constitución de la Provincia para Legisladores Provinciales. El cargo de Concejal es también incompatible con ser propietario, director, gerente, administrador o mandatario de empresas que celebren contratos de suministros, obras, locaciones o concesiones con el Municipio; las personas vinculadas por contrato o permiso con el Municipio y los propietarios o quienes ejerzan funciones directivas o de representación de empresas relacionadas con el Municipio en igual forma. Los miembros del Concejo Deliberante cesan de pleno derecho en sus funciones cuando por motivos sobrevinientes a su asunción incurrieren en algunas de las causas de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución Provincial.

Inhabilidad sobreviniente

            Art. 83.- La incapacidad física o mental sobreviniente será causal de cesación del mandato del concejal, cuando por su índole o naturaleza sea impedimento total para el cumplimiento de las funciones inherentes al cargo.

Sesiones Preparatorias

            Art. 84.- Las sesiones preparatorias se celebrarán por única vez en el inicio del período legislativo correspondiente, quince (15) días antes del comienzo de las sesiones ordinarias, con el objeto de constituir el Cuerpo, elegir autoridades y dictar, si fuese el caso, el Reglamento, asumirá la Presidencia el Concejal de mayor edad.

Sesiones Ordinarias

            Art. 85.- El Concejo Deliberante se reunirá en sesiones ordinarias durante el período que va desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre de cada año.

El Cuerpo fijará los días de sesión. Antes de la finalización del período de sesiones ordinarias, podrá resolver su prórroga.

Sesiones Extraordinarias y Especiales

            Art. 86.- El Concejo Deliberante podrá ser convocado a sesiones extraordinarias y especiales siempre que el interés público así lo requiera. La convocatoria es efectuada por el Intendente o por el Presidente del Concejo Deliberante a pedido de una tercera parte de sus miembros, con notificación al Departamento Ejecutivo, independientemente de lo que éste resuelva. En ambos casos la convocatoria se dará a publicidad.

Durante las sesiones extraordinarias no podrán ser tratados asuntos ajenos a la convocatoria, salvo cuando se juzgue la responsabilidad política de funcionarios que puedan ser removidos por juicio de esta naturaleza.

Sesiones públicas y secretas.

            Art. 87.- Las sesiones del Concejo Deliberante serán públicas. En el caso de las sesiones secretas serán aprobadas por el voto de la totalidad de sus miembros, cuando la índole de la cuestión a tratarse así lo requiera. El Cuerpo podrá determinar el local donde se celebrará la sesión de este carácter.

Quórum

            Art. 88.- Para formar quórum legal será necesario la presencia de la mitad más uno del número total de concejales, incluyendo al presidente, por un número menor podrá reunirse a solo efecto de comunicar a los que por su inasistencia sin previo aviso dificultare el funcionamiento del Concejo Deliberante. Para el caso de las sesiones secretas el quórum legal se dará con el voto de la totalidad de sus miembros.

Facultades disciplinarias

            Art. 89.- El Concejo Deliberante puede, con el voto de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros, corregir a cualquiera de sus pares por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones y hasta excluirlo de su seno por graves irregularidades, cuando éstas afecten el orden y la moral pública, fehacientemente determinadas. La exclusión será tratada en sesión especial, convocada a tal fin y en caso de hacerse lugar a la misma, el afectado goza de igual recurso que el previsto en el artículo 181, última parte de la Constitución de la Provincia, con idénticos plazos y modalidades. En todos los casos se asegurará el derecho de defensa del interesado.

Sanciones a personas ajenas al Concejo Deliberante

            Art. 90.- El Concejo Deliberante puede corregir a personas ajenas al mismo que en sus sesiones promovieren desórdenes o faltaren el respeto a todos o a cualquiera de sus miembros. Las sanciones serán: advertencia, apercibimiento, desalojo de la sala, prohibición de ingresos por un plazo no mayor de treinta (30) días; sin perjuicio de dar intervención a la justicia, si el caso lo requiere. Es necesario el voto afirmativo de los dos tercios de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante.

Moratorias

            Art. 91.- Las moratorias y demás condonaciones de deudas fiscales serán excepcionales y solo podrán ser dispuestas por medio del voto favorable de las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo Deliberante. Una vez vencidas se procederá al cobro por la vía judicial. En ningún caso se podrá disponer quitas o descuentos del capital actualizado conforme a los índices oficiales.

Atribuciones y deberes

            Art. 92.- Son atribuciones y deberes del Concejo Deliberante:

  1. Dictar su Reglamento Interno, elegir sus autoridades y nombrar los empleados de su inmediata dependencia, ejerciendo las funciones administrativas dentro de su ámbito.
  2. Sancionar ordenanzas, dictar resoluciones y declaraciones.
  3. Sancionar la Ordenanza Tributaria Municipal, respetando el principio de congruencia con leyes en la materia.
  4. Sancionar hasta el 30 de noviembre de cada año, las Ordenanzas de Presupuesto y Plan de Obras del ejercicio siguiente, presentado por el Departamento Ejecutivo, cuyo plazo de remisión vence el 15 de septiembre. Si hasta esta última fecha no estuviere a consideración del Concejo Deliberante, éste podrá confeccionarlos, estudiarlos y sancionarlos en base a las ordenanzas vigentes. Vencido el ejercicio administrativo sin que el Concejo Deliberante hubiera sancionado una nueva ordenanza de Gastos y Recursos, se tendrán por prorrogados los que estuviesen en vigencia a ese momento. El Concejo Deliberante no podrá entrar en receso sin haber considerado el Presupuesto y el Plan de Obras.
  5. Aprobar, Observar o Desaprobar, dentro de los noventa (90) días de recibida, la cuenta general del ejercicio correspondiente al movimiento de la totalidad de la hacienda pública municipal, realizado durante el ejercicio anterior.
  6. Sancionar las ordenanzas sobre los regímenes de contabilidad y contrataciones.
  7. Aprobar o no, desafectaciones de bienes de dominio público, aceptación de legados y donaciones, gravámenes y enajenación de bienes municipales, conforme a la Constitución de la Provincia y esta Carta Orgánica.
  8. Nombrar en su seno, comisiones investigadoras, de planificación, estudio, desarrollo, y las que considere convenientes a sus fines.
  9. Sancionar planes de desarrollo.
  10. Considerar la renuncia o licencia del Intendente.
  11. Solicitar informes al Departamento Ejecutivo e interpelar a sus secretarios, los que tienen la obligación de concurrir a las sesiones para los que sean citados, con los informes y documentación que se les requiera. Por ordenanza se reglamentará la forma y modalidad del comparendo.
  12. Aprobar, con el voto de los dos tercios de la totalidad de sus miembros, la contratación de empréstitos para obras públicas o conversión de la deuda existente.
  13. Ejercer la iniciativa legislativa para el dictado de leyes de expropiación por causa de utilidad pública, de conformidad a la Constitución de la Provincia y leyes en la materia.
  14. Dictar Ordenanzas que aseguren la estabilidad y el escalafón de los empleados municipales.
  15. Prestar o negar acuerdos para la designación de funcionarios que así lo requieran.
  16. Fijar las remuneraciones del Intendente, concejales y demás funcionarios políticos.
  17. Sancionar el Régimen de Obras y Servicios Públicos.
  18. Reglamentar el funcionamiento de cines, teatros, canchas de deportes, locales bailables públicos y privados, juegos permitidos y demás espectáculos en locales públicos.
  19. Aprobar o desechar en la esfera de su competencia, convenios con otros municipios, provincias, la Nación, empresas públicas, entidades autárquicas, entidades culturales, de servicios y de bien público.
  20. Contar con las asesorías técnicas que se requieran para el dictado de ordenanzas, peticionando los dictámenes previos que considere necesarios.
  21. Dictar ordenanzas sobre seguridad, salubridad pública e higiene; las tendientes a asegurar el normal abastecimiento de los habitantes del Municipio; las destinadas a prevenir, con medidas acordes, inundaciones, incendios y demás catástrofes, estableciendo condiciones para habilitación, de depósitos de materias corrosivas y peligrosas, maquinarias, fábricas y demás locales que puedan amenazar la seguridad, solidez y estructura de los edificios, la viabilidad municipal y todo otro tipo de normas no delegadas expresamente al Departamento Ejecutivo y que tiendan a mejorar, estructurar y planificar la vida en el Municipio, ejercitando su facultad legislativa.
  22. Dictar las ordenanzas que tiendan a preservar el patrimonio cultural y arquitectónico, a fomentar el turismo, el deporte y la recreación.
  23. Fijar penas pecuniarias, decomisos y clausuras para las infracciones a las ordenanzas municipales.
  24. Adherir a las leyes nacionales o provinciales, cuando en la esfera de competencia municipal, sea privativo del Municipio el dictado de las normas.
  25. Dictar el reglamento general de edificación y ordenar la apertura de avenidas y calles, formación de plazas, parques y paseos, construcción de mercados y demás obras de interés e imponiendo nombres y designaciones a los mismos.
  26. Reglamentar el transporte urbano, las tarifas de los servicios públicos y el uso de calles y suelos, en concordancia con las leyes vigentes.
  27. Promover certámenes para estimular el desarrollo de la cultura y el trabajo, adjudicando premios y recompensas al mérito en general.
  28. Juzgar la responsabilidad del Intendente y demás funcionarios que se encuentren sometidos al procedimiento de juicio político.
  29. Dictar todas las ordenanzas necesarias para el funcionamiento del Gobierno Municipal.

CAPÍTULO II

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Duración

            Art. 93.- El Departamento Ejecutivo estará a cargo de un Intendente. Será elegido y durará en sus funciones según lo establecido por la Constitución de la Provincia.

Requisitos

            Art. 94.- Para ser electo Intendente se requerirá:

  1. Tener como mínimo veinticinco (25) años de edad.
  2. Ser nativo del Municipio, o tener dos (2) años de residencia inmediata anterior en él y las demás condiciones para ser Concejal.

Inhabilidades e incompatibilidades

            Art. 95.- Para el cargo de Intendente regirán las mismas inhabilidades e incompatibilidades previstas para los Concejales en esta Ley y en la Constitución Provincial.

Inmunidad

            Art. 96.- El Intendente gozará de las inmunidades dispuestas en el artículo 180 de la Constitución Provincial.

Asunción del cargo. Juramento

            Art. 97.- El Intendente deberá asumir el cargo en la fecha destinada al efecto. En caso de mediar impedimentos debidamente acreditados a juicio del Concejo Deliberante, rige lo dispuesto en el artículo siguiente de esta Ley.

Al asumir el cargo, prestará juramento ante el Concejo Deliberante reunido en sesión especial, pero si por alguna causa no pudiera prestarlo, ello no impide la asunción.

Ausencia o inhabilidad

            Art. 98.- El Intendente no podrá ausentarse del Municipio por más de cuatro (4) días consecutivos sin autorización del Concejo Deliberante. En caso de exceder el tiempo estipulado asumirá la función ejecutiva el Presidente de ese cuerpo.

El incumplimiento de lo establecido por el presente artículo, será causal de mal desempeño.

Acefalía temporaria

            Art. 99.- En caso de impedimento temporario o licencia del Intendente, las funciones de su cargo son desempeñadas por el Presidente del Concejo Deliberante.

Art. 100.- En el Concejo Deliberante, por su orden, asumirá el vicepresidente primero o segundo, o en su defecto, por el concejal que designe el mismo por simple mayoría de votos, hasta que haya cesado la causal de acefalía.

Art. 101.- Cumplido el reemplazo del Intendente por el Presidente del Concejo Deliberante, el que lo sustituya deberá notificar al Tribunal Electoral.

Acefalía definitiva

            Art. 102.-Si la destitución, muerte, renuncia, ausencia o inhabilidad, es definitiva, y falta más de un año para complementar el período del mandato, deberá convocarse a elecciones.

Si el período para finalizar el mandato fuere menor a un (1) año, la sucesión del cargo será de acuerdo a lo dispuesto para la acefalía temporaria.

Declaración jurada patrimonial

            Art. 103.- Antes de asumir su cargo, el Intendente deberá presentar una declaración jurada patrimonial, las mismas se incorporan a los registros del Concejo Deliberante, sin perjuicio de las obligaciones establecidas por la legislación provincial vigente en materia de presentación de declaraciones juradas.

Destitución

            Art. 104.- Corresponderá la destitución del Intendente por condena penal o por mal desempeño de su cargo. Para declarar la necesidad de su remoción se requerirán los dos tercios de los votos de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante. El Intendente podrá apelar con efecto suspensivo ante la Corte de Justicia de la Provincia.

Art. 105.- En ningún caso el juicio político podrá durar más de cuatro (4) meses. El Concejo Deliberante podrá prorrogar sus sesiones para terminar el juicio político dentro del plazo establecido. Vencido el término sin haber recaído resolución, se operará la caducidad del juicio político.

El procedimiento del juicio político se reglamentará mediante Ordenanza, debiéndose garantizar el derecho de defensa

Atribuciones y deberes del Intendente

            Art. 106.- Serán atribuciones y deberes del Intendente:

  1. Representar al Estado Municipal, ejercer su administración, fomentar y dirigir políticas.
  2. Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, y reglamentarlas si correspondiere.
  3. Emitir resoluciones y ordenanzas ad-referéndum que hagan a todos los actos y a la mejor organización y funcionamiento del Departamento Ejecutivo, publicarlos en el Boletín Oficial Municipal y comunicarlos al Concejo Deliberante y los organismos que corresponda.
  4. Presentar proyectos de ordenanzas, proponer la modificación y derogación de las existentes y vetarlas.
  5. Concurrir a las sesiones del Concejo Deliberante por sí o por medio de sus secretarios, tomando parte de las deliberaciones sin derecho a voto.
  6. Cada año, en la primera sesión ordinaria del Concejo Deliberante, informará sobre el estado general y memoria del Municipio.
  7. Convocar al Concejo Deliberante a sesiones extraordinarias cuando por razones de gravedad, de urgencia o de interés público así lo exijan, o cuando el cuerpo legislativo lo solicite.
  8. Asumir la defensa de la autonomía municipal.
  9. Actuar en juicio o por apoderados letrados, en representación del Municipio.
  10. Hacer conocer al Concejo Deliberante y demás órganos de contralor los informes que éstos les soliciten, dentro del plazo que estipulen. El incumplimiento de esta obligación configura una falta grave.
  11. Nombrar y remover los funcionarios a su cargo.
  12. Las Secretarías del Departamento Ejecutivo estarán a cargo de funcionarios que serán nombrados y removidos por el Intendente.
  13. Ningún funcionario o agente municipal podrá representar, gestionar, patrocinar o mantener intereses contrarios al Municipio, bajo pena de exoneración.
  14. El Tesorero será propuesto por el Intendente y nombrado con el acuerdo de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante.
  15. Dictar normas de estructuración, control y organización funcional de los departamentos bajo su dependencia y resolver acerca de la coordinación de los funcionarios.
  16. Organizar el Archivo Municipal y velar por la conservación de la documentación y expedientes confiados bajo condiciones de seguridad, debidamente clasificada por procedencia, ordenada y descripta para un servicio eficiente de información y control.
  17. Conocer originalmente, o por vía de recursos, y resolver en las causas o reclamos administrativos.
  18. Ejercer el poder de Policía Municipal cuando las situaciones lo requieran a fin de garantizar el orden público.
  19. Otorgar permisos y habilitaciones y ejercer el control de las actividades industriales y comerciales de acuerdo a las ordenanzas y leyes en vigencia.
  20. Depositar mensualmente en una cuenta especial, el importe correspondiente al presupuesto anual del Concejo Deliberante.
  21. Presentar al Concejo Deliberante antes del 30 de noviembre de cada año el proyecto de presupuesto general de gastos y recursos con el plan de obras públicas para el ejercicio siguiente y el proyecto de Ordenanza impositiva.
  22. Presentar dentro del primer trimestre del año la ejecución presupuestaria del ejercicio vencido. La misma ejecución debe remitirse a los Organismos de Contralor antes del 30 de junio de cada año.
  23. Hacer recaudar los tributos y rentas que correspondan al Municipio.
  24. Convenir con el Estado nacional y provincial, la percepción de tributos.
  25. Organizar y editar el Boletín Oficial Municipal.
  26. Publicar en el Boletín Oficial Municipal un resumen trimestral del estado de la Tesorería, ejecución del presupuesto, endeudamiento, altas y bajas del personal y de gestión y elevarlo al Concejo Deliberante.
  27. Expedir órdenes de pago.
  28. Formar y conservar el inventario de todos los bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad.
  29. Celebrar contratos de acuerdo a las autorizaciones expedidas por el Concejo Deliberante.
  30. Aceptar o denegar donaciones y legados sin cargo efectuados al Municipio y con acuerdo del Concejo Deliberante cuando fueren con cargo.
  31. Aplicar las políticas especiales que establece la presente Ley, de conformidad con lo que dispusieren las Ordenanzas respectivas, en su caso.
  32. Promover la forestación con especies autóctonas en el radio municipal.
  33. Recopilar y numerar las ordenanzas, decretos, resoluciones y reglamentos municipales y compilarlos.
  34. Realizar censos, conforme a las ordenanzas que al efecto se dicten.
  35. Aplicar las restricciones y servidumbres públicas al dominio privado, que autoricen leyes y ordenanzas.
  36. Elevar a la Corte de Justicia una terna con acuerdo del Concejo Deliberante para la designación del Juez de Paz.
  37. Elaborar planes de saneamiento, preservación y conservación del ambiente, recursos naturales y salubridad e higiene.
  38. Ejercer las demás facultades autorizadas por la presente Ley y que corresponden a la función del Municipio.

Secretarías

Art. 107.- Las Secretarías del Departamento Ejecutivo son establecidas por Ordenanza, cuya iniciativa corresponde al Intendente. Los Secretarios son nombrados y removidos por el Intendente, rigiendo respecto a ellos las mismas condiciones, inhabilidades e incompatibilidades que para los Concejales, con excepción de lo referido a la residencia.

Juramento. Declaración patrimonial

Art. 108.- Los Secretarios, al aceptar el cargo, juran ante el Intendente, debiendo realizar declaración jurada patrimonial al ingreso y egreso de la función y ambas se incorporarán al registro del Concejo Deliberante.

Refrendo. Responsabilidad

Art. 109.- Cada Secretario, en el ámbito de su competencia, refrenda los actos del Intendente, sin cuyo requisito carecen de validez. Son solidariamente responsables de esos actos y tienen el deber de excusarse en todo asunto en el que fueren parte interesada. Pueden, por sí solos, tomar las resoluciones que las ordenanzas autoricen de acuerdo con su competencia, y en aquellas materias administrativas que el Intendente les delegue expresamente, con arreglo a esta Ley. Deben asistir obligatoriamente al Concejo Deliberante cuando sean requeridos y elevar toda información que aquel cuerpo les solicite en el tiempo que él fije. El incumplimiento es causal de mal desempeño en sus funciones.

Delegaciones municipales

Art. 110.- El Municipio podrá establecer Delegaciones municipales en las concentraciones poblacionales de su jurisdicción.

Atribuciones

Art. 111.- Una ordenanza dictada a tal fin regulará la constitución, atribuciones y funcionamiento de las Delegaciones municipales, las que están a cargo de un delegado.

El Intendente, con acuerdo del Concejo Deliberante designará a los delegados en cualquier tiempo y no están incluidos en la carrera administrativa municipal.

El Intendente remueve a los delegados por sí mismo.

Asesores

Art. 112.- Los asesores del Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo, en sus respectivas órbitas, durarán en la función hasta que expire el mandato de quien lo designó. Podrán ser designados y removidos en cualquier tiempo y no están incluidos en la carrera administrativa municipal.

TÍTULO IX

FORMACIÓN Y SANCIÓN DE LAS ORDENANZAS

Iniciativa

Art. 113.- Las Ordenanzas tendrán origen en proyectos presentados por miembros o comisiones del Concejo Deliberante, por el Departamento Ejecutivo o por cualquier ciudadano en ejercicio del derecho de iniciativa popular. Será de competencia del Intendente en forma exclusiva, la iniciativa sobre organización de las secretarías de su dependencia y el proyecto de presupuesto.

Para la sanción de una ordenanza se empleará la fórmula: “El Concejo Deliberante del Municipio Profesor Salvador Mazza sanciona con fuerza de ordenanza…”, además de contener por escrito los fundamentos de la parte resolutiva.

Aprobación. Observación

Art. 114.- Aprobado y sancionado el proyecto de Ordenanza por el Concejo Deliberante, pasará al Departamento Ejecutivo para su examen, veto o promulgación y publicación. Se considera aprobado todo proyecto no vetado en el plazo de diez (10) días hábiles.

Doble lectura

Art. 115.- Se requerirá doble lectura en las Ordenanzas que versen sobre:

  1. Privatizar obras, servicios y funciones del Municipio.
  2. Municipalizar obras y servicios.
  3. Crear entidades descentralizadas y autárquicas.
  4. Otorgar el uso continuado y exclusivo de bienes de dominio público del Municipio.
  5. Crear empresas municipales y de economía mixta.
  6. Aprobar los pliegos de bases y condiciones para la concesión de servicios públicos.
  7. Crear nuevos tributos o aumentar los existentes.
  8. Contraer empréstitos y créditos públicos por más de cuatro (4) años.
  9. Otorgar la autorización para la concesión de obras públicas por más de quince (15) años.
  10. Otorgar la autorización para la concesión de servicios públicos por más de diez (10) años.

Entre la primera y segunda lectura debe mediar un plazo no menor de quince (15) días corridos, en el que el Concejo Deliberante debe dar amplia difusión al proyecto y realizar al menos una audiencia pública, teniendo especial cuidado de invitar a las personas y entidades interesadas en su discusión.

Para la aprobación de los supuestos mencionados se requiere que en ambas lecturas el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo Deliberante.

Veto

Art. 116.- Vetado un proyecto en todo o en parte, volverá con sus observaciones al Concejo Deliberante, que lo tratará nuevamente dentro del plazo de 45 días corridos de su recepción. Si el cuerpo rechaza el veto y las observaciones, deberá confirmar su insistencia con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes. Si aceptare las observaciones, sólo se requerirá para su aprobación la mayoría absoluta de los miembros presentes. En ambos casos, el proyecto de Ordenanza pasa nuevamente al Departamento Ejecutivo para su promulgación y publicación.

Insistencia

Art. 117.- Los proyectos de ordenanzas vetadas que para su sanción hubieren necesitado el voto afirmativo de las dos terceras partes del Concejo Deliberante, deberán insistirse con idéntica mayoría.

Vetada en parte una ordenanza por el Departamento Ejecutivo, éste sólo puede promulgar y publicar la parte no vetada, siempre y cuando ella tuviere autonomía normativa y no afectare la unidad del proyecto.

Ordenanza ad-referéndum

Art. 118.- En situaciones de extrema urgencia que resulten de catástrofes, desastres naturales, emergencias sanitarias y otras similares que no permitan dilaciones, el Intendente podrá dictar Ordenanza ad-referéndum del Concejo Deliberante y comunicarlas a éste dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de ser dictadas.

El Concejo Deliberante las considerará dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos, a partir de la recepción, al vencimiento de este término, sin ser tratada queda automáticamente aprobada. Si el Concejo Deliberante estuviere en receso, se convocará de inmediato a sesión extraordinaria bajo apercibimiento de perder su eficacia en forma automática.

Ordenanza. Vigencia. Numeración

Art. 119.- Sancionada y promulgada una Ordenanza, se anotará correlativamente indicando el año en un registro especial llevado al efecto y denominado registro oficial de ordenanzas, el cual será confeccionado por el Departamento Ejecutivo. Dicho registro es de consulta pública.

Las Ordenanzas promulgadas, registradas y numeradas, serán obligatorias con posterioridad a su publicación en el Boletín Oficial Municipal y desde el día en que ellas lo determinen. Si no contaren en su texto con tal determinación, será obligatorio su cumplimiento después del octavo día de su publicación y tendrán carácter imperativo para todos los habitantes del Municipio.

TÍTULO X

ÓRGANOS DE CONTROL Y GESTIÓN

CAPÍTULO I

TRIBUNAL DE CUENTAS

Designación

Art. 120.- El Tribunal de Cuentas estará integrado por tres miembros. Para su designación el Departamento Ejecutivo convocará a la presentación de antecedentes de los postulantes, que luego de ser evaluados y seleccionados serán designados por propuesta del mismo con el acuerdo de las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo Deliberante. El procedimiento aplicado deberá asegurar la idoneidad y la igualdad de oportunidades.

Art. 121.- Los miembros del Tribunal de Cuentas permanecerán cinco (5) años en sus cargos, y podrán ser nuevamente designados.

Art. 122.- El Tribunal de Cuentas se constituye por sí mismo y sus miembros prestarán juramento ante el Concejo Deliberante. El Presidente será designado por sorteo entre sus miembros y durará dos (2) años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelecto.

Art. 123.- Los miembros del Tribunal de Cuentas no podrán ser removidos mientras dure su buena conducta y buen desempeño en su cargo. Sólo podrán ser removidos, por iguales causas que el Intendente y con el voto favorable de los dos tercios del total de miembros del Concejo Deliberante.

Art. 124.- Los miembros del Tribunal de Cuentas gozarán de una remuneración que no podrá ser inferior a la de los Concejales.

Art. 125.- Regirán para los miembros del Tribunal de Cuentas las mismas inhabilidades e incompatibilidades establecidas para los Concejales en esta Carta Orgánica Municipal.

Competencia

Art. 126.- El Tribunal de Cuentas ejercerá el control externo, previo y concomitante de la gestión económica, financiera, patrimonial y de gestión de la Hacienda Pública Municipal.

Requisitos

Art. 127.- Para ser miembro del Tribunal de Cuentas, serán necesarios los siguientes requisitos:

  1. Ser abogado, contador público nacional o graduado con título universitario que asegure idéntica idoneidad, debiendo haber por lo menos uno de cada profesión.
  2. Debe tener tres (3) años en el ejercicio de la profesión.
  3. Tener dos (2) años de residencia inmediata anterior en el Municipio Profesor Salvador Mazza.
  4. Los mismos requisitos que para ser Concejal.
  5. En caso que no existiera postulante que resida en el Municipio, el Departamento Ejecutivo tendrá la facultad de llamar a concurso público para cubrir dichas vacantes.

Atribuciones

Art. 128.- Serán atribuciones del Tribunal de Cuentas:

  1. Revisar las cuentas de la administración.
  2. Ejercer el control externo de la Hacienda Municipal, entes descentralizados, empresas públicas, haciendas paraestatales, Sociedades del Estado o con participación estatal y beneficiarios de aportes y subsidios.
  3. Entender en forma obligatoria en los juicios de cuentas y de responsabilidad, con las modalidades y recursos y en los casos que establezca la Ordenanza.
  4. Proponer al Concejo Deliberante su propio presupuesto estableciendo para el manejo de sus fondos una cuenta bancaria.
  5. El personal será designado por el Intendente, a propuesta del Tribunal y será incorporado a la carrera administrativa de conformidad con la organización que se determine.
  6. Dictaminar con carácter previo en las transacciones patrimoniales administrativas que realizará la Municipalidad y en las judiciales que revistieran importancia.
  7. Dictaminar ante el Concejo Deliberante sobre la inversión de la Renta Municipal.
  8. Elevar anualmente al Concejo Deliberante conjuntamente con el balance anual, un informe sobre la situación administrativa y contable de las distintas áreas de la Municipalidad.
  9. Si surgiere un hecho que pudiera ser ilícito, el dictamen deberá ser remitido a la autoridad judicial competente e informe de la misma al Concejo Deliberante.
  10. Formular dentro del plazo de veinte (20) días hábiles, sus observaciones a los actos administrativos que se refieran a la hacienda pública. Los actos observados deben ser insistidos dentro del término de sesenta (60) días hábiles y en tal caso, las observaciones se publican en el Boletín Oficial Municipal.

Art. 129.- El Tribunal de Cuentas podrá requerir de cualquier oficina o institución municipal, los datos e informaciones que necesitare para llenar su cometido, como también exigir la presentación de libros, expedientes y documentos.

Art. 130.- El funcionamiento del Tribunal de Cuentas se regirá por la Ordenanza que al efecto dictará el Concejo Deliberante.

Emisión de dictamen

Art. 131.- El Tribunal de Cuentas elevará sus dictámenes técnicos periódicamente al Concejo Deliberante, tal como lo determine la Ordenanza respectiva y a pedido de éste, cuando sea requerido.

Art. 132.- Todo lo dispuesto anteriormente no debe entenderse como óbice de la actuación de la  Auditoría General de la Provincia de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la Provincia de Salta.

CAPÍTULO II

JUZGADO ADMINISTRATIVO DE FALTAS

Competencias

Art. 133.- El Juzgado Administrativo de Faltas entenderá en el juzgamiento de las faltas, infracciones y contravenciones a las disposiciones municipales, provinciales y nacionales, cuya aplicación compete al Municipio, aplicando las sanciones legales del caso con sujeción a las normas constitucionales en la materia.

Designación

Art. 134.- El Juzgado Administrativo de Faltas será unipersonal. El Juez de Faltas será propuesto por el Intendente, requiriendo el acuerdo del Concejo Deliberante con el voto de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros. Durará cinco (5) años en sus funciones, pudiendo ser designado nuevamente.

Requisitos

Art. 135.- Para ser Juez de Faltas se requiere:

  1. Ser argentino nativo o naturalizado, con cinco (5) años de ejercicio de la ciudadanía, dos (2) años de residencia inmediata anterior en el Municipio, y título universitario de Abogado, con tres (3) años de ejercicio de la profesión como mínimo.
  2. No tener antecedentes que lo inhabiliten moral o penalmente.
  3. Tiene las mismas inhabilidades que las establecidas para el Intendente.
  4. En caso que no existiera postulante que resida en el Municipio, el Intendente tendrá la facultad de llamar a concurso público para cubrir dicha vacante.

Nombramiento del personal a cargo

Art. 136.- El personal del Juzgado Administrativo de Faltas será designado por el Intendente, a propuesta del Juez y será incorporado a la carrera administrativa de conformidad con la organización que se determine.

Remoción

Art. 137.- El Juez Administrativo de Faltas podrá ser removido por el Concejo Deliberante por juicio político, de acuerdo con Ordenanza y por las siguientes causas: retardo de justicia, desorden de conducta, negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones, comisión de delitos dolosos, ineptitud y violaciones sobre incompatibilidades. Se requiere el voto favorable de las dos terceras parte del total de los miembros del Concejo Deliberante.

Régimen de funcionamiento

Art. 138.- Por ordenanza se determinará su funcionamiento respetando los siguientes principios: El procedimiento será oral, público e informal, garantizando el debido proceso y las resoluciones definitivas serán apelables ante la justicia ordinaria, estableciéndose el monto para su procedencia.

CAPÍTULO III

PROCURACIÓN MUNICIPAL

Carácter

Art. 139.- El Procurador Municipal será el asesor letrado encargado de defender el patrimonio del Municipio y de velar por la legalidad y legitimidad de los actos administrativos y en todos aquellos que afecten intereses y bienes del Municipio.

Designación y remoción

Art. 140.- El Procurador Municipal será  propuesto por el Intendente con acuerdo del Concejo Deliberante, podrá ser removido en cualquier momento por decisión del Intendente.

Requisitos

Art. 141.- Para ser designado Procurador Municipal se requerirá ser argentino, poseer título de abogado con validez nacional y tener no menos de tres (3) años en el ejercicio de la profesión.

Incompatibilidades

Art. 142.- El Procurador Municipal tendrá las mismas incompatibilidades que los Concejales.

Funciones

Art. 143.- El funcionamiento de la Procuración Municipal debe ser establecido por Ordenanza. Sin perjuicio de ello, son funciones de la Procuración Municipal:

  1. Brindar asesoramiento jurídico al Departamento Ejecutivo y al Concejo Deliberante.
  2. Intervenir como parte necesaria en todo asunto en que el Municipio sea parte o en que sus intereses sean objeto de controversia.
  3. Participar obligatoriamente en las licitaciones públicas y en las contrataciones directas, para dictaminar o realizar las observaciones que considere necesarias.
  4. Emitir dictamen fundado en toda transacción o acuerdo de pago sobre deudas o créditos que deba cobrar o abonar el Municipio.

CAPÍTULO IV

OFICINA ANTICORRUPCION

Carácter

Art. 144.- La Oficina Anticorrupción examinará la integridad de la Administración Pública  Municipal centralizada, descentralizada, empresas, sociedades y todo otro ente público o privado con participación del estado municipal o que tengan como recurso el aporte estatal, a través de políticas, investigaciones y parámetros de transparencia para el ejercicio ético de la gestión municipal, generando una mayor participación ciudadana.

Designación

Art. 145.- La Oficina Anticorrupción estará a cargo de un coordinador o coordinadora que será propuesto por el Departamento Ejecutivo y aprobado por las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo Deliberante.

Requisitos

Art. 146.- Para ser designado como coordinador o coordinadora deberá reunir las siguientes condiciones:

  1. Ser abogado/a.
  2. No encontrarse inhibido, ni concursado, ni tener condenas penales por delitos dolosos o procesamiento penal firme por iguales delitos, ni haber sido objeto de sanciones administrativas que hayan culminado en cesantía o exoneración, ni inhabilitaciones profesionales.
  3. Ser mayor de treinta (30) años de edad.
  4. Ser argentino nativo o naturalizado.
  5. Tener no menos de seis (6) años en el ejercicio de la profesión de abogado o idéntica antigüedad profesional en el Ministerio Público o en el Poder Judicial.

Responsabilidades de los funcionarios

Art. 147.- Los funcionarios y empleados son responsables por los daños que ocasionen.

 

Incompatibilidades

Art. 148.- El Coordinador de la Oficina Anticorrupción no podrá ejercer en las funciones públicas ni desempeñar cargos políticos partidarios. Además de tener las mismas incompatibilidades que los concejales.

Duración

Art. 149.- El coordinador de la Oficina Anticorrupción permanecerá cinco (5) años en el ejercicio de  sus funciones y podrá ser nuevamente designado por única vez. No podrán ser removidos mientras dure su buena conducta y el buen desempeño en su cargo. Podrá ser removido por las mismas causales que el Intendente y en caso de remoción se deberá contar con las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo Deliberante.

Funciones

Art. 150.- La Oficina Anticorrupción tendrá como función:

  1. Recibir denuncias que hicieran particulares o agentes públicos que se relacionen con su objeto.
  2. Disponer las acciones necesarias tendientes al análisis y evaluación de los hechos que a priori aparecieran como delictivos, contrarios a la ética y/o el ejercicio de la función pública.
  3. Investigar preliminarmente a los agentes, instituciones o demás entes públicos o privados a los que se atribuya la comisión de alguno de los hechos indicados en el inciso anterior, en caso de sospecha razonable sobre irregularidades en la administración de los mencionados recursos.
  4. Llevar el registro de las declaraciones juradas de los funcionarios públicos. Evaluar y controlar el contenido de las declaraciones juradas y las situaciones que pudieran constituir enriquecimiento ilícito o incompatibilidad en el ejercicio de la función, sin perjuicio de lo establecido en la legislación provincial vigente.
  5. Denunciar ante la justicia competente los hechos que como consecuencia de las investigaciones practicadas pudiera constituir delito y constituirse en parte querellante en los procesos en que se encuentre afectado el patrimonio municipal dentro del ámbito de su competencia.
  6. Elaborar programas de prevención de la corrupción y de promoción de la transparencia en la gestión pública.
  7. Evaluar, en el ámbito de sus funciones, la información que difundan los medios de prensa, relacionada con la existencia de hechos irregulares e ilícitos en el marco del ejercicio de la actividad administrativa, e iniciar en caso de corresponder, las acciones pertinentes.
  8. Cuando de la investigación practicada resulte la existencia de presuntas transgresiones a normas administrativas, las actuaciones pasarán con dictamen fundado al Concejo Deliberante y al funcionario de mayor jerarquía administrativa del área de que se trate, de conformidad con las competencias asignadas por el Reglamento de Investigaciones Administrativas. En ambas circunstancias, las actuaciones servirán de cabeza del sumario que deberá ser instruido por las autoridades correspondientes.

Art. 151.- El ejercicio de las funciones, competencias y autonomía de la Oficina Anticorrupción deberá ser reglamentado por ordenanza.

CAPÍTULO V

DEFENSOR DEL PUEBLO

Designación

Art. 152.- El Defensor del Pueblo será propuesto y designado por el voto favorable de las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo Deliberante.

Creación. Funciones

Art. 153.- La Defensoría del Pueblo es un órgano unipersonal e independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera. Su función es defender, proteger y promover los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses individuales, colectivos y difusos, tutelados por la Constitución Nacional, Provincial y esta Carta Orgánica.

Art. 154.- El Defensor del Pueblo, puede ser asistido por Adjuntos cuyo número, áreas, funciones específicas y forma de designación serán establecidas por ordenanza. Tendrá legitimidad procesal para actuar y no recibirá instrucciones respecto a su intervención de autoridad alguna.

Por Ordenanza se reglamentará el procedimiento de selección, actuación, incompatibilidades, duración del mandato, remoción y remuneración.

CAPÍTULO VI

SEGURIDAD CIUDADANA

Seguridad Ciudadana

Art. 155.- El Municipio establecerá planes, programas, proyectos y acciones de seguridad que podrán coordinarse con aquellos del Gobierno Nacional y Provincial y entidades comunitarias, especialmente referidos a:

  1. La Seguridad Pública: Defensa y protección de los ciudadanos y sus bienes.
  2. La Seguridad Vial: Organización y control de la circulación vehicular y peatonal en general y el transporte público en particular, en vehículos habilitados para tal efecto.
  3. La Defensa Civil: Prevención, asistencia, reconstrucción y rehabilitación de servicios en situaciones de emergencias y catástrofes colectivas.

Art. 156.- El Municipio instará a la implementación de un centro de monitoreo que atienda llamadas de emergencia que incluya circuitos de cámaras de vigilancia, alumbrado público con sensores inteligentes, gestión de emergencias del cuerpo de bomberos voluntarios y otros recursos tecnológicos que estén al servicio de las necesidades de la población.

Seguridad Pública

Art. 157.- El Municipio implementará acciones preventivas o correctivas destinadas a la seguridad y protección de sus habitantes. El Municipio instará al cumplimiento de las leyes vigentes vinculadas al funcionamiento de:

  1. Espectáculos públicos.
  2. Locales bailables.
  3. Bares y confiterías.
  4. Expendio de bebidas alcohólicas.
  5. Regulación de la habilitación de lugares donde se lleven a cabo espectáculos públicos de realización habitual o esporádica.
  6. Recolección de residuos patológicos.

Art. 158.- El Departamento Ejecutivo podrá designar un Cuerpo de inspectores, con el auxilio de las fuerzas públicas y estarán facultados para labrar actas de constatación y en casos necesarios actas de infracción, que serán elevadas al Juzgado Administrativo de Faltas.

Seguridad Vial

Art. 159.- El Municipio, a través del Concejo Deliberante, dictará el Código Municipal de tránsito vehicular y peatonal, de acuerdo con las normas vigentes a nivel nacional y provincial y controlará el cumplimiento de las mismas, ejerciendo el poder de Policía Municipal, con la participación de la autoridad de aplicación nacional y provincial a través de la firma de convenios de cooperación.

Convenios Interjurisdiccionales

Art. 160.- El Municipio favorecerá la firma de convenios interjurisdiccionales con la Nación y la Provincia para que en los tramos de las rutas nacionales y provinciales que atraviesen la zona urbana y/o el ejido municipal, puedan aplicarse las normas de tránsito municipales. El Municipio controlará la calidad y la seguridad de la prestación del servicio de transporte de pasajeros dentro del ejido municipal y aplicará las sanciones que sean verificadas.

Defensa Civil. Comité Operativo de Emergencia

Art. 161.- El Municipio creará el Comité Operativo de Emergencia que tendrá a su cargo la planificación, organización, promoción, coordinación, control y dirección de la prestación de los servicios de seguridad, asistencia directa y protección de los habitantes en situaciones de emergencia o catástrofe.

Reglamentación

Art. 162.- Una Ordenanza refrendará los lineamientos y establecerá las normas de funcionamiento del Comité Operativo de Emergencia.

TÍTULO XI

REFORMA DE LA CARTA MUNICIPAL

Art. 163.- Esta Carta podrá reformarse total o parcialmente por una Convención  Municipal convocada al efecto. La necesidad de reforma debe ser declarada con el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo Deliberante. La declaración de necesidad de la reforma no puede ser vetada por el Departamento Ejecutivo.

Art. 164.– Disposiciones Transitorias

PRIMERA: Se derogan todas las disposiciones que se opongan a esta Carta Orgánica, a cuyos principios se ajustará la aplicación de aquellas que se mantengan en vigencia, a excepción de aquellas que dispongan o adhieran a las emergencias económicas del sector público establecidas por el gobierno nacional y por la provincia de Salta como a los regímenes de consolidación, reprogramación o cancelación de deudas públicas. Todas las normas necesarias para adecuar el funcionamiento de las instituciones a esta Carta Municipal se dictarán en el plazo de dos años, contados a partir de su promulgación. Hasta que ello ocurra, continúan vigentes las actuales normas que no se opongan a esta Carta.

SEGUNDA: El Gobierno Municipal obligatoriamente dará la más amplia y diligente difusión a esta Carta Orgánica en la población con especial atención a los establecimientos educativos. Para ello dispondrá la impresión de 500 ejemplares dentro de los 90 días de su sanción.

TERCERA: Todas las normas de organización previstas en esta Carta Orgánica deberán ser sancionadas en el plazo de un (1) año a contar desde su vigencia. El incumplimiento que incurriera cualquiera de sus órganos será considerado mal desempeño en sus funciones a los fines pertinentes.

CUARTA: El Concejo Deliberante sancionará la Ordenanza relativa a la creación y funcionamiento del Boletín Oficial Municipal en el término de un (1) año.

QUINTA: Para la integración, nombramiento, puesta en funcionamiento del Tribunal de Cuentas, la Oficina Anticorrupción, el Juzgado Administrativo de Faltas y el Defensor del Pueblo estatuidos en esta Carta Orgánica deberá dictarse una ordenanza la cual deberá contemplar la situación económica financiera del Municipio para hacer operativa cada actividad.

SEXTA: El Concejo Deliberante deberá:

  1.  Abrogar las Ordenanzas contrarias a esta Carta.
  2.  Adecuar las existentes a los preceptos de esta Carta.
  3.  Reenumerar en un digesto la selección renovada de ordenanzas.

SÉPTIMA: Las disposiciones transitorias serán suprimidas de esta Carta y perderán vigencia a medida que se les dé cumplimiento.

 

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, en Sesión del día dieciocho del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

4

Expte. Nº 90-27.463/18

Autores del proyecto: señores Legisladores Senadores Roberto Gramaglia, Diego Pérez, Alfredo Sanguino, Ernesto Gómez y Diputado Antonio Otero.

 

Resolución Nº 308

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

Artículo 1º.- En virtud de los establecido en los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento interno de este Cuerpo, solicitar al señor Jefe de Gabinete de Ministros y por su intermedio al señor Ministro de Salud Pública, informe en un plazo de 10 (diez) días lo siguiente:

  1. Si en el territorio de la provincia de Salta en el transcurso de los años 2016, 2017 y el presente, se detectaron en el departamento Metán y Anta, casos de Rickettsiosis, enfermedad infecciosa trasmitida por la picadura de garrapata.
  2. De ser afirmativo, cantidad y si se produjeron defunciones en la población infanto-juvenil y adulta, en la jurisdicción de los departamentos de Metán y Anta.
  3. Procedimientos Sanitarios en el Área Operativa Sur, llevados a cabo por la Dirección de Epidemiología, organismo facultado para confirmar o descartar dicha enfermedad.

Art. 2°.- Comunicar, Registrar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

5

Expte. Nº 90-27.466/18

Autores del proyecto: señoras Senadoras Silvina Abilés y María Laura de la Zerda y señores Senadores Ernesto Gómez, Walter Cruz, Walter Abán, Dani Nolasco, Alfredo Sanguino, Cástulo Yanque, Carlos Rosso, Jorge Soto, Esteban D´Andrea, Roberto Gramaglia, Roberto Vásquez y Diego Pérez.

Resolución Nº 309

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

Artículo 1º.- En virtud de lo establecido en los artículos 116º de la Constitución Provincial y 149º del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Jefe de Gabinete de Ministros, y por su intermedio al Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, informe en un plazo de 15 (quince) días lo siguiente:

ASUNTO: “MINISTERIO DE ASUNTOS INDÍGENAS Y DESARROLLO SOCIAL” PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS – PERIODO ENERO 2018 – SEPTIEMBRE 2018.

  • Comedores Infantiles – Centro de desarrollo Infantil:
  1. Listado de Municipios que reciben los fondos, con detalle del total anual presupuestado y del monto efectivamente transferido a cada Municipio, en el período de referencia.
  2. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios del programa.
  • Nutrivínculo – Comedores Infantiles – Comer en Familia:
  1. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios.
  2. Informe el detalle del presupuesto anual y de los montos efectivamente erogados en el periodo de referencia.
  3. Principales Proveedores del Programa discriminados por Razón Social y montos pagados desde enero a septiembre del corriente año.
  • Pensiones no Contributivas:
  1. Listado de Beneficiarios con nombre, apellido, domicilio y montos cobrados por cada beneficiario.
  • Pan Casero:
  1. Listado de Municipios que reciben los fondos, con detalle del total anual presupuestado y del monto efectivamente transferido a cada Municipio. (ver período de referencia)
  2. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios del programa.
  • Tarjeta Social / Mod. Alim. (AIPAS) / Abordaje Integral de Políticas Alimentarias Salta:
  1. Cantidad de familias beneficiadas.
  2. Cantidad de Tarjetas vigentes, detalles de los titulares.
  3. Informe el detalle del presupuesto anual y de los montos efectivamente erogados en el periodo de referencia.
  4. Principales Proveedores del Programa discriminados por Razón Social y montos pagados desde enero a septiembre del corriente año.
  • Abordaje Integral de Políticas Alimentarias Salta (AIPAS):
  1. Informe el monto del presupuesto anual comprometido por Nación.
  2. Informe los montos efectivamente girados por Nación.
  3. Informe en que conceptos o cuentas se invirtieron los montos recibidos
  4. Informe cualquier otra característica especial de la línea de financiamiento de Nación.
  • Asistencia Crítica:
  1. Listado de Municipios que reciben los fondos, con detalle del total anual presupuestado y del monto efectivamente transferido a cada Municipio. (ver período de referencia)
  2. Ponga a disposición el padrón de beneficiarios del programa.
  • Registro Provincial de Pequeños Productores Agropecuarios y Familias Rurales:
  1. Informe si se organizó el registro.
  2. En caso de estar organizado ponga a disposición el Registro de los productores y familias registradas, con el detalle de su ubicación geográfica y las situaciones conflicto por la titularidad de la tierra detectadas.
  3. Asimismo, brinde información del personal afectado para la confección del registro.
  4. Relevamiento de comunidades conforme Ley Provincial y Ley 26.160 y prórrogas.
  • Proyecto de Asesorías Jurídicas y Catastrales a Familias Rurales:
  1. Informe el detalle de los beneficiarios de las Capacitaciones y Asesorías realizadas, con nombre, apellido y ubicación geográfica.
  2. Informe asimismo el monto presupuestado para el 2018 y el efectivamente erogado para el desarrollo de este proyecto.
  3. Listado de Profesionales afectados.

Art. 2°.- Comunicar, Registrar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

6

Expte. Nº 90-27.449/18

Autores del proyecto: señores Legisladores Senador Carlos Rosso y Diputado Juan Fernández.

Resolución Nº 310

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara de Senadores la 19º Edición del “Biatlón Jorge Chorita Pérez” a llevarse a cabo el día 28 de octubre del corriente año, en la localidad de El Bordo, departamento General Güemes.

Art. 2°.- Comunicar, Registrar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

7

Expte. Nº 90-27.465/18

Autor del proyecto: señor Senador Ernesto Ángel Gómez.

Resolución Nº 311

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara de Senadores la celebración de los actos y festejos de la Fiesta Patronal en honor a San Martín de Porres, a realizarse el día 3 de noviembre del corriente año en la localidad de Salta Forestal, departamento Anta.

Art. 2°.- Comunicar, Registrar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

8

Expte. Nº 90-27.468/18

Autora del proyecto: señora Senadora María Laura de la Zerda.

Resolución Nº 312

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara de Senadores la actividad cultural y académica denominada Homenajes VII “Mujeres y Hombres de la Cultura de Salta”, organizado por los Amigos del Arte y la Cultura de Salta “José Juan Botelli”, a realizarse el día 2 de noviembre en la Casa de la Cultura “Sala Mecano” de la ciudad de Salta, el 9 de noviembre en la Sala “Sara San Martín de Dávalos”, de la ciudad de San José de los Cerrillos y el 16 de noviembre del corriente año en el Cine Teatro Municipal de la ciudad de Cafayate.

Art. 2°.- Comunicar, Registrar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

9

Expte. Nº 90-27.284/18

Autor del proyecto: señor Senador José Antonio Ibarra.

Resolución Nº 313

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el “2º Encuentro Provincial de Diabetes”, que se realizará en la localidad de Guachipas el 16 de noviembre del corriente año, organizado por el Hospital de Guachipas y A.O. XXXVII.

Art. 2°.- Comunicar, Registrar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

10

Expte. Nº 90-27.326/18

Autor del proyecto: señor Senador José Antonio Ibarra.

Resolución Nº 314

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

Artículo 1º.- Declarar de Interés del Senado los “XII Juegos Argentinos y IX Latinoamericanos para Trasplantados Salta 2018”, organizados por la Asociación de Deportistas Trasplantados de la República Argentina (ADETRA), que se realizarán desde el 30 de octubre al 4 de noviembre del presente año en la ciudad de Salta, departamento Capital.

Art. 2°.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

11

Resolución Nº 315

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante las Resoluciones de Presidencia Nº 195 y 196/18.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

12

Expte. Nº 90-27.385/18

Autores del proyecto: señores Legisladores Senador Roberto Gramaglia y Diputado Antonio Otero.

Declaración Nº 325

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2019, la provisión de una ambulancia destinada al “Hospital del Carmen” de la ciudad de San José de Metán, Área Operativa XIX.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los once días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

 

13

Expte. Nº 90-27.376/18

Autora del proyecto: señora Senadora  María Laura de la Zerda

Declaración Nº 326

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, arbitre los medios necesarios para que se incluya en el Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2019, la creación, construcción y funcionamiento de un Destacamento Policial en el nuevo Barrio “Los Paraísos”, en la ciudad de San José de los Cerrillos, Departamento homónimo.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

 

14

Expte. Nº 90-27.341/18

Autores del proyecto: señores Legisladores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero.

Declaración Nº 327

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio  2019, la obra: “Construcción II Etapa Hospital del Carmen”, de la ciudad de San José de Metán, Departamento homónimo.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

15

Expte. Nº 90-27.370/18

Autor del proyecto: señor Senador Martín Felipe Arjona.

Declaración Nº 328

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2019, la Ampliación de la Red de Agua Potable y Cloacas en el Barrio Alto Molino (Barrio Viejo hacia el fondo), de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

16

Expte. Nº 90-27.371/18

Autor del proyecto: señor Senador Martín Felipe Arjona.

Declaración Nº 329

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2019, la construcción de un Hogar de Ancianos en la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

17

Expte. Nº 90-27.372/18

Autor del proyecto: señor Senador Martín Felipe Arjona.

Declaración Nº 330

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la Ampliación de la Red Cloacal en el Barrio Chañarcito, de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

 

18

Expte. Nº 90-27.373/18

Autor del proyecto: señor Senador Martín Felipe Arjona.

Declaración Nº 331

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la construcción de un Salón Comedor en la Unidad Educativa Nº 4.564, Domingo Faustino Sarmiento, de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

 

19

Expte. Nº 90-27.374/18

Autor del proyecto: señor Senador Martín Felipe Arjona.

Declaración Nº 332

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la construcción de un edificio para el Colegio Secundario Nº 5.193 en la localidad de Olacapato, departamento Los Andes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

20

Expte. Nº 90-27.375/18

Autora del proyecto: señora Senadora María Laura de la Zerda.

Declaración Nº 333

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la instalación y funcionamiento de sistema de Cámaras de Seguridad, en la localidad de La Merced, departamento Cerrillos.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

21

Expte. Nº 90-27.377/18

Autora del proyecto: señora Senadora  María Laura de la Zerda.

Declaración Nº 334

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la Obra de Ampliación de la Escuela Nº 4.837, del Barrio Los Pinares, en la ciudad de San José de los Cerrillos, departamento Cerrillos.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

22

Expte. Nº 90-27.381/18

Autores del proyecto: señores Legisladores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Antonio Otero.

Declaración Nº 335

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la continuidad de la Obra de Electrificación Rural sobre la Ruta Provincial Nº 36, desde la culminación de la Primera Etapa, a la altura del paraje Nogalito hasta el paraje Santa María, en un tramo aproximado de 20 kilómetros, en jurisdicción del municipio de San José de Metán, departamento Metán.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

23

Expte. Nº 90-27.382/18

Autores del proyecto: señores Legisladores Senador  Roberto Gramaglia y Diputado Antonio Otero.

Declaración Nº 336

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la Obra denominada: “Pavimentación de la Ruta Provincial Nº 45, Tramo Urbano”; Calle Jujuy (E), y en el tramo comprendido entre las calles La Paz y Neuquén de la ciudad de San José de Metán, departamento Metán.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

24

Expte. Nº 90-27.383/18

Autores del proyecto: señores Legisladores Senador Roberto Gramaglia y Diputado Antonio Otero.

Declaración Nº 337

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la construcción de 157 (ciento cincuenta y siete) Viviendas, destinadas a la Asociación de Mujeres por Vivienda y Trabajo Digno de la ciudad de San José de Metán, departamento Metán.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

 

25

Expte. Nº 90-27.384/18

Autores del proyecto: señores Legisladores Senador Roberto Gramaglia y Diputado Antonio Otero.

Declaración Nº 338

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, los Estudios de Factibilidad y Proyecto Ejecutivo, para la construcción de un Embalse en la Zona Oeste de la ciudad de San José de Metán, departamento Metán.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

 

26

Expte. Nº 90-27.388/18

Autores del proyecto: señores Legisladores Senador  Roberto Gramaglia y Diputado Antonio Otero.

Declaración Nº 339

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la Obra denominada: “Tendido de Red de Media Tensión, Transformador y Baja Tensión”, desde la Ruta Provincial Nº 29, hasta la Escuela Nº 4.810 (Las Costas), en el paraje Los Rosales, jurisdicción municipio El Galpón, departamento Metán.

 

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

27

Expte. Nº 90-27.389/18

Autor del proyecto: señor Senador  Sergio Rodrigo Saldaño.

Declaración Nº 340

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la Obra: “Construcción de 520 Viviendas” en Loteo Finca “El Socorro II”, del departamento Cafayate.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

28

Expte. Nº 90-27.392/18

Autor del proyecto: señor Senador  Héctor Pablo Nolasco.

Declaración Nº 341

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la Construcción de un Albergue de Ancianos en el Municipio de Cachi, Departamento homónimo.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

29

Expte. Nº 90-27.393/18

Autor del proyecto: señor Senador Roberto Vásquez Gareca.

Declaración Nº 342

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, las Obras de Encauzamiento del Río Calchaquí y del Río San Lucas del municipio de San Carlos, Departamento del mismo nombre.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

 

30

Expte. Nº 90-27.394/18

Autor del proyecto: señor Senador Mashur Lapad.

Declaración Nº 343

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la Obra de Perforación de un Pozo de Agua con Tanque Elevado y la Red de Distribución Domiciliaria en la Comunidad Originaria “San Ignacio”, del municipio de Santa Victoria Este, departamento Rivadavia.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

 

31

Expte. Nº 90-27.396/18

Autor del proyecto: señor Senador Mashur Lapad.

Declaración Nº 344

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la Obra de Perforación de un Pozo de Agua con Tanque Elevado y la Red de Distribución Domiciliaria en la Comunidad Originaria “Pozo la Yegua”, del municipio de Santa Victoria Este, departamento Rivadavia.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

32

Expte. Nº 90-27.400/18

Autor del proyecto: señor Senador Walter Joaquín Abán.

Declaración Nº 345

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la Obra de Refacción y Remodelación del Destacamento Policial de la localidad de Seclantás, departamento de Molinos.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

33

Expte. Nº 90-27.401/18

Autor del proyecto: señor Senador Esteban D’Andrea.

Declaración Nº 346

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la ejecución de la pavimentación en los Barrios Parque La Cruz y Juan Pablo II, y la construcción de sesenta (60) viviendas, en la localidad de Chicoana, Departamento del mismo nombre.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

34

Expte. Nº 90-27.402/18

Autor del proyecto: señor Senador Esteban D´Andrea.

Declaración Nº 347

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2019, la pavimentación de pasajes de los Barrios Jardín de María, 24 de Septiembre y El Milagro; construcción de la Red de Gas de los Barrios Calvimonte y El Milagro, de sesenta (60) viviendas y de sesenta (60) núcleos húmedos, del departamento Chicoana.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

35

Expte. Nº 90-27.334/18

Autor del proyecto: señor Senador Héctor Pablo Nolasco.

Declaración Nº 348

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, disponga el dictado de las carreras de “Enfermería”, como así también de “Maestro Mayor de Obras”, en Institutos de Educación Superior dependientes de la Dirección General de Educación Superior del departamento Cachi.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

 

36

Expte. Nº 90-27.335/18

Autor del proyecto: señor Senador Héctor Pablo Nolasco.

Declaración Nº 349

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, disponga la creación y funcionamiento de un anexo del Instituto de Idiomas de Salta, dependiente de la Dirección General de Educación Técnico Profesional del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en el departamento Cachi para brindar competencias comunicativas en inglés y francés a sus habitantes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

37

Expte. Nº 90-27.295/18

Autor del proyecto: señor Senador Héctor Pablo Nolasco.

Declaración Nº 350

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el proyecto de Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2.019, las partidas necesarias para la adquisición de nuevo equipamiento para el Hospital San José – Dr. Arne Hoygaard, A.O. XXVII, de la localidad de Cachi, Departamento del mismo nombre.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

38

Expte. Nº 90-27.471/18

Autores del proyecto: señoras Senadoras Nora Cannuni, María Silvina Abilés y señores Senadores Roberto Enrique Gramaglia, Martín Felipe Arjona, Alfredo Francisco Sanguino, Sergio Rodrigo Saldaño, Walter Joaquín Abán, Esteban D´Andrea, Carlos Alberto Rosso, Diego Sebastián Pérez, Cástulo Yanque, Dani Raúl Nolasco, Walter Hernán Cruz.

Declaración Nº 351

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de las áreas pertinentes, haga extensivo el convenio de cooperación para el congelamiento de precios dispuesto por el programan “ALIMENDAR” a las cadenas de negocios locales de cada Departamento de la provincia de Salta.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

39

Expte. Nº 90-27.472/18

Autores del proyecto: señores Senadores  Roberto Enrique Gramaglia, Esteban D´Andrea, Diego Sebastián Pérez, Walter Joaquín Abán, Ernesto Ángel Gómez, Dani Raúl Nolasco, Alfredo Francisco Sanguino, Walter Hernán Cruz, Martin  Felipe Arjona, Héctor Pablo Nolasco, Sergio Rodrigo Saldaño, Cástulo Yanque, Carlos Alberto Rosso, Guillermo Mario Durand Cornejo y señora Senadora Nora Patricia Cannuni.

Declaración Nº 352

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los Señores Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, realicen las gestiones necesarias para que se incorporen a los incisos 42 y 44 de la Planilla de Acciones de Vivienda y Desarrollo Urbano – Programa 38, que figura en el proyecto de Presupuesto General de la Nación, Ejercicio 2019, las partidas necesarias para la construcción de Viviendas Sociales y Mejoramiento, Refacción y Ampliación de la Infraestructura Habitacional y Urbana, a efectos de posibilitar la concreción de obras por el Instituto Provincial de la Vivienda.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

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[1] Texto de la Leu publicado en Apéndice punto 1

[2] Texto de la Ley publicado en Apéndice punto 2

[3] Texto de la Ley publicado en Apéndice punto 3

[4] Resoluciones publicadas en Apéndice punto 9 y 10

[5] Declaraciones publicadas en Apéndice punto 12 a 37